Legislación


Constitución española de 1978


PRINCIPIOS GENERALES DE LA CONSTITUCION ESPAÑOLA

-“España se constituye en un Estado social y democrático de derecho” (Artículo 1.1).

Esto quiere decir tres cosas:

-Los gobernantes no pueden actuar de cualquier modo, sino conforme a la Constitución y al resto de las leyes. Si no lo hacen así, los Tribunales de justicia deben obligarles a respetar las leyes, especialmente el Tribunal Constitucional.

-Los ciudadanos participan en la política mediante la elección de sus representantes.

-Se reconocen derechos sociales a todos los ciudadanos.

-“La soberanía nacional reside en el pueblo” (Artículo1.2).

El pueblo tiene el poder máximo del Estado, pero no participa directamente en el gobierno, sino por medio de unos representantes que elige cada cierto tiempo.

-“La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria” (Artículo 1.3).

El rey es el jefe del Estado, pero no gobierna; es el Parlamento quien nombra al presidente del Gobierno.

-“(...) indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles (...)” (Artículo 2).

Se reconoce la unidad de España; es decir, es imposible que un territorio español se separe de España. Como nación tiene una bandera y una lengua para todo el Estado: el castellano; las demás lenguas también oficiales en sus respectivas comunidades autónomas.

Constitución española de 1978
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Enviado por:Ara
Idioma: castellano
País: España

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