Derecho
Soberanía del Estado
LA SOBERANIA DEL ESTADO
Al examinar al Estado como unidad que encierra dentro de si, muchos otros grupos humanos que le están subordinados.
Evolución histórica de la Soberanía.
Al estudiar uno de los elementos constitutivos del estado, al examinar el poder, tenemos que tomar en consideración uno de sus atributos y este es la soberanía.
La soberanía es una concepción de índole política que mas tarde evoluciona en un concepto de índole jurídica.
La soberanía como concepto surgió, no en virtud de razonamiento de gabinete de especulación teórica o abstracta, sino motivada por la necesidad e explicar a acontecimientos históricos.
OPINIÓN: Para entender el concepto de soberanía del estado es importante empezar de una base, y a esto se refiere al estudiar la evolución de la misma. Se entiende que era necesaria para explicar acontecimientos pasados, ya que me imagino que resultaba muy difícil no conocer el concepto y así comenzar a hablar de algún tema en específico.
El pensamiento Griego.
La autarquía, el bastarse a si mismo sin depender de los demás, es lo que especifica al Estado, para la doctrina de Aristóteles. Este exige, que para que exista el estado, la independencia potencial y activa respecto del exterior, independencia que se funda, tal vez para satisfacer todas sus necesidades.
La autarquía es una categoría ética, porque se trata de la condición fundamental de la que depende la realización de los fines del estado.
Este concepto esta ligado con el griego. La antigua polis posee la cualidad de aislarse del mundo, porque tiene elementos para satisfacer las necesidades de los individuos que la forman.
La doctrina de la autarquía fue llevada por los estoicos, quienes consideran como la cualidad esencial del individuo ideal, del sabio. El deber que impulsa es el alcanzar la autarquía, y dicen que al lograrla tendrán la virtud y podrán cumplir con normas éticas.
Nos damos cuenta de la falsedad de estas doctrinas. Las otras corrientes tampoco llegan a elaborar el concepto de soberanía.
OPINION: En este pensamiento Griego no define a ciencia cierta que es la soberanía, solo se limitan a la autarquía, ya que ellos mismo creen tener los elementos necesarios para satisfacer necesidades de esta comunidad. Por eso se aíslan del mundo, ya que se creen bastos para depender de los demás. Creo que esto no es un verdadero Estado, ya que, por naturaleza los hombres somos seres sociables.
Roma.
El pensamiento romano tomaba la realidad. Su situación de poderío les impedía hacer comparaciones y precisar las características de ese poder, hablaban de el como majestad, potestad, expresando vocablos la potencia y fuerza.
En Roma, fue vivía la idea de que el pueblo es la fuente de todos los poderes públicos. Roma no llego a una formulación teórica del concepto del estado y en consecuencia de la soberanía.
OPINION: aunque roma no llego a ciencia cierta que era Soberanía, ellos se basaban solo en el poder, esta doctrina también resulta trunca.
Edad media y tiempos modernos.
En los tiempos de Grocio supone relación entre estados, relación que no podría existir en virtud de la autarquía si esta fuera en realidad la característica del Estado perfecto.
Ese concepto de autarquía en cuanto elemento del estado siguió circulando y a un permanece en boga.
OPINION: Al parecer la situación de la Autarquía seguía permaneciendo, por lo tanto la relación de los estados no se daba, yo opino que eso no llevo a un desarrollo de los estados con los estados, ya que el creerse autosuficientes no sirve de mucho
Naturaleza polémica de la soberanía
En el mundo antiguo no existió situación que hiciera nacer ese concepto que es la oposición del poder del estado a otros poderes. En épocas posteriores surgieron luchas y el estado, para consolidarse, tuvo que luchar con otros poderes sociales.
En la edad media la iglesia trató de someter al estado a sus servicio. Dentro de los estados existentes los señores feudales se sentían poderes independientes del estado.
De la lucha de esos poderes nació la idea de la soberanía, y por ello no puede comprenderse ese concepto sin el conocimiento de las causas que lo originaron.
Afirma Jellinek este concepto tubo un valor defensivo y posteriormente fue de naturaleza ofensiva. En la lucha de estado y la iglesia hubo tres etapas de la edad media:
en la primera el estado sometido a la iglesia
en la segunda, el estado poder que se equiparo al de la iglesia
en la tercera el estado se coloco en un plano de poderío superior al de la Iglesia.
En Francia donde se desarrollo la tercera etapa afirmando la independencia absoluta del primero, respecto con el segundo.
Por otra parte el imperio de Romano Germánico entro en lucha con el papado afirmando la independencia del estado frente a la iglesia.
Pío segundo escribe a Felipe tercero que todos los pueblos están sometidos al emperador, de derecho. Al irse debilitando el imperio, ya no tenia esos poderes que se le atribuían. Francia a Inglaterra no le estaban sometidas.
Los partidarios de la supremacía afirmaron esa independencia de los príncipes y las ciudades, no se considero esa independencia como algo que derivase de la naturaleza misma del Estado, si no de una concesión externa.
Los reyes en forma nominal permanecen dentro del imperio. Se tiene también la facultad del emperador de otorgar el título de rey y consiguientemente, los privilegios que entonces se concedían. La primera reacción fue en Francia, que luchaba contra la iglesia, igualmente afirma la independencia del rey frente al Emperador.
OPINION: No me pareció bueno, que la iglesia se metiera mucho en la política y las decisiones del estado, ya que, por ser una potencia muy dominadora (los fieles, que creen mucho y son devotos del señor) manipulaba al estado y las decisiones del mismo, ellos se sentían mas que el estado y sabían que tenían el control. Lo bueno de esto es que entre las luchas de estos (estado-iglesia) nació el concepto de Soberanía.
La soberanía como esencia jurídica a partir de Bodin.
En la edad media hubo acontecimientos históricos, que hicieron indispensable que se elaborase una doctrina jurídica, esa característica que es la soberanía como poder supremo.
Hasta el siglo XVI cuando encontramos doctrinas de este concepto, de Juan Bodin o Bodino, que vivió del año 1530 a 1591.
En su obra “los seis libros de la Republica” dice: “Republica es un derecho de gobierno de varios grupos y de lo que les es común con potestad soberana”.
En este autor vemos un avance respecto de la doctrina aristotélica, ya no se habla de autarquía si no que se define a la Republica es decir al Estado en dos elementos: uno constituido por el grupo y el otro es el poder soberano bajo el cual se encuentra sometido. Este segundo es un descubrimiento nuevo. Solo es Republica, es decir, Estado afirma Bodino, aquella que tiene un poder soberano.
Y define el poder diciendo que es la “potencia absoluta y perpetua de una Republica”
Para Bodino, la soberanía es una fuerza, merced a cuya posesión se asegura la unidad del Estado y se mantiene su existencia como un cuerpo político independiente. Precisa que la soberanía es indivisible, imprescriptible e inalienable y no puede haber dos poderes supremos.
Por otra parte Bodino considera que la función de la soberanía es producir las leyes, a las que no queda sometida.
OPINION: Bodino dio un gran avance al concepto de Soberanía, pues especifica al estado no como una autarquía, si no como una republica, aquí especifica que el estado esta bajo el poder soberano.
Renovación de la tradición aristotélico-tomista
Esta la encontramos con relación al estado y tuvo lugar en el siglo XVI y XVII. Vimos como Santo Tomas armonizo el pensamiento aristotélico con la filosofía cristiana.
De ahí se derivó una corriente de doctrina en relación con la Soberanía que hace provenir el poder de Dios.
Los filósofos y teólogos españoles del siglo XVI son los exponentes de esa corriente tradicional aristotélico-tomista.
OPINION: aquí es mencionan autores, que con la doctrina de Aristóteles dieron otro pensamiento de soberanía, basándose mas en el poder de Dios.
El poder de Francisco de Vitoria.
vivió entre los siglos XV y XVI e hizo aportaciones al pensamiento jurídico.
En sus reelecciones Vitoria elabora una doctrina del poder, iniciando su estudio con la frase de San Pablo: “no hay potestad sino de Dios” es decir todo poder viene de Dios.
El poder es dado por Dios, quien para actuarlo lo confía en uno o a varios individuos que son los gobernantes, estos quedan sometidos a las leyes, no por encima de ellas.
OPINION: las explicaciones dadas por este autor, resultan algo convincentes (a mi parecer) ya que también los gobernantes tiene que estar sujetos a las leyes que emite el estado, por ser ciudadano del mismo, y no pisarlas o estar por delante de ellas.
El Padre Mariana.
Este considera que el poder reside en la Republica, el Estado, quien lo transmite al monarca; pero éste no únicamente queda sujeto a las leyes, si no que si la quebrantara y comete injusticias puede ser muerto por los particulares.
La república, es estado, es superior al rey; el poder de este exige una adhesión y benevolencia, debe guardar las leyes y someterse a la voluntad de dios y a la opinión publica.
OPINION: esta viene siendo muy similar a la de Vitoria, ya que también menciona que este queda sujeta a las leyes, aunque aquí menciona que también puede ser castigado por quebrantarlas. Creo que se están olvidando en si de la situación de la Soberanía.
Doctrina de Francisco Suárez.
Este elabora su doctrina al concepto de origen divino. El titulo de su obra se denomina “tratado de las leyes y de dios legislador”.
El poder, se encuentra de manera inmediata en los hombres que lo necesitan para regir su sociedad civil, pero de manera mediata procede de dios.
OPINION: creo que la idea de este autor, es cierta, ya que toda la sociedad para regir la misma ocupa reglas o leyes, que ellos mismos elaboran, pero todo tiene una procedencia divina.
Doctrina de Grocio.
vivió entre los siglos XVI y XVII en su obra De jure belli ac pacis, elaboro una teoría de la soberanía. Considera que la sociedad civil es una comunidad natural, pero que tiene su origen en razones de conveniencia y los hombres se pusieron de acuerdo para formarlo.
Dice Grocio: “originalmente, los hombres, no por mandatos de dios, si no de su propio acuerdo, después de aprender por la experiencia que la familia aislada no podía asegurarse contra la violencia se unieron en sociedad civil, de donde surgió el poder civil”.
Al referirse al poder dice que es supremo consiste en la facultad moral del estado.
Sin embargo considera que ese poder supremo se halla limitado por la ley divina, la natural y por los convenios pactados entre gobernantes y gobernados.
OPINION: esta doctrina se me hace correcta, ya que como lo dije anteriormente todos los hombres son sociables por naturaleza, y no podemos estar aislados, la familia, la comunidad, los estados, necesitan estar en convivió y tener una mayor comunicación lo que no me quedo muy claro es el porque el poder supremo esta limitado por la ley divina, natural y los convenios.
El absolutismo de Filmer y Bossuet
El pensamiento político Filmer y del francés Bossuet, tratan de explicar la monarquía absoluta que regia en los Estados.
En los siglos XVI y XV fue dominante la tendencia a hacer radicar en el pueblo el origen del poder, la doctrina de la soberanía evoluciono.
Concentrado el poder en el rey, la soberanía se convierte en atributo esencial e inalienable del mismo rey, los defensores de la atribución de la soberanía como un poder absoluto de los monarcas fueron Filmer, y Bossuet y Fenelon.
Filmer enlaza la determinación del origen divino e inmediato del poder, el poder, dice, no es si no un estado evolucionado de la familia, siendo el gobierno una modificación del poder paterno.
Considera Filmar que en seno de toda familia hay uno de sus miembros que es superior y es el que manda, y, en este sentido Adán ha sido el primer soberano.
Bossuet y Fenelon, en Francia, justifican el absolutismo diciendo que el poder viene de Dios. Fenelon dice: “los reyes son cosas sagradas y en ellos radica el poder de una manera absoluta, sin que los súbditos puedan rebelarse contra el; pero, no obstante lo anterior, el monarca debe respetar las leyes”.
Vemos que estas doctrinas explican la soberanía como un poder supremo .
OPINION: La idea de Filmer de ver al Estado como una familia, donde el que manda en este caso es el padre (el rey) me parece lo mejor, para explicar el concepto del estado y del poder supremo, ya que enlazado todo esto lleva a entender mejor el concepto de Soberanía.
Teorías contractualistas.
Otro orden es expuesto por los partidarios del contrato social, siendo exponentes Hobbes, Locke y Rousseau. En estos encontramos una fundamentacion inmanente de la soberanía.
Doctrina de Hobbes.
Busca la explicación del concepto interior del estado, también se opone a la doctrina aristotélica del origen natural de la comunidad política. También elabora una doctrina, emplea un similar orgánico que lo condice a dar el estado una estructura física semejante al hombre. El origen del poder para este autor, repetimos, es el pacto social para crear al estado, que da fin a la guerra civil de todos contra todos. Aunque antes de ese pacto los hombres forman una multitud; a partir de entonces, son ya un pueblo.
A Hobbes no le da importancia quien detentes la soberanía; puede ser un hombre o un grupo de hombres. Esta circunstancia no influye en la naturaleza esencial de la soberanía.
OPINION: este opina que la soberanía tanto la puede tener un hombre, como todo un grupo de estos. Dice que esto no influye la concepción del mismo, también dar al estado una estructura física semejante al hombre, me parece como un clon de Aristóteles al dar también este una concepción similar.
Doctrina de John Locke.
Busca dar un fundamento inmanente a la soberanía que busca una explicación en la naturaleza misma.
Dice que en un estado de naturaleza primitiva los hombres viven sin poder satisfacer sus necesidades para lograr satisfacerlas, acuerdan la creación de un grupo.
OPINION: Me imagino que la creación de este grupo para satisfacer las necesidades del pueblo, es llamado la soberanía, ya que por medio de esta existe un poder supremo que vela o asegura la obtención de estos beneficios.
Doctrina de Rousseau.
La doctrina del pacto social fue llevada a su extremo por Rousseau, que vivió en el siglo XVIII. Tuvo una trascendencia por el impulso que le dio.
Rousseau, que escribió diversas obras de que en un principio, el hombre vivía en un estado de naturaleza. En este estado el hombre gozaba de libertad plan, pero por hecho de gozar de esa libertad no podía lograr por medio de la ayuda de sus semejantes satisfacer sus necesidades.
Para este autor ese estado de naturaleza primitivo era ideal, puesto que el existía la libertad plena y absoluta.
OPINION: Este autor agarra la idea de Hobbes del pacto social pero lo exploto en una mejor esencia, aunque asegura que por el hecho de ser libres, no puede aver ayuda de los demás individuos para satisfacer sus necesidades, yo creo que a estos se debe de que en cierto modo existe egoísmo por ser igualitarios.
OPINION GENERAL: Mas que nada trata de dar las bases del porque la soberanía es un pode absoluto y supremo, la mención de diversos autores, dando o explicando el concepto de soberanía, hace que se entienda mejor el concepto del mismo. Los autores que aquí se mencionan se enfocan mas al poder divino, dando fundamentación que todo poder viene de dios. Aunque algunos otros autores no se enfocan en eso (los últimos), todos buscan un mismo fin, el definir mejor a la Soberanía.
EN QUE SENTIDO ES SOBERANO EL ESTADO
Soberano es equivalente o es sinónimo de supremo , el poder del estado es un poder supremo.
En este sentido podemos hablar de soberanía como el poder supremo del estado.
Carácter interno de la soberanía.
Existen pensadores que dicen que la soberanía tiene un doble aspecto interno y externo. El interno cuando se refiere a su calidad de poder rector supremo de los intereses de la comunidad política, externo cuando se refiere a las relaciones del estado con otros estados.
La soberanía solo puede entenderse cuando se refiere al aspecto interior de la comunidad política. Sin embargo, en el plano internacional existe el postulado de que las relaciones entre los sujetos del mismo, entre los estados que tiene entre si esas relaciones, son del mimo nivel; existe el axioma, según debe tratarse de Estados colocados en el mismo plano.
Por eso ha de hablarse, no de “soberanía externa” si no del estado soberano, sujeto de Derecho internacional y este sen trata siempre de relación de igual a igual. Es conveniente precisar que la soberanía, la enfocamos hacia su lado interno, hacia el aspecto interno del estado, y cuando se hable de “soberanía en su aspecto externo”, debemos hacer la salvedad, de que se trata de una idea poco precisa.
OPINION: Aunque el tema solo te menciona el carácter interno de la Soberanía, se me hace de interés la manera externa que lo mencionan, ya que las relaciones del estado con otros estados es de suma importancia. En cuanto a lo interno va de la mano con lo interno, ya que por medio de un gobernante se puede llevar las relaciones externas con los demás estados.
Objeciones que hace Duguit al concepto de Soberanía
Este autor combatió el concepto de soberanía de una manera decidida entendiéndola como un derecho mando cualquiera, aun cuando no fuese supremo.
La critica se enfoca hacia el principio de autoridad critica cualquier clase de dominación del hombre por el hombre. Dice que suscita una serie de problemas que para el no tienen solución. Tales son el origen de la soberanía y el titular de este atributo.
Por otra parte el concepto de soberanía contradice el principio capital de que el Estado, al igual que todo individuo o institución humana, esta sometido al derecho. Dice que no es posible compaginar la existencia de un poder con la idea de que ese mismo poder se encuentre sujeto a la regulación de un orden jurídico.
Este autor hace tres objeciones que son:
1.- la primera objeción consiste en afirmar que ese concepto lleva a platear problemas irresolubles, siendo uno de ellos:
a) el origen del derecho de soberanía: en términos generales consiste en que unos hombres pueden mandar sobre otros.
b) el segundo problema al que no encuentra solución y lo lleva a negar la existencia de la soberanía, es el del sujeto del derecho que esta implica; es decir, en determinar quien debe ser el titular de la soberanía. Y dice que siendo la soberanía un poder de dar ordenes, es preciso encontrar un sujeto que las pueda dar.
Para demostrarlo analiza tres soluciones que hay sido propuestas en relación con este problema:
1° un primer grupo de doctrinas afirma que el poder, que la soberanía corresponde al individuo que la detentan esto es a los gobernantes.
2° otro grupo de doctrinas, nacidas de la corriente revolucionaria francesa y de los pensadores que la originaron, de los pensadores que expusieron sus teorías como una reacción a las doctrinas absolutistas a que nos referimos son las que consideran a la masa como titular de soberanía
3° la tercer es la alemana que sostienen que el sujeto de la soberanía es el estado mismo en su unidad e indivisibilidad.
2.- El objeta que no es posbile conciliar el poder superior que se atribuye al concepto de soberanía con la sumisión de la misma al Derecho.
Dice que no tiene sentido hablar de un poder superior, un poder que se encuentra por encima de todo, por un orden jurídico.
Para esta soberanía y sumisión al derecho serian conceptos contradictorios.
Lo cierto es que los gobernantes, por el hecho de serlo, tienen calidad para dar órdenes y esa se deriva de que son los órganos de la soberanía; carácter que, repetimos es un ingrediente esencial del estado.
Vemos que Duguit, esta casi desacuerdo con las afirmaciones, pues dice: “Yo niego la autoridad, en cuanto poder superior de orden metafísico perteneciente a un individuo o a una colectividad; pero jamás la he negado en cuanto es función que realiza un grupo de hombres, los gobernantes, y que debe realizar ese grupo en razón del lugar que ocupa en el cuerpo social”.
En conclusión afirmamos que la soberanía es una cualidad inherente al Estado, desde el momento en que forma parte de su misma naturaleza y de su propia realidad.
OPINION: Duguit pone ciertas objeciones de la Soberanía, este no parece estar de acuerdo con la autoridad de dominación entre hombre y hombre, también afirma que no es posible que la soberanía siendo un poder supremo quede sometido a otro cuando este es la autoridad suprema. Quizás si son muy explicitas sus objeciones, ya que en cierto modo tiene razón, pero no debemos olvidar que el estado esta regulado por el derecho, y que hasta el poder supremo debe estar sometido a una autoridad mayor, en este caso el derecho.
Caracteres de la Soberanía.
Existe jerarquía en la cúspide del poder, se encuentra la soberanía. La jerarquía esta determinada por la jerarquía de los fines.
El fin supremo que es el fin del Estado, reclama para su obtención un poder supremo. El bien público solo puede obtenerse empleando en el desarrollo de la actividad un poder del mismo rango: un poder supremo.
El organismo que tiene a su cargo obtener la paz y la tranquilidad tiene que poseer un poder que le permita imponer de manera obligatoria sus decisiones.
OPINION: Uno de estos caracteres propios de la Soberanía es la Jerarquía ya que este determina los fines del estado. También menciona que este organismo debe obtener la paz y tranquilidad para su estado, ya que todas las decisiones que sean tomadas afectaran al estado.
Limitaciones de la Soberanía.
Una de estas es que fuera del bien publico temporal, fuera de sus funciones encaminadas a lograrlo, el estado ya no es soberano, porque ya no es competente.
El estado solo es soberano dentro del campo mismo de la esfera en que debe desarrollar su actividad. Fuera de esa esfera, la soberanía no existe.
El estado tiene competencia en lo relativo al bien público temporal y en este sentido su soberanía es relativa. Como dice Esmein, “no existe esa soberanía sino en cuanto a las relaciones que se rige”.
La esfera de lo privado y de lo público debe ser señalada en forma precisa, las normas constitucionales que expresan los derechos de la persona humana y las garantías correspondientes a esos derechos.
OPINION: La soberanía solo se limita a ejercer su poder supremo y de mando en su estado, ya que fuera de este la soberanía es inexistente.
Sumisión de la Soberanía al derecho.
El estado en sus relaciones con otros estados, se encuentra sujeto a normas, a las normas del derecho internacional, que acepte su soberanía por medio de los tratados y en sus relaciones con los ciudadanos que forman su población, también se encuentra sometido a un orden, que es el establecido por las normas jurídicas; es decir, que en su aspecto interno, la soberanía también se encuentra sometida al Derecho.
Duguit dice: si la soberanía es, por definición ese derecho de una voluntad, que no se determina por si mismo a, esta voluntad no puede estar limitada por una regla de derecho, porque si lo estuviera no podría ir mas allá del derecho.
No obstante esto carece de fundamentos porque parte de un concepto falso de soberanía. La soberanía no es “el derecho de una voluntad, ni es su atributo fijar ella misma el dominio de su acción.
La soberanía significa la existencia de un poder supremo que implica el derecho, no de no someterse a ninguna regla, sino de dictar y aplicar las conducentes a la obtención del bien publico, encaminando su actividad dentro de los senderos dados por esas normas.
El estado no tiene derecho de dar órdenes incondicionadas, esto es, dar órdenes que no estén sujetas a principios rectores. El estado es una institución de competencia delimitada por su finalidad específica. Su soberanía solo puede existir lógicamente dentro de esos límites.
Sin embargo hay otros autores como Scelle, que dicen que es más inaceptable aun que la soberanía pura y simple el concepto de soberanía limitada.
OPINION: Yo lo entiendo que la misma soberanía que rige al estado y lo domina en su poder supremo, queda sometida a las relaciones con otros Estados, ya que, los estados están sometidos a normas del derecho internacional, por lo tanto la propia soberanía se encuentra regida por el derecho.
Explicación de la sumisión del Estado al Derecho por la idea de auto limitación.
Diversos autores han tratado de resolver la pretendida contradicción entre el concepto de Soberanía y su sumisión al Derecho, por la idea de auto limitación. Afirman que la soberanía tienen un carácter absoluto pero que el estado, acepta limitar el mismo su poder soberano dictando las reglas a las que quedara sometido.
No es satisfactoria esta doctrina ya que la soberanía no es un derecho del estado si no un atributo de su esencia, y si fuera absoluta la teoría no tendría sentido que la volviera relativa por un acto de propia voluntad.
Además si la soberanía, en principio es absoluta, no podría quedar restringida en ese carácter ni aun por su propia decisión, la sumisión del estado al derecho viene no de su decisión voluntaria de acatarlo, si no que se deriva de la realidad misma, de la naturaleza propia del Estado, tal como aparece o debe aparecer en su existencia histórica.
OPINION: Las explicaciones que suenan ilógicas del porque la Soberanía es sumisa ante el derecho por la auto limitación, yo entiendo que es porque la soberanía es absoluta cuando solo es suprema en su estado, pero al hacer acuerdos y tratados con otros estados deja de ser supremo para ser igualitarios a los demás y así tener una mejor relaciones con los mismos. Ya que si no no estuviéramos hablando de un relaciones de estados, si no en un poder de mando.
OPINION GENERAL: Aunque el poder del estado es un poder supremo y esto es la Soberanía, la misma soberanía tiene limitaciones, ya que como lo mencione antes, yo siento que tiene que ser iguales al relacionarse con los demás estados para tener un mejor trato con los mismos. La mención de que la soberanía solo ejerce su poder cuando esta dentro de estado suena lógico, ya que fuera de este la soberanía es nula. Entonces yo concluyo que la soberanía es un poder supremo en su estado, pero no es tan supremo ya que solo se ejerce en el mismo. No hay soberanía a nivel mundial.
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Enviado por: | Tapatia |
Idioma: | castellano |
País: | México |