Filosofía


Leviatán; Thomas Hobbes


Introducción al Pensamiento Social.

Thomas Hobbes (1588-1679).

Vida y obra.

La mayor parte de sus obras y trabajos surgieron en el S XVII, por ello se lo considera un pensador de esa época. Era filosofo, realizaba viajes de aprendizaje a países de Europa como tutor de un joven de familia noble. En estos viajes conoce las nuevas orientaciones del pensamiento filosófico y científico en el mundo europeo, descubre las ciencias de la naturaleza y la aplicación de la explicación matemática para los fenómenos del mundo natural. Conoce Galileo, de quien admirará el empleo de la matemática para la explicación del mundo físico, tomando un razonamiento deductivo. Luego conoce a Descartes.

Durante esos intercambios intelectuales se gesta él primes esbozo de su sistema de pensamiento, diseñó una trilogía filosófica: De Corpore, donde intenta plasmar la idea de que todos los fenomenos físicos son explicables a través del principio fundamental del movimiento; De Homme, o de las facultades y apetidos del hombre como encarnación del principio del movimiento en la naturaleza humana; y De Cive, donde se estudian las implicaciones de los análisis anteriores sobre el gobierno civil y la organización social. Aún pensada como una obra unitaria donde cada una de las partes se engarza con las demás siguiendo una escalonada lógica deductiva, trabaja en cada una indistintamente y no puede evitar que la tercera vaya completándose con cierta independencia respecto a las dos anteriores. Según Hobbes, dada la naturaleza humana, la paz civil solo es posible bajo el sometimiento total a una soberanía indivisible y absoluta. El Leviatán fue escrito en parte como contribución a la controversia sobre el derecho de los poderes de facto a obtener la obediencia de sus súbditos. Solo le es debida la obediencia al soberano en tanto sea capaz de garantizar efectivamente la seguridad de sus súbditos. Su filosofía va a ser considerada como materialista porque no le asignaba a Dios un lugar en la concepción del mundo. Según Hobbes, el conocimiento debía proporcionar preceptos útiles, permitir que los hombres obraran con eficacia y podrían hacerlo solo si sabían como son las cosas independientemente de cómo uno cree que deben ser.

Contextualización general.

La vida de Hobbes abarca un período apasionante, marcado por la ruptura del equilibrio entre la Corona y los sectores más relevantes de la nobleza menor y las nuevas clases comerciales urbanas. La consecuencia fundamental de este proceso revolucionario fue la toma del poder político por parte de las elites mercantiles y bancarias, estrechamente asociadas a una nueva clase de propietarios agrícolas. Hobbes no tuvo otro objetivo que el de contribuir a evitar la guerra civil. En la introducción a De Cive, su preocupación básica era discernir las causas que disuelven al Estado; centró sus pesquisas en torno a los amplios problemas derivados de la generación y mantenimiento del orden social.

Método científico y estudio de la política.

La obra hobbesiana se halla gobernada por un sistema filosófico unitario anclado en los presupuestos básicos de la nueva ciencia. Participa de una visión del método científico que era común a grandes rasgos con la práctica de Galileo en la física y que él no encuentra inconveniente en amoldar a su proyecto filosófico general. El reconocimiento y la explicación de la naturaleza como sujeta al principio universal del movimiento y a los axiomas y principios del lenguaje matemático. El Estado es un cuerpo artificial en tanto que es creado por la voluntad de los hombres, es preciso disolverlo en sus unidades esenciales, los individuos, y éstos a su vez en sus propiedades fundamentales.

La reflexión hobbesiana se sujeta al siguiente escalonamiento lógico:

  • El análisis se centra sobre el hombre y los principios que le gobiernan. A partir de estos se engarzará toda la cadena causal hasta llegar al Estado. Se trata fundamentalmente de una teoría de las pasiones, la razón y el “poder” en tanto que atributo humano.

  • La descripción de la naturaleza humana debe cumplir la función de ilustrar a las personas sobre las consecuencias de imaginar un estado o situación sin el sometimiento a leyes firmes y eficaces.

  • Las leyes de la naturaleza, son los preceptos de racionalidad moral, nos dictan aquellos deberes que es preciso cumplir con respecto a los otros en orden a garantizar su supervivencia. Imponen el sometimiento racional y consciente de los hombres a determinadas pautas de cooperación social, mostrándoles las pautas que han de seguir para evitar caer en toda amenaza a la paz social.

  • La inseguridad de que las personas se sometan a las leyes naturales, lleva a presentar el Leviatán (Estado) como la institución necesaria para resolver el problema humano de la convivencia y el orden social. El poder del soberano de completar ahora lo que los humanos no pueden de conseguir por sí mismos, para satisfacer determinadas condiciones y ejercer determinados derechos.

  • Teoría del Hombre.

    El movimiento especifico presente en el ser humano reside en su intento por conservar su vitalidad a través de un impulso dialéctivo de atracción y repulsión. Los deseos son las respuestas a estímulos placenteros que nos suscita un determinado objeto. La aversión o rechazo es cuando aquello que apetecemos nos provoca repulsión. La felicidad se obtiene cuando conseguimos el éxito continuo en el logro de las cosas que deseamos y es el fin último al que aspira cualquier persona. Todo deseo satisfecho reactiva inmediatamente otros nuevos hasta hacer de la vida un puro movimiento guiado por deseos y repulsiones que se retroalimentan continuamente. El más apremiante y poderoso es el impulso de subsidencia o auto conservación. La fuente de mayor repulsión y temor es la muerte. Es también el único deseo que afecta a todos por igual; toda persona desea mantenerse viva. El poder cumple la función de calmar la ansiedad que nos genera el vernos permanentemente amenazados y nos impele a organizar un espacio vital sobre el que ejercer nuestro señorío. El ser humano es un ser individualista, es un cuerpo más sujeto por igual al ámbito de la necesidad, a las leyes naturales y va a tomar conciencia de que su subsistencia depende de cómo sea capaz de enfrentar al mundo que le rodea.

    El estado de naturaleza.

    La particular distinción que Hobbes nos ofrece entre hombre natural y hombre civilizado no significa que él vinculo social sirva por si mismo para transformar la propia naturaleza humana. Los atributos básicos del hombre permanecen, aunque su amenazador potencial de conflicto pueda ser atenuado mediante un proceso social más o menos disciplinador, este siempre puede volver a hacer acto de presencia, como se demuestra cuando un gobierno pacífico degenera en guerra civil. El egoísmo del hombre, su impulso por dotar prioridad a todo lo que contribuya a satisfacer su auto conservación, seguridad y vida confortable, no posee un deseo original de fomentar su asociación con otras personas, ni ningún otro sentimiento de simpatía natural hacia sus semejantes, aunque esto no tiene porqué presuponer que somos maliciosos, que deseemos el sufrimiento ajeno. El vínculo social deriva esencialmente de los beneficios que nos reporta, no de un imperativo natural. Los deseos y necesidades humanas son de una naturaleza tal que, unidos a la escasez de medio para satisfacerlos, las colocan en una situación de competencia permanente.

    Obligación moral y ley natural.

    Las leyes naturales son artículos de paz y como tales imponen el sometimiento racional y consciente de los hombres a ciertas pautas de cooperación social. El derecho natural es el derecho a usar nuestro propio poder como se nos plazca.

    La explicación de la sociedad civil es esencialmente una explicación obre como pueden llegar a satisfacerse las condiciones de validez. La pauta resultante de las obligaciones en la sociedad civil, es el producto, bajo condiciones especiales, de principios morales que sujetan al hombre en tanto que hombre, y no solo en tanto que ciudadano. La función del estado debería ser la de dotar de seguridad a aquellos que actúan moralmente, la obligación moral es anterior. La obligación moral de respetar los pactos, solo es valida una vez que “la espada” (cohesión física sobre los pactantes) nos garantiza su efectividad. Las prescripciones morales serían objetivas entonces en la medida en que desvelan una cadena causal que pretende ser verdadera, por ello nombra también la ciencia moral. Su función residiría en proporcionarnos la información necesaria sobre la conexión causal que existe entre un fin comúnmente deseado y los medios para alcanzarlo. Para que la obligación moral sea eficaz requiere del factor político, del poder coercitivo del Estado, este poder ofrece pocas garantías de estabilidad si no cuenta con el apoyo de los ciudadanos.

    El poder del Leviatán.

    Una vez autorizado el soberano dispone ya de un poder irrevocable capaz de protegerse automáticamente frente a posibles intentos por parte de los contratantes para recuperar los derechos a él enajenados. Lo que importa es que los súbditos se sometan a la discrecionalidad del soberano. Hobbes contempla el supuesto de institucionalización del soberano, por conquista o cualquier otro medio violento mediante el cual se hace con todo el poder efectivo. Si el soberano ejerce un poder de facto, capaz de satisfacer nuestro interés racional en un gobierno efectivo, si es capaz de evitar que caigamos en un estado de guerra, hemos de entender que goza de la misma legitimidad que aquel al que explícitamente nos sometimos. Lo que importa es que cumpla el fin para el que exista, independientemente de cómo se haya constituido. Pretende evitar el fraccionamiento del poder, la quiebra del principio indivisible de la soberanía. Toda hendidura abierta en su poder unitario esta llamada a provocar su ruina. Los estados son instituidos para conservar la paz y la justicia, el fraccionamiento del poder tiende a la disolución de un Estado. El poder soberano debe mantenerse firme y unitario para garantizar la paz civil y el bienestar general del pueblo.

    Los súbditos solo gozan de libertad efectiva respecto de aquellas cosas cuyo derecho a ellas no puede transferirse mediante un convenio. Paz y seguridad son condiciones necesarias para que los ciudadanos puedan comenzar a pensar en su bienestar. Mantener la paz en el interior y la defiende contra enemigos exteriores a fin de que cada ciudadano pueda aumentar su fortuna y disfrutar de su libertad.

    La espada y el báculo.

    Los pactos que no descansan en la espada no son mas que palabras sin fuerza para proteger al hombre en modo alguno.

    Los deberes de los hombres para con Dios no debían ser impedimento para su obligación la soberano.

    El Reino de Dios se manifestaría en este mundo de una doble manera, como Reino de Dios natural, como aquellos dictados de nuestra razón que nos conminan a creer en Él y nos prescriben como obligación prioritaria velar por nuestra auto conservación. Y el Reino de Dios profético. El recurso al fundamento divino de la ley natural cumple ahora una función decisiva para ayudar a legitimar el poder espiritual de los monarcas.

    El umbral de la modernidad.

    El individualismo y el subjetivismo hobbesiano, su materialismo y racionalismo, desembocan paradójicamente en la más firme justificación del absolutismo. La obsesión por la guerra civil. Defendía el sistema absolutista y reconocer como legítimo dicho poder por parte del pueblo. Liberación y disciplinamiento son los dos ejes sobre los que desde sus inicios ha discurrido la modernidad.

    Thomas Hobbes. LEVIATAN.

    Capítulo XIII: De la condición natural del género humano, en lo que concierne a su felicidad y su miseria.

    La naturaleza ha hecho a los hombres tan iguales en las facultades del cuerpo y del espíritu que, si bien un hombre es, más fuerte de cuerpo o más sagaz de entendimiento que otro, cuando se considera en conjunto, la diferencia entre hombre y hombre no es tan importante que uno pueda reclamar, a base de ella, para sí mismo, un beneficio cualquiera al que otro no pueda aspirar como él. En cuanto a la fuerza corporal, el más débil tiene bastante fuerza para matar al más fuerte, ya sea mediante secretas maquinaciones o confederándose con otro que se halle en el mismo peligro que él se encuentra.

    En cuanto a las facultades mentales, la prudencia no es sino experiencia, cosa que todos los hombres alcanzan por igual, en tiempos iguales y en aquellas cosas a las cuales se consagran por igual. Lo que acaso puede hacer increíble tal igualdad, no es sino en vano concepto de la propia sabiduría, que la mayor parte de los hombres piensan poseer en más alto grado que el común de las gentes. De esta igualdad en cuanto a la capacidad se deriva la igualdad de esperanza respecto a la consecución de nuestros fines. Esta es la causa de que si dos hombres desean la misma cosa, se vuelven enemigos y en el camino que conduce al fin tratan de aniquilarse o sojuzgarse uno a otro.

    Dada esta situación de desconfianza mutua, ningún procedimiento tan razonable existe para que un hombre se proteja a sí mismo, como la anticipación, el dominar por medio de la fuerza o por astucia a todos los hombres que pueda, durante el tiempo preciso, hasta que ningún otro poder sea capaz de amenazarle. No podrá subsistir, durante mucho tiempo, si se sitúan solamente en plan defensivo, siendo necesario, para la conservación de un hombre, aumentar su dominio sobre los semejantes.

    En la naturaleza del hombre hallamos tres causas de discordia:

  • La competencia: impulsa a los hombres a atacarse para lograr un beneficio.

  • La desconfianza: para lograr seguridad.

  • La gloria: para ganar reputación.

  • Durante el tiempo en que los hombres en que los hombres viven sin un podes común que los atemorice a todos, se hallan en la condición o estado que se denomina guerra; una guerra tal que es la de todos contra todos. Se da durante el lapso de tiempo en que la voluntad de luchar se manifiesta de modo suficiente como respecto a la naturaleza del clima.

    En esta guerra de todos contra todos, se da una consecuencia: que nada puede ser injusto. Las nociones de derecho e ilegalidad, justicia e injusticia están fuera de lugar. Donde no hay podes común, la ley no existe: donde no hay ley, no hay justicia. En dicha condición no existan propiedad ni dominio, ni distinción entre tuyo y mío, solo pertenece a cada uno lo que puede tomar, y sólo en tanto que puede conservarlo. Todo ello puede afirmarse de esa miserable condición en que el hombre se encuentra por obra de la simple naturaleza, si bien tiene una cierta posibilidad de superar ese estado, en parte por sus pasiones, en parte por su razón.

    Las pasiones que inclinan a los hombres a la paz son el temor a la muerte, el deseo de las cosas que son necesarias para una vida confortable, y la esperanza de obtenerlas por medio del trabajo. La razón sugiere adecuadas normas de paz, a las cuales pueden llegar los hombres por mutuo consenso. Estas normas son las que se llaman leyes de naturaleza.

    Capitulo XVI: De la Primera a la Segunda Leyes Naturales, y de los Contratos.

    El Derecho de Naturaleza es la libertad que cada hombre tiene de usar su propio poder como quiera, para la conservación de su propia vida, para hacer todo aquello que su propio juicio y razón considere como los medios más aptos para lograr ese fin. Se entiende por Libertad, la ausencia de impedimentos externos, de acuerdo con lo que su juicio y razón le dicten.

    Ley de naturalaza es un precepto o norma general, establecida por la razón, en virtud de la cual se prohíbe a un hombre hacer lo que puede destruir su vida o privarle a un hombre hacer lo que puede destruir su vida o privarle de los medios de conservarlas, omitir aquello mediante lo cual piensa que pueda quedar su vida mejor preservada.

    La ley fundamental de la naturaleza es que cada hombre debe esforzarse por la paz, mientras tiene la esperanza de lograrla, y cuando no puede obtenerla, debe buscarla y utilizar todas las ayudas y ventajas de la guerra. Defendernos a nosotros mismos, por todos los medios posibles.

    La segunda ley, es que uno acceda, si los demás consienten y mientras se considere necesario para la paz y defensa de sí mismo, a renunciar este derecho a todas las cosas y a satisfacer con la misma libertad, frente a los demás hombres, que les sea concedida a los demás con respecto a el mismo. Renunciar un derecho a cierta cosa es despojarse a sí mismo de la libertad de impedir a otro el beneficio del propio derecho de la cosa en cuestión. Se abandona un derecho bien sea por simple renunciación o por transferencia a otra persona. La transferencia cuando sea que el beneficio recaiga en una o varias personas determinadas. Cuando una persona está obligado o ligado a no impedir en beneficio resultante a aquel a quien se concede o abandona el derecho. Si el impedimento sobreviene se produce la injusticia o injuria, ya que el derecho se renunció o transfirió anteriormente. Cuando alguien transfiere un derecho trátese de un acto voluntario y el objeto de cualquier hombre es algún bien para sí mismo. La mutua transferencia de derechos es lo que los hombres llaman contrato. Cuando la transferencia de derecho no es mutua, sino que una de las partes transfiere, con la esperanza de ganar amistad o servicio de la otra, o por ganar reputación de persona caritativa o magnánima, etc. no se trata de un contrato sino de una donación, liberalidad o gracia. Quien se limita a prometer, porque ha recibido ya el beneficio de aquel a quien promete, debe considerarse que accede a transferir el derecho.

    En un Estado civil donde existe un podes apto para constreñir a quienes violaran su palabra, dicho temor ya no es razonable y por tal razón quien en virtud del pacto viene obligado a cumplir primero, tiene él deber de hacerlo así.

    La causa del temor que invalida semejante pacto, debe ser algo que emana del pacto establecido, como algún hecho nuevo u otro signo de la voluntad de no cumplir. Quien transfiere un derecho transfiere los medios de disfrutar de él, mientras está más bajo su dominio. De dos maneras quedan los hombres liberados de sus pactos: por cumplimiento o por remisión de los mismos. Los pactos estipulados por temor, en la condición de mera naturaleza son obligatorios.

    Un pacto anterior anula otro ulterior, cuando una ha transferido su derecho a una persona no pude transferirlo luego a otra, la ultima promesa es nula.

    Capítulo XV: De otras leyes de naturaleza.

    La tercera ley de naturaleza es que los hombres cumplan los pactos que han celebrado. En esta ley de naturaleza consiste la fuente y origen de la justicia. Donde no ha existido un pacto no se ha transferido ningún derecho y todos los hombres tienen derecho a todas las cosas. La definición de injusticia es el incumplimiento de un pacto. En los pactos de mutua confianza cuando existe el temor de un incumplimiento por cualquiera de las partes no puede haber injusticia hasta que se elimine el temor. La justicia es la voluntad constante de dar a cada uno lo suyo. No podrían existir, promesas mutuas cuando no existe seguridad de cumplimiento por ninguna de las dos partes como ocurre en el caso de que no exista un poder civil erigido sobre quienes prometen, semejantes promesas no pueden considerarse como pactos.

    Es contrario a la razón alcanzar la soberanía por la rebelión, porque a pesar de que se alcanzara, es manifiesto que conforme a la razón, no puede esperarse que sea así, sino antes al contrario y porque al ganarla de esa forma, se enseña a otros a hacer lo propio. La justicia es una regla de razón en virtud de la cual se nos prohíbe hacer cualquiera cosa susceptible de destruir nuestra vida: es una ley de naturaleza. Los nombres de justo e injusto cuando se atribuyen a los hombres implican conformidad o disconformidad de conducta, con respecto a la razón, cuando se atribuyen a las acciones, significan la conformidad o disconformidad con respecto a la razón, no ya la de la conducta o genero de vida, sino de los actos particulares. Un hombre justo que se preocupa cuanto puede de que todas sus acciones injustas que procedan de pasiones repentinas, o de errores respecto a las cosas y las personas.

    La cuarta ley de la naturaleza es quién reciba beneficio de otro por mera gracia, se esfuerce en lograr que quien lo hizo no tenga motivo razonable para arrepentirse voluntariamente de ello, es la gratitud. El quebrantamiento de esta ley es la ingratitud. La quinta ley es la complacencia, que cada uno se esfuerce por acomodarse a los demás. Cada hombre no solo por derecho sino por necesidad natural, se considera apto para proponerse y obtener cuanto es necesario para su conservación, quien se oponga a ello por superfluos motivos, es culpable de la lucha que sobrevenga y hace algo que es contrario a la ley fundamental de naturaleza que ordena buscar la paz. La sexta ley es que dando garantía del tiempo futuro, deben ser perdonadas las ofensas pasadas de quienes arrepintiéndose deseen ser perdonados. La séptima ley es que en las venganzas los hombres no consideren la magnitud del mal pasado, sino la grandeza del bien venidero. Prohibiendo infligir castigos. La octava es que ningún hombre, por medio de actos, palabras o gesto manifieste odio o desprecio a otro. El quebranto de esta se denomina contumelia. La novena es que cada uno reconozca a los demás como iguales suyos por naturaleza. El quebranto es el orgullo. Estas son algunas de las leyes de naturaleza que imponen la paz como medio de conservación de las multitudes humanas, y que sólo concierne a la doctrina de la sociedad civil. Estas leyes van ligadas a un deseo de verlas realizadas, quien sea correcto y tratable y cumpla cuanto promete, en el lugar y tiempo en que ningún otro lo haría, se sacrifica a los demás y procura su ruina cierta, contrariamente al fundamento de todas las leyes naturales que tienden a la conservación de esta. Estos dictados de la razón suelen ser denominados leyes por los hombres.

    Capitulo XVI: De las personas, autores y cosas personificadas.

    Una persona es aquel cuyas palabras o acciones son consideradas o como suyas propias o como representando las palabras o acciones de otro hombre, o de alguna otra cosa a la cual son atribuidas ya sea con verdad o por ficción.

    Cuando son consideradas como suyas propias, entonces se denomina persona natural, cuando se considera como representación de las palabras y acciones de otro, entonces es una persona imaginaria o artificial.

    Segunda Parte: Del Estado. Capitulo XVII: De las causas, generación y definición de un Estado.

    La causa final es el cuidado de su propia conservación y el logro de una vida más armónica, el deseo de abandonar esa miserable condición de guerra que, tal como hemos manifestado, es consecuencia necesaria de las pasiones naturales de los hombres, cuando no existe poder visible que los tenga a raya y los sujete. Por temor al castigo, a la realización de sus pactos y a la observancia de las leyes de naturaleza.

    Los pactos que no descansan en la espada no son más que palabras, sin fuerza para proteger al hombre en modo alguno. Si no se ha instituido un poder o no es suficientemente grande para nuestra seguridad, cada uno fiará tan sólo, y podrá hacerlo legalmente, sobre su propia fuerza y maña, para protegerse como los demás hombres.

    Elegir un hombre o una asamblea de hombres que represente su personalidad, y que cada uno considere como propio y se reconozca a sí mismo como autor de cualquier cosa que haga o promueva quien representa su persona, en aquellas cosas que conciernen a la paz y a la seguridad comunes, que sometan sus voluntades cada uno a la voluntad de aquel, y sus juicios a su juicio. Es una unidad real de todo ello en una y la misma persona.

    Por el terror que inspira es capaz de conformas las voluntades de todos ellos para la paz, en su propio país, y para la mutua ayuda contra sus enemigos. El soberano tiene un poder soberano, cada uno de los que le rodean es un súbdito suyo.

    Se alcanza este poder por la fuerza natural (por herencia) o por actos de guerra somete a sus enemigos a su voluntad, concediéndoles la vida a cambio de esa sumisión, este es el Estado por adquisición. El otro procedimiento es cuando los hombres se ponen de acuerdo entre sí, para someterse a algún hombre o asamblea de hombres voluntariamente, en la confianza de ser protegidos por ellos contra todos los demás, este es denominado Estado Político.

    Capitulo XXI: De la Libertad de los Súbditos.

    Libertad significa la ausencia de oposición, puede aplicarse tanto a las criaturas irracionales e inanimadas como a las racionales. Un hombre libre es quien en aquellas cosas de que es capaz por su fuerza y su ingenio, no esta obstaculizado para hacer lo que desea. La libertad natural es la única que puede llamarse apropiadamente libertad.

    Para alcanzar la paz y la conservación de sí mismos, han creado un hombre artificial que podemos llamar Estado y creado cadenas artificiales llamadas leyes civiles que por mutuos pactos han fijado fuertemente.

    La libertad de un súbdito radica solamente en aquellas cosas que en la regulación de sus acciones ha predeterminado el soberano: por ejemplo, la libertad de comprar y vender y hacer, entre sí, contratos de otro género. En efecto, el acto de sumisión implica nuestra obligación y libertad.

    La soberanía por institución se establece por pacto de todos con todos, y la soberanía por adquisición por pactos del vencido con el vencedor. Si el soberano ordena a un hombre a que se abstenga de cualquier cosa sin la cual no puede vivir, este hombre tiene libertad para desobedecer.

    Cuando la defensa del Estad requiere la ayuda de quienes son capaces de manejar las armas, todos están obligados a batallar pues de otro modo la institución, que ellos no tienen el valor o propósito de defender, era en vano.

    La máxima libertad de los súbditos depende del silencio de la ley. En los casos en que el soberano no ha prescrito una norma, el súbdito tiene libertad de hacer o de omitir, de acuerdo con su discreción. La obligación de los súbditos al soberano se no durará ni más ni menos que lo que dure el poder mediante el cual tiene capacidad para protegerlos. Si un monarca renuncia a su soberanía o muere sin dejar herederos, sus súbitos vuelven a la libertad absoluta de la naturaleza.

    NOTA: Texto recomendado para estudiantes de la Diplomatura en Ciencias Sociales en la Universidad Nacional de Quilmes (UNQ). Para la matería Introducción al Pensamiento Social (texto de tipo obligatorio).

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    Idioma: castellano
    País: Argentina

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