Derecho


Sobre la paz perpetua; Immanuel Kant


ENSAYO SOBRE LA PAZ PERPETUA

þEn el momento que Kant escribe su obra Sobre la paz perpetua, en Europa se desarrollaba la guerra de los 30 años, en donde se enfrentaban los católicos y los protestantes. Había enfrentamientos ideológicos que abarcaban todo campo social, provocando marcadas diferencias en la sociedad. Además los países estaban manejados por reinados, el feudalismo que tanto criticó Kant. En esa época, en Europa, los reinados eran la forma de gobierno que dominaba. Ya se habían presentado diferencias entre los reyes y el pueblo que luchaba por libertad y contra sistemas opresores.

El ensayo de la paz perpetua se realiza a partir de la paz de Basilea que es un conjunto de dos tratados firmados respectivamente entre Francia y Prusia y entre Francia y España en 1795, por el que ambos países firmaban la paz con la Francia revolucionaria, abandonando así la Primera Coalición.

El primer tratado se firmó el 1 de abril de 1795 entre Prusia y Francia. Mediante este tratado, Prusia cedía los territorios renanos situados al oeste del Rin. El segundo tratado se firmó después, entre Francia y España, y significó el fin de la conocida como guerra del Rosellón o guerra de la Convención, que enfrentaba a ambos países desde 1793. Esta guerra, aunque se había iniciado de forma favorable para los intereses españoles, había supuesto un duro revés para las armas españolas y la invasión del territorio español por Cataluña, Vascongadas y Navarra (llegando incluso a ocupar Miranda de Ebro).

Vista la desfavorable evolución del conflicto, Godoy había firmado ya un tratado previo en junio de 1795. En este acuerdo preliminar, el gobierno español proponía el reconocimiento de la república francesa a cambio de mantener los límites territoriales españoles, ya que Francia quería anexionarse Guipúzcoa, ocupada por sus tropas. Además, España pretendía también el restablecimiento del culto católico en Francia, la liberación de los hijos de Luis XVI, así como el establecimiento de una alianza contra Inglaterra (España estaba resentida con su hasta entonces aliado debido a ciertos encontronazos en el Caribe). La versión definitiva del tratado se firmó en el 22 de julio. Constaba de un preámbulo y 17 artículos. En el tratado se establecía que Francia devolvía los territorios ocupados en España. A cambio, España cedía a Francia la parte española de la isla de Santo Domingo (los franceses ya controlaban la parte occidental de la isla, Haití, desde la firma del Tratado de Ryswick en 1697) y se normalizaban las relaciones comerciales entre ambos países.

Las cláusulas secretas del tratado disponían que España no persiguiera a los afrancesados y la liberación de la hija del rey Luis XVI. Se postergó para más tarde un nuevo tratado, el que sería llamado Tratado de San Ildefonso, en el que se formalizaría una alianza contra Inglaterra.

þPara Kant la paz de acuerdo con su interpretación, una sola condición es necesaria para lograrla: una gran federación de estados comprometidos con el mantenimiento de la paz universal. A pesar de lo simple y atractivo de la propuesta, el proyecto de una federación de estados pacíficos fue considerado un ideal utópico hasta la primera década de este siglo.
Fue recién con la irrupción de la primera Guerra Mundial, al quedar desacreditada la idea de que la paz puede ser preservada bajo un mero sistema de equilibrio de poder, que la idea de una federación internacional para la paz fue contemplada como un proyecto realizable.

þLas condiciones para que tenga lugar una paz perpetua entre los estados según Kant deben ser las siguientes:

1. “No debe considerarse como válido un tratado de paz que se haya ajustado con la reserva mental de ciertos motivos capaces de provocar en el porvenir otra guerra”. Pues sería una simple una interrupción de las hostilidades, nunca una verdadera "paz", la cual significa el término de toda hostilidad. El tratado de paz aniquila y borra por completo las causas existentes de futura guerra posible, aun cuando los que negocian la paz no las vislumbren ni sospechen en el momento de las negociaciones; aniquila incluso aquellas que puedan luego descubrirse por medio de hábiles y penetrantes inquisiciones en los documentos archivados. La reserva mental, que consiste en no hablar por el momento de ciertas pretensiones que ambos países se abstienen de mencionar porque están demasiado cansados para proseguir la guerra, pero con el perverso designio de aprovechar más tarde la primera coyuntura favorable para reproducirlas.

2. “Ningún Estado independiente -pequeño o grande, lo mismo da- podrá ser adquirido por otro Estado mediante herencia, cambio, compra o donación”. Un estado no es un patrimonio, es una sociedad de hombres sobre la que nadie ni siquiera ella misma puede disponer. Pero tampoco puede intentarlo con otro estado, del que bien dadas unas raíces, si se hiciera se eliminaría su existencia como persona moral convirtiéndola en otra cosa. Todos conocemos por ejemplo los peligros que han conducido a Europa, este perjuicio de adquirir bienes, incluso contraer matrimonios entre estados (1ª y 2ª guerra mundial).

3. “Los ejércitos permanentes -miles perpetuus- deben desaparecer por completo con el tiempo”. Los ejércitos permanentes son una incesante amenaza de guerra para los demás Estados, puesto que están siempre dispuestos y preparados para combatir. Los diferentes Estados se empeñan en superarse unos a otros en armamentos, que aumentan sin cesar. Y como, finalmente, los gastos ocasionados por el ejército permanente llegan a hacer la paz aún más intolerable que una guerra corta, acaban por ser ellos mismos la causa de agresiones, cuyo fin no es otro que librar al país de la pesadumbre de los gastos militares. Añádase a esto que tener gentes a sueldo para que mueran o maten parece que implica un uso del hombre como mera máquina en manos de otro -el Estado-; lo cual no se compadece bien con los derechos de la Humanidad en nuestra propia persona. Muy otra consideración merecen, en cambio, los ejercicios militares que periódicamente realizan los ciudadanos por su propia voluntad, para prepararse a defender a su patria contra los ataques del enemigo exterior.

4. “No debe el Estado contraer deudas que tengan por objeto sostener su política exterior”. Un sistema de crédito, como instrumento en manos de las potencias para sus relaciones recíprocas, resulta siempre un poder financiero para exigir, un tesoro para la guerra que supera a los tesoros de todos los demás estados. Esta facilidad de hacer la guerra es un gran obstáculo para la paz perpetua; para prohibir esto debía existir un artículo preliminar.

5. “Ningún Estado debe inmiscuirse por la fuerza en la constitución y el gobierno de otro Estado”. Aunque no resulta aplicable al caso de que un estado se divida en dos partes a consecuencia de oposiciones internas y cada una de las partes represente un estado particular y que un tercer estado presente entonces ayuda a una de las partes no seria considerado como injerencia; sin embargo la mediación de potencias externas, en el caso de que la lucha interna no se haya decidido, seria una violación de los derechos del pueblo.

6. “Ningún Estado que esté en guerra con otro debe permitirse el uso de hostilidades que imposibiliten la recíproca confianza en la paz futura; tales son, por ejemplo, el empleo en el Estado enemigo de asesinos (percusores), envenenadores (venefici), el quebrantamiento de capitulaciones, la excitación a la traición, etc.”. Es la guerra un medio, por desgracia, necesario en el estado de naturaleza -en el cual no hay tribunal que pueda pronunciar un fallo con fuerza de derecho-, para afirmar cada cual su derecho por la fuerza; ninguna de las dos partes puede ser declarada enemigo ilegítimo -lo cual supondría ya una sentencia judicial-, y lo que decide de qué parte está el derecho es el "éxito" de la lucha -como en los llamados juicios de Dios-. Pero entre los Estados no se concibe una guerra penal porque no existe entre ellos la relación de superior a inferior. De donde se sigue que una guerra de exterminio, que llevaría consigo el aniquilamiento de las dos partes y la anulación de todo derecho, haría imposible una paz perpetua, como no fuese la paz del cementerio de todo el género humano.

þLa constitución civil de todo estado debe ser republicana

La constitución republicana es aquella establecida de conformidad con los principios:

A) de la libertad de los miembros de una sociedad (en cuanto hombres).

B) de la dependencia de todos respecto a una única legislación común (en cuanto súbditos).

C) de conformidad con la ley de la igualdad (en cuanto ciudadanos).

La constitución republicana, además de tener la pureza de su origen tiene la vista puesta en el resultado deseado: la paz perpetua. Si es preciso el consentimiento de los ciudadanos para decidir si debe de haber una guerra; por el contrario, en una constitución (no republicana) en la que el súbdito no es ciudadano, la guerra es la cosa más sencilla del mundo, porque el jefe de estado no es un miembro del estado sino su propietario, al que la guerra no le va a hacer perder lo mas mínimo.

Para no confundir la constitución republicana con la democracia es necesario saber:

1. Se denomina realmente la forma de soberanía, de las que existen: uno solo, algunos relacionados y todos aquellos que forman una sociedad civil.

2. La forma de gobierno que es el modo con que el estado hace plenitud de su poder.

Toda forma de gobierno que no sea representativa es una propiedad, porque el legislador no puede ser al mismo tiempo ejecutor.

En fin se puede afirmar que cuanto mas reducido es el número de personas del poder estatal mas cerrada será la constitución y viceversa.

þ El derecho de gentes debe fijarse en una federación de estados libres del mismo modo que miramos con profundo desprecio el apego de los salvajes a la libertad sin ley, que prefieren la lucha continua a la sumisión de una fuerza, del mismo modo tendrían los pueblos civilizados que apresurarse a salir cuanto antes de esta situación infame: en vez de esto, cada estado sitúa su soberanía precisamente en no estar sometido en absoluto a ninguna fuerza legal externa y el brillo del jefe de estado consiste en sacrificar a miles de personas bajo sus ordenes por un asunto que no les afecta, sin ponerse el mismo en peligro.

Teniendo en cuenta la maldad de la naturaleza humana vemos que la manera que tienen los estados de procurar su derecho solo puede ser la guerra, pero el derecho no puede ser decidido mediante la guerra ni mediante un resultado favorable, una victoria; vemos así mismo que un tratado de paz puede poner termino a una guerra pero no a la situación de guerra y encontramos además que no tiene vigencia para los estados.

Entendiendo el derecho de gentes como un derecho para la paz, no se puede pensar que con un concepto así habría que entenderse.

Citando a Kant: “Entendiendo el derecho de gentes como un derecho para la guerra no se puede pensar, en realidad, nada en absoluto (porque sería un derecho que determina­ría qué es justo según máximas unilaterales del poder y no según leyes exteriores, limitativas de la libertad del individuo, de validez universal); con un concepto así habría que entender, en ese caso, que a los hom­bres que así piensan les sucede lo correcto si se aniqui­lan unos a otros y encuentran la paz perpetua en la am­plia tumba que oculta todos los horrores de la violen­cia y de sus causantes. Los Estados con relaciones re­cíprocas entre sí no tienen otro medio, según la razón, para salir de la situación sin leyes, que conduce a la gue­rra, que el de consentir leyes públicas coactivas, de la misma manera que los individuos entregan su libertad salvaje (sin leyes), y formar un Estado de pueblos (civi­tas gentium) que (siempre, por supuesto, en aumen­to) abarcaría finalmente a todos los pueblos de la tie­rra. Pero si por su idea del derecho de gentes no quie­ren esta solución, con lo que resulta que lo que es co­rrecto in thesi lo rechazan in hypothesi, en ese caso, el raudal de los instintos de injusticia y enemistad sólo podrá ser detenido, en vez de por la idea positiva de una república mundial, por el sucedáneo negativo de una federación permanente y en continua expansión, si bien con la amenaza constante deque aquellos instintos estallen”.

þ Kant propone una república mundial fundada en la ciudadanía mundial. Esta ciudadanía mundial tiene como primera característica la «hospitalidad general», porque, dice el filósofo, porque todos los humanos están sobre el planeta Tierra y todos sin excepción tienen derecho a estar en ella y a visitar sus lugares y los pueblos que la habitan. La tierra pertenece comunitariamente a todos.

Esta ciudadanía se rige por el derecho, nunca por la violencia. Kant postula la supresión de todos los ejércitos, pues, mientras existan, continuarán las amenazas de los fuertes contra los débiles y las tensiones entre los Estados, lo que destruye las bases de una paz duradera.

El imperio del derecho y la difusión de la hospitalidad deben crear una cultura de los derechos que dé lugar de hecho a la «comunidad de los pueblos». Esta comunidad de los pueblos, dice Kant, puede crecer en su conciencia tanto, que la violación de un derecho en un punto de la Tierra se sienta en todos los demás, cosa que más tarde repetirá por su cuenta Ernesto Che Guevara.

Frente a los pragmáticos de la política -generalmente faltos de sentido ético en las relaciones sociales- subraya: «La ciudadanía mundial no es una visión fantasiosa, sino una necesidad exigida por la paz duradera». Si queremos una paz perenne y no sólo una tregua o una pacificación momentánea, debemos vivir la hospitalidad y respetar los derechos.

Esta visión ético-política de Kant fundó un paradigma de globalización y de paz. La paz resulta de la vigencia del derecho y de la cooperación jurídicamente ordenada e institucionalizada entre todos los estados y pueblos. Los derechos son para Kant «la niña de los ojos de Dios» o «lo más sagrado que Dios puso en la tierra». Respetarlos hace nacer una comunidad de paz y de seguridad que pone un fin definitivo «al infame hacer la guerra».

þ Quien suministra esta garantía es, nada menos, que la gran artista de la naturaleza (natura daedala rerum), en cuyo curso mecánico brilla visiblemente una finali­dad: que a través del antagonismo de los hombres sur­ja la armonía, incluso contra su voluntad. Por esta ra­zón se la llama indistintamente destino, como causa ne­cesaria de los efectos producidos según sus leyes, des­conocidas para nosotros, o providencia, por referencia a la finalidad del curso del mundo, como la sabiduría profunda de una causa más elevada que se guía por el fin último objetivo del género humano y que prede­termina el devenir del mundo Causa que no pode- mos reconocer realmente en los artificios de la natura­leza ni siquiera inferir, sino que sólo podemos y debe­mos pensar, para formarnos un concepto de su posibilidad, por analogía con el arte humano (como en toda relación de la forma de las cosas con sus fines); la rela­ción y concordancia de esta causa con el fin que la ra­zón nos prescribe inmediatamente (el fin moral) es una idea que, si bien es exagerada en sentido teórico, está, por el contrario, bien fundada, y según su realidad, en sentido práctico (por ejemplo, utilizar el mecanismo de la naturaleza en relación con el concepto del deber de la paz perpetua). —El uso del término naturaleza, tra­tándose aquí solamente de teoría (no de religión) es tam­bién más apropiado para los límites de la razón huma­na (que debe mantenerse, en lo que respecta a la rela­ción de los efectos con sus causas, dentro de los límites de la experiencia posible) y más modesto que el térmi­no de una providencia a la que pudiéramos reconocer, término con el que uno se coloca presuntuosamente las alas de Ícaro para poder acercarse al sentido de su de­signio inescrutable.

þ La existencia de una artículo secreto es algo contradictorio, tomando en cuenta lo que se había dicho respecto a la transparencia de los tratados de paz. Hay un solo artículo de esta especie, es el siguiente:

"Las máximas de los filósofos sobre las condiciones de la posibilidad de paz pública deben ser tomadas en consideración por los Estados preparados para la guerra".

Esto quiere decir que los principios del filósofo deben ser escuchados y no darles prioridad sobre otros representantes de los poderes. Solo se recomienda que al menos sean puestas en discusión y si conviene aplicarlas en la toma de decisiones.

ENSAYO DE LA PAZ PERPETUA

DE IMMANUEL KANT




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Enviado por:Antonia Guerra
Idioma: castellano
País: Colombia

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