Farmacia


Oficina de Farmacia


Índice

I - Adquisición de Medicamentos

1.a - Sistema de adquisición de medicamentos de la farmacia ............................

Pág. 1

1.b - Sistema de adquisición de estupefacientes y psicótropos ...... .................

Pág. 2

2.- Distribución del stock en la farmacia y distribución de los pedidos a su recepción, rotación de medicamentos o/y otros productos, medicamentos que necesitan nevera.

Pág. 3

3.- Sistema de Control de caducidades....................................................................

Pág. 4

II - Conceptos Básicos

1.- Clasificación de productos comerciales por grupos terapéuticos ..........

Pág. 5

2.a - Identificación de las especialidades farmacéuticas, según símbolos del cartonaje

Pág. 7

2.b - Identificación según cupón precinto ....................................................

Pág. 8

3.- Receta Médica: Cuerpos de esta, diferentes apartados en la recta, tipos de esta

Pág. 9

3.a - Requisitos de las Recetas .....................................................................

Pág. 10

3.b - Tipos de Receta ...................................................................................

Pág. 10

4.- Colectivos que tienen concierto con el MICOF de Valencia .................

Pág. 11

III - Dispensación al Paciente

1.a - Dispensación con Receta y sin Receta ...........................................................

Pág. 12

1.b - Obligaciones del Farmacéutico y Obligaciones del Paciente .....................

Pág. 12

2.- Pedidos y dispensación de estupefacientes y anotaciones en los libros, tanto sea con receta del SVS, compañías o libre.

Pág. 13

3.- Dispensación de Estupefacientes y Psicotropos, anotación en los libros ...

Pág. 14

4.- Dispensación de productos de Dietética, Herboristería, Homeopatía, Veterinaria, etc...

Pág. 14

IV - Facturación de Recetas

1.a - Días y Requisitos de medicamentos ................................. ............................

Pág. 15

1.b- Días y Requisitos de efectos, accesorios y compañías .... ....... .................

Pág. 16

V - Información al Paciente

1.a - Calendario de Vacunación: aspectos generales ...................................

Pág. 17

1.b- Calendarios de Vacunación de Vacunas Infantiles para la Comunidad Valenciana

Pág. 17

1.c - Vacunación en el Embarazo ..................................................................

Pág. 19

2.- Sustitución de un medicamento por otro con igual principio activo ......

Pág. 20

3.a Interacciones de Medicamentos ......................................................

Pág. 21

3.b Interacciones entre Medicamentos y Alimentos ....................................

Pág. 23

VI - Farmacovigilancia

1.a - Dónde se declaran las Reacciones Adversas Medicamentosas? ................

Pág. 29

1.b - Cómo se declaran las Reacciones Adversas Medicamentosas? ................

Pág. 30

2 .- Especialidades sometidas a Control Médico ..................................................

Pág. 32

3 .- Parte de Estupefacientes y relación de dispensaciones con Carnet de Extradosis

Pág. 34

3.a - Parte Trimestral de Estupefacientes ....................................................

Pág. 34

3.b - Parte Semestral de Estupefacientes ....................................................

Pág. 34

4 .- Inmovilización de Medicamentos, incluidos los estupefacientes ..........

Pág. 34

VII - Control de Libros Recetarios

1.- Control de Libros Recetarios ..................................................................

Pág. 35

VIII - Formulación Magistral

1.a - Formulación Magistral .....................................................................................

Pág. 36

1.b - Abreviaturas en Formulación Magistral .....................................................

Pág. 37

1.c - Lectura de una receta que lleva una fórmula magistral ...............................

Pág. 38

IX - Análisis Clínicos

1.a- Valores normales en los análisis clínicos rutinarios ............................

Pág. 39

1.b - Interacción de los medicamentos con los análisis clínicos .................

Pág. 39

X - Alimentación y Dietética

1.a - Etapas de la Alimentación Infantil .....................................................

Pág. 40

1.b - Leches Especiales ...............................................................................

Pág. 40

2.- Alimentación en Adultos ...................................................... .................

Pág. 41

XI - Homeopatía y Fitoterapia

1. - Homeopatía, formas farmacéuticas y vías de administración.....................

Pág. 42

2. - Fitoterapia, diferencia con productos de herboristería ................................

Pág. 43

XII - Veterinaria

1.- Medicamentos de veterinaria e indicaciones ..........................................

Pág. 44

XIII - Ortopedia

1.a Productos de Ortopedia menor ...............................................................

Pág. 45

1.b Productos de Ortopedia mayor ..............................................................

Pág. 46

XIV - Otras funciones de la oficina de Farmacia

1. - Atención Farmacéutica ....................................................................................

Pág. 47

XV - Información a nivel del Profesional Farmacéutico

1.- Información a nivel de Farmacéutico .....................................................

Pág. 48

XVI - Bibliografía

1. Bibliografía ..............................................................................................

Pág. 49

1- Adquisición de Medicamentos:

1.a - Sistema de adquisición de medicamentos de la farmacia:

La elaboración de medicamentos en cantidades comerciales, para uso público (ya bien sea hospitalario, o bien para dispensación en la comunidad) corre a cargo de las laboratorios farmacéuticos o de las grandes compañías farmacéuticas. Cuando el titular farmacéutico efectúa una “compra directa” está llevando a cabo un sistema de adquisición de medicamentos por compra directamente al laboratorio que produce dicho medicamento, sin que corran intermediarios en esta acción. En este caso el titular de la farmacia puede adquirir un lote de productos de cuyo precio dependerá de la cantidad suministrada a la farmacia. Este método, aunque no es el más común en la farmacia, es el empleado preferentemente en medicamentos que tienen mucha demanda (como las EFP o Especialidades Farmacéuticas Publicitarias) o que no precisan de receta médica para su dispensación (Ej. Aspirina®, Aero-Red®, etc...): Se lleva a cabo mediante los representantes del laboratorio que visitan la oficina de farmacia

Como ya hemos destacado éste no es el sistema más utilizado en la Farmacia. La mayoría del stock de la oficina se gestiona mediante cooperativas o mayoristas (almacenes distribuidores), que hacen de intermediarios entre los laboratorios productores y las farmacias que dispensan dicho medicamento.

Varias son las razones que hacen que el farmacéutico deposite su confianza en los mayoristas. Por un lado el desarrollo de las telecomunicaciones ha jugado un papel fundamental. El pedido que antes se realizaba por teléfono puede llevarse a cabo ahora vía módem, con un control informático completo sobre las existencias y previsiones de los stocks, tanto del mayorista, como de la farmacia.

Por otro lado la compra a mayorista no está exenta de los beneficios económicos y descuentos (rappels) que supone tratar directamente con el laboratorio farmacéutico. Aunque estas ventajas bastarían por sí solas para considerarlas como un medio de adquisición suficiente, los mayoristas ofrecen una serie de servicios profesionales (consultas técnicas, asesoramiento profesional, créditos, promociones, seguridad de reparto) que han hecho que se impongan en los últimos años (ver gráfico Fuente: FEDIFAR)

NUMERO DE MAYORISTAS FARMACEUTICOS EN ESPAÑA

 

NUM. DE EMPRESAS 1993

NUM. DE EMPRESAS 1995

NUM. DE ALMACENES 1993

NUM. DE ALMACENES

1995

Sociedades Anónimas

45

50

59

62

Centros o sociedades anónimas de capital farmacéutico

25

20

77

55

Cooperativas farmacéuticas

31

31

70

72

Total

101

101

206

189

El hecho de que sean los mayoristas en la mayoría de los casos los que traten con los laboratorios directamente hace que se manejen varios precios. Por un lado está el PLV o Precio de Venta de Laboratorio. A su vez, como hemos visto los mayoristas (pertenecientes a una cooperativa) ofertan estos productos a las farmacias a un PVA o Precio de Venta al Afiliado. Por último las farmacias dispensan al público sus productos con un PVP o Precio de Venta al Público.

1.b- Sistema de adquisición de estupefacientes y psicótropos:

La adquisición de especialidades farmacéuticas o sustancias estupefacientes y de psicótropos se realiza también a través de los canales tradicionales para la adquisición de medicamentos, con la salvedad de que dado el potencial peligro de estas sustancias, hay que tener un específico control sobre ellas

Para las sustancias estupefacientes se debe realizar el pedido a través de unos “vales oficiales de estupefacientes”. El talonario que contiene dichos vales lo edita la Dirección General de Farmacia (servicio de restricción de estupefacientes), y el titular de la farmacia puede solicitarlo a través del Colegio Oficial de Farmacéuticos. Cada vale sirve para una sustancia o una especialidad, debiéndose rellenar en los mismos términos la matriz y el vale, así como firmar los dos. Dentro de este vale se consignan los siguientes campos.

  • Nombre del Estupefaciente. Ej. MST-Continus® (Sulfato de Morfina)

  • Fecha de compra:

  • Nombre del almacén distribuidor: Ej. SAFA Galénica

  • Cantidad de unidades que pide:

  • Firma y sello del farmacéutico

Los psicótropos siguen la vía normal de adquisición de medicamentos a través de distribuidoras de medicamentos, con la única salvedad de que la cantidad y tipo debe anotarse en Libro Recetario Oficial junto con los datos del paciente, médico prescriptor (nombre y número de colegiado), así como la fecha de expedición.

2.- Distribución del stock en la farmacia y distribución de los pedidos a su recepción, rotación de medicamentos o/y otros productos, medicamentos que necesitan nevera.

Cuando los distribuidores farmacéuticos entregan sus productos en la oficina de farmacia, estos deben introducirse como existencias disponibles de venta al público. Este proceso se lleva a cabo introduciendo las “entradas” de medicamentos en el programa informático que se encarga de la gestión de stock. Antes de introducir las especialidades farmacéuticas en el stock debe comprobarse el buen estado de recepción, así como su fecha de caducidad.

Por lo general el programa informático se encarga de comprobar que la cantidad que se ha pedido ha sido entregada, y en caso contrario vuelve a general un pedido con las existencias que faltan. Debemos guardar el albarán de entrada del pedido, como justificante “físico” de la recepción de los medicamentos.

El programa informático almacena los medicamentos como existencias según el Código Nacional, cada medicamento en el mercado tiene un código nacional, por lo que es de gran importancia estar alerta de los cambios de los Códigos Nacionales de los medicamentos, para modificarlos en el programa informático y que este los pueda identificar los medicamentos.

Una vez poseemos los medicamentos que se van a dispensar en la farmacia estos van a ser almacenados acorde a sus características diferenciales. El stock de la oficina de farmacia se almacena según su forma farmacéutica (comprimidos, soluciones, jarabes, etc...), y cada forma farmacéutica según un orden alfabético de almacenamiento.

Todos los productos de Parafarmacia suelen colocarse en expositores de cara al público, dado que son los productos más comerciales y llamativos. Estos productos incluyen entre otros productos como de higiene personal y bucal, dermofarmacia, dietética, nutrición infantil, etc...

Los estupefacientes tienen un trato especial entre los medicamentos recepcionados, dado que el farmacéutico cuñará el alabarán donde conste que ha recibido la cantidad de estupefacientes que había pedido, y anotará esta en el Libro de Control de Estupefacientes, que será en su caso revisado por el Inspector de Farmacia. Cada seis meses se elabora un informe sobre las existencias de los estupefacientes en la oficina.

También hemos de tener en cuenta que los estupefacientes han de almacenarse bajo llave y que las existencias mínimas obligatorias son:

  • Metadona comprimidos 1 envase

  • Metadona inyectable 2 envases

  • Morfina inyectable de 0,01 g (10 mg) 3 envases

  • Morfina inyectable de 0,02 g (20 mg) 3 envases

Evidentemente los medicamentos que precisen de refrigeración (Calcitoninas, colirios, sueros, vacunas u hormonas...) deberán acondicionarse a esas condiciones tan pronto como sea posible. Estos medicamentos poseen en su cartonaje el símbolo que los identifica para este fin.

3.- Sistema de Control de caducidades:

La fecha de caducidad de un medicamento viene dada por el final del plazo de validez para ese producto, o plazo en el cual el medicamento mantiene su composición actividad y propiedades características.

Los medicamentos tienen una fecha de caducidad (detallada en el envase) a partir del cual no se podrán dispensar. Generalmente, se admite como máximo una fecha de caducidad de cinco años, aunque pudieran ser estables mas tiempo. Si el plazo de validez es menor a cinco años, en el envase debe poner el símbolo de caducidad.

Los productos que se retiran por caducidad serán dados de baja como existencias (en el ordenador), y separados de aquellos destinados a la dispensación. La devolución de los medicamentos caducados al distribuidor farmacéutico se hace antes de los seis meses posteriores a su fecha de caducidad, abonando éste una cantidad proporcional al precio original PVP.

En caso de caducidad de estupefacientes, se llevan al proveedor, que a su vez los envía a la Dirección General de Sanidad donde los destruyen; la oficina de farmacia deberá hacer un nuevo pedido si las cantidad disponible en farmacia está por debajo de las existencias mínimas obligatorias

1- Clasificación de productos comerciales por grupos terapéuticos:

Más importante que la clasificación en sí (que se puede consultar en cualquier libro de especialidades farmacéuticas o en el propio Vademecum) es el origen y la organización de esta.

La Clasificación ATC (Anatomical Therapeutical Chemical) se constituyó en 1976 por el Nordic Council of Medicines para superar las desventajas de la antigua clasificación de la Asociación Europea de Marketing Europeo (EPhMRA).

Hoy en día Este sistema es el recomendado internacionalmente por el Drug Utilization Research Group (DURG) de la OMS. Este grupo dependiente de la OMS actualiza periódicamente los contenidos y facilita un manual de usuario para la utilización correcta de la ATC. La clasificación es de tipo alfanumérico, y está basada en la clasificación anatomico-terapéutica de la EPhMRA y del a Internacional Pharmaceutical Market Research Group (IPMRG).

El sistema de clasificación ATC divide a los fármacos en diferentes grupos según el órgano o sistema sobre el que actúa y según sus propiedades químicas, farmacológicas y terapéuticas. Los fármacos se clasifican así en cinco niveles:

  • Primer nivel:
    Grupo anatómico principal: designados por una letra del alfabeto (A, B, C, D, G, H, J, L, M, N, P, R, S, V), que designa el sistema orgánico sobre el que el medicamento ejerce las acciones principales. (Ej. N. Sistema Nervioso Central)

  • Segundo nivel:
    Grupo terapéutico principal: Formado por un número de dos cifras. (Ej. 05 Psicoléptico)

  • Tercer nivel:
    Subgrupo terapéutico: Formado por una letra del alfabeto. (Ej. B. Ansiolítico)

  • Cuarto nivel:
    Subgrupo químico/terapéutico: Formado por una letra del alfabeto. (Ej. A. Derivado Benzodiacepínico)

  • Quinto nivel:
    Constituido por un número de dos cifras, y que es específico de principio activo. (Ej. 01: Diazepam)

  • De este modo el N05BA01 corresponde al Diazepam

    La clasificación del primer nivel o grupo anatómico principal queda como se describe en la siguiente tabla.

    A

    APARATO DIGESTIVO Y METABOLISMO

    B

    SANGRE Y ORGANOS HEMATOPOYETICOS

    C

    APARATO CARDIOVASCULAR

    D

    TERAPIA DERMATOLOGICA

    G

    TERAPIA GENITOURINARIA (INCL. HORMONAS SEXUALES)

    H

    TERAPIA HORMONAL

    J

    TERAPIA ANTIINFECCIOSA (USO SISTEMICO)

    L

    TERAPIA ANTINEOPLASICA Y AGENTES INMUNOMODULADORES

    M

    APARATO LOCOMOTOR

    N

    SISTEMA NERVIOSO

    P

    ANTIPARASITARIOS INSECTICIDAS Y REPELENTES

    R

    APARATO RESPIRATORIO

    S

    ORGANOS DE LOS SENTIDOS

    V

    VARIOS

    2- Identificación de las especialidades farmacéuticas, según símbolos del cartonaje y del cupón precinto:

    2.a - Símbolos del Cartonaje:

    El cartonaje lleva una completa información del medicamento que consta de los siguientes campos:

    • Nombre del medicamento y dosis

    • Especialidad farmacéutica

    • Número de unidades

    • Nombre de la empresa farmacéutica

    • Dirección de la empresa farmacéutica

    • Nombre del director técnico

    • Código nacional

    • Composición

    • P.V.P y P.V.P. I.V.A.4%.

    Símbolos del Cartonaje

    Especialidades que requieren receta médica

    Receta de Estupefacientes

    Receta de psicotropos (1): Psicotropos incluidos en el anexo 2 del Convenio sobre sustancias psicotrópicas del 21 de Febrero de 1971.

    Receta de psicotropos (2): Psicotropos incluidos en la lista II, III y IV, del Convenio sobre sustancias psicotrópicas del 21 de Febrero de 1971.

    Caducidad inferior a cinco años

    Condiciones especiales de conservación (Frigorífico)

    EFP

    Especialidad Farmacéutica Publicitaria

    EFG

    Especialidad Farmacéutica Genérica

    EQ

    Especialidad Bioequivalente

    DH

    Especialidad para Diagnóstico Hospitalario2

    ECM

    Especialidad con Especial Control Médico3

    H

    Especialidad de uso exclusivo Hospitalario

    TLD

    Tratamiento de Larga Duración

    2.b - Símbolos del Cupón Precinto:

    Aparte hay otra información adicional adjuntada en el cupón precinto, que posee la información con los siguientes campos:

    • Nombre de la empresa Farmacéutica

    • Código Nacional

    • Nombre del medicamento y su dosis

    • Número de dosis

    • Código de Barras para su identificación

    Símbolos para el Cupón Precinto.

    Cícero (aportación reducida)4

    Diagnóstico Hospitalario5

    3- Receta Médica: Cuerpos de esta, diferentes apartados en la recta, tipos de esta.

    La receta médica es un documento normalizado por el cual los facultativos médicos legalmente capacitados prescriben la medicación al paciente para su dispensación por las farmacias.

    Deben dispensarse con receta médica:

  • Todos los medicamentos de administración parenteral

  • Las fórmulas magistrales

  • Los determinados por el Ministerio de Sanidad y Consumo (Subdirección General de Asistencia y Prestación Farmacéutica).

  • La receta Oficial del SNS para tratamientos ordinarios consta de dos partes:

    • Cuerpo de la receta (original) Ver imagen.

    • Volante de instrucciones al paciente (copia)

    Las recetas TLD constan de una hoja original, tres copias originales y una cuarta hoja que es la destinada a informar al paciente sobre la posología. Cada copia original equivale a un fármaco para cada mes.

    En una receta médica se pueden apreciar los siguientes campos:

    • Datos de identificación del medico (nombre y los dos apellidos)

    • El colegio al que pertenece y el numero de colegiado.

    • Fecha y firma del medico.

    • Nombre, apellidos y fecha de nacimiento del paciente.

    • Numero de identificación de la Seguridad Social del paciente.

    • Nombre del medicamento o especialidad farmacéutica.

    • Posología y duración del tratamiento.

    • Numero de envases y dosificación por unidad.

    • Forma farmacéutica y vía de administración.

    3.a - Requisitos de las recetas:

    Toda receta deberá, ser firmada, fechada y sellada por el farmacéutico para su posterior facturación, tras su dispensación

    Todas las recetas, como cualquier documento legal en el territorio español, tienen unos requisitos de validez (tienen que estar debidamente cumplimentadas, sin presentar enmiendas y tachaduras). A nivel farmacéutico nos interesan dos características.

    • En caso de no incluir la posología o la dosificación, siempre se dispensara el medicamento de menor cantidad y dosificación.

    • Tienen un periodo de validez de diez días tras la prescripción.

    3.b - Tipos de Receta:

    Las recetas siguen un criterio de normalización en todo el territorio español, que no va en perjuicio de las diferencias idiomáticas y de identificación que las Comunidades Autónomas establezcan.

    Deben tener un cuerpo (si es para tratamiento ordinario), o bien cuatro cuerpos (si son TLD) y un volante de instrucciones para el paciente (separable fácilmente y que el paciente no está obligado a mostrar).

    Irán identificadas e impresas en diferente color dependiendo del colectivo al cual vayan dirigidas. Actualmente los modelos de recetas oficiales de la Seguridad Social pueden ser:

    De régimen general (de color verde): El paciente paga el 40%.

    • De régimen pensionista (de color rojo): El paciente no paga nada.

    • Los funcionarios del Estado o Fuerzas Armadas (de color blanco y azul): El paciente paga el 30%

    • Recetas por accidentes laborales (de color azul): El paciente no paga nada.

    Además de estas, existen la “receta blanca” donde el paciente abona la totalidad del producto (no están acogidas a la seguridad social). Esta receta también se da en la medicina privada..

    4- Colectivos que tienen concierto con el MICOF de Valencia.

    Son determinados colectivos que obtienen un descuento especial en la adquisición de los productos de farmacia, a condición de la demostración de pertenencia a ellos. Son empresas y asociaciones que ofrecen esta prestación a sus asociados y/o trabajadores.

    El MICOF (Muy Ilustre Colegio Oficial de Farmacéuticos) de Valencia, ofrece este tipo de ventajas a los siguientes colectivos: AHEFE, Asepeyo, Cyclops, Mutual, Fraternidad, Mutua Valenciana, Ibesmutua, Intercomarcal, Unión Naval de Levante

    1- Dispensación al paciente:

    1.a - Dispensación con Receta y sin Receta:

    La mayoría de los medicamentos, por su potencial tóxico, deben prescribirse bajo receta médica (esté esta financiada o no bajo el Sistema Nacional de Salud), y dispensarse bajo tutela de un profesional sanitario cualificado.

    Ya hemos visto sin embargo que hay medicamentos (los denominados EFP), que no llevan asociado ninguna receta, si bien estos deben darse bajo un especial control sanitario, como aquellos. Ejemplo de estos medicamentos son Pepcid®, Frenadol®, Aerored®, etc...

    1.b- Obligaciones del Farmacéutico y Obligaciones del Paciente.

    Todas aquellas especialidades farmacéuticas que lleven el llevan las siglas EFP deben ir asesoradas por el farmacéutico, mediante su propia experiencia y conocimiento tanto del fármaco de elección, como de aquellas interacciones con otros fármacos o con alimentos que pudiera tener, así como incompatibilidades con determinados procesos fisiopatológicos.

    Aquellas especialidades farmacéuticas que requieran de receta médica se dispensarán siempre que no presenten dudas racionales sobre la validez de la receta, tal como comentábamos en el capítulo referente a éstas. En aquellas recetas que presenten enmiendas, tachaduras, datos incorrectos o incompletos, el farmacéutico tiene la potestad de negarse a la dispensación.

    Por otro lado el paciente tiene la obligación de presentar tanto el DNI como la cartilla de la seguridad social o asegurado y a seguir las recomendaciones del médico y del farmacéutico.

    2.- Pedidos y dispensación de estupefacientes y anotaciones en los libros, tanto sea con receta del SVS, compañías o libre.

    La dispensación normal se rige bajo una serie de normas generales, que detallamos a continuación:

  • Si el cupón precinto lleva el símbolo de cícero se aportará la cantidad fijada que ya comentábamos para la aportación reducida, esto es un 10% del PVP con un máximo de 2.65 €.

  • Las compañías de seguros cubren además de las especialidades farmacéuticas otra serie de artículos, como son algodón, vendas, vacunas antialérgicas, algunas fórmulas magistrales, etc..

  • En cada receta deberá dispensarse tan sólo un envase, efecto accesorio, fórmula magistral o producto galénico, a excepción de los siguientes casos:

      • Antibióticos sistémicos (grupo J01), que podrán dispensarse cuatro envases por vía parenteral, y dos si son de administración oral.

      • Insulinas en viales multidosis de las que se podrán prescribir de uno a cuatro viales (no incluyendo cartuchos multidosis).

      • Somatropina que se podrá prescribir de uno a cuatro viales de 4 UI

      • Especialidades farmacéuticas de Diagnóstico Hospitalario, que podrán prescribirse de uno a cuatro envases siempre y cuando no supere el tratamiento de treinta días.

  • Algunos medicamentos necesitan de un visado6 de inspección para poder ser dispensados. Estos son

      • ECM (Especialidades de Especial Control Médico) en todas las compañías (Consellería de Sanitat, MUFACE, ISFAS, MUGEJU, Ayuntamiento de Alicante).

      • Especialidades de Diagnóstico Hospitalario, en todas las compañías.

      • Especialidades con cupón precinto diferenciado, en todas las compañías.

      • Absorbentes para incontinencia urinaria con cupón precinto, en todas las compañías.

      • Vacunas antialérgicas, únicamente en MUFACE.

      • Medias terapéuticas de comprensión normal, en todas las compañías.

      • Alimentos medicamentos, en todas las compañías con una aportación de 0,45 € en la Consellería de Sanitat y el Ayuntamiento de Alicante, y sin aportación en ISFAS, MUFACE Y MUGEJU.

      • Tiras reactivas, que siguen las mismas características que el apartado anterior.

      • Los medicamentos de uso hospitalario únicamente se pueden dispensar en farmacias bajo recetas de la compañía ISFAS y con un visado especial sin aportación.

    3.- Dispensación de Estupefacientes y Psicotropos, anotación en los libros.

    Como ya comentábamos se realiza con recetas selladas y firmadas por el farmacéutico. Tras su dispensación se debe anotar en el Libro de Control de Estupefacientes (anotaremos las altas y bajas, o entradas y salidas) junto a los datos del médico prescriptor y paciente. Se anota también en el Libro Recetario Oficial. Este proceso se realiza cualquiera que sea la entidad a través de la cual se prescribe con receta.

    Para la dispensación de Psicótropos7 se toma un poco más de cuidado, pues además de exigirse como es natural la receta médica, se comprueba la identidad del paciente. Cuando la receta proviene de una compañía aseguradora el tratamiento no puede exceder de tres meses. El paciente mantiene su receta, pero el farmacéutico hará una copia de la misma, cuñará el original y copia con la fecha del día de la dispensación. En la copia se anota el nombre, datos del paciente (DNI; nº de SS), y datos del médico (nº colegiado y provincia). También se anota el número de Libro Recetario Oficial.

    Cualquier compañía aseguradora prescriptora de psicótropos será incluida en el Libro Recetario Oficial.

    4.- Dispensación de productos de Dietética, Herboristería, Homeopatía, Veterinaria, etc...

    Aquí sí merece la pena destacar que aunque estos productos se dispensan sin receta médica, es labor importantísima por parte del farmacéutico, como un eslabón en el Sistema Nacional de Salud Pública, el informar al paciente de las incompatibilidades derivadas de su uso (y abuso), así como de las contraindicaciones asociadas a muchos de estos productos, dada su actual extensión en otros círculos no profesionales, y la demanda actual que mantienen todos estos productos.

    A este respecto este mismo año el Ministerio de Sanidad y Consumo ha retirado del mercado 118 productos utilizados con estos fines, que se suponían no perjudiciales y que se dispensaban sin control sanitario alguno, y más tarde la Agencia Española del Medicamento ordenaba la retirad de otros 42 productos ilegales vendidos en herbolarios y tiendas de dietética que por su composición deberían estar registrados como medicamentos y no contaban con la perceptiva autorización sanitaria en nuestra propia comunidad. En la imagen se ve la Sede de la empresa de productos alternativos Nutrispain, en Lliria (Valencia). ( EL PAÍS).

    1- Facturación, dias y requisitos de las recetas:

    1.a - Días y requisitos de medicamentos:

    Mediante la facturación el titular de la farmacia obtiene la compensación económica derivada de la prescripción y dispensación de los medicamentos y demás productos de la farmacia. El proceso de facturación debe hacerse mediante un proceso automatizado, que pretende minimizar el error acometido en este proceso.

    La facturación de la farmacia se suele hacer a finales de cada mes, entre el día veintisiete y uno del siguiente mes, dependiendo de cada farmacia. Para realizar la facturación mensual el Colegio Oficial de Farmacéuticos de cada provincia envía con carácter anual un calendario con las fechas de facturación de cada mes.

    El sistema de facturación consiste en agrupar las recetas de cada tipo8 en bloques de veinticinco en una caja, con un máximo de veinte bloques en cada caja. La receta se entrega por códigos y por cuantía económica para su posterior facturación, de manera que junto con las recetas se entrega un listado que presente los códigos del medicamento, precio del mismo, y los datos de la farmacia donde se dispensa.

    En cada uno de estos paquetes se suman los últimos 3 dígitos del Código Nacional del cupón precinto, para su posterior comprobación por parte de la administración, y se sumarán también los PVP-IVA correspondientes al mismo.

    Cada paquete estará grapado con una anotación en la que constará la fecha, número de la farmacia, número de bloque y número resultante de la suma de las tres últimas cifras del Código Nacional.

    De igual manera cada caja con 20 bloques debe ir etiquetada con el número de caja, mes de facturación, número de la oficina de farmacia y número de cajas totales.

    Las cajas se envían junto al impreso de facturación al banco. El impreso de facturación se hace por cuadruplicado, de modo que una copia es para el banco, otra para la entidad del Colegio Oficial de Farmacéuticos, una tercera para Consellería de Sanitat, y la última para el titular de la farmacia.

    Las entregas normales se realizan tres veces al mes, en los días 10, 20 y último de cada mes.

    1.b- Días y Requisitos de efectos, accesorios y compañías:

    El día 10 del mes se facturan distintos tipos de recetas, de efectos y accesorios con cupón precinto en un sobre marrón con letras negras, además también se facturan todos los demás tipo de recetas (de especialidades de régimen general, y de régimen pensionista, de especialidades TLD, de diagnóstico Hospitalario, accidentes Insalud, campaña sanitaria, minuválidos,).

    Las recetas de compañías de Seguro Libre, que tienen convenio con el M.I.C.O.F. de Valencia, se agrupan por entidades en carpetitas amarillas, sumando los PVP y haciendo una relación de todas las entidades en un impreso de Seguro Libre.

    También en este sobre marrón las recetas de fórmulas magistrales y recetas sin precinto oficial , pero en este caso con letras verdes. Para facturar las formulas magistrales y los productos galénicos habrá que cuñar las recetas con el sello 500017.

    Al facturar las recetas de tiras reactivas, leches - alimento de sonda sin cupón precinto normalizado, hay que cuñar con un sello en el que figura VISADOS, el PVP y el número 500033.

    En las recetas de medias de compresión normal, de traqueos, de efectos y accesorios con cupón precinto normalizado y de las sondas de alimentación sin cupón precinto normalizado, se añade el sello VISADOS 40%, PVP y el número 500041.

    En las recetas de vacunas antialérgicas, bacterianas y de venenos por picaduras de insectos, ha de ponerse un sello con la leyenda EXTRACTOS, PVP, y el numero 500009.

    Hoy en día se hacen pedidos telefónicos con carácter excepcional, como son los homeopáticos, parafarmacia, etc..

    2 Los medicamentos de diagnóstico hospitalario que son recetados por el médico de cabecera, deben llevar visado de inspección.

    3 Los medicamentos de especial control médico, también deben llevar visado de inspección y además, se envía un parte a sanidad.

    4 Son los medicamentos de aportación reducida, se debe cobrar el 10% del valor hasta un máximo de 2,65 €, siempre que la adquisición se haga con receta.

    5 En el caso de medicamentos de diagnóstico hospitalario, en el cupón precinto llevan una franja oscura y el triángulo negro en el margen superior derecho.

    6 Las fórmulas magistrales que contengan ácido 13-cis-retinoico por vía oral, ácido acetohidroxámico, u axodrolona también precisan de visado para su dispensación.

    7 Los principios activos psicótropos empleados para elaborar fórmulas magistrales también se anotarán en el libro de Control de Estupefacientes.

    8 Según régimen general, de pensionistas o de accidentes laborales (estas últimas mucho menos frecuentes)

    Programa de Prácticas Tuteladas en Oficina de Farmacia

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    Enviado por:Segundo José
    Idioma: castellano
    País: España

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