Farmacia


Medicamentos


MEDICAMENTOS: ORIGEN, CLASES Y CONSTITUYENTES

1.-ORIGEN DE LOS MEDICAMENTOS

2.-CLASES DE MEDICAMENTOS RECONOCIDOS POR LA LEY

2.1. Preparados oficinales

2.2. Fórmulas magistrales

2.3. Especialidades farmacéuticas

3.-CONSTITUYENTES DE LOS MEDICAMENTOS

3.1. Principios activos

3.1.1. Principios activos de origen vegetal más frecuentes

3.1.2. Nomenclatura de los principios activos

3.2. Excipientes o coadyuvantes

3.2.1. Tipos de excipientes

1.-ORIGEN DE LOS MEDICAMENTOS

Los medicamentos, atendiendo a su origen, podemos agruparlos en:

  • Procedentes del reino animal. Como el aceite de hígado de bacalao y los preparados hormonales.

  • Procedentes del reino vegetal: Como las hojas de digital* (desecadas), opio (obtenido por simple incisión en el papaver*), áloes* (zumo de planta desecada), etc.

  • Procedentes del reino mineral : Como el caolín y el talco.

  • Origen semisintétjco: Así, por ejemplo, se obtiene la morfina, pero en el laboratorio se introducen ligeras modificaciones en su molécula para tratar de mejorar sus propiedades, y se obtienen derivados del tipo de la etilmorfina o dionina, que es mucho más manejable como antitusígeno.

  • Origen sintético: El fármaco se obtiene a partir de una materias primas que, mediante unas transformaciones químicas, dan como resultado principios activos.

  • Ingeniería genética: Se aplican los conocimientos de genética a la tecnología farmacéutica. El primer medicamento obtenido por esta técnica fue la insulina, al que siguieron otros como la hormona del crecimiento, vacunas, interferones, anticuerpos monoclonales, etc.

2.- CLASES DE MEDICAMENTOS RECONOCIDOS POR LA LEY

Los medicamentos, desde el punto de vista de la prescripción, se clasifican en:

2.1. Preparados Oficinales

Están inscritos en la Farmacopea Española* y, obligatoriamente, el farmacéutico debe tener en su farmacia.

Son los siguientes:

- Drogas o medicamentos en bruto: Se presentan tal y como se ofrecen en la naturaleza o tras sufrir sencillas operaciones de preparación (tales como desecación, incisión, etc.)

-Productos químicos puros: Codeína, isoniacida, fenacetina, etc.

- Preparados galénicos: tintura de belladona, etc.

2.2 Fórmulas magistrales:

  • Se trata de fórmulas no inscritas en la Farmacopea y que están propuestas por el médico “a medida” para un sólo paciente. Se emplean mucho todavía en dermatología y las enfermedades del aparato respiratorio

2.3. Especialidades farmacéuticas

Dichas especialidades se clasifican hoy en día en cuatro grandes grupos:

a) Originales: Son fármacos registrados y comercializados por un laboratorio innovador que realizó, en su momento, los esfuerzos de investigación y desarrollo (I+D) necesarios para el descubrimiento de una determinada molécula. En la actualidad existe una patente que compensa el esfuerzo económico desarrollado por el laboratorio innovador y, durante el tiempo que persisten esos derechos, dicho laboratorio goza de total monopolio en su comercialización.

b) Licencias: Se trata de aquellos medicamentos originales fabricados por laboratorios distintos de los que poseen los derechos de patente, pero que lo hacen acogiéndose a una licencia de éstos.

c) Copias: Son medicamentos originales fabricados y comercializados por laboratorios distintos de los que descubrieron y comercializaron ini­cialmente el fármaco original, pero que lo hacen cuando no existe o está caducada la patente correspondiente.

d) Especialidades farmacéuticas genéricas (E.F.G): Es la especialidad con la misma forma farmacéutica e igual composición cualitativa y cuantitativa en principio activo o fármaco que otra especialidad de referencia, cuya eficacia y seguridad esté suficientemente establecida por su continuo uso clínico.


3.-CONSTITUYENTES DE LOS MEDICAMENTOS

Generalmente, todo medicamento (salvo las drogas y los productos químicos puros), consta de uno o varios principios activos y una serie de excipientes.

3.1. El principio Activo…

De un medicamento es la sustancia responsable de la propiedad medicinal de ese medicamento, ya sea droga (la digitoxina es el principio activo del polvo de hojas de digital), preparado galénico (la atropina es el principio activo de la tintura de belladona), fórmula magistral (el sulfato de codeína es el principio activo de una de tantas preparaciones magistrales) o especialidad farmacéutica patentada (El Ácido Acetil Salicílico -A.A.S- es el principio activo de la Aspirina).


3.1.1 Principios activos de origen vegetal más frecuentes

Aunque los principios activos de los medicamentos hemos comprobado que tienen distinto origen (animal, vegetal, mineral, semisintético y sintético), los principios activos más numerosos son los obtenidos sintéticamente y los procedentes de las drogas vegetales.

De estos últimos, los vegetales, veremos los más importantes, cuales son:

Alcaloides: Son sustancias nitrogenadas de carácter básico y, por lo general, salvo algunas excepciones, muy tóxicas. Son poco solubles en agua y con los ácidos forman sales solubles en agua. Son muy abundantes en el reino vegetal

Glicósidos o glucósidos: Forman un grupo de compuestos orgánicos presentes en las plantas y con carácter neutro. Cuando se hidrolizan* se descomponen en aglicona o genina (responsable de la actividad farma­cológica) y monosacáridos* (glucosa, fructosa, etc.).

Resinas: Son sustancias orgánicas presentes en las plantas, que fluyen naturalmente o por incisión de la corteza y frutos de algunos árboles, insolubles en agua y muy solubles en alcohol. Las más importantes son la jalapa, trementina, bálsamo del Canadá, etc.

--Gomas: Son sustancias orgánicas que se encuentran en las plantas, resultantes de la polimerización* de la arabinosa*, que al disolverse en agua forman soluciones coloidales* y que tienen poder de relajar y ablandar las partes inflamadas. Las más importantes son la de acacia y el tragacanto.

--Taninos: Son sustancias que se encuentran en las plantas. Son derivados del ácido gálico, que existe de manera natural en muchas plantas. Tienen, todos ellos, un gran poder astringente*.

--Aceites esenciales: Son sustancias que se obtienen por destilación de las partes de las plantas que los contienen con agua hirviendo. Tienen un olor muy característico, son muy inflamables e insolubles en agua. Los aceites esenciales más interesantes son el mentol, eucaliptol, etc.

--Ceras: Aunque también pueden obtenerse otras ceras de origen animal (abeja), las vegetales son éteres* de ácidos grasos de elevado peso molecular con alcoholes de gran número de carbonos. Son muy estables e insolubles en agua.




3.1.2. Nomenclatura de los principios activos

Los fármacos o principios activos pueden presentar los siguientes nombres:

1. Nombre químico

  • Es necesario considerar que un fármaco es, ante todo, una sustancia química y que, por tanto, su primer nombre es químico. Aún estando los nombres químicos sometidos a convenios internacionales (IUPAC*), igualmente pueden sufrir las influencias derivadas de los hábitos de un determinado país. Para evitar esto, los nombres químicos de los fármacos están controlados y oficializados como prime names (primer nombre, en ingles) por la Organización Mundial de la Salud (OMS).

2. Código de laboratorio

  • Puesto que ya hemos visto que el uso del nombre químico es muchas veces complicado y muy largo, y no sería posible usarlo en el lenguaje común, cada nuevo fármaco recibe en el momento de su descubrimiento un nombre provisional llamado código de laboratorio.

  • Este código es, generalmente, una inicial alfanumérica cuya parte numérica, con frecuencia, está relacionada con la empresa farmacéutica o el instituto de investigación donde se ha realizado el descubrimiento.

  • Los códigos de laboratorio no tienen ningún carácter oficial puede suceder que diferentes empresas adopten una misma inicial alfanumérica

3. Nombre genérico, oficial o denominación común internacional (DCI)

  • Hacia el final de la vida experimental de un nuevo fármaco el código laboratorio se sustituye por un nombre oficial llamado Denominación Come Internacional (DCI) o International Propietary Name (INN) en inglés.

  • La DCI o, más sencillamente, el nombre genérico es elaborado por la empresa que ha producido el fármaco y este nombre no se da por casualidad, si que debe estar construido siguiendo unas reglas que pongan en evidencia alguna peculiaridad de la estructura química del fármaco y, con frecuencia, actividad farmacológica*.

  • El nombre genérico propuesto a la OMS puede por una empresa para un determinado fármaco suyo puede ser rechazado o aceptado:

—Rechazado: Se invita a la empresa a formularlo de nuevo.

—Aprobado: Este nombre se publica en una lista especial de proposed INN (prINN) que aparece en el Boletín Oficial WOH Chronicle. Si después de 4 meses de la publicación no llega ninguna reclamación de otra empresa a la OMS, el mismo nombre se publica en la Lista de Denominaciones Comunes Internacionales recomendadas

4. Denominación Común Española (DCE) o Denominación Oficial Espa­ñola (DOE)

  • La primera publicación de la Denominación Común Internacional se realiza en lengua latina y al mismo tiempo o posteriormente, en las otras siete lenguas adoptadas oficialmente por la OMS (francés, inglés, español, etc.).

  • Finalmente, las administraciones sanitarias de los diferentes países se encargan de la traducción a su propia lengua y las oficializan; así se crean la Denominación Común Italiana (DCIT), la española (DCE o DOE), la inglesa (British Adopted Name, BAN) etc.

5. Nombre registrado o nombre comercial

  • El nombre de una especialidad farmacéutica es una marca registrada propiedad de la empresa que lo comercializa y produce, y se refiere no ya al fármaco (o principio activo), sino a la fórmula específica que lo contiene (o sea, el complejo formado por el fármaco y los distintos excipientes en determinadas proporciones, lo que conocemos como medicamento). Se comprende, por ello, que el nombre genérico del fármaco y el de la especialidad se refieren a cosas distintas y no deben ser confundidos el uno (fármaco o principio activo) con el otro (principio activo más excipientes, es decir, un medicamento que está desarrollado por una empresa farmacéutica).

  • Si, un mismo fármaco o principio activo lo usa más de un laboratorio farmacéutico para elaborar una especialidad, cada laboratorio dará un nombre concreto a su especialidad, de tal manera que no pueda confundirse con la de otro laboratorio





3.2. Los excipientes o coadyuvantes

  • Son aquellas sustancias que se añaden alilos principios activos que van en una determinada forma farmacéutica para, entre otras cosas, facilita su preparación, su estabilidad, modificar las propiedades físico-químicas de principio activo o su biodisponibilidad

3.2.1. Tipos de excipientes

  • Aunque cada tipo de formas farmacéuticas tienen sus propios excipiente o coadyuvantes, existen unos grupos generales de estos que son muy usado por distintas formas farmacéuticas, y que son, entre otros, los siguientes:

  • Diluyentes: Ayudan a completar la diferencia de volumen que existe entre lo ocupado por el principio activo y el volumen de la forma farmacéutica (generalmente cápsulas gelatinosas). Por ejemplo: lactosa, almidón, sacarosa en polvo y el lnos1tol

  • Humectantes o agentes tensioactivos: Aumentan la solubilidad del principio activo. Por ejemplo: Lauril sulfato sódico, Tween 80R, monoesterato de polietilenglicol, etc.

  • Lubricantes: Incrementan la fluidez del polvo y facilitan la elaboración más sencilla de determinadas formas farmacéuticas, tales como las cápsulas gelatinosas. Por ejemplo: talco, estearato magnésico, etc.

  • Adsorbentes: Ayudan a encapsular sustancias liquidas o semilíquida Por ejemplo: talco, caolín, etc.

  • Conservantes o antisépticos: Se usan para asegurar la ausencia de microorganismos en las soluciones inyectables u oftálmicas Por ejemplo: clorobutanol, timerosal, cloruro de fenil mercurio, etc.

  • Antioxidantes: Previenen la oxidación de ciertos principios activos que se oxidan fácilmente. Sirven, al igual que el caso anterior, tanto para las soluciones inyectables como oftálmicas Se usan por ejemplo bisulfito sodio, sulfito sódico, ácido ascórbico etc.

  • Agentes secuestrantes o quelantes: Bloquean determinados iones q favorecen reacciones de oxidación Igualmente se usan para las soluciones inyectables u oftálmicas. El más usado es el E.D.T.A. (etilén di mino tetracetico)

  • Anestésicos locales Disminuyen el dolor que produce al ser inyectado una solucion parenteral en una zona determinada. Entre los mas usados tenemos alcohol bencilico, clorhidrato de piperocaina, clorhidrato de procaina, etc.

  • --Tampones o búffers: Estabilizan las soluciones inyectables u oftálmi­cas contra la degradación química que ocurriría si el PH se alterara. Los más empleados son: las sales de ácidos débiles (citrato, acetato y fosfato).

  • Agentes de difusión: Sirven para facilitar la aplicación subcutánea de soluciones, ya que son enzimas* que “rompen” el tejido conjuntivo para que se absorba mejor el principio activo. Los más usados son la hialuronidasa y la tiomucasa.

  • Isotonizantes: Se emplean para que la concentración salina en las soluciones inyectables u oftalmológicas sea igual a la de la sangre. El más usado es el cloruro sódico (ClNa).

  • Vehículos: Puesto que la mayor parte de los inyectables están muy diluidos, el vehículo es el componente que se encuentra en mayor proporción. Éste debe cumplir una serie de exigencias, tales como que no debe ser tóxico ni irritante, su viscosidad no debe dificultar su manejo, su punto de ebullición ha de ser lo suficientemente elevado para resistir las temperaturas de esterilización y debe ser preferentemente soluble en agua. Aunque el vehículo más empleado en las preparacio­nes parenterales es el agua, que ha de ser bidestilada* y apirógena*, existen también otros vehículos, tales como líquidos miscibles en agua, líquidos oleosos (aceites de origen vegetal) y vehículos no acuosos miscibles en agua (alcohol etílico, propilenglicol, etc.).

DOCUMENTO ANEXO AL TEMA

REAL DECRETO 2236/1993, DE17 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE REGULA EL ETIQUETADO Y PROSPECTO DE LOS MEDICAMENTOS DE USO HUMANO

(BOE núm. 42, de 18 febrero

CONTENIDO DEL ETIQUETADO DE LAS ESPECIALIDADES FARMACÉUTICAS Y DEMÁS MEDICAMENTOS QUE SE FABRICAN INDUSTRIALMENTE


I. INFORMACIÓN QUE DEBE INCLUIRSE EN EL EMBALAJE EXTERIOR


1. Denominación del medicamento, seguida de la Denominación Oficial Española, la

Denominación Común Internacional o, en su defecto, su denominación común o

científica cuando el medicamento no contenga más que un único principio activo y su denominación sea un nombre de fantasía; en caso de existir varias formas farmacéuticas

y/o varias dosificaciones del mismo medicamento, en la denominación del medicamento deberá figurar la forma farmacéutica y/o la dosificación (en caso necesario, lactantes, niños, adultos).

Como norma general las denominaciones de los medicamentos no contendrán abreviaturas ni siglas. No obstante, la Dirección General de Farmacia y Productos

Sanitarios podrá, por razones de salud pública y a petición del solicitante, autorizar su inclusión.

2. La denominación con la que se comercializa el medicamento se podrá imprimir en

«Braille».

3. Composición cualitativa y cuantitativa, en principios activos por unidad de

administración o, según la forma de administración para un volumen o peso

determinados, utilizando las Denominaciones Comunes Españolas o las

Denominaciones Comunes Internacionales, o, en su defecto, su denominación común o

científica.

4. Forma farmacéutica y contenido en peso, volumen o unidades de administración.

5. Relación cuantitativa de los excipientes que tengan acción o efecto conocidos.

Además deberán indicarse de manera cualitativa todos los excipientes cuando se trate de

un producto inyectable, de una preparación tópica o de un colirio.

6. Forma de administración y, si fuere necesario, la vía de administración.

7. Advertencia: «Manténgase fuera del alcance de los niños».

8. Advertencias especiales, cuando el medicamento las requiera.

9. Fecha de caducidad expresada claramente (mes y año).

10. Precauciones particulares de conservación, en su caso. Los medicamentos que sean de preparación extemporánea indicarán el tiempo de validez de la preparación reconstituida e incluirán un recuadro para su consignación por los usuarios.

11. Precauciones especiales de eliminación de los productos no utilizados o de los residuos derivados de estos productos, en su caso.

12. Nombre y dirección del titular de la autorización del medicamento.

13. Código Nacional de Medicamentos.

14. Identificación del lote de fabricación.

15. Para las especialidades farmacéuticas publicitarias, la indicación de uso.

16. Precio de venta al público y precio de venta al público impuestos incluidos.

17. Condiciones de prescripción y dispensación.

18. Cupón precinto para su reembolso por el Sistema Nacional de Salud, cuando proceda.

19. Símbolos descritos en el Anexo II.

II. INFORMACIÓN QUE DEBE INCLUIRSE EN EL ACONDICIONAMIENTO
PRIMARIO

1. Los acondicionamientos primarios que se presenten sin embalaje exterior habrán de

incluir las informaciones recogidas en el apartado I del Anexo I.

2. Los acondicionamientos primarios distintos de los que se mencionan en los párrafos 3

y 4 de este apartado habrán de incluir las informaciones recogidas en el apartado I del

Anexo I, excepto las correspondientes a los párrafos 16, 17 y 18.

3. Cuando el acondicionamiento primario contenido en un embalaje exterior sea tan

pequeño que no permita la inclusión de los datos previstos en el apartado I del Anexo I,

deberá llevar como mínimo la información siguiente:

a) Denominación del medicamento, tal como se contempla en el párrafo 1 del apartado I

del Anexo I.

b) Fecha de caducidad.

c) Número de lote de fabricación.

d) Vía de administración.

e) Contenido en peso, en volumen o en unidades.

4. Los acondicionamientos primarios de medicamentos presentados en forma de blister,

cuando estén contenidos en un embalaje exterior, incluirán además de las informaciones

recogidas en el punto anterior, el nombre del titular de la autorización del medicamento.

5. Información en las ampollas del disolvente:

a) Identificación del contenido.

b) Volumen.

c) Nombre del laboratorio titular.

d) Número de lote.

e) Fecha de caducidad.

ANEXO II

SIMBOLOS

Símbolos, siglas y leyendas que deben aparecer en el etiquetado de los medicamentos según lo dispuesto en el artículo 5 y en el párrafo 19 del anexo I del Real Decreto:

1.Símbolos

2. Siglas:

a) Especialidad farmacéutica publicitaria: EFP.

b) Especialidad de uso hospitalario: H.

c) Especialidad de diagnóstico hospitalario: DH.

d) Especialidad de especial control médico: ECM.

e) Tratamiento de larga duración: TLD.

Los símbolos y siglas deberán estar situados en el ángulo superior derecho de las dos caras principales del embalaje exterior al lado derecho o debajo del Código Nacional y en el ángulo superior derecho del acondicionamiento primario, en las mismas condiciones.

3. Leyendas:

Los símbolos y siglas previstos en los párrafos 1 y 2 se acompañarán en el embalaje exterior con las siguientes leyendas situadas en lugar bien visible:

«Con receta médica».

«Sin receta médica».

Además, si las condiciones de prescripción y dispensación lo requieren se incluirán

también las leyendas:

«Uso hospitalario».

«Diagnóstico hospitalario».

«Especial control médico».

4. En medicamentos que se presenten sin embalaje exterior las leyendas se incluirán en el acondicionamiento primario.

5. En el caso de medicamentos extemporáneos multidosis, el recuadro en que el usuario consignará la fecha de reconstitución seguirá el siguiente modelo, que se incluirá tanto en el embalaje exterior como en el acondicionamiento primario, junto al texto que especifica el plazo de validez:

RECONSTITUIDO Día/Mes

ANEXO III
CONTENIDO MÍNIMO DEL PROSPECTO DE LAS ESPECIALIDADES FARMACÉUTICAS Y DEMÁS MEDICAMENTOS DE FABRICACIÓN INDUSTRIAL

1. Identificación del medicamento:

a) Denominación del medicamento, seguida de la Denominación Oficial Española, la Denominación Común Internacional o, en su defecto, su denominación común o científica cuando el medicamento no contenga más que un único principio activo y su denominación sea un nombre de fantasía; en caso de existir varias formas farmacéuticas y/o varias dosificaciones del mismo medicamento, en la denominación del medicamento deberá figurar la forma farmacéutica y/o la dosificación (en caso necesario, lactantes, niños, adultos).

b) Composición cualitativa completa (en principios activos y excipientes), así como la composición cuantitativa en principios activos y en excipientes que tengan acción o efecto conocidos, utilizando las Denominaciones Comunes Españolas, las Denominaciones Comunes Internacionales o, en su defecto, su denominación común o científica.

c) Forma farmacéutica y el contenido en peso, en volumen, o en unidad de toma.

d) Categoría farmacoterapéutica, o tipo de actividad, en términos fácilmente comprensibles para el consumidor o usuario.

e) Nombre y dirección del titular de la autorización sanitaria y, en su caso, del fabricante.

2. Indicaciones terapéuticas.

3. Enumeración de las informaciones necesarias previas a la toma del medicamento:

a) Contraindicaciones.

b) Precauciones de empleo adecuadas.

c) Interacciones medicamentosas y otras interacciones (por ejemplo, alcohol, tabaco, alimentos) que puedan afectar a la acción del medicamento.

d) Advertencias especiales. Estas deberán incluirse cuando sea necesario tener en cuenta:

1º La situación particular de ciertas categorías de usuarios (niños, mujeres embarazadas o durante la lactancia, ancianos, deportistas, personas con ciertas patologías específicas).

2º Los posibles efectos del tratamiento sobre la capacidad para conducir un vehículo o manipular determinadas máquinas.

3º Los excipientes que tengan acción o efecto conocidos, cuyo conocimiento sea importante para una utilización eficaz y sin riesgos del medicamento.

4. Instrucciones necesarias y habituales para una buena utilización, en particular:

a) Posología.

b) Forma y si fuere necesario, vía de administración.

c) Frecuencia de administración, precisando, si fuere necesario, el momento en que deba o pueda administrarse el medicamento.

d) En caso necesario, cuando la naturaleza del medicamento lo requiera:

1º Duración del tratamiento, cuando tenga que ser limitada.

2º Medidas que deban tomarse en caso de sobredosis (por ejemplo: síntomas, tratamiento de urgencia).

3º Actitud que deba tomarse en caso de que se haya omitido la administración de una o varias dosis.

4º Indicación, si es necesario, del riesgo de síndrome de abstinencia.

5º Instrucciones, en caso necesario, para la preparación extemporánea del medicamento con objeto de una correcta administración.

5. Descripción de las reacciones adversas que puedan observarse durante el uso normal

del medicamento y, en su caso, medidas que deban adoptarse. Se indicará al consumidor

expresamente que debe comunicar a su médico o a su farmacéutico cualquier reacción adversa que no estuviese descrita en el prospecto.

6. Referencia a la fecha de caducidad que figure en el envase, con:

a) Una advertencia para no sobrepasar esta fecha.

b) Si procediere, las precauciones especiales de conservación.

c) En su caso, una advertencia con respecto a ciertos signos visibles de deterioro.

d) Para las preparaciones extemporáneas multidosis, las condiciones de conservación

para la suspensión reconstituida y su plazo de validez, ya sea a temperatura ambiente

y/o en frigorífico (de 4 a 8 ºC).

7. Fecha de la última revisión del prospecto.

8. Al final del texto, y debidamente separado de él, deberá aparecer la frase: «Los

medicamentos deben mantenerse fuera del alcance de los niños».




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Enviado por:Nia Morena
Idioma: castellano
País: España

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