Ecología y Medio Ambiente


Medio ambiente


MEDIO AMBIENTE

Trabajo presentado al profesor

Álvaro Jiménez

Asignatura Gerencia sistemas de información

Curso 9B

UNIVERSIDAD SANTIAGO DE CALI

FACULTAD DE INGENIERIA INDUSTRIAL

SANTIAGO DE CALI

2000

INTRODUCCION

El Sistema de Gestión Ambiental del Municipio seguirá los principios generales que orienten la política ambiental colombiana, consagradas en la Ley 99 de 1.993 y demás disposiciones que la modifiquen o adicionen. Este Dpto. acatará las políticas definidas por el Ministerio del Medio Ambiente y por el Sistema Ambiental Nacional (SINA), para la recuperación, conservación, protección, ordenamiento, manejo, uso y aprovechamiento de los recursos naturales y el medio para asegurar un desarrollo sostenible

ENTORNO LEGAL

Ley 99 de 1993

  • El articulo 44 en el párrafo 2º dice que el 50% del producto correspondiente al recaudo del porcentaje o de la sobretasa del impuesto predial y de otros gravámenes se destinaran a la gestión ambiental dentro del perímetro urbano del municipio, distrito donde se ha recaudado el impuesto.

  • El articulo 50 dice que los municipios o distritos que tengan una población urbana superior a 1'000.000 de habitantes serán competentes para otorgar licencias ambientales.

  • El articulo 64 hace referencia en la promoción, ejecución de programas y políticas nacionales, regionales y sectoriales en relación con el medio ambiente.

  • El articulo 65 en el numeral 10 promueve, y cofinancia obras y proyectos de irrigación, drenaje, recuperación de tierras, entre otras en coordinación con las corporaciones autónomas regionales.

  • Él articulo 67 dice “ Los territorios indígenas tendrán las mismas funciones y deberes definidos para los municipios en materia ambiental “

  • El articulo 97 se relaciona con las funciones de la procuraduría general de la nación que se encargara de velar por la defensa del medio ambiente, intervenir en actuaciones administrativas y de policía en defensa del medio ambiente y velar por el cumplimiento de la constitución, leyes y reglamentos.

DECRETO 1743 DE 1994

ARTICULO 3º-Contenido. La licencia ambiental contendrá: 1. La identificación de la persona natural o jurídica, pública o privada a quien se autoriza el proyecto, obra o actividad, indicando el nombre, razón social, documento de identidad y domicilio. 2. Localización y descripción del proyecto, obra o actividad. 3. Consideraciones y motivaciones que han sido tenidas en cuenta para el otorgamiento de la licencia ambiental. 4. Término de la licencia ambiental. 5. Señalamiento de todos y cada uno de los requisitos, condiciones y obligaciones que debe satisfacer y cumplir el beneficiario de la licencia ambiental. 6. Las consecuencias del incumplimiento de los requisitos, condiciones y obligaciones impuestos al beneficiario de la licencia ambiental, conforme a la ley y los reglamentos.

ARTICULO 7º-Competencia del Ministerio del Medio Ambiente. El Ministerio del Medio Ambiente otorgará de manera privativa la licencia ambiental en los siguientes casos: 1. Ejecución de obras y actividades de exploración, explotación, transporte, conducción y depósito de hidrocarburos, construcción de refinerías, refinación de petróleo y los desarrollos petroquímicos que formen parte de un complejo de refinación. 2. Ejecución de proyectos de gran minería, entendiendo éstos como, la exploración, montaje, producción, beneficio, almacenamiento, acopio, transporte, fundición, procesamiento y transformación de minerales, de conformidad con las definiciones y la clasificación de la gran minería contenidas en el Código de Minas. 3. Construcción de presas, represas o embalses con capacidad superior a doscientos millones de metros cúbicos y construcción de centrales generadoras de energía eléctrica que excedan de 100.000 Kw de capacidad instalada, así como el tendido de las líneas de transmisión del sistema nacional de interconexión eléctrica y proyectos de exploración y uso de fuentes de energía alternativa virtualmente contaminantes. 4. Construcción o ampliación de puertos marítimos de gran calado, entendiéndose por tales aquellos en los cuales pueden atracar embarcaciones de 10.000 o más toneladas de registro neto o con calado igual o superior a 15 pies, o en aquellos en que se moviliza una carga superior a un millón de toneladas al año, aun cuando ésta se realice mediante fondeo. 5. Construcciones de instalación, ampliación o mejoramiento de aeropuertos internacionales. 6. Ejecución de obras públicas de las redes vial, fluvial y ferroviaria nacionales, incluyendo la ampliación de vías de la red vial nacional. 7. Construcción de distritos de riego para más de 20.000 hectáreas. 8. Producción e importación de pesticidas y de aquellas sustancias, materiales o productos sujetos a controles por virtud de tratados, convenios y protocolos internacionales ratificados por Colombia y vigentes. 9. Proyectos que afecten el sistema de parques nacionales naturales. 10. Proyectos que adelanten las corporaciones autónomas regionales a que hace referencia el inciso segundo del numeral 19 del artículo 31 de la Ley 99 de 1993. 11. Trasvase de una cuenca a otra de corrientes de agua que excedan de 2 m3/segundo durante los períodos de mínimo caudal. 12. Introducción al país de parentales para la reproducción de especies foráneas de fauna y flora silvestre que puedan afectar la estabilidad de los ecosistemas o de la vida salvaje. 13. Generación de energía nuclear. 14. Fabricación de municiones y explosivos

ARTICULO 25. -Contenido. El estudio de impacto ambiental deberá contener cuando menos la siguiente información: 1. Resumen del estudio de impacto ambiental. 2. Descripción del proyecto, obra o actividad: incluirá la localización, las etapas, dimensiones, costos y cronograma de ejecución. 3. Descripción de los procesos y operaciones; identificación y estimación de los insumos, productos, subproductos, desechos, residuos, emisiones, vertimientos y riesgos tecnológicos, sus fuentes y sistemas de control dentro del proyecto, obra o actividad. 4. Delimitación, caracterización y diagnóstico de las áreas de influencia directa e indirecta, así como la cobertura y el grado de los impactos del proyecto, obra o actividad, con base en la afectación que pueda ocasionar sobre los diferentes componentes del medio ambiente. 5. Estimación de los impactos y efectos ambientales: con base en la información de los numerales anteriores se identificarán los ecosistemas sensibles, críticos y de importancia ambiental y social. Igualmente se identificarán, caracterizarán y estimarán los impactos y efectos ambientales, su relación de causalidad y se elaborará el análisis de riesgo. 6. Plan de manejo ambiental: se elaborará el plan para prevenir, mitigar, corregir y compensar los posibles impactos y efectos del proyecto, obra o actividad sobre el medio ambiente. Debe incluir el plan de seguimiento, monitoreo y contingencia

ARTICULO 30. -Para obtener una licencia ambiental, el procedimiento a seguir será el siguiente: 1. El interesado en obtener la licencia ambiental formulará una petición por escrito dirigida a la autoridad ambiental competente, en la cual solicitará que se determine si el proyecto, obra o actividad por realizar requiere o no de la elaboración del diagnóstico ambiental de alternativas; de igual manera solicitará que se fijen los términos de referencia de los estudios ambientales correspondientes, cuando éstos no estuvieran definidos por la autoridad ambiental. Deberá especificar la modalidad de licencia ambiental que requiere (ordinaria, única o global); y al llegar la siguiente información: a) Nombre o razón social del solicitante; b) Nombre del representante legal; c) Poder debidamente otorgado, cuando se actúe mediante apoderado; d) Certificado de existencia y representación legal para el caso de persona jurídica; e) Domicilio y nacionalidad; f) Descripción explicativa del proyecto, obra o actividad, que incluya por lo menos su localización, dimensión y costo estimado; g) Indicación de las características ambientales generales del área de localización del proyecto, obra o actividad; h) Información sobre la presencia de comunidades, incluidas campesinas, negras e indígenas, localizadas en el área de influencia del proyecto, obra o actividad propuesta, e i) Indicar si el proyecto, obra o actividad afecta el sistema de parques nacionales naturales y sus zonas de amortiguación cuando éstas estén definidas. 2. Con base en la información suministrada, la autoridad ambiental decidirá sobre la necesidad o no de presentar el diagnóstico ambiental de alternativas y definirá sus términos de referencia, cuando éstos no hayan sido previamente establecidos para el sector, en un plazo no mayor de 30 días hábiles. Dentro de este mismo término, la autoridad ambiental competente dictará un acto de iniciación de trámite que se notificará y publicará en los términos del artículo 70 de la Ley 99 de 1993. Igualmente, en este mismo término, al detectarse colisión de competencias, entre autoridades ambientales, se suspenderán los términos del trámite hasta tanto el Ministerio del Medio Ambiente defina la autoridad ambiental competente, la cual proseguirá el trámite en el estado en que se encuentre. 3. Presentado el diagnóstico ambiental de alternativas, la autoridad ambiental competente elegirá en un plazo no mayor de sesenta (60) días, contados a partir de su presentación, la alternativa o las alternativas sobre las cuales debe elaborarse el correspondiente estudio de impacto ambiental. 4. Si no es necesaria la presentación de un diagnóstico ambiental de alternativas, o elegida(s) la(s) alternativa(s) sobre las cuales debe elaborarse el estudio de impacto ambiental, la autoridad ambiental competente en un término que no podrá exceder de sesenta (60) días hábiles, fijará los términos de referencia, cuando éstos no hayan sido definidos previamente para el sector, para la elaboración del estudio de impacto ambiental. 5. Dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la presentación del estudio de impacto ambiental, se podrá pedir al interesado, la información adicional que se considere indispensable. En este caso se interrumpirán los términos que tiene la autoridad para decidir. 6. Allegada la información requerida, la autoridad ambiental dispondrá de quince (15) días hábiles adicionales para solicitar a otras autoridades o entidades los conceptos técnicos o informaciones pertinentes, los cuales deben serle remitidos en un plazo no superior a sesenta (60) días hábiles. 7. Recibida la información o vencido el término de requerimiento de informaciones adicionales a otras autoridades o entidades, se expedirá el auto de trámite que declare reunida toda la información requerida. La autoridad ambiental competente decidirá sobre la viabilidad ambiental del proyecto, obra o actividad y otorgará o negará la respectiva licencia ambiental, en un término que no podrá exceder de sesenta (60) días hábiles contados a partir de la expedición del citado auto. Tratándose de las licencias ambientales que otorga el Ministerio del Medio Ambiente el término para dicho otorgamiento será hasta de ciento veinte (120) días hábiles contados a partir del auto de trámite que reconozca que ha sido reunida toda la información requerida. 8. En el caso de otorgarse la licencia ambiental única, se incluirán los permisos, autorizaciones o concesiones, de competencia de la autoridad ambiental, que el proyecto, obra o actividad requiera conforme a la ley. 9. Contra la resolución por la cual se otorga o se niega la licencia ambiental procede el recurso de reposición ante la misma autoridad ambiental que profirió el acto, y el recurso de apelación ante el Ministerio del Medio Ambiente cuando el acto sea expedido por las demás autoridades ambientales competentes

FUNCIONES Y PROCESOS RELEVANTES

  • MEDIO AMBIENTE

  • PLANEACION DE LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE

  • IDENTIFICAR EL SOPORTE LEGAL

  • identificar el soporte legal (nacional, departamental, municipal)

  • Seleccionar información

  • Investigar aplicación en el medio ambiente

  • Documentar el soporte legal

  • Divulgar el soporte legal

  • FORMULAR PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE RECURSOS HUMANOS - FISICOS Y FINANCIEROS PARA LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE

  • Preparar actos de carácter administrativos para el manejo de recursos humanos, físicos y financieros

  • Expedir documentos y actos de certificaciones y constancias relacionadas con el medio ambiente

  • Presentar programas de trabajo para aprobación a la secretaria general del medio ambiente

  • Conformar grupos de control para investigaciones

  • Diagnosticar situaciones ambientales

  • PLANTEAR LA ADMINISTRACIÓN DEL S.I.A.N.

  • Administrar sistema de información ambiental municipal “SIAN” de conformidad con la ley

  • Asesorar a la administración en La adquisición de equipos y programas

  • INVESTIGAR ASPECTOS JURÍDICOS

  • Asesorar a la división del DAGMA y controlar aspectos jurídicos relativos a gestión ambiental

  • Elaborar documentos de orden legal y jurídicos

  • DEFINIR PARÁMETROS PARA PROYECTOS AMBIENTALES

  • Presentar informes mensuales de labores realizadas

  • Elaborar presupuestos de fondos ambientales

  • Operar el banco de proyectos ambientales

  • Formular y evaluar proyectos de inversión

  • Actualizar base de datos ambientales

  • Generar información técnica y de consulta a usuarios

  • Establecer contractos nacionales e internacionales de información ambiental

  • FORMULAR SEGUIMIENTOS PARA PERMISOS AMBIENTALES

  • Preparar planes para permisos ambientales

  • Analizar permisos de licencias ambientales y concesiones de transporte de sustancias tóxicas

  • Proponer declaratoria de niveles de prevención, alerta y emergencia

  • Atender consultas técnicas de distintos sectores

  • orientar las acciones de la policía para la vigilancia y control ambiental

  • DEFINIR POLÍTICAS DE CONTROL DE PROCESOS

  • Establecer diagnósticos y estudios de impacto ambiental para proyectos ambientales

  • Evaluar diagnostico

  • Verificar planes de cumplimiento

  • Atender consultar y quejas de la comunidad en su área de procesos productivos

  • ESTABLECER ASESORIAS EN CUANTO A FORMULACION DE PLANES DE EDUCACIÓN AMBIENTAL

  • Promover educación ambiental

  • Planear programas que faciliten el control del medio ambiente

  • Evaluar y efectuar seguimiento ambiental de actividades de explotación, exploración, beneficios

  • ANALIZAR PLANES Y PROGRAMAS EN MATERIA AMBIENTAL

  • Investigar con entidades de apoyo técnico y científico planes en materia del medio ambiente

  • Preparar estudios sobre impacto ambiental para planeación y control en la toma de decisiones

  • Estructurar proyectos de acuerdo a ala planificación económica, social y física

  • ELABORAR PRESUPUESTO DE INVERSIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL DEPARTAMENTO ADIMINISTRATIVO DE GESTION DEL MEDIO AMBIENTE

  • Elaborar proyectos de gestión ambiental

  • Preparar la aprobación del Concejo

  • Dirigir, organizar y controlar el desarrollo de las actividades

  • Vigilar el curso de la ejecución presupuestal

  • ESTABLECER PLANES DE CONVENIOS

  • Asumir funciones delegadas

  • Vigilar el uso, funcionamiento y administración de las reservas forestales

  • Otorgar concesiones para el uso del recurso hídrico en el sector rural

  • Ejercer funciones de evaluación, control y seguimiento en las áreas del municipio

  • ANALIZAR EL RECURSO AGUA

  • Determinar crecimiento urbanístico

  • Identificar recurso hídrico del municipio

  • 1.1.12.2.1. Deteminar las subcuencas hidrográficas

  • Analizar drenaje urbano

  • Prever manejo y tratamiento de aguas residuales

  • Evaluar y efectuar seguimiento ambiental tanto en vertimientos, o incorporación de sustancias o residuos líquidos, sólidos

  • ANALIZAR EL RECUSO AIRE

  • Determinar grado de contaminación

  • Clasificar agente contaminante

  • 1.1.13.2.1. Definir fuentes móviles

    1.1.13.2.2. Definir fuentes fijas

  • Analizar efectos de los contaminantes atmosféricos

  • Identificar Red de monitoreo de Calidad de Aire

  • ANALIZAR LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL POR EL RUIDO

  • Identificar fuentes de ruido

  • Clasificar tipos de ruido

  • 1.1.14.2.1. Definir ruido ocupacional

    1.1.14.2.2. Definir ruido ambiental

  • Realizar mediciones de ruido

  • Identificar efectos producidos por el ruido

  • ANALIZAR ESTRUCTURA DEL ESPACIO PUBLICO

  • Definir espacio público

  • Evaluar estudios ambientales para planificar la ciudad y responder a la oferta ambiental

  • Identificar impactos ambientales sobre espacio público

  • 1.1.15.3.1. Evaluar impacto sobre zonas verdes

    1.1.15.3.2. Evaluar contaminación del suelo por disposición de escombros

    1.1.15.3.2.1. Identificar tipos de actores en la contaminación del suelo

  • Estimular cumplimiento de normas ambientales

  • 1.2. EJECUCIÓN DE LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE

    1.2.1. EJECUTAR FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE RECURSOS HUMANOS - FISICOS Y FINANCIEROS

    1.2.1.1. Formular sanciones

    1.2.1.2. Formular políticas y programas en materia ambiental

    1.2.1.3. Aplicar proyectos de acuerdo a estudios de impacto ambiental

    1.2.1.4. Expedir permisos, licencias y salvoconductos para movilizaciones

    1.2.1.5. Fijar monto de tarifas o multas con base a las tarifas mínimas establecidas por el Ministerio del Medio Ambiente

    1.2.2. EJECUTAR FUNCIONES DE UNIDAD JURÍDICA

    1.2.2.1. Imponer las medidas de las sanciones previstas por la ley

    1.2.2.2. Aplicar los documentos de orden legal o jurídico

    1.2.3. EJECUTAR FUNCIONES DE LA UNIDAD DE TECNOLOGÍA SISTEMATIZADA

    1.2.3.1. Monitorear los presupuestos de fondos ambientales

    1.2.3.2. Atender el banco de proyectos ambientales

    1.2.3.3. Producir información técnica y de consulta a usuarios

    1.2.3.4. Aplicar proyectos de inversión

    1.2.3.5. Aprovechar contactos nacionales e internacionales de información ambiental

  • EJECUTAR LA SUBDIRECCIÓN DE CONTROL AMBIENTAL

  • Realizar programas en coordinación con la dirección de recursos humanos

  • Realizar actividades que se requieran para el desarrollo del proceso en control del medio ambiente

  • Aplicar programas aprobados

  • Tratar las consultas técnicas de distintos sectores

  • EJECUTAR LAS ASESORIAS EN CUANTO A FORMULACION DE EDUCACIÓN AMBIENTAL

  • Aplicar educación ambiental

  • Aplicar programas que faciliten el control del medio ambiente

  • Realizar seguimiento de ambiental de actividades de explotación, exploración y beneficio

  • EJECUTAR PLANES Y PROGRAMAS EN MATERIA AMBIENTAL

  • Dialogar con entidades de apoyo técnico y científico sobre planes en materia del medio ambiente

  • Realizar estudios sobre impacto ambiental para planeación y control en la toma de decisiones

  • Aplicar proyectos de acuerdo a la planificación económica, social y física

  • GESTIONAR EL PRESUPUESTO DE INVERSIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL DPTO ADMINISTRATIVO EN GESTION DEL MEDIO AMBIENTE

  • Realizar proyectos de gestión ambiental

  • Monitorear y controlar el desarrollo de las actividades

  • Monitorear el curso de la ejecución presupuestal

  • EJECUTAR CONVENIOS

  • Aplicar las funciones delegadas

  • Monitorear el uso, funcionamiento y administración de las reservas forestales

  • Gestionar concesiones para el uso del recurso hídrico en el sector rular

  • Realizar funciones de evaluación, control y seguimiento en las áreas del municipio

  • CONTROL DE LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE

  • CONTROLAR FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE RECURSO HUMANO - FISICOS Y FINANCIEROS

  • Comprobar sanciones

  • Revisar programas y políticas en materia ambiental

  • Vigilar proyectos de impacto ambiental

  • Supervisar permisos, licencias y salvoconductos para las movilizaciones

  • Verificar monto de tarifas o multas con base en las tarifas mínimas establecidas por el ministerio del medio ambiente

  • CONTROLAR FUNCIONES DE UNIDAD JURÍDICA

  • Comprobar las medidas de las sanciones previstas por la ley

  • Revisar los documentos de orden legal o jurídico

  • CONTROLAR FUNCIONES DE LA UNIDAD DE TECNOLOGÍA SISTEMATIZADA

  • Supervisar los presupuestos de fondos ambientales

  • Supervisar el banco de proyectos ambientales

  • Supervisar proyectos de inversión

  • CONTROLAR LA SUBDIRECCIÓN DE CONTROL AMBIENTAL

  • Revisar programas en coordinación con la dirección de recursos humanos

  • Verificar programas aprobados

  • Supervisar las consultas técnicas

  • CONTROLAR LAS ASESORIAS EN CUANTO A FORMULACION DE EDUCACIÓN AMBIENTAL

  • Examinar la educación ambiental

  • Supervisar programas que faciliten el control del medio ambiente

  • Supervisar seguimientos ambientales de actividades de explotación, exploración y beneficio

  • CONTROLAR PLANES Y PROGRAMAS EN MATERIA AMBIENTAL

  • Comprobar estudios sobre impacto ambiental para planeación y control en la toma de decisiones

  • Inspeccionar proyectos de acuerdo en la planificación económica, social y física

  • CONTROLAR EL PRESUPUESTO DE INVERSIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL DPTO ADMINISTRATIVO EN GESTION DEL MEDIO AMBIENTE

  • Supervisar proyectos de gestión ambiental

  • Controlar el desarrollo de las actividades

  • Supervisar el curso de la ejecución presupuestal

  • CONTROLAR CONVENIOS

  • Examinar funciones delegadas

  • Supervisar el uso, funcionamiento y administración de los recursos forestales

  • Revisar las concesiones para el uso del recurso hídrico en el sector rural

  • Controlar el recurso agua, aire, minas y espacio publico

  • GESTIÓN MEDIO AMBIENTE

  • DIAGRAMA

  • FLUJO DE PROCESOS-MACROPROCESOS

    INSUMOS DEL ÁREA FUNCIONAL

    • Plan de desarrollo del ministerio del medio ambiente

    • Políticas

    • Ordenanzas del gobierno nacional, departamental y municipal

    • Planes y programas sobre el medio ambiente

    • Gestión publica

    • Planes de cobertura

    RESULTADO DE LAS ÁREAS FUNCIONALES

    Productos

    • Normas de gestión publica del medio ambiente

    • Programas de prevención y conservación del medio ambiente

    • Planes de desarrollo

    • Normalización de procedimientos

    • Leyes y normas para el medio ambiente

    • Control de recursos forestales

    • Programas de desarrollo hídrico

    • Programas de control ambiental

    Servicios

    • Mejorar programas de educación para la utilización de los recursos naturales

    • Planes de educación ambiental

    • Campañas de reestructuración a las entidades de control del medio ambiente

    • Apoyo de las entidades gubernamentales

    • Promoción de servicios institucionales

    • Garantías de financiación

  • PLANEACIÓN DE LA GESTIÓN PUBLICA

  • I-1.1 INSUMOS

    • Constitución política de Colombia, Leyes, Decretos, Ordenanzas, Acuerdos, Códigos Fiscales.

    • Ley 99 de 1993

    • Decreto 1743 de 1994

    • Acuerdo 001 de 1996

    • Decreto 883 de 1997

    • Análisis y clasificación base legal gestión política

    • Principios generales de planeación para el medio ambiente

    R-1.1 RESULTADOS

    • Informe de desarrollo para la gestión del medio ambiente

    • Definición de objetivos e ideas

    • Presupuesto de ingresos y gastos para desarrollo de planes y programas

    • Definición de convenios

    • Misión visión del ministerio del medio ambiente

    • Asesoramiento del sistema del medio ambiente

    • Integración de instituciones del medio ambiente

    • Estructura organizacional para el sector del medio ambiente

    • Plan de inversión de las entidades publicas en el área del medio ambiente

    • Programas de desarrollo

    • Informes ambientales

    • Ejecución de campañas de conservación del medio ambiente

    F-1.1 SALIDAS

    • Informe del soporte legal

    • Informe de procedimientos para manejo de inversión y recursos

    • Asesoráis

    • Cronograma de actividades

    • Plan de acción del medio ambiente

    • Programas de adecuación de actividades

    1.2 EJECUCIÓN DE LA GESTIÓN MEDIO AMBIENTE

    I-1.2 INSUMOS

    • Ley 99 de 1993

    • Constitución nacional

    • Acuerdo 001 de 1996

    • Informes ambientales

    • Planes y programas de conservación del medio ambiente

    • Plan estratégico de implementación

    R-1.2 RESULTADOS

    • Estrategias a implementar en el sector del medio ambiente

    • Plan de inversión en programas de conservación de l medio ambiente

    • Informes de campañas de conservación de recursos naturales

    F-1.2 SALIDAS

    • Informes de los resultados de programas

    • Plan de reorganización del medio ambiente

    • Informes de programas y resultados

    • Boletines informativos nacionales

    • Adjudicación de solicitudes

    • Programas de cambio e innovación del sector del medio ambiente

    • Planes del sector publico

    • Organización de programas a ejecutar

    1.3 CONTROL DE LA GESTIÓN MEDIO AMBIENTE

    I-1.3 INSUMOS

    • Constitución política de Colombia

    • Boletines informativos de DAGMA

    • Boletines informativos de SINA (SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL)

    • Decreto 1743 de 1993

    • Ley 99 de 1993

    • Acuerdo 001 de 1996

    • Informes mensuales del ministerio del medio ambiente

    • Plan operativo del sector de medio ambiente

    • financiación de programas ambientales

    R-1.3 RESULTADOS

    • Informes de evaluación de los recursos naturales

    • Informes de efectividad y calidad de los planes y programas aplicados

    • Informes de los resultados de planes operacionales del sector del medio ambiente

    • Resultado de estrategias educacionales

    • Análisis de las asesorias aplicadas

    • Cobertura de las políticas de conservación del medio ambiente aplicadas

    F-1.3

    • Aplicación de estrategias en niveles de desarrollo de programas

    • Informe de evaluación del sector del medio ambiente

    • Informe de evaluación de resultados de los programas y planes operacionales del sector del medio ambiente

    • Informes de operaciones de asesorias y educación

    F-1.4 ENTRADAS

    • Programa político del sector del medio ambiente nacional municipal y departamental

    • Plan de investigaciones sector medio ambiente

    • Informe de políticas para programas no desarrollados

    • Programas de desarrollo ambiental

    • Informe de decisiones políticas para implementación de programas ambientales

    • Informes de principios de calidad de la gestión medio ambiente

    • Estrategias de desarrollo ambiental

    • Programas de reestructuración a aplicar

    CONCLUSIONES

    • Con la elaboración de este proyecto, practicamos los conocimientos recibidos en la asignatura de Gerencia en Sistemas de Información.

    • El plan medio ambiente debe contar con un sistema de gerencia para verificar si se cumplen los trabajos que propone el ministerio del medio ambiente.

    • Se realizo la modelación del sistema de información del sector ambiental con referencia al marco legal establecido.

    • Se planteo la modelación de las necesidades de información y comunicación en cuanto a planeación, ejecución y control de los procesos.

    RECOMENDACIONES

    El manejo del medio ambiente requiere de una administración integral debido a las diversas intervenciones de entidades con funciones y objetivos igualmente diferentes. Para esto se podria crear una red, donde se comparte toda la información necesaria.

    El modelo de Gerencia de Sistemas de Información es necesario en el área del medio ambiente y se recomienda darle pronta aplicabilidad.

    OBJETIVOS

    • Aplicar cada uno de los conocimientos recibidos en clase

    • Realizar la modelación de sistemas de información del Sistema del medio Ambiente

    • Analizar la Ley 99 de 1993 y planes de Medio Ambiente para aplicar el plan de Gerencia en Sistemas de Información

    • Identificar el flujo de información dentro del sistema de informacion




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    Enviado por:Choperz
    Idioma: castellano
    País: Colombia

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