Derecho


Derecho administrativo, mercantil y de trabajo en México


DERECHO ADMINISTRATIVO

Derecho Administrativo es el conjunto de actos que regulan la actividad jurisdiccional del Estado y de sus órganos.

¿Cómo funciona la autoridad en el marco legal? Se deriva e la constitución (acto de administración pública).

El poder Legislativo hace las leyes.

El poder Ejecutivo se encarga de las obras de gobierno.

El poder Judicial se encarga de la aplicación de la ley y el juez aplica la ley.

El ministerio persigue los delitos, y, a través de una consignación, el juez juzga.

El ministerio hace una investigación de averiguación previa, y los elementos que reúna, se los pasa a un juez, esto a través de una consignación.

El juez puede dictar un auto de formal prisión o un acto de libertad (acto absolutorio).

El derecho administrativo lo aplica el órgano de administración pública que es competente y que tiene facultades jurisdiccionales; ejemplo: la Secretaría de Hacienda tiene facultades para imponer multas a quién no pague sus impuestos, por disposición de una ley llamada Código Fiscal.

Ley de la Administración Pública Federal (LAPF)

Ley de la Secretaria del Estado y Órgano de Administración Pública (L.S.E.O.A.P.)

Art. 31 FIV

C. Fiscal

Ley del ISR

El Marco Normativo se rige por las leyes LAPF y LSEOAP.

El derecho administrativo se aplica a través de el Gobierno Federal y Estatal y el Gobierno Municipal.

1.- Competencia.- Cual es la autoridad que tiene la facultad de intervenir, hay competencia federal cuando se trata de actividades jurisdiccionalmente con ese carácter, por ejemplo: comercio internacional (la salida de mercancía al extranjero está el ámbito constitucional que acabamos de ver), estación de radio, aduanas.

2.- Se llama jurisdicción estatal aquellas facultades que tienen las entidades federativas para dictar leyes y normas, ejemplo: cada estado puede tener diferentes códigos civiles siempre y cuando respeten los lineamentos constitucionales.

Cada estado tiene sus normas (ejemplo: únicamente Sonora practica la pena de muerte, en Jalisco no se admiten foráneos, etc)

3.- Jurisdicción municipal es aquello que se deriva de la ley orgánica de cada ayuntamiento que tiene facultades de cierta autonomía jurídica, (que el ayuntamiento va a hacer casi todo lo que quiera pero respetando la constitución).

El Gobierno Federal por medio de las leyes reglamentarias establece la responsabilidad, la actuación de cada una de las dependencias de su ámbito de atribución (consulado es un representante de un gobierno con permiso del país y el embajador representa a un gobierno en otro país). La representación de los asuntos administrativos, la posee el consulado.

Jurisdicción Federal: Decretos, Concesiones, Permisos, Conversiones, Fideicomisos, Asignaciones.

Todas estas se necesitan para llevar actos tales como: Sorteos, Comercio Internacional, Uso de suelo Federal, Uso y aprovechamiento de aguas, bosques, pesca, hidrocarburos, telecomunicaciones, auto transporte federal.

-Decreto.- Es la facultad que tiene el poder ejecutivo para expedir mandatos con validez obligatoria como si fuera una ley. Requisitos para decreto del presidente: deben llevar la firma del Secretario del ramo correspondiente y deben ser publicados en el diario mayor de la Federación.

-Concesión en una prerrogativa que tiene el poder ejecutivo para otorgar permisos a los particulares o sociedades mercantiles un derecho de uso y aprovechamiento en una actividad específica (siempre y cuando no este prohibido por la ley).

-Permisos: son actas administrativas que se otorgan para que los particulares realicen una actividad en forma limitada (permiso para carga de combustible, permiso para carga en carreteras federales).

-Conversiones: Actos financieros entre el Gobierno Mexicano y una particular Nación o Extranjero con un propósito de desarrollo económico.

-Fideicomisos: Operaciones jurídicas complicadas, por medio de las cuales se faculta a nacionales o extranjeros a llevar a cabo actividades que podrían estar restringidas por las leyes (la ley prohíbe que los extranjeros tengan propiedades en ciertos lugares pero si se les permite a través de un fideicomiso).

-Asignaciones: Recursos otorgados mediante el presupuesto por el ejecutivo para realizar actividades de orden público o social. (Cualquier cantidad que se gaste sin estar contemplado en el presupuesto correspondiente, es ilegal).

DERECHO MECANTIL

Es el conjunto de normas jurídicas que regulan los actos de las personas jurídicas mercantiles, sean estas físicas o morales.

Personas juridicas mecantiles.- Son las personas físicas como comerciantes, profesionistas, personas que realizan actividades comerciales lícitas y lucrativas.

Comerciantes

Personas jurídicas físicas Empresarios

Negociantes

Pueden ser personas jurídicas físicas los mayores de 18 años que realicen actividades lícitas.

Comerciantes.- Toda persona física que hace comercio su ocupación primaria. No se necesita titulo profesional, solo debe ostentarse como comerciante, así la ley le permite hacer contratos, compras, ventas, etc.

Comerciante extranjero.- Un comerciante extranjero necesita de un permiso de la Secretaría de Gobernación, tener visa para poder comerciar en México y existen mas leyes que piden mas requisitos. Este tiene que cumplir con los requisitos que se establecen en general y también reglas para extranjeros.

Leyes que rigen el Marco Legal de los Negocios en México:

  • Ley del impuesto sobre la renta

  • Código Fiscal

  • Ley del IVA

  • Leyes estatales y municipales como reglamentos

  • Leyes especiales (se aplican según la actividad que desempeñe el negocio) aplicables a la actividad.

  • Ley de protección al ambiente

  • Ley del trabajo

  • Ley de Infonavit

  • Ley de Salud

  • Ley general de Sociedades Mercantiles (esta es una de las mas importantes porque de aquí se desprende la ley general de títulos de operaciones a crédito).

  • Ley de administración Pública federal y estatal (esta ley rige a los burócratas).

  • Nota: En México, solo se permite tener un 10% de empleados extranjeros y el 90% restante, establece la ley Federal del Trabajo que deberán ser mexicanos.

    Personas Morales.- Son aquellas que se constituyen para realizar actividades a nombre de entes abstractos que el derecho reconoce como si fueran personas físicas. Estas son sociedades Mercantiles, Asociaciones Civiles o Sociedades Civiles (este último es un término inventado por los contadores públicos). S.A., S.R.L., S.A. de C.V., S.C., A.C.,

    No tienen mucha utilidad práctica.

    Sociedades de Solidaridad son las que realizan actividades mercantiles sin fin lucrativo.

    Sociedad Civil.- No persigue la finalidad lucrativa.

    Sociedad cooperativa.- Esta si es lucrativa aunque diga que no.

    Características de Sociedades Mercantiles

  • Está integrada por dos o mas personas físicas

  • Cada persona física aporta una cantidad de dinero que le da derecho a una proporción del capital, según lo que se haya aportado.

  • Persigue un fin lucrativo o ganancia.

  • Su duración será limitada hasta 99 años o lo que los socios establezcan.

  • Sociedades mercantiles que debemos conocer:

  • Sociedad Anónima (S.A.).- Es una sociedad de capital, se constituye con dos o mas socios, su objeto será mercantil y su actividad la que los socios aprueben. Tendrá un domicilio y capital social, operará donde los socios lo señalen, tendrá un órgano administrativo, un órgano de vigilancia, una asamblea de socios, tendrá una responsabilidad que podrá ser amplia o limitada. Esta sociedad es la mas popular porque se limita a las aportaciones de los socios, no a las propiedades, o sea, patrimonio.

  • Sociedad Anónima de Capital Variable (S.A. de C.V.).- Puede aumentar o disminuir el tamaño de su capital o el tamaño de su responsabilidad. El beneficio de este es que puede aumentar o disminuir el capital sin tener que dar de baja a la empresa, como sería en el caso de S.A.

  • TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO

    Título de crédito.- Es el instrumento jurídico mercantil que sirve para realizar dentro de la ley actos comerciales formalmente válidos donde existe un derecho y una obligación derivada de dicho acto.

    Dinero.- Título normativo al portador.

    Acción cambiaria.- Es el derecho que se ejerce dentro de un tribunal mercantil para reclamar un título de crédito.

    Algunos de los títulos y operaciones de crédito son:

    • Letra de cambio (Art. 76 L.TOC.)

    • Pagaré (Art. 170 L.TOC.) Este es el mas rígido de todos

    • Cheque (Art. 175 LTOC.)

    • Obligaciones (Art. 208 LTOC.)

    • Certificados de participación (Art. 228 LTOC)

    • Bonos (Art. 229 LTOC)

    • Bono de prenda (Art. 224 LTOC)

    • Certificado de depósito (Art. 229 LTOC)

    • Acción.- es el título de crédito que expiden las sociedades mercantiles para obtener capital, obligándose a devolver el dinero recibido o el valor mercantil de dicha acción al momento que esta sea exigible.

    CONTRATOS

    Son las mas perfectas fuentes de derechos y obligaciones mutuas y recíprocas “el contrato es el instrumento jurídico que sirve para crear derechos y obligaciones mutuas y recíprocas”.

    Convenio.- Es el acuerdo de voluntades que sirve para modificar o extinguir derechos y obligaciones de común acuerdo.

    Tipos de contratos:

  • Contrato de compra-venta.- Transmitir la propiedad de un mueble o inmueble de una persona a otra por una cantidad pactada de común acuerdo. Elementos: Precio, objeto o cosa, el vendedor, el comprador y la entrega.

  • Contrato de fideicomiso.- Este contrato es difícil. Tiene por objeto permitir a través de una institución fiduciaria el aprovechamiento de un derecho en forma limitada, cuyo objeto es llevado a cabo mediante un contrato con cláusulas especiales.

  • Contrato de hipoteca.- Es el contrato por medio del cual se constituye un gravamen sobre un derecho real garantizado con una propiedad. También es un contrato por el cual una persona recibe un crédito en dinero y garantiza su pago con un bien inmueble.

  • Contrato de arrendamiento.- Consiste en permitir el uso, goce y disfrute temporal de un bien mueble o inmueble por un periodo de tiempo determinado mediante el pago de una renta. Transcurrido dicho periodo, el arrendatario debe devolver el bien.

  • Contrato de comodato.-Este contrato consiste en permitir en forma gratuita el uso, goce o disfrute de un bien a una persona quien se obliga a cuidarla y devolverla en el plazo señalado cuando se le requiera. Características: gratuito (ejemplo: refrigeradores de coca cola, holanda, etc.).

  • Contrato de prestación de servicios.- Este contrato se celebra con la finalidad de que una persona le preste a otra un servicio profesional mediante el pago de una cantidad de dinero responsabilizándose de realizar los términos convenido una actividad específica.

  • Contrato de trabajo.- Se da entre un patrón y un trabajador, donde el patrón se obliga a el pago de un salario y de las obligaciones derivadas de ese contrato (el patrón absorbe los gastos de accidentes, riesgos y enfermedades de trabajo), el trabajador se obliga a cumplir las normas laborales que le sean asignadas, a obedecer al patrón, a laborar una jornada, etc. Mediante el pago de un salario.

  • Contrato de permuta.- Es el contrato por medio del cual dos personas deciden intercambiar bienes muebles o inmuebles. Ejemplo: el dueño de una casa la permuta por un terreno con vista al mar.

  • Contrato de crédito.- Consiste en que una persona solicita una cantidad de dinero o un bien mueble o inmueble y se compromete a pagarlo en bonos o en un solo pago con o sin intereses. Elementos: Acreedor, deudor, cantidad y estipulaciones accesorias (multas, intereses, premios, etc.). Este contrato es de buena fe.

  • Código civil.- El código civil contempla la obligación como una resultante de un pacto, convenio o contrato celebrado entre dos o mas personas. La teoría de las obligaciones prevé el incumplimiento de los contratos, la obligación de reparar o compensar un daño según el perjuicio dicho por tal incumplimiento.

    DERECHO DE TRABAJO

    Características de el trabajo en México:

    • Jornada laboral de ocho horas por seis días (Art. 123 de LFT)

    • Se prohíbe el trabajo de menores de edad

    • Se establece protección a la mujer y se le da igualdad en el trabajo

    La relación de trabajo se formaliza mediante un contrato, establece las obligaciones del trabajador y el patrón. El trabajador se obliga a ejecutar y a obedecer las órdenes del patrón. El patrón se obliga a respetar al trabajador, reconocer sus derechos y cumplir sus obligaciones.

    Dentro las obligaciones del patrón se señalan las siguientes:

  • Pagar un salario pactado de común acuerdo

  • Cumplir con las prestaciones que la ley obliga al patrón

  • Respetar el pacto laboral

  • Si no se respetara cumpliera lo pactado o lo que la ley obliga, le da derecho al trabajador de exigirlo ante un tribunal.

    La ley prohíbe que el salario se pague con mercancías.

    El trabajador tiene el derecho a que lo afilien al IMSS (obligatorio).

    La seguridad social se paga de la siguiente forma:

    El patrón paga el 21.75% del salario cuota y el trabajador paga 4.25%.

    Si el trabajador gana el salario mínimo, NO PAGA NADA.

    El trabajador obliga a la ley que pague el 5% a un fondo nacional de vivienda (Infonavit), mas 2% de AFORE.

    Un trabajador en México cuesta el salario, mas aproximadamente 40% mas de Infonavit, aguinaldo, AFORE, etc. (Art. 84 de LFT)

    A los obreros se les debe pagar cada semana y al administrativo en 10,15, 20, etc.

    Nota: En Canadá se dan seis semanas de vacaciones al año

    En Estados Unidos se dan tres semanas de vacaciones al año

    En México se da una semana de vacaciones al año

    En Alemania se dan cuatro semanas de vacaciones al año

    En Italia se dan seis semanas de vacaciones al año

    En Francia, la jornada laboral es de siete horas

    Una empresa, debe pagar lo siguiente a sus trabajadores:

    • Prima dominical (25% del salario diario)

    • Séptimo día (un día de salario)

    • Aguinaldo (15 días de salario)

    • Prima vacacional (25% del tiempo laborado en un año)

    • Reparto de utilidades (10% de utilidad gravable)

    Fórmula del reparto de utilidades V=IT-TDA

    Ejemplo: Si la empresa tuvo de ganancias totales en un año $6,000,000 se le resta la mitad, o sea:

    $6,000,000 - $3,000,000 = $3,000,000

    A estos $3,000,000 se le saca el 10%, o sea:

    $3,000,000 x 0.10 = $300,000

    Estos $300,000 es la cantidad que se va a repartir entre los trabajadores (aguinaldo), según el salario anual y los días laborados de cada uno.

    $300,000 / 2 = $150,000 / $396,000 = 0.3787 = Factor Salario

    $150,000 / 1198 = 125.20 = Factor Tiempo

    Monto a percibir, es igual a A+B, esto es lo que se le tiene que pagar de aguinaldo a cada trabajador.

    ¿Quiénes no pagan reparto de utilidades?

    R = Las empresas nuevas (menos de tres años) y las empresas no lucrativas.

    El trabajador tiene derecho en México de organizarse con todos los trabajadores para la defensa de sus derechos laborales. La ley permite la formación de sindicatos que son agrupaciones de trabajadores y patrones para el estudio, defensa, mejoramiento y protección de sus intereses. Para formar un sindicato se requieren al menos veinte trabajadores y tres patrones.

    Derechos de un sindicato:

  • Derecho a constituirse (organizarse).

  • A elegir libre y democráticamente su mesa directiva

  • Redactar sus estatutos

  • Derecho a la firma de un contrato colectivo

  • Derecho a ejercerla huelga como instrumento de defensa de sus intereses

  • No pueden sindicalizarse:

  • Los empleados de confianza de la empresa

  • Los soldados, policías, etc. (porque representan los intereses del gobierno)

  • Las personas encargadas de funciones importantes de gobierno o de una empresa

  • Coalición.- Derecho de los trabajadores de juntarse y hacer en conjunto una petición al patrón, pero el patrón no tendrá la obligación de dar respuesta a la petición. No es obligatorio jurídicamente, solo son reglas administrativas.

    Obligaciones del sindicato:

  • Defender los derechos de sus agremiados (siempre y cuando sea legalmente posible)

  • Pugnar por el desarrollo intelectual de sus agremiados

  • Obligación de luchar por el mejoramiento socioeconómico de sus agremiados

  • DERECHO DE HUELGA

    Consiste en la suspensión de trabajo en una empresa donde exista un sindicato. Es un derecho reglamentado estrictamente, y debe observarse lo que la ley marca.

    Allanamiento Via desisitimiento

    Sindicato Negociación Arreglo

    Rompimiento

    Contrato Emparamiento Estallamiento Dur. Indefinida

    colectivo

    La huelga no tiene duración, deacuerdo a nuestro derecho.

    Durante la huelga, la empresa no podrá trabajar, ni contratar a otros trabajadores.

    Si se llega a un acuerdo y el patrón es el que desite, deberá pagar a los trabajadores los días transcurridos desde el día en que comenzo la huelga, hasta el día del arreglo.

    Por el contario, si los trabajadores son los que desisten, el patrón no pagará esos días a los trabajadores.

    A parte de la huelga, se pueden presentar otros problemas laborales que son los que provocan las demandas que un trabajador ejerce contra el patrón.

    Si el patrón despide injustificadamente a un trabajador, el trabajador tiene derecho a una indemnización de tres meses de salario, mas otras prestacines que señala el Art. 50 y 51 de la ley.

    Ley Constitucional

    Acto Jurisdiccional Administrativo

    Ley Reglamentaria

    LAPF

    L.S.E.O.A.P.

    Establece un Marco Normativo




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    Idioma: castellano
    País: México

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