Legislación
Constituciones de Nicaragua
La constitución de los estados unidos de América y de Cádiz influyeron en la constitución de la federación centroamericana y en las primeras constituciones de nuestra historia, la constitución de los estados unidos de América de 1787, texto con el que se inaugura la concepción moderna del termino constitución, esta influencia se observa no solo en la opción por una constitución escrita sino también en la decisión de constituir un estado federado, así como en la adopción del presidencialismo como forma de gobierno.
La constitución de los estados unidos de América era para los latinoamericanos, el ejemplo de un exitoso instrumento legal que había permitido a una antigua colonia europea dar el paso de la vida independiente en una forma ordenada y legal, convirtiendo en realidad lo que en la convulsa América latina del siglo XIX aparecía como un ideal difícilmente realizable.
Los poderes que conferían al ejecutivo se hallaban:
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publicar la ley, cuidar de su ejecución y del orden público.
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Nombrar al comandante de armas del estado, los prefectos departamentales, el intendente y ministros de la tesorería general, poniendo estos nombramientos en noticias del senado para su confirmación.
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Nombrar los jueces de primera instancia a propuesta en terna de la sección de la corte suprema de justicia.
El nombramiento del comandante de las fuerzas armadas debía ser ratificado por el senado y era aquel el que realmente detentaba el poder.
Constitución de 1824:
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Establece el principio de división de los poderes.
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Elecciones indirectas.
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Cada estado dispone de un poder legislativo, ejecutivo y judicial.
La asamblea constituyente reunida en Guatemala decretó la presente constitución para afianzar los derechos del hombre y del ciudadano sobre la base de los principios de libertad, igualdad, seguridad y propiedad. La nación es el pueblo de la republica federal de Centroamérica, comprendiendo el territorio de la antigua capitanía general de Guatemala, excepto Chiapas, siendo los estados de Costa Rica, Nicaragua, Honduras, El Salvador y Guatemala.
Los poderes federales son: el poder ejecutivo lo ejercía un presidente nombrado por el pueblo de todos los estados de la federación, a la ves se elegiría un vicepresidente, el convoca la asamblea constituyente para promulgar otra Constitución Política.
Constitución de 1826:
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se inscribe la lógica de la pertenencia del estado de Nicaragua a la federación centroamericana.
El gobierno era republicano, popular y representativo. Los poderes eran el poder legislativo: residía en una asamblea compuesta por diputados electos popularmente, el poder ejecutivo que reside en un jefe nombrado por el pueblo, había también un segundo jefe y el poder judiciario que residía en los tribunales y jueces.
Constitución de 1838:
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la asamblea constituyente sanciona la primera constitución de nicaragua como estado libre, soberano e independiente.
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el ejecutivo estaba presidido por un director de estado, con pocos poderes y por un comandante de las fuerzas armadas.
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entre las principales las funciones principales del ejecutivo estaban: publicar las leyes, nombrar al comandante de las fuerzas armadas, nombrar a los jueces de primera instancia.
Es la primer constitución de Nicaragua como estado libre, soberano e independiente, la cual otorgaba muy pocos poderes al poder ejecutivo y mas bien establecía un dualismo en dicho poder, ya que por una parte estaba el director de estado supremo, gobernante civil y por otra parte comandante de las fuerzas armadas, cuyo nombramiento era ratificado por el senado y quien realmente tenia el poder por fuerza de las armas. El estado se llamo “Estado de Nicaragua” y estaba compuesto por todos sus habitantes. Los poderes eran el poder legislativo que residía en dos cámaras, la cámara del senado y la cámara de diputados; el poder ejecutivo que residía en un supremo director, cuyo mandato era de dos años y el poder judicial que residía en la Corte Suprema de Justicia.
Proyecto de constitución de 1848:
Pretendió fusionar las funciones civiles y militares en la persona de un presidente, se pretendió otorgar mayores poderes al poder ejecutivo que era débil. Esto ocasiono la oposición del militarismo y la presión contra la asamblea constituyente, la cual se disolvió sin haber aprobado el proyecto.
Constitución de 1854:
Esta es aprobada bajo el mandato del presidente Fruto Chamorro, último director supremo, pero no entra en vigencia por la guerra civil. En 1854 una nueva constituyente se aprueba pero no entra en vigencia por las confrontaciones políticas entre Máximo Jerez y Fruto Chamorro provocándose con esto una guerra civil, lo que provoca la primera intervención imperialista a través de William Walter, quien se autoproclamo presidente de la republica y convirtió a nicaragua en un estado esclavista.
Constitución de 1858:
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mantiene los principios del proyecto de reforma y fortalece la autoridad del ejecutivo.
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Rigió durante 35 años en que se sucedieron gobiernos conservadores. El primer presidente de la republica conservadora fue Tomas Martínez.
En su contenido mantiene los principios del proyecto de 1848 y fortalece la autoridad del poder ejecutivo, es la constitución que tuvo la más larga vida en la historia de Nicaragua, rigió 35 años. Período gobernado por los conservadores, pero aun cuando se llama treinta años conservadores en realidad fue un periodo de desarrollo y de afirmación gradual del liberalismo clásico.
Los poderes eran: poder ejecutivo, ejercido por un presidente de la republica, no había vice-presidente , el poder legislativo, residía en el congreso compuesto por dos cámaras, la de senadores y la de diputados y el poder judicial, que reside en una Corte Suprema de Justicia, dividida en dos secciones y los tribunales y jueces para administrar la justicia.
Constitución de 1893:
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denominada la libérrima por estar inspirada por principios ideológicos de la revolución liberal.
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Establece la libertad, la igualdad, la separación iglesia-estado, abolió la pena de muerte, confiere a la ley de amparo, marcial y electoral el carácter de leyes constitutivas.
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Las reformas de 1896 permitieron la reelección de Zelaya, suprime la prisión por deudas, restablece la pena de muerte y le atribuye otras funciones al ejecutivo en detrimento de los demás poderes.
Una nueva constitución LA LIBERRIMA y se le denomina así por estar influenciada por los principios ideológicos de la revolución liberal: igualdad y libertad, estableció la abolición de la pena de muerte, la ley electoral, la ley de amparo y la ley marcial como leyes constitucionales, también contemplo la separación de la iglesia estado, se da una ordenación sistemática y bien definida de la parte dogmática y orgánica de la constitución, los poderes son : el poder legislativo, ejercido por una asamblea o congreso de diputados, el poder ejecutivo ejercido por un presidente y el poder judicial en manos de la corte suprema de justicia, el gobierno era republicano, democrático y representativo, se establece la suspensión de la pena de muerte, la enseñanza se declara laica.
Constitución de 1896:
Permite la reelección e incrementa el periodo presidencial en 6 años.
Por iniciativa del poder ejecutivo se practico una reforma constitucional, con la que se pretendió ampliar las facultades del ejecutivo sobre el legislativo y con la eliminación del articulo 152, ya no se podía procesar por delitos oficiales al poder ejecutivo ante los tribunales, también se eliminaron algunas de las garantías e imponer la pena de muerte y suprimir leyes constitutivas tales como la ley de imprente, la ley marcial, ley de amparo y ley electoral. Con estas reformas se anhela la unión centroamericana, se continua expresando la lucha contra la iglesia, por estas razones se le denomino autocrática.
Constitución de 1911 (Non nata):
Establece un artículo que estipulaba un voto de censura del congreso para cualquier ministro y obliga a su retiro inmediato del cargo.
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Diciembre de 1911: la única diferencia respecto de la Non nata es que suprime la facultad del congreso de emitir un voto de censura para cualquier ministro de gobierno.
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Esta constitución fue un retroceso ya que volvió al voto público.
Se le conoce como la non nata, en el decreto de disolución se convocaba a una nueva asamblea y se establecían las normas electorales de las mismas.
Constitución de 1939:
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Prohibía la reelección pero en sus disposiciones transitorias establecía que la asamblea constituyente por mayoría absoluta de sus miembros elegiría al ciudadano que ejerciera la presidencia de la republica, en un periodo que se contaría desde el 30 de marzo de 1939 hasta el 1 de mayo de 1947.
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Establece también que la prohibición de la reelección solo regiría respecto de las elecciones presidenciales siguientes a la que hará la asamblea constituyente.
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Es la primera constitución que reconoce derechos sociales en materia de familia, educación, trabajo.
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Sirvió de base para la primera ley laboral de 1945, también la ley de seguridad social y la ley de patrimonio familiar.
El poder ejecutivo lo ejercería el presidente, quien a la vez personificaba a la nación, su duración era por seis años, y se prohibía la reelección, según este articulo el presidente somoza garcía debería acabar a los seis años, sin embargo en las disposiciones transitorias, se agregaba una ley de la asamblea constituyente con el cual el presidente tenia 10 años y seis meses. El gobierno de estado es republicano, democrático y representativo, son órganos de gobierno el poder legislativo que es ejercido por un congreso compuesto de dos cámaras, la de diputados y la de los senadores, el poder ejecutivo es ejercido por un ciudadano con el titulo de presidente de la república, quien es el jefe de estado y el poder judicial ejercido por la corte suprema de justicia, las cortes de apelaciones y los jueces. Se establece un tribunal de cuentas como órgano de fiscalización de la administración del tesoro nacional.
Constitución de 1948:
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Igual que la constitución de 1939, sirvió de marco para un gobierno que se inscribía en las prácticas de los gobiernos populistas de la época.
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Sirvió para pacto Somoza y Cuadra paso. Educación de la prole, subsidió especiales para la familia, organización del patrimonio familiar.
Constitución de 1950:
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Fue producto del pacto de los generales, en el que se acordó suspender la petición de un tercer partido para ir a las elecciones, el partido liberal independiente.
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Reformada en 1955, suprimió la prohibición de elegir y ser elegidas para las mujeres, permitió que los parientes del presidente fueran miembros del congreso.
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En 1962 es reformada, reduciendo el periodo presidencial de 6 a 4 años, se integra la corte con 7 miembros y surge el poder electoral.
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En 1966, se amplia el periodo presidencial de 4 a 5 años.
Constitución de 1974:
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Con el pacto Kupia Kumi, se estableció una nueva junta de gobierno para aprobar esta constitución, esta junta fue conformada por Luís Cordero, se caracteriza por su extensión de 343 artículos.
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Estableció que los sacerdotes no se inmiscuyeran con Anastasio.
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Establece disposiciones basadas en la posición del estado de nicaragua frente a la guerra fría.
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Prohibió la formación y actividades del partido comunista.
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Establece facultades al presidente de la republica que limitan el derecho a la libertad.
Constitución de 1979:
Estatuto fundamental
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Es posterior al derrocamiento del régimen de Anastasio somoza.
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Suprime las instituciones con las cuales el régimen anterior había consolidado su poder.
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Crea normas que contribuyen a cimentar la legitimidad del nuevo gobierno.
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El estatuto confiere a la junta de gobierno de reconstrucción nacional su existencia legal y crea el consejo de estado y tribunales de justicia bajo la rectoría de una corte suprema de justicia integrada por siete magistrados.
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El estatuto fue complementado por el estatuto de derechos y garantías de los nicaragüenses del 21 de agosto de 1979, mediante una reforma al estatuto fundamental en 1984, se creo el consejo supremo electoral y se elige una asamblea constituyente con el mandato de redactar y aprobar la constitución en dos años.
Constitución de 1987:
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se basa en un modelo de estado socialista.
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Los derechos sociales, económicos y culturales tienen un reconocimiento amplio.
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Las libertades clásicas como la propiedad son reconocidas de forma restrictiva.
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Establece el principio de no alineamiento.
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Otorgaba al poder ejecutivo más atribuciones que al resto de poderes, por lo que había un des balance.
BIBLIOGRAFIA:
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LAS CONSTITUCIONES POLITICAS Y SUS REFORMAS EN LA HISTORIA DE NICARAGUA, TOMO I Y II.
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Idioma: | castellano |
País: | Nicaragua |