Derecho


Invasión musulmana


TEMA 7

De  la invasión musulmana a los cinco reinos de España

La reconquista

A mediados dl s. VIII la Cristiandad occidental parecía en trance d extinción. El mundo islámico ocupa la península Ibérica y se extiende x los territorios dl sur d las Galias, mientras q hispano-godos, francos y lombardos ven derrumbarse sus estructuras políticas, y la Iglesia sobrevive penosax en la nueva situación.

España fue prácticax ocupada, xo en la cordillera cántabra quedaron unas comarcas al este d Asturias y en Santander q, permanecieron fuera dl control musulmán. Tras la batalla d Covadonga, q xa los musulmanes d entonces debió ser solo un pequeño contratiempo, se constituyó con Alfonso I un Estado cristiano q inicia la reconquista. Bajo el gobierno d Alfonso II la corte queda fijada en Oviedo, configurándose el Reino Astur q intentó recuperar la tradición dl Estado hispano-godo. Con el avance d la reconquista, la capital se traslada a León. La gran comarca oriental dl reino Asturleonés, Castilla, era una región diferenciada cuya progresiva expansión en el s. IX la lleva a orillas dl Duero. El condado castellano, se convirtió luego en reino. Desde el año 1037, el reino d León quedó unido al d Castilla, aunq en algunos momentos ambos fueron regidos x príncipes distintos. A partir dl año 1230 tuvieron un monarca común y se convirtió en el principal protagonista d la Reconquista. La antigua capital visigoda fue conquistada en 1085, ocupando Castilla la zona dl Tajo y llegando x el Oriente hasta Valencia. La definitiva consolidación dl reino castellano-leonés tiene x otra parte lugar escasos años después d q la batalla d las Navas d Tolosa consagre la superioridad d la España cristiana sobre la musulmana. La zona alta d los ríos Aragón, Gállego y Cinca formó a su vez un condado, convertido en reino en el año 1035. Ese reino d Aragón desciende hacia la llanura y a principios dl s. XII ocupa el valle dl Ebro. En 1137 el reino aragonés y el principado catalán se unieron, con lo q se sentaron las bases d la Corona d Aragón compuesta x esas unidades políticas y x los reinos d Valencia y Mallorca.

En el tramo final d la Reconquista, la España d los cinco reinos cristianos en la España d las 2 coronas, operando al margen Portugal. Con el Reinado d los Reyes Católicos, ambas coronas se unen, tuvo lugar la incorporación d Navarra y concluye la reconquista con la rendición en 1492 dl último reino musulmán d Granada.

La repoblación

Es uno d los + importantes desde el punto d vista social y jurídico d la Alta Edad Media. Se llevó a cabo x zonas, destacando 2 núcleos: el occidental y el oriental.

Dentro dl núcleo occidental la repoblación de los territorios ocupó 4 fases:

  • Repoblación monacal y privada: corresponde a la zona dl Valle dl Duero. Destacar q los monarcas visigodos habían adoptado el principio romano d: “los bienes sin dueño correspondían al fisco” y x lo tanto abandonadas staban a disposición dl gobernante, quien podía incorporarlas a los dominios reales, o cederlas a sus súbditos xa cultivarse o roturarse. Partiendo d stos principios el gobierno hispano-cristiano estimuló la ocupación d los territorios despoblados, mediante autorizaciones d carácter general o encargando oficialx la repoblación a un magnate seglar o eclesiástico. La repoblación se realiza x medio d 1 sistema llamado presura q supone la ocupación d 1 tierra sin dueño.

  • Repoblación concejil: La conquista d Toledo en 1085, hizo posible q la repoblación llegara hasta el Tajo. Sta fase confió x tanto la repoblación a los concejos municipales d las ciudades q los efectuaban con arreglo a los determinados fueros q contenían las condiciones concretas x las q se regían los nuevos pobladores.

  • Repoblaciones de las ordenes militares: asumían la defensa d las tierras conquistadas desde el Tajo al Guadiana y actúan preferentes durante los siglos XI y XII

  • Repoblación a la vez concejil, d ordenes militares y nobiliaria: Se inicia en el s. XIII como consecuencia d las grandes conquistas d Fernando III q lleva la frontera cristiana hasta el Guadalquivir. Se utiliza el sistema d repartimiento: la distribución ordenada d las casas d poblaciones y d tierras conquistadas, q se hacían entre quienes habían tomado parte en la conquista según la condición social y los meritos, recibiendo los magnates extensos heredamientos o propiedades rústicas donde asentaban a sus colonos. Xa proceder a dicho repartimiento el rey solía nombrar a una comisión d oficiales reales q llevaban a cabo la partición y entrega d los lotes correspondientes.

En el núcleo oriental se procedió a repoblar los territorios d la Marca Hispánica (D Pirineos a Llobregat) En ste caso la repoblación d Cataluña se produjo durante los s. VIII a XI. Se realizó mediante un sistema similar a la presura, q en Cataluña recibió el nombre d “aprissio”. Ocuparon tierras abandonadas no cultivadas q originaban un derecho real transmisible x herencia o x enajenación.

En la región navarro-aragonesa ya en el s. XII, tras la conquista d Zaragoza x Alfonso I el Batallador, la repoblación alcanza el valle dl Ebro, donde tb se aplica el sistema d repartimiento. En el s. XIII al conquistar Jaime I d Aragón la isla d Mallorca en 1229 y Valencia en 1238 tb se aplicó el sistema d repartimiento.

Una repoblación especial fue la d las ciudades y villas situadas en el camino d peregrinación a Santiago d Compostela, ya q en sta zona fue stableciendo durante el s. XI, XII y XIII una abundante población procedente d la zona franca y desarrollaron un importante comercio en las localidades d sta ruta.

Neogoticismo

El legado visigodo es el conjunto d valores, instituciones y realizaciones q la civilización posterior d España debe a los visigodos. Entre ellos la doctrina ha analizado a los siguientes:

  • Legado artístico: objetos d uso personal dl monarca

  • Legado épico: en 1953 Ramón Menéndez-Pidal suscita la polémica al hablar en 1 congreso celebrado en la ciudad italiana d Spoletto d los godos y el origen d la epopeya española, observando 1 serie d manifestaciones germánicas en el poema dl Mio Cid y d Fernán González. La tesis contrario fue defendida x García-Gallo en 1956, el cual señaló q no existía impronta germánica en nuestra ética medieval.

  • Legado jurídico: se observa una subsistencia dl ordenamiento visigodo con la vigencia dl Liber Iudiciorum. Fue promulgado x Recesvinto (654) El Liber es una recopilación d las leyes promulgadas x reyes visigodos hasta el 654. Existen diversas redacciones dl Liber ade+ d la originaria d Recesvinto. Dentro d estas algunas son oficiales (sancionadas) y alguna d tipo no oficial.

    • Oficiales: la redacción d Ervigio y la d Egica

    • No oficiales: destaca la Vulgata dl Liber, texto q fue resultado d las distintas alteraciones producidas privadax x juristas anónimos desde finales s. VII.

    El Liber dl q nadie niega su carácter territorial estuvo en vigor no solax en el estado visigodo, sino una vez q ste desapareció con motivo d la conquista musulmana (711) se mantuvo en vigor en la España alto-medieval durante el s. VIII al XII (Fundamentalx en su redacción Vulgata) Durante sta época el Liber mantuvo la vigencia entre los hispanos d la llamada “Marca-hispánica” (Septimania y Cataluña) y tb entre los mozárabes x autorización d sus nuevos jefes políticos, d origen franco y musulmán respectivax.

    No obstante el Liber mantiene en esos lugares y época una vigencia + limitada x:

  • Xq entre los mozárabes y los habitantes d la Marca hispánica el Liber pierde su carácter territorial

  • Xq buena parte dl Liber deja d aplicarse (Derecho público) X tanto solo se aplicaba el privado

  • Xq es un derecho fosilizado al carecer d poder político legítimo q lo renovara convirtiéndose en un derecho viejo q no encajaba en la nueva realidad social , lo q obligaba a promulgar nuevas normas.

  • La ausencia d un poder político fuerte causa su menor efectividad y la enorme vulgarización dl texto pues sin interpretación oficial dl monarca aparecieron miles d interpretaciones diferentes.

  • A pesar d todo sto el Liber se mantuvo en vigor en la Alta Edad media en buena parte d la población, gozando d enorme prestigio, lo q explica q a partir dl s. XIII se traduzca al castellano con el nombre d “Fuero juzgo” y se establezca x decisión real como el derecho social aplicable en Toledo, Murcia y las ciudades d Andalucía.

  • Legado político: se considera junto al jurídico la contribución fundamental d los visigodos a la Hª d España, el llamado Reino d los Godos logro la unidad política peninsular y sta idea se transmite en la Edad Media xa reconstruir la unidad perdida x los musulmanes.

  • Legado espiritual: Se constatan 1 serie d supervivencias visigodas como la dote, el duelo judicial y el vasallaje. La dote en sentido germánico era el conjunto d bienes q la mujer aportaba al matrimonio xa ayudar al marido en el sostenimiento d las cargas familiares y q el marido se obliga a restituir al disolverse el vínculo matrimonial. La institución dl duelo judicial destaca x la existencia dentro d ellos d las ordalias, q es un medio d prueba xa averiguar la inocencia o culpabilidad d 1 persona mediante la evocación d lo sobrenatural. Consistía en introducir la mano en el agua hirviendo o coger un hierro candente. Se determinaba la inocencia o culpabilidad x el aguante físico ante las pruebas o x la curación d las heridas. En cuanto al vasallaje los visigodos traen a Hispania sta institución d fidelidad personal q les une entre ellos y con su rey y q constituían el armazón d ste pueblo.

  • Una vez que se constituye el reino astur d Oviedo tras la victoria d Pelayo despierta allí el sentimiento neogótico q se manifestaba en la pretensión de hacer dl reino astur el continuador dl Estado hispano-godo. Este sentimiento culmina en el reino d Alfonso II, quien establece en Oviedo la corte y trata d restaurar allí las instituciones + características d la monarquía hispano-goda como el Oficio Palatino y la org. Eclesiástica.

    En cuanto a la restauración política, Sánchez Albornoz considera q no llego a alcanzarse ya q la estructura política d la corte visigoda tenía una org complicada q no encontramos en el palacio d los monarcas astures cuya corte era muy simple. Y x otro lado staba el intento d la restauración eclesiástica.

    En 1949 Abadal publicó su libro: “Batalla dl adopcionismo en la desintegración d la Iglesia visigoda” En ste libro señala q en la restauración d la iglesia x parte d Alfonso II iba encaminada a acabar con el adopcionismo (posición teológica q considera q Jesucristo es 1 hombre adoptado x Dios) q tuvo 1 forma moderada aquí el “Adopcionismo hispánico”. Sánchez Albornoz sostiene q la restauración eclesiástica lo q pretendía era crear en el Estado asturiano 1 Iglesia paralela independiente d la toledana, cuyos fines serían:

  • Crear 1 obispado con sede en palacio

  • Celebrar un Concilio xa ordenar la nueva vida d la Iglesia en el norte cristiano y equiparar la jerarquía eclesiástica d Oviedo a la Toledana

  • Idea imperial leonesa

    Los reyes d León vinculan su Estado a la tradición goda y tratan d encontrar 1 fórmula política q hiciera posible encarnar en el Reino d León el ideal d la unidad hispánica q inspiraba el neogoticismo. Según Menéndez-Pidal sta formula fue la d adoptar los reyes d León el título d emperador, q llevaba una aspiración a la supremacía sobre los de+ estados. Esta fórmula se ha denominado “idea imperial leonesa”. Al parecer no solo se intentó la hegemonía política, sino tb la eclesiástica, basada en la circunstancia d encontrarse en ste reino la sede d Compostela. La idea imperial aparece perfectax definida, reinando Alfonso VI, q intentó el imperio hispánico. Al morir, su hija doña Urraca adopta el título d emperatriz d toda España. Al morir ella, Alfonso VII adquiere el título d emperador. En el reinado d ste monarca la idea imperial leonesa adquirió su máxima significación sobre todo tras la coronación en León como emperador d España en el año 1135 y dl vasallaje q le prestaron el rey d Navarra y el Conde d Barcelona, Ramón Berenguer IV. A su muerte se inicia el ocaso d la idea imperial debido a q se fortalecen los otros reinos cristianos, q ya no conceden la supremacía al d León. El último intento d resucitar la idea imperial en la Edad Media la llevó a cabo Alfonso X con sus aspiraciones al trono d ______

    Los cinco reinos

    Una vez extinguida la idea imperial, los estados d la reconquista se fortalecen durante el s. XIII como entidades políticas diferentes y con un sentimiento d unidad manifiesta mediante la fórmula d los 5 reinos d España usado x los cronistas, notarios y poetas xa designar la unidad d una España fragmentada. Estos 5 reinos fueron: Portugal, Castilla, León, Aragón-Cataluña y Navarra. La evolución d los reinos fue dispar. X ejemplo la unificación d Cataluña con Aragón como Reino d Aragón. Al morir Alfonso I el Batallador, estableció un extraño testamento. Al no tener hijos con doña Urraca y obsesionado x perseguir a los musulmanes, designa como herederos d sus dominios a las órdenes militares, xo sto no era jurídicax aplicable y surgen distintas reacciones: x 1 lado la nobleza Navarra q había aceptado la unión con Aragón, decidió q no podía aceptar la entrega dl Reino como si fuese una finca privada, x ello se independizó, xo se encontró dentro d un recinto d fronteras q le impedía la expansión. X otro lado en Aragón 1 hermano d Alfonso I, Ramiro II, q era monje y obispo, abandonó el estado eclesiástico temporalx con una licencia pontificia, se casó y proporcionó a la Corona 1 heredera: Petronila, a la q con 3 años d edad prometió al Conde d Barcelona, Ramón Berenguer IV. A partir d ste momento Ramiro II renunció al trono a favor d su hija, dejó a su mujer y volvió a la vida religiosa. La unión d Cataluña y Aragón fue meras personal, ya q cada reino conservó su autonomía y sus propias instituciones. En el s. XV Castilla y León constituían ya un solo reino y se entiende q el 5º reino sería el musulmán d Granada. D stos 5 reinos el d Portugal acabó disgregándose.

    Pese a toda la fragmentación política d España en la Baja Edad Media, nunca fue tan extrema como xa destruir la conciencia d la comunidad Hispánica.




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    Idioma: castellano
    País: España

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