Derecho
Sociedades
SOCIEDAD EN NOMBRE COLECTIVO
COMO FUNCIONA
Existe mediante una razón social y en la que todos lo socios subsisten de modo subsidiario, ilimitada y solidariamente de las obligaciones sociales.
CARACTERÍSTICAS FUNDAMENTALES
-Existencia de una razón social
-La responsabilidad subsidiaria, ilimitada y solidaria de los socios
Subsidiaria.- hay una persona que responda por ellos en caso de no obtener el pago de la primera
Ilimitada.- es de forma amplísima y sin reconocer un límite.
Solidaria.- es la que se tiene por el total y no solo por una parte.
Esta responsabilidad subsidiaria, ilimitada y solidaria solo se da con 3ros, los acreedores de la sociedad pueden ir en contra de los socios para exigir sus créditos y sobre sus bienes.
BASES DE ORGANIZACIÓN
CARACTERISITACAS DE LA ACTIVIDAD DE LOS SOCIOS
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Funciona como un circulo cerrado
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Los socios no podrán dedicarse a actividades del mismo género ni pertenecer a sociedades de la misma actividad
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Al infractor se sancionará con la exclusión , pagará daños y perjuicios. Tienen 3 meses para sancionarlo a raíz de que sepan
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Los socios no pueden ceder sus derechos, sin el consentimiento de los socios, los cuales tienen el derecho del tanto.
MODIFICACIÓN DEL CONTRATO SOCIAL
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Sólo por el consentimiento unánime de los socios, o si se establece por mayoría.
RESICIÓN PARCIAL DEL CONTRATO SOCIAL
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Por el uso de la firma o capital social para negocios propios
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Por infracción al pacto social
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Por infracción a las disposiciones legales que rigen el contrato social
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Por comisión de actos fraudulentos o dolosos contra la sociedad
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Por quiebra, interdicción o inhabilitación para el ejercicio del comercio
ADMINISTRACIÓN
- Se puede encomendar a todos los socios, individual o conjuntamente o solo a alguno de ellos
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Los administradores son removibles de sus cargos cuando se parte su inmovilidad, sino solo por orden judicial por las causas siguientes: Inhabilidad, dolo o culpa en el desempeño del cargo
SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE
CONCEPTO
Existen dos clases de socios:
Comanditados: están en la misma situación que los socios colectivos (resp. Ilimitada, solidaria, subsidiari)
Comanditarios.- sólo responden de la aportación de su capital
DEFINICIÓN
Es la que existe bajo una razón social, se compone de uno o varios socios, que son los comanditados que responden de manera subsidiaria, ilimitada y solidaria, y de uno o varios comanditarios que únicamente estan obligados al pago de sus aportaciones.
RAZÓN SOCIAL
Opera en una razón social en la que solo figuran los nombres delos socios comanditados. De la razón social debe ir seguida de la indicación de ser sociedad en Comandita
O. Y D. DE LOS SOCIOS
Los comanditados son las mismas que los colectivos, comanditarios solo responden por su capital y solo pueden estar en cargo administrativo por un mes y por muerte o incapacidad.
PARTE SOCIAL
Los comanditarios y comanditados no pueden ceder sus partes sin consentimiento de los demás socios.
JUNTA DE SOCIOS
Las mismas atribuciones que las de la S. Colectiva
ADMINISTRACIÓN
Solo serán los socios comanditados pero por muerte o incapacidad, podrán serlo por 1 mes
VIGILANCIA SOCIEDAD
Estará a cargo de los socios no administradores. Podrán nombrar un interventor
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
FUNCIÓN ECONÓMICA
Permitir que surgan empresa pequeñas y mediana importancia, sin arriesgar la totalidad de su patrimonio.
NOTAS ESENCIALES DE LA SRL
1.- que la totalidad de los socios respondan de las obligaciones de manera limitada
2.-que el conjunto de derecho de cada socio constituya una parte social y no una acción
3.-no figura la clase de nombre que hay que usar , puede ser una razón o una denominación social
DEFINICIÓN LEGAL
Es la que se constituye entre socios que solamente están obligados al pago de sus aportaciones sin que las partes sociales puedan estar representadas por títulos negociables a la orden o al portador pues solo serán sedibles en los casos y requisitos que establece el art. 70
NOMBRE
Puede funcionar bajo una razón social o denominación.
CONSTITUCIÓN Y MODIFICACIONES
La finalidad es proteger al público mediante la constitución de un patrimonio mínimo, que sirva de garantía a las obligaciones sociales .
CAPITAL MÍNIMO $ 3 000 000 .-
NO. DE SOCIOS No más de 50
MODIFICACIONES DE LA ESCRITURA CONSTITUTIVA
Si se van a modificar las obligaciones, debe haber consentimiento unánime de los socios
OBLIGACIONES SOCIOS
Además de las aportaciones necesarias para la integración del capital, pueden estar obligados a realizar aportaciones suplementarias o accesorias.
DERECHO DE LOS SOCIOS
Los intereses, los derechos patrimoniales en términos grales. Son similares a los de la colectiva.
PARTES SOCIALES
Conjunto de derechos de cada socio o cuota cuyo valor a de estar en proporción a lo aportado por el socios
TRANSMISIÓN DE LA PARTE SOCIAL
Esta sujeta a la aprobación de los socios que representan la mayoría del capital social
GRAVAMEN DE LA PARTE SOCIAL
Es aplicable la conclusión de que se puede constituir un gravamen sobre el derecho a las utilidades u a la cuota de liquidación, así como también el derecho de los acreedores del socio esta limitado al embargo dela cuota de liquidación y a las utilidades que arroje el balance.
PRUEBA DEL CARÁCTER SOCIAL el acta constitutiva
INDIVISIBILIDAD Y UNIDAD DE LA PARTE SOCIAL
La parte social son indivisibles salvo lo que se establece en la escritura constitutiva. Unidad, paralelo a la indivisibilidad de la parte social es la unidad. El socio no tiene tantas partes sociales como múltiplos, el conjunto de aportaciones forma la parte social
ASAMBLEA DE SOCIOS
FACULTADES LEGALES
designación y remución de los órganos de la sociedad
examen de la gestión de los administradores, a la adopción de los acuerdos correspondientes
creación, sesión, división y amortización de las partes sociales
la disolución de la sociedad
modificación de la escritura constitutiva
CONVOCATORIA
Debe hacerse por los gerentes a lo menos una vez al año, también el consejo de vigilancia puede hacerlo
QUORUN
Si se trata de asamblea ordinaria es válida con la mitad de los socios. Si la asamblea es extraordinaria, deben estar todos los socios
CELEBRACIÓN POR CORRESPONDENCIA
Se remite a los socios por carta certificada y pueden votar de esta manera.
VOTACIÓN
El voto se concede por proporción al monto de las aportaciones por cada $100
ACTAS
Debe levantarse un acta en la que se haga constar quienes concurrieron en las decisiones tomadas, firmadas por lo menos por el Pte. De la reunión
ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD
Los administradores llevan el nombre de gerente, si la escritura no prevee los socios tendrán tal carácter, sino la asamblea los designa. La gerencia recae sobre un socio o en un socio de la sociedad
FUNCIONAMIENTO DE LA GERENCIA
Hay un solo gerente. Corresponde ala representación de la sociedad semestralmente tend´ra cuentas de su administración. Los gerentes son responsables de daños y perjuicios de su administración
CONSEJO DE VIGILANCIA
Puede estar formado por socios o por personas extrañas, la propia escritura que se establece el consejo de viligancia, fijarán sus atribuciones, duración y remuneración
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE INT. PÚBLICO
LEGISLACIÓN
Regulada por la ley especial del 20/ago/1934
FUNCIÓN ECONÓMICA
Se constituyen cuando se trata de actividades de interes público y particular. Para encauzar actividades de los particulares p revisto en los planes de economía dirigida formulados por el estado.
CONSTITUCIÓN
Entre particulares o productores de la misma rama industrial
NO. DE SOCIOS 5, variabilidad del capital
APORTACIONES no más del 25%
INTERVENCIÓN ESTATAL
Sria. De Comercio y Fomento Industrial Estatal
SOCIEDAD COOPERATIVA
FUNCIÓN ECONÓMICA
Acabar con el intermediarismo, y ese lucro que beneficie a los trabajadores o de quien ellas reciben un bien o servicio
CLASES
PRODUCCIÓN
Los socios se obligan a aprestar sus servicios a la misma empresa explotada por la sociedad y donde no hay asalariados y todos los trabajadores tienen carácter de socios
CONSUMO
Se asocian con el propósito de obtener en común bienes o servicios para ellos y sus hogares
SEGÚN LA DOCTRINA
Hay de habitación, compras en común y ventas en común
TAMBIÉN SE PUEDEN CONFORMAR
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cooperativas de intervención oficial
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federación de cooperativas
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confederación Nacional de cooperativas (min. 10 edos)
SOCIEDAD MUTUALISTA
REQUISITOS
En el ramo de vida no menos de 300 socios. En otras ramas, no se fija el no. De socios. En sentido estricto no tiene capital social pero si el pago de cuotas o primas.
DURACIÓN
Indefinido aunque lo puede hacer por tiempo determinado
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS SOCIOS
Reserva 25% de los remonentes de cada ejercicio (suplir indiferencias)
ASAMBLEA GRAL.
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consejo de admón.. no más de 5 años
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comisionarios
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cuotas anuales
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modificación escritura 80% quórum
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un solo acto por socio
SOCIEDAD ANÓNIMA
Es una sociedad de tipos de capitales. Existe bajo una denominación con un capital social que se divide en acciones, que puede representarse por títulos negociables, y que esta compuesta exclusivamente por socios que solo son responsables por el pago de sus acciones. La denominación se forma libremente y será siempre seguida de las palabras S.A.
-aportación acción limitada
-capital se divide en acciones
-2 socios mínimos
-$50 000 000 capital mínimo
SRIA. DE RELACIONES EXTERIORES DA LOS PERMISOS A LAS SOCIEDADES
CHCP LE DA PERMISO A LA SOC. MUTUALISTA
SOCIEDAD MERCANTIL EN GRAL.
Se requiere la observancia de formas y requisitos para su plenitud de los efectos
CARACTERÍSTICAS
personalidad jurídica
obligaciones y derechos de los socios
negocio jurídico que lo origina
requisitos para la constitución
socios irregulares
PERSONALIDAD DE LAS SOCIEDADES
Tienen personalidad jurídica
CONSECUENCIAS DE LA PERSONALIDAD
capacidad jurídica
patrimonio
nombre
domicilio
nacionalidad
CAPACIDAD JURÍDICA
De goce y de ejercicio
PATRIMONIO
Patrimonio social y capital social
PATRIMONIO SOCIAL
Es el conjunto de bienes y derechos de la sociedad con deducciones de sus obligaciones
CAPITAL SOCIAL
Es la cifra en que se estima la suma de obligaciones de dar de los socios y señala el nivel mínimo que debe alcanzar el patrimonio para que los socios disfruten de sus ganancias
INTANGIBILIDAD DEL CAPITAL SOCIAL
Es una norma protectora en la reducción del capital
NORMAS PROTECTORAS
-Publicación
-Fidelidad del balance
-Intangiblidad del Capital social
-Reservas legales
RELACIONES ENTRE LA SOCIEDAD Y LOS SOCIOS
La sociedad una absoluta separación de las personas que la constituyen. Una absoluta distinción entre la persona sociedad y las personas de los socios.
ACREEDORES SOCIALES FRENTE A LOS SOCIOS
Que el socio nuevo tiene la obligación de pagar su responsabilidad actual y posterior
OBLIGACIONES DE LOS SOCIOSN
Aportación del capital. Aportación de los bienes necesarios para realizar el propósito o su objetivo
APORTACIONES
En dinero, bienes distintos al numerario: muebles, inmuebles, simples o compuestos, corporales e incorporables, propiedad de la cosa o el usufructo. Aportaciones de crédito
APORTACIÓN INDUSTRIAL
La realizan los socios industriales como producto de una obligación de hacer
DERECHO DE LOS SOCIOS
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los de contenido patrimonial reparto de utilidades, entrega de una parte del patrimonio de la sociedad al disolverse esta
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de carácter corporativo poder para integrar los órganos de la sociedad
ACTOS LEONINOS
No producirán efectos legales en loas estipulaciones que excluyan a uno o más socios de la participación de ganancias
PARTES DE INTERES Y ACCIONES
La parte de interés frente a la acción es aquella que no puede transmitirse sin el consentimiento de los otros socios que en todo caso tiene el derecho del tanto
REQUISITOS DEL NEGOCIO CONSTITUTIVO
-Acuerdo de voluntades, consentimiento de las partes y el objeto de sus obligaciones
- licitud de los fines y vicios del consentimiento
FORMAS DEL NEGOCIO
Tiene que ser ante el notario público
REQUISITOS DEL ACTA DEL NOTARIO
lugar y fecha en que se otorga
firma de los otorgantes
nacionalidad de los socios , nombre y domicilios
nombre y firma y sello del notario
DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD
La disolución es la cesación de sus actividades, después viene un periodo de liquidación. A pesar de la disolución conserva su personalidad jurídica hasta que este concluida su liquidación.
CAUSAS
expiración del término fijado
imposibilidad de seguir realizando el objeto o consumación de esta
acuerdo de los socios de acuerdo con la ley
que el número de sesiones llegue a ser el mínimo que la ley establece o que las partes de interés se reunan en una sola persona
perdida de las 2 terceras partes del capital social
FUSIÓN Y TRANSFORMACIÓN DE LAS SOCIEDADES
Seda para evitar la competencia entre sociedades del mismo género y constituirse en un capital mas fuerte
ESCISIÓN
Consiste en que a una sociedad se le denomina escidente divida la totalidad o parte de su activo, pasivo y capital social en dos o más partes o que se aporten en bloque de otras sociedades de nueva creación denominadas escindidas.
ORGANOS DE LAS SOCIEDADES
-
los de soberania
-
org. De gestión
-
org. De control y vigilancia
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Enviado por: | Bubiz |
Idioma: | castellano |
País: | México |