Derecho


Seguridad y salud en el trabajo


CONCEPTOS BÁSICOS SOBRE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

El punto de partida para el desarrollo de las funciones que integran el nivel básico de la actividad preventiva es el conocimiento de los conceptos y aspectos más generales relativos a la seguridad y salud laboral y la prevención de los riesgos derivados del trabajo en la empresa.

Examinaremos algunos conceptos básicos como trabajo, salud, riesgos profesionales, factores de riesgos o accidente de trabajo y enfermedad profesional, que nos permitirán descubrir cuál es el proceso por el que se llega a poner en peligro la salud de los trabajadores

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EL TRABAJO Y LA SALUD: LOS RIESGOS PROFESIONALES. FACTORES DE RIESGO.

Seguridad y salud en el trabajo

EL TRABAJO.

El trabajo es la actividad que realiza el hombre transformando la naturaleza para su beneficio, buscando satisfacer distintas necesidades humanas: la subsistencia, la mejora de la calidad de vida, la posición del individuo dentro de la sociedad, la satisfacción personal,...

Esta actividad de trabajo puede ocasionar también efectos no deseados sobre la salud de los trabajadores, ya sea por la perdida o ausencia de trabajo( ya que la precariedad del mercado laboral y el paro pueden suponer un importante problema para la salud, con repercusiones individuales, familiares o sociales) o por las condiciones en que el trabajo se realiza (accidentes, enfermedades y daños para la salud derivados del entorno laboral).

Aunque las formas de entender el trabajo han variado a lo largo de la historia, tal como lo conocemos hoy, el trabajo presenta dos características fundamentales: la tecnificación y la organización .

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La Tecnificación: nos referimos a la intervención y utilización de máquinas, herramientas y equipos de trabajo que facilitan la realización de las distintas tareas de transformación de la naturaleza.

La Organización: es la planificación de la actividad laboral. Coordinando las tareas que realizan los distintos trabajadores se consigue un mejor resultado con un esfuerzo menor.

Cuando no se controlan adecuadamente los efectos de la tecnificación y el sistema de organización del trabajo no funciona correctamente, pueden aparecer riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores.

Por tanto, es necesario impulsar iniciativas tendentes a lograr un trabajo con un grado de tecnificación que nos libere al máximo de los riesgos que atentan contra nuestra salud y al mismo tiempo conseguir que el trabajo se organice de forma coherente con las necesidades personales y sociales de los individuos en general y de los trabajadores en particular.

La actividad de trabajo puede ocasionar también efectos no deseados sobre la salud de los trabajadores, ya sea por la perdida o ausencia de trabajo o por las condiciones en que el trabajo se realiza.

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LA SALUD

Para conocer y relacionar los riesgos que el trabajo tiene para la salud, hemos de definir qué se entiende por salud.

La Organización Mundial de la Salud (O.M.S.), define la salud como “el estado de completo bienestar físico, mental y social y no solamente la ausencia de enfermedad”.

La salud es un derecho humano fundamental, y el logro del grado más alto posible de salud es un objetivo social (por tanto, también sindical).

De la definición de la OMS, es importante resaltar el aspecto positivo, ya que se habla de un estado de bienestar y no sólo de ausencia de enfermedad, aspecto más negativo al que habitualmente se hace referencia al hablar de la salud. También hay que destacar su concepción integral, que engloba el bienestar físico, mental y social.

Llegados a este punto hay que citar una frase que ya es parte de la historia del movimiento obrero: “la salud no se vende, se defiende”, pero esta frase se completa con otra “no se puede defender lo que no se ama y no se puede amar lo que no se conoce”.

Partiendo de esta base, la Organización Internacional del Trabajo (O.T.I.) y la Organización Mundial de la Salud (O.M.S.) consideran que la salud laboral tiene la finalidad de fomentar y mantener el más alto nivel de bienestar físico, mental y social de los trabajadores de todas las profesiones, prevenir todo daño a la salud de éstos por las condiciones de trabajo, protegerles en su empleo contra los riesgos para la salud y colocar y mantener al trabajador en un empleo que convenga a sus aptitudes psicológicas y fisiológicas. En suma, adaptar el trabajo al hombre y cada hombre a su trabajo.

Así pues, debemos considerar la salud como un proceso en permanente desarrollo y no como algo estático. Es decir, puede irse perdiendo o logrando, y no es fruto del azar, sino de las condiciones laborales que rodean a los trabajadores. Por ello, nuestro objetivo será lograr la mejora de las condiciones de trabajo para preservar la salud de todos los trabajadores.

La salud es un derecho humano fundamental, y el logro del grado más alto posible de salud es un objetivo social, y por tanto, también sindical.

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LOS RIESGOS PROFESIONALES

Es evidente que el trabajo y la salud están estrechamente relacionados, ya que el trabajo es una actividad que el individuo desarrolla para satisfacer sus necesidades, al objeto de disfrutar de una vida digna. También gracias al trabajo podemos desarrollarnos tanto física como intelectualmente.

Junto a ésta influencia positiva del trabajo sobre la salud existe otra negativa, la posibilidad de perder la salud debido a las malas condiciones en las que se realiza el trabajo, y que pueden ocasionar daños a nuestro bienestar físico, mental y social (accidentes laborales, enfermedades,..)

Por tanto, podríamos decir que los riesgos son aquellas situaciones que pueden romper el equilibrio físico, psíquico y social de los trabajadores. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales define el término riesgo laboral de la siguiente manera:

Riesgo laboral: Posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. La calificación de su gravedad dependerá de la probabilidad de que se produzca el daño y de la severidad del mismo.

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CONDICIONES DE TRABAJO

Los riesgos para la salud de los trabajadores no son algo natural o inevitable, sino que normalmente son consecuencia de unas condiciones de trabajo inadecuadas. Las condiciones de trabajo son cualquier característica del mismo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y la salud del trabajador.

Estas condiciones de trabajo no son las únicas posibles, sino que son el producto de unas determinadas formas de organización empresarial, relaciones laborales y opciones socioeconómicas.

Son condiciones de trabajo :

  • Las características generales de los locales, instalaciones, equipos, productos y

demás útiles existentes en el centro de trabajo.

  • La naturaleza de los agentes físicos, químicos y biológicos presentes en el ambiente de trabajo y sus correspondientes intensidades, concentraciones o niveles de presencia.

  • Los procedimientos para la utilización de los agentes citados anteriormente que influyan en la generación de los riesgos.

  • Todas aquellas características del trabajo, incluidas las relativas a su organización y ordenación, que influyan en la magnitud de los riesgos a que esté expuesto un trabajador.

Frente a esta situación, la prevención de riesgos laborales se plantea como el conjunto de medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de eliminar o disminuir los riesgos derivados del trabajo.

Teniendo como referencia esta definición, actualmente no queda ninguna duda de que para afrontar la problemática de la prevención de los riesgos laborales, es imprescindible hacerlo desde una perspectiva integral, teniendo en cuenta el conjunto de factores que están presentes en la realización de una tarea y que pueda influir sobre el bienestar físico, mental y social de los trabajadores, determinando las condiciones de trabajo.

Las condiciones de trabajo son cualquier característica del mismo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y la salud del trabajador.

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FACTORES DE RIESGO

Si entendemos que riesgo es la posibilidad de que el trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo, factor de riesgo será el elemento o el conjunto de variables que están presentes en las condiciones de trabajo y que pueden originar una disminución del nivel de salud del trabajador.

Para facilitar el estudio de estos factores de riesgo se han clasificado en 5 grupos, sin que esto implique ninguna jerarquización o prioridad:

Condiciones de seguridad

En este grupo se incluyen aquellas condiciones materiales que puedan dar lugar a accidentes en el trabajo.

Estamos hablando de factores derivados de:

-Lugar y superficie de trabajo.

-Máquinas y equipos de trabajo.

-Riesgos eléctricos.

-Riesgo de incendio.

-Manipulación y transporte...

Medio ambiente físico del trabajo

Son factores del medio ambiente natural presentes en el ambiente de trabajo y que aparecen de la misma forma o modificados por el proceso de producción y repercuten negativamente en la salud.

-Condiciones termohigrométricas (temperatura, humedad, ventilación).

-Iluminación.

-Ruido.

-Vibraciones.

-Radiaciones (ionizantes o no ionizantes).

Contaminantes

Son agentes extraños al organismo humano capaces de producir alteraciones a la salud. Se dividen en:

Contaminantes químicos : sustancias químicas que durante la fabricación, transporte, almacenamiento o uso puedan incorporarse al ambiente en forma de aerosol, gas o vapor y afectar a la salud de los trabajadores. Su vía más común de entrada al organismo es la respiratoria, pero también pueden penetrar por vía digestiva o a través de la piel.

Contaminantes biológicos : microorganismos que pueden estar presentes en el ambiente de trabajo y originar alteraciones en la salud de los trabajadores. Pueden ser organismos vivos (bacterias, virus, hongos ...), derivados de animales (pelos, plumas, excrementos ...) o vegetales (polen, madera, polvo vegetal ...).

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Carga de trabajo

Son los factores referidos a los esfuerzos físicos y mentales a los que se ve sometido el trabajador en el desempeño de su tarea. Se divide en:

Carga física: esfuerzos físicos de todo tipo (manejo de cargas, posturas de trabajo, movimientos repetitivos ...). Puede ser estática o dinámica.

Carga mental: nivel de exigencia psíquica de la tarea (ritmos de trabajo, monotonía, falta de autonomía, responsabilidad ...).

Factores organizativos

Son aquellos relacionados con la organización y estructura empresarial. Pueden tener consecuencias a nivel físico pero, sobre todo, afectan al bienestar mental y social.

-Son variables como: jornada, horario, estilo de mando, comunicación, participación y toma de decisiones, relaciones interpersonales,...

Los factores de riesgo nunca se presentan aisladamente. En el entorno de trabajo interactúan muchos de estos factores, es decir, están presentes varios factores de riesgo al mismo tiempo, de forma que se potencian sus efectos nocivos.

De esta forma, cuando se produce una alteración en la salud de los trabajadores no se puede achacar a una sola causa, sino que será un conjunto de factores diferentes presentes en el ambiente laboral los que ocasionan esa perdida de salud.

El primer paso que debe darse para garantizar la seguridad y la salud de todos los trabajadores frente a los riesgos derivados del trabajo es la identificación y valoración de los distintos factores de riesgo presentes en el medio laboral, para poder adoptar las medidas necesarias para prevenir dichos riesgos.

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La diferente naturaleza de los factores de riesgo conlleva que su análisis no puede ser realizado por un único profesional. Para poder intervenir frente a esos factores de riesgo y adoptar programada de profesionales pertenecientes a distintas disciplinas.

Las técnicas especificas de la prevención de riesgos laborales son cinco:

-Seguridad en el trabajo.

-Higiene industrial.

-Ciencias de la salud.

-Psicosociología.

-Ergonomía.

DAÑOS DERIVADOS DEL TRABAJO. LOS ACCIDENTES DE TRABAJO Y LAS ENFERMEDADES PROFESIONALES. OTRAS PATOLOGÍAS DERIVADAS DEL TRABAJO.

DAÑOS DERIVADOS DEL TRABAJO

Una vez determinado el significado de riesgo y factor de riesgo, introducimos ahora el concepto de daño derivado del trabajo como una consecuencia directa del riesgo laboral. Decíamos que riesgo era la posibilidad de que un trabajador pueda sufrir un daño, pues bien: daño, es la materialización del riesgo.

En el estudio de las condiciones de trabajo siempre han aparecido entre las consecuencias negativas de éstas, los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, como los principales daños derivados del trabajo.

LOS ACCIDENTES DE TRABAJO

Definición legal: Según el art. 115 de la Ley General de la Seguridad Social se entiende por accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o

por consecuencia del trabajo que ejecuta por cuenta ajena.

Siguiendo con la misma referencia legal, tendrán la consideración de accidentes de trabajo:

-Los que sufra el trabajador al ir o al volver del trabajo. (accidente in itinere)

-Los que sufra el trabajador como consecuencia u ocasión del desempeño de

cargos electivos de carácter sindical, así como los ocurridos al ir o volver

del lugar en que ejecuta sus funciones.

-Los ocurridos con ocasión o por consecuencia de las tareas que aún siendo

distintas de las de su categoría profesional realice el trabajador en cumpli-

miento de las ordenes del empresario.

-Los acaecidos en actos de salvamento y otros de naturaleza análoga, cuan-

do tengan conexión con el trabajo.

-Las enfermedades profesionales no incluidas en el cuadro sobre estas en-

fermedades, y que se pruebe que son por causa exclusiva del trabajo que

realiza.

-Las enfermedades o defectos padecidos con anterioridad por el trabajador

que se agraven, como consecuencia del accidente.

-Las complicaciones que modifiquen las consecuencias del accidente (en

cuanto a naturaleza, duración o gravedad) y que deriven del mismo pro-

ceso de curación.

Se presume, salvo que exista prueba de lo contrario, que son accidentes de trabajo todas las lesiones que sufra el trabajador durante el tiempo y en el lugar de trabajo. No se considera accidente de trabajo ni las debidas a fuerza mayor (un fenómeno de tal naturaleza que no guarde ninguna relación con el trabajo que se realiza, como un terremoto,..) o las que sean debidas a dolo o imprudencia temeraria por parte del trabajador.

Definición técnica: Se puede definir el accidente desde un punto de vista técnico, como todo suceso anormal no querido, no deseado y no programado, que se presenta de forma inesperada, (aunque normalmente es evitable) que interrumpe la continuidad del trabajo y que puede causar lesiones a los trabajadores.

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LAS ENFERMEDADES PROFESIONALES

Definición legal: El articulo 116 de la Ley General de la Seguridad Social define la enfermedad profesional como toda aquella contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifican en el cuadro aprobado por el Decreto 1995/78 del 12 de mayo BOE25/8/78), y que esté provocada por la acción de los elementos o sustancias que en este cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional.

Como hemos planteado en el apartado anterior, las enfermedades contraídas por el trabajador como consecuencia del trabajo y que no están contempladas como enfermedades profesionales serán consideradas como accidentes de trabajo.

Definición técnica: Desde esta perspectiva, se considera enfermedad profesional o enfermedad derivada del trabajo aquel deterioro lento y paulatino de la salud del trabajador, producido por una exposición crónica a situaciones adversas, sean éstas producidas por el ambiente en el que se desarrolla el trabajo o por la forma en que éste se encuentra organizado.

Para poder analizar mejor los factores responsables de que se produzca una enfermedad profesional utilizaremos las siguientes variables:

-La concentración del agente contaminante en el ambiente de trabajo.

-El tiempo de exposición.

-Las características personales de cada trabajador.

-La relatividad de la salud.

-La presencia de varios contaminantes al mismo tiempo.

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OTRAS PATOLOGÍAS DERIVADAS DEL TRABAJO

La Ley de prevención de Riesgos Laborales define los daños profesionales como un enfoque más abierto e integral:

Daños derivados del trabajo: las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo.

La cuestión se centra en no agotar nuestros esfuerzos en la lucha contra el accidente de trabajo o la enfermedad profesional como contingencias protegibles del sistema de Seguridad Social, sino ir más allá y procurar una mejora de la calidad de vida laboral.

Si aceptamos la pérdida de salud como un desequilibrio entre los aspectos físicos, mentales y sociales del trabajador, no debemos reducir la actuación en materia de seguridad y salud laboral a luchar solamente contra los aspectos negativos del trabajo, sino que hemos de ampliar el campo de acción, adecuando el trabajo a la persona y potenciando los aspectos positivos que indudablemente tiene el trabajo.

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Enviado por:Mario
Idioma: castellano
País: España

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