Sociología y Trabajo Social


Prevención de los malos tratos


1.- OBJETIVOS.

  • Conocer a fondo cuál es el funcionamiento de los Servicios Sociales para la mujer maltratada, en mi ciudad.

  • Conocer las actividades que realizan, los servicios que ofrecen y la organización que tienen los Servicios Sociales para la mujer maltratada, en mi ciudad.

  • Convertir este trabajo, en un exhausto fichero de recursos sociales para la mujer maltratada de la ciudad de León, que facilite nuestra intervención en la problemática.

2.- FUNDAMENTACIÓN.

La razón que me impulsó a ampliar mi conocimiento sobre los servicios sociales que ayudan a las mujeres, especialmente las maltratadas, en mi ciudad, ha sido ver cómo los medios de comunicación se hacían eco del problema de los malos tratos, dándole la importancia que se merece, casi a diario; y esto me hizo preguntarme en reiteradas ocasiones por qué sucedían esas cosas y qué medios se ponían para evitarlas.

Se piensa que en nuestro civilizado mundo occidental, en el que nadie discute que la tortura es algo indigno e inadmisible, propio de tiempos pasados; el hecho de que un ser humano pueda provocar el pánico, la ansiedad, el dolor insufrible de otro, en ocasiones por medio de instrumentos y técnicas refinadas, es algo que cualquier persona mínimamente en sus cabales rechazará tajantemente. Y no digamos

entidades e instituciones, ni una sola dejará de pronunciarse con vehemencia en contra de la tortura. Pero casi nadie levanta la voz ante la situación de miles de mujeres maltratadas y torturadas, a excepción de estas organizaciones e instituciones que luchan diariamente por los derechos de estas mujeres.

3.- DESCRIPCIÓN.

Dado que estas instituciones son las que se preocupan por ayudar a las mujeres y defender sus derechos, este trabajo versa sobre el interés, que a raíz de lo anteriormente explicado, suscitó en mí el saber cómo funcionaban, qué actividades desarrollaban, con qué recursos contaban, tanto económicos como humanos, cuál era su organización, etc. Y para ello me acerqué a cada una de esas entidades y realicé una entrevista a la persona encargada de la dirección del lugar, para poder ver “in situ” su funcionamiento. No sin antes haber consultado la bibliografía necesaria para tener una visión general de qué son los servicios sociales, cuáles son sus funciones, cómo se organizan, cómo se coordinan con otros servicios y todo aquellos concerniente a los mismos.

4.-CONTENIDOS DEL ESTUDIO.

4.1.-Servicios Sociales para la Mujer.

Los Servicios Sociales implican al conjunto de la Comunidad, puesto que su objetivo prioritario se centra en la creación y articulación de los recursos necesarios para la promoción del bienestar social de todos los ciudadanos, lo cual supone una mayor incidencia de los servicios en los sectores de la población que, por sus características

socioeconómicas o culturales claramente deficitarias, se encuentran más alejados de poder disfrutar de los comunitarios.

En definitiva, los Servicios Sociales están orientados hacia la traducción operativa de una de las ramas de la política social a través de la promoción, prevención e inserción y la asistencia a los sectores más desfavorecidos y carenciales de la sociedad.

Por tanto, desde los Servicios Sociales se arbitrarán medidas preventivas de promoción, inserción y asistenciales, orientadas a aquellos colectivos de mujeres especialmente necesitadas de apoyos específicos. Se actuará, en el nivel de prevención y sensibilización de forma permanente y en el de atención directa e inmediata, cubriendo las necesidades más urgentes.

Para conseguir una participación real de las mujeres en la sociedad es necesario organizar una infraestructura de Servicios Sociales que cubra las necesidades de las mujeres, que ofrezca una información específica sobre sus derechos y que preste los servicios necesarios para aquellas que se encuentran en especial situación de riesgo.

La información es un elemento básico para que las mujeres conozcan sus derechos y los recursos disponibles adecuados a sus necesidades, por lo que es necesario informar a profesionales y a la sociedad, en general, de la situación social de la mujer, para ir favoreciendo un cambio de actitudes a favor de la Igualdad de Oportunidades.

Por ello es fundamental fomentar en la realización de los programas específicos para el sector mujer, la coordinación con la Red Básica de los Centros de Acción Social y sus equipos técnicos de asesoramiento a la mujer, de cara a realizar programas específicos para el sector de la mujer.

Una forma de conseguir la integración socioeconómica de las mujeres es a través de la provisión de servicios básicos de atención y cuidado de niños y adultos, así como del resto de actividades que las mujeres cubren desde el hogar.

Especial atención requieren los grupos de mujeres con desajustes sociales, que se encuentran con dificultades para acceder a un puesto de trabajo, por carecer de formación adecuada. Por ello hay que tratar de conseguir su integración, por medio de recursos de orientación y formación, así como el apoyo de las prestaciones asistenciales.

Para evitar la discriminación por razón de sexo entre los colectivos de mujeres de mayor riesgo, se propone la ampliación de los Servicios Sociales especializados dedicados a dichos colectivos, entre los que se encuentran: jóvenes en áreas de riesgo, delincuentes, mujeres que ejercen la prostitución y mujeres drogodependientes.

Cada grupo requiere recursos y atenciones especializadas, puesto que estas mujeres han sufrido experiencias difícilmente generalizables.

Es preciso, por tanto, que desde las Instituciones Públicas se promuevan las medidas necesarias que posibiliten la más pronta integración socioeconómica de las mujeres afectadas.

La violencia familiar es uno de los mayores desafíos para las tareas de rehabilitación de un ser humano que ha atravesado situaciones límites, traumáticas y de alto impacto en su salud física, psicológica y espiritual. En la medida en que se trate de un problema social, el enfoque de la asistencia se define como una respuesta social focalizada

sobre una demanda individual desde una triple perspectiva:

  • La necesidad de un servicio específico integrado por un equipo interdisciplinario que trabaje sobre cada una de las áreas básicas de incidencia de la problemática: psicológica, social, jurídico-legal, y médica.

  • La necesidad de establecer una red institucional de comunicación e intercambio de recursos existentes en la comunidad, para facilitar las diversas exigencias que plantean estos casos tan complejos.

  • La necesidad de no reproducir ni perpetuar el aislamiento típico de las víctimas sometiéndolas a intervenciones orientadas por modelos asistenciales, individualistas o basados en marcos teóricos reduccionistas, psicologistas y unilaterales.

La asistencia a mujeres maltratadas exige un amplio entrenamiento informativo y formativo de los profesionales participantes. Implica el conocimiento básico indispensable de los datos, los recursos y las estrategias que provee las diversas disciplinas que concurren a la recuperación de mujeres maltratadas, facilitando el trabajo en equipo en cuanto a una mejor complementación o apoyo mutuo de los profesionales y una mejor cobertura en beneficio de la víctima.

El proceso de asistencia tiene ciertas pautas básicas para respetar. Una entrevista con alguien que se anima a acudir, puede ser la número 200 para el profesional, pero es posible que sea la primera y la última para la mujer maltratada, que por diferentes motivos no podrá retornar. En esa única y preciosa oportunidad es cuando hay que sembrar todo lo que se tenga para que la persona no abandone ni se abandone. Pero si no vuelve, no se quedará tal como llegó.

Llevará consigo ideas e instrucciones útiles para lo que le toque vivir en adelante. Y la experiencia de haber sido escuchada, comprendida y apoyada, junto con el dato de que siempre encontrará allí una puerta abierta para sus necesidades, su miedo, su dolor, su desamparo.

En ese primero y tal vez único momento, no se pensará en el reloj, sino en diagnosticar el riesgo que corre esa mujer, su estado psicofísico, su situación familiar, los recursos internos y externos con los que cuenta, su potencial de energía para la tarea de recuperación, el grado de lavado de cerebro sufrido, su nivel de saneamiento, el alcance de su conciencia de victimización, quienes la apoyan, el maltrato institucional o profesional recibido, etc.

Una mujer maltratada puede acudir la primera vez acompañada por algún familiar o una amiga. Si se observa que está muy asustada y en crisis, será conveniente que la entrevista incluya la presencia del acompañante, si la mujer lo autoriza.

Cualquier servicio debe estar provisto de instrucciones y teléfonos de emergencia escritos para entregar a la mujer como recordatorio, como apoyo y como signo de que ya no está sola y tiene donde llamar o retornar por ayuda.

El proceso de asistencia a una mujer maltratada constituye un trabajo en el que todos, inclusive los profesionales o los miembros del equipo, van pasando de una situación de deshumanización más plena, a un clima solidario y respetuoso.(1)

  • Cfr. B. FERREIRA, Graciela: Hombres violentos, mujeres maltratadas, Edt. Sudamericana, Buenos Aires, 1992, págs. 367-371.

  • Es importante, por otra parte, una política global y de coordinación entre la Administración Central y Local, para evitar la dispersión y duplicidad de recursos y obtener una mayor eficacia en la gestión. (2)

    En concreto para los recursos que la CCAA de Castilla y León pone en disposición de las mujeres que padecen malos tratos conyugales, son Casas de Acogida y Pisos Tutelados.

    Las Casas de Acogida que han pasado de 10 en 1994 a 12 en 1996, han ido creciendo a razón de una por año, y en 1996 se crea con financiación de la Junta de Castilla y León un piso tutelado.

    La inversión destinada a Casas de Acogida creció en mayor proporción que el número de casas, pasó de 27.696.700 pts en 1994 a 43.000.000 pts en 1996 ( Ver Anexo I). (3)

    COORDINACIÓN ENTRE LOS SERVICIOS E INSTITUCIONES IMPLICADAS EN LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA DOMÉSTICA.

    La propuesta de coordinación entre servicios e instituciones es la siguiente:

  • Fase de detección: (Ver Anexo II)

  • La violencia doméstica es detectada principalmente en los centros sanitarios donde acuden a curarse las víctimas, en las comisarías de policía, donde se denuncian las agresiones, y en las unidades de

  • Cfr. JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN: O.C., Edt. Consejería de Sanidad y Bienestar Social, págs. 77-129.

  • Cfr. JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN: O.C., Edt. Consejería de Sanidad y Bienestar Social, pág. 25.

  • servicios sociales donde suelen presentarse los sujetos maltratados a pedir información o asesoramiento.

    • Intervención de los servicios sanitarios y médicos forenses:

    Resulta de trascendental importancia para su diagnóstico, cuando la víctima trate de ocultar la verdadera causa de aquéllas. El médico forense dada su condición de perito oficial, bastará su informe en el juicio oral para constituir prueba de cargo. En aquellos casos en los que no fuere posible la intervención del médico forense, el informe de los facultativos, deberá elaborarse de la forma más exhaustiva y minuciosa posible. La Orden del 16 de septiembre de 1997, aprueba el Protocolo que deben utilizar los médicos forenses en el reconocimiento de los detenidos, es aplicables también para el examen médico de las víctimas sometidas a malos tratos.

    En este sentido, se ha elaborado por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, el “Protocolo de actuación sanitaria ante los malos tratos domésticos”.

    Con la protocolarización de las actuaciones sanitarias se pretende que en todo el Estado, cualquier profesional sanitario del cambio público o privado siga las mismas pautas de actuación, facilitando las acciones judiciales y sociales a la víctima, favoreciendo la denuncia de estas agresiones, sensibilizando al profesional sanitario ante estos casos, protegiendo la intimidad y facilitando la información de la persona víctima de la violencia doméstica. (4)

    • Intervención de la policía:

    Se estima necesario, que los agentes de policía encargados

    (4) Cfr. AA. VV.: La violencia doméstica; Edt. Bosch, S.A., Barcelona, 1999, págs. 170-173.

    de la investigación de estos delitos o faltas, cuenten con la adecuada

    formación y especialización, debiendo informar a la denunciante en todo caso:

    • Del contenido del art. 464 C.P.95.

    • De la posibilidad de instar la separación civil.

    • De la existencia de Servicios Sociales de Ayuda a las mujeres maltratadas.

    • De las medidas de amparo y auxilio personal que se le puedan proporcionar.

    Asimismo, en la confección del “atestado” por esta clase de delitos, se deberá tener en cuenta:

    • Antecedentes del agresor.

    • El estado mental del acusado o de las circunstancias atenuantes.

    • Averiguación y verificación de las armas existentes hasta el momento en poder del denunciado.

    • Constancia documental de todo ello.

    • También deberá dejarse testimonio documental de que a la mujer denunciante se le ha hecho ofrecimiento expreso de acciones legales, y que se le ha dado la información indicada anteriormente. Así:

    • Examen y supuestos de aplicación del art. 464 C.P.

    • Información sobre la posibilidad de solicitar a la autoridad judicial las medidas provisionalísimas previas a la demanda de separación.

    • Información sobre los centros de asistencia social a los que puede acudir la mujer maltratada.

    • Remisión de atentados.

    • Intervención de los servicios sociales:

    Es conveniente contar con la experiencia nada desdeñable de los Trabajadores Sociales, operadores asistenciales que se encuentran en continuo contacto con situaciones familiares de alto riesgo, y que pueden detectar fácilmente aquellas circunstancias socio - culturales que indicarán en el conflicto.

    La información a la víctima de sus derechos, y la posibilidad de ser amparada provisionalmente en los centros de acogida existentes, constituirán el eje central de su actividad.

    • El Equipo Técnico en el ámbito de los malos tratos:

    La labor desarrollada por equipos técnicos adscritos a los Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción, resulta extraordinariamente útil, integrados por psicólogos y trabajadores sociales; los informes de los equipos técnicos, han resultado valiosas ayudas para conocer y analizar personas y circunstancias que deben tenerse en cuenta a la hora de imponer una medida preventiva o resocializadora.

    Resultaría muy interesante, la creación de la figura “mediador familiar”, que a modo de perito oficial, evaluará las distintas circunstancias de la ruptura familiar tratando que ésta fuera lo menos traumática posible, tanto para la pareja, como para los hijos, detectándose frecuentemente los casos de intolerancia o resistencia por parte de algunos de los cónyuges, que radicalizando su postura, pudiera tener una reacción agresiva para su expareja.

  • Fase de intervención judicial:

  • Las posibilidades legales en esta materia pueden resultar adecuadas y correctas, si se utilizan de un modo lógico y racional, de

    manera que existe un amplio catálogo de posibilidades.

  • Ámbito Civil:

    • Posibilidad de instar las medidas provisionalísimas: tanto el Código Civil (art. 104), como la LECiv. (art. 1881), regulan el derecho de los cónyuges que se propongan interponer demanda de nulidad, separación o divorcio, a solicitar que se les faculte para separarse provisionalmente (regulación de las medidas provisionalísimas arts. 102 a 106 C. Civ. y 1880 a 1900 LECiv.), bastando la presentación de un escrito ante el Juez de 1ª Instancia de su domicilio.

    En ella, se podrá decidir provisionalmente sobre cuestiones tan relevantes como: patria potestad y custodia de los hijos menores, uso de la vivienda familiar, derecho de alimentos, visitas, etc.

    • Propuesta de medidas judiciales a instar por el Ministerio Fiscal en los casos de malos tratos a las mujeres:

    Internamiento por razón de trastorno psicológico, en aquellos casos en los que de los informes emitidos por los médicos forenses pudieran desprenderse que el agresor padeciera alguna alteración o anomalía psíquica que precise tratamiento mediante ingreso en un centro adecuado, el Ministerio Fiscal deberá formular la correspondiente petición. Conforme a los arts. 202, 203, y 213 C.Civ. (regulación en el art. 211 C.Civ.).

  • Ámbito Penal: será no obstante en el ámbito del proceo penal, donde las medidas judiciales aplicables cobrarán su auténtica efectividad, pudiendo diferenciarse tres fases:

    • Fase de instrucción: en el tradicional ordenamiento procesal penal, los órganos jurisdiccionales podría ejercer de oficio su potestad de decretar medidas cautelares:

  • Prisión provisional con o sin fianza.

  • Libertad provisional. Si el Juez instructor decide la puesta en libertad del imputado, podrán solicitarse por el Ministerio Fiscal, o por las partes acusadoras y acordarse por el Juez instructor, las medidas siguientes:

    • Comparecencia “apud - acta” con posibilidad de exigir periodicidad diaria.

    • Solicitud expresa, dirigida a la autoridad judicial, de que se requiera al imputado para que se abstenga de acercarse al domicilio y a la persona maltratada, dando órdenes a la policía judicial o local en su caso.

    • Instar a la autoridad judicial para que ordene a la policía judicial, y cuando proceda, a otros cuerpos policiales, adoptar medidas que en cada caso se estimen más adecuadas, a fin de asegurar la protección de la persona maltratada: control periódico de su estado, posibilidad de dar aviso inmediatamente, seguimiento policial, y cuantas medidas se estimen necesarias.

    • Coordinación y promoción de la actuación de los servicios de asistencia y orientación social.

    • Posibilidad de promover la tramitación de juicios rápidos.

    • Fase de ejecución de sentencia.

  • Fase de seguimiento:

  • La fase de seguimiento, supone la consolidación de la vocación de todas las instituciones que conocen el problema de la violencia familiar o doméstica de perseverar seriamente en la persecución de esas conductas, intolerables en un sistema democrático. Así, podemos distinguir dos clases de seguimiento del problema:

  • A nivel de cada organismo implicador.

  • A nivel de cooperación y coordinación entre las distintas instituciones intervinientes.

  • En el primer nivel se analizará el funcionamiento y eficacia del servicio y sus relaciones con las demás instituciones; y en el segundo el estado de las relaciones de coordinación existentes, sus diferencias y mejoras.

    Cabe destacar en este ámbito, el papel desempeñado por el Ministerio Fiscal, que se instrumentaliza a través de la creación de servicios contra la violencia familiar y de la formación de registros especiales de causas referentes a la violencia doméstica. (5)

    • Constitución de las medidas de seguimiento.

    • Comunicación y colaboración con los colectivos sociales (colectivos de mujeres maltratadas).

    (5) Cfr. AA: VV.: O.C., págs. 176-195.

    4.1.1.- Servicios Sociales Básicos para la mujer en la ciudad de León.

    CEAS:

    Tienen un carácter polivalente y universal, y reciben la primera demanda de los ciudadanos, por que son prestados cerca del domicilio de los mismos. Se encarga de éstos el Ayuntamiento de León.

    Los servicios que ofrecen son: información, orientación, y asesoramiento de derechos y recursos sociales. Incluye funciones de diagnóstico, admisión y derivación, a los servicios especializados. Estos facilitan la participación ciudadana e impulsan la iniciativa social como el voluntariado y el asociacionismo.

    León cuenta con 7 CEAS:

    • León Zona Centro: Av. Padre Isla, Nº 57. Tfno.- 987-24.37.87.

    • San Mamés - San Pedro: La Serna, s/n. Tfno.- 987-22.10.69.

    • El Ejido - Santa Ana: Santo Tirso, s/n. Tfno.- 987-26.05.86.

    • Puente Castro - San Claudio: Av. Madrid, Nº 114. Tfno.- 987-20.41.53.

    • El crucero - La Vega: San Ignacio de Loyola, Nº 19. Tfno.- 987-27.23.75.

    • Armunia: San Juan Bosco, Nº 19. Tfno.- 987-26.05.86.

    • Mariano Andrés: Frontón, Nº 7. Tfno.- 987-22.26.59.

    CENTRO DE ASESORAMIENTO Y PROMOCIÓN DE LA MUJER.

    • Emplazamiento: C/ General Sanjurjo, 15-5ºC. C.P.- 24001.

    • Teléfono: 987-22.01.39.

    • Naturaleza: Privada.

    • Dirección: Presidenta de la Asociación de Madres Solteras “Isadora Duncan”.

    • Ámbito de actuación: Provincial, aunque atienden a personas de otras provincias.

    • Finalidad: Informar, orientar, asesorar y promover a la mujer.

    • Dependencia: Asociación de Madres Solteras “Isadora Duncan”.

    • Funcionamiento:

  • Horario del centro: De 10,00 h a 14,00 h de lunes a viernes.

  • Horario al público: De 10,00 h a 14,00 h de lunes a viernes

  • Capacidad: Ilimitada.

  • Condiciones de admisión: Ninguna.

  • Documentación exigida: Ninguna.

  • Trámites necesarios: Ninguno.

  • Precio: Gratuito.

  • Lista de espera: Inexistente.

  • Usuarios: Madres solteras y malos tratos.

    • Organización:

  • Servicios:

    • Jurídico: matrimonial, filiación, derecho laboral, justicia, legislación social.

    • Psicólogo: orientación y trabajo de grupo.

    • Social: asistencia a la mujer, con problemas de malos tratos físicos y psíquicos, agresiones graves, violaciones, soledad o cargas familiares no compartidas.

    • Fomento del asociacionismo: apoyo a los grupos de mujeres existentes.

    • Canalización de denuncias ante los organismos de discriminación o abuso hacia la mujer.

    • Sensibilización social sobre la problemática de la mujer, a través de campañas de difusión, charlas, debates.

    • Actividades de promoción dirigidas a las mujeres, de carácter: formativo, cultural, preventivo, recreativo, ocupacional o de posibles salidas profesionales.

    • Estudios e investigaciones sobre la mujer y las problemáticas concretas que afectan a éstas.

    • Documentación y bibliografía específica en temas de la mujer

  • Actividades:

    • Información sobre sus derechos y la forma de ejercerlos.

    • Orientación sobre los servicios y recursos existentes en la comunidad a los que pueden acudir.

    • Asesoramiento específico.

    • Gestión de los ingresos en centros específicos.

    • Charlas, conferencias, reuniones, etc., promovidas por la Asociación de Madres Solteras “Isadora Duncan” y no por el centro.

    • Personal:

  • General: Auxiliar Administrativo y Gestor de Voluntarios.

  • Especializado: Trabajadora Social, Abogado y Psicólogo contratados temporalmente.

    • Recursos económicos: Subvenciones anuales de la Junta de Castilla y León para personal y actividades. Subvenciones, no

    fijas, de la Diputación y el Ayuntamiento de León, para programas concretos.

    • Local: Cedido por la Junta de Castilla y león.

    • Año de creación: 1986.

    OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACIÓN Y ASESORAMIENTO A LA MUJER.

    • Emplazamiento: Av. Padre Isla, 57. C.P.- 24006.

    • Teléfono: 987-27.17.55.

    • Naturaleza: Pública.

    • Dirección: Concejal Delegado de Servicios Sociales.

    • Ámbito de actuación: Municipal, aunque atiende a cualquier persona que lo demande.

    • Finalidad: Informar, asesorar, orientar y promover a la mujer. Gestionar, derivar y seguir personalmente situaciones problemáticas.

    • Dependencia: Ayuntamiento de León (Concejalía de Servicios Sociales)

    • Funcionamiento:

  • Horario del centro: De 9,00 h a 14,00 h de lunes a viernes.

  • Horario al público: De 9,00 h a 14,00 h de lunes a viernes.

  • Capacidad: Ilimitada.

  • Condiciones de admisión: Ninguna.

  • Documentación exigida: Ninguna.

  • Trámites necesarios: Ninguno.

  • Precio: Gratuito.

  • Lista de espera: Inexistente.

  • Usuarios: mujeres maltratadas principalmente.

    • Organización:

  • Servicios:

    • Asesoramiento Social: asistencia a mujeres con problemas de cualquier índole. Malos tratos físicos y psíquicos, agresiones graves, violaciones, soledad o cargas familiares no compartidas.

    • Atención psicológica: curso y trabajo con grupos, asesoramiento en situaciones difíciles, tanto de tipo individual, de pareja o familia, como social.

    • Asesoramiento jurídico: separación, divorcio, nulidad, filiación, régimen económico del matrimonio, relaciones paterno - filiares, relaciones laborales, etc.

    • Personal:

  • General: Auxiliar Administrativo.

  • Especializado: Asesor jurídico, psicológico y trabajador social contratados.

    • Recursos económicos: Presupuesto anual del Ayuntamiento de León.

    • Local: Cedido por la Junta de Castilla y León.

    • Año de creación: 1987.

    SERVICIO PARA LA MUJER DE LA DIPUTACIÓN.

    • Emplazamiento: Pz. La Regla, s/n (Edifico Torreón) C.P.- 24003.

    • Teléfono: 987-29.22.49.

    • Naturaleza: Pública.

    • Dirección: Trabajador Social del servicio.

    • Ámbito de actuación: Provincial.

    • Finalidad: Atención a mujeres maltratadas e información sobre la Casa Refugio.

    • Dependencia: Diputación Provincial de León.

    • Funcionamiento:

  • Horario del centro: De 8,00 h a 15,00 h de lunes a viernes. De 9,00 h a 13,00 h los sábados.

  • Horario al público: De 9,00 h a 14,00 h de lunes a viernes. De 9,00 h a 13, 00 h los sábados.

  • Capacidad: ilimitada

  • Condiciones de admisión: Ninguna.

  • Documentación exigida: Ninguna.

  • Trámites necesarios: Ninguno.

  • Precio: Gratuito.

  • Lista de espera: Inexistente.

  • Usuarios: Mujeres con problemáticas diversas, pero principalmente malos tratos.

    • Organización:

  • Servicios: Información, gestión de recursos, estudios.

  • Actividades: Conferencias, charlas, etc.

    • Personal:

  • General: No tienen.

  • Actividades: Conferencias, charlas, etc.

    • Recursos económicos: Presupuesto de la Diputación Provincial de León para gastos del personal.

    • Local: Propio de la Diputación Provincial de León.

    • Año de creación: 1987.

    4.1.2.- Servicios Sociales específicos para la mujer maltratada en la ciudad de León.

    En las Oficinas de Asistencia a las Víctimas, llevan a cabo actuaciones que pueden resumirse en dos campos bien diferenciados:

    • En el ámbito legal:

  • Informar a la víctima sobre los derechos que le concede la ley.

  • Informar sobre los trámites precisos para la presentación de la denuncia, la asistencia letrada, etc.

  • Llevar a cabo el seguimiento del procedimiento judicial.

    • En el campo médico, psicológico y social:

  • Orientación sobre los servicios sanitarios locales y provinciales.

  • Informar sobre los medios o ayudas q pudiera precisar.

  • Derivación de la víctima a los servicios sociales, públicos o privados.

  • Asistencia a la víctima en las gestiones q deba realizar.

  • Informar sobre los centros de Acogida.

  • Otra línea de actuación, ha sido la creación de servicios de asistencia que se presta a través de las Casas de Acogida, Pisos Tutelados y Centros de Emergencia, así como de las subvenciones a ONG´s para la realización de diferentes programas.

    Los programas subvencionados están dirigidos fundamentalmente a: atención integral de las víctimas mediante la creación y mantenimiento de centros y servicios integrados, establecimiento y mantenimiento de casas de acogida con servicios de atención jurídica y psicológica, programas de inserción social que

    proporcionen acogida y acompañamiento además de cursos de capacitación y formación, servicios dirigidos a familias en situación de riesgo y/o violencia en las que se les da atención directa teniendo en cuenta no sólo la vertiente jurídica sino la humana, así como la sensibilización, programas de salud en las que se ofrece actuación psicológica y diversas terapias a las mujeres en general y a las víctimas de violencia en particular.

    Respecto a los servicios policiales, existen por un lado los Servicios de Atención a la Mujer (S.A.M.) de la policía y los Equipos de Mujeres y Menores (EMUNES) de la Guardia Civil, en los que se atienden de manera especializada a las mujeres que sufren cualquier tipo de violencia.

    ASOCIACIÓN LEONESA DE MUJERES “FLORA TRISTÁN”.

    • Emplazamiento: C/ Ordoño II, 12. C.P.- 24001.

    • Teléfono: No tiene.

    • Naturaleza: Privada.

    • Dirección: Junta Directiva y Asamblea.

    • Ámbito de actuación: Provincial.

    • Finalidad: Defender los derechos de la mujer.

    • Dependencia: Asociativa.

    • Funcionamiento:

  • Horario del centro: De 20,00 h a 22,00 h los martes.

  • Horario al público: De 20,00 h a 21,00 h los miércoles.

  • Capacidad: Ilimitada.

  • Condiciones de admisión: Ser mujer.

  • Documentación exigida: Ninguna.

  • Trámites necesarios: Ninguno.

  • Precio: 100 pts. Mensuales.

  • Lista de espera: Inexistente.

  • Usuarios: Mujeres con conciencia de las desigualdades y discriminación social de la mujer.

    • Organización:

  • Servicios:

    • Asesoría e información.

    • Ámbito donde discutir, analizar, denunciar, organizarse, formarse y luchar por una sociedad no sexista.

    • Servicio de biblioteca especializado en feminismo.

  • Actividades: reuniones semanales, charlas, programas de radio, etc.

    • Personal:

  • General: las mismas asociadas voluntarias.

  • Especializado: abogadas voluntarias.

    • Recursos económicos: subvención anual del Instituto de la Mujer, no estable. Cuotas de las asociadas.

    • Local: cedido por la Junta de Castilla y León y compartido con otras asociaciones.

    • Año de creación: 1975.

    ASOCIACIÓN LEONESA DE MUJERES “SIMONE DE BEAUVOIR”.

    • Emplazamiento: Permanece en secreto.

    • Teléfono: 987-26.45.77.

    • Naturaleza: Privada.

    • Dirección: Presidenta de la asociación.

    • Ámbito de actuación: Provincial.

    • Finalidad: Potenciar la casa refugio. Estudio de los malos tratos.

    • Dependencia: Asociativa.

    • Funcionamiento:

  • Horario del centro: Se reúnen los miércoles por la tarde.

  • Horario al público: Miércoles por la tarde.

  • Capacidad: Ilimitada.

  • Condiciones de admisión: Ser mujer.

  • Documentación: Ninguna.

  • Trámites necesarios: Ninguno.

  • Precio: Cuota voluntaria.

  • Lista de espera: Inexistente.

  • Usuarios: Mujeres.

    • Organización:

  • Servicios: Gestión de la casa refugio.

  • Actividades: Charlas, conferencias, cursillos, etc, relacionados con mujeres, especialmente agresiones y malos tratos.

    • Personal:

  • General: las mismas asociadas voluntarias.

  • Especializado: Juez, abogada y psicóloga voluntarias.

    • Recursos económicos: Subvenciones no fijas del Instituto de la Mujer, de la Junta de Castilla y León, y de la Diputación Provincial para las actividades de la asociación. Cuotas de las asociadas.

    • Local: Alquilado.

    • Año de creación: 1987.

    CASA REFUGIO “SIMONE DE BEAUVOIR”.

    • Emplazamiento: Permanece en secreto.

    • Teléfono: 987.26.45.77, teléfono 24 horas: 609.86.79.82.

    • Naturaleza: Privada.

    • Dirección: Directora de la Asociación leonesa de Mujeres “Simone de Beauvoir”.

    • Ámbito de actuación: Nacional.

    • Finalidad: Atención integral a la mujer maltratada e hijos, temporalmente. Ayuda a eliminar la discriminación de la mujer, concretamente las agresiones y los malos tratos.

    • Dependencia: Asociativa.

    • Funcionamiento:

  • Horario del centro: 24 horas.

  • Horario al público: 24 horas.

  • Capacidad: 17 personas.

  • Condiciones de admisión: Ser mujer maltratada.

  • Documentación exigida: DNI e información para tratar la situación.

  • Trámites necesarios: Valoración de la situación por parte de la Trabajadora Social y de la Directora.

  • Precio: Gratuito.

  • Lista de espera: Inexistente.

  • Usuarios: Mujeres maltratadas e hijos.

    • Organización:

  • Servicios: Acogida, servicios jurídicos, sociales, médicos, escolares y terapias individuales, de pareja o familiares. Escolarización en las 48 primeras horas, en guarderías de la Junta de Castilla y León y en los colegios del Ministerio de Educación y Ciencia con comedor escolar.

  • Realización de gestiones oportunas que les sirvan para salir de la

    situación crítica en que se encuentran. Ayuda en la búsqueda de trabajo.

  • Actividades: Proyección de películas para posteriores coloquios. Charlas, juegos, excursiones, es decir, actividades culturales y de reinserción. Realización de cursillos o cualquier otra cosa que les beneficie para la reinserción laboral.

    • Personal:

  • General: Directora contratada.

  • Especializado: Educadora y trabajadora social contratadas a media jornada. Abogadas de la Asociación voluntarias. Y psicóloga contratada.

    • Recursos económicos: Subvención Anual de la Diputación de León para los salarios del personal. Subvención Anual de la Diputación de León para llevar los procesos de separación. Subvenciones de la Junta de Castilla y León, a través de la Consejería de Cultura, para la conservación y el mantenimiento del servicio.

    • Local: Alquilado.

    • Año de creación: 1987.

    CASA DE ACOGIDA PARA LA MUJER (Asociación Leonesa de Caridad)

    • Emplazamiento: Pz. Puerta Obispo, 13. C.P.- 24006.

    • Teléfono: 987-25.50.93.

    • Naturaleza: Privada.

    • Dirección: Junta Directa.

    • Ámbito de actuación: Provincial.

    • Finalidad: proporcionar una atención integral, temporalmente, a las mujeres maltratadas que estén en la casa, mediante el conocimiento de su problemática, en el entorno donde se desarrolla, de sus efectos y del análisis de las causas que originan la situación. Orientación psicológico - social y, colaboración entre las diversas entidades profesionales, para lograr un enfoque multiprofesional de los problemas.

    • Funcionamiento:

  • Horario del centro: 24 horas.

  • Horario al público: 24 horas.

  • Capacidad: 23 plazas.

  • Condiciones de admisión: Ser mujer en situación problemática y con posibilidades de inserción.

  • Documentación: DNI e información para tratar la problemática.

  • Trámites necesarios: Ninguno.

  • Precio: Gratuito.

  • Lista de espera: Inexistente.

  • Usuarios: Mujeres marginadas y maltratadas con recursos mínimos.

    • Organización:

  • Servicios: alojamiento, alimentación, cuidados médicos, lavado de ropa, etc.

  • Actividades: No tienen.

    • Personal:

  • General: Comunidad religiosa y personal voluntario.

  • Especializado: Trabajadora Social y ATS.

    • Recursos económicos: Subvenciones del Ayuntamiento de León, del IMSERSO y de la Consejería de Bienestar Social. Aportaciones de entidades privadas y de personas voluntarias.

    • Local: Propio.

    • Año de creación: 1986.

    5.- CONCLUSIONES.

    Del siguiente estudio se puede deducir claramente que estos servicios han sido creados hace relativamente pocos años, siendo la necesidad de los mismos, sobre todo en el caso de los malos tratos, bastante anterior, ya que estos llevan ocurriendo desde muchísimo antes.

    Y aunque el reconocimiento de la mujer como persona y de sus derechos haya tenido su explosión tan sólo hace un par de décadas, estos servicios han sabido avanzar a pasos agigantados, tratando de dar cobertura a todas las problemáticas que una mujer puede presentar. Pero aún así en las entrevistas se ha concluido que aún quedaba muchísimo por hacer y que esto sólo era un pequeño granito de arena en el desierto.

    También es remarcable el que León es una ciudad bastante avanzada en este sentido, ya que para el número de habitantes que tiene, da una cobertura muy amplia de servicios sociales para la mujer. Siendo la casa refugio “Simone de Beauvoir”, una de las primeras en toda España, considerándose pionera en este terreno.

    Con lo cual podríamos valorar muy positivamente los servicios sociales para la mujer de la ciudad de León, pero no olvidándonos de

    que estos han de seguir avanzando y mejorando, para poder actuar más acertadamente ante las problemáticas que se les presenten.

    6.-EVALUACIÓN.

    Para realizar a cabo una correcta evaluación, tomaré como medidas de evaluación, la cantidad, la calidad, y la eficacia, de la información obtenida en este estudio.

    La cantidad es el número de informaciones fehacientes y novedosas, en relación con los contenidos del curso, que se han aportado en el estudio. Considero que se ha aportado una cantidad, más que razonable, de información complementaria al curso; por lo que la evalúo como positiva.

    El estudio que se ha realizado de forma rigurosa y con unas técnicas profesionales adecuadas, aporta informaciones de calidad. Por ello estimo oportuno evaluar positivamente la calidad de las informaciones, dado que este se ha realizado entrelazando técnicas de búsqueda de información teóricas (como es la consulta bibliográfica), con técnicas de búsqueda de información práctica (como es la entrevista), haciendo así que la información sea lo más completa posible.

    Si un estudio cumple sus objetivos, y la finalidad para la que había sido propuesto, es que es eficaz,. Este estudio ha cumplido con los objetivos que se marcaron al inicio del mismo, y con la finalidad que el propio curso persigue, que es la ampliación de conocimientos.

    Durante la realización del mismo no nos hemos encontrado con pormenores, ni dificultades, ya que todas las personas encargadas

    de los servicios sociales, se han mostrado muy amables y han querido colaborar desde el primer momento.

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    Enviado por:Atica
    Idioma: castellano
    País: España

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