Derecho


Factoring


INTRODUCCION.

Factoring es una herramienta financiera cada vez más usada, para proporcionar liquidez a su empresa, librarlo de costosos y engorrosos tramites de cobro y permitirle mayor flexibilidad en sus créditos a clientes. Consiste en una relación contractual, en la cual el cliente transfiere al factor, sus cuentas por cobrar, convirtiendo sus ventas al crédito como si fueran de contado.

Para efectos de utilizar estos servicios son requeridos ciertos requisitos que el empresario debe cumplir. Como los objetivos de nuestro trabajo solamente están orientados al aspecto legal del Factoring, tales requisitos serán debidamente desarrollados, además de los formularios y contratos que se han de llenar.

Factoring

Antecedentes y estado de situación

(para personas naturales)

  • Antecedentes generales:

  • Se comienza con la identificación del solicitante o aval detallando sus datos personales tales como nombre, Rut, domicilio, estado civil, estudios, profesión, etc.

  • Se indica la actividad desarrollada tales como: si es trabajador dependiente o independiente, nombre de la empresa donde se desempeña, Rut, dirección, y giro de la empresa, etc.

  • Posteriormente se llena la identificación del cónyuge mencionando nombres, Rut, estudios, profesión, además de la identificación de la empresa donde se desempeña

  • Se mencionan los aportes o participaciones en sociedades, indicando razón social, Rut, patrimonio, ultimo balance, etc.

  • Se hacen referencias bancarias mencionando banco, sucursal, etc.

    • Antecedentes financieros (en pesos)

    • Se indican los ingresos mensuales netos del solicitante o aval y del cónyuge, como: sueldo, jubilaciones, etc. Mencionando el total de ingresos y egresos mensuales

    • A continuación se indica los Activos (en pesos) como: depósitos a plazo, clientes, siembras, etc. (Activos realizables), deudores a largo plazo, derechos llave, marcas, etc. (Activos fijos) y el total de estos.

    • Se mencionan los activos pasivos: documentos por pagar, proveedores, anticipos a clientes, etc. (pasivo circulante), capital pagado, utilidades retenidas, retiros como socio, etc. (pasivo a largo plazo), y el total de estos.

      • Detalle de cuentas

      • Se dan a conocer terrenos, edificios, y otros especificando fecha de adquisición, dirección, avalúo, etc. Señalando las propiedades que estén hipotecadas

      • Se mencionan maquinas y equipos señalando marca, modelo, año, etc.

      • Se indican vehículos, señalando marca, modelo, año, etc.

      • Se dan a conocer las deudas señalando institución financiera, fecha de vencimiento, valor de cuota, etc.

      • ANTECEDENTES REQUERIDOS PARA OPERAR

        PERSONA NATURAL

      • Cédula Nacional de Identidad

      • iniciación de Actividades

      • ultimo timbraje de facturas

      • Balances años: 1999 -2000

      • Pagos de Iva 1999 -2000 a la fecha

      • Declaración impuesto a la Renta (dos últimos dos años)

      • Bancos con que opera

      • Estado de Situación de Representante Legal

      • REQUISITOS BASICOS PARA OPERAR CON FACTORING

      • Tener ventas promedio mensuales superior a MM$7.-

      • Que las condiciones de venta estén a corto plazo. (Máximo 120 días).

      • No tener antecedentes negativos vigentes en DICOM.

      • La empresa Factoring se reserva el derecho de aceptación de los documentos presentados por el cliente para descuento.

      • ANTECEDENTES REQUERIDOS PARA OPERAR

        (SOCIEDADES ANONIMAS).

      • Fotocopia del Rut de la empresa y el representante legal

      • Copia de escritura de constitución.

      • Copia de inscripción de constitución en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, con anotaciones marginales v certificado de vigencia a fecha reciente (antigüedad no superior a seis meses).

      • Fotocopia de publicación del extracto en el Diario Oficial.

      • Copia de toda escritura relativa a modificaciones experimentadas por la sociedad, y sus respectivas copias de inscripción en el Registro de Comercio y publicación en extracto en el Diario Oficial.

      • Copia de escritura a que se hubiere reducido Acta de Sesión de Directorio en que se confieran facultades de representación y administración de la sociedad. Si la fecha de la escritura tiene antigüedad superior a seis meses se requiere certificado de vigencia del Archivo Judicial.

      • En caso de que los socios de la sociedad sean otras personas jurídicas se deberá acompañar copia de las escrituras que acrediten la personería de sus representantes (generalmente citadas al final de la escritura do constitución de la sociedad estudiada).

      • Balances 1999 y 2000.

      • Pagos de Iva 1999 y 2000 y a la fecha.

      • Declaraciones Impuesto Renta (dos últimos años).

      • Estado de Situación acreditado representante legal.

      • ANTECEDENTES REQUERIDOS PARA OPERAR

        (SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA)

      • Fotocopia del Rut de la empresa y el representante legal.

      • Copia de escritura de constitución.

      • Copia de inscripción de constitución en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, con anotaciones marginales v certificado de vigencia a fecha reciente (antigüedad no superior a seis meses).

      • Fotocopia de publicación del extracto en el Diario Oficial.

      • Copia de toda escritura relativa a modificaciones experimentadas por la sociedad. y sus respectivas copias de inscripción en el Registro de Comercio y publicación en extracto en el Diario Oficial.

      • En caso de que los socios de la sociedad sean otras personas jurídicas se deberá acompañar copia de las escrituras que acrediten la personería de sus representantes (generalmente citadas al final de la escritura de constitución de la sociedad estudiada).

      • Balances 1999 y 2000.

      • Pagos de Ivas 1999 y 2000

      • Declaraciones Impuesto Renta (dos últimos años).

      • Estado de Situación acreditado representante legal.

      • Informe legal de sociedad

        Este informe es elaborado por la empresa Factoring a través de sus abogados, para conocer lo que respecta a la empresa cliente en cuanto a los representantes de esta, que negocian con el Factoring (socios). Los abogados de la empresa Factoring elaboran y entregan conclusiones acerca del cliente “investigado” para que así puedan negociar con la empresa Factoring.

        Contratos

        Para operar con el sistema de Factoring se utilizan básicamente dos tipos de contrato:

      • El contrato de Factoring: Es aquel que se pacta con la empresa de Factoring para ingresar al sistema, estos pueden ser de 6 meses o 1 año, siendo estos renovables.

      • Para poner termino a este tipo de contrato se requiere solamente la notificación (no se usa formulario alguno de termino de contrato) por medio de carta dirigida al cliente o a la empresa dependiendo de quien sea la voluntad de poner termino a dicho contrato.

      • Contrato de cesión de créditos: Es aquel que se pacta con la empresa Factoring en cada cesión de documentos, es decir, cada vez que el cliente requiere de los servicios de Factoring (teniendo contrato previo con la misma). Este contrato va acompañado de la cartera de deudores.

      • CONTRATO DE FACTORING

        FACTORING S. A.

        -A­-

        ..........

        Comparecen: don ..........., cédula nacional de identidad número.........., en representación de ........, domiciliado en......................, en adelante “el cliente”, y FACTORING S.A., Rol Único Tributario número........., representada según se acreditará por don........, cédula nacional de identidad número........., domiciliado en calle.........., en adelante el “Factor” o “los comparecientes mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las cédulas antes citadas y exponen que han convenido en la celebración del presente contrato de Factoring:

        PRIMERO: El cliente, señala que las ventas de productos y/o servicios de su giro, ya efectuados o prestados o que en el futuro realice a contar de esta fecha, que se encuentran registradas en cuentas por cobrar, documentadas en cheques, letras de cambio, pagarés, facturas, reconocimientos de deuda, contratos, o de cualquier otra forma y que dan cuenta de un crédito a favor del cliente y en contra de los respectivos deudores, podrán ser cedidos a FACTORING S. A. , en la forma y condiciones que se señalan en las cláusulas siguientes.

        SEGUNDO: En virtud de lo expuesto en la cláusula precedente, don ............, en representación de.........., y don............, en representación de FACTORING S. A., convienen que esta última sociedad podrá adquirir del cliente quien le podrá ceder y transferir los créditos mercantiles que se encuentran registradas en cuentas por cobrar en su contabilidad, documentadas en cheques, letras de cambio, pagarés, facturas, reconocimientos de deuda, contratos, o de cualquier otra forma, que éste emita.

        TERCERO: Los créditos mercantiles que el cliente podrá ceder a FACTORING S. A. y que esta podrá adquirir, deberán reunir los siguientes requisitos:

        Uno) Debe tratarse de créditos mercantiles que representen contablemente para el cliente una cuenta por cobrar y podrán constar en cheques, letras de cambio, pagarés, facturas, reconocimientos de deuda o de cualquier otra forma, documentos que deberán extenderse en conformidad con la legislación vigente, debiendo cumplir con todas las normas tributarias que las leyes impongan.

        Dos) Que en el caso de ser facturas haya transcurrido el plazo de ocho días estipulado por el articulo ciento sesenta del Código de Comercio para los efectos de reclamar del contenido de las facturas, sin que se hubiere formulado reclamo alguno.

        Tres) EL cliente debe haber pagado dentro del plazo establecido en la Ley sobre el Impuesto al Valor Agregado y su Reglamento el correspondiente impuesto.

        CUARTO: El cliente no podrá emitir notas de créditos y/o débitos de ninguna especie desde el momento de la cesión del los créditos al Factor, debiendo comunicar a éste si hubiere emitido dichas notas antes de la cesión. En los casos que el cliente hubiere acordado con su deudor una bonificación por el pronto pago, el factor respetará esta estipulación siempre que conste en los documentos, y sólo estará obligado a satisfacer al cliente hasta el monto efectivamente percibido con deducción del beneficio económico que al factor hubiere reportado la inexistencia de esa estipulación. El cliente no podrá ceder los contratos que dan origen a un crédito y la factura o los títulos de crédito que se emitan, y documenten el crédito, separadamente; lo que le queda estrictamente prohibido. Si el cliente incurre en esta situación de doble cesión de un mismo crédito a dos o más personas, incurrirá en incumplimiento grave de sus obligaciones contractuales y dará derecho al factor para cobrar a título de multa una suma igual al triple de la deuda que a dicha fecha mantenga vigente con el factor. Asimismo el factor podrá hacer publicar este incumplimiento en cualquier medio de información comercial.

        QUINTO: El precio de la cesión de cada crédito, las condiciones y plazos del mismo se determinarán en el respectivo contrato de cesión de crédito. Se deja constancia de que el pago del Impuesto al Valor Agregado correspondiente a cada uno de los créditos cedidos es una obligación del cliente, la que en ningún caso será asumida por FACTORING S. A. El cliente, bajo su firma y timbre, estampará para el caso que sea requerido, la siguiente leyenda: “El crédito representado por la presente factura ha sido cedido a FACTORING S. A. con domicilio en a quien deberá hacerse el pago del mismo para que se entienda cancelada”. En caso de cesión de facturas o cesión de créditos que emanan de contratos, FACTORING S. A. notificará al deudor de la respectiva factura o del respectivo contrato, la correspondiente cesión por un Ministro de Fe. Para estos efectos el Ministro de Fe podrá remitir cartas certificadas de notificación, dirigidas al domicilio del deudor cedido o bien podrá entregar una notificación personal. La carta de notificación será del siguiente tenor: “Señor Por la presente tengo el agrado de poner en su conocimiento que entre .............. y FACTORING S. A., se ha celebrado un contrato de Factoring mediante el cual ......... ha cedido la(s) factura(s) - o contrato - que fueron emitidas a nombre de la empresa que usted representa y que se detallan a continuación, las cuales adjunto en fotocopia: . Las facturas descritas fueron cedidas basándose para ello en el articulo ciento sesenta y dos del Código de Comercio y los artículos mil novecientos dos y siguientes del Código Civil. De acuerdo a lo señalado informo a usted que el pago de dichas facturas deberá hacerse a nombre de FACTORING S. A.. Cualquier consulta puede hacerse directamente a FACTORING S. A., cuya dirección es calle.............. o al teléfono número.............. al Ejecutivo de Cuentas don.......... . Atentamente, Notario Público”

        SEXTO: A mayor abundamiento, por el presente instrumento don............ en representación de............. autoriza y otorga mandato irrevocable a FACTORING S. A. para que en su nombre y representación cobre y perciba toda clase de documentos quedando facultada la mandataria para cobrar cheques, facturas, letras de cambio, pagarás, y demás efectos de comercio, depositarios en las cuentas corrientes bancarias de FACTORING S. A., hacerlos protestar, endosarlos en cobranza, retirarlos y percibir su importe, imputar lo percibido a deudas u obligaciones pendientes del cliente, directas o indirectas, para con la mandataria y ejercer todas las acciones que en derecho correspondan si mandante para obtener el pago integro y oportuno del importe de los referidos documentos. Para estos efectos, el mandatario estará revestido de todas las facultades judiciales, para que represente al mandante en toda clase de juicios y gestiones, no pudiendo ser notificado de nuevas demandas ejercidas contra el mandante ni contestarlas. Se confieren al mandatario las facultades indicadas en el artículo siete, inciso primero del Código de Procedimiento Civil y especialmente las de demandar, deducir querellas criminales, iniciar cualquier otra gestión judicial, reconvenir, contestar reconvenciones, desistirse en primera instancia de la acción deducida, renunciar a los recursos o términos legales, transigir, comprometer, otorgar a los árbitros las facultades de arbitradores, aprobar convenios, verificar créditos, impugnar verificaciones y percibir. Para el adecuado desempeño de su cometido, el mandatario podrá designar abogados patrocinantes y nombrar apoderados con todas o alguna de las facultades señaladas, quedando autorizado para delegar este poder u otorgar poderes especiales y reasumirlos cuantas veces lo estime necesario. Don ............en representación .......... autoriza e instruye a los deudores de los documentos que cobre FACTORING S. A., para girar los pagos a nombre de la mandataria. El cliente se obliga a no revocar el presente mandato, a no hacer gestión alguna para el cobro de lo adeudado ni a percibir el importe de los documentos que cobrará FACTORING S. A.. En el caso que los deudores de los documentos que cobre FACTORING S. A. le paguen al mandante, este se obliga a restituirlos a FACTORING S. A. de inmediato. En caso de que el cliente contratare los servicios de una compañía garantizadora de cheques, y sea ello debidamente informado al factor por escrito y con anterioridad, de resultar protestados uno o más de los documentos financiados al ser presentados para su cobro, FACTORING S. A. los devolverá al cliente bajo nómina tan pronto como sean liberados por la respectiva entidad bancaria, obligándose el cliente a pagar al factor el valor de dichos documentos, hasta la concurrencia de la suma financiada, más los gastos e intereses que correspondan. El cedente autoriza expresa e irrevocablemente a FACTORING S. A. para conservar las sumas de dinero que perciba con motivo del encargo encomendado en su propio beneficio, ya que corresponde al valor de los créditos adquiridos por dicha sociedad y que son por lo tanto de su propiedad. La sociedad FACTORING S. A., representada en la forma indicada, acepte el mandato que se confiere por el presente instrumento en los términos relacionados, mandato que tendrá el carácter de irrevocable según lo prescrito en el articulo doscientos cuarenta y uno del Código de Comercio.

        SÉPTIMO: El factor tendrá derecho a elegir a los deudores cuyos créditos adquiera, para lo cual el cliente le proporcionará los antecedentes necesarios pare su adecuada evaluación.

        OCTAVO: El cliente podrá ofrecer al factor la totalidad de los créditos que cumplan los requisitos señalados en el presente contrato sin perjuicio del derecho de elección de FACTORING S. A. establecido en la cláusula precedente.

        NOVENO: El Factor podrá pactar con el cliente la exclusividad de terceros, los que se especificarán en una nómina que suscrita por las partes se entenderá formar parte integrante del presente contrato, de modo que dichos terceros y los créditos que adeuden al cliente no podrán ser cedidos ni entregados en cobro a un tercero que no sea FACTORING S. A..

        DÉCIMO: Además, para llevar a efecto el presente contrato y dar cabal cumplimiento a uno de los principios básicos del Factoring, cual es la buena fe en la contratación, el cliente deberá cumplir con las siguientes obligaciones:

      • Suscribir el respectivo contrato de cesión de crédito mercantil y mandato especial e irrevocable, cuyo texto declara conocer y aceptar en todas sus partes, a sólo requerimiento del factor.

      • Extender las guías de despacho, facturas y demás documentos que se emitan y que den cuenta de un crédito, cumpliendo con todos los requisitos legales.

      • Permitir al factor examinar sus libros y documentos administrativos y contables, mediante persona expresamente autorizada al efecto, la cual quedará obligada a guardar estricta reserva respecto de la información obtenida para el factor.

      • Proporcionar al factor todos los antecedentes que este solicite en relación a los créditos mercantiles y a los deudores de los mismos.

      • Informar al factor en forma veraz, suficiente y oportuna de todos los hechos que afecten sus intereses y que digan relación con los deudores de los créditos mercantiles.

      • El cliente no podrá recibir el pago de los créditos cedidos al factor, ni podrá ejercer ninguna acción de recaudación de dichos créditos, Tampoco podrá renegociar su pago.

      • UNDÉCIMO: El factor deberá cumplir con las siguientes obligaciones:

        UNO) Pagar oportunamente el precio respecto de los créditos mercantiles cuya cesión se perfeccione en los términos establecidos en la respectiva escritura de cesión.

        DOS) Pronunciarse sobre la adquisición de los créditos mercantiles dentro de un plazo prudencial, cuidando de no incurrir en atrasos o demoras que impidan el cobro de los créditos en forma rápida y oportuna.

        DECIMO SEGUNDO: El factor queda expresamente facultado para cobrar anticipadamente los créditos cedidos en caso de incumplimiento por el cliente de las obligaciones que le impone el presente contrato.

        DÉCIMO TERCERO: Serán de cuenta y cargo del cliente los impuestos y derechos que actualmente o en el futuro, graven el presente contrato, así como los documentos que, de acuerdo con este contrato, deban emitirse. Todos los gastos derivados de la celebración, cumplimiento y/o ejecución del presente contrato serán de cuenta y cargo del cliente.

        DECIMO CUARTO: Cualquier duda o dificultad que surja entre las partes con motivo del presente contrato o de sus documentos complementarios o modificatorios, ya se refiera a su interpretación, cumplimiento, validez, terminación o cualquier otra cualquier otra causa relacionada con este contrato, se resolverá mediante arbitraje, conforme al Reglamento del Centro de Arbitrajes de la Cámara de Comercio de Santiago A. C., cuyas disposiciones constan en la escritura pública de fecha diez de diciembre de mil novecientos noventa y dos otorgada en la Notaría de Santiago de don Sergio Rodriguez Garcés, que formando parte integrante de esta cláusula, las partes declaran conocer y aceptar. El árbitro, que tendrá el carácter de arbitrador, será designado de común acuerdo por las partes, y, en caso de que dicho acuerdo no se produjere, las partes confieren mandato especial irrevocable a la Cámara de Comercio de Santiago A. G. para que proceda a designar el tribunal arbitral.

        DÉCIMO QUINTO: El plazo de vigencia del presente contrato es de un año a contar de esta fecha. A su vencimiento se renovará automática y sucesivamente por periodos de un año cada uno, salvo que cualquiera de las partes avisase a la otra su voluntad de que no opera la prórroga. El aviso se dará por carta certificada dirigida a los respectivos domicilios, con una anticipación de noventa días, a lo menos, al vencimiento del periodo que estuviese en vigencia. El cedente sólo podrá hacer aso de su derecho a que no opere la prórroga del presente contrato si nada adeudare al factor, directa o indirectamente. No obstante lo anterior, las partes convienen expresamente en que el factor podrá poner término anticipado al presente contrato en cualquier momento, dando aviso escrito al cliente con un mínimo de noventa días.

        DECIMO SEXTO: Para todos los efectos legales de este contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad y comuna de ......... La personería de don ............ para representar a .............consta en escritura pública de fecha otorgada en la Notaría de ........, de don........ La personería de don........ para actuar en representación de FACTORING S. A., consta de la escritura pública de fecha........... otorgada en la Notaría de ............., estas escrituras no se insertan por ser conocidas del notario y de las partes y a expresa petición de ellas. En comprobante y previa lectura los comparecientes se ratifican y firman con el Notario que autoriza.

        CONTRATO DE CESION DE CREDITOS

        CONTRATO DE CESION DE CREDITOS

        -A­-

        FACTORING S.A.

        En ___________ a ____ de ______________ de ______, comparecen Don ________________________________________ _____________________ de profesión ______________________________________________ C.I. N° ______________________(y don______________________________________ de profesión____________________________________), como mandatario(s) y en representación de_____________________________________________ sociedad RUT N°______________________, todos domiciliados en ____________________ ______________________________________________ Comuna ______________ _______________ de la Región ____________________________________; y don _________________________________________________________________ de profesión__________________________________ C.I. N°____________________

        (y don _________________________________________________, de profesión__________________), como mandatario(s) y en representación de FACTORING SA., sociedad RUT N° XXXXXX-X, ambos domiciliados en esta ciudad, calle XXXXX N° XX, Comuna de XXX; los comparecientes mayores de edad exponen:

        • PRIMERO: Que por escritura publica de fecha ______ de ___________________ de _______, otorgada en la notaria de Santiago de don ____________________ ________ _________, se celebró entre los comparecientes un contrato de Factoring, en los términos y condiciones señalados en el referido instrumento, el que forma parte del presente instrumento.

        • SEGUNDO: Por este acto EL CLIENTE, representado en la forma indicada en la comparecencia, en cumplimiento de lo dispuesto en la cláusula numeral uno de la escritura individualizada en la cláusula primera precedente, cede y transfiere a FACTORING S.A., para quien adquiere su mandatario, los créditos que emanan de todas y cada una de las facturas emitidas por EL CEDENTE y/o de los documentos de crédito o rnercantíles que tiene en contra de sus deudores, y que se individualizan en el reverso del presente contrato, declarando FACTORING.S.A. recibirlos a su entera satisfacción. EL CEDENTE declara que los créditos que emanan de las facturas y/o documentos de crédito referidos cumplen con los requisitos y condiciones indicadas en la cláusula cuarta del contrato de Factoring ya individualizada.

        • TERCERO: El precio de la cesión es la suma de ___________________________ pesos que FACTORING S.A. paga y pagará a______________________________________ _________ de la siguiente manera a) Con la suma de $_______________ al contado, en este acto, a entera satisfacción del CEDENTE, quien declara recibirlo; y b) Con el saldo de $ _______________ que FACTORING S.A. pagará al CEDENTE a partir del segundo día hábil contado desde que el cesionario reciba y acredite en su cuenta corriente bancaria, como disponible, el producto de la cobranza de cada uno de los créditos objeto de esta cesión.

        Si el deudor cedido pagare la factura o documento de crédito después de su fecha de vencimiento, el precio se rebajará en la proporción que corresponda a los días de tal atraso.

        De la parte del precio que se paga al contado, FACTORING S.A. descontará además de la comisión y en su caso los costos que demande el seguro, los gastos en que haya incurrido éste con motivos de la suscripción del contrato de Factoring y del presente contrato y que de acuerdo al primero será de cargo del CEDENTE. Dichos gastos, comisiones y demás, constarán en las facturas que se emitirán a nombre del CLIENTE.

        • CUARTO: El CEDENTE se hace responsable de la existencia de los créditos de que dan cuenta las facturas y/o documentos de crédito cedidos y de la solvencia actual y futura de cada uno de los deudores cedidos, en cuyo favor se emitieron tales facturas y/o han suscrito y otorgado tales documentos de crédito. En consecuencia, en mérito de tal responsabilidad, si por cualquier causa o motivo un deudor cedido no pagara una factura y/o documento de crédito cedido a FACORING S.A., sea por este instrumento o por otro contrato de cesión ya suscrito o que se suscriba en el futuro por el CLIENTE y FACTORING S.A., este descontará el valor correspondiente del saldo del precio de la cesión. La responsabilidad del CEDENTE, se regulará y hará efectiva de conformidad a lo señalado en las cláusulas 6 y 7 del contrato de Factoring individualizado en la cláusula 1 de éste instrumento.

        • QUINTO: En este acto EL CEDENTE, representado en la forma indicada en la comparencia, hace entrega a FACTORING S.A. de las facturas y/o documentos de crédito objeto de la presente cesión, declarando EL CEDENTE que en cada una de las facturas cedidas por este instrumento se ha estampado la siguiente leyenda: “EL CREDITO QUE PRESENTA LA PRESENTE FACTURA HA SIDO LEGALMENTE CEDIDO A FACTORING S.A. A QUIEN DEBERÁ HACERSE EL PAGO DEL MISMO PARA QUE SE ENTIENDA CANCELADA. EL DOMICILIO DE FACTORING S.A. ES XXXX, FONO: XXXX.

        P.P. __________________________ FECHA ______________________________

        Queda facultado FACTORING S.A. para notificar al deudor cedido la presente cesión, a través de un Ministro de Fe.

        • SEXTO: Para el evento que sea oneroso o no posible la notificación de la presente cesión al deudor cedido, por el presente instrumento EL CEDENTE, representado en la forma indicado en la comparecencia, confiere mandato irrevocable a FACTORING S.A., para quien acepta su mandatario ya individualizado, para que cobre y perciba directamente de los deudores cedidos lo que estos deben pagar al CEDENTE por las facturas cedidas, quedando facultado el mandatario para retirar, cobrar y percibir los cheques que se extiendan a favor del mandante, cobrar y percibir su valor y otorgar recibos y cancelaciones por los mismos, como asimismo para suscribir todo otro documento que le sea requerido para el fiel cumplimiento de este mandato. EL CEDENTE autoriza expresamente a FACTORING S.A. para conservar en su poder las sumas que perciba con motivo de este mandato, las destine para los fines que estime convenientes, en atención a que dichos valores corresponden al pago de los créditos que por el presente instrumento adquiere. El presente mandato irrevocable comprende la cobranza judicial de los referidos documentos, y a este efecto EL MANDANTE otorga a FACTORING S.A., las facultades enumeradas en ambos incisos del articulo séptimo del Código de Procedimiento Civil, las cuales se dan por expresamente reproducidas una a una en el presente instrumento.

        • SEPTIMO: En lo no previsto por este instrumento, regirán las normas contenidas en el contrato de Factoring suscrito entre EL CEDENTE y FACTORING S.A., ya individualizado en la cláusula primera.

        • OCTAVO: Los gastos e impuestos que graven al presente contrato serán de cargo del CLIENTE

        • NOVENO: Cualquier dificultad que se produzca entre EL CLIENTE y FACTORING S.A. y que encuentre su causa u origen en la aplicación, interpretación, cumplimiento o incumplimiento del presente contrato será resuelta por el arbitrio designado en el contrato de Factoring suscrito entre las partes e individualizados en la cláusula primera.

        • DECIMO: Para todos los efectos del presente contrato las partes fijan su domicilio en la comuna de XXXXXXX.

        • UNDÉCIMO: La personería de don _________________________________ (y de don_____________________________________) por FACTORING S.A. consta de la escritura pública de fecha ________________ de _________ de ____________.

        __________________________ __________________________________

        p.p. FACTORING S.A.

        Nomina de Documentos cedidos en Factoring

        La siguiente ficha se completa con los datos obtenidos de los documentos que el cliente presenta a la empresa de Factoring (sean estos Facturas, cheques, etc.). Así se forma una cartera de deudores, donde se especifica lo siguiente:

        • Tipo de documento que el cliente presenta (factura, cheque, etc.).

        • Tipo de moneda en que se presenta el documento (pesos, Uf, etc.).

        • Fecha y notaría del contrato de Factoring.

        • Nombre y Rut del cliente.

        A continuación se especifica los datos de el (los) deudores:

        • Rut.

        • Nombre.

        • Giro comercial.

        • Fecha de vencimiento.

        • N° de documento.

        • Monto.

        • N° cuenta corriente.

        • Banco.

        • Plaza

        • Calificación (si el deudor es o no aprobado).

        Luego:

        • El total de los montos cedidos.

        • Fecha y hora de recepción.

        • Firma del representante legal del solicitante y del representante legal de la empresa de Factoring.

        Solicitud de Giro

        En esta solicitud de giro se detalla lo concerniente al pagaré, el monto a girar y el tipo de tasa que rige este giro, también se nombran las garantías que pueden ser aval, prendas e hipotecas.

        Pagaré

        Este instrumento se utiliza como seguro en el caso de mora o retardo en el pago de los terceros para con la empresa Factoring, este pagaré se carga al deudor, y va acompañado de la garantía exigida por la empresa para el pago del mismo. Esta garantía puede ser aval, prendas, o hipotecas.

        Aval

        Este se utiliza en el caso de no cumplimiento del contrato de Pagaré por parte del deudor, se recurrirá al avalista (este documento va firmado ante notario).

        Carta de notificación al deudor

        Esta carta es enviada al deudor por la empresa de Factoring para enterarlo de que el cliente ha cedido los créditos a esta (la empresa de Factoring).

        Notaría

        XXXXXXXXXXXXXX

        INDEPENDENCIA XXXXX

        VALDIVIA

        Valdivia, 26 de ABRIL de2001.-

        SEÑORES

        XXXXXXXXXXXXXXXX

        AT. XXXXXXXXXXXXXXXX

        AVDA. XXXXXXXXXXXXXXXXXX

        VALDIVIA

        Señor(es) mío(s)

        Para los efectos del articulo 1902 del Código Civil, notifico a usted(s) que por escritura pública del 11.01.1999 ante el titular de Valdivia, don XXXXXXXXXXX, los créditos emanados de la(s) siguiente(s) letras(s).

        N° FACTURA MONTO $ VENCIMIENTO
        14187 3.745.375.- 16/04/2001

        14188 1.957911.- 16/05/2001

        14189 3.051.169.- 16/06/2001

        aceptada(s) por usted(es) y emitidas por los señores XXXXXXXXXXXXXXXXX, cuyas copias han sido cedido(s) por su acreedor a Factoring S.A., domiciliado en Independencia N°XXXX, Valdivia, Teléfono XXXXXXX a quién deberá efectuarse el pago para que esta se entienda(n) cancelada(s).

        Sin otro particular, le saluda atentamente

        NOTARIO

        Ejemplo de carta de aceptación del deudor

        XXXXXX 28 de Abril de 2001.-

        Señores:

        XXXXXXXXXXX

        Ahumada N°XXXXXX

        presente

        Muy Señores míos

        Ratificamos a ustedes que hemos sido notificados por nuestro cliente común XXXXXXXXXXX, Sociedad Rut: N° XXXXXXX-X, de la cesión del crédito contenido en la (s) Factura (s) que se individualizan.

        FACTURA N5 MONTO $ VENCIMIENTO

        05144 9.985.896.— 01.07.2001

        05145 29.365.594.— 01.07.2001

        05146 57.892.762.— 01.07.2001

        Manifestamos a ustedes nuestra aceptación de tal cesión e Impartiremos las Instrucciones para que las mismas sean pagadas directamente a Factoring S.A., con documento nominativo a su favor.

        Asimismo el suscrito, en la representación que inviste, comunica a ustedes que la factura individualizada precedente corresponde al estado de pago numero 08 de fecha 05/05/2001 el que se encuentra debidamente aprobado por mi representada de conformidad a los procedimientos estipulados.

        En multo a la cesión del crédito contenido en las facturas N5s 5144, 5145, 5146 (XXXXXXXXX LTDA.) se obliga a no aceptar notas de crédito, pedir la devolución de la factura y a no pagar la factura cedida al cedente o a un tercero.

        La presente declaración y aceptación expresa, se hace en los términos del articulo 1902 y siguientes del Código Civil y 162 del Código del Comercio.

        Sin otro particular, lo saluda atentamente,

        XXXXXXXXXXXXXXXX LTDA

        Conclusión

        Factoring es un sistema al cual acceden las empresas para aumentar sus fondos líquidos a través de un convenio con la empresa Factoring, mediante el cual la empresa transfiere sus ventas a crédito a Factoring, el cual las transforma en dinero efectivo inmediato para la empresa, lo cual ayuda a reducir sus gastos de cobranza, liberar recursos y sus líneas de crédito. Todo esto permitiendo a la empresa mejorar sus índices financieros y agilizar sus operaciones.

        La empresa al trabajar con el sistema Factoring gana una serie de beneficios como:

        • Permite disminuir los costos asociados a la función de administrar cuentas por cobrar.

        • Permite mejorar indicadores financieros de su balance, no se registra como deuda directa.

        • Accede a importante información de comportamientos de pago a través del banco de datos.

        • Le permite hacer una mejor selección de sus clientes de crédito, disminuye incobrabilidad de facturas.

        • Accede a un importante apoyo en materia contable.

        • Accede a un sistema de custodia de documentos, propios y de terceros.

        • Le otorga una mayor formalidad a la cobranza.

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        Factoring




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Enviado por:El remitente no desea revelar su nombre
Idioma: castellano
País: Chile

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