Hasta la concurrencia de las ganancias no percibidas
Se limita a la integración de las cuotas que suscriban o adquieran, y garantizan solidaria e ilimitadamente a los terceros la integración de dichos aportes.
Número máximo de socios: 50
Se limita a la integración de las acciones suscriptas
Comanditados:
Subsidiaria
Ilimitada
Solidaria
comanditarios:
Sólo al capital que suscriben. El único q' se representa por acciones.
Denom. Social
“Sociedad Colectiva” o SC
“Sociedad en Comandita Simple” o SCS
“Sociedad de Capital e Industria” o SCI
“Sociedad de Responsabilidad Limitada” o S.R.L.
“Sociedad Anónima” o S.A.
(Ver anexo s/ constitución)
“Sociedad en Comandita por Acciones” o SC A
Razón Social
“Nombre” de alguno o todos los socios, + “Y Cia.”
“Nombre” de alguno o todos los socios comanditados,
“Y Cia.”
No podrá figurar el nombre del socio industrial
“Nombre” de alguno/s o todos los socios + “S.R.L.”, que debe figurar obligatoriamente.
Puede contener el nombre de personas de existencia visible + SA (Obligatorio)
“Nombre” de alguno o todos los socios, + “Y Cia.” + SCA (obligatorio)
Composición del Capital/Aportes
Delcomanditario: Obligaciones de dar
Se divide en cuotas de igual valor ($10 o sus múltiplos)
Aportes en dinero / especie (Ver anexo) Cambios si supera los $2100000 (Ver anexo)
Se representa por acciones.
Suscripción, monto y forma de integración del capital, según contrato
Ver anexo
Comanditado: Aportes
Comanditario: Acciones
Administración y Representación
Régimen regido por el contrato o
Cualquiera de los socios.
A. Indistinta: pueden realizar indistintamente cualquier acto de administración
A. Conjunta:
ninguno puede obrar individualmente
Socios comanditados o terceros que se designen
Cualquiera de los socios.
El contrato debe determinar la parte del socio industrial en los beneficios sociales, sino, se fijará judicialmente
Uno o más gerentes, socios o no, designados por tiempo determinado o indeterminado en el contrato constitutivo o posteriormente.
Si la gerencia es plural, el contrato podrá establecer las funciones de c/u o imponer la administración conjunta.
En el contrato constitutivo figurará la elección y duración de los cargos de:
Directores
Síndico
Órgano de administración
Órgano de fiscalización
Podrá ser unipersonal
Socio comanditado o tercero
Tiempo de duración en el cargo fijado por el estatuto
Asamblea (ver anexo)
Adopción de resoluciones sociales
Toda modificación del contrato requiere el consentimiento de todos los socios.
Las demás resoluciones se adoptarán por mayoría (absoluta de capital)
Idem SC
Los socios comanditarios tienen voto en la consideración de los estados contables y para la designación del administrador
Idem SC
Se computan a los efectos del voto como capital del socio industrial al del capitalista con menor aporte.
Para las que tengan por objeto la modificación de la sociedad:
Según contrato, o
Por el voto de los socios, comunicado a la gerencia dentro de los 10 días de habérseles consultado o
Declaraciónescrita en la que todos los socios expresan el sentido de su voto
La mayoría debe representar como mínimo más de la mitad del capital social, si no está regulado en el contrato, se requiere el voto de las tres cuartas partes.
Las demás resol. Sociales se adoptarán por mayoría de cap. presente en la asamblea
Cada suscriptor tiene derecho a tantos votos como acciones haya suscripto e integrado. Las decisiones se adoptarán por mayoría de los suscriptores presentes que representes no menos de 1/3 del cap. Suscripto con derecho a voto
Sociedad Colectiva
Sociedad en Comandita Simple
Sociedad de Capital e Industria
Sociedad de Responsabilidad Limitada
Sociedad Anónima
Sociedad en Comandita por Acciones
remoción del administrador /Renuncia
El adm. puede ser removido por decisión de mayoría,
Aunque fuere socio, puede renunciar, pero responde de los perjuicios que ocasione si la renuncia fuese dolosa o intempestiva
Idem SC
El socio comanditario podrá pedirla judicialmente si representa más del 5% del capital.
El socio comanditado removido de la administ. podrá retirarse de la sociedad o convertirse en comanditario.
Actos que pueden realizar los socios
Comanditarios:
Examen
Inspección
Vigilancia
verificación
Opinión
Consejo
Prohibiciones a los socios
Realizar por cuenta propia o ajena actos que importen competir con la sociedad*
Comanditarios:
Inmiscuirse en la administración
Ser mandatario
Gerentes: Realizar por cuenta propia o ajena actos que importen competir con la sociedad*
El socio administrador tiene voz pero no voto en cuanto a:
Elección y remoción del síndico
Aprobación de la gestión o responsabilidad de los administradores y síndicos.
Sanciones a las prohibiciones
Exclusión del socio
Incorporación de los beneficios obtenidos
Resarcimiento de los daños
Quiebra/muerte/incapacidad de los socios
Del socio comanditado:
El socio comanditario puede realizar los actos urgentes que requieran la gestión mientras se regulariza la situación.
Del socio capitalista:
El socio industrial puede realizar los actos urgentes que requieran la gestión mientras se regulariza la situación.
Incorporación de los herederos:
Si el contrato previera la incorporación de los herederos del socio, el pacto será obligatorio para éstos y para los socios. Hasta que acrediten su calidad de herederos, serán representados por el administrador de la sucesión.
* Salvo consentimiento expreso y unánime de los consocios