Historia


UE (Unión Europea)


  • Historia de la U.E (Unión Europea), desde su creación hasta la actualidad:

    • Historia:

    Tras la II Guerra Mundial, la división de Europa en dos bloques antagónicos llevó a los países europeos occidentales a reforzar su colaboración en temas de defensa (Tratado de Bruselas, 1948; Unión de Europa Occidental -UEO-, 1954) y en temas económicos (Organización Europea de Cooperación Económica, creada en 1948 entre los países beneficiarios del Plan Marshall, o la Unión Europea de Pagos, fundada en 1950).

    El objetivo, expresado por algunos de los europeístas más entusiastas del momento, los franceses Jean Monet y Robert Schuman, el italiano Alcide de Gasperi o el alemán Konrad Adenauer, era incrementar el grado de supranacionalidad hasta alcanzar un nivel de integración que impidiera la reedición de las tensiones endémicas entre las potencias europeas. La internacionalización de la economía y las comunicaciones, además, hacia inevitable el rápido avance hacia una Europa de estructura confederal, que pudiera competir con el nuevo líder de la economía mundial, Estados Unidos.

    • Los tratados de Roma:

    Acuerdos firmados por Bélgica, Francia, Italia, Luxemburgo, Paises Bajos y la Republica Federal de Alemania (25 de marzo de 1957) por los que se constituyeron la Comunidad Económica Europea (CEE) y la Comunidad Europea de Energía Atómica, (Euratom).

    Las negociaciones para la elaboración de los tratados se iniciaron en Bruselas durante el mes de junio y fue P.H.Spaak el encargado de presidirlas y dirigirlas. Los contactos fueron especialmente intensos, hasta el punto de que los titulares de asuntos exteriores de los seis países llegaron a celebrar cinco cumbres durante el año 1956 y principios de 1957.

    Los pilares básicos que establece el Tratado de creación de la Comunidad Económica Europea son dos: el derribo progresivo de las barreras arancelarias entre los países miembros, es decir, una unión aduanera, y la armonización de sus estrategias en materia económica, es decir, una política económica común.

    El periodo transitorio para el desarme arancelario debía finalizar en el año 1970, y los resultados habían sido espectaculares: la unión aduanera se había concluido, la política agraria se había estructurado y los intercambios comunitarios se habían quintuplicado.

    • La CECA:

    El 18 de abril de 1951 se firma el Tratado de constitución de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA), integrada por Francia, Alemania, Italia, Países Bajos, Bélgica y Luxemburgo. La iniciativa para crear esta institución partió del entonces ministro de asuntos exteriores francés, Robert Schuman. Lo que se dio en llamar como la “pequeña Europa” tenia como misión, por una parte, coordinar la producción franco alemana de carbón y acero, pero sobre todo, la de sentar las bases para un futuro mercado común europeo y, según definición de Schuman, constituir el embrión “de una futura federación europea que asegure el mantenimiento de la paz”.

    En los años siguientes, diversas iniciativas como la creación de la Comunidad Europea de Agricultura, en 1954, y el proyecto fracasado de crear un organismo de coordinación de las políticas sanitarias de los seis socios, fueron perfilando lo que el Tratado de Roma, del 25 de marzo de 1957, consagraría como Comunidad Económica Europea (CEE), un organismo con eminente finalidad económica, pero que introducía en sus bases postulados que abría la puerta para una Europa social.

    Así, el Tratado, que entrara en vigor el 1 de enero de 1958, establecía como puntos prioritarios: la libre circulación de mercancías, capitales, servicios y personas, además del establecimiento de una política agraria común y la creación de una política monetaria coordinada entre las respectivas divisas. En Acta de Roma define los organismos de la nueva organización paneuropea: Comisión (integrada por comisarios designados por los estados miembros), Consejo (integrado por los respectivos ministros de asuntos exteriores o primeros ministros), Parlamento y Tribunal de Justicia.

    También creo una unidad de cuenta, cuyo valor expresado en oro equivalía al del dólar americano. Al mismo tiempo, se creaba la comisión europea para al energía atómica, Euratom, encargada de desarrollar armónicamente la energía nuclear en el Viejo Continente.

    • Euratom:

    Euratom es la Comunidad europea de la energía atómica. Organismo fundado el 1 de enero de 1958 con el objetivo de establecer las condiciones necesarias para la formación y desarrollo de industrias nucleares con fines pacíficos, la coordinación de esfuerzos de los países miembros y la difusión de conocimientos en materia nuclear. Surgido del tratado de roma el 25 de marzo de 1957, y constituido en un principio por los miembros de la CECA, en 1967 se integro en la CEE. El poder ejecutivo reside en la Comisión de las Comunidades Europeas, asesorada por un Comité para Ciencia y Técnica y un Comité Económico y Social. El resto de los organismos son comunes a la CEE y la CECA. Tiene su sede en Bruselas.

    Los gobiernos francés, alemán y británico han perseverado en el desarrollo de la energía de fisión nuclear aunque las opiniones en sus países se hallan divididas. En ninguna otra parte de Europa occidental se están construyendo actualmente centrales nucleares. La situación era muy distinta a principios de los ochenta, cuando Bélgica, Finlandia, Italia, España, Suecia, Suiza y Yugoslavia se hallaban todas ocupadas en la construcción nuclear. Suecia intenta reemplazar su actual nivel de electricidad nuclear con alternativas ambientales benignas. Otros países han seguido una política de inactividad. En medio de una escasez de nuevos pedidos, la conclusión de algunas centrales se ha aplazado indefinidamente.

    En las décadas de 1940 y 1950 tras los desarrollos nucleares importantes de Europa se encontraban motivaciones militares. Tanto el Reino Unido como Francia deseaban asegurar la independencia en armas nucleares, que aun siguen siendo esenciales en su política de defensa.

    Euratom era uno de los pies del trípode sobre el que se había construido al Comunidad Europea (los otros eran la Comunidad del Carbón y del Acero, y la Comunidad Económica). En los años cincuenta, cuando se creo Euratom, “átomos para la paz” era un slogan. Muchos ingenieros y políticos veían la central nuclear como el mejor camino para un suministro de energía barato y limpio. Podía acabar con la dependencia de Europa de los pocos fiables ríos de petróleo que corrían alrededor del mundo en petroleros.

    En las décadas siguientes, el trabajo nuclear y los reactores prototipo se llevaron la parte del león de la investigación energética. En 1988, los doce países de la Comunidad Europea tenían, entre todos, 139 centrales. Mas de la mitad se terminaron durante los años ochenta, la mayor parte en Francia y la República Federal de Alemania. El auge nuclear termino cuando la alarma publica a propósito del accidente de Chernobil en la URSS coincidido con la caída de los precios del petróleo y con las revisiones a la baja de las previsiones de la demanda de electricidad.

    Los programas nucleares continuaron en Europa oriental y el URSS hasta los años noventa. Los países de Europa occidental que nunca habían alcanzado la etapa de construcción de centrales nucleares, no presentan intenciones de hacerlo en el próximo futuro. El trabajo para el desarrollo de los reactores de fusión se inicio en diversos países hace mas de treinta años, aunque al mayor parte de la investigación no se clasifico hasta 1958. Se vio pronto claro que el éxito no llegaría rápidamente.

    Con la fundación de Euratom en 1958 los europeos ya habian reconocido la necesidad de una investigación conjunta. La coordinación de un programa para investigar las reacciones termonucleares controladas realizadas en los laboratorios asociados de los estados miembros se asignó a la Comisión Europea, que también participa en el coste. Los programas competitivos de EEUU, Japón y la URSS son comparables en alcance. Todos ellos recibieron un impulso significativo a mediados de los años setenta, cuando la escasez de petróleo señala la necesidad de fuentes energéticas alternativas.

    • CERN:

    Siglas de Conseil Européen pour la Recherche Nucléaire, centro europeo de investigaciones atómicas que tiene su sede en Ginebra y sus instalaciones experimentales en Meyrin, cerca de Ginebra. Construido y mantenido conjuntamente por la República Federal de Alemania, Dinamarca, Francia, Grecia, Reino Unido, Suecia y Suiza sobre la base del acuerdo del 1 de julio de 1953, al que más tarde se adhirieron, Austria (en 1959) y España (desde 1983). Como países observadores están Yugoslavia, Polonia y Turquía. El numero de investigadores invitados es de aproximadamente 600. El instituto posee un supersincrotrón de protones de 4400 GeV (desde 1976), un sincrotrón de protones que alcanza hasta 28 GeV (desde 1959) y dos anillos de almacenamiento (desde 1971).

    En estos aceleradores se han realizado investigaciones de física de altas energías en un régimen de trabajo de cooperación internacional ya que la comunidad científica y tecnológica de la Europa occidental es mas amplia que la Unión europea, que no incluye algunos países de gran nivel científico como Suecia y Suiza. Las colaboraciones mas importantes, incluyendo al CERN, la Agencia Espacial Europea, Eureka e incluso los programas de investigación propios de la CE, involucran a participantes de fuera de la Comunidad Europea. El puente del Consejo de Europa entre los países de la CE y los que no lo son se hace mas importante a medida que la Comunidad avanza hacia su mercado único.

    En octubre de 1987 la Asamblea de Parlamentarios recomendó que cada estado miembro debería abrir sus sistemas de investigación, tecnología y formación de personal a todos los países del Consejo de Europa.

    • Ampliaciones de la Unión Europea:

    Pese a los titubeos iniciales y, sobre todo, pese a las reticencias de países como Gran Bretaña o los países escandinavos, temerosos de que la CEE les hiciera perder parte de su independencia o de su bienestar, la comunidad fue ganando adeptos progresivamente. Así, tras superar la crisis originada por la fijación de los precios agrícolas entre 1963 y 1965, la CEE abriría sus puertas en 1973 a tres nuevos miembros, Gran Bretaña, Irlanda y Dinamarca.

    La crisis de los años setenta dinamito la serpiente monetaria, que en 1979 fue sustituida por el Sistema Monetario Europeo (SME), que establece bandas mínimas de fluctuación de las divisas.

    A pesar de las dificultades que siempre se producen, por los conflictos de intereses entre países, al Unión Europea ha realizado cinco ampliaciones. La ultima de ellas se produce en noviembre y diciembre de 2002, con la entrada de: Bulgaria, Chipre, República Checa, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Malta, Polonia, Rumania, Eslovaquia, Eslovenia y Turquía.

    Primera ampliación

    Tuvo como protagonistas a cuatro países: Gran Bretaña, Irlanda, Dinamarca y Noruega. La operación transcurrió por cauces polémicos desde el inicio del proceso, a principios de los sesenta. Las reiteradas oposiciones del presidente francés, el general Charles De Gaulle retrasaron la operación hasta el año 1973, cuando, tras arduas negociaciones entraron como miembros en pleno derecho. Irlanda aprobó el ingreso en mayo de 1972 por el 83% del electorado, Dinamarca hizo lo mismo por un margen menor (63,5% de los votantes) en septiembre del mismo año. Noruega se convirtió en el primer país que se niega a ingresar en la CEE por un 53% de los votos negativos. El resultado del referéndum provoco la dimisión del primer ministro Trygve Bratelli. La razón fundamental del rechazo noruego era el sector pesquero. Los noruegos temían que la entrada de barcos comunitarios acabara perjudicando sus propias capturas.

    El Gobierno conservador de Gran Bretaña había firmado el ingreso con el único apoyo del Parlamento, sin realizar consulta popular alguna. Por ello, nada mas acceder al poder los laboristas en 1974, organizaron un referéndum en el que los votantes del sí fueron el 67% del electorado. La cuestión comunitaria se había zanjado en Gran Bretaña.

    Segunda ampliación:

    La segunda ampliación se produjo el 1 de enero de 1981 y tuvo como protagonista a Grecia. La incorporación se llevo a cabo de una forma suave y no produjo tensiones semejantes al primer ingreso. Ni la población ni la economía griega representaron un gran cambio estructural para el conjunto comunitario. Los únicos sectores que preocuparon mínimamente fueron la agricultura y la flota comercial. La primera, por su posible competencia con Italia y Francia y la segunda por su gran tamaño. Al final un periodo transitorio de cinco años ya la constatación de la penuria económica griega zanjaron cualquier contestación.

    Tercera ampliación:

    La tercera ampliación fue la más problemática de todas, y trajo a la Comunidad a dos países que recientemente habían accedido a la democracia: España y Portugal. La apertura formal de las negociaciones se inicio en el año 1979 en Bruselas. Las conversaciones fueron especialmente lentas, debido a las numerosas trabas impuestas por los representantes franceses a lo largo de seis años. En 1980 el presidente francés, Valery Giscard D'estaign, vinculó la ampliación comunitaria a la solución de los problemas internos de la UE: política agraria, financiación y recursos propios.

    En 1982 el Gobierno español acepto la implantación del IVA desde el mismo momento de la adhesión, y solicito un periodo transitorio de diez años. Para el año 1983 ya habían sido cerrados todos los capítulos menos los más conflictivos: asuntos sociales, agricultura y pesca. En enero de 1986 en Consejo Europeo llegaba en Fontainebleau a un acuerdo sobre todos los puntos que habían provocado la crisis interna de la CEE, con lo que se dejaba la vía expedita para las negociaciones. El acuerdo se produjo en las primeras horas del jueves 26 de marzo y la firma se produciría en junio del mismo año.

    Cuarta ampliación:

    En la primera cumbre de 1994 se aprobó la cuarta ampliación, tras la solicitud de ingreso formulada por Austria, Suecia, Finlandia y Noruega. En los meses que siguieron, estos cuatro países realizaron sus propios referéndums internos para aprobar esta solicitud. Excepto Austria, que aprobó el ingreso con una holgada mayoría, los partidarios del sí en Suecia y Finlandia ganaron por un escasísimo margen, mientras que los del no se impusieron en Noruega por unos pocos votos. Así las cosas, el proyecto de una Unión Europea de 16 miembros se tuvo que conformar con tan solo 15. Estos tres países ingresaron como miembros en pleno derecho el 1 de enero de 1995.

    Quinta ampliación:

    De esta ampliación hablare mas extensamente mas adelante

    • La Europa de los doce:

    Grecia se adhiere en 1981, mientras que España y Portugal lo hacen en 1986, reforzando así el flanco sur de la Unión, a partir de entonces, llamada Europa de los doce. La CEE, que durante sus primeros años se había centrado casi exclusivamente en temas económicos, dejando al Consejo de Europa las cuestiones de tipo cultural y social, englobaba ya al grueso de la Europa Occidental, y se disponía a emprender transformaciones profundas en una estructura, que se volvía cada día mas compleja. Si hasta 1986, la CEE había sido, en lo esencial, un organismo para la integración franco alemana, la llegada de nuevos miembros exige la introducción de nuevos mecanismos de gestión: se emprende la tarea de dotar a la CEE de una nueva estructura política, con nuevas competencias legislativas, también en materia social y cultural.

    El Acta Unica Europea de 1986 refuerza considerablemente los poderes de la Comisión, destinada a convertirse en el autentico gobierno europeo, al tiempo que se crea el Fondo Social Europeo, destinado a la solidaridad entre los miembros. También introduce el mecanismo de mayorías relativas para la aprobación de normas, en detrimento de la necesaria unanimidad requerida hasta la fecha. Estas innovaciones se vieron lastradas por la actitud escéptica de los gobiernos británico y danés, lo que llevo a concebir una Europa de dos velocidades. La CEE pasaría denominarse Comunidad Europea (CE).

    • La Unión Económica y Monetaria Europea:

    Acuerdo alcanzado en 1989 en Madrid que establece el calendario y las fases que ha de atravesar el proceso de construcción económica de Europa, para lo que deciden preparar una conferencia intergubernamental sobre este tema.

    La primera fase prevé el desarrollo de un Sistema europeo de bancos centrales (SEBC); la segunda contempla la instauración en 1994 del Instituto Monetario Europeo (IME); finalmente la tercera fase, cuya entrada en funcionamiento esta prevista para 1999, supone la creación de la moneda única. El desarrollo efectivo de este proceso esta sujeto a la evolución de un conjunto de indicadores económicos en cada uno de los países miembros.

    Su primera aparición se produjo en la cumbre de Hannover de 1988, cuando fue creado un comité de expertos presidido por el entonces presidente de la Comisión, Jacques Delors, cuya misión era estudiar las vías para la consecución de la Unión Económica y Monetaria. Dos hitos importantes en la consecución de la UEM se produjeron en octubre de 1990, cuando la libra esterlina entro en el sistema monetario europeo, y junio de 1989, cuando la peseta hizo lo mismo.

    • Tratado de Maastricht:

    Acuerdo firmado por los representantes de los doce miembros de la Comunidad Europea en febrero de 1992. Por el se aprobó, para 1999, al unión monetaria y económica plena, mediante la creación de un banco central único, una sola moneda, el ECU, una política social única (excepto para Gran Bretaña, que se opuso a ella) y una política exterior y de defensa común. Su ratificación por los distintos estados encontró dificultades en Dinamarca, donde fue rechazado por un referéndum en 1992 y aprobado, con algunas modificaciones y garantías, al año siguiente.

    El Tratado también incluye nuevas competencias para la Comunidad, entre las que se incluye: mayor esfuerzo en la protección de los consumidores, política común respecto a la concesión de visados, estrategia común de protección de la salud, desarrollo de las redes de transporte, fijación contractual de la cooperación al desarrollo, política industrial, cultura, fortalecimiento de la protección del medio ambiente, de la investigación y del desarrollo, así como en política social (con la excepción del Reino Unido), cooperación en cuestiones de política interna. Maastricht también concede mas derechos al Europarlamento, como una mayor participación en la legislación, la necesidad del voto de aprobación de la Comisión y de todos los Tratados de importancia. El acuerdo introduce una política exterior y de seguridad común.

    La firma de tratado de Maastricht, en 1991, refuerza considerablemente los poderes políticos de los organismos comunitarios e introduce el principio de subsidariedad, estableciendo una coordinacion directa entre la legislación comunitaria, que se convierte de obligado cumplimiento para todos los estados miembros, y las respectivas legislaciones nacionales. Acuciada por la descomposición del bloque de Este, la CE decide avanzar firmemente en su consolidación y reforzar su integración.

    El difícil proceso de ratificación del Tratado de Maastrchit, que coincidió con la dura crisis económica de la primera mitad de los años 90, dinamitó el SME y sumió a la CE en su peor crisis desde su fundación. Finalmente, y tras dos referendums en Dinamarca y serias, muy serias, dificultades en Gran Bretaña y Francia, el Tratado fue aprobado, relanzando el proyecto europeo.

    Este nuevo dinamismo supuso que los cuatro países de Europa Occidental que se habían resistido a la CE (que a partir de 1992 adoptaría oficialmente el nombre de Unión Europea, ue), Austria, Suecia, Noruega y Finlandia, pidiesen formalmente su ingreso en 1994, lo que se materializo, con excepción de Noruega donde los partidarios de la no integración ganarían el referéndum, a principios de 1995.

    Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC)

    Organismo previsto en el Tratado de Unión Económica y Monetaria firmado en Maastricht y que se ocupara de definir y ejecutar la política monetaria, tendrá control de las reservas de divisas de los países miembros y realizara operaciones de cambio. Serán miembros los bancos centrales de cada país y el propio Banco Central Europeo. Su fecha de entrada en vigor, de acuerdo con el calendario previsto originalmente, es el año 1999.

    • La Unión Europea Occidental (UEO):

    La Unión Europea Occidental es una organización internacional europea, creada en la conferencia de París (1954) por Bélgica, Francia, Países Bajos, Reino Unido, Italia, Luxemburgo y la república Federal de Alemania, se basa en el tratado de Bruselas (1948) y coordina la política de defensa común de la UE. Pertenecen a la UEO todos los Estados miembros de la UE excepto Dinamarca, Grecia e Irlanda.

    Su antecedente mas inmediato fue la Comunidad europea de Defensa (CED), que se formalizó en mayo de 1952 por parte de Bélgica, los Países Bajos, Luxemburgo, Francia, Italia y Alemania. El proyecto estaba pendiente de ratificación por parte de los Parlamentos de los seis países, y fue la asamblea francesa la que echo al traste todos los pasos dados negándose a aprobarlo. La no ratificación parlamentaria de Francia finiquitó la CED.

    Principales órganos;

    Los órganos principales de la UEO son el Consejo, la Asamblea y el Secretariado, cuya sede se encontraba hasta hace bien poco en Londres, aunque recientemente se ha trasladado a Bruselas. La UEO esta muy vinculada a la OTAN.

    El Tratado de Maastricht concede un lugar especial a la UEO en el desarrollo progresivo de la política exterior y de seguridad común. Considera que la UEO contribuye plenamente al desarrollo de la Unión Europea, por lo que deberá poner en marcha aquellas decisiones y acciones que tengan consecuencias para la política de defensa. Los nueve Estados miembros que forman parte de la UEO han acordado un programa para la futura cooperación, según la cual la organización se convertirá en el brazo defensivo de la UE a la vez que fortalecerá el pilar europeo de la OTAN. La Comisión de la UE debe ser consultada e informada periódicamente sobre las actividades de la UEO.

    Según los términos del Tratado de Maastricht, la cooperación entre la UEO y al OTAN debe ser lo mas estrecha y transparente posible. Los países europeos miembros de la OTAN que no pertenecen a UE, Turquía e Islandia, se relacionen con la UEO en términos de miembro asociado.

    • Acta Unica Europea

    El Acta Unica Europea es un Tratado firmado en Luxemburgo en febrero de 1986 por los países de la Comunidad Europea. Vino a modificar a diversos aspectos de los acuerdos fundacionales la CEE (que se habían firmado en Roma en 1957) y contemplo también la entrada en vigor del mercado interior unificado el 1 de enero de 1993. Para ello, los esfuerzos se dirigieron en tres áreas: la eliminación de las fronteras físicas por supresión de los controles al tráfico intracomunitario de mercancías y por eliminación de las formalidades de aduana; la eliminación de fronteras técnicas y administrativas a los intercambios comerciales, y la eliminación de las fronteras fiscales estableciendo una armonización progresiva de los tipos de impuestos.

    El Acata Unica inserta además las políticas de investigación, desarrollo, protección del medio ambiente y política regional a través de los que denomina la cohesión económica y social y da flexibilidad al proceso legislativo europeo en el Parlamento, además de sistematizar la Cooperación política. Tal cooperación es el proceso de información, consulta y acción común entre los Estados miembros en materia de política exterior. Su objetivo es potenciar la influencia de la Comunidad en los asuntos internacionales mediante la definición de un enfoque europeo único y coherente. Los temas que son objetivo de atención a través de la Cooperación Política Europea son, entre otros, Oriente Medio, cooperación europea y el proceso de la Conferencia de Seguridad y Cooperación en Europa.

    El Acta Unica Europea a incluido nuevas precisiones en cuanto a la necesidad de promover el desarrollo armonioso y la acción comunitaria para reforzar la cohesión económica y social de la comunidad.

    • Espacio Económico Europeo

    Acuerdo firmado en 1992 entre la Comunidad Europea y la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC o EFTA) destinado a crear un espacio económico común, para integrar en las estructuras comunitarias a algunos de los países de la AELC. Los países de la AELC han iniciado un proceso de adopción de gran parte de la normativa comunitaria, como paso previo para el proceso de unificación. El proceso de construcción del Espacio Económico Europeo sufrió a finales de 1992 un serio revés al ser rechazada en Suiza la integración.

    El Tratado del Espacio Económico Europeo suponía la integración de hecho de los mecanismos económicos que funcionaban en la CE de todos los piases miembros de la AELC (Austria, Finlandia, Suecia, Noruega, Islandia y Liechtenstein) a excepción de Suiza, si bien Austria, Suecia, Finlandia y Noruega iniciaron negociaciones formales para integrarse en la Unión Económica y Monetaria. La AELC era uno de los socios comerciales más importantes de la UE, con un 10% de los intercambios totales.

    Es espacio económico europeo esta integrado por el territorio de los estados miembros de la UE en el que las decisiones de intercambio de bienes y servicios no están condicionadas por la existencia de fronteras políticas.

    Según el Tratado constitutivo de la CEE, la Comunidad tiene como misión, mediante el establecimiento de un mercado común y el acercamiento progresivo de las políticas económicas de los estados miembros, fomentar el desarrollo armónico de las actividades económicas en el conjunto de la Comunidad, la expansión continua y equilibrada, la estabilidad, el aumento del nivel de vida y las relaciones entre los estados que reúne. El establecimiento del Mercado Común y el acercamiento de las políticas económicas nacionales, que aparecen en este articulo como medios al servicio de los objetivos generales descritos, constituyen en realidad los dos aspectos fundamentales del objeto asignado a la Comunidad por el Tratado.

    Es establecimiento del Mercado Común implica la realización de las cuatro libertades fundamentales: libre circulación de mercancías, personas, servicios y capitales. La libre circulación de mercancías supone, de un lado, la supresión de obstáculos a los intercambios de bienes dentro de la Comunidad y, de otro, el establecimiento de un arancel exterior común. La libre circulación de personas comprende la libre circulación de trabajadores asalariados y el derecho de establecimiento de personas físicas y jurídicas. El contenido de la libre circulación de servicios, coincide con el derecho de establecimiento referido a la prestación de servicios. La libre circulación de capitales implica la supresión de las restricciones a los movimientos de capitales pertenecientes a personas que residan en los estados miembros.

    Terminología básica:

    Accisas :impuestos especiales indirectos que la UE establece sobre ciertos productos como tabaco, alcohol, etc.

    Acuerdo de autolimitación: Es establecido para evitar la comercialización de ciertos productos importados, denominados sensibles, en territorio comunitario.

    Cláusula de salvaguarda: disposición normativa que implica la suspensión por un periodo de tiempo determinado de la normativa comunitaria relativa a la libre circulación de mercancías, autorizada por la Comisión para cada uno de los estados miembros a base de deferentes motivos.

    Imposición en destino: principio tributario de la CEE por el que la recaudación de los impuestos indirectos se realiza en el estado miembro que ha importado el producto y la degradación de los mismos en el estado miembro que lo ha exportado.

    Notificación comunitaria: Comunicación a la Comisión de acuerdo, una decisión de asociación de empresas o de una practica concertada entre empresas, presentada por una de las empresas participantes a efectos de declaración negativa o de exención de la aplicabilidad de las reglas de la competencia.

    TARIC : Siglas de Arancel Integrado de las Comunidades Europeas. Mecanismo arancelario que desde 1988 regula la codificación de las mercancías de cada uno d los países comunitarios y también recoge las instrucciones de la Política Comercial Comunitaria.

    • Legislación comunitaria:

    La Legislación comunitaria es el conjunto o cuerpo de leyes que emanan de las instituciones de la UE y que son de aplicación en el territorio comunitaria.

    La Unión Europea dispone de un sistema normativo interno totalmente comparable a un poder legislativo, confiado a ciertos órganos que la ejercen según un procedimiento preestablecido. El tratado constitutivo de la CEE dispone que para el cumplimiento de su misión el Consejo y la Comisión adoptaran reglamentos y directivas, tomaran decisiones y formularan recomendaciones y dictámenes. Además de esta lista de las diferentes categorías de actos con carácter normativo, el mencionado tratado contiene una exposición de carácter sistemático de los efectos jurídicos que caracteriza a cada una de ellas.

    Entre los actos normativos de los órganos comunitarios hay que distinguir los vinculantes de los desprovistos de obligatoriedad. Por otra parte, es preciso reseñar que no todos los actos vinculantes tienen naturaleza normativa, sino que algunos de ellos son meros actos de eficacia individual, equiparables al acto administrativo. Desde otro punto de vista, es importante distinguir los actos típicos, es decir, previstos y caracterizados por los tratados, de los actos atípicos cuya naturaleza no siempre es fácil de determinar.

    Terminología básica:

    Decisión comunitaria: la decisión es un acto normativo de carácter particular en que los destinatarios están individualmente determinados. Se distingue, pues, del reglamento por el carácter determinado de sus destinatarios y de la directiva por la obligatoriedad de todos sus elementos y no solo del resultado a alcanzar.

    Dictamen comunitario: el dictamen es un acto normativo de carácter no vinculante que expresan un juicio o una valoración.

    Directiva comunitaria: la directiva constituye un instrumento fundamental de la armonización de las legislaciones de los distintos estados miembros que quedan vinculados en cuanto al resultado a alcanzar, dejando a las instancias nacionales la competencia en cuanto a la forma y los medios.

    Efecto directo: característica del Ordenamiento Jurídico comunitario en virtud de la cual este es susceptible de engendrar derechos i obligaciones en los ciudadanos en instituciones de los Estados miembros, prevaleciendo incluso, en caso de conflicto, con las normas nacionales.

    Recomendaciones comunitarias: las recomendaciones son actos normativos de carácter no vinculante que contienen una invitación a un comportamiento y que pueden ser dirigidas a Estados y también a particulares. A pesar de no poseer fuerza vinculante, tienen un cierto peso político o moral dentro del derecho comunitario.

    Reglamento comunitario: El reglamento es un acto normativo de carácter general: sus destinatarios no están individualmente determinados y sus normas son aplicables a una pluralidad de situaciones. Su ámbito de aplicación se extiende, en principio, a la totalidad del territorio comunitario. Su contenido es vinculante y crea directamente derechos y obligaciones para los particulares, sin necesidad de un procedimiento interno de transformación o incorporación

  • Incorporación progresiva de los países:

  • 1951, Creación de la CECA, Francia, Bélgica, Italia, Luxemburgo, Piases Bajos y República Federal de Alemania.

    1973, entrada en la CEE de Gran Bretaña, Irlanda y Dinamarca, Noruega se convierte en el primer país que se niega a entrar en la Unión.

    1981, Grecia

    1986, Portugal y España

    1994, Austria, Suecia y Finlandia. Noruega vuelve a negarse a entrar en el UE.

    2002, Bulgaria, Chipre, República Checa, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Malta, Polonia, Rumania, Eslovaquia y Eslovenia. Turquía tendrá que esperar para entrar en la Unión

  • Política de la UE (¿qué significa ser ciudadano de la UE?)

    • Los derechos fundamentales.

    La Unión Europea ha manifestado desde siempre su compromiso con los derechos humanos y las libertades fundamentales y ah confirmado explícitamente su adhesión a los derechos sociales fundamentales. El Tratado de Amsterdam ha establecido procedimientos internos para garantizar su protección.

    El Tratado insiste en el respeto de los derechos fundamentales, especialmente los garantizados por el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH), adoptado en Roma en 1950 por los miembros del Consejo de Europa. El Preámbulo del Tratado de la Unión se refiere a los derechos sociales fundamentales mencionando ña Carta Social Europea de 1961 (Consejo de Europa) y la Carta comunitaria de los derechos sociales fundamentales de los trabajadores de 1989.

    Con arreglo al Tratado, la UE es competente para adoptar acciones apropiadas para combatir la discriminación. Las posibles causas de intervención son la discriminación por razones de sexo, raza u origen étnico, religión creencia, discapacidad, edad u orientación sexual. En este sentido, la UE ha aplicado políticas dirigidas a lograr la igualdad de oportunidades para hombres y mujeres.

    El Tratado de Amsterdam facultó formalmente al Tribunal de Justicia para garantizar el respeto de los derechos y libertades fundamentales por las instituciones europeas.

    El Consejo Europeo de Niza (7-9 diciembre 2000) se felicita de la proclamación conjunta por el Consejo, el Parlamento Europeo y la Comisión de la Carta de los Derechos Fundamentales, que reúne en un solo texto los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y de sociedad enunciados hasta la fecha en distintas fuentes internacionales, europeas o nacionales. El Consejo Europea desea que la Carta goce de la máxima difusión posible entre los ciudadanos de la Unión. La cuestión del alcance de la Carta se examinara posteriormente.

    • Legibilidad de los Tratados (simplificación de los tratados)

    La cuestión de la legibilidad de los Tratados se ha planteado con agudeza en la Conferencia intergubernamental (CIG)a causa de la complejidad del edificio jurídico comunitario que es el fruto de modificaciones sucesivas de los tratados. Asimismo, la necesidad de simplificar el Tratado se menciono desde el comienzo de la CIG con el fin de responder a la necesidad de comprension del ciudadano.

    A este respecto, hay que señalar que el Tratado de la Unión Europea tuvo como efecto complicar más la situación añadiendo una nueva estructura que modifica y completa las ya existentes, dejando al mismo tiempo en la ambigüedad determinadas disposiciones de los Tratados anteriores que no ha recogido ni derogado formalmente.

    Con el fin de remediar una situación en la que la dificultad de lectura y comprensión de los textos fundadores de la Unión podría alejar a esta del ciudadano, la Comisión propuso que se procediera a su consolidación.

    En una declaración aneja al Tratado de Amsterdam, se ha decidido continuar con rapidez los trabajos de consolidación de todos los tratados (incluido el Tratado de la Unión Europea) con el fin de incorporar los cambios aportados por el Tratado de Amsterdam a los Tratados anteriores. Esta operación servirá sobre todo para llegar a textos claros y comprensibles para todos. El resultado de la misma no tendrá valor jurídico.

    Paralelamente se ha llevado a cabo una nueva numeración de los artículos de los Tratados para que su uso resulte más fácil.

    • Libre circulación de las personas (visados, asilo, inmigración y otras políticas)

    El tratado de Amsterdam ha introducido en el tratado constitutivo de la Comunidad Europea un nuevo Titulo IV que incluye los siguientes ámbitos:

    • Libre circulación de las personas

    • Control de las fronteras exteriores

    • Asilo, inmigración y protección de los derechos nacionales de terceros países

    • Cooperación judicial en materia civil.

    Estos ámbitos dependían anteriormente del titulo VI del tratado de la Unión Europea (justicia y asuntos internos). El Tratado de Amsterdam los “comunitariza”, o sea, los integra en el marco jurídico del primer pilar. Este cambio se realizara progresivamente durante los cinco años siguientes a la entrada en vigor de este nuevo Tratado.

    Una vez concluido este periodo de transición, el Consejo ya no es actor único en estos campos. Decide la propuesta de la Comisión y está previsto que, llegado el momento, se apliquen el procedimiento de codecision y la mayoría cualificada. Por otra parte, el Tribunal de Justicia es ya competente en las materias de este nuevo titulo IV.

    Ni el reino Unido ni Irlanda participaran en las medidas adoptadas el marco del titulo IV. Dinamarca solo participa en las medidas referentes a los visados.

    • Lucha contra el fraude.

    La lucha contra el fraude y la corrupción se asienta en dos fundamentos jurídicos modificados por el tratado de Amsterdam:

    • El articulo 29 del Tratado de la Unión Europea llama en este ámbito a “una mayor cooperación entre las fuerzas policiales, las autoridades aduaneras y otras autoridades competentes de los Estados miembros, ya sea directa o través de Europol”.

    • El articulo 280 del Tratado constitutivo de Comunidad europea se refiere a cualquier fraude que atente contra los intereses financieros de la Comunidad. El Consejo y el Parlamento Europeo podrán adoptar medidas en este ámbito según el procedimiento de codecisión, previa consulta del Tribunal de Cuentas.

    El 26 de julio de 1995 se firmo sobre la base del tercer pilar del Tratado de la Unión Europea un convenio en materia de protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas, en el marco del tercer pilar del Tratado de la Unión Europea. Dicho Convenio tiene por objeto introducir en la legislación penal de cada Estado miembro la noción de fraude a los intereses financieros de las Comunidades. Desde 1988 la encargada de combatir el fraude ha sido la Unidad de Coordinación de la Lucha contra el Fraude (UCLAF) de la Comisión Europea, servicio que el 1 de julio de 1999 fue sustituido por la Oficina Europea de Lucha Antifraude (OLAF).

    Con el fin de reforzar la acción comunitaria en cuanto a la lucha contra el fraude, la Comisión Europea propuso a la Conferencia Intergubernamental convocada en febrero de 2000 introducir un fundamento jurídico en los Tratado destinados a establecer un sistema de normas relativas a las persecuciones judiciales penales de los fraudes transnacionales, e instituir un fiscal europeo.

    • Lucha contra el racismo y la xenofobia

    Antes de la entrada en vigor del tratado de Amsterdam ya se habían tomado varias medidas contra el racismo y la xenofobia en el marco de la política social. 1997 fue declarado Año Europeo contra el Racismo mediante una simple resolución del Consejo, dejando con ello a los Estados miembros el cuidado de llevarlo a la practica.

    A raíz del interés demostrado por el Parlamento Europeo en varias resoluciones, la Comisión presentó el 25 de marzo de 1998 un plan de acción contra el racismo, con el fin de consolidar los resultados del año1997 y preparar la entrada en vigor del Tratado de Amsterdam. Dicho plan contempla entre otras cosas la integración de la lucha contra el racismo en las políticas y programas comunitarios.

    De modo que el Tratado de Amsterdam introdujo en el articulo 29 (ex articulo k.1) del Tratado de la Unión Europea un fundamente jurídico especifico en materia de prevención y lucha contra el racismo y la xenofobia, gracias al cual se puede llevar a cabo en este ámbito una autentica política comunitaria.

    En junio de 1997 se creo en Viena el Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia con el fin de intercambiar información y experiencia en este ámbito. Además, el 21 de diciembre de 1998 se celebró un acuerdo entre la Unión Europea y el Consejo de Europa con el fin de intensificar la cooperación entre dicho Observatorio y la Comisión del Consejo de Europa contra el racismo y la intolerancia.

    • Lucha contra el terrorismo

    El Tratado Amsterdam ha introducido en el articulo 29 (ex articulo k.1) del Tratado de la Unión Europea una mención explícita a la lucha contra el terrorismo, autorizando de esta forma a los Estados miembros a adoptar posiciones comunes, decisiones marco y convenios dirigidos a luchar de forma mas coordinada contra este fenómeno.

    También se ha previsto que la coordinación de la lucha contra l terrorismo corra a cargo de la Oficina Europea de Policía (Europol). El Convenio por el que se instituye Europol entró en vigor el 1 de octubre de 1998 y la cooperación policial en materia de terrorismo ha empezado a funcionar bajo su égida el 1 de enero de 1999.

    • Lucha contra la delincuencia organizada y el blanqueo de dinero

    Estas dos tareas han sido asignadas a la Unidad de Drogas de Europol, que se encarga del intercambio de datos entre los Estados miembros con la intención de garantizar una mayor cooperación policial y aduanera. Desde el 1 de octubre de 1998 la nueva Oficina Europea de Policía (Europol) ha asumido las competencias de la Unidad de Drogas, estructura temporal creada en 1994 en espera de la entrada en vigor del Convenio Europol.

    La lucha contra la delincuencia internacional ha quedado incluida en el nuevo titulo VI del Tratado de la Unión Europea. Gracias a esta mención explícita, los Estados miembros ya pueden ir mas allá de un simple intercambio de información. Tiene, en efecto, a su disposición un fundamento jurídico especifico con el fin de utilizar los instrumentos definidos en el nuevo articulo 34 (Posición común, Decisión, Decisión marco y Convenio) y poner en practica una verdadera política contra la delincuencia internacional.

    En el Consejo Europeo de Amsterdam de junio de 1997 la voluntad política de los Estados miembros en materia de lucha contra la criminalidad organizada se tradujo en un programa de acción en que se fijaban las prioridades la Unión Europea. Además, el 28 de mayo de 1998 se firmo un pacto de preadhesión sobre la criminalidad organizada con los países candidatos a la adhesión.

    • Lucha contra la droga

    La lucha contra la droga reviste distintos aspectos, entre los que cabe destacar la prevención de la toxicómana y la lucha contra el tráfico ilícito. En función de su acción, la Unión Europea dispone de fundamentos jurídicos específicos.

    La prevención de la toxicómana se basa en el articulo 152 (ex articulo 129) del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, relativo a la salud publica. Sobre esta base, la Comunidad ha establecido, entre otras cosas, un programa de acción (1996- 2000).

    La lucha contra el tráfico ilícito de drogas ha sido asignada a la Unidad de Drogas de Europol, que ha creado un departamento de información sobre este tipo de trafico, permitiendo una mayor cooperación policial y aduanera entre los Estados miembros. Desde el 1 de octubre de 1998 esta estructura forma parte de la Oficina Europea de Policía.

    Por otra parte, la lucha contra el tráfico de estupefacientes ha sido claramente por el Tratado de Amsterdam como uno de los objetivos del nuevo titulo VI del Tratado de la Unión Europea sobre cooperación judicial y policial en materia penal. Sobre la base del articulo 29 (ex articulo K.1) del Tratado de la Unión Europea la Comisión adopto el plan de acción de la Unión en materia de lucha contra la droga (2000-2004). Dicho plan consagra la prioridad de la lucha contra la droga en la actuación interior y exterior de la Unión y, con el fin de dotar a la UE de las herramientas necesarias, preconiza el intercambio de datos fiables y la intensificación de la cooperación internacional

  • Ampliación:

  • Introducción:

  • Europa ha vivido acontecimientos muy importantes en los últimos años. El desmoronamiento de la Unión Soviética y, como consecuencia de este, el final de la guerra fría, han supuesto un cambio sustancial para el antiguo orden geopolítico y la desaparición de los antiguos modelos de equilibrio internacional. El proceso de integración europea también ha experimentado una fuerte aceleración.

    La ampliación hacia los países de la Europa central y oriental (PECO), Chipre, Malta y Turquía se inscribe en este nuevo contexto y por tanto representa para la Unión Europea un empeño histórico.

    También constituye una oportunidad, ya que la ampliación de la Unión, al menos en una primera etapa, a mas de 100 millones de nuevos ciudadanos favorecerá el comercio y la actividad económica e imprimirá un nuevo impulso al desarrollo y a la integración de la economía europea en su conjunto. La adhesión de nuevos Estados miembros incrementara su peso especifico y la influencia de la Unión en la escena internacional.

    En cualquier caso, el tema de la ampliación dominara la política europea de los próximos años. Los países de la Europa central y oriental, así como Chipre, Malta y Turquía, se encuentran en principio en la misma posición de salida y en condiciones de igualdad. Sin embargo, las situaciones económicas y políticas de estos países son a menudo diferentes, lo que coloca a la Unión Europea ante retos políticos e institucionales sin precedentes.

    Aun cuando la primera tanda de adhesiones podría traer consigo que la población aumente en mas de una cuarta parte, alcanzando cerca de 500 millones, el PIB total no aumentara mas que un 5% como máximo. Pese a los enormes esfuerzos emprendidos por estos países, su integración en las estructuras y programas existentes será una tarea extremadamente delicada.

  • Los acuerdos de asociación (acuerdos europeos)

  • Europea Diez de los países de la Europa central y oriental mantienen con la Unión un importante intercambio comercial que se ha visto revigorizado gracias a la firma de los acuerdos de asociación (también llamados acuerdos europeos).

    Los acuerdos europeos configuran el marco jurídico de la asociación entre los países candidatos y la Unión Europea. En ellos se abordan las relaciones políticas y económicas entre las partes; su objetivo es crear un marco apropiado para la integración progresiva de candidatos en la Comunidad. Se han firmado acuerdos europeos con Bulgaria, Eslovaquia, Eslovenia, Hungría, Polonia, la República Checa, Rumania, Estonia, Letonia y Lituania.

    Estos acuerdos, que pretenden crear una zona de libre comercio para el año 2002, prevén la liberalización del comercio de los productos industriales y organizan la cooperación económica en gran numero de ámbitos. Gracias a ellos es posible discutir en el seno de los consejos de asociación los avances realizados en la preparación de adhesión a nivel ministerial. Habida cuenta de que cubren la mayoría de los ámbitos vinculados al acervo comunitario, los acuerdos de asociación son ayudados para ayudar a los países candidatos a elaborar sus programas nacionales de incorporación del acervo y a integrar las normas jurídicas comunitarias antes de la adhesión.

    Los acuerdos de asociación con Chipre, malta y Turquía abarcan los mismos ámbitos que los celebrados con los países de Europa Central y Oriental (con excepción del dialogo político) y tiene por objeto crear una unión aduanera. Turquía ya firmó en 1995 un acuerdo de unión aduanera con la Unión Europea.

    Los Estados asociados y la Unión europea

    País

    Firma del acuerdo de asociación

    Fecha de candidatura a la adhesión

    Acuerdos de asociación referencia DO

    Bulgaria

    01-03-1993

    14-12-1995

    DO L 358 de 31.12.94

    Chipre

    19-12-1972

    03-07-1990

    DO L 133 de 21.05.77

    Eslovaquia

    06-10-1993

    27-06-1995

    DO L 359 de 31.12.94

    Eslovenia

    10-06-1996

    10-06-1996

    DO L 51 de 26.02.99

    Estonia

    12-06-1995

    24-11-1995

    DO L 68 de 09.03.98

    Hungría

    16-12-1991

    31-03-1994

    DO L 347 de 31.12.93

    Letonia

    12-06-1995

    13-10-1995

    DO L 26 de 02.02.98

    Lituania

    12-06-1995

    08-12-1995

    DO L 51 de 20.02.98

    Malta

    05-12-1970

    03-07-1990

    DO L 61 de 14.03.71

    Polonia

    16-12-1991

    05-04-1994

    DO L 348 de 31.12.93

    República Checa

    06-10-1993

    17-01-1996

    DO L 360 de 31.12.94

    Rumania

    01-02-1993

    22-06-1995

    DO L 357 de 31.12.94

    Turquía

    12-09-1973

    14-04-1984

    DO 217 de 29.12.64

  • Consejo Europeo de Copenhague (junio de 1993)

  • La decisión de principio relativa a la perspectiva de ampliación de la Unión a los países asociados de la Europa central y oriental fue adoptada por el Consejo Europeo de Copenhague. Este consejo definió también los criterios que deberán satisfacer los países candidatos antes de la adhesión.

    Estos criterios se refieren a:

    • la existencia de instituciones estables garantes de la democracia, la primacía del Derecho, el respeto de al minorías y su protección (criterio político)

    • el contar con una economía de mercado viable y con la capacidad de hacer frente a la presión de la competencia y a las fuerzas de mercado en el interior de la Unión Europea (criterio económico)

    • La capacidad de asumir las obligaciones que se derivan de la adhesión y, en concreto, la de suscribir los objetivos de la Unión política, económica y monetaria (criterio de asimilación del acervo comunitario)

  • Consejo Europeo de Essen (diciembre de 1994)

  • El Consejo Europeo de Essen puso en marcha una estrategia de preadhesion cuyo objeto es aproximar en mayor medida a la Unión Europea a los países que han firmado un acuerdo de asociación. Esta estrategia de preadhesion se basa en:

    • Los acuerdos europeos (o acuerdos de asociación)

    • El Libro Blanco (publicado en mayo de 1995) que indica las medidas clave en cada sector del mercado interior y define prioridades en cuanto a la aproximación de las legislaciones.

    • El dialogo estructurado a nivel institucional.

    • El programa PHARE, designado principal instrumento financiero para el apoyo a las estrategias de preadhesion.

    El programa de cooperación transfronteriza, que se considera también un elemento esencial de la estrategia de preadhesion, alienta la cooperación entre Estados, regiones o grupos de interés a lo largo de las fronteras de la Unión Europea y de los países de la Europa central.

  • Consejo Europeo de Madrid (diciembre de 1995)

  • La Comisión presentó en el Consejo Europeo de Madrid un informe intermedio en el cual destacaban los beneficios potenciales de la ampliación para la paz y la seguridad, así como para el crecimiento económico y el desarrollo en toda Europa. La Comisión señala en este informe que la condición sine qua non de la adhesión es la asimilación del acervo comunitario en el estado en que se halle en la fecha de la adhesión, pero que podrá resultar necesario recurrir a disposiciones transitorias en algunos sectores, tales como la agricultura y la libre circulación de personas.

  • Consejo Europeo de Amsterdam (junio 1997)

  • El Consejo Europeo de Amsterdam puso fin a la Conferencia intergubernamental mediante la adopción del Tratado de Amsterdam.

    Si bien el Tratado contiene importantes avances, especialmente en materia social y laboral, por otro lado aborda de manera solo imperfecta uno de los puntos centrales de su mandato: la reforma de las instituciones. Por ello será necesaria una nueva Conferencia intergubernamental para reformar un sistema institucional que en sus inicios estaba previsto para seis Estados. Esta reforma constituirá un preliminar indispensable para cualquier incremento del numero de miembros de la Unión Europea.

  • La Agenda 2000

  • La Comisión Europea publicó el 16 de julio de 1997 la “Agenda 2000”, documento tripartito en el que se aborda:

    • El futuro de las principales políticas comunitarias.

    • Las perspectivas financieras de la Unión para los años 2000 a 2006.

    • La ampliación de la Unión Europea.

    Por lo que se refiere a la ampliación de la Unión Europea, la Agenda 2000 contiene los dictámenes de la Comisión sobre las solicitudes de adhesión de Bulgaria, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Polonia, la República Checa y Rumania. Estos dictámenes se elaboraron partiendo de los criterios de Copenhague. La Comisión sugiere abrir negociaciones inicialmente con Eslovenia, Estonia, Hungría, Polonia y la República Checa. Las negociaciones con Chipre se iniciaran seis meses después de finalizada la conferencia intergubernamental.

    Criterio político: este, que es el primer criterio para la adhesión, y que supone, entre otras cosas, el respeto de la democracia y de los derechos humanos, se respeta al parecer en todos los países con la excepción de Eslovaquia, ya que en este país el Estado de Derecho y la democracia no están lo suficientemente arraigados y la protección de las minorías parece insuficiente, lo que motiva que haya de ser excluida de la primera tanda de la ampliación.

    Criterio económico: los cinco países seleccionados pueden considerarse de hecho “economías de mercado viable”, mientras que Eslovaquia se halla muy cerca de esta situación. Sin embargo, el segundo elemento de este criterio económico (la capacidad de hacer frente a la presión de la competencia y a las fuerzas del mercado interior de la Unión) implica una nueva selección cuyos resultados indican que la República Checa y Eslovenia son los países mas avanzados. En cuanto a Hungría y Polonia, están al parecer intensificando sus esfuerzos de reestructuración, mientras que Estonia va ligeramente a la zaga de este segundo grupo.

    La capacidad de adoptar el acervo comunitario: este tercer criterio para la adhesión establece la distinción más estricta entre los países candidatos:

    • Bulgaria y Rumania probablemente no estarán en condiciones de satisfacer a medio plazo las obligaciones que se derivan del acervo comunitario.

    • Los tres Estados bálticos y Eslovenia tan solo podrán estar en condiciones de adoptar a medio plazo lo esencial del acervo si llevan a cabo un gran esfuerzo.

    • Eslovaquia, Hungría, Polonia y la República Checa estarán probablemente en condiciones de adoptar a medio plazo lo esencial del acervo comunitario siempre que se avance en determinados sectores.

    A cada país se le asignara una ficha individual (a modo de “mapa”) en la que se recogerán los progresos llevados a cabo ene l contexto de la asimilación de este acervo comunitario, el mismo sometido también a evolución.

    La Agenda 2000 prevé también un marco financiero de apoyo al proceso de preadhesión de los países candidatos. La ayuda de preadhesión concedida a los países candidatos de la Europa central y oriental a partir del año 2000 se cifra en 21 millardos de euros para el periodo entre los años 2000 y 2006 y consta de tres grandes capítulos, a saber:

    • Programa PHARE: 10,5 millardos de ecus (1,5 millardos de euros al año). Desde 1997 se ha centrado sobre las dos principales prioridades esenciales vinculadas a la adopción del acervo comunitario.

    • Una ayuda al desarrollo agrario de 3,5 millardos de euros (500 millones de euros al año).

    • Una ayuda estructural de 7 millardos de euros (1 millardo de euro al año) cuyo primer objetivo es ayudar a los países candidatos a aproximarse a las normas comunitarias en materia de infraestructura, especialmente en los ámbitos del transporte y del medio ambiente. Además, esta ayuda hará posible que los países en cuestión se familiaricen con las modalidades de puesta en practica de medidas estructurales.

  • Consejo Europeo de Luxemburgo (diciembre de 1997)

  • El Consejo de Luxemburgo ratificó el análisis realizado por la comisión el documento Agenda 2000. Las negociaciones comenzaran con seis países (en lo sucesivo denominados es grupo de Luxemburgo): Eslovenia, Estonia, Hungría, Polonia, República Checa y Chipre.

    Además, asignaran 100 millones de euros a favor de los cinco candidatos a la segunda tanda (Bulgaria, Eslovaquia, Letonia, Lituania y Rumania) para financiar proyectos que les permitan recuperar el retraso en la aplicación de las reformas económicas.

  • Conferencia Europea

  • El 6 de octubre de 1997 los ministros de Asuntos Exteriores de los quince acogían favorablemente el proyecto francés de “Conferencia Europea”, destinada a acompañar en los años venideros el proyecto de ampliación. La Conferencia Europea se reunió por primera vez en Londres el 12 de marzo de 1998 congregando a los Estados de la Unión y a todos los países europeos deseosos de adherirse a la misma y vinculados a ella por un acuerdo de asociación. La Conferencia europea es un foro multilateral en el que se celebran consultas políticas, entre otros en el ámbito de la política exterior y de seguridad común (PESC), la justicia y los asuntos de interior, así como la cooperación económica y regional. Turquía no mostró deseos de participar. La Conferencia se reune cada año en presencia de los jefes de Estado y de Gobierno y del Presidente de la Comisión, así como de los ministros si resulta necesario.

  • Negociaciones de adhesión

  • el proceso de la adhesión comenzó el 30 de marzo de 1988 con la primera tanda de países candidatos (el grupo Luxemburgo).

    Las negociaciones de adhesión abordan la capacidad de los candidatos de respetar las obligaciones propias de un Estado miembro de la Comunidad Europea y de aplicar el acervo comunitario en la fecha de su adhesión, especialmente las medidas necesarias para la ampliación del mercado único que habrán de ponerse en practica inmediatamente. La negociación también versa sobre la ayuda previa a la adhesión que la Unión pueda aportar para facilitar la adopción del acervo. Por ultimo la negociación podrá finalizar, incluso si no se ha conseguido la asimilación completa del acervo, recurriendo ala aplicación de medidas transitorias después de la adhesión. Sin embrago, estos posibles periodos transitorios deberán ser tan breves como sea posible y no afectar mas que a un numero limitado de sectores.

    Las negociaciones se desarrollan en conferencias intergubernamentales bilaterales, con reuniones cada seis meses a nivel ministerial y cada mes a nivel de embajadores.

    La definición precisa de las posiciones de negociación se lleva a cabo después de un procedimiento de evaluación en detalle (“screening”) de la situación de cada país candidato en cuanto a la legislación comunitaria y a las disposiciones del segundo y tercer pilar.

    La Comisión define las posiciones comunes de negociación para cada uno de los capítulos de la competencia comunitaria y el Consejo las aprueba por unanimidad. Los resultados de las negociaciones se incluyen en un proyecto de tratado de adhesión, que debe ser aprobado por la Unión Europea y ratificado por los Estados miembros y los países candidatos.

  • El refuerzo de la estrategia de preadhesion

  • El refuerzo de la estrategia de preadhesion que solicito en diciembre de 1996 el Consejo Europeo de Dublín se asienta tanto sobre los mecanismos exigentes (los acuerdos europeos, el Libro Blanco sobre el mercado interior y el programa PHARE) como sobre un nuevo instrumento que constituirá el eje principal de la estrategia reforzada de preadhesión: las asociaciones para la adhesión.

    Las asociaciones para la adhesión, establecidas el 15 de marzo de 1998, congregan en un marco único tres elementos fundamentales:

    • los ámbitos prioritarios para integrar el acervo comunitario

    • la programación de la asistencia financiera de la Unión

    • las condiciones de esta ayuda, que se basa en respeto de las obligaciones de los acuerdos europeos y en los avances en el cumplimiento de los tres criterios de Copenhague.

    Estos elementos establecen el modo en que se ordenaran todos los instrumentos encaminados a prestar ayuda a los candidatos en su preparación de la adhesión, y, en concreto:

    • Un programa nacional de adopción del acervo comunitario, en el cual cada candidato deberá indicar las medidas legislativas y normativas, las reformas de las estructuras institucionales y administrativas y los recursos humanos y presupuestarios que pretende poner en practica en cada uno de los ámbitos prioritarios seleccionados por la asociación para la adhesión.

    • Una evaluación conjunta de las prioridades en materia de política económica.

    • Un pacto en contra del crimen organizado.

    • Los llamados “mapas (planes orientativos) del mercado interior”, elaborados en 1997 por el Comisario europeo encargado del mercado interior para permitir a los candidatos que se ajusten al acervo comunitario.

    La Comisión se compromete a presentar anualmente al Consejo un informe sobre los progresos realizados por cada uno de los países candidatos en vías de la adhesión. El primero de dichos informes fue entregado el 4 de noviembre de 1998. La Comisión podrá, en función de los progresos realizados, optar entre recomendar al Consejo que inicie las negociaciones con los cinco candidatos de la segunda tanda de la ampliación o proponer la reducción o supresión de una ayuda de preadhesión. La Comisión publicó el segundo informe en octubre de 1999, el tercero en noviembre de 2000 y el ultimo en noviembre de 2001.

  • Consejo Europeo de Berlín

  • En el Consejo Europeo de Berlín se consiguió un acuerdo global sobre la Agenda 2000. En lo que se refiere a la ampliación, este acuerdo aborda, entre otros aspectos, la creación de dos instrumentos específicos de preadhesión: el Instrumento de Política Estructural de Preadhesión (ISPA) y el Instrumento Agrícola de Preadhesión (SAPARD). El Consejo Europeo creó también el marco financiero relativo a estos instrumentos y decidió doblar la ayuda de preadhesión a partir del año 2000. Este acuerdo se ha traducido en la practica en la adopción en junio de 1999 de los reglamentos por los que se crean los dos instrumentos mencionados, así como le reglamento relativo a la coordinación general de la ayuda de preadhesión.

    El Consejo Europeo de Berlín confirmó también el papel que corresponde al programa Phare, renovado como principal instrumento de intervención centrado en dos prioridades esenciales relacionadas con la adopción del acervo comunitario, a saber, “institution building” (es decir, el refuerzo de la capacidad administrativa e institucional de los países candidatos) y la financiación de las inversiones, capítulos a los que se destina respectivamente el 30% y el 70% de su presupuesto para los países candidatos, con la excepción de las inversiones financiadas por los instrumentos estructural y agrícola de preadhesión.

  • Consejo Europeo de Helsinki (diciembre de 1999)

  • El Consejo Europeo de Helsinki decidió organizar, en febrero de 2000, conferencias intergubernamentales bilaterales con el fin de abrir negociaciones con Rumania, Eslovaquia, Letonia, Lituania, Bulgaria y Malta (en lo sucesivo denominados grupo de Helsinki).

    El Consejo reafirmó el principio de diferenciación, según el cual todos los candidatos a la adhesión conservan la facultad de ponerse al nivel de aquellos que hayan iniciado las negociaciones con anterioridad.

    Tomo también nota de la nueva evaluación realizada por la Comisión relativa a los progresos realizados por los países candidatos (informes del 13 de octubre de 1999)

  • Consejo Europeo de Niza (diciembre de 2000)

  • El Consejo Europeo subrayó que, tras la entrada en vigor del Tratado de Niza y las modificaciones institucionales que implica, la Unión Europea estarán en condiciones de acoger a los países candidatos que estén preparados a partir de finales de 2002, permitiéndoles participar en las elecciones europeas de 2004.

    Los Estados miembros aprobaron la posición común que adoptaran en las conferencias de adhesión por lo que respecta a la distribución de los escaños en el Parlamento Europeo, la ponderación de los votos en el Consejo y la composición del Comité Económico y Social y del Comité de las Regiones, cuando la Unión cuente con 27 miembros.

    El Consejo Europeo expreso su satisfacción por la nueva estrategia de ampliación adoptada por la Comisión en noviembre de 2000. En su opinión, la “hoja de ruta” recogida en la estrategia constituye un marco indicativo y flexible, que podrá ajustarse en función de los avances que realice cada país candidato, por ejemplo para permitir que los que estén mejor preparados progresen con mayor rapidez en las negociaciones.

  • Consejo Europeo de Gotemburgo (junio de 2001)

  • Este Consejo Europeo confirmo la posible clausura antes de finales de 2002 de las negociaciones con los países candidatos que estén preparados, con vistas a su participación en calidad de miembros en las próximas elecciones al Parlamento Europeo de 2004. Indico, asimismo, que el proceso de ratificación del Tratado de Niza sigue adelante, pese a los resultados del referéndum en Irlanda.

  • El Consejo Europeo de Laeken (diciembre de 2001)

  • El Consejo expreso su acuerdo con el informe 2001 de la Comisión, según el cual, si se mantiene el ritmo actual de negociaciones y reformas, todos los candidatos, (salvo Rumania, Bulgaria y Turquía) estarán listos para la adhesión para finales de 2002. Por lo que respecta a Bulgaria y Rumania, se trata de entablar negociaciones en 2002 en todos los capítulos.

  • Chipre, Malta y Turquía.

  • 16.1. Chipre

    La Comisión Europea elaboró en junio de 1993 un primer dictamen sobre la solicitud de adhesión, en el que reconocía que el desarrollo económico del país era elevado, al tiempo que subrayaba, sin embargo, que existen disparidades económicas entre las partes septentrional y meridional de la isla.

    El Consejo Europeo de Luxemburgo (diciembre de 1997) trazó una estrategia de preadhesión especial para Chipre que se basa en los siguientes principios:

    • La participación en algunas acciones especificas, en particular en el ámbito del refuerzo de la capacidad administrativa e institucional, así como en el terreno de la justicia y los asuntos interiores.

    • La participación en determinados programas y organismos comunitarios (a semejanza del enfoque seguido por los otros Estados candidatos).

    • La utilización de asistencia técnica brindada por la oficina de asistencia técnica TAIEX.

    La Agenda 2000 reafirma la voluntad política de la Unión Europea de desempeñar un papel activo por conseguir que se llegue a un “acuerdo justo y duradero” entre las dos partes de la isla que sea además conforme con las resoluciones de las Naciones Unidas.

    En marzo de 1998 Chipre participo en la primera reunión de la Conferencia Europea en Londres. Los representantes turco-chipriotas, que habían sido invitados a participar en las negociaciones, no aceptaron esta oferta.

    En su informe de noviembre de 1998, al Comisión confirma su análisis de 1993 en lo relativo a las disparidades económicas entre las dos partes de la isla, y constata que las relaciones políticas entre la comunidad turca y la chipriota siguen siendo difíciles. A causa de esta situación, el ejercicio de screening no cubre el conjunto de la isla.

    El consejo Europeo de Helsinki destacó que una solución política de la cuestión chipriota podría facilitar la adhesión de este país a la Unión Europea. No obstante, afirmo también que so no representa una condición previa para la decisión final.

    En el informe de noviembre de 2000, la Comisión subraya una vez mas el problema de la división de la isla, si bien señala que se han realizado esfuerzos considerables para hallar una solución política conforme a la asociación para la adhesión y añade que son varios los hechos que indican que ambas partes han iniciado un debate a fondo.

    16.2 Malta

    Malta presentó su candidatura a la adhesión a la Unión Europea el 16 de julio de 1990. En junio de 1993 la Comisión emitió un dictamen favorable. En abril de 1995 el Consejo decidió que las negociaciones de adhesión con Malta debia iniciarse seis meses después de que finalizara la Conferencia intergubernamental.

    En 1996 el nuevo gobierno maltés decidió dejar en suspenso su candidatura, por lo que este país fue excluido del proceso. El 10 de septiembre de 1998 Malta expreso el deseo de volver a presentar su candidatura.

    Por tanto, la Comisión presentó en febrero de 1999 un informe que contenía una actualización del dictamen de 1993. Dicho informe confirma en lo político que las instituciones funcionan de una manera normal y que no hay especiales problemas en lo que se refiere a los derechos humanos. Por otra parte, no parece que Malta este registrando dificultades de importancia a la hora de adaptar sus estructuras administrativas y gubernamentales con vistas a su participación en las instituciones comunitarias. Malta presenta todas las características de una economía de mercado, pero será necesario reestructurar el sector industrial para que la economía del país pueda hacer frente de manera eficaz a la presión de la competencia de la UE.

    En marzo de 2000, el Consejo publicó un reglamento relativo a aplicación de medidas en el marco de la estrategia de preadhesión para Chipre y Malta.

    16. 3. Turquía

    Las relaciones entre la UE y Turquía remontan al año 1963, año en que se firmo un acuerdo de asociación (acuerdo de Ankara). La solicitud de adhesión de este país es de abril de 1987. El primer dictamen de la Comisión, emitido en diciembre de 1989, no era favorable a un inicio inmediato de las negociaciones con Turquía.

    En 1997 la Comisión constató en su Agenda 2000 el buen funcionamiento de la unión aduanera, pero también señaló las dificultades encontradas con este país en la cooperación financiera y el dialogo político, al tiempo que proponía la ayuda europea con el fin de mejorar la situación de los derechos humanos.

    El Consejo Europeo de Luxemburgo de diciembre de 1997 confirmó que este país era susceptible de ser elegido para la adhesión a la Unión. En consecuencia, el 4 de marzo de 1998 la Comisión presento una comunicación con el objetivo de aplicar la estrategia europea destinada a preparar a Turquía para la adhesión. Este programa de acción se concentra en la profundización de la unión aduanera (que entro en vigor el 31 de diciembre de 1995) y su extensión al sector de los servicios y la agricultura, así como en el refuerzo de la cooperación en toda serie de ámbitos.

    En su informe de noviembre de 1998, la Comisión confirma el análisis hecho en la Agenda 2000. El desarrollo de una economía de mercado viene acompañado de ciertas anomalías en el sistema político, en especial en el funcionamiento de poderes públicos, el respeto de los derechos humanos y el tratamiento dado a los derechos de las minorias.

    El Consejo Europeo de Helsinki destacó la candidatura en pleno derecho de Turquía a la Unión Europea, siempre que cumpla los criterios de Copenhague.

    Además, decidió que Turquía se beneficiará, como todos los países candidatos, de una estrategia de preadhesión que le ayude en las reformas empezadas.

    El 8 de marzo de 2001 se aprobó la asociación para la adhesión de Turquía.

  • Breve informe de los países que se van a incorporar (población, ingresos, etc.)

  • Bulgaria:

    Capital: Sofía

    Superficie: 110912 Km2

    Población: (1996) 8470000 hab

    Tasa de natalidad: 9%

    Tasa de mortalidad: 14%

    Crecimiento natural anual: - 0,5%

    Menores de 15: 18%

    Mayores de 65: 15%

    Esperanza de vida: 71,2 años

    Moneda: Lev

    P.I.B (global)(1996) 11230 millones de dólares

    P.I.B/hab: 4480 dólares

    Índice de desarrollo humano: (1994) 0,780

    El crecimiento económico de Bulgaria fue negativo entre los años 1985 y 1995 (-1,9% anual) y en 1996 del -9% como consecuencias de un proceso confuso de privatización de tierras y empresas que no atrajo excesivas inversiones extranjeras. La crisis económica supuso el cierre de empresas industriales invariables que se mantenían exclusivamente gracias al Estado. Los resultados de este supuesto proceso de liberación económica todavía no han repercutido en la sociedad, cuyo segmento en edad laboral padeció en 1996 un 12,5% de desempleo. La reetructuraciondel sistema bancario en 1996 a causa de la quiebra de varios bancos, la incapacidad de hacer frente a una deuda externa de 11000 millones de dólares, casi tanto como el P.I.B, y una inflación del 311% en 1996 (que en 1990 era del 50,6%) son otras muestras de esta situación critica. La producción se repatrío, en 1996, de la siguiente manera: la agricultura representó el 7,7% del P.I.B, la industria el 34,6% y los servicios el 57,7%. En el sector agrícola todavía destacan por su importancia los enormes complejos agroindustriales (entre 10000 y 30000 habitantes), que están bien equipados. Se ha reducido la tierra dedicada a cereales, su producción se ha triplicado y, a pesar de ello, en 1996 Bulgaria recibió ayuda humanitaria de la Unión Europea para adquirir trigo.

    Asimismo, se han incentivado las superficies dedicadas a plantas industriales para el tratamiento del tabaco (125000 t), algodón (80000t), vino (3,6 millones de Hl) e hilaturas de cáñamo, según datos de 1996.

    La energía se obtiene mayoritariamente de las centrales térmicas de lignito (36 millones de t en 1996), altamente contaminantes, de los embalses de las zonas montañosas y del sistema hidroeléctrico del Danubio. En la actualidad es importante el gasoducto proveniente de Rusia. La minería produjo, en 1996, 75000t de cobre, 90000t de plomo, 210000t de molibdeno y 60000t de cinc. Hay una industria diversificada (agroindustria, madera, siderurgia), y en el sector turístico cuenta con un rico patrimonio, con balnearios, la costa del mar Negro y estaciones de esquí

    La población urbana en Bulgaria representa el 67,8% (1995) sobre el total del país y las principales ciudades en las que se aglomera son: Sofía (1100000 habitantes), Plovdiv (370000 habitantes), Varna (300000) y Ruse y Burgas (180000 habitantes cada una).

    República Checa:

    Capital: Praga

    Superficie: 78864 Km2

    Población: (1996) 10251000 hab

    Tasa de natalidad: 9%

    Tasa de mortalidad: 11%

    Crecimiento natural anual: -0,1%

    Menores de 15: 15%

    Mayores de 65: 13%

    Esperanza de vida: 72 años

    Moneda: corona checa

    P.I.B global (1995): 39990 millones de dólares

    P.I.B/ hab: 9770 dólares

    Índice de desarrollo humano: (1994) 0,882

    El 1 de enero de 1993 se creó la República Checa después de una separación pacifica y negociada de Eslovaquia. La política económica del nuevo Estado fue muy liberal, lo que provoco fricciones en la población por la perdida de servicios sociales, y el aumento del numero de familias con problemas económicos(principalmente las compuestas por jubilados, obreros y con hijos pequeños). El aumento de las desigualdades sociales fue paliado por el crecimiento económico (2,7% en 1994, 5% en 1995 y 4,2% en 1996) y una tasa de paro extremadamente baja (3,5% de la población activa de 1996). Sin embargo a principios de 1997 aparecieron algunos indicios de problemas económicos, como una fuerte inflación (8,2% en 1996), crisis bancarias por malversación de fondos y una cierta corrupción de la clase política. La privatización de las empresas socialistas se realizo rápidamente, ya que le 60% del P.I.B de la República Checa procede de la actividad del sector privado, cuando en 1988 era un país con una planificación económica centralizada. Los principales intercambios económicos se producen con Alemania (32,4% del total de importaciones y 16% del total de exportaciones) y con Eslovaquia (13% del total de importaciones y 16% del total de exportaciones). Otro aspecto económico destacable fue en los últimos años de la década de los noventa, el papel desempeñado por Praga (1200000 habitantes) como destino de turismo internacional. Otras notables ciudades checas son Ostrava (330000 habitantes) Brno (385000 habitantes) y Plzen (180000 habitantes).

    Chipre:

    Capital: Nicosia

    Superficie: 9251 Km2

    Población:(1996) 756000 hab

    Tasa de natalidad: 11,8%

    Tasa de mortalidad: 5,8%

    Crecimiento natural anual: 1,3%

    Esperanza de vida: 76,8 años

    Moneda: libra chipriota

    P.I.B global (1994) 8360 millones de dólares

    P.I:B/hab: 13071 dólares

    Índice de desarrollo humano: 0,907

    Principales actividades económicas: turismo, 1600 millones de dólares en ingresos y flota comercial 36Mtrb.

    Eslovaquia:

    Capital: Bratislava

    Superficie:49016 Km2

    Población: (1996) 5347000 hab

    Tasa de natalidad: 11%

    Tasa de mortalidad: 10%

    Crecimiento natural anual: 0,3%

    Menores de 15: 22%

    Mayores de 65: 11%

    Esperanza de vida: 70,8 años

    Moneda: Corona eslovaca

    P.I.B global: (1996) 18963 millones de dólares

    P.I.B / hab: 4220 dólares

    Índice de desarrollo humano: 0,776

    Tras la separación negociada de la República Checa el 1 de enero de 1993, la evolución positiva de la economía eslovaca ha disipado la creencia de que Eslovaquia no podría sobrevivir fuera de Checoslovaquia. Las cifras macroeconomicas reflejan un crecimiento económico negativo (-1,4%) entre 1985 y 1994 pero que en 1995 cambia completamente de signo (7,4%), y que al año siguiente quedo establecido en el 6,9%. Paralelamente, se duplicaron las divisas, se mantuvo la inflación (9,1% en 1995; 5,4% en 1996) y la tasa de paro quedo en el 13% (1996). Sin embargo el incremento de las importaciones (4624 millones de dólares en 1994, 5560 en 1995 y 8228 en 1996) no fue secundado por un crecimiento interior, que representaba el solo el 66% del total en 1989. El sector privado, que produjo en 1996 el 65% del P.I.B, se ha visto beneficiado por un profundo proceso de privatizaciones que, antes de vender al extranjero ha consistido preferentemente en la venta de las empresas a sus propios directivos. El 26 de junio de 1996 se aprobó una nueva organización del territorio, que fue dividido en 8 regiones y 79 distritos, y cuyas ciudades principales son Bratislava (450000 habitantes) y Kosice (241000 habitantes).

    Eslovenia:

    Capital: Ljubljana

    Superficie: 20251 Km2

    Población: (1996) 1924000 hab

    Tasa de natalidad: 10%

    Tasa de mortalidad: 10%

    Crecimiento natural anual: 0,1%

    Menores de 15: 18%

    Mayores de 65: 13%

    Esperanza de vida: 72,8 años

    Moneda: Tolar

    P.I.B global (1994) 16246 millones de dólares

    P.I.B / hab: 10404 dólares

    Índice de desarrollo humano (1994) 0,886

    Una de las principales diferencias de Eslovenia con respecto a la mayoría de los países de los Balcanes y de Europa des este es la homogeneidad étnica, ya que el 96% de sus habitantes son eslovacos. Los dos centros urbanos principales de Eslovenia son Ljubljana (270000 habitantes) y Maribor (110000 habitantes). La economía nacional se ha integrado con rapidez al sistema capitalista, y las privatizaciones de las empresas, que empezaron en 1993, se realizaron en su mayoría en 1994, siendo mas de dos mil compañías las que pasaron al sector privado. El crecimiento económico de Estonia ha sido muy positivo, pues el P.I.B aumentó en un 4% anual entre 1985 y 1995, y un 3,5% en 1996; la inflación fue ligeramente elevada (del orden del 8,8% en 1996), igual que la tasa de paro (13,5% en 1996). Durante el periodo 1993-1997 se consiguió una exitosa introducción de la moneda nacional, el tolar, que logro una estabilidad en su cambio con el marco, y se inicio una política internacional encaminada a que el país no cayera en una excesiva dependencia de sus potentes vecinos italianos y germanos. Así, en 1993 Eslovenia fue admitida en el Consejo de Europa y la cumbre de Luxemburgo de diciembre de 1997 abrió las puertas de la Unión Europea a Eslovenia en el denominado grupo de la primera velocidad. La reforma del estado del bienestar iniciada en 1996 ha creado desigualdades sociales y unas profundas diferencias políticas entre los partidos. Los mayores intercambios económicos de Eslovenia se realizan con al Unión Europea (68% del total de exportaciones e importaciones), principalmente con Alemania (23% de las importaciones y 30% de las exportaciones).

    Estonia:

    Capital: Tallinn

    Superficie. 45100 Km2

    Población: (1996) 1471000 hab

    Tasa de natalidad: 9%

    Tasa de mortalidad: 14%

    Crecimiento natural anual: - 1,1%

    Menores de 15: 20%

    Mayores de 65: 13%

    Esperanza de vida: 69,5 años

    Moneda: Corona estonia

    P.I.B global (1995) 4252 millones de dólares

    P.I.B/ hab: 4220 dólares

    Índice de desarrollo humano: (1994) 0, 776

    El principal problema de Estonia para el desarrollo de su economía esta constituido por los sempiternos conflictos con Rusia, centrados en dos temas principales: el difícil establecimiento de las fronteras comunes con exactitud y la compleja convivencia con una población que se compone en un 62% de estonios, un 31% de rusos y un 3% de ucranianos (1996). La introducción de una moneda fuerte a mediados de 1992, precipito la reforma de la economía y la producción, iniciándose un proceso de privatizaciones. El paso de una economía centralizada a una de mercado presento dificultades, debido a un crecimiento económico negativo durante un periodo excesivamente largo (-5,1% entre 1985 y 1993 y un -2% en 1994) y que solamente los años 1995 y 1996 ha sido positivo (2,5% y 3,1% respectivamente), y una elevada inflación (45% en 1994, 28,4% en 1995 y 14,8% en 1996), aunque el paro no es excesivamente alto (10% en 1996). Desde 1996 la política económica se centro en la defensa de la moneda, en la privatización de los sectores estratégicos, ya finaliza, y el reequilibrio de la balanza comercial (aunque presentaba un fuerte déficit de 1140 millones de dólares en 1996). Rusia continua aplicando unos aranceles que disuaden la importación de productos agrícolas bálticos, lo que perjudica claramente la economía de Estonia. La agricultura produce, patata, remolacha, forraje para ganado vacuno, leche y mantequilla; el gobierno de estonia tiene una política de ayuda a los agricultores para mantener la producción. Es país dispone de una moderna flota pesquera que le proporciona una pesca abundante. También se explota el bosque, principalmente para la elaboración de pasta de papel. Son importantes los esquistos bituminosos, de los que se obtiene combustibles. Así, mientras el sector primario es sólido, la industria y un elevado numero de empresas están al borde de la quiebra. Con las privatizaciones el comercio y los servicios han experimentado un notable crecimiento, favorecido por el turismo extranjero, que mayoritariamente proviene de Europa del norte y cuyos principales destinos son Tallinn (475000 habitantes) y Tartu (125000 habitantes).

    Hungría:

    Capital: Budapest

    Superficie.93030 Km2

    Población: (1996) 10049000 hab

    Tasa de natalidad: 11%

    Tasa de mortalidad: 14%

    Crecimiento natural anual: - 0,5%

    Menores de15: 18%

    Mayores de 65: 14%

    Esperanza de vida: 69,0 años

    Moneda: Forit

    P.I.B global (1996) 44127 millones de dólares

    P.I.B / hab: 6410 dólares

    Índice de desarrollo humanitario: (1994) 0,857

    La población en Hungría ha decrecido paulatinamente en los últimos años. Por otra parte, 3 millones de magiares son minorías en los países vecinos de Eslovaquia, Serbia y Rumania. Las principales ciudades son Budapest(2,1 millones de habitantes), Miskolc y Debrecen (aproximadamente 200000 habitantes), Pécs y Szeged (175000 habitantes), GyÖr, Nyíregyháza y Székesfehérvár (entre 100000 y 125000 habitantes), en las cuales hay que señalar la crisis de la vivienda, herencia del régimen socialista todavía no solucionada. El crecimiento económico que ha acompañado a la transición desde una economía centralizada a una de mercado ha sido lento (alrededor del 1% anual9. La política de privatizaciones masivas desde abril de 1993, principalmente de los sectores energético y de telecomunicaciones (que permite aumentar los ingresos del gobierno), no ha causado excesivos problemas, y se ha realizado gracias a las inversiones extranjeras. En marzo de 1995 se estableció un plan de austeridad para mantener la confianza de los inversores extranjeros, a partir de la reducción de los gastos sociales, en especial de los subsidios familiares, y a la disminución del salario real (del 11% en 1995 y del 4% en 1996), del déficit presupuestario y de la balanza comercial. Sin embargo, no se pudo evitar que la inflación siguiera siendo elevada(22,1% en 1995 y 19,8% en 1996). En 1997 se adoptaron medidas presupuestarias de emergencia para paliar el déficit de la seguridad social y los elevados costes derivados del estado de bienestar. La agricultura tiene unos rendimientos similares a la de los países occidentales, produciendo principalmente cereales y vino (4,5 millones de hl en 1996). El principal sector industrial es el metalúrgico, y son determinantes las exportaciones. Asimismo cabe destacar el papel cada vez mayor de Budapest como destino turístico.

    Letonia:

    Capital: Riga

    Superficie: 64500 Km2

    Población: 2504000 hab

    Tasa de natalidad: 9%

    Tasa de mortalidad: 16%

    Crecimiento natural anual: -1,2%

    Menores de 15: 20%

    Mayores de 65: 14%

    Esperanza de vida: 68,4 años

    Moneda: Lats letón

    P.I.B. global (1996): 5708 millones de dólares

    P.I.B./hab: 3370 dólares

    Índice de desarrollo humano: (1994) 0,711

    Desde la independencia (agosto 1991) se ha generado un proceso de implantación de las reglas de la economía de mercado y de instituciones democráticas pluripartidistas. En 1993 se realizo una reforma monetaria para la estabilización de la inflación que fue del 30,9% en 1994, del 23,15 en 1995y del 13,2% en 1996. La estructura del P.I.B era en 1996 del 20% para el sector primario, del 53% para el secundario y del 27% para el terciario. El subsuelo es rico en turba para las centrales eléctricas. La agricultura produce principalmente lino, cereales y remolacha. Los pastos son transcendentales para la ganadería, de la cual se obtiene queso y mantequilla para la exportación. La industria principal es la que aprovecha los bosques: aserraderos, madera y pasta de papel, productos estos últimos, destinados principalmente a la exportación. Las relaciones con Rusia son conflictivas, ya que este país continua aplicando unos aranceles que disuaden la importación de productos agrícolas bálticos, lo que perjudica en consecuencia la economía de Letonia. Asimismo, hay enormes dificultades para definir la nacionalidad letona, problema que la ley de ciudadanía no resuelve adecuadamente, y no hay que olvidar que le 34% de la población es rusa, el 4% bielorrusa, el 3% ucraniana y el 52% letona; los rusos están excluidos del censo electoral. Las principales ciudades son Riga (910000 habitantes), Daugavpils (130000 habitantes) y Liépaia (120000 habitantes).

    Lituania:

    Capital: Vilnius

    Superficie: 65200 Km2

    Población: (1996)3728000 hab.

    Tasa de natalidad: 11%

    Tasa de mortalidad: 12%

    Crecimiento natural anual: - 0,01%

    Menores de 15: 22%

    Mayores de 65: 12%

    Esperanza de vida: 70,4 años

    Moneda: Litas

    P.I.B global: (1995)7070 millones de dólares

    P.I.B/hab: 4129 dólares

    Índice de desarrollo humanitario: (1994) 0,762

    Desde su independencia (agosto de 1991) el país ha vivido una difícil evolución de la economía; en 1992 en crecimiento del P.I.B fue del -32%, en 1993 del -10%, en 1994 del -6,5%, en 1995 del 2,2% y en 1996 del 3,6%, y la inflación, a pesar de su disminución, continua siendo muy elevada (48,5% en 1994, 35,7% en 1995, 13,1% en 1996), lo que ha dificultado la implantación de las reglas de la economía de mercado. Además, las privatizaciones no han supuesto todas las mejoras esperadas, por falta de inversiones. La difícil situación económica ha provocado que la reforma de la agricultura haya supuesto el empobrecimiento de un gran numero de campesinos. Lituania debe importar petróleo de Rusia al precio de las cotizaciones internacionales, lo que significa que se deba utilizar el petróleo para la calefacción de una manera muy limitada y que de forma mayoritaria se utilice para producir bienes. Rusia continua aplicando unos aranceles que disuaden la importación de productos agrícolas bálticos, lo que perjudica gravemente la economía lituana. Como los otros dos estados bálticos (Estonia y Letonia), Lituania tiene un subsuelo rico en turba para centrales eléctricas. Dispone de una agricultura de cereales (que permite la existencia de una potente industria agroalimentaria de harina), patata y remolacha, así como pastos para la ganadería vacuna (que producen queso y mantequilla para la exportación) la industria aprovecha los recursos propios del país, especialmente los bosques (aserraderos, madera para muebles y construcción y pasta de papel), y los productos agrícolas; también es relevante la industria de maquinaria electrica. En 1996 el 23% del P.I.B lo proporciono el sector primario, el 525 el secundario y el 25% restante el terciario. Además de los conflictos económicos entre Rusia y Lituania, también existen otros de carácter político, entre ellos el hecho de que en esta ultima cerca del 10% de la población (1996) sea rusa; también el puesto ruso de Kaliningrado, en el enclave entre Lituania y Polonia, es origen de discusiones. Las principales ciudades lituanas son Vilnius (600000 habitantes), Kaunas (440000 habitantes), Kláipeda (210000 habitantes), Shiauliái (150000 habitantes) y Panevezhis (135000 habitantes).

    Malta:

    Capital: La Valletta

    Superficie: 316 Km2

    Población: (1996) 369000 hab

    Tasa de natalidad: 13,1%

    Tasa de mortalidad: 7,3%

    Crecimiento natural anual: 0,58%

    Menores de15: 22%

    Mayores de 65: 12,5%

    Esperanza de vida: 76,1 años

    Moneda: libra maltesa (= 100 centavos)

    P.I.B. global: (1995) 3529 millones de dólares

    P.I.B./ hab: (1994) 13009 dólares

    Índice de desarrollo humano: (1994) 0,887

    Polonia:

    Capital: Varsovia

    Superficie. 313000 Km2

    Población: (1996) 38601000 hab.

    Tasa de natalidad: 11%

    Tasa de mortalidad: 10%

    Crecimiento natural anual: 0,2%

    Menores de 15: 23%

    Mayores de 65: 11%

    Esperanza de vida: 71,1 años

    Moneda: Zloty

    P.I.B. global: (1996) 135129 millones de dólares

    P.I.B./ hab : 5400 dólares

    Índice de desarrollo humano: (1994) 0,834

    La economía polaca esta en plena transformación, ya que ha debido pasar de una economía bastante centralizada a una regida por las leyes de mercado. El ritmo de crecimiento económico de los años 1990 a 1995 fue del 1,2% anual y en 1996 del 5,5%. La inflación continua siendo elevada, pasando del 44,4% en 1993 al 18,7% en 1996. El P.I.B. de 1996 esta estructurado por le 14% del sector primario, el 36% del secundario y el 50% del terciario. En la agricultura destaca la desaparición de las tierras propiedad del estado; las principales producciones son patata (35 Mt en 1996), trigo (8,5 Mt), centeno (8,1 Mt), cultivos industriales textiles (principalmente cáñamo y lino) y remolacha azucarera. La ganadería porcina (20 millones de cabezas en 1996) produce el 60% de la carne que se consume en Polonia. La industria esta basada en el carbón de Alta Silesia, que produjo 203 Mt en 1996 (octavo productor mundial), en la siderurgia de Katowice, Czestochowa y Varsovia, y en la industria textil de Lodz. En Polonia el crecimiento de población es lento a causa de un descenso considerable de la natalidad en estos últimos años. Las principales ciudades son Varsovia (1700000 habitantes), Lodz (850000 habitantes), Cracovia (750000 habitantes), Wroclaw (640000 habitantes), Poznán (575000 habitantes)y Gdansk (470000 habitantes). El área metropolitana de Katowice (formada por Dabrowa, Sosnowiec, Bytom, Zabrze, Gliwice, KedzierzYn-Kozle, Chorzow ) supera los 2,5 millones de habitantes. En julio de 1997 se produjeron unas grandes inundaciones al desbordarse el río Oder, que causaron decenas de muertos, y devastaciones en las viviendas y en la agricultura.

    Rumania:

    Capital: Bucarest

    Superficie: 237500 Km2

    Población: (1996) 22665000 hab.

    Tasa de natalidad: 10%

    Tasa de mortalidad: 13%

    Crecimiento natural anual: - 0,4%

    Menores de 15: 20%

    Mayores de 65: 12%

    Esperanza de vida: 69,5 años

    Moneda: Leu

    P.I.B global: (1995) 33488 millones de dólares

    P.I.B. / hab: 4360 dólares

    Índice de desarrollo humano: (1994) 0,748

    La economía de Rumania padece una confusa coyuntura debidas a la difícil transición de un sistema socialista a uno capitalista. La inestable situación monetaria y financiera dificultan las reformas económicas, lo cual supone una merma de interés de los inversores extranjeros por las privatizaciones. Los indicadores económicos muestran una cierta mejoría de la inflación, que en 1993 fue del 256%, en 1994 del 74% y en 1995 del 27,7%, pero que volvió a aumentar hasta situarse en el 56,8% en 1996. El crecimiento económico es débil y solo beneficia a una escasa minoría (-16% en 1993, 1% en 1994, 6,9% en 1995 y 4,1% en 19969, a lo que se añade, a pesar del incremento de las exportaciones, un fuerte déficit comercial (1700 millones de dólares en 1996) debido a un mayor incremento de las importaciones. La estructura del P.I.B. en 1996 se repartía de la siguiente manera: 18% para el sector primario, 48% para el sector secundario y 34% para el sector terciario. El petróleo (9 millones de t en 1996) y el gas natural (32 millones de m3), así como los recursos hidroeléctricos a partir de la ordenación de los ríos Danubio y Olt (72 millones de kWh), deberían permitir una cierta industrialización, y en la actualidad ya son aprovechados por una incipiente industria química. Asimismo, el turismo internacional ha experimentado un notable crecimiento. Por lo que se refiere a la distribución urbana, cabe decir que, las principales ciudades rumanas son el área metropolitana de Bucarest (2200000 habitantes), Brassov (340000 habitantes), Constanta, Iassi, Timissoara y Cluj-Napoca (alrededor de 300000 habitantes)

    Turquía :

    Capital: Ankara

    Superficie: 780000 Km2

    Población: (1996) 61800000 hab

    Tasa de natalidad: 23%

    Tasa de mortalidad: 7%

    Crecimiento natural anual: 1,62%

    Menores de 15: 32%

    Mayores de 65: 5%

    Esperanza de vida: 67,3 años

    Moneda: Lira

    P.I.B. global: (1996) 187400 millones de dólares

    P.I.B./hab: 6133 dólares

    Índice de desarrollo humano: (1994) 0,772

    La estructura de P.I.B. esta formada por el 17,1% del sector primario, el 30,7% del sector secundario y el 52,2% del sector terciario. La población activa se distribuye en un 44,8% en la agricultura, un 22,2% en la industria y un 33% en los servicios. La agricultura emplea a un porcentaje elevado de población, pero su productividad es baja. Los cereales (16 millones de t de trigo en 1996) y la ganadería (12 millones de cabezas de bovino y 41 millones de ovino) son suficientes para no depender de las importaciones de alimentos. Los cultivos comerciales se localizan en la costa, y representan un 21% de las exportaciones (1996). Turquía es el primer exportador mundial de avellana, de la que produjo 475000 t en 1996. Dispone de recursos energéticos (principalmente electricidad y carbón) suficientes para iniciar un proceso de industrialización, aunque el 74% de sus exportaciones son productos manufacturados. En este sentido, Turquía es el país con la siderurgia más importante de Oriente Medio. La culminación del proyecto hidráulico del SE de Anatolia en la cabecera del rio Eufrates ampliara la producción hidroeléctrica y las áreas de regadío, pero la construcción de estos embalses ha causado tensiones con Siria por el control del agua. Las transferencias de los emigrantes en el extranjero (1,5 millones de turcos en Alemania) y el turismo extranjero (2,5 millones de entradas en 1996) equilibran el déficit comercial (14000 millones de dólares en 1996). El crecimiento económico es notable: del 4,5% anual entre 1985 y 1995, y del 6,4% en 1996, pero se ve afectado por una inflación muy elevada (80% en 1996). Las principales ciudades son Istanbul (2,9 millones de habitantes), Ankara (2,3 millones de habitantes) y Adana (600000 habitantes).

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    Enviado por:Txali
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