COMISIONES MIXTAS DE SEGURIDAD E HIGIENE INDUSTRIAL
Cuya finalidad principal estriba en conocer las causas de los peligros y las condiciones insalubres dentro de los centros de trabajo y tratar de prevenirlos hasta el máximo.
REQUISITOS Y OBLIGACIONES DE LAS MISMAS
Deben estar integrados por igual numero de representantes del patrón y de los trabajadores, cantidad que será variable, dependiendo esto de diversos procesos y actividades que integre la organización.
Requisitos necesarios para formar parte de las comisiones:
Ser trabajador de la organización.
Poseer la instrucción y experiencia necesaria para el buen desempeño del cargo
Gozar de estimación general de los trabajadores
No ser afecto a bebidas alcohólicas, drogas, enervantes o juegos de azar
De preferencia ser jefe de familia
Obligaciones principales de las comisiones:
Establecer o dictar las medidas para prevenir al máximo los riesgos que se presentan dentro del establecimiento
Investigar las causas de los accidentes y enfermedades profesionales
Vigilar que se cumplan las disposiciones de higiene y seguridad establecidas en los reglamentos de vigor
Poner en conocimiento del patrón y de las autoridades respectivas las violaciones de los trabajadores a las disposiciones dictadas
Dar instrucciones sobre medidas preventivas a los trabajadores para orientarlos sobre el peligro en el trabajo que desempeñan
ORGANISMOS DEDICADOS AL ESTUDIO DE LA HIGIENEN INDUSTRIAL
EN UNA EMPRESA:
Departamento de seguridad e higiene industrial
Comisiones mixtas de higiene y seguridad
EN EL PAIS:
Secretaria de salubridad y asistencia
Secretaria de trabajo y previsión social
Instituto mexicano del seguro social
Asociación mexicana de higiene y seguridad
INTERNACIONALMENTE:
Oficina internacional del trabajo (Ginebra, Suiza)
Organización mundial de la salud (Ginebra, Suiza)
Asociación interamericana de seguridad social (México, D.F.)
Oficina sanitaria panamericana
Organización de salud publica dependiente de la ONU y de la UNESCO