Historia
Conflictos sociales en la República Romana; PA Brunt
Conflictos sociales en la República Romana.
P. A. Brunt.
“Plebeyos contra patricios.”
El conocimiento que tenemos de la República Romana primitiva proviene principalmente de la historia de Libio y Dionisio de Halicarnaso, escritas bajo Augusto.
En la época en que cayó la monarquía, los romanos eran ya letrados: las leyes y los tratados se escribían. Sin embargo, la mayor parte de los primeros documentos fueron destruidos durante el saqueo de Roma por los galos (c. 390).
Era costumbre de los romanos fechar las transacciones romanas u otras mediante el nombre de los cónsules. Por lo tanto era necesaria una lista de los principales magistrados, y esta lista constituía la base cronológica de los anales romanos, así llamados porque registran las transacciones año tras año. El colegio sacerdotal de pontífices también solía registrar ciertos acontecimientos en tablillas blanqueadas.
Parece cierto que los primitivos cronistas tuvieron que recurrir a la tradición, especialmente la conservada oralmente en las casas nobles a través de generaciones. Cuando un noble romano moría, hombres con las máscaras de sus antepasados y sus vestidos oficiales desfilaban en el funeral y un pariente o amigo pronunciaba una oración que conmemoraba los hechos de estos antepasados, tanto como los del fallecido. Pero la tradición oral era distorsionada por el orgullo patriótico o familiar. También se enriquecían con el don que tenían los romanos para inventar historias de vívidos detalles, aplicado a personas reales o ficticias en un contexto histórico particular. Las historias inculcaban lecciones morales o políticas.
La empresa de recobrar la verdad sobre los siglos V y IV puede parecer desesperada. La tradición es posible controlar mediante fragmentos de otra índole, por ejemplo: partes de antiguos rituales, la significación de términos técnicos, el carácter de instituciones históricas de Roma.
Se nos dice que al principio Roma fue gobernada por un rey electo, a su muerte el poder pasaba a un “rey interino” hasta que se designara un sucesor permanente. En la República había todavía “reyes interinos”, quienes celebraban las elecciones anuales, si el par de cónsules nombrados no lo había hecho. Una elección real exigía el asesoramiento tanto del pueblo en armas , como del consejo de ancianos, para dar al Senado su significado original. El Senado parece haber estado constituido por los jefes de familia y se los llamaba patres. Los Senadores constituían el consejo del rey. El rey tenía derecho de afirmar la voluntad de los dioses mediante rituales prescriptos, y era quizá intermediario de los cielos que resultaba supremo en la tierra. Comandaban en la guerra y tenía jurisdicción sobre la vida y la muerte. Los romanos expresaban la suma de estas prerrogativas militares y jurídicas en la palabra imperium; el general era un imperator. Por su naturaleza, el imperium era despótico, y los romanos a menudo lo contrastaban con libertas, libertad.
Los romanos sustituyeron el rey por dos magistrados, llamados posteriormente cónsules, que se mantenían en su cargo sólo durante un año y que no eran reelegibles inmediatamente. Podía hacérseles rendir cuentas de sus actividades al abandonar el cargo y, como se mantenían en él tan breve tiempo, a menudo cedían ante la voluntad del Senado. La participación del Senado duraba de por vida, ellos mismos eran senadores y estaba en su propio interés aumentar la autoridad de un cuerpo en el que tenían voz permanente. El sistema colegiado debilitaba la fuerza del imperium y contribuía a la libertas. En casos de emergencia designaban a un solo hombre como dictador, pero su cargo duraba sólo seis meses.
La multiplicación de las empresas hizo necesaria la elección de otros magistrados anuales: los cuestores, que asistían en la administración financiera; los ediles, que supervisaban las edificaciones, las calles y los mercados de la ciudad; los pretores, que hacían justicia en Roma y mas tarde gobernaron la provincias de ultramar. A los pretores y cónsules a menudo debía prorrogárseles uno o varios años el poder después de expirado el tiempo en su cargo, ya fuera sobre los ejércitos o en la provincias; eran en este caso propretores o procónsules .Los que habían sido ya cónsules, podían alcanzar el apogeo de su carrera política como censores; cada cinco años realizaba el registro de los ciudadanos en un censo, hacía la nómina del Senado, libraba contratos públicos y vigilaba la moral de los ciudadanos. Los cónsules eran la cabeza del Estado.
La soberanía pertenecía al pueblo. El pueblo elegía los magistrados, declaraba la guerra, celebraba tratados y promulgaba leyes. El pueblo solo se reunía convocado por uno de los más altos magistrados, votaba sólo lo que éste decidía someter a su voluntad, seleccionaba candidatos de una lista que se le presentaba y decía sólo “si” o “no” a una ley que se le imponía.
Las asambleas del pueblo estaban además muy lejos de la democracia. Había más de una clase de asambleas, sólo nos referiremos a las centurias. Estaban compuestas de “centurias”, originalmente batallones de guerreros. Las centurias se dividían de acuerdo con la clase a la que pertenecían sus miembros, y en un principio estaban compuestas por ciudadanos que pertenecían a la clase más alta o que servían en la caballería. Si su acuerdo era unánime, las otras centurias ni siquiera eran convocadas. Los ciudadanos que no tenían propiedad alguna, los proletarii formaban sólo una centuria, que era la última en votar, si llegaba a hacerlo alguna vez.
La tarea de las centurias consistía en la elección de los magistrados. Las elecciones no sólo decidían quiénes serían los agentes ejecutivos del Estado: otorgaban a los candidatos triunfadores un duradero prestigio en los consejos del Senado. La influencia tenía menos peso que el poder oficial; pertenecía al Senado como tal y, dentro del Senado, a sus conductores (príncipes), quienes debían su eminencia en parte a su nacimiento o talento, en parte a los hombres que el pueblo les había conferido.
El Senado y los príncipes eran en realidad los dueños del poder. El Senado no daba órdenes a los magistrados, sino que les señalaba el camino a seguir. Sus sugerencias no podían se dejadas de lado.
A comienzos de la República los magistrados eran exclusivamente patricios, quienes también dominaban el Senado. Nadie podía ser patricio si todos sus antepasados de sexo masculino no lo habían sido también, y en tiempos primitivos intentaron prohibir su matrimonio con los otros ciudadanos: los plebeyos u hombres pertenecientes a las masas. La distinción radicaba en el nacimiento, no la riqueza. Los plebeyos ricos, que deseaban participar en el poder político se convertían en capeones de sus hermanos oprimidos. Los patricios eran muy pocos. La disminución en su número contribuye a explicar por qué tuvieron finalmente que ceder. Una de las razones pudo ser las relaciones de dependencia y deferencia que no dejaron nunca de dominar la sociedad romana durante toda la República.
Los vínculos entre patrón y cliente servían a este ideal. Salvo entre patrón y su antes esclavo, que seguía obligado legalmente a su antiguo amo, estos vínculos en la Roma del bajo Imperio tenía un carácter simplemente moral. El cliente se “encomendaba” a la “fe” de su patrón. La buena fe constituía la base de muchas transacciones legalmente aplicables, pero su alcance no se limitaba a actos que pudieran dar pie a procesos judiciales. También exigía que se compensaran los buenos servicios. Al patrón no se les permitía recibir honorarios, pero podía esperar que sus clientes agradecidos lo recompensaran con otros servicios y aún mediante legados. Moralmente, patrones y clientes estaban obligados a ayudarse en todo modo que la ley lo permitiera. Los patrones daban siempre asesoría legal a sus clientes y los representaban en juicio; también arbitraban en sus querellas. Los patrones y sus clientes no podían acusarse entre sí, ni tampoco servir de testigo en mutuo perjuicio. Se dice que ayudaban en el pago de dotes, las multas, los rescates y los costos de las elecciones. La relación era hereditaria. Las familias más poderosas contaban entre sus clientes con ciudades, provincias y príncipes extranjeros. Un magnate podía movilizar en su defensa no solo a sus propios dependientes, sino a los de otros con quienes mantenía relaciones de alianza. Muchas comunidades e individuos tenían más de un patrón; si los patrones reñían entre sí, estaban obligados a elegir, ya de acuerdo con consideraciones de interés público, ya de acuerdo con su propia seguridad y ventaja.
Todos los plebeyos eran clientes de los patricios y, aunque a principios de la República muchos plebeyos estuvieron libres de tener que servir como clientes, las casas nobles tenían numerosos dependientes. Los vínculos entre patrón y cliente eran más estrechos en la Roma primitiva que posteriormente. Un patrón que defraudara a su cliente era maldito y podía ser muerto impunemente, ley más tarde derogada. Se consideraba como hecho establecido que el patrón otorgara precedencia a sus clientes antes que su familia política.
Solo pudo haberse originado en una sociedad en la que el poder económico y político estuviera muy desigualmente distribuido. Vínculos aceptados por necesidad, adquirieron fuerza moral. Algunos escapaban a la condición de cliente elevándose económica y socialmente, pero otros se veían sumidos en ella, porque el poder seguía concentrado en unas pocas manos y el humilde aún necesitaba de protección. La justicia era siempre administrada por la clase superior. Las demoras de la ley iban en detrimento de los pobres y un demandante tenía que llevar a su defendido personalmente al tribunal y, si ganaba el caso, ejecutar la sentencia sin apoyo alguno por parte del poder coercitivo del Estado.
Durante los últimos tiempos de la República, los candidatos a los diversos cargos rara vez solicitaban los votos por sus méritos personales o, cuando éstos eran desdeñables o desconocidos, en los servicios que sus antecesores habían prestado al Estado. Nadie se recomendaba a sí mismo abogando por una política popular; todos pertenecían a la clase rica, pues era costoso embarcarse en una carrera política. Era natural que los electores prefirieran entre dos candidatos ricos al que pudiera referirse a la fama de sus antecesores. A comienzos de la República, solo los patricios eran nobles.
Si no hubiera sido por su carácter opresor, el gobierno patricio habría podido prolongarse más tiempo. Los pequeños granjeros se endeudaban constantemente. El acreedor tenía derecho a vender como esclavo en el extranjero al deudor que no quisiera ni pudiera pagar su deuda. El nexum era un acuerdo con el cual el pobre tenía que trabajar sometido al rico como devolución de empréstitos. Se nos habla no sólo de frecuentes protestas contra los acreedores, sino también de una persistente demanda de distribución de tierras. El Estado poseía abundantes tierras, pero eran explotadas casi exclusivamente por los que controlaban el Estado, los patricios, en su propio beneficio.
En el 494, un conjunto de plebeyos se asentó en las afueras de Roma y se rehusó a servir en el ejército. Una huelga semejante se manifestó en el 287; y tuvo que producirse una acción revolucionaria similar, para explicar la concesión que los patricios se vieron obligados a dar: la creación del tribunado de plebeyos. Los diez tribunos eran plebeyos elegidos anualmente por una asamblea organizada en unidades electorales llamadas tribus. Eran cuatro en la ciudad y diecisiete en los campos vecinos. Esta asamblea fue democrática en un comienzo. La función de los tribunos era proteger a los romanos humildes contra la opresión de los magistrados. Los magistrados no se atrevían a tocar a sus personas, que eran “sacrosantos”; esto significaba que los plebeyos habían jurado vengarlos linchando a quién hubiera puesto las manos sobre ellos. Pero su poder se limitaba a la ciudad.
Como conductores de los plebeyos, los tribunos intentaron naturalmente incrementar su autoridad de toda manera posible.
Celebraban reuniones de la asamblea tribal en las cuales podían promulgarse resoluciones propuestas por ellos, se los llamó plebiscita. Sólo los votos emitidos en la asamblea de los centuriones podían convertirlos en ley, y hasta 339 ni siquiera las centurias podían legislar sin la sanción de los senadores patricios. Esto hacía más fácil a los patricios el entorpecimiento de la voluntad popular.
Los tribunos habían convertido su derecho de veto a los actos de opresión a los actos cometidos por los magistrados contra los individuos, en derecho de veto a todo acto oficial de los magistrados, incluso proyectos legislativos y aun decretos del Senado que permitieran la acción de los magistrados. Los tribunos podían también vetar las acciones de otros tribunos y un tribuno podía obstruir la acción de los otros nueve.
A principios del siglo V, los tribunos intentaron conquistar el poder de juzgar la vida de los patricios ante las tribus. Pero solo la asamblea de centurias es competente para juzgar la vida de un ciudadano.
En el siglo II hubo una nueva legislación y todos los procesos por crímenes graves tenían su lugar de apelación ante la incómoda asamblea centurial; además, el acusado podía siempre eludir la pena abandonando la jurisdicción romana y exiliándose antes de que se dictara el veredicto. Pero no es creíble que un crimen común, como el asesinato, fuera juzgado de este modo, se arguyó recientemente que el procedimiento descrito se aplicaba en realidad sólo a los casos políticos.
Sólo en la ciudad podía un tribuno intervenir personalmente entre un magistrado y un ciudadano. Sin embargo, los tribunos adquirieron un poder político de tales dimensiones, que sus puntos de vista no podían ser ignorados ni siquiera cuando la ley no los respaldara. Hacia el siglo III los tribunos habían adquirido el derecho de acusar a los ofensores políticos ante las centurias.
Los primeros esfuerzos de los tribunos se dirigieron a la obtención de una mayor igualdad legal; en los años 451- 450, conquistaron la codificación y la publicación de las leyes.
Una regla contenida en las Doce Tablas prohibía el casamiento entre miembros de distintos órdenes, pero fue dejado de lado después de una agitación plebeya. Por entonces hubo plebeyos bastantes ricos como para abrigar ambiciones sociales y patricios dispuestos a satisfacerlas. Enseguida se exigió que los plebeyos fueran asimismo admitidos en los cargos públicos. Los patricios decidieron responder a esa exigencia suspendiendo el Consulado por la mayor parte de los ochenta años que siguieron y reemplazándolo por un colegio de tribunos militares con poderes consulares; los plebeyos eran elegibles pero rara vez se los elegía en la práctica. Esta experiencia convenció a los plebeyos ricos de que su único camino era insistir que un consulado al año estuviera cerrado a los patricios. Se hizo esta concesión en el año 366, después de una prolongada agitación conducida por los tribunos Licinio y Sextio.
Todos los otros cargos no tardaron en volverse accesibles para los plebeyos, y en el 300, llegaron a ser elegibles para los grandes colegios sacerdotales, cuyos miembros utilizaban su acreditado conocimiento de la voluntad divina para obstruir medidas políticas odiosas.
A partir del 450 no cesaron los reclamos para que se distribuyera la tierra y se anularan las deudas, intensificado sin duda cuando malas cosechas o campañas desastrosas agravaban la aflicción. Se dice que Licinio y Sextio promovieron leyes que facilitaban el pago de los empréstitos y limitaban la extensión de terreno público que un hombre podía cultivar; probablemente la ley restringía también el número de animales que podían pastar en las tierras sin cultivar. Existen pruebas de la existencia de multas por la trasgresión del límite.
A partir del 366, Roma agrandó constantemente su territorio. Esto contribuyó no poco a suavizar las demandas de redistribución de la tierra. La clase dominante pudo satisfacer el hambre de tierra de los pobres sin ceder nada de sus posesiones, y se beneficiaba del mayor poder que los asentimientos daban a la ciudad.
El peso de las deudas seguía siendo abrumador. La tasa legal de los intereses era limitada; finalmente se prohibió cobrar intereses.
En el 326 se abolió el nexum. Probablemente significó que ya no era permisible conceder empréstitos sobre la base de que el deudor se convirtiera automáticamente en esclavo de su acreedor, si no lograba pagar en el tiempo fijado. En adelante fue necesario llevar al deudor a los tribunales. Pero si no podía o no quería pagar, el tribunal autorizaba al acreedor para que lo confinara en una prisión privada. La deuda se consideraba un crimen. En cuanto a los deudores que tenían propiedades y no pagaban, se inventó un nuevo y duro procedimiento, de acuerdo con el cuál se podían vender todos sus haberes y privárselos de muchos de sus derechos ciudadanos.
Se designó un dictador (plebeyo) llamado Quinto Hortensio, quien promulgó la ley de acuerdo con la cuál se concedió plena competencia legislativa a la asamblea tribal con presidencia de un tribuno. En adelante la mayor parte de la legislación fue obra de las tribus y los tribunos. Roma tuvo entonces más formas democráticas.
Roma estaba convirtiéndose en una gran ciudad. Como censor en el 312, Apio Claudio construyó el primer gran acueducto para su creciente población. También construyó el primer gran camino pavimentado, la Vía Apia, desde Roma hasta Capua. Apio fue quizás el primero en conceder el voto a los libertos, pero censores posteriores redujeron al mínimo el efecto de este hecho, restringiéndolo a las cuatro tribus de la ciudad. La controversia sobre el voto de los libertos muestra que el número de los esclavos aumentaba notoriamente, siniestro signo para el futuro.
Los plebeyos tuvieron que ser admitidos en los cargos públicos. Pero los patricios se aseguraron la continuidad de su participación en el poder. Surgió una nueva nobleza en la que solo unos pocos plebeyos fueron admitidos y que era tan dominante como lo habían sido los patricios. Sus intereses económicos y sus sentimientos oligárquicos no diferían en nada. Los viejos conflictos sociales reaparecieron, pero a los pobres les fue más difícil hallar campeones que defendieran sus causas una vez satisfechas las ambiciones políticas de los plebeyos ricos. No obstante, durante casi un siglo y medio las energías romanas se concentraban fundamentalmente en la conquista del extranjero, y la colonización, consecuencia de estas conquistas, contribuyó a mitigar el descontento popular.
La era de quietud.(287- 134)
Los esfuerzos romanos se centraron en la derrota de los enemigos extranjeros, y los conflictos internos fueron raros. El período de luchas domésticas comenzó cuando hubo desaparecido el temor ante Cartago; esto solo sucedió cuando su destrucción, en el 146, porque aunque Cartago no constituyó un peligro real después del 200, los sufrimientos de las guerras anteriores habían quedado tan grabados en la memoria de los romanos, que no podían apreciar cuán debilitada había quedado Cartago.
Después del 241, cuando el número de tribus había sido aumentado a un máximo definitivo de 35, la asamblea de centuriones fue ligeramente remodelada. Los ricos dominaban la asamblea de centuriones durante toda la República.
También estaba cambiando el carácter de la asamblea tribal. Las tribus se encontraban alejadas de Roma, por lo tanto los propietarios mas poderosos que podían costearse el viaje, eran los que controlaban su voto. Algunas antiguas tribus también recibieron territorios lejos de Roma, en estas tribus los votos de los residentes en regiones tan distantes deben de haber sido con mucho sobrepujados por los emitidos por electores domiciliados todavía en las viejas zonas tribales situadas cerca de la ciudad. Las grandes propiedades, trabajadas por esclavos, estaban absorbiendo las tierras en torno de Roma. La asamblea tribal no representaba a todo el cuerpo ciudadano, sino solo a la población urbana.
Los residentes de Roma nunca dominaron la asamblea de los centuriones.
La asamblea de los centuriones, que elegía a los magistrados mas importantes, la función mas elevada del pueblo, se volvió marginalmente mas democrática, mientras que la asamblea tribal, otrora democrática, de manera gradual fue cesando de ser representativa y llegó a estar formada por los pobres urbanos, salvo en raras ocasiones; generalmente controlada por los ricos, de cuya libertad debe de haber dependido el proletariado. El soborno directo se hizo común.
En el siglo II se fundaron colonias, a fin de satisfacer el hambre de tierras.
Había muy escasa legislación “popular” o resistencia al gobierno del Senado. La única sanción efectiva para la observación efectiva del derecho radicaba todavía en la disponibilidad del tribuno para aplicarla o castigar su violación. El Senado designó comisiones extraordinarias para someter a juicio la vida de ciudadanos acusados de conspiración, y en especial, de participar en el culto secreto de Baco, considerado inmoral, si que tuviera derecho a apelar. Se formaron tribunales permanentes para delitos particulares por una promulgación popular; Debía juzgar actos de extorsión cometidos en las provincias. Antes del 123 los miembros de todos los tribunales eran exclusivamente senadores. Sus veredictos no tenían apelación posible.
Hacia fines de este período encontramos testimonios de que los tribunos tuvieron una mayor posibilidad para adoptar un papel popular. Los hombres apelaban a los tribunos, con frecuencia en vano, en casos de real o pretendida desigualdad en las levas militares.
El control independiente por la asamblea estaba limitado no solo por el hecho de que únicamente los magistrados presidentes tenían iniciativa y sus mociones podían ser detenidas por vetos y artimañas sacerdotales, sino también por no existir el voto secreto; los humildes ciudadanos emitían su voto bajo la inspección de los hombres a cuyo poder y patronazgo estaban sometidos.
Durante la mayor parte de este período casi todas las leyes propuestas por los tribunos habían recibido la sanción del senado, al que convenía inducir a los tribunos a iniciar los nuevos estatutos que deseaba promulgar. Se empleaba también a los tribunos para vetar acciones de magistrados que el Senado desaprobaba o acusar ante las centurias a ofensores que habían provocado su disgusto. Los tribunos no hacían casi nada sin que el Senado o una facción importante dentro de él lo instigaran.
Se les permitía asistir a las reuniones del Senado.
El término noble significaba literalmente “notable”. Caracterizaba no solo a los patricios, sino a los descendientes de plebeyos que hubieran sido cónsules, dictadores o tribunos, quizás también a todos los miembros de tales familias.
La nobleza plebeya rivalizaba ahora con los patricios y a menudo los superaba.
Poco importaba el talento que pudiera tener el individuo; entre sí, los oligarcas estimaban la igualdad. La relación se limitó y terminó por prohibirse, para que tantos como fuera posible tuvieran su turno; la competencia era corriente.
La nobleza y el Senado estaban divididos en facciones, estas facciones eran a menudo familiares hereditarias. Eran de hecho con mayor frecuencia conexiones políticas, pero surgían, se disolvían y se renovaban con sorprendente rapidez.
Los Equites servían en la caballería. Estaban emparentados por vínculos matrimoniales con Senadores y con nobles.
Los Publicanos hasta entonces no habían adquirido el derecho de cobrar los impuestos directos en las grandes provincias. Sin embargo, los publicanos romanos arrendaron al Estado las ricas minas españolas y probablemente recaudaron derechos de aduana en Italia. Realizaron contratos para entregar pertrechos de guerra y construir y reparar edificios públicos.
Otros equites solían ser banqueros, prestamistas o comerciantes.
Polibio decía que “el pueblo” dependía en parte del Senado porque casi todos estaban empeñados en los contratos públicos a los cuales el Senado podía examinar, y en parte porque los senadores podían decidir los casos civiles y criminales mas importantes de los tribunales.
La relación de los equites con la nobleza no era diferente a la de los plebeyos ricos con los patricios antes de 366, y las ambiciones que alguno de ellos abrigaban no diferían de las de los caballeros italianos, quienes constituían una gran parte de la clase después de que se les concediera la ciudadanía a los aliados. Las aspiraciones políticas podían volverlos opositores de la nobleza en ciertas ocasiones y partidarios de los reformadores sociales. Eran propietarios de tierras y acreedores, no hombres despojados de sus tierras o deudores; no querían eliminar el gobierno senatorial, sino participar en él.
Reforma y reacción 133 - 79.
La avaricia de la clase gobernante se reflejaba en la miseria y el descontento de las masas, y en el contexto del malestar, algunos hombres iban a hacer naufragar el orden establecido.
Tiberio se interesó por el empobrecimiento de los ciudadanos y el aumento de la mano de obra esclava. Los esclavos no podían utilizarse para luchar por Roma, como se podía hacer con el propietario libre en casos de emergencia. Y la continua reducción del número de campesinos que iban convirtiéndose en labradores sin tierra, sino que constituían también una amenaza para la futura propagación de la raza italiana. Los indigentes no se podían permitir casarse o criar niños, los que nacían eran abandonados y, o bien morían, o eran criados como esclavos.
Tiberio intentó hacer revivir al campesinado del que se reclutaban los miembros de las legiones.
Proyectaba distribuir la tierra pública entre los pobres, de la que grandes extensiones habían sido ocupadas sencillamente para cultivo exclusivo de propietarios o servía como terreno de pastoreo común. La mayor parte de la tierra pública había pasado a manos de los ricos. Los que ocuparon la tierra terminaron considerándola como propia y la utilizaron como dote, la hipotecaron y la vendieron.
El plan de Tiberio fracasó simplemente porque sus beneficiarios no estaban habituados a trabajar en el campo.
El proyecto de ley fue promulgado y se designó un triunvirato que tenía plenos poderes para medir la tierra pública, decidir en toda disputa sobre títulos y distribuir parcelas entre los pobres.
Una vez promulgada la ley agraria, los partidarios rurales de Tiberio habían abandonado Roma, y como las elecciones se celebraban en tiempos de cosecha, no podía contar con su regreso. Intentó congraciarse con el proletariado urbano con la propuesta de reducir el período del servicio militar y la de transferir los derechos judiciales del Senado a los Equites. Muchos de sus colegas se opusieron a su reelección. Finalmente, Tiberio fue muerto a palos junto con muchos de sus partidarios.
El Senado no se aventuró a anular la ley agraria.
Cayo promulgó en el año 111 una ley sobre las tierras públicas que reemplazaba a la de su hermano Tiberio. Meramente incorporó enmiendas dictadas por la experiencia. Se estableció una colonia en la parte fértil de Cartago porque se creía que en África se podía obtener buenas cosechas. Las colonias italianas estaban reservadas a los ciudadanos más respetables. Tal vez las colonias no estuvieran destinadas al sometimiento de labriegos sino para lucro de los hombres de sustanciales recursos.
También dictó una ley según la cual debía ser reclutado los muchachos e menos de 18 años y la de que se debía dar ropa gratuita a los soldados, también beneficiaron al campesinado, que era el proveedor de legionarios. La segunda ley quedó en el olvido después de su muerte.
La ciudades, hasta entonces exceptuadas debieron pagar un diezmo sobre la producción. También existían derechos de aduana y tasas sobre el ganado que cobraban diferentes compañías. En ausencia de una administración pública, el empleo de publicanos parecía necesario. Todos los publicanos eran opresores.
Los miembros de la corte, que iniciaban procesos por extorsión contra los magistrados romanos y los gobernadores provinciales, eran senadores y en algunos juicios recientes habían mostrado ser demasiado parciales para con miembros de su propia clase como para hacer justicia. Cayo transfirió el derecho de ocupar un asiento en los altos tribunales a los equites.
Graco promulgó una ley que impedía a los senadores la iniciación de juicios por extorsión, pues su parcialidad estaba probada y otra que daba a los senadores y equites igual derecho a integrar las listas de personas para juzgar casos civiles y criminales. Esta última fue ignorada por la mayor parte de las autoridades. En el pasado los equites habían tenido que ceder ante el Senado, pues eran sus jueces en los casos civiles y criminales más importantes. Para que los equites fueran verdaderamente independientes, tenían que tener participación en toda jurisdicción, aunque no hubiera resultado prudente ni aprobable eliminar por entero a los senadores de la tarea, pues ellos eran quienes tenían más experiencia y conocimientos legales.
Estas medidas judiciales no fueron populares. Una sola de ellas fue adoptada por la mayoría de una sola tribu entre un total de treinta y cinco.
Cayo estaba decidido proteger al pueblo contra el ejercicio unilateral de la justicia por una corte senatorial que había provocado la muerte de los partidarios de su hermano. Probablemente su primera medida fue declarar por ley que no podía someterse a juicio la vida de ningún ciudadano, salvo que el pueblo lo ordenara.
Otra ley muestra que toda la tierra antes “ocupada” pasaba ahora a ser propiedad privada. La mayor parte del resto de las tierras públicas se reservaban para el libre pastoreo, lo cual no significaba que los ricos no podían cercarlas ilegalmente y cultivarlas. El resultado total fue que los pobres “perdieran todo” y quedaran resumidos a una situación de desempleo. Otros campesinos no desposeídos todavía en el 133, con propiedades menos generosas, estaban siendo arruinados por las viejas causas, en particular era frecuente la expropiación violenta.
El problema agrario, que los Gracos no pudieron resolver, no desapareció. Se volvió mas agudo todavía: la adquirir una nueva forma, la exigencia de asignaciones por parte de los veteranos, provenientes ellos mismos del proletariado rural, exigencia que no tenían el poder de imponer si sus comandantes se mostraban dispuestos a respaldarlos. El Senado triunfó sobre los Gracos con la espada, pero la espada iba a pasar a otras manos.
La destrucción de Tiberio y de toda su política como tribuno dividió al pueblo en dos partes. Los plebeyos, que ahora significaba los pobres, contra la facción de la “nobleza”, los “pocos” que dominaban el Senado y pretendían conservar esa autoridad; en ocasiones identifica virtualmente la facción con el Senado. Estos hombres tiranizaban al Estado; los plebeyos buscaban la libertad.
Los optimates incluyen toda la clase de la que provienen los senadores, la nobleza campesina, los comerciantes y aun los libertos. Son optimates todos los que en política cumplen con el deber de servir a los deseos, los intereses y las opiniones de los “buenos y los prósperos”.
Los populares solían proponer, en desafío con el Senado, la distribución de tierras y de granos o la disminución de las deudas; los optimates se resistían en nombre de los derechos de propiedad o la economía pública.
Los optimates, eran por cierto, oligárquicos. Los populares, democráticos.
Ni los populares ni los optimates constituían partidos de una vida permanente. El Senado se mantenía casi siempre dividido en facciones, y actuaba en respuesta de diputas privadas, compitiendo por los cargos o discutiendo sobre cuestiones transitorias relativas al momento. Pero estas facciones tendían a unirse cuando la autoridad o los intereses del conjunto estaban en peligro. El Estado estaba dividido fundamentalmente en dos partes: si esta división se manifestaba intermitentemente, era porque el hombre común solo hallaba jefes de modo esporádico.
Los Equites habían ayudado al Senado a destruir a Cayo Graco. La alianza no tardó en disolverse.
Desde el 107 los proletarii fueron incorporados a las legiones. Con muy escasas o ninguna propiedad, estos proletarios rurales debieron ser arrendatarios o labriegos sin tierras, pero su indigencia era solo marginalmente mayor que la de muchos campesinos que antes habían sido considerados aptos para el reclutamiento, que seguía siéndolo todavía y que quedaban a menudo arruinados en el transcurso del servicio militar. La incorporación de proletarii no explica de por sí la proposición de dar tierras a los veteranos.
En el 95 los cónsules habían promulgado una ley por la que se investigaba la legitimidad de una acusación según la cual algunos italianos habían usurpado la ciudadanía romana.
Italia había gozado de paz interina durante unas cuatro generaciones. En el 90 y el 89 Roma debió recurrir a los nacidos libres de la ciudad de Roma para que prestaran servicios de campaña y en las guarniciones debió incluso utilizar libertos. Al final, casi toda Italia estaba sumida en la lucha. Se incendiaron y se saquearon muchas ciudades. Roma había tenido que conceder la ciudadanía a los italianos leales, particularmente a los latinos.
Al conceder la ciudadanía a los aliados leales, el Senado había tratado de anular su poder político incluyéndolos a todos en unas pocas tribus cuyos votos podían superarse siempre. Los Equites favorecieron los reclamos de los nuevos ciudadanos con el objeto de impedir el riesgo de mayores desórdenes.
Sila fue siempre un optimus devoto de la supremacía del Senado. En el 88 promulgó nuevas salvaguardias constitucionales para su poder.
Durante los años 86/84, Cinna y sus amigos controlaron Italia, pero una vez en el poder, concedieron muy escasa atención a los derechos del pueblo. No tenían política ni principio alguno.
En el 83 regresó Sila decidido a vengarse. Cinna había sido ya muerto por los soldados a los que había intentado llevar al este, anticipándose a Sila en una ofensiva. Sila no tardó en poner en claro que no era su intención privar a los nuevos ciudadanos de sus derechos, aunque algunos no confiaron en sus promesas. En el 83/82 Sila controlaba extensas partes de Italia. Se había nombrado a si mismo dictador, sin límite de tiempo y con poder legislativo. Se habló de tiranía. A principios del 78 murió repentinamente.
Las comunidades que habían intervenido a favor de los vencidos sufrieron la confiscación de tierras y los habitantes de algunas de ellas se los privaron de la ciudadanía. Sila no cumplió la promesa de observar los derechos de los nuevos ciudadanos.
Al confiscar la propiedad de los proscriptos y las de los que habían muerto luchando contra él, acrecentó bastamente el dominio público. Sila fue el que más se benefició de todos. Además de tierras, sus adquisiciones incluían esclavos. También se otorgaron asignaciones de terrenos a sus soldados. Sila deseaba ubicar a sus ciudades en colonias en las que pudieran mantenerse juntos a varios miles de soldados con el objeto de poder movilizarlos rápidamente en caso de que su régimen se viera amenazado.
El proyecto constitucional de Sila, era atrincherar la autoridad del Senado contra la plebe y los Equites por igual.
La plebe no tenía poder alguno a no ser que pudieran hallar a un jefe entre los magistrados, generalmente, los tribunos. Sila privó a los tribunos del derecho de propiciar leyes. A Sila le pareció entonces adecuado atacar además los intereses de los pobres. Abolió la distribución de granos y dejó que el proletariado urbano recurriera a las grandes casas como único alivio a sus miserias.
A los Equites se los privó de sus derechos judiciales, pero no de sus contratos para cobrar tasas. Había que ampliar al Senado para integrar las cortes. Sila reclutó a “lo mejor de entre los Equites” para fortalecerlo con un número de quinientos o seiscientos; el enrolamiento automático de veinte cuestores anuales a la edad de treinta años o más, debía mantenerlo en ese número. En este aspecto, no modificó significativamente los derechos del pueblo, ni siquiera se anularon las leyes de la balota. Pero los cargos altos siguieron siendo de la nobleza, que era poseedora de la mayor riqueza y del patronazgo.
Sila había sido un tirano, “un señor del lujo, la avaricia y la crueldad”. Fue duro para los Equites, la multitud urbana, los desposeídos y los nuevos ciudadanos y no logró recompensar a los ciudadanos.
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Enviado por: | Stella Maris Veleda |
Idioma: | castellano |
País: | Argentina |