Historia


Los juicios de Nüremberg


Filosofía

1º Bachillerato “b”

LOS JUICIOS DE NUREMBERG

17 -4 - 2002


índice:

Juicios de Nuremberg pág. 3

Después de la Alemania Nazi pág. 7

Consecuencias pág. 10

Fotos pág. 12

Bibliografía pág. 13


1. Juicios de Nuremberg

Del 20 de Noviembre de 1945 al 1º de octubre de 1946 celebró sesión el Tribunal Militar Internacional en la Sala del Tribunal del Pueblo del Palacio de Justicia de Nuremberg.

Los procesos más importantes tuvieron lugar en Nuremberg (Alemania). Quedaron revestidos de autoridad por dos instrumentos: el Acuerdo de Londres (firmado el 8 de agosto de 1945 por los representantes de Estados Unidos, Reino Unido, Francia y Unión Soviética).

El fundamento de este proceso fueron las resoluciones adaptadas por las cuatro Grandes Naciones (los Estados Unidos de América, la Unión Soviética, Gran Bretaña y Francia) en las conferencias celebradas en Moscú (1943),Teherán (1945) y en Potsdam (1945).

El Acuerdo de Londres preveía el establecimiento de un Tribunal Internacional Militar, compuesto por un juez y otro sustituto de cada uno de los estados signatarios, para enjuiciar los crímenes de guerra. Estos fueron clasificados en tres bloques: crímenes contra la paz (consistentes en la planificación, inicio y desarrollo de la guerra), crímenes de guerra (violaciones de las leyes de la guerra, contenidas en la Convención de Viena y reconocidas por los ejércitos de las naciones civilizadas) y crímenes contra la humanidad (tales como el exterminio de grupos étnicos o religiosos, así como otras atrocidades cometidas contra la población civil de los países ocupados por la Alemania durante la guerra).

Nombrado por orden del Presidente de los Estados Unidos Norteamericanos, Truman, el juez federal americano, Robert H. Jackson, quien fue abogado fiscal acusador principal por parte de los Estados Unidos durante el proceso, se hizo cargo total de la organización del juicio. Fue el quien sugirió a la ciudad de Nuremberg como localidad del tribunal, debido a que era esta la única ciudad que disponía de un palacio de justicia con suficiente espacio y el cual solamente había sido dañado levemente durante los bombardeos de la guerra (22.000 metros cuadrados de superficie con aproximadamente 5330 oficinas y aproximadamente 80 salas, en cuya proximidad se disponía de una prisión asimismo no destruida).

Además el tribunal mismo determinaría el lugar en donde se deberían llevar a cabo los subsecuentes procesos, los cuales no llegaron a realizarse debido a la Guerra Fría.

Cada una de las 4 grandes potencias (Francia se había integrado dentro de este grupo) nombró a un juez y a un sustituto. La institución acusadora estuvo asimismo integrada por representantes de las cuatro potencias.

El 18 de octubre de 1945 se fijó la acusación de los 24 altos funcionarios nazis principales que incluía una gran variedad de crímenes y atrocidades. Estos fueron clasificados en tres bloques: crímenes contra la paz, crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad.

Las SS gestionaban los campos de concentración con una disciplina militar brutal. Durante la década de 1930 se crearon 6 grandes campos de concentración: Dacha, Sachsenhausen, Buchenwald, Flossenburg, Mauyhausen y Ravensbruck (éste último sólo para mujerees). En 1939 estos campos albergaban a más de 25.000 prisioneros. Durante la II Guerra Mundial los campos crecieron en número y capacidad. Los nazis también crearon centros cuya finalidad era el exterminio de poblaciones enteras. En estas instalaciones las SS enviaban sistemáticamente a las cámaras de gas a millones de judíos inocentes y miles de prisioneros de guerra.

Los líderes Nazis reconocieron expresamente su intención de destruir por completo a los polacos y a los rusos; de destruir demográficamente y culturalmente el elemento francés en Alsacia-Lorena, y los eslavos en Carniola y Carintia. Casi logran su objetivo de exterminar a los judíos y a los gitanos de Europa. Obviamente, la experiencia alemana es la más impresionante y la más deliberada y completa, pero la historia nos ha proporcionado otros ejemplos de destrucción de naciones enteras, así como grupos étnicos y religiosos. Así, por ejemplo, la destrucción de Cartago; la de los grupos religiosos en las guerras islámicas y la Cruzadas; las masacres de los albaneses y los waldenses; y más recientemente, la de los armenioos.

Refiriéndose a la carnicería Nazi en la presente guerra, Winston Churchill dijo en su emisión de Agosto del 1941: “estamos en presencia de un crimen que no tiene nombre”.

Los 24 altos funcionarios nazis principales

Cargos:

  • Conspiración en contra de la paz mundial.

  • Planeación, provocación y realización de una guerra ofensiva.

  • Crímenes y atentados en contra del Derecho de Guerra.

  • Crímenes inhumanos.

  • Borman, Martin; nacido en 1900; agrónomo; a partir de 1933 jefe de departamento bajo Rudolf Hess; asistente principal de Hitler en la central de comando del “Fuhrer” durante la Segunda Guerra Mundial. Se ignora qué fue de él al finalizar la guerra. Se le acusó de los cargos 1, 3 y 4; fue condenado a muerte en base a 3 y 4.

    Dönitz, Karl; gran almirante, constituyó un “Gobierno Administrativo del Imperio” al morir Hitler el 2 de Mayo de 1945. Fue acusado de 1, 2 y 3; por 2 y 3 fue condenado a 10 años de prisión. Salió de prisión en 1956. Falleció en 1960.

    Frank,Hans; nacido e 1900, abogado. Fue gobernador de Polonia a partir de 1939. Se le acusó de 1, 3 y 4.fue condenado a muerte por 3 y 4.

    Frick, Wilhelm; nacido en 1877; Ministro de Asuntos Interiores del Imperio. Acusado por 1, 2, 3 y 4. Fue condenado a muerte por 2, 3 y 4.

    Fritzsche, Hans; nacido en 1900; periodista; director de las Fuerzas de Inteligencia dentro del Departamento de Prensa del Ministerio de Propaganda. En cierta forma, fue acusado en sustitución de Goebbels, quien se había suicidado. Fue acusado por 1, 3 y 4. Se le declaró inocente. A continuación fue sometido a 9 años de campo de trabajo como parte del proceso de desnazificación. Adquirió la libertad en 1950. Murió en 1953.

    Funk, Walter; nacido en 1890; periodista en economía. Ministro de Economía y a partir de 1939 Presidente del Banco del Imperio. Se le acusó por 1, 2, 3 y 4 a cadena perpetua. Fue puesto en libertad por enfermedad en 1957. Murió en 1960.

    Göring, Hermann; nacido en 1893. Creo en su función de Ministro de Asuntos Interiores de Prussia la “ Policía Secreta Estatal”, la cual más tarde resultaría en la Gestapo. A partir de 1936 movilizó al sector económico para el rearmamento de la nación. Se le acusó por 1, 2, 3 y 4; fue condenado a muerte por los 4 cargos. En vísperas de su ejecución se suicidó ingiriendo cianuro potásico. No fue posible aclarar con seguridad el origen de la cápsula que contenía la sustancia tóxica.

    Hess, Rudolf; nacido en 1894. Fue sustituto de Hitler en el Partido Nacional Socialista Alemán de los Trabajadores a partir de 1933. En 1941 voló a Escocia en una misión que nunca pudo aclararse y fue internado en ese país. Se le acusó por 1, 2, 3 y 4; fue condenado a cadena perpetua por 1 y 2. Se suicidó en 1987 en la Prisión de Presos de Guerra de las Fuerzas Aliadas en Berlin-Spandau.

    Jodl, Alfred; nacido en 1890. Coronel. Jefe de la Administración y Dirección Militar y consejo de Hitler en asuntos estratégicos y cuestiones operacionales. Fue acusado por los cargos 1, 2, 3 y 4. Se le condenó a muerte por 1, 2, 3 y 4.

    Keitel, Wilhelm; nacido en 1882. Jefe del Alto mando del Ejército Alemán. Se le acuso por 1, 2, 3 y 4. Fue condenado a muerte por 1, 2, 3 y 4.

    Kaltenbruner, Ernst; nacido en 1903; Abogado. Jefe de la Policía Secreta y de la Oficina Central Imperial de Seguridad. Acusado por 1, 3 y 4, condenado a muerte por 3 y 4.

    Krupp von Bohlen und Halbach, Gustav; nacido en 1870. Acusado como representante de la industria bélica y pesada alemana por 1, 2, 3 y 4. Debido a su incapacitación para tomar parte en las sesiones causada por un accidente de tráfico en 1944, el proceso en su contra fue suspendido en noviembre de 1945. Murió en 1950. El así denominado “Proceso Krupp” se llevó a cabo en 1948 ante un Tribunal Militar de los Estados Unidos Norteamericanos en la ciudad de Nuremberg. El hijo de Krupp, Alfredo Kruppfue condenado en este proceso a 12 años de prisión y se confiscó la fortuna familiar íntegra.

    Ley, Robert; nacido en 1890. Ingeniero Químico. Anuló en 1933 los sindicatos libres y a partir de entonces dirigió -basándose estrictamente en su ideología- el Frente de Trabajadores Alemanes (Deutsche Arbeitsfront). Fue acusado por los cargos 11, 2, 3 y 4. Se suicidó en la prisión de Nuremberg el día 26 de octubre de 1945.

    Neurath, Konstantin; nacido en 1873. Miembro del Cuerpo Diplomático a partir de 1908. Desde marzo de 1939 a 1943 (cesado desde 1941). Fue Vicario Imperial de Bohemia y Moravia. Fue acusado por 1, 2, 3 y 4. Puesto en lobertad por enfermedad en 1954. Murió en 1956.

    Papen, Franz von; nacido en 1879. Vicecanciller en el primer consejo de ministros de Hitler en 1933. Más tarde fue embajador en Viena y Ankara. Fue acusado por 1 y 2. Se le declaró inocente. A continuación fue condenado como proceso de desnazificación a 8 años de campo de trabajo. Murió en 1960.

    Raeder, Erich; nacido en 1876. Fue Comandante en Jefe de la Marina de Guerra desde 1943. Se le acusó por 1, 2 y 3; condenado a cadena perpetua por 1, 2 y 3. Fue puesto en libertad en 1955 a causa de estar enfermo. Murió en 1960.

    Ribbentrop, Joachim von; nacido en 1893. Comerciante. Ministro de Asuntos Exteriores del Imperio de 1938 a 1945. Acusado por 1, 2, 3 y 4; condenado a muerte por 1, 2, 3 y 4.

    Rosenberg, Alfred; nacido en 1893. Ministro Imperial de los Territorios Ocupados del Este a partir de 1941. Se le acusó por 1, 2, 3 y 4; fue condenado a muerte por 1, 2, 3 y 4.

    Sauckel, Fritz; nacido en 1894. A partir de 1942 fue apoderado general de Hitler para Servicios de Trabajo, y como tal, responsable de haber sometido a trabajos forzados en Alemania a más de 5 millones de hombres y mujeres de los territorios ocupados. Acusado por 1, 2, 3 y 4; condenado por 3 y 4 a muerte.

    Schacht, Horace Greely Hjalmar; nacido en 1877. Banquero. Presidente del Banco Imperial Alemán y Ministro de Economía. A partir de 1944 en el campo de concentración de Flossenbuerg. Acusado por 1 y 2. Se le declaró inocente. Estuvo sometido a prisión por parte de las autoridades alemanas hasta 1948. Murió en 1970.

    Schirach, Baldur von; nacido en 1907. Jefe de la Juventud del Imperio y (a partir de 1940) jefe de distrito de Viena. Acusado por 1 y 4; condenado a 20 años de prisión por 4. Puesto en libertad en 1966. Murió en 1974.

    Seyb-Inquart, Alexander; nacido en 1892. Abogado. De 1940 a 1945 fue Comisario Imperial para los Territorios Holandeses Ocupados. Acusado por 1, 2, 3 y 4. Condenado a muerte por 2, 3 y 4.

    Speer, Alberi; nacido en 1905. Arquitecto. Inspector General de Construcciones de Berlín a partir de 1937. A partir de 1942 a 1945 Ministro Imperial de Armamento y Munición. Acusado por 1, 2, 3 y 4. Condenado a 20 años de prisión por 3 y 4. Puesto en libertad en 1966. Murió en 1981.

    Streicher, Julius; nacido en 1885. Maestro de educación escolar básica. Fue el fundador, en 1923, de la revista juvenil “Der Stuermer” - traducción: “Al Asalto”- la cual tenía como fin la agitación antisemita. Propietario y editor de tal publicación hasta 1945 -aún después de haber sido destruido de Franconia en 1940. Fue acusado por 1 y 4; condenado a muerte por 4.

    El proceso fue llevado a cabo y continuado del 20 de noviembre de 1945 al 31 de agosto de 1946 en Nuremberg.

    Presidente del Tribunal fue el juez miembro del Tribunal, Lord Juez Geoffrey Lawrence. Fueron presentadas -en 218 días de sesión- entre otras, las declaraciones de 360 testigos, los cuales fueron interrogados en parte oralmente, en parte por escrito, en parte en presencia ante el tribunal mismo (236 testigos) y en parte a través de jueces designados.

    Además, se utilizaron más de 2000.000 affidavits (declaraciones bajo juramento) como evidencia. El proceso tuvo el carácter de la jurisprudencia anglo-americana. Se precisó de la colaboración, en el Palacio de Justicia de Nuremberg, de más de 1000 empleados (personal para las interrogaciones, intérpretes, traductores, escribientes, etc.)

    De las siete organizaciones acusadas, fueron encontradas culpables las SS, la Gestapo y las SD. De los acusados, 12 fueron condenados a morir ahorcados, siete fueron condenados a penas de prisión desde 10 años hasta cadena perpetua, y tres, incluidos el político y diplomático Franz von Papen y el presidente del Banco Central Alemán Hjalmar Schacht, fueron absueltos. Los condenados a muerte fueron ejecutados el 16 de octubre de 1946. Göring se suicidó en la cárcel poco antes de la hora prevista para su ejecución.

    El día 30 de septiembre y el 1º de octubre de 1946 fueron dictadas las sentencias: 3 sentencias absolutorias, 12 sentencias a pena de muerte, 7 sentenciados en parte a cadena perpetua, en parte a prisión.

    La Organización declaró criminal tanto al Cuerpo del Mando Político Nacionalsocialista Alemán de los Trabajadores (NSDAP) como a las SS, la Gestapo y al Servicio Secreto de Seguridad.

    Los condenados a muerte fueron ejecutados muy temprano por la mañana de 16 de octubre de 1946 en el viejo gimnasio de la Penitenciaría de Nuremberg, el cual fue derribado por trabajos de renovación y ampliamiento de la misma en el verano de 1987. Los cadáveres de los ejecutados fueron incinerados en un crematorio de Munich y a continuación, sus cenizas fueron esparcidas en un arroyo afluente del río Isar.

    2. Después de la Alemania Nazi:

    La tragedia de Bosnia-Hercegovina y la guerra allí desatada ya ha llegado a su fin. Aunque no es nada seguro que Dayton haya hormigonado definitivamente la paz, se ha constituido nuevamente un tribunal internacional para juzgar a los criminales de guerra. Estas personas no recibirán su sentencia por parte de un proceso ad hoc instituido en su propia patria sino que serán juzgados por el tribunal permanente con sede en La Haya. Después de los acuerdos de paz de Dayton y el surgimiento de los nuevos Estados lo que ha sobrevenido es la ordalía de los combatientes: la ONU ha comenzado a investigar para establecer quién tiene la responsabilidad por las múltiples tumbas colectivas y por las carnicerías, siendo bastante evidente que, en primer lugar, habrían de ser los dirigentes serbios a los que habría que procesar. Algunos militares de alto rango hasta se mostraron dispuestos a sacrificarse y a presentarse voluntariamente en La Haya, sabiendo - en todo caso - que, de cualquier forma, lo peor no ocurriría. La pena de muerte no existe. Según las reglas de juego democráticas, resulta inaceptable. Aun cuando un asesino responsable por la muerte de centenares de personas aparezca en La Haya, después de un máximo de cuarenta años será otra vez un hombre libre.

    Luego de los militares serbios fueron los croatas los que quedaron en la mira (principalmente los bosnio-croatas) pero, hasta el día de la fecha, hay más criminales de guerra sueltos que prisioneros gozando de la hospitalidad de la cárcel de Scheveningen. Y - al igual que en Nurenberg - los acusados principales aparentemente evitarán la rendición de cuentas. Ratko Mladich y Radovan Karashich están exitosamente prófugos desde hace ya seis años, sin que se tenga noticia alguna de ellos. Uno hasta tiene la sensación de que las grandes potencias ni siquiera se esfuerzan demasiado en detener a los responsables más siniestros de la guerra (al menos, hasta la detención de Slobodan Milosevich éste era el cuadro). ¿Acaso piensan lo mismo que otrora pensaron los dirigentes ingleses cuando especulaban con la presencia de Napoleón en Londres? Es probable. Harían falta demasiados sacrificios humanos y demasiado dinero para hallar al dúo Mladich-Karashich. Incluso ha sido casi un milagro que se haya conseguido aprehender a Slobodan Milosevich, uno de los políticos cuyas manos más se consideran manchadas de sangre siendo que es opinión unánime su responsabilidad por el estallido de la guerra en los balcanes. Aunque, es cierto que para esto, hicieron falta el truco pergreñado por los partidos políticos serbios actualmente en el poder (que pasaron por encima de un dictamen de su propio Tribunal Constitucional) y las promesas de ayuda por parte de la comunidad internacional.

    Las guerras europeas, después de haberse desatado y desarrollado a la vista de las grandes potencias, han producido grandes tempestades. Pero la situación es mucho peor en el África. Los informes acerca de la guerra en Ruanda hablan de varios millones de muertos. Decenas de miles de columnas de refugiados fueron masacradas a causa de las contiendas tribales. Los hechos de Ruanda se conectan estrechamente con las demás guerras acaecidas en otros países del continente. Angola, la República Democrática del Congo, Uganda, Burundi - por todos estos genocidios la culpa le cabe, por un lado a la indiferencia europea y, por el otro, a las frecuentemente asesinas tendencias locales.

    Sin embargo, sería imposible hacerles rendir cuentas localmente - vale decir: en África - a los individuos responsables por estos hechos. A los causantes del genocidio africano solamente los podría juzgar un tribunal neutral. Los organismos internacionales - como por ejemplo la ONU - ya han hecho recomendaciones para la instauración de un tribunal cuya misión consistiría en investigar las cuestiones relacionadas con las masacres ocurridas durante una u otra guerra civil africana (p.ej. en Sierra Leona). La salida podría ser brindada por la justicia belga la cual, en virtud de una reciente sentencia de Bruselas, le abre la posibilidad a cualquiera para presentar una denuncia por crímenes de lesa humanidad. De aquí en adelante, a los jueces belgas se les abre la posibilidad de juzgar a los acusados por genocidos cometidos en cualquier parte del mundo. Así pudo ser posible que algunos intelectuales y algunas monjas de Ruanda terminasen siendo condenadas en Bélgica porque, de algún modo, prestaron su ayuda para la masacre de varios centenares de personas.

    Sin embargo, nadie habla todavía de que todos los responsables por las matanzas de Ruanda (y otros países africanos) habrán de ser fácilmente llevados ante un tribunal. Varios carniceros - como, por ejemplo, Fodai Sankoh y otros similares - seguramente morirán de viejos antes de aparecer ante los jueces. Aunque, después de abierta la posibilidad por parte de la justicia de Bruselas ya no son solamente los sanguinarios dirigentes tribales africanos los que pueden temblar ante la eventualidad de ser llamados a rendir cuentas. El primer ministro de un país de Medio Oriente también ha engrosado la lista de los acusados. Un juez belga desea procesar a Ariel Sharon por las masacres en los campamentos de refugiados palestinos de Sabra y Shatila ocurridas en 1982 y en las que intervinieron también milicias cristianas libanesas. El entonces ministro de guerra Sharon ha rechazado los cargos pero se halla visiblemente ocupándose del caso, no sea que los representantes de los abogados intervinientes lleguen a golpear a su puerta. Según las noticias disponibles, será el abogado belga del mandatario israelí quien defenderá el caso ante el juez belga.

    La misma situación se presenta en el Lejano Oriente. Recién ahora, a de más de veinte años de ocurridos los hechos, se reconstruirá la versión más salvaje del comunismo representada por el terrorífico gobierno del Khmer Rojo de Pol Pot que culminó en el exterminio de varios millones de seres humanos. Con la ayuda de la ONU se espera que se constituya el tribunal que juzgará a los khmers rojos brindándole justicia a la población de Camboya. Aunque tampoco aquí será fácil: Camboya ha roto con su pasado rojo y ha emprendido el camino de la democracia, de modo que tampoco aquí habrá ya penas de muerte. Muchos de los culpables viven en Camboya hasta el día de hoy y circulan libremente por las calles de Phnom Penh. Hace algunos años, en una situación con características de guerra civil, los que se hallaban en el poder (con la silenciosa anuencia de la comunidad internacional) prometieron una amnistía a los rojos. Después de un baño de sangre de cuatro años, los más radicalizados volvieron a internarse en la selva, aunque ya no se hallan dispuestos a morir por la causa y se limitan a pasar sus días pacíficamente en medio de sus ex-víctimas. Estos individuos - como por ejemplo el general popularmente conocido por el apodo de "El Carnicero" y que sería responsable por la muerte de cientos de miles de personas - podrían recibir condenas de prisión perpetua. Lo cual no satisface a los sobrevivientes para quienes hasta la pena de muerte sería una sentencia benévola por parte de los jueces. Y, al igual que en el caso de los otros tribunales, también aquí faltará el acusado principal: de hecho, Pol Pot ya murió hace algunos años. El tribunal tampoco en Camboya podrá cumplir con su cometido.

    Los tribunales para juzgar a criminales de guerra o crímenes aberrantes contra la humanidad, o bien no se constituyeron nunca, o bien no pudieron cumplir con su misión. Los vencedores dictaron la sentencia; los perdedores por su parte recibieron muchas veces sólo condenas de prisión. En todos los casos, ninguna de las partes salió moralmente limpia del proceso. Es característico de las grandes potencias el medir cada caso con una doble vara. ¿Alguna vez se constituirá un tribunal para juzgar el bombardeo de Hiroshima? ¿Se iniciarán las actuaciones de al menos un tribunal dedicado a investigar la guerra de Vietnam? Difícilmente. Los norteamericanos no desean que salgan a luz ciertos detalles que les resultarían muy incómodos.

    Después de las explosiones atómicas de Hiroshima y Nagasaki, los derrotados japoneses firmaron una declaración en virtud de la cual reconocieron, conjuntamente con los Estados Unidos, la justificación del bombardeo atómico. Sin las dos bombas atómicas es posible argumentar que la guerra hubiera durado más tiempo y hubieran muerto adicionalmente varios cientos de miles de personas. Por otra parte, los dirigentes japoneses de la Guerra Mundial fueron condenados en el marco de un juicio local. La mayoría recibió penas de prisión. El último prisionero recuperó su libertad en 1957. Hasta la actualidad, todos ellos siguen siendo considerados héroes nacionales en Japón.

    3. Consecuencias:

    Los juicios de Nuremberg supusieron un paso de gran importancia en la evolución del Derecho penal internacional. Su credibilidad habría sido mayor si los procedimientos no hubieran sido llevados a cabo en exclusiva bajo los auspicios de los países que habían ganado la guerra, con lo que sólo fueron juzgados nacionales de Alemania y Japón. Sin embargo, los principios aplicados en Nuremberg y Tokio han colaborado a robustecer el Derecho internacional y sus mecanismos.

    El devenir de los acontecimientos históricos hizo recuperar en la década de 1990 la figura de los tribunales internacionales para juzgar crímenes de guerra. Así, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) creó sendos tribunales penales internacionales, con sede en La Haya (Países Bajos) y Arusha (Tanzania), para juzgar, respectivamente, los crímenes de guerra cometidos durante la guerra de la antigua Yugoslavia y el genocidio acaecido en Ruanda a lo largo del conflicto interétnico entre tutsis y hutus que ha caracterizado la antedicha década.

    Hay una alarma por el resurgimiento y la persistencia del racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las manifestaciones conexas de intolerancia en sus formas y manifestaciones contemporáneas más insidiosas, así como de otras ideologías y prácticas basadas en la discriminación o la superioridad racial o étnica,

    Pero para ello hay que:

    Rechazar enérgicamente toda doctrina basada en la superioridad racial, así como las teorías que pretenden demostrar la existencia de razas humanas presuntamente distintas,

    Reconocer que el hecho de no combatir y denunciar el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, que es tarea de todos, especialmente de las autoridades públicas y los políticos a todos los niveles, es un factor que alienta su perpetuación,

    Reafirmar que los Estados tienen el deber de proteger y promover los derechos humanos y las libertades fundamentales de todas las víctimas, y que deberían aplicar una perspectiva de género que reconozca las múltiples formas de discriminación que pueden afectar a las mujeres, y que el disfrute de sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales es indispensable para el desarrollo de las sociedades en todo el mundo.


    4. Fotos:

    Los juicios de Nuremberg

  • Bibliografía:

  • Título: Diccionario Enciclopédico Edición: Espasa Colección: Calpe

    Título: Larousse 2000

    Título: Encarta 99

    Título: Internet

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    Enviado por:Manu
    Idioma: castellano
    País: España

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