Historia
Concierto económico vasco-navarro
El Concierto Económico
Introducción
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El País Vasco y Navarra así como otras regiones habían tenido desde la Edad Media unos fueros.
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Desde el Decreto de Nueva Planta en 1714 se habían extendido los temores a perder los fueros en el País Vasco y Navarra, como había ocurrido en otras zonas.
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Napoleón (Carta Otorgada).
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Constitución de 1812.
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Convenio de Vergara.
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Ponen en tela de juicio las funciones de los fueros.
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Tras el final de la 3ª guerra carlista, Canovas del Castillo opta por abolir los fueros (1878).
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A partir de esta fecha se prepara una nueva relación entre el Estado y el País Vasco y Navarra (Concierto Económico).
Definición
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Acuerdo entre el Estado y las distintas diputaciones (Alava, Vizcaya, Guipúzcoa) para acordar las aportaciones que cada una de ellas debían aportar al Estado en concepto del llamado cupo.
Ley de Abolición
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Fue aprobada en 1878.
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Va a tener un rechazo a dos niveles:
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Juntas y diputaciones
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A nivel individual:
+ Sagarminaga: “Todo o nada”
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Posteriormente la actitud de las diputaciones de Alava y Guipúzcoa fue más pragmática y negociadora.
El Concierto Económico de las provincias con el Estado
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Supone:
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Autonomía fiscal:
+ Permite recaudar impuestos a las provincias.
+ Exige el pago de un cupo al Estado.
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Para establecer este había falta de datos económicos y fiscales en las provincias para saber que cantidad debían de pagar.
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Se fijó la cantidad en relación con otras provincias que tenían una riqueza similar (Barcelona).
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Autonomía administrativa.
+ La dotación de competencias administrativas a las diputaciones sobre los impuestos recaudados.
Consecuencias derivadas del Concierto Económico
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La presión fiscal en las tres provincias vascas era inferior a las restantes provincias españolas (50% aprox.)
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El cupo era a largo plazo:
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Más beneficioso para la economía vasca que se encontraba en una etapa de evolución positiva.
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Más favorable a la burguesía.
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Supone una relajación de la tensión inicial entre las partes implicadas.
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Supone un alto nivel de autogobierno similar al del sistema foral
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Las diputaciones nunca tuvieron más poder porque nadie controlaba su actividad.
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Las diputaciones funcionaban de manera diferente a la etapa foral
+ Los componentes de las diputaciones no eran elegidos por las Juntas Generales sino según la ley electoral del Estado por la cual el control pasó a manos de dos grupos:
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La aristocracia rural.
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La burguesía.
+ Este sistema electoral va a repercutir también en los impuestos. Favorables a estos grupos (impuestos indirectos).
Debilidad de las bases del Concierto Económico
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El Decreto Real que aprueba el Concierto Económico era fácilmente anulable.
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Las competencias se negociaban en decretos y leyes que dependían del gobierno de turno que podían introducir cambios en cualquier momento.
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El Concierto Económico debía acordarse periódicamente, lo que generaba frecuentes tensiones entre las partes y dependía de la situación política del momento.
Evolución del Concierto Económico
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1º se aprobó en 1878
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2º en 1887
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3º en 1894
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Se renovará por una nueva política tributaria del Estado.
+ Va a generar tensiones porque Gamazo (Ministro de Hacienda) desea elevar el cupo.
+ En Navarra se producirán manifestaciones de oposición que recibirán el nombre de gamazadas.
+ Sanrocadas en Guernica.
+ En numerosos lugares se producirán manifestaciones.
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4º en 1906
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Precedido de una precampaña.
+ Para atemorizar al Estado.
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Se pide la vuelta a los fueros.
+ Supuso la movilización de la Liga Foral que exigía:
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Concierto favorable.
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Política proteccionista.
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5º en 1925
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Durante la dictadura de Primo de Rivera.
+ Renovación del cuarto.
+ Firmado para 25 años.
+ Ventajoso para las tres diputaciones.
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6º => Guerra Civil 1936-1939 hasta 1975.
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Se suspende el Concierto Económico tras la caída de Bilbao para Vizcaya y Guipúzcoa.
+ Porque era un notorio privilegio con respecto al resto de Europa.
+ Porque no habían secundado el levantamiento franquista.
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Alava y Guipúzcoa lo mantienen por fidelidad a Franco.
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7º => Antes de morir Franco.
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Se aprueba una comisión para decidir las medidas a tomar para establecer un régimen administrativo especial en Vizcaya y Guipúzcoa (Juntas Generales).
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8º => Tras la aprobación de la constitución de 1978 y del Estatuto Vasco.
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Se restablecieron los conciertos de Alava y Guipúzcoa
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Pilares del autogobierno vasco.
+ Aprobados por el Parlamento e integrados en la constitución.
+ Las diputaciones pierden protagonismo en lo referente al gasto público y a la capacidad de negociar el cupo que paso al Gobierno Vasco aunque mantienen la capacidad de recaudar los impuestos.
+ Esta situación quedó regulada en la ley de territorios históricos.
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Delimita las competencias del Gobierno Vasco y de las diputaciones.
+ Para Navarra se va a aprobar el amejoramiento del fuero que modifica la ley de 1840-41 y se convertirá en la base de su autogobierno.
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