* La compra - venta de obras de arte está regida por las mismas normas que la de cualquier otro bien aunque hay ciertas diferencias:
1- La restricción al movimiento internacional de las obras ya que algunos estados protegen evitando la exportación. En España los BIC son inexportables.
2- Mercado con fuerte intervención estatal, el estado se reserva los derechos de adquisición preferente.
3- En el mercado del arte tiene importancia el sistema de las subastas.
* Las subastas son actos públicos organizados por empresas especializadas donde se pone a la venta un conjunto de bienes y se adjudican a la persona que paga por ellos después de un proceso de competencia, el precio más alto que se llama precio de remate. El procedimiento se divide en:
1- La empresa recoge los bienes que se van a subastar, los organizan en lotes y los da a conocer de forma directa en la sala y a través de la distribución de un catálogo.
2- El día señalado se celebra un acto público dirigido por el personal de la empresa. Cada lote se inicia con un precio de salida si nadie lo paga queda sin vender si alguien ofrece pagarlo se inicia un proceso competitivo en el cual de forma directa o a través de otra persona o por teléfono... los posibles compradores van subiendo la oferta hasta el precio final que ofrece un comprador.
3- La empresa y el comprador celebran su contrato de compra - venta de forma que la casa de subastas recibe una comisión que oscila entre el 10 y el 15%. El comprador debe cumplir las exigencias legales (pagar impuestos, no sacarla de país...).
* Las grandes subastas internacionales se celebran sobre todo en New York y en Londres, en el resto de las grandes capitales también hay empresas de subastas, pero el volumen de dinero es muy inferior, esto se debe a varios factores:
1- Amplio desarrollo del mercado en los países anglosajones.
2- Libertas de circulación de obras, no están sujetas a ninguna restricción.
3- Facilidades en materia de impuestos.
* En otros países como España, el mercado del arte está sujeto a fuertes restricciones ya que las obras principales no pueden salir del país y además el estado se reserva derechos especiales, todo ello desalienta a los posibles compradores.
* Las dos grandes empresas internacionales de subastas son Sotheby's y Christies. Estas dos empresas se reparten el mercado de grandes obras e incluso han sido condenadas por los tribunales de EE.UU por realizar practicas contrarias a la libre competencia, sin embargo, siguen siendo con gran diferencia las dos primeras en el mercado.
DERECHOS DE ADQUISICIÓN PREFERENTE A FAVOR DEL ESTADO.
* En varios países europeos incluido España, el estado tiene una posición privilegiada en el mercado de obras de arte que le permite comprar una obra pagando el mismo precio que el comprador está dispuesto a pagar al vendedor en una compraventa privada. El mecanismo funciona de la siguiente manera:
1- Cuando dos personas privadas se ponen de acuerdo para la compraventa de una obra de arte deben comunicarlo al Ministerio de Cultura señalando el precio que se va a pagar.
2- A partir de dicha comunicación el Ministerio tiene el plazo de unos meses para ejercer un derecho de adquisición preferente que se llama “Derecho de Tanteo”
3- Si la compraventa no se ha comunicado oficialmente cuando el ministerio tenga conocimiento de ella dispone de varios meses para ejercer otro derecho de adquisición preferente que se llama “Derecho de retracto”
* El Ministerio no utiliza ninguno de estos derechos solo en casos especiales para la protección del patrimonio cultural con objeto de conseguir obras para ser expuestas en museos públicos. Además el Ministerio también puede usar esta facultad durante el desarrollo de una subasta, cuando se ha llegado al precio final el ministerio puede quedarse con la obra pagando el mismo precio. La valoración de las obras que interesan al estado la realiza un comité de expertos del ministerio de cultura y el estado dispone de 2 años para pagar el precio completo. La justificación de que existan estos derechos está en proteger el patrimonio para permitir que las obras pasen a las colecciones públicas, pero tambien hay muchos autores, personas que piensan que estos derechos están anticuados y son contrarios a la libertad de mercado.