Derecho


Supuestos sociológicos


INTRODUCCIÓN

LECCIÓN 1: LOS SUPUESTOS SOCIOLOGICOS -POLITICOS DEL DERECHO INTERNACIONAL

1.1. Los supuestos del derecho aplicados al Derecho Internacional

Para que surja el derecho ha de existir una sociedad y las relaciones entre esas personas da lugar a un derecho interno, peri si estas relaciones no son dentro de un propio grupo sino de varios, esas relaciones son las que darán lugar a lo que conocemos como Derecho Internacional.

No tofos las sociedades son homogéneas, sobre todo en las sociedades internacionales que se caracterizan por su heterogeneidad “sicu societas sicu ius” (así como en la sociedad será el derecho) es un derecho distinto que se ha de adaptar a como es lo sociológico del Derecho Internacional. El derecho interno emana del estado y tiene sujetos identificados a quienes dirigirse, el sujeto esta sometido a estas leyes, si no las cumple el estado posee un aparato estructurado y coactivo para cumplir las obligaciones.

Scelle denominó La Ley de Desdoblamiento Funcional que quiere decir que los propios estado han de crear y cumplir las norma y han de cumplir su aplicaron. Este derecho presenta altas dificultades para su cumplimiento ya que no posee un aparato estructurado y coactivo para velar su eficacia, sino que existe una voluntariedad que da al Derecho Internacional un carácter mas democrático, ya que si los estados cumplen los tratados o postulados internacionales, lo hacen por propia iniciativa y voluntad y se tiene libertad para decidir si se quiere o no cumplir.

1.2. La descentralización del poder en la sociedad internacional

La sociedad internacional la podemos calificar de primitiva porque es una sociedad que esta deficientemente institucionalizada, no tiene los tres poderes que hablaba Montesquieu, no existe un estado internacional, no existe un parlamento, ni un tribunal, ni legislador a nivel mundial (aunque exista el Tribunal Internacional de la Haya, pero no es obligatoria la existencia, los estados pueden decidir si quieren ser juzgados o no)

Han existido fenómenos de organizaciones como a ONU (1945) con el propósito de institucionalizar distintos cuerpos de Derecho Internacional como el Cuerpo de Seguridad o al Asamblea General. Aún así no podemos afirmar que la sociedad internacional sea una sociedad institucionalizada.

1.3. Sujetos de las relaciones internacionales: estado soberano, organizaciones Internacionales, grupos de presión, los individuos, la Humanidad.

En las relaciones internacionales tiene que existir unos sujetos, pero estos sean ampliado, cuando aparece y se perfila y el Derecho Internacional como tal (Ius Gentimun Romano) , pero realmente aparece con el estado moderno, que se perfila como derecho de gentes y así los sujetos eran los propios estados que se relacionaban entre si, y de estas relaciones dio lugar a unas normas y pautas con el fin de dirigir esas relaciones, se podía considerar como un derecho interno externo.

Aquí vemos que el único sujeto de Derecho Internacional son los estados con su soberanía (es la jurisdicción donde el estado extiende su poder) la soberanía de cada país termina donde comienza la soberanía de otro, así dentro de cada frontera cada estado puede dictar sus propias normas, pero jamás dictar normas para que sean cumplidas en el territorio de otro estado, donde este ejerce su propia soberanía.

Actualmente el estado es el sujeto primario del Derecho Internacional, pero no es el único, ya que han aparecido otros entes con ciertas particularidades actuando en el plano exterior con la misma fuerza que los estados, estos otros sujetos son los siguientes:

  • Organizaciones Internacional: como es el caso de la ONU. Todas ellas vana tenar subjetividad internacional, esto viene dado por una sentencia del tribunal internacional del 11 de abril de 1949.

  • Grupos de Presión: como es el caso de los refugiados que hace que los estados tengan que tomar ciertas posturas como sus movilizaciones, y así la sociedad Internacional se ha de plantear nuevas medidas para solucionar esos problemas.

  • Las Personas: el estado a través de vía diplomática resolvía conflictos entre individuos de 2 estados diferentes, era el estado quien pleitease para resolver ese conflicto, es en el 90% de los casos sigue ocurriendo así, excepto en el tema de los derecho humanos. Aquí el individuo va a tener el 100% de la personalidad Internacional.

  • La Humanidad: se habla como posible sujeto de Derecho Internacional, sobre todo si ponemos la Humanidad en conexión con el tema del medio ambiente, aquí entonces hablamos de humanidad como de Comunidad Internacional. Ejemplo: profundidades de alta mar que la humanidad prohíbe su explotación al considerarse patrimonio de la humanidad.

  • ONG: actualmente están actuando con cierta subjetividad Internacional.

  • Medio Ambiente: posee cierta personalidad Internacional, ya que ejerce presión debido al estado, da lugar a concienciación Internacional, y como resultado tenemos normas internacionales con el fin de que sean cumplidas por cada estado.

  • 1.4. Intereses particulares de los Estados. Supremacía y Dependencia. Coordinación.

    Los estados crean las normas internacionales. No existe un estado por encima de otro, es decir, no existe un estado mundial. En este contexto es difícil crear normas imperativas y, por lo tanto, la mayoría serán normas dispositivas. Si el estado quiere acatará normas o no lo hará.

    Así desde el punto de vista económico, político,… los estados no son iguales, ya que algunos tendrán más poder, serán más grandes, o, por el contrario, más pobres, menos poderosos. Estas grandes desigualdades se veían sobre todo en la época clásica.

    Con respecto a estos intereses particulares de cada estado se va a producir una supremacía, porque una cosa será la teoría y otra la práctica. Así, los más poderosos o fuertes tienen una situación de Supremacía respecto a los más débiles.

    La única forma de evitar esto y conseguir la igualdad entre estados, es que los estados poderosos pacten con los más débiles y así los estados poderosos serán frenados para no quedar mal ante la opinión pública mundial. Esto es el caso de los tratados; al contrario, cuando la opinión pública no entra en el juego el estado poderoso se posiciona en supremacía al resto.

    También hay una relación de Dependencia, la supremacía se ve restringida por una dependencia que tienen, para poder funcionar, los estados poderosos con los estados más desfavorecidos. Esta es la base de los estados desfavorecidos.

    PASOS:

    1.- Coordinación

    2.- Cooperación

    Según SCHNANRERBER habla de 3 clases de relaciones de la sociedad internacional, referentes al poder:

    1.- Ley de Dominación: se encuentran las relaciones de dominación puras donde el estado debe dejarse dominar totalmente; y las relaciones de dominación menos puras donde se permite la colonización.

    2.- Ley de Reciprocidad: los 2 estados tienen un específico parecido y el que lo tiene menor le interesa al estado mayor, y viceversa. Es una situación de interés, de reciprocidad. Ej. época después de la segunda Guerra Mundial y hasta los años 90'.

    3.- Ley de Coordinación: es quizás la más utópica porque sería aquellos estados más poderosos que cedieran en hacer a los más débiles, consiguiendo hablar de la comunidad, humanidad, sociedad que englobara a todos los estados del mundo para solucionar problemas generales olvidando los problema particulares de cada estado.

    1.5. Los intereses globales de la Humanidad. Interdependencia, Solidaridad y Cooperación. La Opinión Pública Mundial.

    Los estados son diferentes por cultura, historia,… son heterogéneos pero, por ej. la normativa del piercing lo califican como homogéneo. Ese individualismo y ese voluntarismo que tiene el estado se va a tener que recortar y de ahí la decadencia. Pasara decadencia respecto a su independencia o su soberanía porque hay cosas que debe solucionar con la ayuda de la comunidad o bien de otros.

    Por ejemplo el problema de medio ambiente es un problema de todos, de la humanidad, no basta con una regulación interna de mi país si el país vecino no la tiene. Ej. Cumbre de la Tierra. Esto son problemas globales de los estados, de la humanidad, otro ejemplo es el terrorismo; son problemas interdependientes. Ej. Restricción en Holanda, los días impares circulan los vehículos de matrículas impares y con los pares pasa lo mismo con los pares; esto fue porque la OPED no le vendía gasolina. A este tipo de restricciones se llaman reglas de Interdependencia.

    La interdependencia cada vez ira a más, esto es fácil de ver por internet o la bolsa. Para esto los estados tienen que ceder con otros estados individualismo mediante negocio o pacto.

    De aquí que hay que echar mano de la Solidaridad, el estado nunca podrá ser solidario porque esta solidaridad reside en los nacionales. Relaciones humanas de diferentes estados son solidarias, por ej cuando hay catástrofes y otro país lejano con poca relación te ayuda o tú lo ayudas a él. Así habrá problemas que sólo se podrán resolver por medio de la solidaridad, como la xenofobia.

    La Cooperación va más allá de la coordinación, esto es la Participación como la gente europea que llego a Galicia en la lucha del chapapote.

    Esto, en teoría es muy bonito; pero una cosa es la teoría y otra la práctica. Aquí es muy importante la Opinión Pública, ya que todos queremos tener una buena imagen. Para los estados miembros esto es un estado de conciencia, ejerce una función sancionadora con respecto de la actuación de los estados.

    Sólo los estados poderosos pueden darle igual tener la opinión publica en contra, pero un país medio no puede. Normalmente estos medios nunca quieren ni se enfrentan a la opinión pública.




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    Enviado por:Ely
    Idioma: castellano
    País: España

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