Gestión Administrativa


Modalidades de contratos


Tema 2. Modalidades de contratos

1. Concepto de contrato

_Acuerdo entre el empresario y el trabajador. El trabajador presta un servicio al empresario a cambio de una retribución.

2. Elementos del contrato

_Tiene que cumplir una forma determinada y constar de unos elementos esenciales para que tenga validez. Además debe registrarse en la oficina del INEM.

  • El consentimiento: representa la concurrencia de voluntades entre ambas partes, la manifestación de la voluntad libre y sin engaño o fraude de la firma del contrato.

  • El objetivo del contrato: hace referencia a las obligaciones de las partes y establece qué prestaciones se van a llevar a cabo.

  • La causa del contrato: es la razón real por la que se pacta la fuerza del trabajo a cambio de un salario.

3. Características y formalización

QUIEN PUEDE CELEBRAR UN CONTRATO DE TRABAJO

_Mayores de edad

_Extranjeros de acuerdo con la legislación aplicable

_Menores de edad emancipados legalmente

_ Menores con 16 y 17 años:

- Emancipados - Con autorización de padre, madre o tutor.

_Como norma general, los contratos por tiempo determinado cuya duración sea superior a cuatro semanas deberán constar siempre por escrito. No obstante, hay que indicar que la legislación establece excepciones, en las que el contrato tiene que hacerse de forma escrita:


  • En prácticas y para la formación.

  • A tiempo parcial.

  • Fijos-discontinuos y de relevo.

  • Trabajo a domicilio.

  • Por obra o servicio determinado.

  • Trabajadores contratados en España al servicio de empresas españolas en el extranjero.

  • Siempre y cuando lo exija una disposición legal.


4. Contenidos mínimos del contrato

_El contrato de trabajo, que tiene que ser firmado por ambas partes y registrado en la oficina del INEM en el plazo máximo de diez días, debe contener los siguientes contenidos mínimos:


  • Tipo de contrato.

  • Fecha de comienzo y fin, si es el caso.

  • Categoría profesional a la que pertenece el contratado.

  • Jornada laboral: duración y distribución.

  • Periodo de prueba, si cabe.

  • Domicilio social de la empresa o del empresario.

  • Centro de trabajo.

  • Retribución.

  • Distribución de las vacaciones.

  • Plazo de preaviso en caso de rescindir la relación laboral.

  • Convenio colectivo aplicable al sector.

  • Fecha y lugar de la firma


5. Obligaciones de la empresa

_El derecho a información del trabajador implica una serie de obligaciones para la empresa: comunicar a la oficina de empleo las prórrogas de los contratos, cualquier variación de datos, etc.

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA EN RELACIÓN AL CONTRATO

Con los representantes de los trabajadores.

Con el servicio público de empleo.

Copia básica del contrato de trabajo.

  • Registro del contrato en el INEM en un plazo máximo de diez días.

  • Copia básica firmada por los representantes de los trabajadores, si los hubiere.

Cuatro ejemplares del contrato:

  • Original que guarda la empresa. - Copia para la oficina de empleo.

  • Copia básica para los representantes de los trabajadores. - Copia para el trabajador.

6. Tipos de contratos

MODALIDADES DE CONTRATO

Indefinidos

Temporales

A tiempo parcial

Especiales

  • Ordinarios

  • Bonificados

  • Formativos: de formación y de practicas

  • Duración determinada - Relevo

  • Sustitución - Interinidad

  • En grupo

  • A domicilio

  • Puesto a disposición

7. Contratos indefinidos

_Se trata de aquellos contratos que carecen de ficha de finalización. En determinadas circunstancias generan bonificaciones.

_Los tres tipos de contrato indefinido que debes conocer son:

Tipo

Características

Contrato indefinido

Es el contrato de trabajo ordinario. No da derecho a bonificaciones.

Contrato de fomento de la contratación indefinida

Da lugar a bonificaciones que van desde 500 a 3200 euros dependiendo del colectivo inicialmente contratado.

Contrato indefinido fijo-discontinuo

Para trabajos fijos-discontinuos que no se repiten en fechas. Siempre por escrito según el modelo oficial. Debe contener: duración estimada de la actividad, forma y orden de llamamiento al trabajador y jornada laboral estimada con una distribución horaria. Está bonificado si se suscribe con alguna de las personas del colectivo que entra en el plan de fomento.

8. Contratos formativos

En practicas

Para la formación

Requisitos

Titulación oficial obtenida en los últimos cuatro años o seis, si es un discapacitado.

  • Personas entre 16 y 21 años sin titulación.

  • Límite de 24 años para desempleados que se incorporen como trabajadores-alumnos a los programas de escuelas taller y casas de oficios.

  • No hay límite de edad si se trata de incorporaciones a talleres de empleo o de personas con discapacidad.

  • No haber desempeñado el puesto para el que se le contrata por tiempo superior a doce meses.

Duración

Mínimo de seis meses y máximo de dos años.

Jornada

A tiempo completo o parcial.

A tiempo completo. El 15%, como mínimo, destinado a formación teórica.

Retribución

Como mínimo, el 60% del salario fijado por convenio para un trabajador que desempeña las mismas funciones durante el primer año y el 75% durante el segundo año.

El salario mínimo interprofesional (SMI), como mínimo.

9. Contratos temporales

Contratos temporales

Eventual por circunstancias de la producción

Por obra o servicio determinado

Interinidad

Sustitución de la edad de jubilación

Relevo

Objeto

Forma

Duración

Eventual por circunstancias de la producción

Responder

a las exigencias del mercado.

  • Jornada completa o parcial.

  • Cabe la posibilidad de realizarlo de forma verbal si la duración es menor que cuatro semanas.

  • Mínimo de seis meses en un periodo de doce.

  • El convenio colectivo puede establecer un máximo de trece meses y medio dentro de un periodo de referencia de dieciocho meses.

A la finalización del contrato, se tiene derecho a una indemnización mínima de ocho días de salario por año trabajado.

Por obra o servicio determinado

Realizar una obra o servicio determinado dentro de la actividad empresarial.

  • Jornada completa o parcial.

  • Por escrito. Tiene que indicar la razón de suscribirlo.

La necesaria para llevar a cabo la obra o servicio.

Si se realiza por tiempo inferior a un año, no hay necesidad, salvo pacto, de preaviso de la finalización del contrato.

Interinidad

Sustituir a un trabajador con derecho a reserva del puesto de trabajo.

  • Jornada completa o parcial.

  • Por escrito: tiene que indicar qué funciones se van a llevar a cabo, qué puesto y de quién va a cubrir, así como el carácter de la contratación.

Durante el tiempo que persiste el derecho a reserva del puesto del trabajador sustituido.

No hay necesidad, salvo pacto, de preaviso de la finalización del contrato.

Objeto

Forma

Duración

Sustitución por anticipación a la edad de jubilación

Contratar a trabajadores desempleados en sustitución de trabajadores que anticipen su edad de jubilación de sesenta y cinco a sesenta y cuatro años.

Por escrito y constando el nombre del trabajador que se sustituye.

Mínimo un año.

La empresa puede realizar cualquier tipo de contrato con este fin, excepto el de tiempo parcial y el eventual por circunstancias de la producción. Dependiendo de la modalidad escogida, genera derecho a la indemnización de ocho días de salario por año prestado.

Contrato de relevo

  • Contratar a trabajadores desempleados para sustituir a trabajadores que acceden de forma parcial a la pensión de jubilación.

- El derecho a pensión está condicionado a que el trabajador por cuenta ajena tenga al menos sesenta años y reúna las condiciones exigidas.

-Jornada completa o parcial.

  • Por escrito.

  • La duración de la jornada es como mínimo, igual a la reducción entre un 25% y un 85%.

  • El horario de trabajo del relevado podrá completar el del sustituido o simultanearse con él.

El puesto de trabajo del relevista puede ser el mismo que el del sustituido o uno similar. Al finalizar el contrato el trabajador tiene derecho a la indemnización de los ocho días.

10. Contratos a tiempo parcial

_Se trata de los contratos de trabajo que se suscriben durante un número de horas al día, a la

semana, al mes o al año inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable.

Duración

Forma

  • Puede realizarse de manera continuada o partida.

  • No se permite la realización de horas extras.

  • Cabe pactar la realización de horas complementarias.

  • Por escrito e indicando para que sea válido: número de horas ordinarias de trabajo al día, a la semana, al mes o al año contratadas y su distribución.

  • Por tiempo indefinido o duración determinada.

Contratos a tiempo parcial

Para sustituir a trabajadores con derecho a reserva de puesto

Por obra o servicio determinado

  • Circunstancias del mercado.

  • Acumulación de tareas.

  • Exceso de despidos.

Relevo

En prácticas

12. Modalidades especiales de contratos

Contrato de trabajo en grupo

Contrato a domicilio

Características

  • Se concierta entre la empresa y el jefe de un grupo de trabajadores considerado en su totalidad.

  • El jefe de grupo ostenta la representación de trabajadores.

  • El empresario solo puede ejercer sus derechos y obligaciones con el jefe de grupo.

  • La actividad se realiza en el domicilio del trabajador o lugar elegido libremente por este.

  • No hay vigilancia del empresario.

  • Puede concertarse con cualquier trabajador.

  • El salario es el mismo que el de otro trabajador de categoría profesional equivalente.

  • Derecho de la indemnización de los ocho días a la finalización.

Forma

Verbal o escrito.

Por escrito. Tiene que constar el lugar donde se prestan los servicios.

Duración

Por tiempo indefinido o determinado.

DURACIÓN DEL CONTRATO DE PUESTA A DISPOSICIÓN

Por eventualidades en el mercado (circunstancias de la producción)

Para cubrir un puesto de trabajo (por selección o promoción)

  • En casos de sustitución de trabajadores con derecho a reserva.

  • Con motivo de una obra o servicio determinado.

12 meses

3 meses

Mientras subsista la causa que lo motiva.

CONTRATO DE TRABAJO

Concepto

Formalización

Periodo de prueba

Elementos

  • Consentimiento

  • Objeto - Causa

Escrito

  • Contratos de más de 4 semanas

  • Formativos - A tiempo parcial

  • Fijos discontinuos y de relevo

  • Trabajo a domicilio

  • Por obra o servicio determinado

  • Siempre y cuando lo diga la ley

Por escrito

Capacidad para contratar del empresario

  • Titulados: 6 meses

  • No titulados: 2 meses

  • Empresas con menos de 25 empleados: 2 meses

TIPOS DE CONTRATOS

Indefinidos

  • Ordinarios

  • De fomento

  • Fijo-discontinuo

Duración determinada

- Eventual por circunstancias de la producción

- Por obra o servicio - Interinidad

- Sustitución por anticipación de la jubilación

- Relevo

A tiempo parcial

Formativos

  • Para la formación

  • En prácticas

4 ejemplares del contrato

- El original para la empresa - Una copia para el interesado

- Una copia para el INEM - Una copia básica para los representantes de los trabajadores

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Enviado por:Litxa
Idioma: castellano
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