Derecho
Teoría Penal venezolana
OBJETIVA 1- ACCIÓN A- FASES 1ª Producción reconducible a la voluntad humana Modificación
INJUSTO Sentido Amplio en el Exterior
Concepto causal 2ª Causar o no evitar de una modificación con la voluntad
Fenómeno natural
B- ELEMENTOS a- Manifestación de la voluntad, Movimiento muscular (obj.) b- Resultado
c- Relación de causalidad, vinculo (subj.)
2- TIPICIDAD Elemento Objetivo Descriptivo ¿Hay Norma Jurídica?
3- ANTIJURICIDAD Elemento Objetivo Valorativo ¿Hubo causa de justificación?
II- SUBJETIVA 1- CULPABILIDAD Elemento Subjetivo Descriptivo (Nexo psicológico entre el autor y su hecho)
CULPABILIDAD
Regla de oro del esquema clásico
“Lo objetivo en el tipo y lo subjetivo en la culpabilidad”
CRITICAS: ACCIÓN: Naturalisticamente no se puede explicar la omisión
TIPO: Hay muchos elementos no sólo el objetivo (normativos y subjetivos)
ANTIJURICO: No es sólo objetivo, hay elementos subjetivos
CULPABILIDAD: No es sólo un nexo psicológico es mucho más
FUNDAMENTO FILOSÓFICO: Naturalismo
EXPONENTES: Frank Von Lizt, Beling
OBJETIVA 1- ACCIÓN Hacer o dejar de hacer algo requerido (omisión), concepto causal
INJUSTO Comportamiento socialmente relevantes (sentido social de la acción)
2- TIPICIDAD Elementos: Objetivo, Subjetivo y Normativos (Pudor, honestidad Decencia Pública etc..)
3- ANTIJURICIDAD Observa desde el punto de vista Objetivo Su dañosidad Social
II- SUBJETIVA 1- CULPABILIDAD Observa la Reprochabilidad Social (Edo. de necesidad)
CULPABILIDAD
Teoría de la concepción 1- Capacidad penal
normativista de la 2- Nexo Psíquico
culpabilidad de Frank 3- Normalidad en la determinación de la voluntad
FUNDAMENTO FILOSÓFICO: Normativismo NeoKantiano
EXPONENTES: Mezger
DIFERENCIAS CON EL ESQUEMA CLÁSICO
La culpabilidad mas que nexo psíquico, es un juicio de reproche
Tienen filosofías distintas
Incorpora los elementos subjetivos y normativos en la tipicidad
Incorpora el concepto social de la acción
I- OBJETIVA 1- ACCIÓN Sigue el concepto finalista y no causal, lo que considera a la acción humana como un ejercicio Injusto de la actividad final (Acción como punto central del Derecho Penal y se estudia
Ontológicamenete)
Concepto Antropológico y Prejurídico de la acción humana: La acción hace parte la voluntad como su espina dorsal. Gracias al Saber Causal el hombre puede prever las consecuencias de su actividad
- Actividad Final Obrar conscientemente en un fin
- Acontecer Final Resultado de los componentes causales existentes en cada caso
Finalidad es evidente, la casualidad es ciega
FACES INTERNA - Anticipación del fin
-
Selección de medios para el fin
-
Considerar los efectos
EXTERNA - Realización en el mundo exterior, potencial convierte en acto
2- TIPICIDAD El Tipo tiene una composición compleja (Obj.), Subj., Normativo), mas el DOLO
3- ANTIJURICIDAD Es un Deber: Nivel de Antijuricidad (en positivo y negativo)
II- SUBJETIVO 1- CULPABILIDAD Es un Poder: Nivel de Culpabilidad (en positivo y negativo)
CRITICAS - El omitente no dirige un recurso, no explica la omisión
Robzeim - Con el Supra-concepto de Conducta no se puede agrupar la acción y la omisión
Kaufman - No explican los delitos Culposos
FUNDAMENTO FILOSÓFICO: Teorías Ontológicas Fenomenológicas
EXPONENTES: Wenzel, Zaffaroni, Robsin
I- HECHO TIPICO Conjunto de elementos referibles a la conducta del agente y reconducibles o subsumibles en un esquema de delito
Objetivo Fattispecce Identificar al Tipo Penal
1.A- ACCIÓN (CONDUCTA ACTIVA)
CONDUCTA A- CLÁSICO Comportamiento Voluntario Que altera las condiciones preexistentes en el
mundo exterior, generando una lesión efectiva o potencial de un bien
protegido por el D° penal
B- POSITIVISTA Síntoma de un estado de peligrosidad del sujeto agente (exteorización de
la voluntad + Acción idónea)
*C- CÁTEDRA Movimiento muscular (Obj.) voluntario, consciente (Subj.) dirigido a la
realización de un fin (Teleológico)
AUSENCIA DE ACCIÓN Cuando falta algún elemento de la acción (Obj., Subj., Tele)
A- Movimiento Reflejo Reacción inmediata e involuntaria
B- Actos Automáticos De origen voluntarios pero que se transforman en Inconscientes
C- Constreñimiento Físico
D- Sonambulismo
1.B- OMISIÓN (CONDUCTA NEGATIVA) ¿Tiéne sustrato Físico?
A- NO TIENE Es un simple juicio de nuestra mente en mérito de la falta de cumplimiento de una acción debida por lo tanto El comportamiento omisivo es una ficción legal
B- SI TIENE 1° Tesis Retención de los nervios motores
2° Tesis No hacer sino otra cosa en su lugar
*3° Tesis Lo que estaba haciendo en lugar de lo que no hizo y estaba obligado a hacer
I- HECHO TIPICO 2- RESULTADO Es el efecto Natural relevante para el Derecho penal
3- RELACION DE CAUSALIDAD Entre la acción activa u omisiva y el resultado, debe haber una
relación de causalidad
A- TEORIA CONDITIO SINE QUA NOM Conjunto de condiciones necesarias para producir un resultado donde no es posible sacar o valorar en especial uno de los factores pues todos están en el mismo nivel o son equivalentes
CRITICAS 1- Criterio muy amplio (infinito)
2- Sólo se limita a precisar sin involucrarse las causales de un fenómeno
3- No podemos poner al mismo nivel cualquier factor causal con la causalidad
humana
4- Bettiol es una teoría limite
B- TEORIA DE LA DISTINCIÓN ESTRE CAUSA, CONDICION Y OCASIÓN
- CAUSA Aquello que lo Produce
- CONDICION Aquello que lo favorece
- OCACION Aquello que en un momento determinado elimina el último obstáculo
Se cuantifica que factor tiene mayor energía causal
CRITICAS No es un problema de cantidad sino cualidad
C- CAUSALIDAD ADECUADA Se tomo en cuenta el antecedente normalmente adecuados
para producir el resultado Entonces se realiza la pregunta ¿ Esa conducta
es normalmente adecuada para producir ese resultado? De ser afirmativa la
respuesta entonces esa será la causa del resultado
II- ANTIJURICIDAD Valoración que cumple el juez acerca del carácter lesivo de un comportamiento humano. Este concepto se
ENTENDIDA refiere a la vulneración de valores jurídicos protegidos por el ordenamiento jurídico penal
TELEOLÓGICAMNETE
CARACTERÍSTICAS 1- Bettiol le otorga Autonomía a este elemento separándolo del elemento Objetivo
(lo que nos permitirá hablar de causas de justificación)
2- La Tipicidad es la Ratio Conosciendi de la Antijuricidad
CAUSAS DE JUSTIFICACIÓN
Son las que excluyen la Antijurucidad de una conducta que puede subsumirse en un tipo legal. Actos
conforme a derecho por mas tipificados que estén
TEORIA El Interes Preponderante: Hay intereses en conflictos y la ley en determinados casos considera que alguno esta por encima de los otros ( Art. 65 )
El Cumplimiento de un deber (Art. 65 Ord. 1°)
El ejercicio legitimo de un Derecho (Art. 65 Ord. 1°)
El ejercicio de la Autoridad, Oficio o Cargo (Art. 65 Ord.1°)
La Legitima Defensa (Art. 65 Ord 3°)
Estado de Necesidad Justificado (Art. 65 Ord. 4°)
Omisión por Causa Legitima (Art. 73)
III- CULPABILIDAD 1- CAPACIDAD PENAL (IMPUTACIÓN)
2- NEXO PSÍQUICO
3- NORMALIDAD EN LA VOLICIÓN
1- El Cumplimiento de un Deber A- Es un deber juiridico, establecido en el ordenamiento jurídico (por leyes, decretos
ordenanzas y hasta la costumbre jurídica)
B- Es un deber impuesto a los particulares ( no a los cargos u oficios)
C- Tiene como limites: La necesidad y el exceso (Art. 66 )
2- Ejercicio Legitimo de un Derecho A- “Quien ejercita su derecho a nadie lesiona”
B- Son Derechos protegidos en el Ordenamiento jurídico (por leyes, decretos
ordenanzas y hasta la costumbre jurídica)
C- Ejercido Legítimamente conforme a los procedimientos del Ordenamiento Jurídicos
Ejemplos - Ius Corrigendi - D° a la Crónica Periodística
3- Ejercicio Legitimo de En el cumplimiento judicial o legal una autoridad utiliza los medios extremos para la Autoridad Oficio o Cargo dar fiel cumplimiento
Repulsa de la Agresión Ilegitima, Actual o Inminente, por el atacado o tercera persona, contra el agresor, sin traspasar la Necesidad de la defensa y dentro de la racional Proporción del Medio Empleado para Impedirla o Repelerla
1-Agresión Ilegitima
Acto (activo u omisivo) con que el agente tiende a poner en peligro o lesionar un interés
jurídicamente Tutelado
Elementos: - Actual o Inminente - Ilegitima -Peligro Real
2- Necesidad de Medio Empleado
Defensa con que va a repeler o impedir la agresión, la cual debe ser Necesaria y Proporcionada
NECESIDAD Oportunidad de empleo de la defensa, imposibilitado para usar medios menos drásticos
PROPORCIONALIDAD La que debe existir entre la repulsa y el peligro causado en el ataque,
medida individualmente en cada caso, pero no subjetivamente sino al criterio Objetivado de un Hombre razonable en el instante y circunstancias que se ve agredido
3- Falta de Provocación Suficiente
Para invocar la legitima defensa no hay que ser ni agresor ni provocador, así como sentirse agredido sin razón suficiente
Situación de peligro actual o inminente de los intereses protegidos por el derecho, en que no queda otro remedio que la violación de interese ajenos, jurídicamente protegidos.
Dado que se da un conflicto entre 2 Bienes protegidos por el ordenamiento jurídico entonces:
TESIS Interés Preponderante 1- Se salva un bien de Mayor jerarquía Causa de Justificación
2- Se salva un bien de Igual jerarquía Causa de Inculpabilidad 3- Se salva un bien de Menor jerarquía Delito
REQUISITOS 1-Peligro Inminente, Actual, Real
2- Actuar Constreñido
3- No haber dado voluntariamente Causa (Dolo o Culpa)
DIFERENCIAS LD: Necesaria LD: Reacción LD: Contra-Ataque
EN: Inevitable EN: Acción EN: Ataque (Toma la iniciativa)
LD: Conflicto entre el interés ilegitimo del agresor y el bien Jurídicamente protegido
EN: Conflicto entre 2 intereses legitimos
Juan Esteban Korody Tagliaferro
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Enviado por: | Juan Esteban Korody Tagliaferro |
Idioma: | castellano |
País: | Venezuela |