Secretariado


Riesgos y enfermedades profesionales


TEMA IX RIESGOS Y ENFERMEDADES PROFESIONALES.

  • 9.1.INTRODUCCION:

El trabajar nos ocupa una importante parte de nuestra vida y por lo tanto hay gran relación entre la actividad y la enfermedad, debido a las múltiples actividades que podemos realizar se puede enfermar de muchas maneras, e incluso algunos trabajos han producido hasta la muerte.

La salud y la seguridad en el trabajo es una gran preocupación para la mayoría de los trabajadores. Los grandes adelantos basados en las nuevas tecnologías han supuestos cambios en los modelos de salud, basados en la demanda a estar informados, mayor asistencia sanitaria, y formas de controlar los riesgos en la salud.

Aunque hoy en día el desempleo también afecta a la salud de los trabajadores que lo padecen.

La Constitución recoge en su articulo 40.2 velar por la seguridad e higiene en el trabajo.

9.1.1.Antecedentes históricos:

En la sociedad se producen cambios, y actualmente nuestra vida gira entorno al trabajo, y nos condiciona en todos los aspectos. Desde la antigüedad el hombre se ha adaptado al trabajo.

Desde antiguo han existidos referencias a iniciativas sobre el estudio de la enfermedad y el mundo laboral, aunque fue en 1883 cuando se crean la comisión de reformas sociales y derivo en la ley de accidentes de trabajo.

Actualmente en España se desarrollan políticas de salud laboral, aunque se desconoce la magnitud real de las enfermedades relacionadas con el trabajo. La evolución legislativa relativa a las enfermedades profesionales y accidentes de trabajo, ha suscitado varias teorías ya que de ellas derivan aspectos a cerca de la responsabilidad e indemnizaciones consecutivas a la indemnización.

La evolución de las teorías han sido las siguientes:

- Teoría de la culpa

- Teoría de la inversión de la culpa

-Teoría del riesgo profesional

-Teoría de la responsabilidad comunitaria

.

TEORIA DE LA CULPA:

Surgió cuando el derecho laboral tenia poca consideración, la responsabilidad del daño se basaba si había habido intencionalidad o dolo por parte del patrono, es decir que había creado una situación de riesgo.

TEORIA DE LA INVERSION DE LA CULPA:

Esta teoría presuponía que la lesión era del empresario salvo que se probara lo contrario.

TEORIA DEL RIESGO PROFESIONAL:

El responsable es siempre el empresario.

TEORIA DE LA RESPONSABILIDAD COMUNITARIA:

Los conceptos de enfermedad profesional y accidentes de trabajo, son problemas que conciernen a toda la sociedad, por lo que debe responsabilizarse de manera solidaria

En la actualidad es posible relacionar condiciones de vida, trabajo, y salud, aunque en los siglos pasados se negaba la existencia de esta relación. En el siglo XX es cuando se han establecido la relación de muchas de estas enfermedades y la exposición continuada a determinados productos, usados tanto en la vida social como la laboral.

  • 9.2. TIPOS DE ENFERMEDADES:

La ley de prevención de riesgos laborales define un concepto mas amplio y se define como las enfermedades , patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo, por lo que ya no solo se habla de accidentes laborales y enfermedades profesionales. Por lo que podemos distinguir entre las enfermedades de dos tipos

- Común

. Laboral

La enfermedad laboral se puede clasificar en:

- Enfermedad profesional

- Accidente de trabajo

- Enfermedades relacionadas con el trabajo

- Daños en la salud por malas condiciones de trabajo.

Enfermedad profesional:

Es aquella que se produce como consecuencia de la actividad laboral, evoluciona lentamente causando al trabajador una incapacidad para trabajar e incluso le puede producir la muerte.

La relación entre la enfermedad laboral y el ambiente de trabajo es tal que muchas veces es exclusiva de este (silicosis), cuando un trabajador cae enfermo por estas circunstancias seria conveniente trasladarlo a otro lugar.

Existen 71 enfermedades reconocidas como profesionales y los riesgos de contraerlas con derecho a indemnización, lo cual evita tener que demostrar la causa

Enfermedad común: es aquella que se origina por factores que inciden en el organismo sin tener relación con el mundo laboral, se presentan en cualquier situación independiente mente del trabajo realizado.

Accidente laboral: es la lesión corporal que se produce de manera espontánea e instantánea, en el trabajo por cuenta ajena, no se incluyen los autónomos ni ocupado de forma irregular. En la legislación de algunos países en la póliza se unen el concepto de accidente laboral y enfermedad laboral.

También se deben incluir los accidentes en itinere.

Aquellas enfermedades profesionales que no están recogidas en la lista tienen la consideración de accidente laboral. Cuando un trabajador sufre un accidente laboral la aseguradora es la que se encarga de su asistencia reparación e indemnización.

Ante un caso de nueva enfermedad laboral se debe conocer los antecedentes laborales por lo que se le da especial importancia al historial laboral del enfermo

Enfermedades relacionadas con el trabajo: son aquellas en las que las condiciones de trabajo son solo un elemento mas, no se originan únicamente por las condiciones de trabajo, pero estas pueden agravarlas, acelerarlas y evolucionarlas.

Otros daños por las malas condiciones de trabajo: son aquellas situaciones que derivan de la acción conjunta de diversos agentes ambientales organización y ambiente de trabajo, estrés, fatiga crónica, envejecimiento precoz...También conviene determinar de que manera influye en el desarrollo de otros enfermedades como el cáncer, hepatitis, bronquitis, enfermedades mentales

  • 9.3. CARACTERÍSTICAS ESPECIFICAS DE LAS ENFERMEDADES PROFESIONALES:

La enfermedad profesional se presenta en aquellos trabajadores que usan el mismo tipo de materiales y manejan los mismos instrumentos.

Aunque es difícil establecer la relación causa-efecto y el motivo de aparición de la lesión corporal, mas difícil de detectar cuanto mas tiempo transcurra, lo importante seria determinar la aplicación de una causa y la aparición del efecto.

A veces es difícil determinar la relación causa-efecto debido a que nos encontramos con el llamado efecto acumulativo, por el cual el organismo esta expuesto al agente nocivo repetidamente.

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  • Factores que inciden en la enfermedad profesional

Podemos distinguir los siguientes factores:

causales

Intensidad

Forma de presentación

Tamaño de las partículas

Concentración (CMT)

Ambientales

Grado de humedad

Nivel de ventilación

Medidas protectoras adoptadas

Trabajador (no todo el mundo contrae la misma enfermedad a pesar de estar expuesto a los mismos factores de riesgo)

Sensibilidad

Exposición

Antecedentes

  • 9.5. INCIDENCIA DE LA ENFERMEDAD PROFESIONAL

En las estadísticas oficiales hay encasilladas muchísimas enfermedades profesionales que son consideradas como comunes.

Esta existiendo un cambio en las enfermedades profesionales, habiendo una disminución en algunas antiguas (silicosis), y aparición de otras nuevas (dermatosis)

  • 9.6. CLASIFICACION DE LAS ENFERMEDADES PROFESIONALES

La clasificación en España se hace en función de la etiología o causa de la enfermedad. Esta regulada en el real decreto 1995/1978. Su estructuración se hace en función de los agentes productores, y debido a la naturaleza de algunos de ellos solamente intervienen en un determinado aparato del organismo humano. Esta lista no es cerrada, sino que la administración, elaborando informes previos puede aportar nuevas clasificaciones.

-Enfermedades producidas por agentes químicos

-Enfermedades provocadas por inhalación de sustancias y agentes no comprendidos en otros apartados

-Enfermedades infecciosas y parasitarias

-Enfermedades producidas por agentes físicos

-Enfermedades sistémicas

-enfermedades de la piel causadas por agentes y sustancias no comprendidas en otros apartados

Enfermedades producidas por agentes químicos

Es un amplio grupo de sustancias inorgánicas, como minerales, gases, hidrocarburos, óxidos, etc. Estos agentes se pueden encontrar en múltiples actividades productivas.

Enfermedades de la piel causadas por agentes y sustancias no comprendidas en otros apartados

Existe gran numero de enfermedades en este apartado, que van desde la dermatitis hasta el cáncer de piel.

Enfermedades profesionales provocadas por la inhalación de sustancias y agentes no comprendidos en otros apartados

Se producen por la aspiración de materias inorgánicas, y en este apartado se encuentra el asma.

Enfermedades infecciosas y parasitarias

El grupo de riesgo es el personal sanitario, y comprende paludismo, hepatitis, sida etc.

Enfermedades producidas por agentes físicos

Son, por ejemplo, las radiaciones ionizantes en la industria, sordera por exposición a ruidos, etc.

Enfermedades sistémicas

Son canceres que aparecen por exposición a determinados compuestos. Por ejemplo: cáncer de laringe por exposición al cromo

9.7. NORMAS PARA LA PREVENCION DE ENFERMEDADES PROFESIONALES

Podemos definirlas como el conjunto de actividades destinadas a conservar, cuidar, mejorar y restaurar la salud para no perderla o para recuperarla al máximo. La prevención de las enfermedades no significa que se impida su aparición, sino impedir su progreso y la presencia de secuelas.

9.7.1. Normas medicas para la prevención

Se trata de sistematizar las actuaciones y controles para prevenir las enfermedades.

Cuadros clínicos con derecho a reparación por el seguro

Listado de cada de las posibilidades de enfermar en un puesto de trabajo determinado

Normas para el reconocimiento previo al ingreso en labores de riesgo

Se refiere a la detección de antecedentes y enfermedades previas para la prevención de estas

Normas para el reconocimiento periódico

Se establecen las pautas para el control del estado de salud de los trabajadores

Normas para el diagnostico

Especifica los datos necesarios para poder diagnosticar la enfermedad

normas para la calificación de la capacidad

Normas para el seguimiento y control de la evolución de la enfermedad

  • 9.7.2. NORMAS JURIDICOS LEGALES DE PREVENCION DE RIESGOS

Todo lo relacionado con prevención de riesgos laborales tiene su base en la directiva marco de la Unión Europea sobre seguridad y salud en el trabajo. Los antecedentes que existían en España sobre este tema se encontraban en el Art. 40.2 de la Constitución española. La U.E. Pretende armonizar las legislaciones de todos los países en esta materia. La protección de la salud en el trabajo tiene como obligación la mejora del medio donde se trabaja.

La normativa de prevención es dinámica e innovadora. Impone la necesidad de formación adecuada a los trabajadores.

El objetivo principal de la normativa es la promoción de la seguridad y salud de los trabajadores mediante el desarrollo de las actividades necesarias para prevenir los riesgos derivados del trabajo

Los objetivos operativos de la prevención de riesgos son:

Principios generales de prevención

Eliminación o disminución de los riesgos derivados del trabajo

Información

Consulta

Participación equilibrada

Formación de los trabajadores en materia preventiva.

La ley de prevención de riesgos laborales se aplicara a todos los trabajadores por cuenta ajena, así como a los funcionarios públicos, no están incluidas actividades de policía, seguridad aduanas, protección civil y ejercito, aunque siempre se procurara que este a salvo la seguridad y salud de estos trabajadores.

  • 9.8. POLITICA GENERAL EN MATERIA DE PREVENCION

La política en materia de prevención de riesgos intenta mejorar las condiciones de trabajo. Para ello la política preventiva debe contar con la colaboración tanto de empresarios como de trabajadores, pero lo importante es educar e investigar para lograr mejorías en las condiciones de trabajo.

Los aspectos regulados en materia de prevención son los siguientes:

Requisitos mínimos

Limitaciones y prohibiciones de los procesos

Condiciones o requisitos del trabajador

Elaboración de la metodología o protocolo

Servicios de prevención

Trabajos con factores de riesgo

Procedimiento de calificación de las enfermedades

Las actuaciones de las administraciones publicas en materia de prevención de riesgos van encaminadas a:

Promover la prevención y el asesoramiento, formando, investigando y divulgando

Velar por el cumplimiento de la normativa

Sancionar los incumplimientos

Los organismos públicos encargados del tema de prevención son:

Instituto nacional de seguridad e higiene en el trabajo (órgano científico)

Comisión nacional de seguridad y salud en el trabajo (órgano colegiado asesor)

Inspección de trabajo y seguridad social (órgano técnico)

  • 9.9. PRINCIPIOS GENERALES DE PREVENCION

Los argumentos básicos de la actividad preventiva son múltiples y variados. Están recogidos en el Art. 15 de la ley de prevención de riesgos laborales, y tratan de:

Evitar riesgos

Evaluar los riesgos inevitables

Combatir los riesgos en el origen

Adaptar el trabajo a la persona (ergonomía)

Tener en cuenta la evolución de la técnica

Sustituir lo peligroso

Planificar la prevención

Protección colectiva antes que la individual

Instruir a los trabajadores

  • 9.10. VIGILANCIA DE LA SALUD Y LA SEGURIDAD LABORAL

La vigilancia de la salud se hace a través de las mutuas de accidentes y para ello se deben contar con

- Consentimiento previo del trabajador

- Proporcionalidad entre riesgos y molestias a causar al trabajador

- Preservación del derecho a la intimidad

- Confidencialidad de la información

- Comunicación a los trabajadores de los resultados

- No dar trato discriminatorio por dicha información

La vigilancia de la seguridad laboral corresponde:

- Comisión nacional de seguridad y salud en el trabajo

- Delegados de prevención de la empresa

- Mutuas de accidentes




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Enviado por:Naelva
Idioma: castellano
País: España

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