Sociología


Max Weber


MAX WEBER - ACCIÓN SOCIAL

MAX WEBER.

Weber desarrolla su obra, hacia fines del siglo 19 y comienzos del 20. Su concepción de la ciencia no es de tipo absoluto sino que la considera un Modelo de Verdad Posible. Poseedor de una ideología que políticamente se encuadra en un liberalismo pluripartidista; por contraposición a la Sociología Enciclopedista del siglo XIX que se dedicaba a estudiar los grandes temas, con Weber comienza una línea de sociología analítica, que va a partir del análisis de la mínima unidad social.

En la base de esta sociología, que Weber denominó Sociología Comprensiva, encontramos el concepto de ACCIÓN SOCIAL. La Sociología tiene como dato constitutivo entonces, el estudio y la comprensión de la acción social,

ACCIÓN SOCIAL.

Es la acción de un actor social, vinculada o dirigida a otro actor social, y que tiene un determinado sentido social, capaz de ser mínimamente comprendido por la sociología. Para definir el sentido en la acción social, es necesario tener presente al otro, ya que siempre el sentido pensado por el sujeto esta referido a la conducta de los demás, de modo que su propia conducta se encuentra orientada por la conducta ajena. Es así que una acción social no puede darse en el vacío, su sentido siempre estará definido por los otros actores sociales.

Se encamina a determinado fin, es decir un estado futuro de cosas, y para alcanzar ese fin habrá distintos medios con los que habrá que vencer los obstáculos y condiciones; de modo de tratar que el resultado obtenido coincida con el fin buscado.

Por lo dicho, concluimos que no toda acción será una acción social. En primer término debe tratarse de una CONDUCTA, es decir una exteriorización, que puede consistir tanto en una acción como una omisión. Mientras se quede en el plano de los pensamientos o las ideas no hay acción social.

En segundo lugar, debe establecerse entre actores sociales, es decir personas, pero no en un significado jurídico sino en un sentido sociológico, esto es individuos de la especie que han pasado por un proceso de socialización, mediante el cuál han incorporado patrones culturales, tienen una conciencia de sí mismos y una determinada experiencia social.

Por lo tanto, no hay acción social, en los actos de los animales, tampoco en los de un bebe recién nacido.

Como se dijo esta acción tiene en cuenta la conducta de los otros, por lo tanto requiere la presencia de otros actores sociales. Pero esta presencia no necesariamente debe ser física, puede ser una presencia intelectual y puede presentarse tanto en presente, en pasado o en futuro.

Resumiendo, podemos decir que nos encontraremos frente a acciones no sociales, cuando los actores no son personas sociales o cuando la acción no tiene ningún sentido. Weber menciona casos de acciones no sociales como los actos de un demente, los actos homogéneos (actos similares de varias personas pero sin que se refieran unos a otros) y los actos de una persona que se encuentra en una masa.

Este concepto de Acción No Social es relevante, ya que ha sido receptado por el ordenamiento jurídico, en los casos de inimputabilidad por emoción violenta o por alteraciones de las facultades mentales, en los que se pierde el sentido de la acción.

TIPOS IDEALES DE ACCIÓN SOCIAL.

El método utilizado por Weber, es el de la construcción de tipos ideales. No se trata de un promedio de la realidad, sino que es un recurso en la creación de un concepto, por el cuál se toman determinados elementos considerados relevantes para su construcción. Por lo tanto no se presenta en forma pura en la realidad.

Como consecuencia el tipo ideal no es verdadero ni falso, sino que podrá o no ser de utilidad, para analizar la realidad.

Weber crea distintos tipos ideales de acción social, y los relaciona con los tipos de dominación y de administración del poder.

'Max Weber'

ACCIÓN RACIONAL ARREGLO A FINES:

Es la acción que mas sentido tiene, en la clasificación de Weber. La de mayor grado de racionalidad. En ella hay determinados medios, que pueden servir para vencer los obstáculos y obtener un determinado fin. Hay una selección y elección de medio a fin de modo que el resultado obtenido coincida con el fin buscado.

Para Weber es el tipo de acción que en el mundo moderno va a reemplazar a todas las demás.

ACCIÓN TRADICIONAL.

Se la define como una oscura reacción a los estímulos habituales. No hay en ella una elección de medio a fin, si no que se rige por un patrón costumbrista, o por ciertas normas consuetudinarias. Se hace algo de la forma en que se ha hecho normalmente. El actor no se interroga sobre la efectividad del medio. El ejemplo más claro es el de los rituales, que no determinan una mejor obtención de los fines, si no que simplemente se los practica.

Otro ejemplo, que podemos mencionar es el de la moda, si es que la persona no se pone a pensar en vestirse de una u otra forma, en cambio si se viste a la moda para evitar ser discriminado o rechazado, esa misma acción será racional con arreglo a fines.

ACCIÓN EMOTIVA.

Es la acción que se orienta por los estados sentimentales y las pasiones de una persona, amor, odio, venganza, etc. En realidad tanto esta acción como las tradicionales han sido las típicas en la historia, siendo la racional con arreglo a fines la propia del mundo moderno.

, por debajo de ella, encontraríamos la acción no social. La locura de amor, o el odio exacerbado pueden convertirse en emoción violenta, o alteración de las facultades mentales, en las que se pierde el sentido de la acción, como la del Art. 34. C.P.

Hay un cuarto tipo ideal de acción social

'Max Weber'

ACCIÓN RACIONAL CON ARREGLO A VALORES.

Weber introduce este cuarto tipo, para contener ciertas acciones que de otro modo no podría definir. Esta acción se realiza teniendo en cuenta, no un determinado fin, sino la realización de un valor, que puede ser ético, religioso, estético, etc. De modo tal que sin la referencia a ese valor, tal vez no podríamos encontrarle sentido.

Así puede que una persona teniendo en cuenta el valor justicia, se dedique a realizar beneficencia donando su fortuna. Todo depende del valor que uno coloque en la cúspide. Así distintas serán las acciones si uno coloca en la cima la seguridad jurídica o la justicia en el caso concreto.

CONCEPTOS RELACIONADOS.

Vinculados a la acción social encontramos ciertos conceptos que merecen alguna aclaración

RACIONALIDAD EN LOS MEDIOS Y EN LOS FINES.

En los tres o cuatro tipos ideales, la racionalidad esta dada en el plano de los medios, no se aplica a los fines. De hecho puede hablarse de racionalidad en la búsqueda de los medios más eficientes para obtener un fin irracional, como por ejemplo matar. Es lo que sucede con el perfeccionamiento de las armas, o lo que sucedió con el régimen nazi, que edificó toda una racionalidad al servicio del horror.

También hay que distinguir la racionalidad social, de la mera racionalidad instrumental o técnica. En esta ultima, el medio por definición es un puro instrumento para alcanzar un fin inmediato de la forma mas eficaz posible. La racionalidad tecnológica, solo puede tener autonomía cuando el fin es también puramente tecnológico, como construir un puente. Por lo tanto el concepto de racionalidad en los medios debe ser completado con una teoría de la racionalidad en los fines.

A tal punto, no puede ser considerada únicamente la racionalidad instrumental, es decir exclusivamente el medio más rápido para obtener un fin; que ciertos medios instrumentales se encuentran vedados. Si uno lo observa el Código Penal contiene una serie de prohibiciones de métodos que pueden resultar sumamente racionales instrumentalmente hablando. Si quisiera obtener dinero, bien podría asaltar o robar un banco, en lugar de trabajar, si quisiera tener una relación podría raptar y violar una mujer en lugar de tratar de conquistarla, si quisiera aprobar un examen podría secuestrar al profesor, o amenazarlo o sobornarlo, en lugar de estudiar. Las primeras opciones parecen un camino mucho mas rápido que las segundas, sin embargo están normativamente prohibidos.

EL MARCO NORMATIVO.

Tanto los medios como los fines no resultan arbitrarios, sino que se derivan del marco normativo, que como vimos permite ciertos medios y prohíbe otros, prescribe ciertos fines y veda otros. Esto no necesariamente implica una presión constante sobre el individuo, ya que el patrón de medios y de fines es incorporado mediante el proceso de socialización. Y el grado de libertad con la que pueda optarse entre los distintos fines y medios puede variar, encontrándonos con acciones prescriptivas o electivas

Por ello, el sentido de las acciones, sólo puede comprenderse teniendo como referencia el marco normativo o cultural en el que se desarrollan.

SISTEMA DE EXPECTATIVAS.

Como se mencionó, la conducta de cada uno se basa en lo que espera del otro y también de lo que espera que el otro espere. De modo que todas las situaciones generan expectativas socialmente definidas. Este dato hace a la previsibilidad de las conductas, aun entre personas desconocidas. Ejemplo saludar y esperar que se nos salude, una persona embarazada que sube a un micro, puede esperar que alguien le ceda el asiento, aunque no conozca a los pasajeros, etc.

Estas expectativas se alimentan mutuamente y se redefinen constantemente de acuerdo al curso de las acciones.

Algunas expectativas derivan del uso o las costumbres, otra en cambio del ordenamiento legal que establece expectativas concretas. Es lo que sucede cuando el Código Civil prescribe los derechos y obligaciones de las partes en un contrato de alquiler, una compraventa, etc.

dos conceptos que creo de relevancia.

comprensión de la acción social. Aquí suelen presentarse dificultades, en primer lugar porque depende del marco cultural, y además porque evidentemente mientras la descripción es objetiva, la comprensión es subjetiva.

Se mencionan dos formas de comprensión. La comprensión Racional que es la que puedo tener conociendo el marco normativo en la que el otro desarrolla su acción. Y la comprensión Endopatica, que se obtiene a partir de "ponerse uno en el lugar del otro". Este tipo de comprensión suele resultar positivo aunque es muy poco aplicado. Pensemos en un Juez, capaz de comprender endopaticamente las acciones que debe juzgar.

Y por otro lado, al mencionar el sistema de expectativas, se aludió al derecho como generador de expectativas concretas de base legal. En ese sentido, el objeto de la carrera podría ser la de formar un abogado en el aprendizaje profesional de un número importante de expectativas específicas surgidas de modelos jurídicos de acción social.

Quien sabe, si no sería más conveniente, formarlo en el conocimiento y la comprensión del sistema de expectativas en sentido amplio, las de origen legal, pero también las que se basan en otros tipos de normas.

RELACION SOCIAL

Es una conducta plural. De varios, que por el SENTIDO que encierra, se presenta recíprocamente referida, orientándose por esa reciprocidad. Consiste en la posibilidad de que se actuará socialmente en una forma (con sentido).

Tiene que existir un mínimo de recíproca bilateralidad en la acción aunque el contenido sea el más diverso. Ese sentido se trata de un sentido empírico y mentado por los partícipes, y no un sentido “justo” ó “metafísicamente verdadero”. No es Relación Social si falta referencia mutua de las acciones.

La RELACIÓN SOCIAL es por ambos lados objetivamente “unilateral”, se presupone una determinada actitud del otro y en esa expectativa se orienta la conducta. Hay situaciones intermedias; una Relación Social puede ser totalmente transitoria o permanente.

El SENTIDO también puede ser en parte PERMANENTE y en parte VARIABLE. Puede ser pactado por declaración recíproca, es decir que los que participan en la relación hacen una promesa respecta a una conducta futura. (En la ACCIÓN SOCIAL se dan regularidades de hecho: el desarrollo de una acción repetida por los mismos agentes o extendida a muchos, cuyo sentido mentado es típicamente homogéneo.)

COSTUMBRE: es un “uso” con arraigo duradero. A diferencia de la CONVENCIÓN y el DERECHO, es una norma no garantida exteriormente, el actor se somete a ella “voluntariamente”, sin reflexión o por comodidad. Su estabilidad se basa en que quien no adapte su conducta a ella, obra “impropiamente”.

Que un ORDEN es válido se demuestra cuando hay que ocultar su trasgresión.

Cuando esta elusión o trasgresión del sentido de un orden, se convierte en regla, la validez de ese orden es muy limitada o dejó de existir.

Un Orden se convierte en CONVENCIÓN cuando su validez está garantizada externamente por la probabilidad de que dentro de un determinado circulo de hombres, una conducta discordante con él, habrá de toparse con una relativa reprobación general y prácticamente sensible. Una CONVENCIÓN entonces, es una costumbre que se considera como válida y está garantizada por la reprobación de la conducta discordante. Una falta a una convención `puede ser sancionada con más fuerza de la que puede alcanzar cualquier tipo de coacción jurídica, con boicots de los miembros del propio grupo.

Los actores sociales, pueden otorgar VALIDEZ legítima a un orden determinado, por distintos factores:

  • Tradición - la forma más universal y primitiva

  • Creencia afectiva

  • Por una creencia racional con arreglo a valores- Representado por el Derecho natural.

  • Por estar estatuído positivamente, se cree en su legalidad.

Esa LEGALIDAD puede ser legítima por:

  • Pacto de los interesados

  • Por “otorgamiento”, por una autoridad considerada legítima y por el sometimiento correspondiente.

La forma de legitimidad hoy más corriente es la creencia en la legalidad: obediencia a preceptos jurídicos estatuídos según el procedimiento usual y formalmente correctos.

COMUNIDAD

Es una relación social, cuando y en la medida en que, la ACCIÓN SOCIAL (en el caso particular) se inspira en el sentimiento subjetivo (afectivo o tradicional) de los partícipes, de constituir un TODO.

SOCIEDAD

Es una relación cuando y en la medida en que, la actitud en la ACCIÓN SOCIAL se inspira en una compensación de intereses por motivos racionales (de fines o de valores) ó en una unión de intereses con igual motivación.

La sociedad puede descansar en un acuerdo o pacto racional, por declaración recíproca. Entonces, la acción cuando es racional está orientada:

  • Racionalmente con arreglo a valores

  • Racionalmente con arreglo a fines

La inmensa mayoría de las relaciones sociales participan en parte de la comunidad, y en parte de la sociedad




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Enviado por:Marcelo Ricci
Idioma: castellano
País: Uruguay

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