Economía y Empresa


MERCOSUR (Mercado Común del Sur)


INDICE:

Origen de MercoSur, antecedentes.

Origen de Mercosur.

Situación actual.

Aspectos institucionales de MercoSur.

Comercio entre los países socios de MercoSur.

Derechos de importación

Restricciones no arancelarias.

Zonas francas

Comercio con terceros

Arancel externo.

Política comercial común.

Acuerdos con Aladi

5- Bibliografía.

1.- Origen y primeros pasos de MercoSur.

La idea de crear acuerdos sólidos entre Argentina y Brasil era una idea con historia, pero por diversas circunstancias no concretada. En l985 los dos gobiernos, los primeros libremente electos después de períodos con ausencia de democracia, enfrentaban la necesidad de reorientar sus economías.

El enorme peso de la deuda externa contraída en los años anteriores, la falta de nuevos créditos, la necesidad de hacer grandes inversiones para modernizarse y para competir en el mundo, llevó a comprender que este proceso de reconversión y expansión tendría más ventajas si era encarado en forma conjunta.

Sobre esta base a fines de l985 los Presidentes Alfonsín de Argentina y Sarney de Brasil, ratifican la voluntad de encarar el futuro en conjunto y con ello crean el marco político para que se exploren caminos de acuerdo.

Argentina desarrolla su idea de una “asociación preferente” con Brasil e invita en febrero de l986 a representantes de ese país a una reunión privada, sin compromisos, para discutirla. Una quinta privada en Don Torcuato sirve para dos días de discusiones en un clima de exploración y cambio libre de ideas.

Unas pocas semanas después, es Brasil quien invita a una reunión de similares características, también en una residencia no oficial, en Itaipava, dando su respuesta favorable a la idea argentina y comenzando a diseñarse las características del acuerdo.

Una idea central era que este acuerdo debía servir no para cerrarse sobre sí mismos sino para dar mayores oportunidades para que las economías de los dos países y, en definitiva el conjunto, saliera a integrarse al mundo. La idea de un acuerdo económico y político de esta naturaleza creaba escepticismo y dudas. Escepticismo, porque los países venían, como otros de América Latina, de una experiencia de acuerdos no exitosos o de resultados muy limitados como fueron la ALALC (Asociación Latinoamericana de Libre Comercio) integrada por 11 países en los años 70 y su sucesora -aún existente- la ALADI (Asociaciones Latinoamericanas de Integración) lanzada en los años 80. Dudas, porque en l986, salvo la excepcional experiencia de la Comunidad Económica Europea, no había otras experiencias de integración relacionadas con economías relativamente desarrolladas o de desarrollo intermedio. En l986 no existía el acuerdo entre Estados Unidos y Canadá, menos aun por supuesto el Nafta que une estos dos países con México, e incluso la CEE (Comunidad Económica Europea) pasaba por momentos difíciles.

En ese sentido los acuerdos de Argentina-Brasil, que juntos representan el 95 % de la influencia dentro de lo que desde l990 es el Mercosur, fueron pioneros de lo que se denomina regionalismo abierto, es decir integrarse para, a su vez, relacionarse mejor con la economía internacional.

Se concreta el acuerdo

La declaración de Foz de Iguazú de diciembre de l985 comprometía a que hacia mediados de l986 se presentase un informe con las prioridades para la cooperación. En lugar de un informe lo que los negociadores presentan es un esquema completo y avanzado de integración y el 29 de julio de ese año se firma el Acta para la Integración Argentino-Brasileña . El acuerdo formal se firma así después de unos pocos meses de muy intenso trabajo, negociaciones y convencimiento interior de cada uno de los dos gobiernos y de los dos países.

El diseño del acuerdo comprendió algunos principios generales como fueron:

i) la economía moderna y competitiva exigía ciertas especializaciones para aprovechar mejor las escalas (tamaño) de la producción, las ventajas naturales o los recursos humanos que cada uno de los países tenía, pero debía ser una integración moderna donde estas especializaciones no significaran que un país creciera en materia industrial quedando al otro el papel de proveedor de bienes agrícolo-ganaderos. Es decir se rechazaba la idea de una especialización inter-sectorial.

Por el contrario se proponía expresamente que la integración y especialización fuera dentro de cada uno de los sectores, es decir debía ser intra-sectorial, asegurando que cada uno de los países desarrollara plenamente las diferentes ramas de la industria y del sector agropecuario, especializándose en algunos productos dentro de cada una de ellas.

II) El acuerdo debía ofrecer beneficios simétricos para los dos para lo cual debía haber mecanismos flexibles, graduales y progresivos.

A partir de allí y en sucesivas reuniones se fueron firmando diversos Protocolos Sectoriales que abarcaron tres grandes campos:

· el del aumento del comercio, reduciendo impuestos y comprometiendo abastecimiento

· el de la reconversión industrial conjunta de industrias existentes como el de los sectores de producción de máquinas, el de automotores o el de siderurgia. Así como el carbón y el acero fueron en los años `50 los sectores claves de la integración europea, las industrias de producción de máquinas y equipamiento fueron elegidos como el núcleo de esta nueva integración.

· el de desarrollo de sectores nuevos o incipientes como el de la informática, biotecnología, comunicaciones o de colaboración en materia de uso pacífico de la energía nuclear.

Nace el Mercosur

Los compromisos de l986 se profundizan con un tratado aun más amplio en l988 y finalmente el éxito obtenido por los acuerdos de integración entre Argentina y Brasil, así como el tratamiento especial que ambos países le dieron durante este lapso a Uruguay, lleva a que en l991 se firme el Tratado de Asunción que agrega al proyecto integrador como miembro pleno a Uruguay e introduce por primera vez a Paraguay. Estos cuatro países adoptan además formalmente para el acuerdo de integración la denominación de Mercosur (Mercado Común del Sur).

Junto con la ampliación del tratado se acortan los plazos de integración interna, reduciendo el grueso de los impuestos al comercio entre los países al cero por ciento en cuatro años y se le da a esta rebaja gradual un cronograma automático. La reducción de aranceles (impuestos al comercio) pasan así a tener más peso que la combinación de políticas de tipo sectorial y rebaja de aranceles.

Cuando el proyecto comenzó, el comercio entre los socios (los países) era menor a los 2.000 millones de dólares. A fines de l994 (ocho años y medio después de iniciado) el comercio era ya de casi 12.000 millones habiéndose multiplicado por seis. En pocos años más, hacia inicios del siglo próximo el comercio interno será del orden de 30.000 millones de dólares y al mismo tiempo se habrán creado mejores condiciones de competencia comercial en y con el resto del mundo.

Por sobre los datos económicos hay además un profundo cambio cultural. La comprensión de la importancia de destinos comunes y en lo económico de las ventajas de trabajar juntos.

Ambas economías prácticamente se habían ignorado hasta ese momento. Por sorprendente que parezca después de más de 120 años de vecindad, recién en l987 se realiza la primera exposición de productos industriales argentinos en Brasil. Por supuesto la cercanía geográfica no cambió de manera sustancial, pero la percepción de vecindad -que es un hecho cultural- fue total y positivo.

1.2.- En la actualidad.

Empezamos a trabajar en busca de "un análisis cuantitativo del impacto que el mercosur va a tener en la economía brasileña y los flujos de comercio de Brasil", hace unos cuatro meses, y cuando terminamos de escribir el trabajo, tuve la impresión de que el mercosur se iba a terminar también. Pero felizmente creo que las tendencias para la integración son tendencias muy fuertes en América Latina, incluso especialmente entre Brasil y Argentina. Los países están demostrando una gran madurez en el proceso, a pesar de los conflictos que puedan surgir el proceso de integración entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay parecen estar en el camino correcto.

Por el momento dejaremos de lado las cuestiones macroeconómicas, sólo vamos a mirar los efectos que el cambio de tarifas del Mercosur genera en la economía de los cuatro países que lo integran.

Algunos datos nos pueden ayudar mejor a situar lo que es el MERCOSUR:

  • El Producto Bruto está alrededor de 60 o 50 mil millones de dólares, en 1993.

  • La población es de unos 200 millones de habitantes,

  • El ingreso per cápita del orden de 3.400/3.500 dólares promedio de los cuatro países.

Es importante señalar que las economías, en particular, las de Argentina y Brasil son todavía muy cerradas. Y es a partir de éstas economías que comienza el proceso de apertura comercial. La participación del comercio en el PBI del Mercosur , en 1993 estaba alrededor del 14 - 15 %.

Gracias a las tentativas de integración que se hicieron en el pasado, hoy el MERCOSUR es esencialmente distinto. En el pasado los bloques económicos en América Latina se estaban formando en función de lograr la sustitución de importaciones, es decir, se buscaba crear un bloque cerrado. Hoy el MERCOSUR no sólo intenta abrir el comercio entre sus países miembros sino también con el resto del mundo, a través de la tarifa externa común. Esta tarifa significa una desprotección bastante grande al sector industrial nacional de los cuatro países.

En cuanto a los problemas macroeconómicos, éstos estuvieron presentes desde la década del 80' , incluso el MERCOSUR fue negociado en esa inestabilidad. Por ello si bien éstos van a dificultar el proceso de profundización de la integración, los cuatro países han demostrado que la entienden y la pueden manejar.

Un ejemplo reciente de ésta capacidad la han demostrado Argentina y Brasil con el problema de la industria del automóvil.

Hay todavía una larga lista de excepciones con su trayectoria de convergencia, tanto en el área de libre comercio como en la unión aduanera. A pesar de ello es en el área comercial donde se registraron los mayores progresos integrativos.

Las negociaciones en el área laboral y en el área fiscal también han registrado importantes avances. Los esfuerzos se centran en la reforma de tarifas del arancel externo único y en el tema de la zona de libre comercio entre los cuatro países miembros.

Brasil hizo una reforma tarifaría y arancelaria desde 1990, antes del Mercosur. Las redujo de un promedio del 32% a un 14% entre 1990 y 1993. Esto independientemente del Mercosur es parte de un proceso de Brasil que busca integrar su economía a la economía internacional.

Entonces, los impactos que estamos estimando consideran no sólo la reforma de tarifas del Mercosur sino también los producidos por la reforma promovida por Brasil a fines de 1994.

El crecimiento del comercio entre Argentina y Brasil es extremadamente elevado si consideramos que en 1980 era de 3 millones de dólares y en 1994 fue de 10 mil millones de dólares.

Las exportaciones del Brasil hacia el Mercosur rondan en un 14%, es decir, casi el total de su capacidad exportadora. El mayor pasivo de Brasil es la Unión Europea que tiene un 27%, el segundo pasivo de Brasil es la AIA que tiene un 22%. En el período 94-91 las exportaciones brasileñas hacia el Mercosur crecieron un promedio de 37% al año, para Europa, por ejemplo, crecieron solo un 6,5% y para EE.UU un 12,5%.

Son números bastantes expresivos de los crecimientos que uno observa en respuesta a los cambios que empezaron ahora. Por supuesto que Argentina es para Brasil el mercado más importante dentro del Mercosur. De hecho el 70% de las exportaciones se dirigen hacia éste país. Estas crecieron un 40% al año en el período 91-94, mientras que hacia Paraguay crecieron un 29% y otro tanto hacia el Uruguay.

Se ve claramente que el interés comercial de Brasil está puesto en la Argentina, es por ello que le interesa tanto la integración con éste país. Creo que eso explica que cuestiones como la de los automóviles sean sumamente importantes para los dos países.

Si uno examina los datos de la Balanza comercial de Brasil con los países del Mercosur se verá que ésta es favorable desde 1992 cuando se registró un crecimiento de 1.8 millones de dólares, en 1993 creció un 2 millones de dólares y cayó en 1994 a 1.2 millones de dólares.

Este superávit con el Mercosur cayó porque pasó a realizarse con los EE.UU, en respuesta a la Iniciativa de las Américas, el área de libre comercio del continente Americano. Si ésta iniciativa se muestra concreta para los países que están en el proceso, es posible que el interés por el Mercosur disminuya y el interés de los países se concentre en el área de libre comercio con América. Si eso sucede, puede ser un error porque si bien el Mercosur es un bloque relativamente pequeño desde el punto de vista mundial, es un primer paso para que se integre en la economía mundial. Por esos sería muy interesante que en el momento de creación del área de libre comercio con EE.UU, mercosur este con las cuestiones fundamentales resueltas.

2.- ASPECTOS INSTITUCIONALES DE MERCOSUR.

Las instituciones que controlan mercosur están formadas por los representantes que los propios designan los cuales actúan regularmente siguiendo instrucciones gubernamentales. En lo que respecta a los órganos institucionales, el MERCOSUR tiene diversos niveles de decisión de carácter presidencial, ministerial o técnico según la naturaleza de los problemas a tratar.

Cada país aplica en las deliberaciones su estrategia nacional en defensa de sus intereses propios, procurando así mismo impulsar la empresa común de desarrollar y fortalecer la unión aduanera recientemente establecida.

El ejercicio de esta actividad supone a su vez, una concertación permanente en el plano nacional de apoyos técnicos por áreas de especialización, consultas orgánicas con los sectores privados involucrados y la orientación política de las negociaciones gubernamentales.

Las decisiones del gobierno de mercosur serán publicadas en el Boletín Oficial del MERCOSUR íntegramente, en español y portugués, las Decisiones del CMC, las Resoluciones del GMC, las Directivas de la CCM y de los laudos arbitrales de solución de controversias, así como cualquier acto al cual el CMC o el GMC entiendan necesario atribuirle publicidad oficial, con el objetivo de hacer mas accesible al ciudadano la idea de mercosur.

El MERCOSUR desde el 1 de enero de 1995 se encuentra en un grado de integración comúnmente llamado Unión Aduanera. Ocurre que este mecanismo supone que los Estados Partes eliminan todas las trabas arancelarias y para- arancelarias al comercio recíproco y adoptan un arancel externo común frente a terceros países.

Los Estados Partes del MERCOSUR negociaron lo que se dio a llamar un Régimen de Adecuación por el cual algunos productos en el comercio entre los cuatro países por un tiempo continuarán pagando aranceles. Asimismo, existe las Listas de Excepciones al arancel externo común para un grupo de productos específicos. O sea hay productos que importamos de la zona extra-MERCOSUR que por un tiempo pagarán un arancel distinto al común.

Organos que integran el gobierno de mercosur.

I - Consejo del Mercado Común (CMC), órgano superior al que incumbe la conducción política del proceso de integración y la toma de decisiones para asegurar el cumplimiento de los objetivos establecidos por el Tratado de Asunción y para alcanzar la constitución final del Mercado Común.

II - Grupo Mercado Común (GMC), órgano ejecutivo del MERCOSUR.

III - Comisión de Comercio del MERCOSUR (CCM), órgano encargado de asistir al Grupo Mercado Común, y le compete específicamente velar por la aplicación de los instrumentos de política comercial común.

IV - Comisión Parlamentaria Conjunta (CPC), órgano representativo de los parlamentos de los países del MERCOSUR.

V - Foro Consultivo Económico y Social (FCES), órgano de representación de los Sectores económicos y Sociales.

3.- COMERCIO ENTRE SOCIOS.

3.1- Derechos de importación.

Se han acordado listas de productos en que cada país los mantiene por un tiempo, sujetos a derechos o gravámenes de importación. Estas listas son diferentes en cuanto a su contenido tanto de tipo de productos como de cantidad de los mismos. En este último aspecto y expresado en cantidad de posiciones arancelarias del Arancel Externo Común del MERCOSUR, son menores las de Argentina y Brasil (221 y 28 respectivamente) y mayores las de Paraguay (272 y 950 respectivamente).

Mecanismo de derechos de importación:

Argentina y Brasil otorgan una rebaja inicial a partir del 1ro. de enero de 1995, luego una rebaja del 25% desde enero de 1996, se incremento la rebaja al 50% a partir de enero de 1997, aumento al 75% desde enero de 1998, llegando al 100% al 1ro. de enero de 1999.

Para Paraguay y Uruguay el sistema es similar pero corrido un año. Es decir que la rebaja inicial comenzó el 1ro. de enero de 1996 y las sucesivas al 25%,50% y 75% se produjeron a partir de enero de 1997, enero de 1998 y enero de 1999, respectivamente, llegando al 100% a partir del 1ro. de enero del año 2000.

Este sistema se denomina "Régimen de Adecuación Final a la Unión Aduanera" y las rebajas se aplican a partir de la tarifa nominal total de cada país, vigente al 5 de agosto de 1994. Ningún otro gravamen arancelario o para- arancelario podrá aplicarse sobre los productos integrantes de este Régimen.

Los países del MERCOSUR, tienen la facultad por decisión unilateral, durante el período de vigencia del Régimen de Adecuación Final a la Unión Aduanera, de retirar productos de sus listas así como de reintroducirlos en las mismas. Los productos que se retiran, pasan a gozar al ingresar a su territorio aduanero de una exoneración total de su tarifa nacional vigente. En cuanto a los que sean reintroducidos, su importación recibirá el tratamiento arancelario que le corresponda según la fecha en que ello se produce, en estricta conformidad con el cronograma de incremento de rebajas arancelarias antes comentado.

Los países pueden recurrir al procedimiento hasta tres veces por cada ítem arancelario, tanto con referencia a la reintroducción de productos, al margen de preferencia del cronograma, como al retorno a las cuotas originales.

Estas modificaciones entraron a regir según los casos, el 1ro. de enero, 1ro. de mayo o 1ro. de setiembre de cada año, mientras este en vigencia el Régimen de Adecuación.

A tales fines las decisiones deben ser comunicadas a los países, con anterioridad de treinta días si se trata de retirar productos, aumentar cuotas o anticipar profundización de rebajas arancelarias, o de sesenta días si se trata de reintroducir productos, aplicar cuotas originales o retornar al nivel arancelario establecido en el cronograma.

Los derechos de aduana

La eliminación de los derechos de aduana es sin duda una enorme simplificación. No obstante, subsisten razones por las cuales es necesario cumplir algunas formalidades y abonar ciertos impuestos en el momento de cruzar las fronteras. Un caso que permite comprenderlo claramente es el de la tributación del IVA. Mientras no se llegue a una armonización impositiva considerable, cada país conserva su propio esquema de IVA, con tasas, exoneraciones, etc., diferentes en cada país. Una manera de asegurar la equidad en el comercio consiste en descargar a los productos que son exportados del IVA del país de origen y pasar a cargarlos con el IVA del país de destino. Así, todos los bienes similares vendidos en, por ejemplo, el mercado uruguayo tienen incorporado el mismo IVA (igual tasa, sistema,etc.) en lugar de tener unos incorporado el IVA uruguayo, otros el brasileño y así sucesivamente. Algo similar existe en relación a impuestos internos como el IMESI.

Esto nos permite concluir que, a pesar de la importantísima simplificación que significa eliminar los derechos de aduana, las mercaderías continuarán cumpliendo ciertas formalidades y abonando ciertos tributos al atravesar las fronteras internas del MERCOSUR.

3.2- Restricciones arancelarias.

El acuerdo por el que se instituye el MERCOSUR, dispone que las restricciones no arancelarias deben ser eliminadas. A tal efecto los países miembros deberían declarar sus restricciones, en las Notas Complementarias al acuerdo de complementación..

Este Acuerdo se firmó el 29 de noviembre de 1991, le correspondió el Nro. 18 en el registro de la Secretaría General de la ALADI y en el los cuatro países declararon sus restricciones no arancelarias que debían eliminarse al 31 de diciembre de 1994.

En la actualidad y sin perjuicio de las restricciones declaradas por los países, en análisis realizados por diversos subgrupos de trabajo del Grupo Mercado Común (Organo Ejecutivo del MERCOSUR), se detectó un considerable número de medidas no arancelarias que los países tenían además en vigor. Su análisis permitió establecer dos grupos: las que eran restrictivas y las que no lo eran. En base a ello se determinó por un lado las que debían ser eliminadas y por otro lado las que debían ser armonizadas. Todo ello debía concluirse al 31 de diciembre de 1994. Merece destacarse que también a dicha fecha, debían eliminarse y armonizarse las restricciones no arancelarias a las exportaciones.

3.3.- Zonas francas.

Salvo decisión en contrario, las zonas francas deberán pagar el Arancel Externo Común que corresponda o el arancel nacional vigente del país que importa, para el caso de productos excepcionados transitoriamente de la aplicación de dicho Arancel Externo.

Existen zonas francas exceptuadas del régimen general de mercosur, Las áreas aduaneras especiales existentes en Manaos (Brasil) y Tierra del Fuego (Argentina), constituidas en razón de su particular situación geográfica, podrán funcionar bajo el régimen con que lo venían haciendo, hasta el año 2013. Ello significa que los productos podrán ingresar a los países respectivos, pero en caso de hacerlo hacia otros países del MERCOSUR, deberán pagar el Arancel Externo Común.

La solución general adoptada equivale a considerar a los bienes elaborados en las zonas francas de la misma manera que a los bienes producidos en otros países. Esto significa dejar de lado la posibilidad de incentivar la incorporación de valor agregado local y la compra de insumos producidos localmente. No se estimula entonces lo que a veces se ha denominado "efecto de arrastre" sobre la economía local, que ocurre cuando la instalación de una actividad en zona franca fortalece el empleo y la utilización de servicios e insumos como consecuencia de contrataciones en el área vecina a la zona franca.

Por otra parte, en el contexto de la negociación hay que tener en cuenta que las legislaciones de Argentina y Brasil en general prohiben el ingreso a sus respectivos territorios aduaneros de los bienes producidos en zonas francas.

El hecho de que no prosperara la intención de hacer esta norma extensiva al conjunto del MERCOSUR, constituye un elemento ciertamente favorable a las posibilidades de desarrollo de las zonas francas.

En cuanto a la diferenciación en el tratamiento para las áreas especiales de Manaos y Tierra del Fuego, ella resulta del reconocimiento de normas constitucionales en el caso de Brasil, y está limitada en el tiempo hasta el año 2013.

4.- COMERCIO CON TERCEROS.

4.1- Arancel externo.

El arancel externo común (en adelante AEC) es una condición necesaria para que el MERCOSUR pueda convertirse en un único territorio aduanero. Un territorio aduanero unificado hace posible la libre circulación de las mercaderías, facilitando enormemente los intercambios y permitiendo que se manifiesten las ventajas de la especialización utilizando lo mejor posible las potencialidades de cada empresa.

Esencialmente, el empleo del AEC posibilita obtener el mismo tipo de ventajas que dentro de un país se obtienen al no erigir barreras al comercio entre departamentos o provincias. El hecho mismo de que casi nunca los países optan por colocar estas barreras en el interior de su territorio, pone en evidencia las ventajas de tener un AEC, siempre que su nivel y estructura puedan servir equitativamente a los intereses de todos los países involucrados.

Los Aranceles se ubican entre el 0% y el 20%. de forma transitoria, los países del MERCOSUR tienen derecho a establecer excepciones a ese Arancel aplicando el propio. Es así que Argentina, Brasil y Uruguay pueden mantener hasta el 1ro. de enero de 2001 un número máximo de 300 ítem arancelarios de la Nomenclatura Común del MERCOSUR, y en el caso de Paraguay ascienden a un máximo de 399 hasta el año 2006.

Hay plazo hasta el 30 de abril de 1995, para completar las listas de convergencia de bienes de capital y de excepciones al Arancel Externo Común.

Existen excepciones al arancel externo de mercosur ya que los bienes de capital (maquinarias) e informática y telecomunicaciones tienen un arancel externo común de 14% y 16%, respectivamente. Los países del MERCOSUR, partiendo de los aranceles nacionales, establecieron un mecanismo de convergencia hacia esos niveles, en forma lineal y automática.

4.2- Política comercial común.

Cuando el acuerdo general establece el carácter común de la política comercial externa en su artículo 1er, lo hace en la misma frase en la que menciona al arancel externo común. Ello es lógico porque para constituir un espacio económico unificado es necesario conformar un mismo territorio aduanero -lo que permite gozar de las ventajas de la libre circulación de mercaderías- y para ello son esenciales que sean comunes a los cuatro países tanto el arancel externo como la política comercial externa. De poco valdría alcanzar un arancel externo común si por la vía de las demás medidas de política comercial se permitiese la existencia de diferentes condiciones de acceso a los productos de fuera del MERCOSUR según el lugar de ingreso de los mismos. Ello llevaría a la no integración del espacio económico unificado que se pretende construir, de la misma manera que se fragmentaría el espacio económico nacional si existieran, por ejemplo, prohibiciones a la importación en la aduana de Colonia pero no en la de Montevideo.

Así mismo se considera “Dumping” o competencia desleal cuando se verifica la existencia de competencia en condiciones desiguales y contrarias a las disposiciones existentes en la materia. En general, ello puede ocurrir cuando el producto recibe subsidios en el país de origen o cuando existe una política empresarial tendiente a vender a precios artificialmente bajos hasta eliminar la competencia.

Los países socios acordaron, respecto de las practicas desleales de comercio, que para las mercaderías originarias en terceros países, la Resolución Nro. 108/94 del Grupo Mercado Común instruye a la Comisión de Comercio a presentar al Grupo Mercado Común, antes del 31.3.95, un proyecto de Reglamento Común sobre Prácticas Desleales de Comercio Extra-Zona y un Reglamento Común de Salvaguardia frente a terceros países.

En cuanto al comercio intraregional, Se tomó en consideración que al no haberse perfeccionado todavía la Unión Aduanera, aún existen condiciones para que produzcan distorsiones en algunos precios. Por lo tanto la Resolución Nro. 129/94 del Grupo Mercado Común prorroga la vigencia del "Procedimiento de Intercambio Informativo para casos de Dumping" por importaciones provenientes de alguno de los países integrantes del MERCOSUR, que figura anexo en la anterior Resolución Nro. 63/93 del Grupo Mercado Común.

Este procedimiento, se llevará a cabo ahora a través de la Comisión de Comercio y se realizará de acuerdo a las legislaciones vigentes en los países. Las consultas entre los Estados Parte se realizarán además en concordancia con el procedimiento aprobado por la Decisión Nro. 3/92 del Consejo Mercado Común sobre "quejas y consultas aplicables durante el período de transición". No se impide que el país importador aplique "decisiones preliminares" o "medidas provisionales" para reparar el daño causado por el dumping denunciado.

4.3- Acuerdos con Aladi.

Han sido debidamente formalizados en ALADI los protocolos para prorrogar las preferencias recíprocas, entre países de ALADI y cada uno de los Estados Parte del MERCOSUR, con vistas a renegociar, antes del próximo 30/VI/95, Zonas de Libre Comercio con dichos países.

Mantienen con los otros siete signatarios del Tratado, (Bolivia, Colombia, Chile, Ecuador, México, Perú y Venezuela) diversos Acuerdos de carácter bilateral (de renegociación, de las preferencias otorgadas en el período 1962/1980 y de Complementación Económica) y plurilaterales (acuerdos comerciales, que son sectoriales).- Estos Acuerdos deben ser renegociados.

A los Estados Parte no les está impedido mantener Acuerdos con otros países de la ALADI y aún modificarlos o sustituirlos.- El aspecto esencial es que no deben implicar tratamientos que puedan establecer preferencias porcentuales elevadas afectando la eficacia del Arancel Externo Común del MERCOSUR y sus excepciones. También pudieran afectar otros elementos operativos, como ser régimen de origen, salvaguardias, solución de controversias, Zonas Francas, restricciones no arancelarias, estímulos a las exportaciones, entre otros.

5.-Bibliografia.

-Acuerdos generales sobre el comercio mundial, 1996, Orlando Orejuela Barona.

-www.mercosur.com




Descargar
Enviado por:Jesús Cuesta
Idioma: castellano
País: España

Te va a interesar