Derecho


Época arcaica


La Época Arcaica

El estado ciudad de la época arcaica como punto de partida de la evolución del Derecho Romano. La reducida extensión de esta área, o sea, del territorio estatal que poseía la comunidad romana en su nebulosa prehistoria. Corresponde aproximadamente a la tercera parte del espacio que ocupa el principado de Andorra.

La población de Roma era cuando menos en su sustrato de origen Latino. Los restos arqueológicos parecen indicar que los antepasados de los latinos estuvieron asentados en época remota, en el territorio del Danubio que se encuentra al sur de Hungría y Servia. Roma estuvo sobre todo en la segunda mitad del siglo VI a.c. bajo una intensa influencia de sus vecinos etruscos, de Etruria vino a Roma la costumbre de examinar las entrañas de los animales, para hacer presagios sobre el resultado de empresas políticas y militares. Podemos encontrar elementos Etruscos en el Derecho Romano, y en especial en su ordenamiento estatal. La escritura de los romanos, el alfabeto latino, se hace derivar del etrusco el cual a su vez procedía del griego. En el campo del Derecho se percibe un influjo griego hacia la mitad del siglo V a.c. en la ley de las doce tablas, influjo que pudiera ser más antiguo incluso, pero la meditación de los etruscos no puede probarse, dado que no tenemos idea de su vida jurídica.

Situación Económica y Social: La Roma de la época primitiva era una comunidad rural. El peso de la vida política y económica gravitó sobre la propiedad fundiaria y precisamente sobre un número relativamente pequeño de familias nobles, los cuales poseían la mayor parte del suelo romano y formaban la calidad de jinetes. Los plebeyos estuvieron excluidos de los cargos públicos hasta las luchas sociales de los siglos V y VI a.c. El auge económico y político de la plebe, surge en el siglo C a.c. Tuvieron éstas tal influencia en la evolución política de Roma que no es posible captar la esencia y la función práctica del ordenamiento del estado romano sin conocer estas manifestaciones sociales. La nobleza patricia estaba dividida en linajes.

Se introdujo una táctica política, según afirman investigaciones arqueológicas, a fines del siglo VI había penetrado ya en Roma. Los infantes, con sus pesadas armaduras, formaban ahora el núcleo de las fuerzas del choque. La evolución política: la plebe comenzó palucha por la equiparación política y se prolongo durante un siglo, terminó teóricamente al democratizar, en cierto modo la república romana. La esclavitud desempeñó en la época primitiva un modesto papel. El extranjero, lo mismo que el liberto, en Roma carecía esencialmente de derechos y necesitaba la protección de unos ciudadanos influyente, a no ser que perteneciese ala estirpe común de los latinos.

El Estado: Simplemente el conjunto de personas que lo componen, es decir, el estado eran los propios ciudadanos. Populus Romanus siguió siendo la denominación técnica del Estado romano, mientras hubo una tradición republicana, esto es, hasta bien entrada la época del imperio.

Las asambleas Cívicas: En su asamblea se decidían sobre la paz y guerra, se elegían a los magistrados y se votaban las leyes. La más antiguas de las asambleas, los comicios por curias, puede decirse con seguridad, es la asamblea arranque, en el siglo VI a.c. Los ciudadanos se agrupaban aquí en curias, En número de 30, de las que cada 10 formaban un “tercio” colectividad, era, igual que las fratrías de las ciudades griegas, agrupaciones religiosas con cultos y ministros propios.

Los comicios curias de la época republicana, solo tenían funciones religiosas y jurídicas, se reunían bajo la presenciadle pontifex maximus. La segunda asamblea se encontraba agrupada por centurias, el origen militar de esta asamblea era evidente, era un ejercito constituido para ejercicios políticos, en total de 193centurias estaba repartido por clases que poseían ya la mayoría absoluta con 98 centurias. La tercera asamblea es los comicios tributa, se dividía por ciudadanos por su pertenencia a circunscripciones del territorio romano, llevaba el nombre de tribus. Los ciudadanos sólo se ordenaban por curias, por centurias y por tribus con el objeto de votar las mociones de ley o las propuestas electorales del magistrado que precedía la asamblea.

La monarquía: En la época más remota, en el vértice del estado romano había un rey, que hay que suponer que el rey las llevara en todas las ocasiones solemnes, luego los maceros, los cuales, preparados siempre para ejecutar, procedían a los magistrados. La forma de constituirse el rex trasluce claramente antiquísimas concepciones sobre la proximidad de los dioses y el poder mágico del rey legítimo. El rey era elegido por los dioses por medio de presagios. La monarquía debió de surgir de una concepción más racional del poder político.

Las magistraturas de la república: tenían el mando militar y político. La magistratura suprema romana fuera ya de cualquier comienzo con la república fueron los pretores. El poder del pretor tuvo desde el principio una faceta civil. La facultad de convocar a una asamblea y proponer leyes para su votación y el derecho a convocar e interrogar al senado. El poder del magistrado era una cuartada duraba un año, y tenía en existencia a dos magistrados. En situaciones críticas se podía eliminar la colegialidad nombrando a un dictador. La más antigua magistratura de las menores eran los cuestores que se crearon cuando nació la administración del erario público. Los ediles tenían a su cargo la policía de calles y mercados. La censura constituía una magistratura con esfera especial de funciones. Esta magistratura gozaba de un prestigio especial. Todas estas magistraturas eran cargos gratuitos.

El Senado es el tercer elemento en la vida constitucional romana, al lado de las asambleas del pueblo y de las magistraturas, fue una asamblea de jefes de la nobleza patricia, el senado se dividía en ordenes; los extensores t los excónsules ocupaban la primera clase.

Órganos especiales de la plebe: los patricios mantenían el monopolio sacerdotal. Se creo la magistratura tribuna plebis, que era para proteger los intereses de la plebe y les otorgaba inviolabilidad mientras mantenían su magistratura. Se les otorgo el derecho de interceder en las actuaciones oficiales de cualquier magistrado.

El derecho civil en la época arcaica: La relación primera es la ley de las doce tablas XII., el derecho griego influyó en su legislación. Las doce tablas contenían prescripciones sobre el curso de procedimientos judicial, inclusive ejecución, sobre materias jurídicas, que hoy separamos tajantemente como el derecho privado y el derecho penal, mientras el legislador lo veía como una unidad. Sus normas son de concisión extrema, muy uniformas y sencillas en su estructura. El derecho privado predominan el familiar, el derecho de herencia, el de vecindad, que era para la vida cotidiana del labrador la parte más importante del derecho de las cosas. Las doce tablas conocían una modalidad despiadada de contrato de obligatorio, del cual el mutuario, al recibir dinero, que se pesaba ante testigos, pasaba literalmente a poder del acreedor. Las doce tablas prescribían expresamente, para muchos otros delitos la pena de muerte. El carácter capital no deja lugar a dudas en el hurto.

La evolución del derecho después de las doce tablas: Los ciudadano votaban las leyes propuestas del magistrado facultado para convocar y dirigir una asamblea popular. Con la lex Hortensia se declaró obligatorio para todos los ciudadanos los acuerdos de la plebe. Las leyes decisivas para el desarrollo del Derecho Romano privado y procesal fueron casi siempre plebiscitos. Otras leyes de importancia para el proceso, derecho hereditario, derecho de legados, derecho de las donaciones, tutelas y fianzas, son ya de la época posterior a las guerras púnicas. La lex afilia es una de las numerosas leyes destinadas a proteger la población de las provincias de la concusión de los magistrados romanos y la lex agraria que terminaba con las leyes agrarias de los Gracos.




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Enviado por:Ximena Rios Antunez
Idioma: castellano
País: México

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