ORDEN DE COMPRA: Es el comprobante que emite el comprador para pedir mercaderias al proveedor indicando condiciones de pago y forma de entrega. Tambien es llamado nota de pedido.
REMITO: Es el documento que confecciona el vendedor y que acompana la entrega de las mercaderias vendidas.
FACTURA: Es el documento que el proveedor entrega al comprador comunicandole el importe de las mercaderias vendidas a credito o al contado. Es el comprobante de compra.
TICKET: Cumple la misma funcion que la factura al contado y se utiliza en operaciones de escasos importes.
NOTA DE DEBITO: Es el comprobante que envia el proveedor al comprador, comunicandole que aumento su deuda por motivos que en el se especifica.
NOTA DE CREDITO: Es el comprobante escrito que el proveedor entrega al comprador como constancia de haber recibido dinero, cheque, pagare u otros valores.
PAGARE: Es el documento por el cual una persona se compromete a pagar a otra una suma de dinero en un plazo determinado.
8. NOTA DE CREDITO BANCARIA:
BOLETA DE DEPOSITO: Es el documento que emite el Banco entrega a sus clientes declarando haber recibido importe, cheque u otros valores en calidad de deposito en cuenta corriente.
CHEQUE: Es una orden de pago librado contra un Banco en el cual el librador tiene fondos depositados a su orden de cuenta corriente o esta autorizado para girar en descubierto; esto significa, librar cheques sin tener fondos suficientes, previa autorizacion del Banco.
FORMAS DE EMISION DEL CHEQUE
AL PORTADOR: No menciona el nombre del beneficiario pudiendose dejar en blanco el lugar o escribir al portador.
A FAVOR DE UNA DETERMINADA PERSONA: Se indica en nombre del beneficiario acompanado de la clausula “a la orden” o sin ella.
CRUZADO: Transferir a otra persona el derecho de cobro que uno tenia.
CERTIFICADO: Es el que certifica el Banco garantizando que el librador tenga fondos suficientes para su pago. La certificacion se inserta en el reverso del cheque.
POSTDATADO:Emitir hoy un cheque a 15 dias posteriores.
DIFERIDO: Es utilizado como instrumento de credito. Se puede endosar indefinidamente; cada vez que se libra debe darse aviso al Banco, el numero y el importe.