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Protocolo Olímpico


Protocolo Olímpico

Si hay un evento deportivo por excelencia, este es la celebración de unos juegos olímpicos, es decir, las olimpiadas. Y para guiarnos de forma correcta tenemos un documento de gran valor y base fundamental de todo el esquema organizativo y de protocolo: es la Carta Olímpica. En ella el Comité Olímpico Internacional (COI) establece las bases reguladoras y normativas para este tipo de eventos. Podemos decir que es el documento de referencia en el que se deben basar los organizadores de los juegos y sus equipos de trabajo. En la Carta Olímpica se reflejan aspectos que contemplan desde la entrega de medallas y diplomas olímpicos hasta el envío de invitaciones pasando por las regulaciones sobre la bandera olímpica y la antorcha olímpica.

Para un mayor conocimiento general del protocolo olímpico, vamos exponer íntegramente el texto de la carta olímpica en el que podemos encontrar la mayor parte de los aspectos que detalle este documento tan importante.

Resumidamente podemos dar algunas de las características que son más importantes y sobresalientes desde el punto de vista del protocolo:

IV PROTOCOLO

Invitaciones.

Las invitaciones para participar en los Juegos Olímpicos deben ser enviadas por el COI un año antes de la ceremonia de apertura. Se enviarán a todos los CON reconocidos.

1.- Las invitaciones para participar en los Juegos Olímpicos se redactarán en los siguientes términos: "El Comité Olímpico Internacional tiene el honor de invitarle a participar en los Juegos de la ....Olimpiada (o en los.... Juegos Olímpicos de Invierno) que se celebrarán en ..del.....al...".

2.- Todas las invitaciones serán enviadas simultáneamente por correo certificado y por avión o mediante un servicio de mensajeros especiales. Los CON responderán por escrito a la invitación. Las respuestas deben ser recibidas por el COI dentro de un plazo de cuatro meses a partir del envío de la invitación.

3.- La recepción de cada invitación para participar en los Juegos Olímpicos deberá ser confirmada por escrito al COI por el CON en el momento en que se produzca.

4.- Como máximo dos meses antes de la ceremonia de apertura de los Juegos Olímpicos, cada CON comunicará por escrito al COJO el número aproximado de los miembros de su delegación.

Tarjeta de identidad y acreditación olímpica.

1.- La tarjeta de identidad y acreditación olímpica es un documento que confiere a su titular el derecho a participar en los Juegos Olímpicos.

2.- La tarjeta de identidad y acreditación olímpica establece la identidad de su titular y, juntamente con el pasaporte u otro documento oficial de viaje, constituye el documento que permite al titular franquear la frontera del país de la ciudad organizadora de los Juegos Olímpicos. Le permitirá además permanecer en ese país y ejercer allí su función olímpica a lo largo de toda la duración de los Juegos Olímpicos y por un período no superior al que comienza un mes antes y expira un mes después de los Juegos Olímpicos.

3.- La tarjeta de identidad y acreditación olímpica será expedida por el COI a las personas destinadas a ser acreditadas. La Comisión ejecutiva del COI podrá delegar total o parcialmente esta competencia al COJO que, en este caso, deberá expedir la tarjeta de identidad olímpica a todas las personas designadas por el COI.

4.- Las informaciones relativas a la tarjeta de identidad olímpica, incluyendo características, procedimientos y plazos, figuran en la "Guía de inscripción para las competiciones deportivas y para la acreditación", establecida por la Comisión ejecutiva del COI.

Derechos inherentes a la tarjeta de identidad y acreditación olímpica.

La tarjeta de identidad y acreditación confiere, en el grado necesario en cada caso y tal como en ella se indica, acceso a las instalaciones y a las manifestaciones que el COI haya puesto bajo la responsabilidad del COJO. El COI determinará las personas que tengan derecho a ella y fijará las condiciones para su concesión y las modalidades de expedición. El COJO será el encargado de proporcionársela a quienes tengan el derecho a la misma.

Utilización de la bandera olímpica.

1.- Una bandera olímpica de grandes dimensiones deberá ondear, desde el principio hasta el final de los Juegos Olímpicos, en un mástil erigido en un emplazamiento bien visible del estadio principal, donde será izada durante la ceremonia de apertura y arriada durante la ceremonia de clausura de los Juegos Olímpicos.

2.- La villa olímpica, así como los sitios de competición y de entrenamiento y todos los demás sitios que estén bajo la responsabilidad del COJO, deberán estar decorados con gran profusión de banderas olímpicas.

3.- Las banderas olímpicas ondearán en gran número junto a las otras banderas en la ciudad anfitriona.

Utilización de la llama olímpica.

1.- El COJO (Comité de los Juegos Olímpicos) será responsable de la conducción de la llama olímpica al estadio olímpico. Las manifestaciones a que diera lugar el paso de la llama olímpica o su llegada a destino, bajo los auspicios del CON competente, deberán respetar el protocolo olímpico. La Comisión ejecutiva del COI aprobará todos los preparativos de los relevos relacionados con la llama olímpica.

2.- La llama olímpica deberá situarse en una posición elevada, claramente visible desde el interior del estadio principal y, cuando la arquitectura lo permita, igualmente visible desde el exterior del estadio.

Ceremonias de apertura y de clausura.

1.- Las ceremonias de apertura y de clausura deberán celebrarse conforme al protocolo fijado por el COI.

Deberán reflejar e ilustrar los principios humanistas del Olimpismo y contribuir a su propagación.

2.- La ceremonia de apertura se celebrará, como máximo, un día antes del comienzo de las competiciones de los Juegos de la Olimpiada y de los Juegos Olímpicos de Invierno. La ceremonia de clausura se celebrará el último día de las competiciones de los Juegos de la Olimpiada y de los Juegos Olímpicos de Invierno.

3.- El programa detallado de estas ceremonias será propuesto por el COJO y será sometido para su aprobación a la Comisión ejecutiva del COI.

Ceremonia de apertura.

1.1.- Los Juegos Olímpicos serán declarados abiertos por el jefe del Estado del país anfitrión.

1.2.- El jefe del Estado será recibido a la entrada del estadio por el Presidente del COI y por el presidente del COJO. Los dos presidentes conducirán a continuación al jefe del Estado a su palco en la tribuna de honor.

1.3.- Inmediatamente después comenzará el desfile de los participantes. Cada delegación, en uniforme oficial, desfilará precedida por un cartel con su nombre y por su bandera, llevada por un miembro de la delegación. Las banderas de las delegaciones participantes, al igual que los carteles, serán suministrados por el COJO y tendrán todos las mismas dimensiones. Los portadores de los carteles serán designados por el COJO.

1.4.- Ningún participante en el desfile tendrá derecho a introducir en el estadio banderas, estandartes, banderines, cámaras, accesorios u otros objetos visibles que no formen parte del uniforme oficial.

1.5.- Las delegaciones desfilarán en el orden alfabético de la lengua del país anfitrión, con excepción de la de Grecia, que abrirá el desfile, y la del país anfitrión, que lo cerrará. Sólo podrán tomar parte en el desfile los atletas participantes en los Juegos Olímpicos que tengan derecho a alojarse en la villa olímpica, encabezados por un máximo de seis miembros del personal oficial por delegación.

1.6.- Las delegaciones saludarán al jefe del Estado y al Presidente del COI al pasar delante de su palco. Después de desfilar en el estadio, cada delegación se instalará en las localidades que les hayan sido reservadas para asistir a la ceremonia, con excepción de los abanderados, que permanecerán en el terreno de juego.

1.7.- El Presidente del COI, acompañado del presidente del COJO, se dirigirá hacia el estrado situado en el terreno de juego delante de la tribuna de honor. El presidente del COJO pronunciará un discurso de una duración máxima de tres minutos y añadirá las siguientes palabras: "Tengo el honor de rogar a ..., Presidente del Comité Internacional Olímpico, que tome la palabra".

1.8.- El Presidente del COI pronunciará entonces un discurso, en el que hará referencia a Pierre de Coubertin, y añadirá: "Tengo el honor de invitar...(jefe del Estado) a declarar abiertos los Juegos de la...Olimpiada de la era moderna (o los...Juegos de Invierno)".

1.9.- El jefe del Estado declarará inaugurados los Juegos diciendo: "Declaro abiertos los Juegos Olímpicos de ...(nombre de la ciudad) que celebran la...Olimpiada de la era moderna (o los...Juegos Olímpicos de Invierno)".

1.10.- A los acordes del himno olímpico, se introducirá en el estadio la bandera olímpica desplegada horizontalmente y se izará en el mástil plantado en el terreno de juego.

1.11.- La antorcha olímpica será traída al estadio por corredores que se habrán relevado unos a otros. El último corredor dará una vuelta completa a la pista antes de encender la llama olímpica, que arderá ininterrumpidamente hasta la clausura de los Juegos Olímpicos. Una vez encendida la llama olímpica, se procederá a una suelta simbólica de palomas.

1.12.- Los abanderados de todas las delegaciones se situarán en semicírculo alrededor del estrado, al que subirá un competidor del país anfitrión. Sosteniendo en la mano izquierda un borde de la bandera olímpica y levantando la mano derecha, dicho competidor prestará el siguiente juramento solemne: "En nombre de todos los competidores, prometo que participaremos en estos Juegos Olímpicos respetando y cumpliendo sus reglamentos, comprometiéndonos a un deporte sin dopaje y sin drogas, con auténtico espíritu deportivo, para mayor gloria del deporte y honor de nuestros equipos".

1.13.- A continuación, un juez del país anfitrión subirá al estrado y, de la misma manera, prestará el siguiente juramento: "En nombre de todos los jueces y miembros del personal oficial, prometo que desempeñaremos nuestras funciones durante los Juegos Olímpicos con la más estricta imparcialidad, respetando y cumpliendo sus reglamentos con auténtico espíritu deportivo".

1.14.- Se interpretará o entonará entonces el himno nacional del país anfitrión y los abanderados se dirigirán a las localidades que les hayan sido reservadas para asistir al programa artístico.

1.15.- En caso de que el COI autorice una ceremonia de apertura ajena en otro recinto olímpico, la Comisión ejecutiva del COI determinará su protocolo, a propuesta del COJO.

Ceremonia de clausura.

2.1.- La ceremonia de clausura deberá celebrarse en el estadio, al final de las pruebas. Los participantes en los Juegos Olímpicos con derecho a alojarse en la villa olímpica ocuparán las localidades que les hayan sido reservadas en las tribunas. Los abanderados de las delegaciones participantes y los portadores de los carteles entrarán en fila en el terreno de juego, en el mismo orden y ocupando las mismas posiciones que durante la ceremonia de apertura de los Juegos Olímpicos.

Detrás de ellos desfilarán los atletas sin distinción de nacionalidades.

2.2.- Los abanderados se situarán entonces en semicírculo detrás del estrado.

2.3.- El Presidente del COI y el presidente del COJO subirán al estrado. A los acordes del himno nacional griego, se izará la bandera helénica a la derecha del mástil central utilizado para las banderas de los vencedores. A continuación se izará la bandera del país anfitrión en el mástil central, al tiempo que resuenan los acordes de su himno nacional. Finalmente, se izará en el mástil de la izquierda la bandera del país anfitrión de los siguientes Juegos Olímpicos a los sones de su himno nacional.

2.4.- El alcalde de la ciudad anfitriona se reunirá entonces con el Presidente del COI sobre el estrado y le entregará la bandera olímpica. El Presidente del COI la entregará a su vez al alcalde de la ciudad anfitriona de los siguientes Juegos Olímpicos. Esta bandera deberá quedar expuesta en el principal edificio municipal de esta última ciudad.

2.5.- Tras una alocución del presidente del COJO, el Presidente del COI pronunciará el discurso de clausura de los Juegos Olímpicos, que finalizará en los siguientes términos: "Declaro clausurados los Juegos de la...Olimpiada (o los...Juegos Olímpicos de Invierno) y, siguiendo la tradición, invito a la juventud del mundo a reunirse dentro de cuatro años en...(en caso de que la ciudad todavía no hubiera sido designada, el nombre de la ciudad será sustituido por las siguientes palabras: el lugar que será designado"), para celebrar con nosotros los Juegos de la...Olimpiada (o los...Juegos Olímpicos de Invierno)".

2.6.- Resonará entonces una fanfarria, se apagará la llama olímpica y, a los acordes del himno olímpico, se arriará lentamente del mástil la bandera olímpica, que desplegada horizontalmente será retirada del terreno de juego, seguida de los abanderados. Se entonará finalmente la canción de despedida.

Ceremonia de los vencedores, medallas y diplomas.

Las ceremonias de los vencedores deberán desarrollarse conforme al protocolo fijado por el COI. Las medallas y los diplomas serán proporcionados por el COJO para su distribución por parte del COI, a quien pertenecen.

Ceremonia de los vencedores.

1.1.- Las medallas serán entregadas durante los juegos Olímpicos por el Presidente del COI (o por un miembro que él designe), acompañado por el presidente de la FI interesada (o por su sustituto). La entrega tendrá lugar, de ser posible, inmediatamente después de la competición y en el sitio mismo, y se desarrollará de la siguiente manera: los competidores clasificados en primero, segundo y tercer lugar, vestidos con el uniforme oficial o ropa deportiva, ocuparán sus puestos sobre un podio delante de la tribuna de honor; el vencedor ocupará un sitio ligeramente más elevado que el del segundo clasificado, situado a su derecha y del tercero situado a su izquierda.

Sus nombres, así como el de los otros ganadores de diploma, serán anunciados. La bandera de la delegación del vencedor será izada en el mástil central y las del segundo y tercer clasificados en dos mástiles vecinos, a la derecha y a la izquierda, respectivamente, del mástil central, de frente al terreno de juego. Mientras resuenan los acordes del himno (abreviado) de la delegación del vencedor, los laureados se volverán para mirar las banderas.

Medallas y diplomas.

2.1.- En las pruebas individuales, el primer premio consistirá en una medalla de plata dorada y un diploma, el segundo será una medalla de plata y un diploma y el tercero una medalla de bronce y un diploma. Las medallas llevarán inscritos el deporte y la prueba de que se trate y estarán unidas a una cadena o una cinta desmontable, de manera que puedan colgarse del cuello de quienes las reciban. Los competidores clasificados en cuarto, quinto, sexto, séptimo y octavo puesto recibirán sendos diplomas, pero no tendrán derecho a medalla. En caso de igualdad absoluta en varios competidores para el primero, el segundo o el tercer puesto, cada uno de ellos tendrá derecho a una medalla y a un diploma.

2.2.- Las medallas tendrán como mínimo un diámetro de 60 mm y un espesor de 3 mm. La Ley de la plata de las medallas correspondiente a los puestos primero y segundo será, por lo menos de 925-1000, y la medalla del primer puesto estará dorada con un mínimo de 6 gramos de oro fino.

2.3.- Los diseños de todas las medallas y de todos los diplomas serán presentados por el COJO ante la Comisión ejecutiva del COI, para obtener su aprobación previa por escrito.

2.4.- En los deportes por equipos y en las pruebas por equipos de otros deportes, todos los miembros del equipo vencedor que hayan participado al menos en un partido o en una competición durante los Juegos Olímpicos tendrán derecho a una medalla de plata dorada y a un diploma, los del segundo equipo tendrán derecho a una medalla de plata y a un diploma y los del tercer equipo tendrán derecho a una medalla de bronce y a un diploma. Los otros miembros de estos equipos sólo tendrán derecho al diploma. Los miembros de los equipos clasificados en los puestos cuarto, quinto, sexto, séptimo y octavo recibirán un diploma cada uno.

2.5.- Todos los competidores, todos los miembros del personal oficial u otro personal de equipo, los miembros del COI y, si estuvieran presentes en los Juegos Olímpicos, los presidentes y los secretarios generales de la FI reconocidas por el COI y los de los CON, así como los jueces, árbitros, cronometradores, inspectores, etc. que participen en los Juegos Olímpicos por designación oficial de las FI interesadas, según las normas fijadas por el COI, recibirán una medalla y un diploma conmemorativos.

2.6.- Las medallas y los diplomas entregados con ocasión de los Juegos Olímpicos de Invierno deberán ser diferentes de los empleados para los Juegos de la Olimpiada.

2.7.- No se entregarán medallas ni diplomas conmemorativos a los miembros de una delegación en caso de que se retire de los Juegos Olímpicos.

2.8.- No se distribuirán en los Juegos Olímpicos premios ni recompensas que no sean los descritos más arriba.

2.9.- Si un competidor olímpico fuera descalificado, su(s) medalla(s) y diploma (s) serán devueltos al COI.

2.10.- El COJO tomará medidas para que los derechos de autor de todos los diseñadores de las medallas aludidas en esta Norma sean cedidos de forma válida al COI, que será reconocido automáticamente como titular de estos derechos. Si la legislación nacional impusiera la necesidad de consignar por escrito esta cesión, el COJO será responsable de la redacción de tal documento y de presentarlo para su firma ante el COI, que será a partir de entonces el único titular de los mencionados derechos.

2.11.- Al final de los Juegos Olímpicos, el COJO remitirá al COI los moldes de todas las medallas, así como los diplomas y las medallas que no hayan sido entregados. El COJO rendirá cuentas al COI de todas las medallas y de todas las pruebas que hayan sido acuñadas.

Insignias conmemorativas.

Todo atleta con derecho a una medalla recibirá una insignia conmemorativa, en los términos que fije la Comisión ejecutiva del COI.

Cuadro de honor.

1.- El COI no establecerá ninguna clasificación general por países. El COJO elaborará y enviará al COI un cuadro de honor con el nombre de los ganadores de medallas y diplomas en cada prueba.

2.- Los nombres de los ganadores de medallas de cada prueba quedarán inscritos de forma permanente y visible en el estadio principal.

3.- Todos los atletas que hayan participado en los Juegos Olímpicos recibirán del COI una insignia conmemorativa.

Protocolo.

1.- Desde el principio hasta el final de los Juegos Olímpicos, el COI será la única autoridad competente para establecer el protocolo aplicable en todos los sitios que estén bajo la responsabilidad del COJO.

2.- En todas las ceremonias y manifestaciones, durante los Juegos Olímpicos, la precedencia corresponderá a los miembros del COI y a los miembros honorarios del COI, por orden de antigüedad, con el Presidente y los vicepresidentes a la cabeza, seguidos de los miembros del COJO, los presidentes de las FI y los presidentes de los CON.

Programa de las ceremonias.

1.- Los detalles de todos los programas y de todas las ceremonias se someterán para su aprobación a la Comisión ejecutiva del COI, al menos seis meses antes de los Juegos Olímpicos.

2.- Los detalles de los programas culturales le serán comunicados al mismo tiempo.

Arbitraje.

Cualquier diferencia surgida con motivo de los Juegos Olímpicos o en relación con los mismos será sometida exclusivamente al Tribunal de Arbitraje Deportivo, conforme al Código de arbitraje en materia deportiva.

Nota: En la presente Carta Olímpica, debe entenderse que el empleo del género masculino con referencia a toda persona física (por ejemplo, en sustantivos como miembro, dirigente, jefe de misión, participante, asistente, atleta, juez, árbitro, jurado, agregado, candidato y en pronombres como él a ellos) abarca también implícitamente al género femenino. Además la expresión " personal oficial" se emplea para designar a todas las personas revestidas de alguna función oficial. El Comité Olímpico será quien redacte las invitaciones para la participación de los juegos, las cuales serán enviadas antes de la ceremonia de inauguración.




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Idioma: castellano
País: España

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