PARTES: MARIA CARMENZA YARCE OROSCO/DEMANDANTE CONTRA LA CAJA SOCIAL DE AHORROS Y DATACRÉDITO
TEMA 1: Habeas Data
SINTESIS DE LOS HECHOS RELEVANTES
La Caja Social de Ahorros le canceló a la señora Maria Carmenza Yarce Orosco una tarjeta Credibanco
La Caja Social de Ahorros reportó a Datacrédito que la tarjeta había sido cancelada por mora, pues la demandante no cancelo 25.46 pesos que correspondían a intereses
Tanto la Caja Social de Ahorros como Datacrédito se negaban a borrar de sus archivos la información que la acredita como "deudora morosa"
Lo anterior le ha causado a la señora Yarce graves perjuicios económicos y morales
La demandante solicita que se declare que las dos entidades son responsables del perjuicio económico y moral que le han causado. Igualmente que se condene a Datacrédito a cancelar todas las anotaciones que sobre ella reposen en sus archivos
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
¿La negativa tanto de Datacrédito como de la Caja Social de Ahorros de borrar de sus archivos la información errónea, se considera una violación al derecho de la señora Maria Carmenza Yarce, de rectificar y actualizar la información que se ha recogido sobre ella en los bancos de datos?
TESIS
1. Un ex-deudor moroso de una entidad crediticia no puede permanecer perpetuamente con antecedentes de mora en una banco de datos, por cuanto se estarían violando sus derechos fundamentales
La accionante de tutela no debe permanecer perpetuamente sometida a una especie de ostracismo crediticio.
2. Se viola un derecho fundamental cuando la información presentada es errónea. La información de créditos manejada con verdad y responsabilidad no vulnera la dignidad humana
3. El derecho constitucional al Habeas data comprende los derechos a conocer, actualizar y rectificar las informaciones recogidas en bancos de datos públicos o privados
DECISIÓN
Se ordena a Datacrédito y a la Caja Social de Ahorros a borrar de sus archivos la información errónea de la señora Maria Carmenza Yarce
revocar la sentencia de primera instancia
conceder la tutela impetrada por la señora MARIA CARMENZA YARCE. Ordenar a la Caja Social de Ahorros el pago del daño emergente a favor de la señora MARIA CARMENZA YARCE, así como el pago de las costas del proceso
FALLADOR
Juez Octavo Civil Municipal de Medellín
Juez Tercero Civil del Circuito de Medellín
Corte Constitucional
MAGISTRADO PONENTE
No es un órgano colegiado
No es un órgano colegiado
Hernando Herrera Vergara
FUENTE
No establecida
No establecida
No establecida
SALVAMENTO DE VOTO
No
No
No
ACLARACIÓN DE VOTO
No
No
No
EXTRACTO
"La accionante de tutela no debe permanecer perpetuamente sometida a una especie de ostracismo crediticio o lo que sería peor, a una "capitis diminutio" "
" El derecho constitucional al Habeas data comprende los derechos a conocer, actualizar y rectificar las informaciones recogidas en bancos de datos públicos o privados"