Política y Administración Pública


Proceso legislativo federal mexicano


El proceso legislativo federal se rige por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

El derecho de iniciar

leyes compete a:

  • El presidente de

la Republica.

  • Los Diputados y Senadores INICIATIVA DE LEY

del Congreso de la Union. O DECTRETO

  • Las Legislaturas de los

Estados.

  • Las diputaciones federales

de cada entidad.

  • La asamblea de

representantes

del Distrito Federal

Ellos pueden formular y proponer una:

Camara de Origen

  • Se denomina camara de origen aquella ante la que se presenta una iniciativa.

  • La Camara de Origen recibe la iniciativa su mesa directiva informa al Pleno de la Asamblea y ordena su turno para estudio y dictamen en:

Comisiòn o Comisiones

Desarrollan las siguientes actividades:

  • Reunion de trabajo para distribuir la iniciativa entre sus miembros y explicarla.

  • Elaboraciòn del programa de trabajo.

  • Recopilaciòn de informaciòn especializada respecto a la iniciativa.

  • Anàlisis de la infromaciòn y de antecedentes legales en la materia.

  • Celebraciòn de reuniones de trabajo con representantes de òrganos de gobierno y entidades publicas vinculados con la iniciativa.

  • Reuniones de trabajo con especialistas y representantes de los grupos sociales interesados en la misma.

  • Celebraciòn de Conferencias con Comisiones homòlogas de la otra Càmara.

  • Integraciòn de la Subcomisiòn de Redacciòn.

  • Formulaciòn del Proyecto de Dictamen.

  • Presentaciòn y Exposiciòn del Dictamen a los miembros de la Comisiòn explicando y justificando adecuaciones y modificaciones incorporadas.

  • Anàlisis y discusiòn colegiada de la propuesta de Dictamen en la Comisiòn o Comisiones conjuntas.

  • Aprobaciòn y firma del Dictamen por la mayoria de los miembros de la Comisiòn y presentaciòn, en su caso, de voto o votos particulares por escrito de quienes disientan del parecer de la mayorìa.

DICTAMEN

Aprovado el Dictamen se notifica a la mesa directiva de la Càmara sobre los resultados de los trabajos y la conclusiòn de la elaboraciòn del dictamen para su inclusiòn en la orden del dìa y su presentaciòn al Pleno de la Asamblea.

Sesiòn del Pleno Camara Revisora

1a. Lectura La Càmara Revisora recibe de la Càmara de

Se da la lectura al Dictamen por los Origen la minuta del Dictamen con proyecto

secretarios de la mesa. de decreto de la iniciativa y se somete

internamente al mismo procedimiento

2a. Lectura descrito para la Càmara de Origen.

Se lee ante el Pleno y un miembro de

la Comisiòn lo fundamenta. Cada grupo Aprobada una iniciativa por la Càmara

Parlamentario expone su posiciòn. Revisora, el Presidente de la Mesa

Directiva acuerda su envio al Poder

Discusiòn Ejecutivo para sus efectos Constitucionales.

En la misma sesiòn se procede a

la discusiòn de la iniciativa, primero

en lo general (o sea en su conjunto),

y despuès en lo particular cada uno

de sus articulos. Poder Ejecutivo

Los legisladores hablan alternativamente Si el titular del Ejecutivo no tuviere

en contra o a favor de la iniciativa. observaciones que hacer, lo publicarà

en el Diario Oficial de la Federaciòn.

Agotado el orden de oradores, la

Asamblea, mediante votaciòn econòmica,

determina si esta suficientemente

discutida en lo general.

PUBLICACIÒN EN EL DIARIO Votaciòn en lo General OFICIAL DE LA FEDERACION

Cada legislador se pone de pie, dice

su nombre y el sentido de su voto.

Concluida la votaciòn se procede

al còmputo de los votos.

El presidente de la mesa proclama

el resultado de la votaciòn y declara si

la iniciativa ha sido aprovada en lo general.

Discusiòn y votaciòn en lo particular

Si procede, en su caso, a la discusiòn

particular de los articulos impugnados.

Concluida la discusiòn de los articulos

reservados y si la Aamblea lo determina,

se inicia la votaciòn nominal de los mismos.

El presidente de la mesa proclama el

resultado de la votaciòn en lo particular.

Aprobaciòn

Concluida la votaciòn en los general y

lo particular, el Presidente de la mesa

proclama el resultado de la misma y, en

su caso declara aprovado el proyecto de

ley o decreto y ordena su envio a la

Càmara Revisora.

Las iniciativas pueden ser objeto de observaciones parciales o totales por la Cámara revisora o por el Ejecutivo, lo que da lugar a que sea nuevamente dictaminada y votada en la Cámara de origen. Del resultado de este proceso en ambas Cámaras dependerá que se deseche y se presente hasta el siguiente período de sesiones o pase al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

CONCLUSIÒN:

Toda ley que trate de ser promulgada, tiene que ser aprovada por las càmaras, se discute y se vota por ellas, por medio de votaciones se sabrà si es ejecutable o no, al momento en que fue aprovada se dirige a la càmara que le corresponde para seguir siendo analizada por el poder ejecutivo, que si esta de acuerdo se publicarìa inmediatamente, si la idea es desechada por completo la càmara lo regresa y se tiene que plantear de nuevo la idea y la volveràn a poner en consideraciòn, hasta que los votos vayan a favor de ella, pero si fuera derrocado parcialmente, lo desechado por la càmara se pondrìa a discusiòn, pero sin poder alterarlo, regresarlo con las anotaciones para volverse a poner a discusiòn, en caso de que lo hayan regresado con las anotaciones correspondientes para hacerse en forma de voto y asì hasta que se vuelva a aprobar, pero no podrà pasar por el mismo periòdo de sesiones, las sesiones son cada año.

Las leyes pueden ser creadas por cada càmara sobre impuestos, emprèstitos, reclutamientos de tropa, etc., que seràn tambièn aprobados por la càmara de diputados.

El ejecutivo de la uniòn, no puede hacer observaciones, cuando la càmara ya se sometiò a votaciòn, lo mismo que sucede cuando la càmara de diputados declare una acusaciòn en contra de un alto funcionario por delitos oficiales.

BIBLIOGRAFÌA:

www.camaradediputados.gob.mx/




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Enviado por:Silvia Mattera
Idioma: castellano
País: España

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