Ciencias Empresariales
Derecho empresaria. Introducción
TEMA I
EL DERECHO
EL HOMBRE LA COMUNIDAD Y EL DERECHO
Existe un orden universal y este orden está regulada por leyes de valor universal. Y se parte de la base que el hombre tiene necesidades de distinto origen y que además debe integrarse y relacionarse con otros hombres ya que por su naturaleza es un ser sociable. Y como miembro de una comunidad esta sujeto a usos sociales y a normas jurídicas y el conjunto de están conforman el llamado Derecho.
Este Derecho es una realidad social referida fundamentalmente al hombre y a la comunidad que nace, se desarrolla, se produce y finalmente muere.
LAS NORMAS, LOS USOS SOCIALES Y LAS NORMAS MORALES
La norma es cualquier regla de conducta de observancia obligatoria.
Los usos sociales son producto de condiciones de vida y educación y de la especial estructura de la comunidad.
La moral es una de las esferas de la conducta humana regidas por normas morales dirigidas a regulas todos los actos del hombre.
Por otro lado, corresponde a las normas jurídicas fijar coactivamente, de forma obligatoria, unas reglas validas para todos los miembros de una comunidad, cualquier que sea su criterio moral.
Esto lleva consigo que la solución impuesta por la norma jurídica pueda chocar con el criterio moral de un individuo o de un grupo, de los cuales deberán de plantearse el dilema de la violación o no-cumplimiento de la norma jurídica por razones de orden moral.
Esto lo observamos en el caso de los testigos de Jehová que se les ha prohibido hacer transfusiones de sangre sin que por ello sean acusados por homicidio por falta de auxilio.
LA NORMA JURÍDICA
La norma jurídica es la expresión de una voluntad que o bien manda, permite o prohíbe determinada conducta, o bien dispone los instrumentos adecuados para explicar, organizar y desarrollar su eficacia.
EL DERECHO OBJETIVO
Es el sistema o conjunto de normas que establecen una determinada organización de la a comunidad. Significa por tanto que existe un sistema de legalidad.
DERECHO NATURAL, DERECHO HUMANO Y DERECHO POSITIVO
El Derecho Natural es el conjunto de reglas fundamentales establecido por un Dios creador del hombre, a las que este hombre debe atenerse en su convivencia con los demás.
El Derecho Humano es el derecho objetivo creado por el hombre para ordenar la vida en comunidad.
El Derecho Positivo es la reglamentación organizada de una comunidad legítima con su armonía con el Derecho Natural.
DERECHO OBJETIVO Y DERECHO SUBJETIVO
El Derecho subjetivo es aquel derecho que concede la norma a la persona.
DERECHO PUBLICO Y DERECHO PRIVADO
El Derecho público es el conjunto de normas dirigidas a la comunidad de manera primaria.
El Derecho Privado son normas que hacen referencia a la persona y de forma indirecta a la comunidad.
LA FINALIDAD DEL DERECHO
El derecho tiene tres Fines:
Orden: Debe de existir para impedir la anarquía y el despotismo, ya que a través del Derecho se establecen unas reglas en la medida que sean convenientes para el deseable funcionamiento de la comunidad.
Seguridad: Existe Seguridad Jurídica cuando el Derecho protege de forma eficaz un conjunto de interese de la forma que se consideran básicos para una existencia digna.
Justicia: Debe impregnar tanto normas morales como las normas jurídicas. Para ello debemos de actuar justamente tanto en las acciones como en los pensamientos
EL CONCEPTO DE NORMA JURÍDICA
La Norma Jurídica es de Obligado cumplimiento y tiene como finalidad ordenar la vida de la comunidad establecida por el poder del Estado y que en algunos casos puede ser impuesta coactivamente.
CLASES DE NORMAS JURÍDICAS
Existen diferentes clasificaciones:
Escritas y no Escritas
Estatales o no estatales
Generales y Particulares
Derecho común o Derecho Especial. (derecho empresarial o derecho civil)
Rígidos y Flexibles
Imperativas o Dispositivas
LA APLICACIÓN DE LA NORMA
Cuando una persona no cumple con la Norma vulnera el Orden Jurídico y crea un conflicto con la sociedad y el Derecho Normativo. Conflicto que debe ser resuelto por los jueces y tribunales de Justicia. Las sentencias de los jueces establecen quienes vulneran la Norma e imponen alguna sanción. Esta tares del Juez, que es la aplicación del Derecho, es fundamental y en el resultado de su labor se ha encontrado el verdadero Derecho.
LA INTERPRETACIÓN DE LAS NORMAS
Existen dos teorías en cuanto a la interpretación de estas:
La Subjetiva que busca el sentido de la norma en la voluntad de quien hizo la Norma
La Objetiva en la que la Ley tiene un sentido diferente al que quiso su autor.
Ambas son completamente opuestas.
Existe otra clasificación según quien interprete la Norma:
Interpretación Autentica: La realizada por el propio legislador
Interpretación Usual o Jurisprudencial: La establecida por los tribunales
Interpretación Doctrinal o Científica: Las que obtienen los investigadores y estudioso del Derecho.
Existe otra clasificación según procedimiento utilizado:
Gramatical: Donde se busca el sentido de la norma en el uso lingüístico de las palabras en que la norma se traduce
Lógica: Busca la finalidad de la norma
Histórica: Busca los precedentes de la norma
Sistemática: cuando se pone con relación a la norma con el resto del ordenamiento
Por otro lado el Código Civil dice en el Art 3 Apart 1º que las Normas deben interpretarse según el sentido propio de sus palabras en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquellos (palabras a las que esta referida la ley).
LAS DISTINTAS DISCIPLINAS JURÍDICAS
Hay una serie de disciplinas cuya tarea fundamental es la ordenación y funcionamiento de la comunidad política (ejemplo: D. Político y D. Administrativo)
En segundo lugar otras disciplinas jurídicas en las que se regula fundamentalmente, en el cual se desarrolla los particulares y los entes públicos, sus conflictos ante los constitucionales. (Ejemplo: D. Procesal Civil y D. Procesal Penal)
En tercer lugar otras disciplinas jurídicas en las que se intenta resolver los conflictos que se producen con la existencia de normas en los diferentes países o los que se producen como consecuencia de las relaciones entre los Estados. (Ejemplo: D. Internacional Privado y D. Internacional Público)
En cuarto lugar otras disciplinas jurídicas que abarcan la regulación jurídica de la persona y de sus actos en sus actividades profesionales (ejemplo: D. Laboral y D. Mercantil)
En quinto lugar otras disciplinas jurídicas como en el derecho Penal que determina cuales son los delitos y faltas, y las sanciones que han de aplicarse por su comisión.
Por último el Derecho civil abarca la regulación jurídica de la persona.
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Enviado por: | Aroa |
Idioma: | castellano |
País: | España |