Derecho


Derecho natural


Ficha 1 Derecho

Acepciones de la palabra Derecho

  • El derecho en sentido objetivo

  • El derecho en sentido subjetivo

  • Acepciones de la palabra derecho

    Entre las diversas acepciones del a palabra derecho están: Derecho objetivo, derecho positivo, derecho subjetivo derecho como ciencia, derecho positivo y derecho natural.

    El derecho en sentido objetivo, es el conjunto de normas y estás son preceptos imperativos, atributivos, o sea, reglas que imponen deberes y conceden facultades (derechos y obligaciones), por ejemplo: frente a una persona obligada por una disposición jurídica, como puede ser una norma, un contrato, etc. Siempre hay otra persona facultada para exigirle el cumplimiento de su deber, también se dice que el derecho objetivo, es un conjunto de leyes que expresan formalmente las normas de ese orden.

    Y se refieren al lugar y al tiempo, como es el derecho de un país de un lugar determinado, de una época, etc, así mismo cuando se dice por ejemplo: Juan es estudiante de derecho o el derecho romano, francés y español, son base de nuestra vida jurídica, la palabra derecho se emplea en sentido objetivo, puede emplearse dicho termino para designar un precepto o artículo aislado o también un conjunto de normas como puede ser un código, una ley, etc o todo un sistema jurídico, al decir derecho sucesorio (herencias), derecho colonial, derecho mexicano.

    Derecho subjetivo

    El derecho subjetivo es una de las funciones del derecho objetivo, es la autorización que se deriva de la norma el derecho subjetivo, no puede concebirse fuera del derecho objetivo, y por ser una facultad, por ejemplo el poder para hacer alguna cosas supone una norma que lo produce y así no existe derecho objetivo, que no conceda facultades, derecho subjetivo, que no dependa de una norma.

    Cuando se dicen los derechos del hombre del ciudadano, del mexicano, se refiere a las facultades o derechos que el individuo tiene y que deben ser respetados por los demás miembros de la sociedad.

    Ficha 2 Derecho

    Acepciones de la palabra derecho

  • El derecho como ciencia

  • Arte y técnica jurídica

  • El derecho como ciencia

    La palabra derecho no solo designa el orden de fenómenos sociales, sino que también tiene otras acepciones. La palabra derecho tiene de particular que designado el conjunto de fenómenos jurídicos es también el nombre de la disciplina científica que los estudia, por ejemplo:

    Cuando se dice estudiante de derecho, derecho es la materia, la disciplina de estudio, en este sentido el derecho es la ciencia, que se ocupa de las manifestaciones jurídicas, consideradas como una categoría de fenómenos sociales y desprende , ellos y formula las leyes naturales a que están sujetos se sabe que la ciencia del derecho es de carácter eminentemente social por ser producto de la sociedad.

    La practica del conocimiento de esta ciencia se denomina arte jurídico o arte del derecho.

    Y la técnica jurídica es el conjunto de medios empleados para la elaboración transformación o cambio y aplicación de las reglas jurídicas en vigor y

    Ficha 3 derecho

    El derecho positivo: la materia fundamental de la ciencia del derecho es el derecho positivo el diccionario español dice que la palabra positivo es lo cierto, efectivo verdadero y que no ofrece duda el maestro José Trinidad García expone en su libro de introducción al estudio del derecho que es el conjunto de las manifestaciones prerrentes del derecho formado por las normas jurídicas en vigor como son leyes y costumbres pero se dice que esas normas jurídicas en vigor sólo pueden concebirse plenamente a través de un examen del derecho histórico por que el derecho positivo es cambiable por naturaleza y su materia es sustituida en el futuro por normas nuevas. Cuanto s estudia el derecho como ciencia en general se hace pensando en un conjunto de principios cambiables la positividad es un hecho que consiste en la observancia de cualquier precepto jurídico ya sea vigente o no vigente, el derecho vigente, es el conjunto de normas imperativas- atributivas que en una cierta época y en un lugar determinado la autoridad política considera obligatoria o sea que el derecho que rige en un tiempo y lugar determinado y que no ha sido derogada, abrogada, derogación es el acto por el cual se priva a la ley de su fuerza, derogar es abolir la ley solo en algunos de sus preceptos o artículos y abrogar s quitar su fuerza a la ley en todas sus partes, no todo derecho positivo es vigente en cambio todo derecho vigente es positivo.

    El derecho positivo es lo intrínseco, lo formal o socialmente valido cuando goza de eficacia, es el conjunto de normas que realmente se observan en una época y lugar determinados se observan en una época y lugar determinados aun en el caos de que hayan dejado de estar vigentes por no ser aplicados a casos completos, el maestro Eduardo García Máynez dice que el concepto ideal del derecho positivo es el que se hace por lo regular a una parte del derecho, por ejemplo cuando se dice derecho positivo Mexicano se refiere al derecho nacido de las actividades jurídicas de la sociedad mexicana organizada en estado, las leyes, reglamentos, códigos, etc., que existen en los Estados Unidos Mexicano constituyen al derecho positivo mexicano

    Ficha 4 Derecho

    Acepciones de la palabra derecho

    El derecho natural

  • Concepto histórico

  • ¿Qué se trataba de descubrir en este derecho?

  • ¿Quiénes fueron los primeros en plantear y discutir el problema de su contenido especifico? Explicación.

  • ¿Quiénes negaron este derecho?

  • Derecho Natural

    Desde tiempos muy antiguos filósofos y pensadores políticos sostuvieron la creencia de que existe un derecho basado en lo más íntimo de la naturaleza del hombre como ser individual y colectivo, un derecho natural permanente y absolutamente válido e independiente de toda legislación o cualquier cosas imaginada por el hombre trataban de descubrir aquellas ideas generales y eternas de justicia y derecho que los individuos humanos estaban dispuestos a reconocer en todas partes y que habian de servir como justificación de toda forma de derecho positivo, los primeros en plantear y discutir el problema en cuanto al contenido especifico de derecho natural fueron los pensadores griegos, se dieron cuenta de que ahbía un conjunto de normas fundadas en la naturaleza humana y obligatorias para todos los hombres y en todos los tiempos.

    Aunque Tracimaco, Calicles, Protágoras se negaron a reconocer la existencia de un derecho natural, diciendo que las leyes eran criadas por los hombres o grupos que estaban en el poder, con objeto de fomentar sus propios intereses y que la justicia no es sino lo que conviene al más fuerte.

    Que las leyes, las hacían también los débiles y la multitud, porque estos eran en todo tiempo la mayoría y que las leyes hechas por los hombres eran obligatorias y válidas sin consideración a su contenido moral.

    La mayoría de los filósofos de la antigua Grecia creyeron que hay ciertos elementos en la naturaleza humana que son los mismo en todos los pueblos y en todos los tiempos y que esos elementos encontraban su expresión en el derecho, las normas jurídicas fundadas en esas cualidades generales y naturales de la especie humana eran en su opinión de carácter permanente y de validez universal denominaron a este elemento permanente y universal del derecho “Phycis”que significa naturaleza, pues Phycis era la necesidad basada en causas naturales en tanto que “Homos”, significaba la acción libre y arbitraria de un legislador humano , era la norma creada por el hombre (Ley jurídica).

    Ficha 5 Derecho

    El derecho natural:

  • Platón y Aristóteles

  • Zenón y sus discípulos

  • Influencia de esos pensadores en el derecho

  • Concepto válido del derecho natural

  • Platón y Aristóteles también creyeron en la existencia de una idea eterna de justicia y de una ley natural. Aristóteles hizo una distinción entre justicia natural y justicia convencional la que es natural tiene la misma autoridad en todas partes y es independiente y la que es convencional es producto de una situación particular es un pronunciamiento positiva así mismo Zenón y sus discípulos colocaron el concepto de naturaleza en el centro de su sistema filosófico entendían por naturaleza un principio rector del universo se componía de una sustancia que era la razón y que el hombre siendo parte de la naturaleza cósmica era un ser esencialmente racional decían que la razón como fuerza universal que penetra en todo el cosmos era considerada como la base del derecho y la justicia decían, también que hay un derecho natural común basado en la razón que es universalmente válido en todas partes entre sus postulados estaba el de la igualdad de todos los hombres se sostenía que todos los individuos humanos deberían de ser libres e iguales sin clases o nacionalidades, vivir como verdaderos hermanos bajo la guía de la razón.

    Decían que la “edad de oro” fue destruida por la aparición del egoísmo y la ambición por la pasión y el ansia del poder que por al destrucción de aquella comunidad ya no era posible realizar el derecho natural y que entonces la razón tuvo que crear medios e instituciones prácticas para hacer frente a la nueva actuación y que por ello se crearon las instituciones de gobierno, la propiedad privada, el matrimonio y la autoridad paterna adaptadas al estado moral real de una humanidad degenerada, el concepto de derecho natural ejerció una fuerte influencia sobre el desarrollo posterior del derecho y la filosofía jurídica, cuya influencia paso al desarrollo de los derechos romano, canónico o eclesiástico y pensadores de la edad media, así como de los siglos XVII y XVIII y en las teorías de la revolución francesa proclamando la igualdad y la fraternidad, de los seres humanos, asi pues puede decirse que el derecho naturales la regulación justa de cualquier situación concreta presente o futura y admite la variedad de contenido en el mismo derecho sin que exista negación de una serie de principios universales y eternos válidos por sí mismos y que debe servir de inspiración y modelo para la solución de casos regulares y para la elaboración de las normas creadas aplicables a estos casos

    Ficha 6 Derecho

    Las fuentes del derecho

  • Significado de la palabra fuente

  • Aceptación de la palabra fuente en sentido jurídico su explicación de cada una de ellas

  • Clasificación de las fuentes del derecho

  • Las fuentes del derecho

    La palabra fuente significa manantial de agua que brota de la tierra, pero en sentido jurídico se dice que la fuente de una disposición jurídica es el sitio en que ha nacido la norma jurídica.

    Tres acepciones tiene la palabra fuente en sentido jurídico y son las siguientes:

  • Fuentes Histórica

  • Fuente Real o Racional

  • Fuente Formal

  • La fuente histórica comprende los documentos o escritos como son las inscripciones, libros etc., que contienen el texto de una ley o conjunto de leyes, por ejemplo, las instituciones, el digesto, el código y las novelas del derecho romano.

    La fuente real o racional consta de los factores y elementos que determinan el contenido de las normas jurídicas, la elaboración material de la norma jurídica se inspira en razones de conveniencia, de justicia, de historia, etc. Que exigen que se las respeten para que el derecho positivo sea en realidad obra jurídica esa razón es necesariamente presiden el origen, el progreso de formación de la norma jurídica, estas razones necesariamente predicen o dirigen el proceso de formación de la norma jurídica.

    Fuente formal consta de los procesos históricos de manifestación de las normas jurídicas, la fuente formal esta constituida, por diversas etapas o fases que se suceden en cierta forma y deben realizar determinados supuestos (condiciones - reglas)

    El derecho nace de la conciencia de los individuos como son pueblo y gobierno, y después se exteriorizan objetivamente y se convierte en reglas formales precisadas por medios o procedimientos de elaboración que contienen su carácter obligatorio.

    Estos procedimientos o modos de carácter formal por medio de los cuales se concreta la regla jurídica y se señala su fuerza obligatoria, corresponden a las fuentes del derecho.

    Las principales fuentes formales del orden positivo, primera ley o legislación, segunda la costumbre, y tercera la jurisprudencia y como fuentes secundarias están la doctrina jurídica, los principios fundamentales del derecho y los acuerdos de pactos internacionales.

    Ficha 7 Derecho

    Las fuentes del derecho:

  • La ley o legislación. Su evolución a través de la Historia

  • Predominio de la ley con relación a la costumbre

  • ¿Qué se entiende por legislación?

  • ¿Quiénes intervienen para el nacimiento de las leyes?

  • La ley o legislación

    Generalmente se dice que las costumbre fueron anteriores a la ley en las épocas primitivas de la evolución social existía una costumbre formada de prescripciones éticas, religiosas, convencionales y jurídicas, y que posteriormente al independizarse el derecho de la religión y de la moral, conservo su naturaleza consuetudinaria y no fue sino en época regente cuando el proceso legislativo se inició y aparecieron los primeros códigos en la edad media o estabilidad del derecho se manifestaba en la redacción de las cartas que establecieron los derechos del señor feudal y los súbditos primero en la redacción de costumbres y después a título oficial el derecho romano compuesto de las recopilaciones ordenadas por el emperador Justiniano como el digesto, las institutas o instituciones, etc., ocupaban un sitio preponderante entre los juristas denominado el derecho escrito, ya en el siglo XVIII diversos estados de América del Norte formularon las primeras constituciones escritas en Europa en la época de Napoleón Bonaparte fue el tiempo de las codificaciones, en la mayoría de los estados modernos la formulación del derecho es casi obra exclusiva del legislador, solo en Inglaterra y en los países del sistema anglosajón predomino la costumbre.

    Aunque la costumbre precedió a la ley. Esta ha predominado hasta el grado que es principalmente la fuente formal del derecho debido a que responde mejor que la costumbre a las exigencias de la vida humana y porque la organización jurídica exige principios de conocimiento fácil que pueden ser modificados en caso de necesidad, el derecho consuetudinario carece de formulación precisa que hace difícil su explicación o estudio y siendo su ritmo demasiado lento. En cambio la ley, puede modificarse con mayor rapidez se adapta mejor a las necesidades y siendo de carácter sistemático y preciso en los países de derecho escrito, la legislación es la más importante de las fuentes del orden jurídico positivo.

    La legislación es también el proceso por el cual uno o varios órganos del estado investidos o facultados de la función legislativa formulan y promulgan determinadas reglas jurídicas de observación general, la ley es la norma jurídica emanada del poder publico la tendencia hacia la codificación del derecho es una exigencia de la seguridad jurídica.

    Legislación es el conjunto de leyes por las cuales se gobierna un país o estado, es tan bien una materia jurídica determinada, por ejemplo legislación civil, legislación penal, legislación universitaria, etc.

    Así mismo legislación es el procedimiento por medio del cual algunos órganos del estado elaboran y ponen en vigor las normas jurídicas, es un conjunto de actividades desarrolladas para crear leyes, puede decirse que la legislación es la fuente del derecho más importante de nuestro sistema jurídico, pues casi la totalidad de nuestro derecho ha nacido de esa actividad.

    En el nacimiento de las leyes para el distrito federal y de las leyes que son obligatorias en toda la república intervienen el poder legislativo federal, representado por el congreso de la unión y formado este por las cámaras de diputados y de senadores. Así como también el poder ejecutivo cuyo ejercicio se deposita en el presidente de los Estados Unidos Mexicanos, además pueden intervenir en algunos casos las legislaturas de los estados, formadas por los congresos locales y compuestos solo por los diputados, tratándose de reformas a la constitución federal, etc., según el artículo 135 constitucional.

    Ficha 8 Derecho

    El proceso de formación del derecho mexicano

  • Concepto de proceso legislativo

  • ¿Cuáles son las partes o fases de ese proceso?

  • Iniciativa. Artículo 71 constitucional

  • Discusión

  • Aprobación

  • Sanción

  • Publicación

  • Iniciativa de la vigencia

  • El proceso de formación del derecho mexicano

    El proceso legislativo, es la actividad relativa a la elaboración de la ley, las partes o fases de ese proceso son las siguientes; iniciativa, discusión, aprobación, sanción, publicación e iniciación de la vigencia.

    Iniciativa; Es la facultad de presentar ante el congreso legislativo o congreso de la unión, un proyecto de ley, dicha facultad esta establecida en el artículo 71 constitucional y corresponde primero al presidente de la república, segundo a los diputados y senadores, y tercero a los legisladores de los estados.

    La formación de una ley puede comenzar indistintamente en cualquiera de las 2 cámaras con excepción de los proyectos sobre contribución o impuestos y reclutamiento de tropas, los cuales deberán discutirse primero en la cámara de diputados (Artículo 72 constitucional).

    Como su nombre lo indica, consiste en examinar un proyecto o iniciativa de ley, discutiendo y decidir por medio de votación, para ser o no aprobado. Esas iniciativas de ley se discuten sucesivamente en las dos cámaras pudiendo comenzar en cualquiera de ellas con las excepciones antes mencionadas, la cámara que conoce primero de un proyecto de ley se llama, cámara de origen y la que conocen en término, se le denomina cámara revisoría.

    Consiste en la aceptación o conformidad de una iniciativa de ley y tiene lugar cuando la mayoría de los diputados y senadores han otorgado su voto afirmativo al proyecto discutido y una vez que ha sido aprobado el proyecto, entonces se remite a la cámara revisoría, para su discusión y sí también es aprobado se envía al poder ejecutivo, para su sanción.

    Es el acto por el cual el presidente de la república manifiesta su conformidad relativa al proyecto de ley firmándolo, sí el presidente niega su aprobación por el llamado derecho de veto, entonces la iniciativa de ley se devuelve a la cámara de origen, donde se discute únicamente las observaciones que él hizo a dicho proyecto.

    Si el proyecto obtiene la aceptación del ejecutivo, entonces procede la publicación o promulgación del ejecutivo, que consiste en dar a conocer la ley a quienes deben cumplirla, actualmente se da a conocer una ley por medio del diario oficial de la federación. Si se trata de leyes federales y del distrito federal.

    En los estados de la república, se hace por medio de las gacetas oficiales. Esto significa cuando es exigible se cumplimiento, o sea cuando comienza a tener fuerza obligatoria una ley existen dos sistemas para determinar la fecha a partir de la cual las leyes entran en vigor y son el sistema sucesivo y el sistema simultaneo.

    El primero es cuando las leyes, reglamentos, etc, de observancia general, obligan y surten sus efectos tres días después de su publicación en el diario oficial y así mismo que transcurra un día más por cada 40 kilómetros de distancia o fracción que exceda de la mitad (artículo 3 del código civil del DF ).

    Y el segundo es cuando la ley, reglamento, etc, entran en vigor en todo territorio nacional, a partir del mismo día o sea, la fecha que la misma ley señala, pero siempre que la publicación de la ley respectiva se haga con anterioridad ( artículo 4 del código civil del DF).

    Ficha 9 Derecho

    La costumbre:

  • Origen y significado de la palabra costumbre

  • En sentido amplio

  • En sentido estricto

  • Otros conceptos

  • ¿Qué es derecho consuetudinario?

  • Importancia que tiene la costumbre en nuestro derecho mexicano

  • Significado de las palabras “Costumbre”, “Hábito” y “Uso”

  • La costumbre

    La palabra costumbre se deriva del latín “cosuetudime” que significa hábito, práctica en sentido amplio costumbre es el hábito adquirido de alguna cosa por haberla repetido muchas veces, pero en sentido estricto costumbre es la práctica muy usada y recibida que ha adquirido fuerza de ley, también se dice que costumbre es un uso implantado en una colectividad y que se considera jurídicamente obligatorio es el derecho nacido consuetudinariamente.

    Es un uso existente en un grupo social, que expresa un sentimiento jurídico de los individuos que componen dicho grupo, los individuos humanos a veces se conducen bajo la influencia de hábitos que los hacen actuar en forma determinada cuando actúan en esa forma con la convicción o certeza de que tiene carácter obligatorio, el conjunto de principios jurídicos que contienen como origen la costumbre forman el derecho consuetudinario.

    Y así el derecho consuetudinario, esta integrado por un conjunto de reglas sociales derivadas de un uso permanente y tales reglas se transforman en derecho positivo cuando los individuos que las practican les reconocen obligatoriedad como si se tratará de una ley.

    En nuestro derecho la costumbre posee una importancia secundaria, pues solo es jurídicamente obligatoria, cuando la ley le confiere o concede ese carácter, no obstante que nuestro derecho positivo, acepta como fuente formal, la costumbre esta se encuentra muy restringida con lo establecido en el artículo 10 del código civil para el DF, que dice contra la observancia de la ley, no puede alegarse de desuso, costumbre o práctica en contrario.

    Ficha 10 Derecho

    La jurisprudencia como fuente del derecho

  • Origen y significado de la palabra “Jurisprudencia”

  • Acepciones de esa palabra

  • ¿Cómo esta constituida la Jurisprudencia?

  • ¿Cómo es la Jurisprudencia en México? ¿ Y quienes la dictan?

  • La jurisprudencia

    La palabra jurisprudencia es de origen latino y esta compuesta de los vocablos “juris” que se traduce “del derecho” y “prudencia” que significa “templanza, moderación”.

    Dicha palabra posee dos acepciones, la primera como ciencia del derecho o teoría del orden jurídico y la segunda como conjunto de principios y doctrinas jurídicas que contienen las decisiones de los tribunales. La segunda de esas acepciones es la que corresponde a la fuente formal del derecho su formula es la siguiente “cuando las decisiones judiciales resuelven diversas controversias análogas y aplican a todas ellas idénticas normas jurídicas para establecer siempre iguales principios.” Entonces estos se adquieren o pueden adquirir fuerza de precedente que señala a los jueces o autoridades el sentido en que deben resolver nuevas controversias constituidas por elementos iguales a las ya falladas.

    O sea que la jurisprudencia esta constituida por los principios jurídicos sustentados por las sentencias o decisiones dadas por al autoridad al resolver los asuntos o conflictos sometidos a ella y aplicar el derecho.

    En México no existe un poder Judicial que sea apto en realizar vigorosa y sistemáticamente la interpretación jurídica y de imponer los principios emanados de dicha jurisprudencia como normas de derecho positivo.

    Debe decirse que las leyes del Distrito Federal no contienen algún principio que expresamente reconozca a la jurisprudencia como fuente del derecho, solo los tribunales federales establecen jurisprudencia, esta jurisprudencia es dictada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, tribunales, colegiados de circuito y tribunal fiscal de la Federación.

    La jurisprudencia se forma cuando se han dictado 5 resoluciones llamadas ejecutorias en el mismo sentido y semejantes no interrumpidas por otra en contrario y es de cumplimiento son civiles y penales de federales y locales militares y juntas de conciliación y arbitraje.




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    Enviado por:Araceli
    Idioma: castellano
    País: México

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