Geografía


Propiedad y explotación agraria


Tema 4. PROPIEDAD Y EXPLOTACIÓN AGRARIA

LA PROPIEDAD AGRARIA

La propiedad y la explotación agraria coinciden muchas veces y no siempre las coincidencias son menores, conforme nos retrotraemos en el tiempo, pues en tiempos pasados la propiedad de la tierra estaba en unas pocas manos, mientras la explotación de la misma se encontraba muy repartida. Es evidente que las relaciones entre propiedad y explotación pueden explicar muchas circunstancias y fenómenos, tanto desde el punto de vista espacial como de las perspectivas socioeconómicas. Se puede decir por tanto que la propiedad es el círculo jurídico que existe entre la tierra y el que la posee, mientras que la explotación constituye un vínculo socioeconómico entre propietario y el jefe de la explotación o empresario agrícola. La diferencia entre ambos conceptos queda corroborada si atendemos a las fuentes donde ambos se registran. La propiedad de la tierra aparece reflejada en el catastro, que en realidad es un documento fiscal, y las explotaciones son contabilizadas en los censos agrarios que elabora el Instituto Nacional de Estadística (INE).

En la propiedad de la tierra existen dos formas mayoritarias: la propiedad colectiva y la propiedad individual. Las primeras formas de propiedad que surgen en la historia son las de tipo colectivo tanto en Europa como en el resto del mundo. Hasta hace poco este modelo estaba representado a escala planetaria y existía en sociedades muy dispares en cuanto a su organización y desarrollo, pues lo encontrábams tanto en lugares atrasados, como en el África negra, como en otros relativamente desarrollados, como sucedía por ejemplo en los antiguos países europeos del bloque socialista. En el caso de las zonas no desarrolladas África es el modelo más representativo por su gran extensión y sus peculiares formas de propiedad de la tierra. Así mismo, en el área Andina de América del Sur, todavía perviven formas colectivas de propiedad de la tierra heredadas de la época precolombina. Esta propiedad colectiva en sociedades atrasadas se puede calificar como patriarcal. En este régimen la tierra pertenece a la comunidad y el jefe es el que redistribuye periódicamente la tierra, es decir, se da una propiedad colectiva, aunque mediante esta redistribución surgen unos derechos individuales de explotación, en la mayor parte de los casos durante un tiempo preestablecido.

Entre la propiedad colectiva y la propiedad privada existen multitud de formas de transición que en España han sido estudiadas por Jesús García Fernández en su libro La organización del espacio y economía rural en la España Atlántica. Este libro se divide en tres partes que están dedicadas a Galicia, Cantabria y el País Vasco. Es en el capítulo dedicado a Cantabria donde estas formas de transición de la propiedad de la tierra se manifiesta con mayor nitidez. García Fernández señala que en el caso cantábrico las tierras de montaña son normalmente comunitarias mientras que las tierras bajas, que son las que se cultiban, son de propiedad individual cuando están cultivadas, pero pasan a ser colectivas una vez que se ha recolectado y queda la rastrojera que es aprovechada por el ganado. Este ganado va a los pastos comunes de la montaña en verano y bajan al llano en invierno que es cuando aprovechan los restos de las cosechas.

Esta forma de propiedad mixta, evoluciona con el paso del tiempo y se va convirtiendo en individual mediante las roturaciones y la implantación de cercas. También fue así como en Europa se fue generalizando la propiedad individual de las tierras. En esta misma linea se encuentra el bocage que no es más que una privatización de las tierras colectivas. Según Ferrez Regales, en Cantabria hacia el segundo decenio se legalizaron como propiedad individual unas 50.000 hectáreas que pasaron a manos privadas mediante el cercamiento y a través de un decreto gubernamental por el cual se individualizaron legálmente unas tierras que si bien de hecho eran individuales, de derecho eran comunitarias. Ya en el siglo XVIII fue muy importante la privatización de tierras en España. Como las tierras estaban concentradas en pocas manos y la presión demográfica era extraordinaria, lo solución ante las necesidades alimenticias de la población es roturar las tierras colectivas y privatizarlas. A finales del siglo XVIII otro decreto obliga a devolver las tierras individuales que habían surgido a partir de la roturación de tierras comunales debido a la presión de los ganaderos que se habían quedado sin pastos.

Por otro lado en los antiguos países socialistas de Europa lógicamente la forma de propiedad más extendida era la colectiva aunque había mucha variedad dependiendo de los países. La propiedad se encontraba distribuida de la siguiente manera:

  • Propiedades del estado: era directa la explotación. Aglutinaban las mejores tierras y eran las únicas autorizadas a tener maquinaria moderna y otros medios de producción avanzados. Está vinculada a los grandes dominios de exportación, es decir, poseían o tenían todas las facilidades y acumulaban todos los derechos.

  • Propiedades de las cooperativas: estas tierras tenían más limitaciones para la comercialización. Casi siempre estaban obligados a vender sus productos a estados y comprarle a éste los medios de producción.

  • Propiedad individual: aunque la hubiera teóricamente se decía que era una transición hacia la propiedad colectiva. En realidad no era así y no había tal transición porque estas pequeañs solventaban las dificultades en épocas de escasez. No obstante eran pequeñas con grandes limitaciones y en la práctica tenían prohibido el uso de maquinaria. El ejemplo más interesante de propiedad privada de la tierra en un país exsocialista era en Polonia.

  • Respecto a la propiedad individual, uno de los aspectos más interesantes para ser estudiados es el de su origen que puede ser muy variado, como por ejemplo roturaciones, puesta en cultivo, saneamientos y bonificaciones, colonizaciones, desecación de pantanos y lagos... Estas cuestiones aunque sean más bien de geografía histórica pueden servir para explicar y comprender mejor la evolución y situación actual de la propiedad individual de la tierra. Un caso paradigmático es de la Bahía de Palma de Mallorca que antiguamente era una zona palustre en manos de unos pocos propietarios de la nobleza mallorquina. A finales del siglo XIX esa zona se parcela en minifundios debido a la Filoxera Francesa y se plantan viñedos para exportar vino a Francia. Cuando más tarde cesan estas exportaciones la población se ve forzada a emigrar y entonces esta zona pantanosa se deseca y es cultivada con cultivos hortícolas aprovechando la presencia de holandeses que al igual que los Polders utilizan molinos de viento para extraer el agua.

    Es así como una zona latifundista se transforma en minifundista. Más reciente, debido a la gran extracción hídrica, el área se salinizó y progresivamente la huerta fue sustituida por cultivos forrajeros, aprovechando al mismo tiempo la creciente demanda de la ganadería. Otro caso significativo es el de Algurja que hasta 1963 pertenecía al marqués de Algurja pero en esta fecha la propiedad se divide en grandes bloques y se consigue llevar aguas del Segura, lo que permite una gran transformación en explotaciones de limoneros. También en San Miguel de Salinas predominan las grandes fincas de secano propiedad de la nobleza y explotadas en régimen ---. A partir de la construcción del trasbase Tajo-Segura estas fincas se parcelan y transforman en regadío (1979-80). Otras cuestiones fundamentales que deben ser estudiadas cuando se estudia la propiedad individual de la tierra son las del tamaño (dimensiones) de la propiedad, las relaciones que existen entre grandes y pequeños propietarios, la superficie ocupada por cada uno de ellos y la categoría social de esos propietarios. Es decir, tener presentes si son agricultores o mo, si se trata de un cultivo directo o indirecto o si la propiedad pertenece a una persona física o jurídica.

    Las nociones de gran y pequeña propiedad tienen que ser enfocadas desde una doble óptica, es decir, la superficie física y la remobilidad económica. Para realizar cualquier estudio no es suficiente con aplicar el criterio de superficie ya que este criterio es válido cuanto más homogénea es la capacidad productiva del suelo. Como las tierras no son homogéneas y esa capacidad productiva varía mucho de unas zonas a otras, es fundamental, por lo tanto, tener en cuenta la rentabilidad económica de la tierra.

    Es evidente que existen propiedades que de forma clara se sabe que son de tamañp grande y otras que inequívocamente son pequeñas como las que están por debajo de 2 hectáreas. No obstante el establecimiento de esos límites para considerar a una propiedad grande o pequeña es algo bastante complicado porque a parte de las diferencias existentes entre países los límites varían según la época, el tipo de cultivo, la economía del lugar... Para poder realizar comparaciones internacionales e internacionales es necesario homogeneizar los límites que se establecen aunque, como ya se ha dicho, esa homogeneización se ve dificultada por la propia diversificación de los límites. Por ejemplo, en España tradicionalmente se ha considerado como gran propiedad el límite de 250 hectáreas, pero también es cierto que hoy día esto carece de sentido, pues todo depende en este caso de la economía de la zona y de la productividad de la tierra, pues no es lo mismo 250 hectáreas de cítricos que 250 hectáreas de olivar.

    Por lo tanto queda claro que además de la extensión, un criterio necesario para comprender la agricultura de una zona es el de la productividad de la tierra. No obstante, las fuentes para medir la productividad con muy imprecisas y no tienen una medida exacta como sucede con la superficie. La única fuente disponible en España es el Padrón de Rústica, documento fiscal unido al catastro donde aparecen bases imponibles que no reflejan la productividad real de la tierra, pero si la productividad potencial. El dominio de un tipo de propiedad u otro está asociado a diversos cultivos y zonas del mundo. Hasta fechas recientes las zonas de gran propiedad estaban asociadas con cierta frecuencia a territorios desarrollados aunque existen muchas excepciones porque cada vez más el mundo desarrollado tiende a crear propiedades sino grandes, amplias; pues un tamaño holgado es la forma más idónea para producir del modo más competitivo posible. Por ejemplo existen propiedades muy extensas en Gran Bretaña y en la Cuenca de París; no obstante las zonas de gran propiedad suelen coincidir con países subdesarrollados donde la economía es agrícola y la propiedad de la tierra lleva consigo un notable prestigio social por no existir otra escala de valores.

    En estos casos muchas veces el engrandecimiento de las grandes propiedades es continuo, generando contrastes cada vez mayores entre grandes y pequeñas propiedades. Tras la II Guerra Mundial, llegó un momento en que con esos desequilibrios se alcanzó un límite insostenible que supuso la ruptura social y el advenimiento de revoluciones. Esta situación fue intensa en América Latina y en las colonias africanas. La forma de estas revoluciones es la división de las grandes propiedades y un reparto entre los agricultores, aunque estas medidas progresivamente dejaron de ser empleadas porque los minifundios ya entonces no eran viables desde el punto de vista productivo. Por ejemplo en Argelia tras la revolución que llegó a la descolonización francesa se mantubieron las grandes propiedades en forma de cooperativa para que siguieran siendo competitivas en el mercado internacional.

    Por lo que respecta a la pequeña propiedad se puede decir que es una forma de tendencia que suele estar asociada a los agricultores que residen en la misma zona donde se posee la tierra. Las pequeñas propiedades tienen muchos inconvenientes económicos aunque pueden ser positivas desde el punto de vista social. Un inconveniente notable es que resultan insuficientes para el mantenimiento de una familia. Esta insuficiencia se acrecienta de continuo debido a la propia evolución de una economía que requiere extensiones cada vez mayores para producir los mismos beneficios respecto al mantenimiento de una familia.

    Otro inconveniente es que las pequeñas propiedades están amenazadas por la división que supone el paso de las distintas generaciones ya que se trata de áreas donde la economía agraria es única o predominante o se trata de zonas donde la tierra tiene un valor muy alto pero no por sus posibilidades agrícolas sino por otras causas como el prestigio social, el auge inmoviliario, la especulación, etc...

    Así mismo la pequeña propiedad, al ser insuficiente, casi siempre implica un éxodo rural más o menos intenso, que suele desembocar en una agricultura a tiempo parcial; fenómeno que si bien socialmente puede representar ciertas ventajas, desde el punto de vista económico presenta muchos inconvenientes, como por ejemplo la baja productividad, escasas inversiones, baja capitalización, reducido desarrollo tecnológico... Muchas veces se ha dicho que el desencadenamiento principal de la agricultura a tiempo parcial es la presencia en la zona de abundante empleo, en la industria y los servicios, pero lo cierto es que esto acelera un proceso cuyo detonante es la insuficiencia de la agricultura de la zona.

    A parte de las reformas de tipo violento para corregir las grandes desigualdades existentes respecto a las dimensiones de la propiedad agraria, en varios países se han creado desitintos organismos que intervenían las ventas de tierrasagrícolas con el fin de favorecer la ampliación de las pequeñas propiedades en manos de agricultores a tiempo completo, aunque tenían el inconveniente de necesitar grandes presupuestos para intervenir en esas transaciones de tierras.

    En Francia el SAFER es el organismo que se encarga de estas cuestiones aunque su acción ocupa mas allá de la tercera parte de las transaciones de tierra realizadas en el país. La misión primordial del SAFER es básicamente la adquisición de tierras en venta para crear propiedades agrarias de mayores dimensiones. Su eficacia lógicamente dependía de los presupuestos disponibles y del precio de la tierra en venta.

    En Suecia existen las llamadas Juntas Agrícolas, que son organismos similares aunque más efectivos que los franceses, que regulan cualquier transición de tierras agrícolas, a no ser que se vendan al estado o a organismos o entidades oficiales. Cualquier propietario que quiera vender sus tierras debe acudir a las Juntas Agrícolas, siempre y cuando no venda al estado. Como norma general las juntas agrícolas impiden la compra-venta de tierras si ésta no se adecúa a una mejora agrícola.

    En el caso español, una iniciativa similar se realiza en la provincia de Huesca donde se creó un banco de tierras con el objeto de posibilitar la ampliación de las pequeñas propiedades en manos de agricultores a tiempo completo. Esta iniciativa también se intenta llevar a cabo reciente mente en la Comunidad Valenciana.

    Bien por estos sistemas o por cualquier otro, la norma general en la Unión Europea, desde hace un par de décadas, es la disminución categórica del número de propiedades agrarias y el consiguiente aumento de las dimensiones medias de las mismas, es decir, se concentran y grandecen las pequeñas propiedades. Esto también es cierto en España sobre todo a nivel nacional, porque las distintas regiones ofrecen contrastes notables. Un caso curioso es el de la Comunidad Valenciana que es una excepción a la norma general española y Europea, pues aquí continua la atomización agraria y el aumento del número de propiedades que tienen menos de 5 hectáreas. Esto se debe a que nuestro ámbito interviene factores a los estrictamente agrícolas, es decir, la tierra no tiene valor agrícola, si no, valor de especulación. La tierra se divide entre todos los hijos, tiene notable valor simbólico y conlleva un elevado prestigio social.

    La categoría de los propietarios en los trabajos de Geografía Agraria es fundamental tener en cuenta que básicamente existen dos tipos de propietarios: agricultores y no agricultores. Aunque puede parecer una división simple lo cierto es que tiene gran significado social y económico. A su vez los propietarios no agricultores pueden subdividirse en tres clases:

  • Propietarios que no son personas físicas si no jurídicas, es decir, sociedades de cualquier tipo, por ejemplo, financieras, industriales o energéticas. Este tipo de propietarios ha tenido durante las últimas décadas una importancia cada vez mayor en la agricultura española. Tienen un gran poder de financiación y consiguientemente de transformación agraria.

  • Burguesía urbana, que se puede decir que actualmente es la propietaria dominante aunque en épocas pasadas la nobleza y el clero también podían ponerse en este grupo. Estos propietarios acceden a la tierra bien como inversión rentable, o bien a través de herencias. Este grupo ha sido importante para el avance de la agricultura por lo que a las transformaciones se refiere. Si bien esto es cierto en regiones como la Comunidad Valenciana, no lo es tanto en otras como Madrid, Andalucía y Extremadura. La mayoría de las grandes propiedades valencianas pertenecen a la burguesía urbana. Un tercio de esas grandes propiedades pertenece a propietarios residentes en la ciudad de Valencia. Otro tercio pertenece a gente que reside en Alicante (ciudad), Castellón y el resto de Capitales de España. Y el tercio restante en manos de propietarios que residen en los distintos municipios de la Comunidad Valenciana, aunque entre un 70% y un 80% de este tercio restante también es propiedad burguesa.

  • En gran medida estas grandes propiedades agrarias son fruto de transformaciones de secano y regadio, y es un aumento considerable. En la productividad del suelo ha habido controversia respecto a si este grupo de propietarios son positivos o negativos para la agricultura. Algunos autores sostienen que su presencia perjudica al conjunto de la economía regional porque según ellos las grandes inversiones practicadas, que a veces siguen criterios especulativos, serían más efectivas si se destinaran a los sectores industrial y de servicios. Otros autores reconocen que el carácter positivoque tienen para la rentabilidad agraria, la productividad de la tierra e introducción de nuevas tecnologías.

  • En este grupo incluimos los pequeños propietarios urbanos dedicados a los sectores secundarios y terciarios. Son muy numerosos y desde una perspectiva agraria, presentan más problemas que ventajas. Su presencia implica una baja productividad de la tierra (suelo) y encarecimiento del m ercado de la tierra, porque son demanda. Estos propietarios realizan su adquisición no por motivos agrícolas sino por otras causas variadas, fundamentalmente como inversiones a medio plazo y para construir residencias secundarias. En cualquier caso, representan un obstáculo claro para cualquier planificación, para la agricultrua de la zona, donde la pequeña propiedad urbana es importante porque paraliza el mercado de la tierra, la encarece sin tener repercusiones positivas para la agricultura. Así mismo, impiden que los agricultores a tiempo completo lleven a cabo una agricultura viable y más productiva.

  • Estas diferencias cuanto a la propiedad de la tierra se explican porque la propiedad es un derecho que de modo alguno está unido siempre al cultivo de la tierra. Ante este tipo de propietarios no agrícolas la actividad agraria es ejercida en fuerte medida por los arrendatarios y aparceros a través de un régimen de tenencias indirectas en los trabajos de que agraria es fundamental, conocer la proporción de tierra cultivada por los mismos propietarios, por los arrendatarios, aparceros, ya que la diferente condición social del cultivador que repercutirá de una forma u otra sobre la agricultura de la zona dependiendo de la duración de los contratos.

    Arrendamiento es cuando se paga al propietario un canon fijado de antemano y generalemnte en metálico. El propietario se desentiende de los problemas de la explotación y el canon es independiente de la producitividad de la tierra. Por el contrario el aparcero comparte con el propietario los riesgos de la explotación y entrega una parte de la cosecha en función de si ésta es buena o mala. La parcería tiene multitud de formas y de nombres. En unos lugares el propietario sólo aporta la tierra, en otros, además de la tierra contribuye con una parte de as inversiones y de la adquisición de los medios de producción. En ciertas zonas, el propietario recibe la mitad de la cosecha, en otras la tercera parte, auqneu también existe la modalidad conocida como cosecha de suelo y vuelo, que es un forma de parcería en que el propietario se beneficia de la cosecha arbórea y el aparcero de los productos del suelo (cultivos herbáceos). En un intento de generalizar en la Comunidad Valenciana el arrendamiento, siempre ha sido el régimen de tenencia indirecta, casi exclusivo en las zonas de regadio, mientras que en el secano predominaba la parcería.

    Una cuestión fundamental cuando se estudian los regimenes de tenencias indirectos es la duración del contrato. Esto fue fundamental en épocas pasadas, porque cuando más largo es el contrato, existe más facilidad para que el arrendatario o aparcero realice inversiones o mejoras para aumentar la productividad de la tierra. Así, cuanto más corto es el contrato, el agricultor buscará propio beneficio a corto plazo y regenera los suelos aunque la tierra sea esquilmada. En general pueden tener duraciones extremas, es decir, desde una sóla cosecha hasta el infinito. Mientras se paga el alquiler, la tierre puede llegar hasta tramitarse de padres a hijos por herencia. En épocas pasadas los contratos estaban conectados con la presión demográfica de la tierra. A mayor presión demográfica más demanda y contratos más cortos y viceversa.

    En ciertas zonas tiene contratos de arrendamiento por una sóla cosecha con el fin de evitar problemas al propietario, con el fin de recuperar sus tierras y como la legislación contempla los aspectos sociales, lo normal es que el propietario compense de alguna manera al agricultor. Lo normal es que ceda una parte de las tierras. Sobre estos temas una cuestión muy estudiada es la relación existente entre alquileres, la productividad de la tierra y el precio de la misma. Lógicamente los alquileres están estrechamente relacionados con las rentas agrícolas. Cuanto mayor es la productividad de la tierra, más alto es el precio de alquiler. Muchas veces sucede que los alquileres representan una proporción menor de la rentabilidad, cuanto más alta es la productividad de la tierra.

    En este sentido se establece el fenómeno en las zonas de agricultura intensiva de la Comunidad Valenciana que dio un cambió drástico en la propiedad de la tierra. Este fenómeno lo estudió E. Burriel en la zona meridional de la huerta de valencia, donde a principio del siglo XX se produce un cambio importante hacia cultivos más comerciales y productivos por unidad de superficie en virtud de la fuerte demanda urbana debida al crecimiento de la ciudad y el desarrollo de los transportes, el ferrocarril, mientras la productividad de los cultivos aumentaba, los alquileres no crecían en igual medida. Esto provocó que los arrendatarios se encontrarn en mejores condiciones económicas ya que la liquidez era mayor al obtener mayor productividad de los cultivos y tener que pagar poco alquiler. Por el contrario los propietarios tienen cada vez peores condiciones económicas porque los alquileres aumentaban menos que el nivel de vida, de modo que los antiguos propietarios se ven obligados a vender tierras que los arrendatarios se encuentran en disposición de adquirirlas. La conclusión es que la tierra era propiedad de nobles y burgueses, pasa a ser propiedad de los antiguos arrendatarios y las antiguas unidades de producción pasan a ser pequeñas unidades de propiedad.

    A parte de esto también se observa que hay escasa correspondencia entre la productividad de la tierra y el precio de la misma, pues este último viene dado por otros motivos variados como el deseo de invertir, la especulación o el simple prestigio social.

    El fenómeno de los régimenes de tenencia indirectos puede ser muy importante aunque hoy en día no esté tan extendido como en épocas pasadas. Los arrendamientos podrían ser fundamentales en algunas zonas donde ha habido una emigración intensa porque de este modo se podrían ampliar las tierras de los agricultores que permanecen en el lugar. Así se solventaría la creciente inviabilidad de los agricultores a tiempo completo, pues con la despoblación y el abandono aumentan las posibilidades de tomas las tierrs en arriendo o en parcería.

    LAS EXPLOTACIONES AGRARIAS

    En la mayor parte del mundo, igual que sucedía con la propiedad, las explotaciones también suelen ser de pequeñas dimensiones. Por supuesto el tamaño reducido afecta a las posibilidades de especialización de los cultivos, las posibilidades inversoras, la dotación de equipos e incluso la viabilidad económica de la propia explotación. Las dimensiones de las explotaciones agrarias es algo que frecuentemente está relacionado con la presión demográfica sobre la tierra. Por ejemplo, las zonas minifundistas de la Comunidad Valenciana están directamente relacioandas con la fuerte presión demográfica del s.XVIII, época en la que la población agraria superaba el 80%, aunque existen excepcioens como el caso de Alcoy que en estas fechas ya contaba con un 60% de activos industriales. Las dimensioens de una explotación es algo que está relacionado con la calidad del suelo, pues generalmente a mayor calidad de la tierra menor tamaño tienen las explotaciones agrarias. Los ruedos de los núcleos urbanos constituyen un ejemplo claro de minifundismo no debido a la presión demográfica sino a la calidad del suelo. Como desde las antiguo las poblacines se asientan donde hay posibilidades hídricas los suelos que rodean a las ciudades suelen presentar explotaciones pequeñas que aumentan de tamaño conforme nos alejamos de la ciudad.

    El tamaño de las explotaciones también está conectado con algunos factores históricos que son fundamentales para explicar el origen de esas dimensiones. Por ejemplo la reconquista es un hecho fundamental en la Comunidad Valenciana porque las tierras cercanas a las ciudades se repartieron en pequeños lotes mientras que las tierras más alejadas se distribuyeron en lotes grandes. Las desarmotizaciones del siglo XIX y las roturaciones del siglo XVIII también son factores históricos de notable trascendencia.

    También existen problemas cuando se trata de comparar la estructura de las explotaciones de diferentes lugares debido al distinto valor de la tierra según la economía de las regiones donde se localizan. También existen problemas a la hora de comparar la situación en países distintos con economías diferentes. Incluso los problemas pueden derivar de los distintos criterios que se siguen para ofrecer las estadísticas que reflejan el tamaño de las explotaciones. Existen países europeos que elavoran sus censos agrarios teniendo sólo en cuenta la superficie labrada, mientras que otros cuando hablan de explotaciones, incluyen en el cómputo la superficie no labrada, como por ejemplo el terreno forestal o los prados. Por ejmeplo, en Galicia donde es muy importante la superficie no labrada, la estructura de las explotaciones será radicalmente distinta según se considere sólo la superficie labrada o toda la superficie productiva en su conjunto. Por otro lado, hay países que sólo consideran una explotación a partir de cierto humbral, como por ejemplo una hectárea, a no ser que tengan cultivos muy valiosos.

    Indice agrícola o agrario: IA = Superficie labrada x 100 / Superficie productiva

    Indice Ganadero: IG = Superficie no labrada x 100 / Superficie productiva

    Indice de regadío: IR = superficie de regadio x 100 / Superficie labrada

    Indice de herbáceos: IH = superficie de herbáceos x 100 / Superficie labrada

    Igual que sucede con la propiedad de la tierra, tradicionalmente sólo se ha considerado la superficie de la tierra como criterio fundamental para determinar el tamaño de las explotaciones agrarias. Como es sabido, esto se debe a que el dato de superficie es el que se ofrece en la mayor parte de los censos y además porque es el criterio más fácilde averiguar. Lógicamente existen otros criterios ya que la tierra puede representar sólo una parte de los recursos totales de la explotación agraria, mientras que el nivel de producción puede no depender exclusivamente de la tierra sino de la forma en que esa superficie se combina con otros recursos, como por ejemplo la ganadería intensiva, la apicultura, la acuicultura e incluso más recientemente los recursos terciarios.

    Uno de los recursos más interesantes para cualquier reforma agraria o modificación en la agricultura de una zona es el estudio de las explotaciones agrarias mediante las jornadas de trabajo que necesitan. Esto supone conocer cada uno de los cultivos que hay en la explotación, cuantas jornadas de trabajo de 8 horas necesitan y que superficie de la explotación está dedicada a cada cultivo. Por supuesto también habrá que conocer su nivel de mecanización porque cuando éste aumenta las jornadas de trabajo y la propia mano de obra, disminuye.

    Uno de los problemas básicos de las pequeñas explotaciones es que imponen al agricultor a tiempo completo un sistema de cultivo que necesariamente tiene que ser de altos rendimientos por unidad de superficie, aunque en realidad no sea económico. A veces, es más conveniente producir con menos rendimientos por unidad de superficie porqué así la liquidez obtenida es mayor. Por ejemplo, el arroz cultivado en la Comunidad Valenciana ofrece los mayores rendimientos del mundo, pero sin embargo es menos rentable que por ejemplo el arroz sevillano aun teniendo éste rendimientos menores ya que los insumos que se requieren para producir arroz en Valencia son muy superiores a los que se necesitan en Sevilla. Además, en Andalucía las explotaciones son de mayores dimensiones y se pueden mecanizar, mientras que en Valencia los tamaños son mínimos, lo que impide la mecanización generalizada y obliga al agricultor a producir más por unidad de superficie. En conclusión no siempre producir más por unidad de superficie es más rentable que producir menos.

    Productividad = Kg / Nº Horas de Trabajo

    Rendimiento = Kg / Hectária

    Los excesivos agrarios que requiere la producción en las pequeñas explotaciones no ocurren sólo en el arroz de esas dos regiones españolas sino que es algo general a nivel europeo y en todos los cultivos pues los gastos para producir una unidad son mucho mayores en la pequeña explotación que en la grande. En definitiva, las explotaciones de reducido tamaño representan un cúmulo de perjuicios para la producción. Además los agricultores suelen ser de avanzada edad lo que supone grandes obstáculos para la introducción de tecnología o para aprovechar los créditos agrícolas que se dan con más facilidad a los agricultores jóvenes.

    La Filoxera Francesa es una enfermedad que ataca a la vid.

    Geografía Rural. Tema 4. Página 9

    Superficie Física

    Superficie productiva

    Superficie Improductiva

    Superficie Labrada

    Superficie no Labrada

    Secano

    Regadío

    Monte alto

    Monte bajo

    Dehesas

    Prados y praderas

    Matorral

    Erial a Pastos

    Espartizal

    Ciudades

    Carreteras

    Pantanos, ríos y lagos

    Pedregales

    Desiertos




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    Enviado por:Paco
    Idioma: castellano
    País: España

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