Derecho


Constitución Española de 1978


1.1 INTRODUCCIÓN

Se trata del segundo intento que se produjo en el siglo XX de establecer un sistema democrático. Se promueve dentro de un régimen dictatorial. Con la muerte de Franco se plantea el problema del futuro del país. Los poderes en los que se basaba el estado son:

  • Poder legislativo- hacer leyes (parlamento)

  • Poder ejecutivo- ejecutar las leyes (gobierno)

  • Poder judicial- controlar el cumplimiento ( jueces)

Juan Carlos, junto con Adolfo Suarez (presidente) crean:

  • ley para la reforma política, en el año 77, que es un instrumento para abandonar el sistema de leyes fundamentales, la dictadura. Afirma que:

          • la soberanía reside en el pueblo. (todos los ciudadanos debemos dirigir el país)

          • tiene que haber elecciones populares para crear un nuevo parlamento (españoles mayores de 21 a.que nombrarán a las personas que representarán al parlamento.

Con esta ley se legalizan los partidos políticos y se convocan elecciones, pretendiendo que los miembros elegidos realicen una constitución.

  • U.C.D ( Unión de Centro Democrático).Cisneros Laborda, Herrero Rodríguez de Miñon y Pérez Llorca

  • P.S.O.E (Partido Socialista y Obrero Español). Peces Barba

  • A.P (Alianza Popular). Manuel Fraga

  • P.C.E-P.S.U.C (comunistas) Solé Turá

  • CiU (Convergencia i Unió)

  • P.N.V (Partido Nacionalista Vasco) Roca Junyent

En las cortes generales hay dos cámaras; el congreso y el senado. Primero pasa por el congreso y una vez está decidido pasa por el senado, si ni aún así no se ha llegado a un acuerdo, se crea una comisión.

Fechas importantes Constitución: 31.10.78 aprobada 06.12.78 sometida a referéndum (fue aprobada con el voto de la mayoría de españoles)27.12.78 el rey la promulga y sanciona 29.12.78 entra en vigor

concepto: La Constitución es una norma jurídica fundamental que regula la convivencia. Es el vértice de nuestro ordenamiento jurídico. Ninguna norma que se encuentre por debajo puede ser contraria a ella

1.2 CARACTERÍSTICAS

- Escrita y cerrada en un único texto articulado pero inacabado. (pendiente del desarrollo posterior por leyes)

- Rígida , ya que no puede ser modificada fácilmente aunque no es imposible.

- Extensa, es muy larga consta de 169 artículos más 4 disposiciones adicionales, 9 transitorias, 1 derogativa y una final

- Democrática ya que es el pueblo la que se la asigna a sí mismo mediante la mayoría

- Progresista, ya que fue el fruto del acuerdo entre las diversas fuerzas políticas

- Original, tiene influencias de la Alemana e Italiana se asienta sobre estas líneas

1. Monarquía Constitucional __ Tenemos un monarca, que es jefe de del Estado y que está sujeto a al Parlamento, este tiene una labor democrática

2. Régimen Parlamentario bicameral__ En el parlamento hay dos cámaras; congreso y senado. Del congreso saldrá el presidente del gobierno, que dirigirá la política

3. Estado Unitario descentralizado, aunque no federal__ La mayor originalidad es haber creado el estado de las autonomías, pues es sistema intermedio entre uno centralita y uno federal.

Todas estas características se consagran bajo el principio de la indisoluble unidad de la nación española, que será garantizada y defendida por las fuerzas armadas pero con la matización del reconocimiento y garantía de las C.C.A.A.

1.3 ESTRUCTURA Y CONTENIDO

1.3.1. DOGMÁTICA DOCTRINAL.

1.3.1.A) TÍTULO PRELIMINAR

- Nos define los principios básicos del estado. Nos recuerda q España se constituye en un estado socialy democrático de derecho.

- Propugna valores como la libertad, igualdad, justicia y pluralismo político

- La soberanía nacional reside en le pueblo español del que emanan los poderes del Estado

- La forma política del Estado: Monarquía parlamentaria

- Garantiza la indisoluble unidad de la nación española aunque garantizando también la autonomía de las C.C.A.A. Una única España dividida en territorios

- Lengua oficial: castellano. Los dialectos son oficiales en las C.C.A.A respectivas

- Bandera española: 3 franjas, roja-amarilla-roja (amarilla X 2)

- Capital: Villa de Madrid

- Reconoce la existencia de partidos políticos . Son la expresión del pluralismo político como manifestación de la voluntad popular (en la dictadura no existía este punto)

- Se reconocen los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales

- Fuerzas armadas constituidas por los 3 ejércitos clásicos: mar, tierra y aire y tiene como misión garantizar la soberanía e independencia de España

- garantiza :1. principio de legalidad sometimiento a leyes

2. principio de jerarquía normativa

3. irretroactividad de las normas

1.3.1.B) TÍTULO PRIMERO

- CAP I. nacionalidad

- CAP II. Derechos fundamentales y libertades públicas. Derechos y deberes de los ciudadanos.

- CAP. III. Hay que proteger a la familia y a la infancia

- CAP IV. Establece garantías de derechos y libertades

- creación de tribunales ordinarios

- creación del Tribunal Constitucional

- Creación del defensor del pueblo

1.3.2 ORGÁNICA regula la estructura del estado.

- TÍT segundo_ La Corona trata todos los temas referentes a la corona

- TÍT tercero__ Las Cortes Generales. Las cortes son bicamerales. Congreso

cámara alta y senado cámara baja

- TÍT cuarto__ Gobierno y administración nos habla de cómo está organizado el

poder ejecutivo

-TÍT quinto__ Relaciones del gobierno y cortes generales Relaciones entre el

gobierno y las cortes. Se da una figura para suplir al presidente en caso de que

realizara mal su labor

-TÍT sexto__ Poder judicial Formado por jueces y magistrados nos habla de los

órganos políticos

-TÍT séptimo__ Economía y hacienda Nos habla de donde saca el dinero el

Estado. Crea la ley general de presupuestos del estado

- TÍT octavo__ organización territorial de Estado divide el estado en autonomías,

hace 25 a.

-TÍT noveno__ Tribunal Constitucional Se crea para cuidar el cumplimiento de

la Constitución

-TÍT décimo__ Reforma Constitucional explica como puede reformarse la

Constitución, Necesita gran mayoría

1.3.3 CIERRE DE LA CONSTITUCIÓN

- 4 disposiciones adicionales_ hablan del régimen de Canarias, Ceuta y Melilla

- 9 disposiciones transitorias_ habla de cómo una provincia pude llegar a

transformarse en C.C.A.A

- 1 disposición de rogativa __ habla de que se anulan todas las normas

contrarias a la Constitución

- 1 disposición final_ nos dice que la Constitución entra en vigor el mismo día que se publica

1.4 EL PODER LEGISLATIVO

1.4.1 Naturaleza y caracteres

El poder legislativo es el órgano o conjunto de órganos q tienen el poder de dictar las

normas más importantes. Regulado por el título III bajo la rúbrica de Cortes Generales.

Concepto de Cortes Generales: órgano complejo de carácter colegiado, deliberante y representativo, sujeto a la Constitución, que ejerce la suprema potestad legislativa y mantiene relaciones de diversa índole con otros poderes e instituciones del Estado.

Las cortes elaboran y aprueban sus propios presupuestos. Es un órgano de acción continua, ejerce sus funciones incluso durante las vacaciones parlamentarias, o en

supuestos de disolución de las cámaras

  • Estructura

  • CONGRESO se puede componer entre 300 y 400 diputados. Son elegidos por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto.

    La circunscripción electoral es la provincia. C/ provincia 2 diputados. Ceuta y Melilla 1 diputado. Los restantes se distribuyen en función de la población.

    La conversión de un voto a un escaño se hace mediante la ley de Hont. Es un sistema proporcional. El congreso es escogido por 4 a.. Pueden ser elegidos todos los españoles mayores de edad sin ninguna incapacidad y que no estén condenados.

    SENADO representación territorial. Son elegidos por sufragio universal, libre, igual directo y secreto.

    Ceuta y Melilla 2

    Provincia Resto de provincias 4+1 x C/ CCAA+ 1x C/ millón de hab.

    Islas Mayores 3

    Insulares Islas menores 1

    El senado es escogido por 4 años y pueden ser elegidos todos los españoles que sean mayores de edad, que no sufran ninguna incapacidad y que no estén condenados por la ley

    Incompatibilidad de cargos

    Nadie puede ser miembro de las dos cámaras o de una cámara más:

    • Tribu. Constitu, Altos cargos administración estado, defensor pueblo, magistrados, jueces y fiscales en activo, militares profesionales en activo y miembros juntas

    Estatus parlamentarios

    Derechos y deberes de los parlamentarios:

    • derecho de inmunidad: no pueden ser arrestados ni procesados a menos que se den determinados requisitos : DELITO FLAGRANTE, SUPLICATORIO

    • derecho de inviolabilidad: no pueden ser condenados por las opiniones manifestadas en el ejercicio de las funciones

    • derecho a remuneración derecho a percibir un salario que lo fijan las propias cámaras

    Competencias de las cámaras

    • Generales:- Las CG representan al pueblo español

    -Ejercen la potestad legislativa del estado

    -Aprueban los presupuestos generales

    -Controlan al gobierno

    • Respeto de la Corona:- pueden prohibir q contraigan matrimonio las personas que tengan derecho a trono

    - Pueden inhabilitar al rey

    - Nombran la regencia

    • Orden interno de las cámaras: - establecen sus propio reglamentos

    - Aprueban presupuestos

    - Eligen a sus presidentes y miembros de la cámara

    • Normativas y legislativas: -Hacen las leyes orgánicas y ordinarias

    -Delegan al gobierno la posibilidad de dictar normas

    -Convalidan o derogan los derechos leyes

    • Relaciones internacionales: Autoriza al estado para q preste consentimiento en los tratados internacionales y garantiza el cumplimiento de estos

    • Control del gobierno:- Otorgan confianza en la investidura del candidato a presi

    - Otorgan confianza al presi

    - Pueden adoptar moción de censura

    - Puede someter a preguntas al parlamento

    Funcionamiento de las cámaras

    Se reúnen en dos períodos: SEPT- DIC y FEB-JUN. Pueden reunirse en sesión extraordinaria, a petición del gobierno, o de la mayoría absoluta de cualquiera de las cámaras

    Adopción de decisiones

    Se adoptan por mayoría.

    Las cámaras funcionan por PLENO (mesa y resto de miembros) y POR COMISIONES

    PLENO: La mesa es el órgano rector que actúa bajo el presidente. Esta consituida por el presidente, los vicepresis, y los secres. Puede recavar el debato y la votación de cualquier proyecto de la ley excepto: Reforma constitucional

    Cuestiones internacionales

    Leyes orgánicas

    Leyes de bases

    Presupuestos generales

    COMISIONES: Las cámaras pueden nombrar comisiones de investigación sobre cualquier interés público.

    DIPUTACIONES PERMANENTES: mín 21 miembros: piden sesiones extraordinarias

    Asumen funciones de las cámaras cuando están disueltas

    GRUPOS PARLAMENTARIOS Y JUNTA DE PORTAVOCES: se exige un cierto núm de miembros. Los que no llegan a ese mínimo se agrupan formando el grupo mixto. Cada rupo tiene un portavoz. El voto de senadores y diputados es personal e intransferible.

    Publicidad de las sesiones

    Las sesiones de las cámaras son públicas, salvo que por mayoría se haya adoptado lo contrario

    1.5 EL PODER JUDICIAL

    Tiene la misión de declarar o reconocer el derecho en los casos concretos que se planteen. Deben juzgar y ejecutar lo juzgado. Este poder es impartido por jueces y magistrados

    1.5.1 Principios básicos

    1.- Principio del origen popular de la justicia: la justicia emana del pueblo y se administra en nombre del rey a través de jueces y magistrados

    2.- Principio de la independencia: debe hacerse con independencia de los otros poderes. Jueces y magistrados no pueden ser cesados , trasladados o jubilados

    3.- Sometimientos a la ley: están obligados a aplicar la ley

    4.- Unidad jurisdiccional: solo hay un tribunal, se hacen dos distribuciones, una territorial y una competencial

    5.- Autogobierno: (consejo general de aplicar el poder judicial) CGPJ es el órgano de gobierno de los jueces. Lo integran el presidente del gobierno + 20 miembros ( 12 nombrados por jueces y magistrados + 4 nombrados por el senado + 4 nombrados por el congreso)

    1.5.2 Ministerio Fiscal

    Tiene como función promover la justicia, defender la ley, defender los derechos de los ciudadanos y el interés público. Ejerce sus funciones por medio de órganos por orden de jerarquía.

    1.5.3 Organización del poder judicial

    TRIBUNAL SUPREMO Trata todas las materias excepto lo dispuesto en materia de garantías constitucionales cuyas competencias recaen en el tribunal constitucional. Son órganos colegiados.

    DECISIONES: 3 magistrados.

    JURISDICCION: toda España

    SEDE: Madrid.

    Integrado por:- sala I materia civil

    - sala II materia penal

    - sala III contencioso administrativo

    - sala IV materia laboral

    - sala V materia militar

    AUDIENCIA NACIONAL Está integrado por salas juzgados centrales de instrucción

    DECISIONES: 3 magistrados

    JURISDICCION: toda España

    SEDE: Madrid

    Integrador por: temas penales, contenciosos adm. Y laborales muy concretos como:

    - delitos contra la corona y altos organismos

    - delitos monetarios y de cambio

    - defraudaciones, tráfico de drogas, fraudes alimenticios

    TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CCAA En cada CCAA hay un tribunal

    DECIONES: 3 magistrados

    JURISDICCIÓN: en cada CCAA

    SEDE: en cada CCAA

    Integrado por:- sala civil

    - sala penal

    - sala contencioso adm.

    -sala laboral

    AUDIENCIAS PROVINCIALES

    DECISIONES: 3 magistrados

    JURISDICCION: en toda la provincia

    SEDE: en la capital de provincia

    Integrado por: temas civiles y penales

    TRIBUNAL DEL JURADO

    DECISIONES: miembros de la población q son llamados para impartir justicia en un tema concreto

    JURISDICCION: en toda la provincia

    SEDE: en la capital de la provincia

    Integrado por: sala penal

    ORGANOS UNIPERSONALES

    JUZGADOS DE LO CONTENCIOSO ADM.

    DECISIONES: 1 magistrado

    SEDE: en la capital de provincia

    Integrado por: temas administrativos

    JUZGADOS DE LO SOCIAL

    DECISIONES: 1 magistrado

    Integrado por: temas laborales

    JUZGADOS DE MENORES

    DECISIONES: 1 magistrado

    Integrado por: delitos o faltas que cometan los menores

    JUZGADOS DE VIGILANCIA PENITENCIARIA

    DECISIONES: 1 magistrado

    Integrado por: casos referentes a los internos de la prisión

    JUZGADOS DE 1º INSTANCIA DE INSTRUCCIÓN

    Lleva temas civiles, de familia, penales y mercantiles. Se encuentran en pequeñas poblaciones. En grandes ciudades se disuelven en juzgados llevando cada uno de ellos un tema diverso ( de familia, mercantiles, de instrucción o penales, civiles o de I instancia

    JUZGADO DE LO PENAL son los juzgados instrucción. Se encarga de realizar una investigación de delito. El ministerio Fiscal llevara a cavo la investigación . Cuando esté cerrada y haya indicios para ajuiciar a la persona lo haría otro juzgado

    JUZGADOS DE PAZ Uno en cada municipio donde no haya juzgado de primera instancia e instrucción. Llevan temas civiles y penales de muy poca importancia. Reclamaciones civiles mín. 50.000 pts. Estos jueces son nombrados por el tribunal superopr de justicia de cada CCAA por 4 a.

    1.6 EL PODER EJECUTIVO

    Viene atribuido al gobierno y a la administración. Aparece regulado en el título IV de la CE. Tiene dos dimensiones:

    • política: es consecuencia de una determinada relación de las fuerzas políticas en el parlamento

    • administrativa: debe tenerse en cuenta q los distintos ministros, integrantes del gobierno, son los jefes de los departamentos en que se divide la administración.

    1.6.1 El presidente del gobierno

    Según la CE, es uno de los miembros del gobierno pero tiene especiales características como son nombrar y cesar a los ministros, dirigir el gobierno y coordinar las funciones de los demás miembros del gobierno.

    Nombramiento:

    ORDINARIA: las cámaras disueltas y se convocan elecciones generales. En éstas se vota y una vez ya se han celebrado tienen que dimitir todos los miembros del gobierno. Los miembros de la cámara nombrarán al presidente de la cámara. Este hablará con diferentes representantes de los partidos políticos con representación parlamentaria y cada grupo le expondrá su opinión. Habla también con el rey y le expone cual cuál de todos tiene más posibilidades de llegar a ser presidente del gobierno. El rey propondrá ese representante como candidato ante el congreso. Este expondrá su programa político y solicitará la confianza de la cámara. Los representantes de los demás partidos le manifestarán su acuerdo o disconformidad y se realizará : LA VOTACIÓN DE INVESTIDURA en la que puede ocurrir:

    • el candidato obtenga mayoría absoluta: la cámara le otorga confianza y el rey lo nombra presidente

    • el candidato no consiga mayoría absoluta, en cuyo caso vuelve a haber una votación en plazo máx de 24 h. El candidato obtendrá la confianza de la cámara si consigue mayoría simple y será nombrado por el rey presidente

    • si no consigue la mayoría simple se tramitan nuevas propuestas de la forma descrita. Si trascurridos 2 meses, no habiendo candidato obtenido la confianza de la cámara, el rey las disolverá y convocará nuevas elecciones para tratar de lograr un gobierno q sea mas facil de elegir

    EXTRAORDINARIA: tiene lugar mediante la moción de censura: consiste en quitarle la confianza al presidente del gobierno y nombrar a un nuevo candidato q si supera la votación de investidura será nombrado presidente

    Funciones

    Encarna la unidad de la administración coordinando la actividad de todos los departamentos que la integren. Representa al gobierno de la nación , convoca, preside las reuniones del gobierno, propone planes de actuación de cada uno de los ministerios

    El gobierno

    Órgano colegiado compuesto por el presidente, vicepresidentes y ministros. El gobierno dirige la política interior y exterior, la administración civil y militar, la defensa del estado, ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la CE y las leyes

    Ministros

    Nombrados por el rey a propuesta del presidente del gobierno. Son los jefes responsables de sus departamentos, ejercen la iniciativa, dirección e inspección de todos los servicios de sus departamentos

    Funciones: - dirigen las actividades de los servicios de su Dep.

    - elaboran proyectos de ley o decretos de las materias atribuidas a sus Dep. q deben ser aprobadas por el gobierno

    - ejercen la potestad reglamentaria

    - efectúan los contratos de sus Dep. y disponen de los gastos dentro de los créditos autorizados

    Los cesa el rey a petición del presidente del gobierno. La creación , modificación y supresión de ministerios se establece por ley aprobada por las CG

    Administración pública

    Conjunto de órganos que se enmarcan dentro del poder ejecutivo y que ejerce las funciones que les vienen dadas por el ordenamiento jurídico, por la ley. No hay solo una, hay una pluralidad y cada una tiene personalidad jurídica e independencia.

    Administración de Estado 1

    TERRITORIAL Administración de las CCAA 2

    Administración local 3

    NO TERRITORIAL Administración institucional 4

    1.-Órganos que componen la admin. Del Estado

    Se divide en adm centra y periférica.

    CENTRAL: complejo aparato orgánico con personalidad jurídica y destinado a cumplir los intereses generales en el territorio nacional

    PERIFÉRICA: pertenece a la adm. Central pero solo tiene competencias en una parte: Delegaciones de gobierno y direcciones provinciales

    Presi

    Vicepresi

    Ministros

    Gobierno

    Secres, subsecres, dires

    2.- Administración de las CCAA

    Cada CCAA dispone de una administración pública . La CE nos dice que cada CCAA tendrá un parlamento y un gobierno y es la administración la que llevará a cabo la función ejecutiva en la CCAA

    Presi del gobierno de la CCAA

    Vicepresis, si los hubiere

    Consejeros

    Gobierno

    Secre, subsecres

    3.- Administración local

    Se compone de un conjunto de entidades independientes entre sí teniendo competencias en su territorio, dentro del cual deciden sobre sus intereses. Éstas pueden tener existencia obligatoria u optativa. La CE prevee la existencia obligatoria de municipios, provincias e islas. Estos territorios tienen unos órganos de gobierno y administración. Pero la CE dice que podrá haber otras entidades independientes diferentes

    MUNICIPIO: es el más característico de todos los entes locales, es un ente público de carácter territorial, tiene por objetivos la consecución y defensa de los intereses municipales

    Alcalde

    Concejales

    Pleno del ayuntamiento

    Comisión de gobierno en municipios

    Concejos abiertos

    PROVINCIA: existencia obligatoria. Es la circunscripción electoral básica. Es una entidad local formada por pluralidad de municipios. Tiene personalidad jurídica y autonomía por la gestión de sus intereses. Cada 4 a se reúnen todos los alcaldes y escogen el alcalde, él escogerá sus compañeros. Toma decisiones sobre todo lo ocurrido en su provincia.

    Presi diputación

    Vicepresi

    Pleno del ayuntamiento

    Comisión de gobierno

    4,. Administración NO TERRITORIAL, institucional

    Creada por personas públicas creadas por alguna de las tres administraciones territoriales con el fin de que cumplan con un fin concreto y determinado e independiente del conjunto de finalidades de la administración que las crea

    Características:

    • tienen un conjunto de bienes adscritos a un determinado fin, es decir, se les dota de dinero para que cumplan el fin establecido

    • la organización y el funcionamiento les viene dada por la administración que los crea

    • deben su origen a una ley o a una disposición administrativa.

    CONCEPTO: conjunto de normas de derecho público interno que regulan la organización y actividad de las administraciones públicas

    Normas de derecho administrativo:

    • Una norma será de derecho administrativo cuando se refiera a situaciones en las que necesariamente intervenga un ente público. Siempre que intervenga la administración no hablaremos de derecho administrativo, debe hacerse con condiciones especiales para el ciudadano.

    • Las normas de derecho administrativo también regulan :

              • la organización de las administraciones

              • las relaciones entre dos entes públicos

              • relaciones entre la administración y los partis, siempre que concedan ala 1 prerrogativas y poderes que solo ella misma puede ejercitar

    • Pueden estar referidas a una administración pública que deberá ser estatal, pública o local

    FUENTES: La administración está sometida a un principio fundamental de rango constitucional que es el principio de legalidad. La administración debe tener un absoluto respeto por las leyes

    Principio de legalidad supone la sumisión total y absoluta de la

    administración al derecho, al poder legislativo

    1.- CONSTITUCION ESPAÑOLA

    2.A.- LEY ORDINARIA: necesitan mayoría simple para gañir se pueden ir aprobando parcialmente. Trata las materias que no trata la ley orgánica

    2.B.- LEY ORGÁNICA: necesitan su aprobación, modificación o derogación mayoría absoluta en una votación q se realiza sobre el conjunto del proyecto. Trata materias: derechos fundamentales, aprobación de estatus de autonomía y régimen electoral general

    2.C.- DECRETOS LEYES: los realiza el gobierno por la existencia de una extraordinaria y urgente necesidad pero debe ser convalidado por las cortes generales, si no deja de tener valor

    2.D.- DECRETOS LEGISLATIVOS: los realiza el gobierno porque el legislativo ha hecho una delegación expresa

    2.E.- TRATADOS INTERNACIONALES: acuerdos entre el estado español con otros estados u organizaciones internacionales. Una vez publicados en España tienen la misma consideración de leyes

    3.- REGLAMENTO: normas que dicta el poder ejecutivo en virtud de una competencia propia y normalmente desarrollan leyes y que no pueden ser contrarias a ellas.

    El parlamento puede solicitar al poder ejecutivo que realice normas; en este caso el poder ejecutivo actúa como sustituto al legislativo.




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    Enviado por:Laia
    Idioma: castellano
    País: España

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