Derecho


Normas


Derecho: conjunto de normas jurídicas que regulan la conducta externa del hombre en sociedad.

Derecho penal: conjunto de normas jurídicas que regulan la conducta externa del hombre en sociedad y trata los delitos las penas y las medidas de seguridad

El derecho penal como ciencia (lugar que ocupa el derecho penal dentro del universo de la ciencia del derecho en general)

En virtud de que sabemos el derecho en general es una ciencia y toda vez que el derecho penal es una rama del derecho y que el hombre ha creado con el fin de buscar la armonía y la felicidad como ser humano además de que es considerado como un hombre gregario que le es necesario vivir en sociedad y que para vivir en esa forma ha creado distintas normas que regulen su conducta en esa sociedad como ya analizamos con anterioridad el hombre ha creado normas para poder ser feliz y así tememos que existe la norma jurídica, religiosa y los convencionalismos sociales.

Delito.- acción u omisión que sanciona las leyes penales conducta antijurídica culpable o punible.

Personas (secuestros, violaciones)

Penal sociedad (Delincuencia Organizada)

Estado (daños a la Nación)

Pena.- sanción impuesta por el estado

Pena privativa de la libertad --------- cárcel

Pena alternativa se puede elegir entre cárcel y dinero

Pena acumulativa y mixta ----- cárcel y dinero

Pena pecuniaria -------------dinero

Tarea

Características de las normas

Unilateralidad: Que una norma sea unilateral significa que frente al sujeto obligado por la norma a conducirse de cierta manera no existe otra persona que tenga facultades para exigirle el cumplimiento de la misma.

Bilateralidad: Supone que frente a las facultades al sujeto obligado por la norma, existe otra persona investida del derecho a exigirle el cumplimiento de la obligación que la norma le señale.

Interioridad: Consiste en que la manifestación de su actuación del individuo se refleja solo en su individualidad sin afectar su entorno.

Exterioridad: Significa que la actuación del individuo se refleja en el contexto social.

Autonomía: Significa que la actuación del individuo es realizada por una imposición personal sin la intervención de factores externos, es decir el individuo adopta sus propias normas.

Heteronimia: Quiere decir que la actuación del individuo es impuesta por factores externos y no por una decisión personal.

Quien impone las normas es distinto de quien debe cumplirlas.

Coercible: Consiste en una norma necesariamente se hace cumplir por un tercero incluso se puede utilizar la fuerza para obligar al sujeto a que cumpla con la norma.

Incoercible: Implica que una norma se cumpla de manera espontánea y que no exista algún medio por el cual se obligue a su cumplimiento.

Tipos de normas

Norma del trato social: Son el conjunto de reglas impuestas por y para la sociedad necesaria para lograr una convivencia armónica entre los miembros que la integran y que marcan al hombre los lineamientos que debe cumplir para que se integre a un núcleo social determinado.

Dentro de este tipo de normas encontramos las normas de urbanidad como son la decencia el decoro la cortesía, la amabilidad el buen saludo la caballerosidad y las buenas maneras en la mesa; así mismo como también las de etiqueta referida básicamente a la forma de vestir y ala manera en que debe recibirse a los invitados.

Normas religiosas: Indican al hombre la forma de comportarse conforme a los lineamientos establecidos por la religión, pero además lo obligan a seguir en el plano terrenal cierto comportamiento coherente con sus principios.

Normas morales: Rigen la conducta del individuo para consigo mismo y para con los demás hombres su violación trae como consecuencia el remordimiento es decir la desaprobación al acto realizado o en su caso el desprecio social y podría considerarse como el origen de las normas que sanciona como podrían ser las normas jurídicas.

Normas jurídicas: Son las reglas de observación obligatoria para cuyo cumplimiento se puede emplear la fuerza del gobierno que tiene como finalidad la regulación de la conducta del hombre de manera ininterrumpida sobre casas análogos.

Normas del trato social

Normas Religiosas

Normas Morales

Normas Jurídicas

Unilateralidad

X

X

X

Bilateralidad

X

Interioridad

X

X

Exterioridad

X

X

Autonomía

X

Heteronimia

X

X

X

Coercible

X

incoercible

X

X

Sin embargo como sabemos la norma jurídica es aquella que se encuentra elaborado por el hombre y es aplicable al propio hombre.

Como se dijo con anterioridad el derecho penal es una ciencia y la misma ha cruzado por distintas épocas se hace necesario para poder tener mejor conocimiento de la materia analizar desde el origen del hombre a esta ciencia del Derecho.

Como sabemos cuando el hombre surge fue muy salvaje en su origen y quizás cometa agresiones al propio hombre y mataba para comer posteriormente el hombre es un ser gregario le fue necesario agruparse con otros hombres, formando tribus clanes tratando de desarrollar lenguajes a través de los sonidos y de las señas así hasta llegar a las primeras culturas o cuidadse y tenemos entonces que el hombre aparece cuando se forma babilonia ya con un derecho penal con un código y con leyes religiosas civilizaciones antiguas que ya conocían el derecho penal en donde surge la llamada ley del talion “ ojo por ojo diente por diente” al que robaba le cortaban la mano incluso ya se habla de algunos delitos como la violación, homicidio robo donde se castigaba con penas crueles como la pena de muerte los azotes y la mutilación lógico dicha civilización aplicaba la ley del “código de Hammurabi” ley creada por los sumerios.

Otra civilización antigua es la cultura china culturas que arrojan documentos históricos que ya también regulaban la conducta del hombre en cuanto a los posibles delitos que en aquel momento se tutelaba fue en el tiempo del emperador ceniu y donde se dio un libro llamado las 5 penas y donde también se encuentra “la ley del talion” (en si la venganza).

Leyes o documentos que muestran que tenían penas también crueles por que existía la orca el descuartizamiento el entierro en vida la decapitación; penas que con el tiempo fueron mas humanitarias se dice que llego a existir leyes que hoy conocemos como excusas absolutorias y algunos otros mecanismos que impedían aplicar la ley.

Excusas absolutorias: “la legitima defensa”

En Egipto otra de la civilizaciones mas antiguas por el año de 2700 a.c. donde surgen figuras como jueces de carrera y donde en cierta forma el derecho estaba impregnado por espíritus religiosos por que aquel que cometía un delito ofendía a los dioses las penas eran crueles e impuestas por los sacerdotes ya que el que cometía un delito agredía a las divinidades “a los dioses”.

Pero se castigaba a las personas que atentaban contra los faraones el perjurio, el homicidio, eran ya delitos considerados, ya se conocía el adulterio y a la mujer adultera se le cortaba la nariz, al violador los genitales y otros eran enviados a la esclavitud al trabajo en las minas.

En Israel como sabemos por el siglo XVI y donde encontramos los libros de la Biblia donde contiene preceptos religiosos morales, jurídicos aquí encontramos en esta cultura que el pueblo hebreo aplico la venganza personal era un derecho y la venganza de sangre un deber encontramos los mandamientos religiosos donde privar de la vida masque un delito era un pecado y así en ese marco podemos decir que en los mandamientos de moisés encontramos ya regulados algunos delitos como el homicidio el hurto y otros que en cierta forma son considerados pecados y no delitos pero aun así dichos delitos eran castigados con penas crueles y eran castigados con penas crueles y se castigaba el adulterio el homicidio el hurto y la herejía.

Así también observamos como las ideas religiosas o la doctrina religiosa ha influido en el derecho penal por que de ser pecados pasaran a formar parte de las leyes penales.

En la india otra civilización antigua también influía lo religioso se dice que no tuvo relevancia en esa civilización la ley del talion sin embargo la penalidad se entendía que en el caso de que el no cumpliera con su pena subía al cielo limpio de culpa por lo que hubiese ejecutado en estas leyes ya se hablaba de la improcedencia es decir los motivos que impulsaban a delinquir en la persona.

Incluso los juristas comentan que el derecho hindú sus códigos fueron formados por recopilar texto sagrados.

Grecia civilización antigua en sus tres periodos el religioso en donde sus penas son delegadas através del dios Zeus por lo que el que cometía un delito debía purificarse mediante el cumplimiento de una pena el periodo histórico aquí se da desde un punto de vista moral del derecho penal existía la pena de la expulsión “el destierro” en el periodo legendario predomina la venganza a través de sus propias viviendas.

Otro pueblo como esparta y Atenas son importantes por que hubo creadores de leyes como Dracon, Solon y donde destaca que sus leyes penales predomina el concepto de estado la pena ya se da por intimidación se castigaba principalmente a los soldados a los jóvenes afeminados se les azotaba a niños deformes se les quitaba la vida a los que cometían delitos sexuales se les quitaban los ojos por se la puerta por donde la pasión penetro entre otros.

Roma como sabemos es cuna del derecho al inicio de la fundación de roma era meramente religiosa la venganza privada es obligatoria para los que formaban la familia y los Gens y para el pater familias quien ejercía el derecho de matar a su familia así también en la facultad de un jefe militar y magistrados.

La fundación de Roma periodo de la monarquía se dio el principio de la venganza publica el rey goza de plena jurisdicción penal aparecen los delitos públicos como el parricidio el mal guerrero el incesto.

En la república si tenemos que se aplica la ley del talion subsisten los delitos públicos algunos delitos privados tratan de encintrar una solución en forma económica la pena es intimidatoria y en algunos delitos ya se atenúa la pena en el periodo del imperio ya se crean tribunales de justicia penal se conoce el parricidio se establecen nuevos castigos en el trabajo en las minas la pena adquiere una función correctiva se distingue ya el dolo se maneja la provocación la preterintension y la ignorancia juris

Si bien es cierto el derecho penal en la civilización romana no alcanzo impresionantes niveles como el derecho civil si tuvo aciertos que hasta hoy día a la fecha se aplicaban.

Los hijos de la calle (película)

El derecho penal en la edad media

Este periodo comprende entre el año 476 d.c. hasta el de 1453 aproximadamente en esta etapa histórica encontramos un obscurantismo jurídico del derecho penal y en el S.IX empezó a existir ideas que hasta hoy día de la fecha los juristas en la materia le son así encontramos en algunas naciones tales como España donde fue hasta el S. XIII que el derecho español adopta al derecho romano tal es el caso de la 7 partidas elaborado por el filosofo denominado el magnífico donde ya aportan ideas del derecho penal y de las penas encontramos también en el derecho español algunos antecedentes donde utilizaba las siete partidas el ordenamiento de Alcalá las ordenanzas reales de castilla que también se le conoce como el fuero de las fazañas en el año 1255 periodo del fuero real.

Así también encontramos la famosa obra legislativa de Alfonso el noveno llamado el sabio uno de los documentos jurídicos mas importantes que marcan y aportan esa riqueza cultural sobre el derecho penal estas leyes llamadas del fueron real trataban sobre otras cosas de la aplicación de la pena de muerte sus penas eran crueles al grado que causaban horror a la sociedad ya se habla de la retroactividad de la ley se habla de una acusación pública popular se hablaba ya de procedimientos civiles y penales ya se conocía el adulterio era un delito público. Con las leyes de Alfonso el sabio se habla de un sistema acusatorio en forma escrita se conoce a los delitos “privados” conocidos como los de querella se conocía los delitos de traición y herejía

  • toda acusación tenía que probarse de tres maneras a través de testigos el acusador retaba a su contraparte, era condenado a morir o a perder sus bienes.

  • Se habla de fraude por parte de los abogados “prevaricación” hoy llamado prevaricato

  • Se permite el homicidio del adultero si era en forma fragante

  • Existía el tormento que era autorizado por un juez, ya la pena se manejaba bajo el principio de intimidación ejemplar y espiratorio.

España en 1822 ya tenía un código penal pese que antes tenía recopilaciones este código penal tenia influencia francesa.

En 1848 se aprobó otro código formado por tres libro uno llamado de generalidades otro donde se definían los delitos y otro dedicado a las faltas y así sucesivamente fueron creándose leyes unas de un carácter humanitario pero con una buena responsabilidad jurídica.

Alemania en el derecho alemán ha destacado creando distintas leyes incluso se habla de una constitución criminal denominada carolina otorgada por Carlos primero de España y quinto de Alemania ley que tuvo aplicabilidad en Polonia Rusia y en una parte de África.

Francia otra nación que ha aportado material jurídico ha tenido también leyes como el código criminal de Luis XVI sin embargo en 1791 otro de 1798 contenían ya garantías individuales

Tarea que es garantía constitucional

Derecho sustantivo: es el que impone los comportamientos que deben seguir los individuos en la sociedad

Derecho adjetivo:

Que es la ley penal

También se hablaba en dichos códigos que ya había principio penales sustantivos ya aspectos procesales y oros códigos mas que han ayudado con sus principios como base para otras legislaciones actuales

El derecho penal en México

Como sabemos nuestro derecho mexicano en su etapa histórica se ha dividido en tres periodos en el periodo cortesiano en el periodo colonial y en el periodo independiente y otros hablan del México revolucionario.

Como sabemos en el periodo precortesiano y dado nuestros orígenes, nuestro México estaba formado por culturas prehispánicas tal es el caso de los aztecas

Los aztecas era una cultura que tenia cierto domino asentada en los estados que hoy conocemos como Veracruz Oaxaca guerrero puebla Tlaxcala hidalgo y el d.f. su forma de gobierno era a través de la participación ciudadana contaban con un jefe militar y político sin embargo ya podemos citar que su gobierno conocía las tres áreas el ejecutivo el judicial y el religioso

El poder judicial contaba con jueces que se conocían como funcionarios públicos, la impartición de justicia era gratuita.

Como sabemos, los aztecas funcionaron en la ciudad de Tenochtitlán en los famosos calpullis o barrios donde existía un tribunal casa de justicia donde conocían los problemas legales que existían en el derecho penal ya se conocía a las lesiones al homicidio al robo al fraude al daño la lesión sus penas era el destierro los azotes la pena de muerte entre otros.

Otra cultura es la famosa maya que floreció en la península de Yucatán extendiéndose hasta Chiapas y parte de América central el pueblo maya era eminentemente religioso formado por tribus asentados en usmal chichenitza mayapan; a sus gobernantes se les dio el carácter político como canek al religioso quincanek se conocía la propiedad privada el trabajo de grupo en el derecho penal contaban con jueces quien tenían un amplio arbitrio conocían el homicidio el adulterio el robo el incendio la traición a la patria, la injuria y la difamación entre sus sanciones se encuentra la esclavitud la muerte, la indemnización la infamación existía la cárcel pero por un tiempo operaba el robo pero cuando se cometía por primera vez se les perdonaba

Robo infamante: el que roba para comer.

Asi también esta cultura era rica en conceptos morales y da un avance importante al derecho penal la falta de cumplimiento a la acción de obligaciones civiles.

Los purépechas esta cultura habito en Michoacán Guanajuato colima parte de Jalisco Guerrero Querétaro y México se les conoce como tarascos que en el lenguaje purépecha significa amante de tu hija era gobernado por un jefe militar denominado calsonsi protegía su territorio y a través de las guerras lo acrecentaba, en el derecho penal era mas rígido sus sanciones eran crueles se castigaba el homicidio la traición a la patria el adulterio cometido en contra de las esposas de calsonsin tenían la pena de muerte se les enterraba vivos descubriendo la cabeza para que fueran devorados por las aves de rapiña o algún otro animal salvaje había menos crueles como cortarle las orejas (mutilación) se habla de la pena capital la confiscación la demolición de casa el destierro el arresto en la propia casa habitación entre otras. ya se conocía el indulto cuando el delito no es grave se castigaba a los hechiceros y a los brujos con la muerte.

En la época colonial como sabemos después de la caída de Tenochtitlán en agosto de 1521 inicia la época colonial prolongándose por tres siglo el domino español sobre las tierras conquistadas se habla de un estado unitario integrado por aborígenes o indios no interesando su cultura de estos se aplicaba en la nueva España tres tipos de leyes las destinadas a todo el territorio español las dirigidas solo a colonia de ultramar y exclusivas de la nueva espa;a así se dieron las leyes de indias expedidas por Carlos V que fueron las leyes mas sobresalientes de la época colonial.

En esta época podemos decir que la dominación española se llevo a cabo con leyes peninsulares entre ellas algunas fueron propias para la nueva España como las jurídico penales sin embargo reino el abuso la arbitrariedad y la injusticia sobre los aborígenes a quienes se les imponían penas crueles.

En el México independiente cuando México logra su independencia después de esa lucha que duro 11 años 1810 a 1821 surgieron varios problemas en nuestro país sin embargo estuvo presente el derecho español es decir México.

En nuestro México la forma de vida colonial en lo que se organiza la nueva política naciente el derecho penal no tuvo avances y en 1822 en el imperio de Agustín de Iturbide se creo una comisión para elabora un código criminal formado dicha comisión por Ignacio Espinoza, Antonio Andrés Quintana roo, Carlos Maria Bustamante este ultimo elaboro dicho código y así tuvimos el primer código penal 1831 sin embargo en 1835 se emite el primer código penal vigente el cual según el jurista porte pettit está formado por tres partes

1) llamada de las penas y los delitos en general

2)De los delitos contra la sociedad

3) delitos contra los particulares en el mismo estado de Veracruz en 1869 se creó otro código denominado código de corona creado por Fernando J. Corona.

Sin embargo en el imperio de Maximiliano de Hamburgo se trato únicamente de crear un nuevo código penal el cual no tuvo vigencia

En 1861 Benito Juárez siendo presidente estableció una comisión para la creación de un código penal y en 1871 ya se tuvo el primer código por Antonio Martínez de Castro.

De esta manera el derecho penal en nuestro país y por los distintos problemas sociales se formaron distintos códigos sin que algunos de ellos llegaran a tener vigencia.

Dentro del movimiento revolucionario en 1925 siendo presidente de la republica Plutarco Elías calles realizo una comisión para elaborar un código penal y en 1929 se da el primer código penal llamado de Almaraz código que fue duramente criticado sin lograr conocer su eficacia sin embargo en la época del presidente Emilio Portes Gil creó una comisión para elaborar un nuevo código penal formado por Alfonso Tejeda, Ernesto Garza, Luis garrido, José ángel ceniceros , José López Lara entre otros quienes dieron vida al vigente código penal federal promulgado en agosto de 1931 por el presidente Ortiz Rubio código que tiene varias décadas y que se aplica en nuestro país.

En esta forma observamos que el código penal vigente desde su creación hasta hoy ha tenido diferentes reformas y no pasara tiempo muy lejano que nos de una nueva legislación penal mexicana acorde a nuestras necesidades actuales a nuestras costumbres, nuevas formas de vida con el fin de que tengamos una convivencia humana más adecuada a nuestra época.

Lo que quiere decir que el derecho penal siempre va a cambiar por el tiempo por el lugar por las costumbres y por las nuevas formas de vida.

Las ideas penales

A través del tiempo el derecho penal ha sido formado por el hombre de acuerdo a la forma de pensar atacando este mal denominado delito por lo tanto existen diferentes criterios asi se habla de la venganza privada en donde el hombre actuaba por instinto para protegerse así mismo y a su familia de modo de que quien sufria un daño se dio la venganza pero como la venganza muchas veces era mayor al daño se creo la ley del talion ojo por ojo diente por diente cuello calon eminente jurista sita que la venganza dio origen a graves males a sangrientas guerras privadas que exterminaban familias por ello se dio la ley del talion para evitar o limitar la venganza.

El periodo de la venganza divina como ya habíamos dicho anteriormente al inicio del hombre y después de la venganza privada nace la venganza divina en donde a través de los religiosos de los sacerdotes imponían las penas por que se decía que se ofendía a dios con las conductas ilícitas y se juzgaba el nombre de el.

Posteriormente se pasa a periodo de la venganza publica donde las personas que cometían un ilícito se les juzgaba con penas crueles que en cierta forma intimidaban a los gobernados se utilizo la tortura publica las marcas infamantes con hierro el descuartizamiento los trabajos forzados la esclavitud sin embargo las autoridades cometían arbitrariedad imponían penas no previstas e en la ley creaban delitos en si no había justicia.

El periodo humanitario, este periodo se le llama en esa forma por que con sus ideas penales tratan de poner penas humanitarias su principal exponente es cesar de bonnesana conocido también como el marqués de becaria el cual dio origen a que desaparecieran esas penas crueles e incluso se incrementa el estudio del derecho penal en los filósofos de aquella época y asi surge la escuela clásica la positiva y la tercer escuela.

Tarea

Numero 13 del 8 al 14

La escuela sociologica

la escuela técnica jurídica

trabajo para entregar en equipo

minimo tres autores índice caratula y conclusión

fecha de entrega martes 22 de Junio de 2010

anotar presidente del equipo

El derecho penal en general

El derecho penal ha tenido diferentes denominaciones en las que destaca el derecho penal derecho criminal derecho de defensa social y derecho protector de criminales sin embargo en forma formal en nuestro país se le ha conocido como derecho penal por lo tanto se ha definido de diferentes formas carranca y Trujillo lo define como el conjunto de leyes mediante los cuales el estado define los delitos determina las penal imponibles a los delincuentes y regula la aplicación concreta de las mismas a los casos de incriminación

Jiménez de azua en su libro la ley y el delito lo define como el conjunto de normas y disposiciones jurídicas que regulan el ejercicio del poder sancionador y preventivo del Estado, estableciendo el concepto de delito como presupuesto de la acción estatal asi como la responsabilidad del sujeto activo y asociando a la infracción de la norma una pena finalista o una medida aseguradora

Edmundo mezger dice que es el conjunto de normas jurídicas que vinculan la pena como consecuencia jurídica a un hecho cometido.

Sin embargo para nosotros podemos decir que el derecho penal es el conjunto de normas jurídicas que regula la conducta externa del hombre en sociedad y que trata los delitos las penas y las medidas de seguridad.

La ciencia del derecho penal consiste en un conjunto sistemático de conocimientos obtenidos del ordenamiento positivo referente al delito al delincuente a las penas y las medidas de seguridad.

El derecho penal una de sus características principales es que lleva aparejada una sanción es decir es punitivo entendiendo esta como la pena la sanción y el castigo al autor del delito que infringe la norma impuesta por el estado para salvaguardar los intereses particulares. Por otra parte el titular de ese poder punitivo es solamente el Estado a través del un juez

El derecho penal forma parte del derecho público por que establece las relaciones entre el estado y los particulares frente a la necesidad de salvaguardar el orden publico sin embargo el derecho penal es una rama del derecho público interno en este orden de ideas como nates manifestamos el derecho penal se divide en dos en parte general es decir la primera parte esta formado por todo lo referente a las declarativas referente al delito a las penas a las medidas de seguridad al delincuente y la parte especial se integra por los tipos penales “por los delitos” y las penas que a cada el delito corresponden esto lo encontramos en el código penal en el libro primero y segundo respectivamente.

Naturaleza del derecho penal

El derecho penal forma parte del derecho positivo mexicano vigente como se dijo es de carácter público existe una relación jurídica entre el sujeto activo del delito y el estado la facultad punitiva como se dijo la tiene el estado, el derecho penal es autónomo sin embargo algunos los relacionan con la criminología pero también son autónomos entre si ya que la criminología estudio a los elementos del derecho penal como ciencia causal y el derecho penal mira estos elementos desde el plano jurídico normativo por eso se dice que el derecho penal es normativo por que esta constituido por normas jurídicas penales que se encuentra en el mundo del deber ser y donde encontramos a las ciencia del derecho.

El derecho penal es valorativo por que evalúa las conductas o los hechos realizados por el hombre tutelando valores humanos fundamentales de una sociedad

El derecho penal es imperativo por la norma penal obra siempre como un mandato ordena en todo momento obrar de un modo determinado con la amenaza de una pena se hace eficaz.

El derecho penal pese a que tutela bienes o intereses particulares gira en torno a un interés social por eso se dice que el derecho penal es de carácter social

El derecho penal es personal por que se aplica únicamente al delincuente por el delito que cometió sin sobrepasar su esfera jurídica

El derecho penal es político porque la facultad del poder público en la aplicación de sanciones y en atención a que el estado es el único titular del poder punitivo en su organización administrativa y gubernamental

El derecho penal es aflictivo en relación a la pena porque la sanción aflictiva causa daño o molestia al autor del delito.

El derecho penal le interesa prevenir que no se comentan delitos que no se trasgreda la norma penal impuesta por el estado por ello la pena sirve como amenaza para colectividad para evitar que delincan y protección a la sociedad.

El derecho penal regula hechos históricos, algo que el hombre ya hizo (ejemplo homicidio: el que priva de la vida a otra)

Derecho civil regula actos jurídicos algo que va a pasar (ejemplo matrimonio: unión de dos personas)

Si no se cumple algún requisito Se cae en una nulidad

Delito en el art 7 del código penal federal es el acto u omisión que sanciona las leyes penales (definición bitomica)

El delito es definido como una conducta típica antijurídica y culpable (definición tetratomica por que tiene cuatro elementos) doloso culpuso

Punibilidad=pena

Imputabilidad=

Inimputable: un menor de edad

Tipo=delito=ilícito=

Elementos de conducta negativa

Atipicidad, ausencia de conducta, causas de excluyentes de responsabilidad inculpabilidad inimputabilidad, impunibilidad

11 junio del 2009

La ley es fuente única directa e inmediata del derecho penal lo cual entraña la garantía de legalidad que nuestro sistema jurídico esta contenida en el art. Constitucional toda vez que solo la ley puede definir que conductas son estimadas jurídicamente como delitos y que apenas o medidas de seguridad pueden aplicar en el caso especifico al sujeto activo de un hecho delictuoso.

Es de hacerse observar que para identificar a la ley penal se debe de recurrir a todas aquellas leyes penales tal es el caso del código penal federal el código penal del d.f el código penal de los Estados y otras leyes donde existen delitos tal es el caso como en la ley federal del trabajo como en el código fiscal y la ley de la delincuencia organizada entre otras.

Jurisprudencia

La doctrina es fuente del derecho

No solo los delitos están tipificados en la ley penal ejemplo delitos ficales etc.

Ámbitos de aplicación de la ley penal

La norma penal tiene aplicación dentro de ciertos ámbitos y están sujetos a determinadas situaciones referidas a la materia a las personas al espacio y al tiempo.

En cuanto a la materia conforme al art 124 de la constitución se entiende que hay un rapartoi de competencias en 2 ordenes

  • El orden común y el orden federal

  • La competencia común u ordinaria es la que se refiere a los delitos en los cuales no se ve involucrada la federación esto es que solo afecta a particulares o a las autoridadres locales.

    En los estado integrantes de la federación el legislativo local dicta las norma correspondientes en materia penal las cuales tienen aplicación únicamente en el territorio de esa entidad, atendiendo también criterios referente a personas espacio y tiempo y constituyen el derecho penal común.

    El derecho penal federal esta constituido por el conjunto de normas que prevén y sancionan delitos del orden federal. Son delitos del orden federal los contenidos en el código penal federal y en otras leyes como la ley federal de salud publica y el código fiscal federal

    Nota: en el art. 13 constitucional se establece que

    Artículo 13. Nadie puede ser juzgado por leyes privativas ni por tribunales especiales. Ninguna

    Persona o corporación puede tener fuero, ni gozar más emolumentos que los que sean compensación de servicios públicos y estén fijados por la ley. Subsiste el fuero de guerra para los delitos y faltas contra la disciplina militar; pero los tribunales militares en ningún caso y por ningún motivo podrán extender su jurisdicción sobre personas que no pertenezcan al Ejército. Cuando en un delito o falta del orden militar estuviese complicado un paisano, conocerá del caso la autoridad civil que corresponda

    Leyes federales (estado y particulares) materia

    ( Que contienen delitos)

    • El código fiscal federal

    • La ley federal o población - migrantes

    • Ley federal de salud publica etc.

    Delitos federales: estado y particulares y daña el bien jurídico federal (publico)

    Narcotráfico

    Evasión de impuestos

    Fuero común o leyes locales (se comete entre particulares dañando el bien jurídico tutelado por la ley)

    • Código penal del distrito federal (homicidio, robo,

    Bien jurídico tutelado: son los interese públicos o privados que la ley protege (homicidio bien particular ejemplo la vida)

    Ejemplo si el carro del un particular le pega a uno del ejercito y el de el ejercito tiene la culpa es un delito federal por que el ejercito pertenece a la fuerza armada nacional por que pertenece al estado.

    Los bienes de la iglesia son del estado (concesionados)

    Ámbitos de la ley penal

    Este principio del ambito de aplicacacion personal de la ley penal establece que ante la ley penal todos los hombres son iguales osea que todo aquel que realiza una conducta típica debe de recibir las consecuencias jurídicas de su conducta es decir una sanción.

    Sin embargo la ley establece algunas excepciones referidas a las inmunidades y al fuero como son

  • Los jefes de estados extranjeros en visitas oficiales a mexico no pueden ser acusados (ejemplo Pinochet- genosidio)

  • Determinados miembros de las embajadas y consulados acreditados ante el gobierno mexicano por que estos gozan de inmunidad diplomatica y los consulares en razón y los consules de los convenios internacionales

  • En nuestro país el presidente de la republica los funcionarios del gobierno federal (los secretarios de estado, gobernadores)los miembros del poder judicial, los senadores y diputados

  • Tarea que es el fuero

    delito instantáneo- robo

    el ámbito espacial

    la norma penal y tiene aplicación en determinado territorio de manera que la ley penal mexicana solo se aplica en México en el lugar donde se expidió es decir los códigos locales en materia penal el de puebla Guanajuato nuevo león Tamaulipas estado de México se aplicaran unica y exclusivamente dentro de su territorio por que fue el que omitió la ley y solamente ahí tiene su aplicación.

    Por lo que podemos afirmar que el principio directriz en materia del ámbito espacial es la territorialidad según el cual una norma debe aplicarse únicamente dentro del territorio del estado que la emitió sin atenderá circunstancias de nacionalidad de los sujetos activos del delito a quienes debe aplicarse la pena.

    Asi podemos hablar entonces de que los codigos locales se aplicaran dentro de los estados que la emitieron pero siguiendo este mismo principio y aplicando el ámbito material donde hablamos del fuero común y del fuero federal habrá una ley federal que será aplicable en todo el territorio nacional.

    Uno de los principios

    Primero en tiempo primero en derecho

    Aplicado en las vías limítrofes.

    Ámbito temporal

    La ley penal se aplica solo respecto de hechos que acontecen cuando la norma penal esta vigor.

    De acuerdo al art. 14 constitucional consagra la garantía tiene retroactividad a la ley en perjuicio de las personas y la garantía de legalidad referida a que nadie puede ser privado de la vida, libertad o de sus propiedades si no mediante juicio ante los tribunales previamente establecidas con estricto cumplimiento de las formalidades esenciales del procedimiento y conforme con las leyes expedidas con anterioridad al hecho expresión esta ultima que nos señala un marco temporal

    De lo anterior se puede inferir que la l;ey no puede retractarse sus efectos cuando se acuse perjuicio a alguna persona o personas pero interpretada lPero interpretada la ley en sentido contrario es posible afirmar que no es violatorio de la constitución el aplicar retroactivamente cuando ello origine beneficio.

    Con base en lo dispuesto al ordenamiento constitucional con la retroactividad

    el código penal manejan beneficios a favor de la personas es decir cuando las leyes posteriores suprimen delitos o cuando las leyes también posteriores establecen modificaciones favorables al reo pero no causan perjuicio que es la lo que la constitución establece.

    ARTÍCULO 2 (Principio de tipicidad y prohibición de la aplicación retroactiva, analógica

    Y por mayoría de razón). No podrá imponerse pena o medida de seguridad, si no se

    Acredita la existencia de los elementos de la descripción legal del delito de que se

    Trate. Queda prohibida la aplicación retroactiva, analógica o por mayoría de razón, de

    la ley penal en perjuicio de persona alguna.

    La ley penal sólo tendrá efecto retroactivo si favorece al inculpado, cualquiera que sea

    la etapa del procedimiento, incluyendo la ejecución de la sanción. En caso de duda, se

    Aplicará la ley más favorable.

    El ámbito

    Primeramente Juris (derecho) dicción (decisión)

    Un tribunal es competente cuando deba resolver sobre el fondo de un asunto en la materia penal y podrá resolver sobre la existencia de un delito e imponer el castigo que merece a un inculpado.

    Por competencia el jurista García Ramírez cita “es la medida de jurisdicción o el ámbito dentro del que puede ejercer la jurisdicción que todo juzgador posee dada la atribución jurisdiccional de un órgano del estado es necesario saber en que forma, dentro de que frontera y con que extensión puede ejercerla.

    También se le conoce como o con el nombre de capacidad procesal objetiva del juzgador es decir la capacidad del un juez o del tribunal para conocer de un proceso el citado autor o jurista cita 7 puntos de competencia al organo jurisdiccional penal

  • En orden a la materia: la competencia puede ser federal local y militar

  • En orden al territorio: es competente el juez del lugar donde se cometió el delito “ si son varios los lugares entonces será competente el que conoció primero”

  • En orden a la conexión: se refiere cuando existen varios juicios donde estén implicadas las misma personas o bien cuando varias personas han cometido en diversos tiempos y lugares diversos delitos en este sentido conocera el tribunal que conozca de las diligencias mas antiguas 479 art del código federal de procedimientos penales

  • En orden a alas personas: como sabemos existen delincuentes menores que están sujetos a un régimen especial distinto al adulto o los personajes llamados militares que cuentan con sus propias normas y de acuerdo al art. 13 de nuestra constitución federal.

  • En orden a a la función: ya existen juzgadores “jueces” llamados instructores y sentenciadores esto solo existe en el fuero militar pero en algunos estados ya también se habla de un juez ejecutor de sentencia “ el que hace que se cumpla la sentencia penal”

  • En orden al grado: se habla de jueces o tribunales de primer grado “ el juez penal competente “ juez de paz en materia penal”

  • En orden al turno: el ámbito jurisdiccional penal tratándose de los juzgados de distrito en materia federal y penal se les da un turno por semana

  • El derecho penal con base en el art. 13 de nuestra constitución únicamente conocerá los delitos que se dan entre militares conocerán los militares y cuando un paisano “civil” conocera la justicia civil.




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    Enviado por:Damg87
    Idioma: castellano
    País: México

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