Derecho


Crisis del Parlamento francés


LA CRISIS DEL PARLAMENTO FRANCES

La situación del parlamento francés al terminar el siglo.

Basado en la conferencia del profesor PHILIPPE ARDANT.

Julio González Hofmann.

Código. 3198019.

Tal vez uno de los logros mas importantes en la historia moderna del hombre, es haber podido derrocar al sistema monárquico, dejando de lado todo el régimen de autoritarismo y represión que representaba. Definitivamente es un paso muy importante el haber podido trascender hacia la formación de un Estado representativo. Con la llegada de este tipo de Estado, primero como Monarquía Constitucional y luego Parlamentaria en Inglaterra después de la gran rebelión, en el resto de Europa después de la Revolución Francesa, y bajo forma de república presidencialista en los Estados Unidos luego de las revueltas de las trece colonias contra Inglaterra; ejemplo que seguimos muchos países de Latinoamérica al acoger en nuestro derecho interno postulados de la Constitución de Filadelfia, entre ellos el del sistema presidencialista como se pudo ver en toda la evolución constitucional de nuestro país, desde la constitución de 1811 hasta la actual.

Ya he dicho que en Europa continental el Estado representativo nace como contrapeso y remedio a la monarquía; en dicho Estado los sujetos soberanos no son ni el príncipe investido por Dios ni el pueblo como sujeto colectivo e indiferenciado. Se da un descubrimiento de los derechos naturales del individuo , que son protegidos por la ley porque son originarios y no adquiridos.

Se plantea que la igualdad natural de los hombres sea el resultado ético de la democracia participativa con un sistema político representativo; con un sufragio restringido; los individuos son los que eligen un representante y los partidos se forman fuera del parlamento y lo que casi siempre sucede es que los electores van a elegir, mas que a una persona a un partido que represente sus inquietudes y que posiblemente va a resolver sus problemas. Dichos sujetos van a conformar el poder legislativo que para el caso concreto de Francia, se halla en manos de un parlamento organizado bicameralmente: el Senado es una Cámara que representa las colectividades territoriales y los franceses en el exterior. Sus miembros son elegidos por sufragio indirecto para un periodo de 9 años siendo renovados una tercera parte cada tres años. La Asamblea Nacional (“cuyo nombre proviene de la Revolución Francesa”) representa al pueblo francés y sus miembros son elegidos directamente por el pueblo para un período de cinco años.

El parlamento tiene el poder legislativo y legalmente tiene funciones como la de determinar la programación del desarrollo económico y social; la declaración de guerra exterior; la prórroga del estado de sitio después de los primeros doce días. Además posee a través de la Asamblea Nacional todo el poder de control del gobierno que puede concentrare en el voto de desconfianza y en la disolución del consejo de ministros.

Pero nuestro conferencista, pone en tela de juicio estas funciones que legalmente están instituidas para el órgano legislativo, y basa sus afirmaciones en lo siguiente:

A partir de la Constitución de 1958, esta retira el monopolio general de la legislación al Congreso y solo lo deja legislar en ciertas ocasiones quitándole gran importancia en sus atribuciones puesto que a los constituyentes de la época es decir los que estructuraron la V República, les interesaba la estabilidad del poder ejecutivo, mas nó la solidificación del poder legislativo. Esto ha producido una intervención directa de los dos poderes hacia el legislativo, restandole poder e importancia. Es así como las tres funciones principales del parlamento están debilitadas y casi extintas.

La primera es la elaboración de la ley. Este es el papel mas afectado con esta crisis ya que hoy en día es el ejecutivo quien hace la ley, porque esta es hoy por hoy el lema del gobierno: “gobernar es hacer la ley”. Esto resulta completamente fuera de si, ya que se están violando los principios que por cientos de años se fueron estructurando, resquebrajando todos los grandes avances que lograron los revolucionarios y los librepensadores de la época como Rousseau y Montesquieu, se retrocede y se dio otra vez a el ejecutivo la facultad de legislar, como lo hacía en tiempos anteriores, es decir, en la monarquía. Esto se debe, según ARDANT a que las normas son muy complejas técnicamente para poder ser elaboradas por el legislador ya que es un técnico quien las redacta y este técnico esta bajo el mando del ejecutivo; las cámaras no cuentan con personas capacitadas para redactar leyes con las exigencias técnicas que exige el gobierno. Esta es la misma razón por la cual las leyes en Francia tienen mayor duración.

La segunda de las funciones principales del Parlamento es la del control al poder Ejecutivo. Esta tampoco se cumple por las razón expuesta anteriormente gracias a la constitución de 1958. Dicha Constitución hace difícil el control legislativo al establecer procesos de racionalización parlamentaria que lo dificultan. Además se establecen normas tan impropias como aquella que no obliga al gobierno a acudir ante el legislativo cuando este es requerido para que rinda cuentas de alguna actuación. Esto es muy grave si se mira que la instauración de los tres poderes de un estado democrático entraña el control que uno ejerce sobre el otro, es decir, la teoría de los pesos y contra pesos para que no se torne un poder en el mas sobresaliente y por ende no se convierta en un Estado autoritario. Es tan difícil oponerse al gobierno que asta hoy solo una moción de censura ha triunfado.

Otra razón para que no exista control es que la mayoría de los parlamentarios son del mismo partido del gobierno; por esa razón no se atreven a intervenir dentro de la dinámica del ejecutivo, ya que gobernar es hacer la ley. Como la oposición es mínima, las mociones de censura y demás mecanismos de control son inaplicables.

La tercera función fundamental es la de la construcción de la nueva Europa. Al parlamento francés no se le ha incluido dentro de los debates que hacen parte de la legislación de la Unión Europea. Es tal el punto de desconocimiento del poder legislativo que los tratados que deben ser revisados y ratificados por el legislador, no han sido puestos en conocimiento de este, sino que por el contrario, el gobierno por medio de un referendo lo hizo ratificar ante el pueblo, desconociendo por completo al parlamento. Esto quiere decir que el órgano encargado de legislar para la Unión Europea no es el parlamento sino el Gobierno por intermedio del Pueblo.

Todo esto hace que el parlamento quede en un tercer plano al tratarlo como una simple figura decorativa o una distracción turística.

O tal vez existe como un requisito para que todo el mundo diga que Francia es un estado democrático con tripartición del poder.

Los puntos tratados hacen que lo parlamentarios se sientan completamente desilusionados y por ende no están asistiendo a las reuniones puesto que lo que se trata allí no es de trascendencia. Esto ha hecho que se vayan a sus provincias y circunscripciones a ejercer otros cargos a nivel regional al no existir prohibición en la materia de acumulación de cargos. Estos planteamientos resultan extraños para Colombia, puesto que nosotros por años hemos seguido fielmente el concepto de la división de poderes con plena autonomía de sus funciones. Esto nos pone a dudar sobre la eficacia de nuestras instituciones legislativas que han sido copiadas fielmente de la madre de la libertad y de la democracia; al igual que nos hace replantear la realidad y eficiencia de nuestro Congreso. Hasta qué punto este órgano producto de la sabiduría del pueblo es eficiente y legisla para cubrir las necesidades de sus electores?. Estas preguntas son extensas de y difíciles de explicar dados los múltiples elementos que intervienen en el proceso. Lo que sí podemos afirmar con rotunda claridad es que las leyes no se están haciendo ni para el pueblo, ni para el gobierno. En este país las leyes se hacen para favorecer a grupos económicos y para satisfacer intereses privados, y esto es un problema de nuestra clase política, esa clase que con dinero y mentiras obliga a la clase popular a votar bajo las sacrosantas promesas politiqueras clásicas; pero en su interior estos señores “muy honorables”, nunca están pensando en el pueblo que representan, sino que se dedican a pensar en favorecer y legislar para sus patronos; sí, aquellos que les colocaron el dinero para sufragar la campaña política y para aquellos que les pusieron varios cientos o miles de votos. El Congreso colombiano esta colmado de clientelismo, todo es un favor por pagar, hasta el punto que el pueblo ya no cree en sus acciones y se convierte en un signo de la corrupción y repugnancia popular. Pero lo mas grave del asunto es que nosotros, los electores, no somos concordantes entre lo que pensamos y lo que hacemos, puesto que llegan las elecciones y masivamente salimos a votar por los mismos políticos tradicionales que tienen siempre asegurada su curul, convertidos en los tradicionales caciques políticos.

Es urgente replantear nuestro sistema de elección y de representación, a mí no me suena fuera de la realidad lo que planteaba Montesquieu: “el poder legislativo debe estar conformado por un grupo de nobles,& al mismo tiempo que a otro elegido para representar a su pueblo. Ambos pueblos celebrarán sus asambleas por separado porque tienen miras diferentes y sus intereses son distintos” esto no quiere decir que los elegidos por el pueblo sean como su palabra misma lo dice populares, debe ser gente muy bien formada, capaz de plantear verdaderos cambios para su comunidad, con un nivel intelectual bueno y que hayan tenido una educación académica pues considero punto fundamental el hecho de que nuestros dirigentes populares sepan la evolución de las ideas políticas a través del tiempo y además la formación intelectual que le da al hombre el hecho de poder acceder a la cultura. Es así como “ El legislador es, bajo todos los conceptos un hombre extraordinario en el Estado. Si debe serlo por su genio, no lo es menos por su cargo que no es ni de magistratura ni de soberanía, porque constituyendo la república, no entra en su construcción”.

Así mismo, se requiere preparar a nuestro electorado para que sepa por quien votar, ya que estamos votando por partidos y no por individuos que favorezcan nuestros intereses comunes y que no estén inclinados ante el gobierno, porque hoy no somos libres debido a los productores de las leyes a los que estamos sometidos puesto que los legisladores que las hacen no son libres de confeccionarlas a su arbitrio. Y al decir esto, nos regresamos al constitucionalismo.

Bibliografía:

GIOVANNI SARTORI. Que es la democracia. Editorial Altamir

ROUSSEAU JUAN JACOBO. El contrata social. Editorial Porrúa.

EDUARDO ROZO ACUÑA. Evolución de as ideas políticas. Editorial Ibañez.

EDUARDO ROZO ACUÑA. Introducción a las instituciones políticas. E. Ibañez.

NORBERTO BOBBIO. Estado gobierno y sociedad. Editorial.fondo de cultura E

http://www.camara-de-representantes.gov.co

http://www.senado.gov.co

PHILIPPE ARDANT. Conferencia el parlamento francés al terminar el siglo.

BOBBIO NORBERTO. Estado Gobierno y Sociedad. Fondo de cultura económica.

ROZO ACUÑA EDUARDO. Introducción a las instituciones políticas.

& Tenemos que entender que al referirme a nobles, no hablo en el sentido estricto de la palabra, pues no me podría imaginar ver manejando el país a los representantes de las familias distinguidas y reconocidas, ni mucho menos a los delfines políticos a quienes bastante hemos sufrido y soportado. La razón por la cual me refiero a esta expresión es mas en el sentido de Platón, cuando se refería a la creación de la aristocracia como el gobierno de los sabios, no de los poderosos, entonces, al lado de las emociones e intereses populares, debe funcionar un órgano que se caracterice por su prudencia y alto criterio para legislar; que no mire la ley como factor de favorecimiento para un grupo determinado, sino como el medio por el cual se logre la armonía social y la convivencia pacífica entre los asociados.

MONTESQUIEU. El espíritu de las leyes. Citado por el doctor Rozo Acuña en su libro Evolución de las Ideas Políticas.

JUAN JACOBO ROUSSEAU. El contrato social. Capítulo VII. Edi. Porrúa. S.A.

SARTORI GIOVANNI. ¡Que es la democracia?




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Enviado por:Julio González
Idioma: castellano
País: Colombia

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