Relaciones Laborales y Recursos Humanos


Servicio Nacional de Capacitación y Empleo de Chile


INACAP - SANTIAGO CENTRO - ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS

Junio de 2001

ÍNDICE

INTRODUCCIÓN -------------------------------------------------------------------------------- 01

LEY 19518 ----------------------------------------------------------------------------------------- 02

DEFICINICIÓN DEL SENCE ------------------------------------------------------------------ 03

CAPACITACIÓN POR INTERMEDIO DEL SENCE -------------------------------------- 04

OTEC ----------------------------------------------------------------------------------------------- 04

OTIC ------------------------------------------------------------------------------------------------ 05

OMIL ----------------------------------------------------------------------------------------------- 05

FONDO NACIONAL DE CAPACITACIÓN ------------------------------------------------ 07

PROGRAMAS DE EMPLEO CREADOS POR EL SENCE ------------------------------- 08

CRÉDITOS POR GASTOS DE CAPACITACIÓN ----------------------------------------- 10

CONCEPTO DE FRANQUICIA --------------------------------------------------------------- 10

ANEXOS ------------------------------------------------------------------------------------------- 12

CONCLUSIONES -------------------------------------------------------------------------------- 18

CITAS ---------------------------------------------------------------------------------------------- 19

INTRODUCCIÓN

Debido a las necesidades de conocimientos y habilidades (competencias), actuales y futuras de la organización, se ha hecho imprescindible la capacitación. Además de que los cambios que enfrenta la sociedad actual y el creciente avance de la tecnología, han influido en el ser humano, creando una “sed inagotable de conocimientos”.

La organización, a través de la capacitación, apoya a sus miembros para desempeñar su trabajo actual y para ocupar cargos determinados, sus beneficios pueden prolongase a toda su vida laboral y pueden colaborar en el desarrollo de esa persona para cumplir nuevas responsabilidades.

Podríamos decir además que la capacitación se relaciona con el “hacer actual” del empleado dentro de la organización, y el desarrollo con aspectos del “ser” que le permiten y le facilitan en el mundo de hoy alcanzar conocimientos necesarios para enfrentar desafíos futuros.

La capacitación se ha convertido hoy en día en la principal fuente generadora de valor, con lo cual constituye una de las mejores inversiones en recursos humanos.

En 1976 el gobierno y el Ministerio del trabajo crearon el “Servicio Nacional de Capacitación y Empleo” (Sence), el cual tiene como misión fundamental el desarrollar y promover programas, proyectos y mecanismos que permitan al trabajador acceder a medios de capacitación, otro objetivo al cual esta abocado es el de encontrar nuevos puestos de trabajo, mejorando las posibilidades de inserción laboral. También el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo diseña y ejecuta acciones encaminadas a fortalecer el funcionamiento de las Oficinas Municipales de Información Laboral (OMIL), a través de apoyo técnico para mejorar su gestión, capacitar a su personal y extender su cobertura.

Además de las funciones ya mencionadas y conocidas por todos, el Sence asesora al Ministerio del Trabajo y Previsión Social en todos los asuntos relacionados con las materias legales.

El Sence, ha creado numerosos e innovadores programas teniendo como finalidad principal; fiscalizar, incentivar, subsidiar y desarrollar las políticas fijadas por el Presidente de la República, a través del Ministerio de Trabajo y Previsión Social.

De acuerdo a la crisis por la cual está pasando nuestro país, el Sence ha usado todos sus recursos y capacidades para apoyar a aquellas familias en las que uno o más de sus miembros están cesantes. Ha creado programas que han permitido a gran cantidad de personas, contar con herramientas necesarias para que en momentos críticos, puedan hacer frente al mundo laboral actual. Teniendo siempre en mente que la mejor forma de acceder al mercado del trabajo será, LA CAPACITACIÓN.

LEY 19.518 DEL SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACIÓN Y EMPLEO

Ley publicada en el Diario Oficial el 14 de octubre de 1997. Desde el artículo 82 al artículo 88. Esta Ley fue aprobada por el Congreso durante el gobierno del Presidente Eduardo Frei Ruiz-Tagle.

Definición del organismo Sence del punto de vista legal:

El Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, es un organismo técnico del estado, funcionalmente descentralizado. Este organismo está sometido a la supervigilancia del Presidente de la República, a través del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Atribuciones del Servicio Nacional de Capacitación

  • Recabar, procesar y difundir información relevante para el funcionamiento eficiente del Sistema de Capacitación.

  • Desarrollar programas y campañas de difusión y promoción de la capacitación.

  • Diseñar, formular, desarrollar y evaluar instrumentos de fomento para el desarrollo del Sistema de Capacitación.

  • Proporcionar orientación ocupacional a los trabajadores en conformidad a lo previsto en la presente ley.

  • Otorgar las autorizaciones y practicar las inscripciones a que se refieren los artículos 19, 21 y 23 de la presente ley.

  • Supervigilar los programas de capacitación que desarrollan las empresas, autorizar y fiscalizar el uso de los incentivos y subsidios establecidos para ese fin, en conformidad a lo dispuesto en esta ley.

  • Desarrollar, evaluar, supervigilar y fiscalizar los programas y acciones de capacitación laboral que contempla el Fondo Nacional de Capacitación, a que se refiere el Párrafo 5 del Título I de la presente ley.

  • Elaborar y ejecutar los programas de acción necesarios para el cumplimiento de las funciones indicadas precedentemente, de acuerdo a las políticas fijadas por el Presidente de la República a propuesta del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

  • Celebrar convenios con organismos públicos, privados, autónomos, nacionales, internacionales o extranjeros conducentes al cumplimiento de sus fines.

  • Asesorar al Ministro del Trabajo y Previsión Social en todos los asuntos relacionados con las materias de que trata este cuerpo legal.

  • Cumplir las demás funciones que le asigna esta ley.

  • ¿ QUÉ ES EL SENCE?

    Él Servicio Nacional de Capacitación y empleo, SENCE, es un organismo técnico del Estado, dependiente del Ministerio del Trabajo y Previsión Social de Chile, que tiene por objetivo promover el desarrollo de las competencias laborales de los trabajadores, a fin de contribuir a un adecuado nivel de empleo, mejorar la productividad de los trabajadores y las empresas, así como la calidad de los procesos y productos.

    La entidad inició sus actividades en 1976, luego de dictado el Estatuto de Capacitación y Empleo. La iniciativa marcó un hito fundamental respecto de la función del Estado e la formación laboral de los adultos, pasando de una condición de operador directo a otra de regulador y cofinanciador de actividades de capacitación, demandas por las empresas y ejecutadas por otros organismos privados.

    Las principales directrices de SENCE son la administración el mecanismo de incentivo a la demanda de capacitación de las empresas a través de una Franquicia Tributaria y la coordinación de Programas de Becas de capacitación, dirigidos a sectores sociales con menores oportunidades. Éstos programas se ejecutan a través de organismos capacitadores, universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica.

    En la actualidad, la labor del SENCE se centra en ampliar la cobertura de los programas a intensificar las acciones de capacitación de las empresas, promoviendo la participación conjuntan y equitativa de empresarios y trabajadores. Asimismo, se ha hecho hincapié en la calidad de los cursos y la información sobre el sistema. Para contribuir al cumplimiento de estos fines, el Congreso Nacional de Chile aprobó en 1997 y por unanimidad, un nuevo Estatuto de Capacitación y Empleo ( Ley Nº 19.518 ). Ésta normativa introdujo una serie de modificaciones y nuevos instrumentos tendientes a modernizar y proyectar en el futuro el Sistema de Capacitación Chileno.

    LOS ACTORES DEL SISTEMA DE CAPACITACIÓN CHILENO

    El Estado:

    El papel del Estado está regulado por la normativa legal, y opera básicamente a través del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, SENCE, que coordina el funcionamiento de todos los actores implicados en la capacitación y que fiscaliza el cumplimiento de las normas que la rigen.

    El Estado incentiva el desarrollo de las actividades de capacitación mediante el uso de la franquicia tributaria. A su vez financia programas públicos de becas de capacitación para trabajadores que no tienen acceso a los programas en las empresas.

    Las Empresas:

    Realizan programas de capacitación en el marco de la franquicia tributaria e implementan prácticas laborales para los programas sociales de capacitación que así lo requieran.

    El SENCE:

    Le competen las siguientes funciones:

    • Supervigilar el funcionamiento del sistema de capacitación y difundir la información publica relevante para el funcionamiento eficiente de los agentes públicos y privados que actúan en dicho sistema.

    • Estimular las acciones y programas que desarrollen las empresas, a través de la aplicación del incentivo tributario, y administrar programas de becas de capacitación.

    • Promover y coordinar actividades de orientación ocupacional a los trabajadores. Así como, fomentar la calidad de los servicios que prestan las instituciones intermedias y ejecutoras de capacitación.

    LOS PROGRAMAS SOCIALES DEL SENCE

    El SENCE administra un conjunto de programas de becas de capacitación destinados a sectores sociales de escasos recursos y con problemas de inserción laboral, con el fin de mejorar sus competencias laborales y facilitarles el acceso a un empleo o actividad de carácter productivo. Estos programas se financian a través del Fondo Nacional de Capacitación. ( Foncap ).

    Entre los programas sociales se destacan :

    • Programa laboral de jóvenes.

    • Chile Joven

    • Programa para las mujeres jefas de hogar

    • Programa de asentamiento Precario ( Chile Barrio )

    Además, se implementan programas laborales para discapacitados, trabajadores de micro y pequeñas empresas, tripulantes y eventuales, sector pesquero y portuario.

    CAPACITACIÓN POR INTERMEDIO DEL SENCE

    ¿Dónde y cómo opera?

    La empresa cuenta con cuatro mecanismos para acceder a la capacitación del personal.

    Capacitación Directa:

    Es la que realiza la propia empresa en beneficio de los trabajadores, a través de relatores internos y externos.

    Capacitación a través de “Organismos Técnicos de Capacitación” (OTEC):

    Autorizados por el Sence para dar servicio de capacitación; Universidades, Institutos Profesionales, Centros de Formación Técnica, Liceos Técnicos Profesionales, etc... Estos organismos pueden ser contratados directamente por las empresas y además pueden concursar para ejecutar programas de becas del Sence.

    Capacitación a través de “Organismos Técnicos Intermedios de Capacitación” (OTIC):

    Son corporaciones privadas sin fines de lucro reconocidos por el Sence, cuyo objetivo principal es administrar los recursos destinados a la capacitación que las empresas adheridas o asociadas sectorial entregan. Estas, por lo general, son medianas y pequeñas empresas. Son organismos que no pueden realizar capacitación en forma directa; sólo actúan como intermediarios entre las empresas y los organismos capacitadores. Los aportes que reciben los Otic de las empresas pueden considerar gastos de capacitación, para efectos de aprovechar la franquicia tributaria. Las empresas pueden asociarse libremente a un Otic según sus intereses particulares.

    Intermediación laboral “Organismos Municipales de Intermediación Laboral” (OMIL)

    El objetivo es desarrollar y promover programas, proyectos y mecanismos de intermediación laboral que contribuyan a obtener un adecuado nivel de empleo y movilidad laboral de los trabajadores.

    La misión del Sence es:

    • Facilitar la integración de los grupos más desfavorecidos al mundo del trabajo.

    • Mejorar la empleabilidad de los trabajadores menos calificados, perfeccionando los programas de capacitación e intermediación laboral.

    • Fortalecer la vinculación institucional con otros actores del sistema de intermediación laboral (Omil, Otec, empresas) y responder efectivamente a las demandas de mano de obra.

    Objetivos específicos:

    • Diseñar, ejecutar y controlar acciones encaminadas a fortalecer la capacidad de gestión y cobertura de las oficinas municipales de información laboral (Omil), con el propósito de consolidar servicios eficientes de empleo e intermediación laboral.

    • Administrar un programa de reinserción laboral cuyo propósito será apoyar la reinserción de los trabajadores desplazados o en riesgo efectivo de serlo que pertenezcan a los sectores o actividades en crisis identificadas por decreto supremo de reconversión para un sector o actividad económica.

    • Diseñar y administrar el programa de reentrenamiento laboral para trabajadores que perciben ingresos cercanos al salario mínimo con el objeto que logren una efectiva movilidad laboral, a través de la colocación de un nuevo puesto de trabajo o del mejoramiento de condiciones salariales en su actual puesto.

    • Diseñar programas de formación y capacitación ocupacional destinados a mejorar las competencias laborales y posibilidades de inserción o reinserción de los trabajadores sean estos activos o desocupados.

    Modalidades de Procesos de Capacitación

    Pre-contrato

    Corresponde a la posibilidad que tienen las empresas de contratar los servicios de capacitación por organismos técnicos de capacitación, para los efectos de capacitar a las personas antes de la vigencia de una relación laboral, es decir, a personas que requieren ser contratadas en un futuro próximo y que por lo tanto, al momento de participar en el proceso de capacitación no son trabajadores de la empresa.

    ¿Quiénes pueden acceder a esta modalidad?

    Las empresas que tributen en la primera categoría del impuesto a la renta y eventuales trabajadores sin límite de edad u otra característica.

    ¿Qué trámites deben realizar?

    Las empresas deberán completar un formulario único y presentarlo en las oficinas del Sence antes del inicio del curso, adjuntando un contrato de capacitación suscrito con el eventual trabajador, y posteriormente informar al Sence del término del curso adjuntando copia del documento de pago.

    ¿Cuáles son las obligaciones de un contrato de capacitación?

    • Los empresarios se comprometen a entregar por medio de la Otec, las competencias y destrezas laborales requeridas para desempeñar una actividad laboral en la empresa.

    • Los trabajadores se comprometen a cumplir dicho programa en las condiciones establecidas en el contrato.

    • La vigencia de este contrato y sus prórrogas no podrá exceder los dos meses y no podrá celebrarse entre las mismas partes más de una vez dentro de un mismo año calendario.

    ¿Qué debe establecer un contrato de capacitación?

  • Fecha de celebración del contrato.

  • Individualización de las partes.

  • Indicación del programa de capacitación que desarrollará el eventual trabajador en un organismo capacitador.

  • La vigencia del contrato no podrá exceder los dos meses consideradas sus prórrogas.

  • Contrato

    Es el proceso de capacitación que lleva adelante la empresa con los trabajadores que tienen contrato vigente y forman parte de la planilla anual de remuneraciones, por lo que a su respecto se cumple con las obligaciones de imposiciones previsionales.

    Post-contrato

    Corresponde al proceso de capacitación que pueden efectuar las empresas para trabajadores que dejarán de pertenecer a éstas en un futuro inmediato (Desvinculación asistida).

    ¿Quiénes pueden utilizar este instrumento de capacitación?

    Las empresas que tributen en la primera categoría del impuesto a la renta y los trabajadores cuya última remuneración en la empresa no exceda 25 UTM.

    ¿Qué trámites se deben realizar?

    La empresa debe comunicar mediante el formulario único y presentarlo en la oficina del Sence, a lo menos un día antes del término de la vigencia del contrato de trabajo del beneficiario, adjuntando copia del finiquito de trabajo u otro documento que acredite el término de la relación laboral.

    Posteriormente deberá informar al Sence del término del curso adjuntando copia del documento de trabajo.

    ¿Cuánto tiempo puede durar esta acción de capacitación?

    La duración de este proceso no podrá acceder el plazo de tres meses contados desde la fecha de término del contrato de trabajo.

    FONDO NACIONAL DE CAPACITACION

    Subsidios Directos Para Las Mypes

    Es un subsidio directo, diseñado especialmente para las pequeñas empresas, hasta un monto anual de 26 UTM, lo que equivale a más de 160 horas de capacitación.

    ¿Cómo opera?

    • La propia empresa decide los cursos de capacitación que requiere contratar, así como el organismo capacitador y los horarios en que éstos se realizarán.

    • Las condiciones del contrato se establecen directamente entre la empresa y el organismo capacitador.

    • La empresa presenta su documentación en las oficinas regionales del Sence.

    • Se asigna el subsidio a las empresas beneficiarias que cumplan con los requisitos establecidos. El Sence paga directamente a los organismos capacitadores que hayan sido elegidos por la empresa. Paga hasta el 80% del valor hora Sence (3.800) o el valor hora efectivo si fuese menor que el anterior.

    ¿Quiénes pueden acceder a este subsidio?

  • Los trabajadores, administradores o dueños de empresas que cumplan con los siguientes requisitos empresas que tributen en la primera categoría de la ley del impuesto a la renta.

  • Empresas cuyas ventas o servicios anuales no excedan a 13.000 UTM.

  • Empresas que registren un ejercicio continuo de a lo menos 18 meses.

  • Empresas que no tengan como socios a otras personas jurídicas.

  • A empresas que no hayan incurrido en infracciones tributarias ni laborales graves, en los 18 meses anteriores a la solicitud del beneficio.

  • Contrato de Aprendices

    Subsidio entregado directamente por Sence para financiar al contratación y capacitación de aprendices. La bonificación es del 40% de un IMM (ingreso mínimo mensual) por aprendiz, más financiamiento de la enseñanza relacionada (hasta 10 UTM), relación máxima del contrato dos años. El financiamiento será hasta por un año, y está destinado a jóvenes menores de 21 años (y 24 años en caso de discapacitados).

    Programa de Capacitación Para Jóvenes

    Financiamiento directo, cuando estas acciones sean emprendidas por instituciones privadas sin fines de lucro y que cumplan con las exigencias del Sence, y está destinado a jóvenes de escasos recursos.

    Desarrollo de Estudios

    Estudios destinados al perfeccionamiento y modernización del sistema de capacitación. Ejecución de estudios investigación de actividades experimentales en capacitación.

    Programa Extraordinario de Becas

    Licitación pública o privada a solicitud de autoridades públicas, federaciones y confederaciones sindicales, Otic, Asociaciones gremiales. Beneficia a personas de zonas o localidades que lo requieren por circunstancias especiales.

    Capacitación en el Extranjero

    Fondo concursable beneficia a trabajadores de empresa e instructores de Organismos técnicos de capacitación.

    PROGRAMA DE EMPLEOS CREADOS POR EL SENCE

    Chile Joven

    Este programa tiene tres modalidades:

  • Capacitación y experiencia laboral en empresas: Entrega conocimientos para desarrollar un oficio semicalificado más la práctica. Cuenta con 250 horas teórico prácticas, Tres meses de experiencia laboral, subsidio para movilización y colación, seguro de accidentes personales.

  • Habilitación para la creación de microempresas: Entrega el conocimiento necesario para el manejo de pequeños negocios independientes. Cuenta con 250 horas teórico prácticas. Desarrollo de un proyecto productivo o trabajo por cuenta propia. Subsidio para movilización y colación y seguro de accidentes personales

  • Aprendizaje alternado con entrenamiento en la empresa a cargo de un maestro guía: El te ayudará a conocer de manera real el oficio que vas a desempeñar. La capacitación dura entre seis meses y un año, contrato de trabajo a plazo fijo y un ingreso mínimo mensual (IMM).

  • Anexo Nº 1

    Info Joven

    Es una novedosa forma de encontrar trabajo vía Internet. Consiste en una bolsa de empleo desarrollada por el Sence, que permite a las personas buscar y encontrar trabajo.

    Las empresas ingresan sus ofertas y necesidades laborales. Esto permite buscar el personal requerido a través de una variada oferta de curriculum ingresados al sistema. Además de ingresar una oferta de empleo a la bolsa electrónica la que será conocida por miles de personas, permitiendo revisar las ofertas de trabajo de la empresa seleccionando aquellas que sean más acordes al cargo que se desee ocupar.

    Se puede acceder a este sistema a través de las oficinas municipales de información laboral (OMIL), que cuenten con el servicio, o directamente de cualquier computadora habilitado con Internet en la dirección www.sence.cl (hacer clic en info joven).

    Este mecanismo otorga además una orientación laboral para jóvenes, entrega técnicas para conseguir empleo, la forma de elaborar un curriculum y como abordar una entrevista de selección de personal. También informa en lo relativo a la normativa laboral vigente como son:

    • El contrato de trabajo.

    • La jornada de trabajo.

    • Los descansos y feriados.

    • La remuneración.

    • La protección a la maternidad.

    • La protección a la salud.

    • El servicio militar obligatorio.

    • El despido o término de la relación laboral.

    • Los derechos sindicales.

    Programas jefas de hogar

    Este programa otorga los siguientes beneficios:

    Capacitación en un oficio: Esta capacitación se realiza en horario nocturno para aprender un oficio.

    Práctica Laboral: Luego de la capacitación se realizará una práctica laboral en una empresa con una duración de 3 a 4 meses.

    Empleo: Pudiendo el beneficiario trabajar por su cuenta o también como dependiente de una empresa.

    Seguro: Este seguro contempla accidentes personales y un subsidio durante todo el periodo del curso.

    Anexo Nº 2

    Programa de Reentrenamiento Laboral Para Trabajadores que Perciben Ingresos Cercanos al Salario Mínimo

    Este programa desea lograr una efectiva movilidad laboral, a través de la colocación de un nuevo puesto de trabajo con una remuneración mayor, de carácter estable o del mejoramiento de las condiciones salariales en el actual puesto de trabajo de los beneficiados. Para ello, el beneficiario participa de un programa personalizado, diseñado según sus capacidades, habilidades, y competencias con el fin de lograr un efectivo aumento de su productividad y un significativo aumento en sus ingresos.

    Pueden participar trabajadores hombres y mujeres que perciban ingresos cercanos al salario mínimo.

    Anexo Nº 3

    Programa de Reinserción Laboral

    Este programa tiene como objetivo lograr la reincorporación al mercado del trabajo de un número de beneficiarios identificados, a través de la obtención de un nuevo empleo de carácter dependiente o independiente y que resulte en ingresos sostenidos y permanentes. Los objetivos serán; mejorar su capacidad para movilizarse autónomamente en el mercado laboral y generar ingresos, mediante la colocación en un nuevo puesto de trabajo de carácter dependiente o independiente.

    Pueden acceder a este programa trabajadores hombres y mujeres que han desarrollado habilidades especiales asociadas a una actividad o zona geográfica, y quedarán económicamente obsoletas.

    Anexo Nº 4:

    CRÉDITO POR GASTOS DE CAPACITACIÓN.

    Concepto de la franquicia:

    La franquicia tributaria que establece la ley 19.518, sobre Estatuto de Capacitación y empleo, consiste en que los contribuyentes de la Primera Categoría de la ley sobre Impuestos a la Renta, podrán descontar como crédito del impuesto de dicha categoría, los gastos incurridos en el financiamiento de programas de capacitación ocupacional a favor de sus trabajadores, desarrollados en el territorio nacional. También procederá la referida franquicia cuando el contribuyente no se encuentre afecto al impuesto de Primera Categoría por una situación de Pérdida Tributaria en el ejercicio comercial respectivo o se encuentre exento del citado tributo.

    Elementos que comprende el concepto de “costos directos “

    Se entenderá por costos directos de una actividad o curso, las sumas pagadas por las empresas a los organismos técnicos de capacitación, hasta el monto autorizado por el Servicio Nacional por la Capacitación de su personal, siempre que exista constancia del comprobante de pago de la prestación de los servicios, o bien, el total del aporte realizado por la empresa a un organismo técnico intermedio para capacitación.

    Las empresas sólo podrán imputar como costos directos de los gastos en que incurran con ocasión de programas de capacitación que desarrollen por si mismas o que contraten con los organismos inscritos en el registro Nacional de Organismos técnicos de Capacitación, y los aportes que las empresas adherentes efectúen a los organismos técnicos intermedios para capacitación.

    Monto adicional que las empresas pueden imputar a la franquicia tributaria.

    Las empresas que cuenten con un comité bipartito de capacitación ( conformación obligatoria de este órgano en toda empresa que iguale o supere los 15 trabajadores y cuya función es acordar y evaluar él o los programas de capacitación de la empresa ) Y realicen sus actividades a través de los organismos Técnicos intermedios para capacitación, podrán descontar o imputar a la franquicia tributaria hasta un 20% adicional de los cotos directos anuales incurridos por cada acción de capacitación, debidamente autorizada, en la medida que no supere el costo efectivo, considerando los niveles de franquicia que le corresponden a cada participante de acuerdo a sus niveles de remuneración.

    Sumas que las empresas no pueden imputar como costos directos de las acciones de capacitación.

    • El pago de las remuneraciones de los trabajadores por el tiempo que éstos destinen a su capacitación.

    • Las sumas pagadas a los organismos capacitadores cuyos trabajadores no hayan cumplido con una asistencia mínima del 75% de las horas totales del curso.

    Casos en los cuales los gastos de capacitación sólo pueden imputarse parcialmente como costos directos de la franquicia.

    Existen dos casos en que los gastos efectuados para el financiamiento de programas de capacitación sólo pueden aprovecharse parcialmente como crédito contra el impuesto de Primera Categoría, debiendo la empresa, considerar la diferencia de los costos de los programas de acciones de capacitación.

    • Las empresas deberán soportar, en un caso el 50% de los gastos de capacitación cuando esta fuera impartida a trabajadores cuyas remuneraciones imponibles individuales mensuales excedan las 25 UTM y no superen las 50 UTM.

    • Y en el otro caso, el 85% de los costos de capacitación, cuando este hubiese sido impartida a trabajadores cuyas remuneraciones individuales mensuales superen las

    50 UTM.

    Límite hasta el cual se aceptan como crédito los gastos de capacitación.

    La suma máxima a descontar por concepto del crédito por gastos de capacitación, no podrán exceder del 1% de las remuneraciones imponibles anuales pagadas al personal en el transcurso del periodo comercial en el cual llevaron a cabo las actividades de capacitación. Cabe expresar que las gratificaciones, sean estas legales o contractuales, también deberán formar parte de las remuneraciones imponibles.

    Aumento del límite máximo del 1% :

    Las empresas que determinen como límite máximo del 1% de las remuneraciones imponibles pagados a los trabajadores, una suma inferior a 13 UTM ( Unidad Tributaria Mensual ), podrán deducir de este último valor en el año como crédito total.

    ANEXOS

    ANEXO 1 “ Requisitos para acceder al programa de empleo Chile Joven”.

    • Tener entre 15 y 24 años.

    • Saber leer y escribir.

    • Estar cesante, desocupado, subempleado o inactivo e inscrito en la oficina de colocaciones del municipio, correspondiente a la comuna donde se tiene el domicilio.

    ANEXO 2 “ Requisitos para acceder al programa jefas de hogar “.

    • Ser mujer.

    • Tener escasos recursos.

    • Ser jefe de hogar.

    • Edad entre 17 y 50 años.

    • Con niños menores a su cargo.

    • Salud compatible con el oficio.

    • Saber leer y escribir.

    • Ser cesante, subempleada, buscando trabajo por primera vez o trabajar por cuenta propia.

    ANEXO 3 “ Requisitos para acceder al programa de reentrenamiento laboral para

    trabajadores que perciben ingresos cercanos al salario mínimo”

    • Hombres y mujeres.

    • Tabuladores dependientes.

    • Percibir un sueldo base mensual cercano al ingreso mínimo mensual y que la remuneración bruta mensual sea inferior a $120.000. -

    • Mantener dicho ingreso a lo menos 6 meses.

    • Edad entre 25 y 45 años.

    ANEXO 3 “ Requisitos para acceder al programa de reinserción laboral ”.

    • Hombres y mujeres.

    • Pertenecer a un sector en crisis que sea considerado en los planes de reconversión.

    • Tener entre 25 y 50 años.

    • Última remuneración liquida sea inferior a $250.000. -

    • No haber tenido estudios post-secundarios a excepción de cursos de capacitación.

    CONCLUSIONES

    Podemos destacar, que Sence es un organismo que incentiva en gran medida a las empresas, ya sea pequeñas, medianas o grandes , para que éstas capaciten a sus trabajadores, haciendo uso del crédito por gastos de capacitación o más comúnmente conocido como Franquicia Tributaria. Lo que beneficia en doble medida tanto al empresario como al trabajador, por un lado el empresario adquiere un trabajador más capacitado lo que ayuda para que los procesos de la empresa se realicen con más facilidad, perfección y conocimiento, y una rebaja en su impuesto, lo que hace que la capacitación sea más económica y que con lo que antes capacitabamos a un solo trabajador ahora podemos capacitar a dos, o tres tal vez. Por otro lado, el trabajador también se ve beneficiado ya que adquiere nuevos conocimientos y habilidades, además de obtener una herramienta valiosa para conseguir un nuevo empleo si fuese necesario.

    Pensamos, después del trabajo realizado, que es muy poca la información a la cual se puede acceder, a nosotros nos costo encontrar información, y la información a la que tuvimos acceso no fue lo suficientemente explicativa. Creemos que si la función principal del Sence es la de incentivar la capacitación y el empleo, y que esta función va dirigida a los sectores de menores ingresos, debería existir una política donde se promoviera la información a todos los sectores, colocando énfasis en promocionar información de proyectos enfocados a los sectores más desprotegidos, tomando en cuenta la situación existente y la alta tasa de desempleo que tenemos en nuestro país.

    Además de la poca información existente para empresas por parte del sistema Sence, pensamos que la rebaja tributaria que se otorga para capacitación, es demasiado baja para poder abarcar las necesidades que existen en las organizaciones actuales. Si tomamos en cuenta, que la mayor cantidad de empresas que existen en el mercado son pequeñas o medianas, lo más probable que muy pocos de sus empleados puedan acceder a este beneficio. En el caso de uno de los integrantes del grupo capacitado por Sence, utiliza todo el cupo permitido para la empresa en que trabaja, dejando a sus demás compañeros sin la posibilidad de capacitación.

    Tomando en cuenta lo que sabíamos del Sence y lo que logramos analizar luego de este trabajo, nos percatamos que la mayoría de las personas (nos incluimos), asocian la palabra Sence con capacitación, por lo que un gran porcentaje de individuos no accede a la gran cantidad de beneficios otorgados en el ámbito de empleos. Creemos que este es uno de los motivos por los cuales los proyectos en esta área no tengan el éxito que se esperaría, volviendo a reiterar, en la situación económica actual.

    Queremos destacar que aunque estamos muy lejos de llegar al punto intermedio de la oferta y la demanda, con respecto al mercado de capacitación y a años luz del punto de equilibrio del empleo, sentimos que es muy positivo que existan organismos abocados a la tarea de promover el desarrollo y el crecimiento del ser humano. También creemos que el Sence es un organismo en desarrollo y si cuenta con una dirección acorde a las metas propuesta, y continúa con el crecimiento logrado hasta el momento (mostrado en gráficos), muy pronto cumplirá con todas las metas y objetivos planteados en la Ley vigente (19.518).

    CITAS

    “SENCE: Servicio Nacional de Capacitación y empleo. Organismo público del Estado, funcionalmente descentralizado, el cual tiene asignada la función de dirigir y administrar el sistema nacional de capacitación.

    Fija nuevo estatuto de capacitación y empleo

    LEY N° 19.518

    TITULO I
    De la Capacitación
    Párrafo 1
    Normas Generales

    Art. 10. Se entenderá por capacitación el proceso destinado a promover, facilitar, fomentar, y desarrollar las aptitudes, habilidades o grados de conocimientos de los trabajadores, con el fin de permitirles mejores oportunidades y condiciones de vida y de trabajo y de incrementar la productividad nacional, procurando la necesaria adaptación de los trabajadores a los procesos tecnológicos y a las modificaciones estructurales de la economía.


    TITULO II
    De la Información Laboral

    Art. 71. Se entenderá por colocación el conjunto de acciones destinadas a relacionar a quienes buscan ocupación con quienes la ofrecen, con el fin de celebrar un contrato de trabajo.

    BIBLIOGRAFÍA

    Acceso Internet a las siguientes páginas:

    • Servicio Nacional de Capacitación y Empleo.

    • Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

    • Servicio de Impuestos Internos.

    Material recolectado en oficinas Sence:

    • Tripticos alusivos a los proyectos impartidos por el Sence.

    • Anuario Estadístico 1999.

    Material facilitado en biblioteca Inacap:

    • Manual de “Selección y Capacitación del Personal”

    Material facilitado por Profesor Francisco Sacristán:

    • Revista “ Relaciones del Trabajo” Edición Nº 31 año 2000.

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    Enviado por:Paula Pávez
    Idioma: castellano
    País: Chile

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