Derecho


Teoria general


CUESTIONARIO 1er. PARCIAL

TEMA 1: EXPLICACIONES DEL DERECHO PROCESAL

  • ¿Cuáles son las significaciones del derecho procesal?

  • R= a) Derecho procesal positivo. (Conjunto de normas jurídicas procesales)

    b) Derecho procesal científico. (Estudio de la función jurisdiccional)

  • Definición de derecho procesal civil.

  • R= Rama de la legislación que regula la función jurisdiccional en materia civil.

  • ¿Cuáles son las denominaciones del derecho procesal?

  • R= a) procedimientos judiciales

    b) derecho judicial

    c) derecho procesal civil

  • ¿Por qué el derecho procesal civil es derecho público?

  • R= Porque regula las funciones del estado, la función judicial y las diversas relaciones que de ella se derivan entre el estado y los ciudadanos.

  • ¿Qué son las fuentes del derecho procesal civil?

  • R= Son los modos o formas mediante los que una sociedad constituida se manifiestan y determinan las reglas jurídicas.

  • ¿Cuáles son las fuentes directas del derecho procesal civil?

  • R= a) la ley

    b) costumbre

    c) principios generales del derecho

  • ¿Cómo se clasifican las fuentes legales del derecho procesal?

  • R= a) la ley

    b) principios generales del derecho

    c) jurisprudencia

  • Enumere 3 fuentes legales del derecho procesal civil.

  • R= 1. Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos.

    2. Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

    3. Ley de la PGR.

  • ¿En que articulo constitucional se contienen las bases para la organización y funcionamiento del poder judicial?

  • R= Articulo 94 C.P.E.U.M.

    TEMA 2: JURISDICCION

  • ¿Cómo se define la jurisdicción?

  • R= Como la actividad del estado encaminada a la actuación del derecho objetivo mediante la aplicación de la norma general al caso concreto.

  • ¿Qué significa la palabra fuero?

  • R= Es el derecho del particular a ser juzgado por un juez competente del lugar donde se administra justicia.

  • ¿Qué es la competencia?

  • R= Es la medida de la jurisdicción.

  • Diferencia entre jurisdicción y competencia.

  • R= Jurisdicción= Especie

    Competencia= Genero

  • ¿Cómo se divide la jurisdicción por razón de la materia?

  • R= a) Civil

    b) penal o criminal

    TEMA 3: JURISDICCIÓN VOLUNTARIA

  • ¿Qué es la jurisdicción voluntaria?

  • R= Es aquella en que la intervención judicial no supone oposición de intereses.

  • ¿Qué es la jurisdicción contenciosa?

  • R= Es aquella que actúa para resolver una divergencia de carácter jurídico.

  • ¿Qué es la jurisdicción concurrente y ejemplo de esta?

  • R= Cuando dos autoridades (federal o local) pueden conocer de un caso particular a elección del interesado. EJEMPLO: La legislación concursal, la ley de sociedades mercantiles.

  • ¿Cuáles son las 3 jurisdicciones especiales existentes en México?

  • R= a) La constitucional

    b) La laboral

    c) La Fiscal

  • ¿Cuándo la jurisdicción voluntaria se convierte en contenciosa?

  • R= Cuando surge oposición en un procedimiento voluntario.

    TEMA 4: COMPETENCIA

  • ¿Cómo se define la competencia?

  • R= La medida del poder o facultad otorgada a un órgano jurisdiccional para entender de un determinado asunto.

  • ¿En donde se encuentra fijada la competencia de un órgano judicial?

  • R= En las leyes procesales correspondientes.

  • ¿Ante quien debe formularse una demanda?

  • R= Ante un juez competente

  • ¿Cómo se determina la competencia?

  • R= Se determina por la materia, la cuantía, el grado y el territorio.

  • ¿Cuál es la única jurisdicción que se puede prorrogar?

  • R= La competencia territorial.

  • ¿Cómo se produce la prorroga de competencia por razón de territorio?

  • R= a) Mediante la llamada sumisión de las partes

    b) Renuncia clara y terminante al fuero que la ley les conceda.

  • Menciona 4 reglas de competencia.

    • El lugar señalado en el contrato para el cumplimiento de la obligación

    • El lugar que el deudor haya designado para ser requerido judicialmente de pago

    • En los actos de jurisdicción voluntaria, el del domicilio del que promueve.

    • En los concursos de acreedores, el juez del domicilio del deudor.

  • ¿A que se llama cuestión de competencia?

  • R= A la controversia que surge cuando 2 órganos jurisdiccionales del mismo orden y jurisdicción, tratan de conocer de un negocio determinado o pretenden inhibirse de su conocimiento.

  • ¿Cuáles son las dos formas de promover las cuestiones de competencia?

  • R= Inhibitoria, declinatoria.

  • ¿Ante quien se promueve la competencia inhibitoria?

  • R= Ante el juez competente.

  • ¿Ante quien se promueve la incompetencia declinatoria?

  • R= Ante el juez que se considera incompetente.

  • ¿Qué es la recusación?

  • R= Es un elemento de defensa que se concede a los litigantes cuando existe el temor de un juez o funcionario judicial no sean imparciales en el ejercicio de sus funciones.

  • ¿Cuáles son los efectos de la recusación?

  • R= Suspensión de la jurisdicción del juez o del tribunal en tanto se decide o declare procedente o improcedente el recurso.

  • ¿Ante quien debe promoverse la recusación?

  • R= Ante el juez o tribunal que conozca del negocio.

  • ¿Qué es la acumulación?

  • R= Cuando se reúne varios procedimientos ante un solo tribunal por existir conexidad de causas e identidad de acciones y sujetos.

  • ¿Qué es la reconvención?

  • R= Es el derecho de contra demanda que tiene la parte demandada para ejercer a su vez acción contra el actor del procedimiento principal.

  • ¿Cómo puede ser la acumulación?

  • R= Pude ser de autos o de acciones.

  • ¿Cuándo hay acumulación e acciones?

  • R= Cuando haya varias contra una misma persona respecto de una misma cosa y provengan de una misma causa.

  • ¿Cuándo hay acumulación de autos?

  • R= Es la unión física de dos o mas procedimientos judiciales con identidad de sujetos y de acción referente a la misma cosa con el objeto de resolver en una sola sentencia las pretensiones formuladas.

    CUESTIONARIO 2ndo. PARCIAL

    TEMA 5: LA ACCIÓN CIVIL

  • ¿Por qué es importante el derecho de acción?

  • R= Porque este estado impone la prohibición del ejercicio de la auto defensa y concede a los particulares y al ministerio publico el derecho para acudir ante los órganos jurisdiccionales correspondientes.

  • ¿Cuáles son las 2 condiciones que implica todo acción?

  • R= Un derecho y la violación de este.

  • ¿Define el derecho de acción?

  • R= Es un derecho subjetivo publico que otorga la facultad de invocar la autoridad del estado para la defensa de un derecho.

  • ¿Cuál es la doble facultad que otorga el derecho de acción?

  • R= a) Inicial: De provocar la actividad jurisdiccional, dando vida al proceso

    b) Derivada: Permitir al titular de un órgano jurisdiccional realizar los actos procesales respectivos.

  • ¿Cuáles son los elementos de la acción?

  • R= a) sujetos (activo y pasivo)

    b) causa eficiente de la acción

    c) el objeto

  • ¿Cómo puede ser el sujeto de la acción?

  • R= Activo (demandante) Pasivo (demandado)

  • ¿Cuál es la causa eficiente de la acción?

  • R= Es el interés, que fundamente la acción; un derecho y un estado de hecho contrario a la ley.

  • ¿Cuál es el objeto de la acción?

  • R= Las prestaciones que se piden y se pretenden a través del poder de obrar en un procedimiento judicial.

  • ¿Cuál es el requisito fundamental de la demanda en el derecho mexicano?

  • R= La expresión del objeto u objetos que se reclamen con sus accesorios.

  • ¿Cómo se clasifican las acciones según la naturaleza del derecho material que se ejercita?

  • R= a) Acciones reales

    b) Acciones personales

    c) Acciones mixtas

  • ¿Qué es acción real?

  • R= Tiene por objeto garantizar el ejercicio de un derecho real.

  • ¿Tres ejemplos de acciones reales?

  • R= a) Herencias b) Derechos reales c) Declaración de libertad de gravámenes

  • ¿Cuál es la acción real por excelencia?

  • R= La acción reivindicatoria.

  • ¿A quien le corresponde reclamar la acción reivindicatoria?

  • R= Al dueño de la cosa con pleno dominio para reclamarla de aquel que la posea o prive al dueño del uso o disfrute de una cosa.

  • ¿Cuál es el objeto de una acción personal?

  • R= Garantizar un derecho personal, y se deriva de contratos, cuasicontratos, delitos, cuasidelitos.

  • ¿Qué acciones personales tiene su origen en la propia ley?

  • R= Las nacidas de la obligaciones personales o reciprocas entre individuos de la misma familia. EJEMPLO: Los alimentos.

  • ¿En que consiste una acción mixta?

  • R= Son las que participan de la naturaleza real y personal de la acciones. EJEMPLO: partición de herencia y división de cosa común.

  • ¿Qué es una acción de condena?

  • R= Son aquellas en el que el autor pide se le imponga al demandado el cumplimiento de una determinada prestación.

  • ¿Cuál es la finalidad de las acciones declarativas?

  • R= a) Obtener la eficacia de cosa juzgada

    b) Declaración de la existencia de una relación jurídica

    c) Declaración de un derecho nacido de un negocio jurídico

  • ¿Qué es una acción constitutiva?

  • R= a) Es la que tiene por objeto la creación de una relación de derecho

    b) Modificación de una relación ya existente

    c) Extinción de una relación jurídica.

  • Ejemplos de acciones constitutivas

  • R= a) Acciones de divorcio (extinción)

    b) División de cosa común (modificación)

    c) otorgamiento de un contrato de arrendamiento (constitución)

  • ¿Qué es una acción cautelar?

  • R= Es la que tiene por objeto conseguir una resolución judicial de carácter provisional que garantice la efectividad del derecho substancial. EJEMPLO: providencia precautoria de embargo.

  • ¿Qué es una acción ejecutiva?

  • R= Son las que tienden a obtener coactivamente lo que es debido a su equivalencia en dinero.

  • ¿Qué es la acción hipotecaria?

  • R= Es la que se intenta para constituir, ampliar y registrar una hipoteca o bien para obtener el pago o la prelación del crédito que garantiza.

  • ¿Qué es la acción de petición de herencia?

  • R= Es la acción que corresponde al heredero testamentario o al abintestato y se ejerce en contra del albacea o contra el poseedor de los casos hereditarios sin titulo de posesión.

  • ¿Cuál es el objeto de las acciones del estado civil?

  • R= Las cuestiones relativas al nacimiento, matrimonio o nulidad de este, defunción, filiación, emancipación, adopción, divorcio, tutela o atacar el contenido de las constancias del registro civil para que se anulen o se ratifiquen.

  • ¿Qué es enriquecimiento ilegitimo?

  • R= Consiste en el enriquecimiento sin causa de una persona en perjuicio de otra y que origina la acción de indemnización en la medida de enriquecimiento.

  • ¿Cuáles son los extremos para comprobar el enriquecimiento ilegitimo?

  • R= a) Enriquecimiento del demandado b) Empobrecimiento del actor o demandante

    c) vinculo de causa o efecto entre el empobrecimiento y enriquecimiento. d) El enriquecimiento debe ser sin causa o justo motivo.

  • ¿Qué es la acción de jactancia?

  • R= Se origina cuando alguien presume públicamente de que otro es su deudor o que tiene derecho sobre alguna cosa que otro posee.

    TEMA 6: LA EXCEPCIÓN CIVIL

  • ¿Cuál es el sentido amplio de la excepción?

  • R= La oposición que el demandado forma frente a la demanda, como obstáculo definitivo o provisional a la actividad del órgano jurisdiccional.

  • ¿Qué es el derecho de contradicción?

  • R= Derecho de obrar que compete al demandado.

  • ¿Qué diferencia existe entre excepción y defensa?

  • R= Excepción: Poner un obstáculo temporal o perpetuo a la actividad del órgano jurisdiccional

    Defensa: Oposición al derecho material pretendido en la demanda no al órgano jurisdiccional.

  • ¿Cómo se clasifican las excepciones?

  • R= a) sustanciales o de fondo b) procesales o de forma c) perentorias y dilatorias.

  • ¿Qué es una excepción perentoria?

  • R= Es la que produce la ineficiencia definitiva de la acción.

  • ¿Qué es una excepción dilatoria?

  • R= La que solo suspende temporalmente los efectos de una acción.

  • ¿Cuáles son los tres motivos principales para el rechazo de una acción?

  • R= a) inexistencia de los hechos alegados

    b) existencia de hechos extintivos

    c) existencia de los hechos abstativos

  • Ejemplo de excepciones perentorias.

  • R= a) pago b) dación en pago c) compensación d) remisión de deudas.

  • ¿Cuáles son las excepciones dilatorias según el C.P.C?

  • R= a) incompetencia del juez b) litispendencia c) conexidad de causa

    d) falta de cumplimiento de pago e) falta de personalidad.

  • ¿Qué es la incompetencia del juez?

  • R= Se manifiesta cuando un órgano jurisdiccional se dispone a conocer de una cuestión que no le corresponde o cuando existe un impedimento que de motivo a la recusación.

  • ¿Qué es la litispendencia?

  • R= Procede cuando un juez conoce ya del mismo negocio sobre el cual es demandado el reo.

  • ¿Qué es la conexidad de causa?

  • R= Es la que tiene por objeto la remisión de los autos al juzgado que primeramente tuvo el conocimiento de la causa conexa

  • ¿Cuándo hay conexidad de causa?

  • R= Cuando hay identidad de personas y de acciones aunque las cosas sean distintas y cuando las acciones provengan de una misma causa.

  • Diferencia entre litispendencia y conexidad de causa.

  • R= Litispendencia: se utiliza para impedir el conocimiento por jueces distintos de un mismo negocio.

    La conexidad de causa: Se utiliza para entregar el conocimiento de 2 o mas negocios a un mismo juez.

  • ¿En que consiste la falta de personalidad?

  • R= Consiste en que el actor carece de las cualidades necesarias para comparecer en juicio o en no acreditar el carácter por representación con que se reclama un derecho.

  • ¿Qué es el beneficio de excusión?

  • R= Es el derecho que se reconoce al fiador para eludir el pago mientras no se acredita la insolvencia del deudor.

  • ¿Qué es la reconvención?

  • R= Es la petición que deduce del demandado contra el demandante en el mismo juicio al contestar la demanda.

  • Diferencias entre compensación y reconvención.

  • RECONVENCIÓN

    COMPENSACIÓN

    Es una acción

    Es una excepción

    Se dirige a obtener la condena del demandante

    Elude o desvirtúa la acción del demandante

    Son acciones independientes en un mismo procedimiento

    Una vez probada, el demandado debe ser absuelto

    No puede proponer después de contestada la demanda

    Se puede proponer después de contestada la demanda

    CUESTIONARIO 3er. PARCIAL

    TEMA 7: EL PROCESO CIVIL

  • ¿Cuáles son las 3 formas fundamentales del derecho procesal?

  • R= a) Proceso

    b) Acción

    c) Jurisdicción

  • ¿Qué es el proceso judicial?

  • R= La serie de actos del juez de las partes (actor y demandado) y aun de terceros encaminados a la realización del derecho objetivo.

  • ¿Qué son las formas procesales?

  • R= Conjunto de reglas legales establecidas para todos los actos de procedimientos, y a los cuales se debe sujetar, para no incurrir en nulidad o inexistencia.

    TEMA 8: EL PROCESO COMO RELACIÓN JURÍDICA

  • ¿Por qué el proceso es una relación jurídica?

  • R= Porque la naturaleza propia del proceso implica la intervención de varias voluntades encaminadas a un fin jurídico y con capacidad para alcanzarla.

  • ¿Cuál es el elemento más importante de la relación jurídica procesal?

  • R= Es el deber fundamental que tiene el juez de proveer las demandas de las partes y realizar todos los actos necesarios para llegar al fondo del caso concreto.

  • ¿Cómo se constituye la relación procesal?

  • R= Se constituye con la demanda judicial en el momento en que se notifica al demandado; no siendo necesaria la contestación.

  • ¿Cuáles son las 2 condiciones necesarias para que la relación procesal sea valida?

  • R= a) Que el juez o tribunal no este interesado personalmente en el caso a tratar.

    b) Que las partes tengan capacidad legal para comparecer y estar en juicio.

  • ¿Cómo se extingue la relación jurídica procesal?

  • R= a) Por conciliación d) Desistimiento

    b) Por transacción e) allanamiento a la demanda

    c) Caducidad de instancias

  • ¿Qué es la transacción?

  • R= Es un contrato por el cual las partes haciéndose reciprocas concesiones terminan una controversia presente o previenen una futura.

  • ¿Qué es la caducidad de instancias?

  • R= Especie de prescripción establecida por la necesidad de liberar a los órganos judiciales de los inconvenientes de una litispendencia eterna.

  • ¿Como se produce la caducidad?

  • R= Inactividad bilateral de la partes en el proceso durante el tiempo señalado por la ley.

  • ¿Cuál es el tiempo de inactividad para la caducidad?

  • R= Primera instancia: 120 días; Segunda instancia: 60 días; Y tratándose de revocación: 30 días.

  • ¿Qué es el desistimiento?

  • R= Abandono expreso del derecho o del juicio (de la demanda o de la acción).

  • ¿Qué es el allanamiento a la demanda?

  • R= Se produce cuando el demandado en juicio contesta manifestando su conformidad a lo pedido por el actor.

    TEMA 9: EL TIEMPO EN EL PROCESO

  • ¿Cómo se muestra la eficacia de los efectos del tiempo en el proceso?

  • R= Al referirnos a los días y horas hábiles, a los términos judiciales, a la caducidad de instancias, y a la prescripción.

  • ¿En que momento deben de practicarse las actuaciones judiciales?

  • R= Se practican en días y horas hábiles.

  • ¿Qué es un día hábil?

  • R= Son aquellos en que es posible la realización de las actividades del proceso.

  • ¿Cuáles son los días hábiles según el C.P.C.?

  • R= Todos los días del año, menos sábados y domingos y aquellos que la ley declare festivos.

  • ¿Cuáles son los días festivos?

  • R= a) 1 de Enero (Inicio de año)

    b) 5 de Febrero (Promulgación de la constitución)

    c) 21 de Marzo (Natalicio de Don Benito Juárez)

    d) 1 de Mayo (Día del trabajo)

    e) 16 de Septiembre (Día de la independencia)

    f) 20 de Noviembre (Día de la Revolución Mexicana)

    g) 1 de Diciembre (cada 6 años)

    h) 25 de Diciembre (Navidad)

  • ¿Qué significa la palabra término Judicial?

  • R= El espacio de tiempo que se concede para realizar un acto o diligencia judicial.

  • ¿A partir de cuando empiezan a correr los términos judiciales?

  • R= Desde el día siguiente a aquel en que se hubiere hecho el emplazamiento o la notificación.

  • ¿Cómo se dividen los términos Judiciales?

  • R= a) Prorrogables e Improrrogables b) Ordinarios y Extraordinarios

  • ¿Qué se requiere para la prorroga de un termino judicial?

  • R= Se requiere que haya disposición expresa que la autorice.

  • Cuando el C.P.C no señale un término para la práctica de un acto judicial; ¿Cuál se tendrá por señalado?

  • R= a) Se tendrá por señalado 5 días para interponer el recurso de apelación de sentencia definitiva.

    b) 3 días para apelar de autos, para celebración de juntas, reconocimiento de firmas, dictamen de peritos y para todos los demás casos.

  • ¿Cómo se fija un término, para citar a personas que estén fuera de lugar del juicio?

  • R= Se debe de fijar un día mas por cada 200 Km. De distancia o fracción que exceda de la mitad.

  • ¿Cuál es el efecto de la preclusión?

  • R= Significa la perdida de un derecho por dejar transcurrir el termino concedido por la ley para realizar un acto procesal determinado.

    TEMA 10: MEDIOS DE COMUNICACIÓN EN EL PROCESO

  • ¿Cuáles son los dos medios de comunicación procesal?

  • R= a) Los que existen entre jueces y tribunales con los particulares.

    b) Los que existen entre jueces y tribunales entre si, con los poderes y autoridades de otro orden y con los jueces y tribunales extranjeros.

  • ¿Cómo se denominan los medios de comunicación de jueces y tribunales con los particulares?

  • R= a) Notificación b) Citaciones c) Emplazamientos d) Requerimientos.

  • ¿Cómo se denominan los medios de comunicación de jueces y tribunales entre si, de otro orden o extranjero?

  • R= a) Suplicatorios b) Exhortos c) Despachos d) Mandamientos e) exposiciones f) oficios

  • ¿Qué es la notificación?

  • R= Acto por el cual se hace saber en forma legal a alguna persona una resolución judicial.

  • ¿Qué es una citación?

  • R= Es el acto de poner en conocimiento de alguna persona un mandato del juez o tribunal para que concurra a la practica de alguna diligencia judicial.

  • ¿Qué es el emplazamiento?

  • R= Llamado judicial que se hace, para que las partes dentro del termino de ley comparezcan en juicio a usar de su derecho.

  • ¿Cómo pueden hacerse las notificaciones?

  • R= a) Personalmente b) Boletín Judicial c) Por edictos

  • Señala tres actuaciones judiciales que deban notificarse personalmente

  • R= a) La primera notificación.

    b) El auto que ordena absolver posiciones.

    c) Cuando se estime que se trate de un caso urgente y así se ordene.

  • ¿Cuándo procede la notificación por edictos?

  • R= a) Cuando se trate de personas inciertas.

    b) Cuando se trate de personas cuyo domicilio se ignora.

  • ¿Cuándo se emplea la forma de suplicatorio?

  • R= Cuando la comunicación es de un juez con otro juez o tribunal superior en grado.

  • ¿Cuándo se emplea el exhorto?

  • R= Cuando un juez o tribunal se dirige a otro de igual grado.

  • ¿Cuándo se utiliza el despacho?

  • R= Cuando un juez o tribunal se dirigen a un juez o tribunal de grado inferior.

  • ¿Cómo se denomina la comunicación con autoridades de países extranjeros?

  • R= Comisión rogatoria o carta Deprecatoria.

  • ¿Cómo se remiten los exhortos a tribunales extranjeros?

  • R= Se remitirán por las vías diplomáticas al lugar de su destino.

  • ¿A quien puede encomendarse la practica de diligencias en países extranjeros?

  • R= A los secretarios de Legación y a los agentes consulares.

    CUESTIONARIO 4to. PARCIAL

    TEMA 11: LOS ACTOS JURÍDICOS PROCESALES

  • ¿Cuándo un acto procesal es valido?

  • R= Cuando se a realizado sujetándose a las normas establecidas por la ley.

  • ¿Cuándo el C.P.C declara nulas las actuaciones procesales?

  • R= Cuando falta alguna de las formalidades esenciales que dejan sin defensa a cualquiera de las partes.

  • ¿Cómo se clasifica la nulidad de los actos procesales realizados ante o por juez competente?

  • R= Como nulas de pleno derecho, por tanto no requiere declaración judicial.

    TEMA 12: LAS PARTES EN EL PROCESO

  • ¿A quien se denomina sujeto procesal?

  • R= Aquellas personas entre las cuales se constituyen la relación jurídica procesal.

  • ¿Qué son partes procesales?

  • R= Son las defensoras de un interés privado (actor y demandado) actúan por interés, no por obligación.

  • Concepto de litigante.

  • R= Es el que disputa con otro en juicio sobre una cosa ya sea como actor o demandante, ya sea como reo o demandado.

  • ¿Quiénes tiene capacidad para ser parte en un proceso?

  • R= Toda persona física o moral que tengan capacidad jurídica.

  • ¿Qué es capacidad procesal?

  • R= Facultad de intervenir activamente en el proceso.

  • ¿Qué es la legitimación en causa?

  • R= Facultad en virtud de la cual una acción o derecho pueden y deben ser ejercitados por o en contra de una persona en nombre propio.

  • ¿Cuándo existe falta de legitimación?

  • R= Cuando no se acredite el carácter o representación con que se reclama o con que a alguien se le demanda.

    TEMA 13: LA PRUEBA EN EL PROCESO

  • ¿Cuál es el sentido gramatical de la palabra prueba?

  • R= Expresa la acción y efecto de probar. Hacer patente la verdad o falsedad de una cosa.

  • ¿Por qué la prueba se dirige al juez y no al adversario?

  • R= Por la necesidad de colocarlo en situación de poder formular un fallo sobre la verdad o falsedad de los hechos alegados.

  • ¿Qué es una presunción según el C.P.C?

  • R= Es la consecuencia que la ley o el juez deduce de un hecho conocido para averiguar la verdad de otro desconocido.

  • ¿Cuándo hay presunción legal?

  • R= Cuando la ley la establece expresamente.

  • ¿Cuándo hay presunción humana?

  • R= Cuando de un hecho debidamente probado se deduce otro que es consecuencia ordinaria de aquel.

  • ¿Qué son lo motivos de prueba?

  • R= Circunstancias que pueden resultar de la materia o elementos de prueba que fundan la convicción judicial.

  • ¿Qué es un medio de prueba?

  • R= Instrumento que se puede legalmente utilizar como apto para producir la convicción del juez.

  • ¿Cuál es el objeto de la prueba?

  • R= Hechos dudosos o controvertidos.

    TEMA 15: LAS CARGAS PROCESALES EN MATERIA DE PRUEBA

  • ¿Qué expresa la palabra carga?

  • R= Necesidad de desarrollar una actividad dentro de un proceso si se quiere obtener un resultado favorable.

  • ¿Qué representa la carga de la prueba?

  • R= Representa el gravamen que recae sobre las partes de facilitar el material probatorio necesario al juez para formar su convicción.

  • Articulo 281 según el C.P.C

  • R= El actor debe probar los hechos constitutivos de su acción y el reo los de sus excepciones.

  • Articulo 282 según el C.P.C

  • R= El que niega solo será obligado a probar cuando la negación envuelva la afirmación expresa de un hecho.

    TEMA 16: LAS EXCEPCIONES DE LA NECESIDAD DE PROBAR

  • ¿Qué situaciones o hechos no necesitan prueba?

  • R= a) Normas jurídicas nacionales b) Hechos notorios c) Los que tiene a su favor una presunción legal d) Los ya probados, los admitidos y los confesados.

  • ¿Qué expresa la palabra notorio?

  • R= Es lo publico y sabido por todos.

  • ¿Cómo se exceptúan de prueba los hechos notorios?

  • R= Bien por disposición expresa de la ley, y por principio de economía procesal.

    CUESTIONARIO 5to. PARCIAL

    TEMA 17: MEDIOS DE PRUEBA EN PARTICULAR

  • ¿Cómo se define la confesión?

  • R= Es una declaración de parte (actor y demandado) que contiene el reconocimiento de un hecho de consecuencias jurídicas desfavorables, para el confesante.

  • ¿Cómo se clasifica la confesión?

  • R= a) Judicial b) Extrajudicial

  • ¿A que se le llama confesión extrajudicial?

  • R= A la confesión formulada en juicio, ante el juez competente y con sujeción a las formalidades procesales establecidas.

  • ¿A que se le llama confesión extrajudicial?

  • R= Se llama confesión extrajudicial a la hecha fuera de juicio, en conversación, carta o documento así como la confesión hecha ante el juez incompetente.

  • ¿Qué requisitos son necesarios para que la confesión haga prueba plena?

  • R= a) Que se haga por persona capaz de obligarse, b) que se haga con pleno conocimiento, c) sin coacción ni violencia, d) que se haga de hecho propio, e) que se haga con las formalidades de la ley.

  • Definición de prueba documental

  • R= Es la que se hace por medio de documentos en la forma establecidas por la ley.

  • ¿Qué es un documento?

  • R= Es toda representación material destinada a reproducir una cierta manifestación del pensamiento.

  • ¿Qué documentos se consideran como públicos según el C.P.C?

  • R= a) Los testimonios de escrituras publicas.

    b) Los documentos expedidos por funcionarios que despeñen cargo público.

    c) Los documentos de estatus, registros y catastros que se hallen en archivos públicos.

    d) La certificación de las actas del estado civil.

  • ¿Cómo se clasifican los documentos?

  • R= a) Públicos b) Privados

  • ¿Qué es un documento privado?

  • R= Son aquellos en que se consignan algún convenio entre particulares sin la intervención de notario ni autoridad publica.

  • ¿Qué es la prueba pericial?

  • R= Es cuando en la apreciación de un hecho se requiere de una preparación especial obtenida por el estudio de la materia a que se refiere o por la experiencia personal que proporciona el ejercicio de una profesión u oficio.

  • ¿Qué es un perito?

  • R= Es la persona entendida en alguna ciencia o arte que puede ilustrar al juez o tribunal acerca de los aspectos de una realidad concreta.

  • ¿En que consiste la inspección judicial?

  • R= Es el examen directo por el juez de la cosa mueble o inmueble, para formar su convicción sobre el estado o situación en que se encuentra.

  • ¿Qué es la fama publica?

  • R= Un estado de opinión sobre un hecho que se prueba mediante el testimonio de personas que la ley considera hábiles para ese efecto.

  • ¿Qué es una presunción legal?

  • R= Cuando la ley lo establece expresamente.

  • ¿Qué es una presunción humana?

  • R= Cuando de un hecho debidamente probado se deduce a otro.

  • ¿Qué son las diligencia para mejor proveer?

  • R= Son la medidas probatorias que el juez puede disponer por propia iniciativa, destinada a mejorar las condiciones de información requeridas por la sentencia.

  • Define testigo.

  • R= Es la persona que comunica al juez el conocimiento que posee acerca de un determinado hecho.

    CUESTIONARIO 6to. PARCIAL

    TEMA 18: LAS RESOLUCIONES JUDICIALES

  • ¿Cómo pueden ser las resoluciones judiciales?

  • R= a) Interlocutorias b) De fondo

  • ¿Cómo pueden ser las resoluciones interlocutorias?

  • R= Son decretos y Autos.

  • ¿Qué son las resoluciones de fondo?

  • R= Las sentencias que deciden sobre cuestiones fundamentales del proceso.

  • ¿Cuáles son las resoluciones judiciales según el C.P.C?

  • R= a) Decretos b) Autos c) Sentencias

  • Definición de Auto.

  • R= Cualquier decisión judicial dentro del negocio procesal.

  • Definición de decreto.

  • R= Simples determinaciones de tramite.

  • Definición de sentencia.

  • R= Es el fin natural y formal del proceso.

  • ¿Cuáles son los efectos de la sentencia?

  • R= a) La cosa juzgada

    b) La facultad que corresponde a la parte favorecida para pedir su ejecución.

    c) Las costas procesales.

    TEMA 19: IMPUGNACIÓN DE LAS RESOLUCIONES JUDICIALES: LOS RECURSOS

  • Define Recurso.

  • R= Son medios técnicos mediante los cuales el estado tiende a asegurar el prefecto ejercicio de la función jurisdiccional.

  • ¿Qué es el recurso judicial?

  • R= Facultad de los litigantes para impugnar alguna resolución judicial ante el mismo que juez que la dicto o ante un tribunal superior.

  • Enumera los Recursos del C.P.C.

  • R= a) Revocación b) Reposición c) Apelación d) Revisión de oficio e) Queja

  • Definición de Revocación.

  • R= Es la que tiene por objeto la modificaron total o parcial de la resolución recurrida, por el mismo órgano jurisdiccional que la ha dictado.

  • Definición de apelación.

  • R= Es un examen nuevo del fallo de la cuestión debida, ante un órgano jurisdiccional jerárquicamente superior.

  • ¿Cuándo procede la revisión de oficio?

  • R= Procede sobre sentencias recaídas en juicio de rectificación de actas del estado civil y nulidad de matrimonio, que aunque las partes no lo soliciten el tribunal superior procederá a examinarlas.

  • ¿Cuáles son los efectos de apelación?

  • R= Efecto devolutivo y ambos efectos.

  • ¿Cómo procede la apelación en el efecto devolutivo?

  • R= No suspende la ejecución de auto o sentencia apelados.

  • ¿Cuál es la consecuencia de apelación en ambos efectos?

  • R= Se suspende la ejecución de la sentencia hasta que cause ejecutoria en el tribunal superior.




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    Enviado por:Coahuila
    Idioma: castellano
    País: México

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