Derecho


Corpus Iuris Civilis


Para este trabajo se me ha entregado una lista de seis temas, de los cuales elegí el del conocido y honorado hasta los días de hoy, corpus iuris civiles, antes de referirme a el debemos situarlo en un contexto histórico , político y jurisdiccional.

Situémonos en la época de derecho romano post clásico, esta, dividida en tres partes, primero la época post clásica temprana aproximadamente situada en el año 330, esta pese a faltar la potencia de los grandes juristas clásicos trata de crear un modelo parecido, imitando el estilo clásico, los rescriptos imperiales y la literatura jurídica conservan el lenguaje conciso de la alta jurisprudencia, luego la etapa Constantinanea, en donde se impone definitivamente la legislación imperial como única fuente viva del derecho y finalmente la etapa Teodosiana, determinada por una tendencia recopiladora, las leyes imperiales recopiladas por Teodosio segundo de oriente y Valentiniano tercero de Occidente, la compilación Visigótica del derecho romano vulgar en occidente, y en oriente la recopilación del hombre que mayormente citare en estas líneas, Justiniano.

Esta época esta marcada por un desorden político debido a que después del asesinato de Alejandro Severo, el imperio queda en una convulsión anárquica , hasta que el orden queda establecido por diversos jefes militares, procedentes de las legiones de Iliria, lo que por desgracia no se evito o detuvo, fue la falta de textos jurídicos, la falta en si de bibliotecas, además de la importante decadencia de los hombres conocidos como iurisprudentes , estos últimos decaían en fuerza debido a su escasez, esta época como ya dije marca la decadencia del periodo creativo clásico de la jurisprudencia, la característica mas propia de este ciclo seria que la producción culta del derectum sería desplazada por fuentes imperativas, emanadas de la potestas de los emperadores contraria, a las pasadas fuentes de autoritas de los ya mencionados prudentes.

¿Qué llevaría a el emperador Justiniano a crear el cuerpo del derecho civil?.

Podríamos decir que en esta época post clásica el derecho se desparramo por decirlo de manera vulgar, por el imperio, lo que nos llevo a que cada pueblo se remitiera o tuviera diversas fuentes del derecho en lo referido a los civitas, lo que llevo a un mero desorden de las leyes, viendo la situación o el contexto en donde estaba el imperio, Justiniano quiere y logra, juntar o convocar, las leyes civiles de aquel entonces, en un libro, mejor dicho en una gran obra, hay que aclarar también , que en un comienzo solo fue designado por el nombre de Corpus Iuris, pero también existió el Corpus Iuris Canonis (leyes por las cuales se regia la iglesia en aquel entonces), lo cual llevo a la época moderna a darle un apellido, por decirlo así, obviamente para que no existiera confusión alguna, nombrándolo finalmente Corpus Iuris Civiles.

Importante también es mencionar que quien creo materialmente el Corpus, fueron los delegados por Justiniano, hombres expertos en derecho, entre ellos los últimos jurisprudentes, abogados, entre otros, Justiniano solo fue el autor oficial y por lo mismo el promulgador de este.

¿Cuál era el contenido de esta obra, y como se organizaron los redactores para lograr tan magna obra?, obviamente debo mencionar el contenido de este y su elaboración de forma minuciosa , como mencione anteriormente Justiniano deseoso de restaurar el imperio, cuenta entre sus empresas la de realizar una recopilación total del derecho romano, para esto nombra una comisión encargada de reunir las constituciones contenidas el los códigos Gregorianos, Hermogeniano , Teodosiano, novelas post Teodosianas y leyes posteriores a este , quienes tuvieron encargada esta tarea , se les dio facultad para adicionar, sustituir o suprimir los textos o partes de estos, para que tuvieran una mejor adaptación a las costumbres y leyes de aquella época, o sea al del derecho vigente, este trabajo se trasforma en el Codex promulgado en el año 529, desde entonces quedo prohibido recurrir a anteriores colecciones de leges, este codex se compone de 12 libros en total, además de las decisiones posteriores de Justiniano, llamadas quinquaginta decisiones, luego de esto se emprende la tarea de recopilar y ordenar la colección antológica de la jurisprudencia clásica, comisión encabezada por Triboniano, esta fue ordenada por materia, en 50 libros, estos agruparían fragmentos de obras auténticas pertenecientes a juristas que hubiesen gozado de ius publice respondendi, aunque estos, no estuviesen incluidos en la ley de Citas, en Diciembre el 534, completa su labor la comisión, y se promulga la obra llamada Digesto o en lengua griega, Pandectas, con la prohibición de realizar cualquier obra interpretativa de esta.

Simultáneamente al Digesto, una pequeña comisión de tres miembros recibe el encargo imperial de redactar un libro para estudiantes de derecho, a semejanza de las instituciones de Gayo, casi calcado, con muy pocas modificaciones, esta son las Intitutiones redactadas definitivamente el año 533, esta son definitivamente las tres partes del Corpus a la que mas tarde se le agrega , las novelas , leyes nuevas dictadas por Justiniano, debo recalcar que esta ultima es externa al corpus, pero por uso tradicional se mantiene unida a el.

¿Tendría esta obra una importancia jurídica aparte de la de ordenar el imperio en aquella época?.

Personalmente me corresponde mencionar la importancia que tuvo el Corpus para el estudio del derecho en si debido a que este marcó, o permitió, separar el derecho como una ciencia particular, o sea una ciencia totalmente autónoma, y por ende tomar el lugar que le correspondía, aquí también debo mencionar al primero en estudiar el Digesto propiamente tal, me refiero a Irnerio personaje que estudio esta materia allá por los años 1113 y 1118.

¿ Ósea podríamos decir que en vista de esto estudiamos el Derecho Romano como tal?

Yo diría con exactitud y seguridad, que si, fundamentando mi auto consulta, que desde aquí, o sea desde la aparición de Irnerio, comenzamos a escribir una historia de estudios, lo por ejemplo, el comentario y los dictámenes, luego en la época moderna estudiamos el Corpus con los ojos puros del Humanismo en si, humanismo obviamente jurisdiccional.

Después de esto la pregunta que cualquier persona se haría, pregunta entre paréntesis muy frecuente.

¿Tendrá este, el Corpus Iuris Civiles, importancia para quienes vivimos en la actualidad?

El mismo código en el mensaje al congreso proponiendo la aprobación del código me contesta mi pregunta. Obviamente que si, debido a que toda civilización tiene la necesidad de unificar y ordenar sus leyes en un código, para reafirmar mi respuesta puedo basarme en que el autor de este, el código civil, Don Andrés Bello, se baso casi en su totalidad en el corpus de Justiniano para hacer nuestro código y promulgarlo en el año 1855 para entrar en vigencia total en nuestro país en el año 1857.

Finalmente y para concluir ,la gran pregunta personal o hipótesis que me asalta sin poder evitarlo, y creo también, a la mayoría de los estudiantes de derecho de todas partes y de diversas escuelas, es la importancia que tiene para nosotros es estudio del derecho romano.

¿Será de relevancia o de gran importancia el estudio actual del derecho romano a pesar de la antigüedad de este?

.Después de leer las lecciones de D'ors y Guzmán entre otros referidos al tema, me siento con la capacidad intelectual para responder a este cuestionamiento personal, y como ya dije, quizás de todos, o de la mayoría de los estudiantes de las ciencias jurídicas.

En respuesta a mi pregunta, concretamente puedo decir, que es de mucha importancia el estudio de este, debido a que el derecho en cuestión se resume o se concreta realmente en la obra de Justiniano, todo lo referido a las relaciones privadas entre personas, este ultimo es de gran importancia debido a que sin el sería mucho mas difícil la comprensión de nuestro actual código civil, y sin este seria imposible conocer el funcionamiento del derecho internacional privado ,obviamente materia totalmente importante para alguien que quiere ser abogado en el futuro.

Termino contento y satisfecho, debido a que me auto fundamente mis dudas, con respecto la materia y en general al estudio del derecho romano, además de haber podido plasmarlas en estas hojas con argumentos y a través de un análisis del derecho romano en general y mas profundamente del Corpus Iuris Civilis, pude darme cuenta la gran importancia que tiene para nosotros este y mayor importancia aun el estudio del Derecho Romano en general.




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Enviado por:Ovando
Idioma: castellano
País: Chile

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