Economía
IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas), Suspensión de Pagos y Financiación interna
TEMARIO DE ECONOMÍA 2ª EVALUACIÓN
TEMAS:
I.R.P.F.
SITUACIONES Y EQUILIBRIOS PATRIMONIALES. SUSPENSIÓN DE PAGOS Y QUIEBRA.
FINANCIACIÓN INTERNA O AUTOFINANCIACIÓN DE MANTENIMIENTO Y DE ENRIQUECIMIENTO.
¿QUÉ ES LA FINANCIACIÓN AJENA POR OPERACIONES DE TRÁFICO?, ¿Y POR OPERACIONES DE TIPO FINANCIERO? ¿CUÁLES SON, EN AMBOS CASOS, LAS MODALIDADES MÁS UTILIZADAS POR LAS EMPRESAS Y EN QUÉ CONSISTEN?
CONCEPTOS:
IS, IVA, IAE
V.N. V.E. Y V.T. DE UNA ACCIÓN EN UNA S.A.
TASAS. T.D., T.I., CONTRIBUCIONES ESPECIALES.
AMPLIACIONES DE CAPITAL. DERECHO DE SUSCRIPCIÓN. EMPRÉSTITO. OBLIGACIONES.
FACTORING. LEASING.
PROBLEMAS:
ORGANIZACIÓN DEL BALANCE, FONDO DE ROTACIÓN, RATIOS, RENTABILIDAD.
PERIODO MEDIO DE MADURACIÓN.
SELECCIÓN DE INVERSIONES: PAY-BACK, VAN, TIR.
1.I.R.P.F.
-Tributo de carácter personal y directo que grava, según los principios de igualdad, generalidad y progresividad, la renta de las personas físicas de acuerdo con sus circunstancias personales y familiares. -Hecho imponible: Obtención de la renta por el sujeto pasivo. Están obligadas a declarar todas las personas físicas con residencia habitual en territorio español durante el ejercicio fiscal que se trata de declarar y que hayan obtenido rentas sujetas al impuesto, con independencia del lugar donde dichas rentas se hubieran producido. Pagan quienes obtienen más de 21035 (3500000 patas) al año.
-Base imponible: Constituida por el importe de la renta disponible del contribuyente.
Componen la renta del contribuyente:
a. Los rendimientos del trabajo
b. Rendimientos del capital mobiliario e inmobiliario
c. Rendimientos de actividades económicas
d. Ganancias y pérdidas patrimoniales
e. Imputaciones de renta que se establezcan por Ley
Rendimientos de actividades económicas:
-Son aquellos que, procediendo del trabajo personal y del capital conjuntamente, o de uno solo de estos factores, supongan parte del contribuyente la ordenación por cuenta propia de medios de producción o distribución de bienes y servicios.
-Métodos de estimación del rendimiento:
1. Estimación directa: Se debe calcular el beneficio de su actividad restando de sus ingresos los gastos necesarios para obtenerlos, y debe llevar la contabilidad correspondiente.
Dos modalidades:
1.1. Estimación directa, modalidad normal: Se aplicará para la determinación del rendimiento neto de todas las actividades económicas, salvo que se determine mediante el régimen de estimación objetiva y siempre que concurran alguna de estas circunstancias:
-El importe neto de la cifra de negocios del año anterior supere los 100 millones pts.anuales.
-Hayan renunciado a la estimación directa simplificada
1.2. Estimación directa, modalidad simplificada: Debe aplicarse para la determinación del rendimiento neto de todas las actividades económicas, salvo que se determine por el régimen de estimación objetiva y siempre que concurran alguna de estas circunstancias:
-El importe neto de la cifra anual de negocios anterior no supere 100 millones pts.anuales.
-Se renuncie al régimen de estimación objetiva o se le excluya.
2. Estimación objetiva: Formado por la naturaleza de las actividades y por módulos objetivos, como el volumen de operaciones, el n° de trabajadores, el importe de las compras, la superficie de las explotaciones, ...
Para calcular el rendimiento neto de las actividades económicas se utilizan los signo, índices o módulos, generales o referidos a determinados sectores de la actividad, que están marcados por el Ministerio de Hacienda. Se obtiene una cantidad fija por la que se debe tributar. No es obligatorio llevar libros de contabilidad, pero sí llevar libro de registro de inversiones.
-Una vez calculado el rendimiento de actividades económicas, esta cantidad se añade a los otros rendimientos por los que deba tributar el contribuyente.
2. SITUACIONES Y EQUILIBRIOS PATRIMONIALES. SUSPENSIÓN DE PAGOS Y QUIEBRA.
El patrimonio de una empresa siempre está equilibrado, ya que Activo = Pasivo + Neto.
Este equilibrio contable es independiente de la situación de equilibrio o desequilibrio que la empresa pueda presentar desde un punto de vista económico. Los principales:
- Equilibrio patrimonial total: Cuando el AF y el AC están financiados totalmente por los recursos propios.
-Equilibrio patrimonial normal: Surge cuando el AF está financiado totalmente por el PF. Al mismo tiempo parte del AC, está financiado por el PF y el resto por el PC. En esta situación se cumple el principio de equilibrio financiero.
-Desequilibrio patrimonial a corto plazo: Cuando el AC está financiado totalmente por el PC, pero una parte del AF está financiada por el PC y el resto por el PF. El patrimonio neto es mayor que cero, pero la situación puede desembocar en un estado de suspensión de pagos, porque hay obligaciones de pago a corto plazo, que el poder del realizable, temporalmente, no puede hacer frente.
-Situación patrimonial de quiebra: La empresa carece de recursos propios. Parte del A (activo ficticio = gastos de establecimiento) no tiene valor de realización. Las deudas (pasivo exigible) son mayores que el A con valor de realización (activo real). Si la empresa se liquida en estos momentos, los acreedores no van a poder cobrar los créditos en su totalidad. La sociedad estaría en quiebra técnica.
3. FINANCIACIÓN INTERNA O AUTOFINANCIACIÓN
-Está constituida por los fondos generados por la propia empresa, que tienen su origen en los beneficios no repartidos. Se suelen distinguir dos clases:
Autofinanciación de mantenimiento: Incluye los fondos de amortización y las provisiones (cantidades que se -detraen -de .108 -beneficios para cubrir gastos extraordinarios o pérdidas ciertas que todavía no se han puesto de manifiesto).
Autofinanciación de enriquecimiento: Formada por las reservas, que se dotan con cargo a los beneficios y suponen un incremento del patrimonio empresarial.
Clases de reservas:
Tipo de reserva | Origen | Contenido |
Legal | Para las SA y las SRL se dota según lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de SA | Se destina el 10% del beneficio del ejercicio, hasta que alcance el 20% del capital social |
Estatutaria | Según lo dispuesto en los estatutos | Porcentaje y destinos pactados en estatutos |
Voluntaria | Acuerdo de la Junta General Ordinaria | Porcentaje y destino establecidos en dicha Junta. |
-El beneficio de un ejercicio se encuentra formado por las plusvalías que se van obteniendo en los sucesivos ciclos.
-El destino de estos fondos puede ser inversiones en bienes productivos, activos especulativos o activos sin riesgos.
Significado financiero de las amortizaciones: Las amortizaciones son cantidades detraídas de los beneficios empresariales, antes de su cálculo, para cubrir la depreciación del activo fijo. Dos elementos: la dotación que se realiza cada ejercicio, y la amortización acumulada o fondo de amortización, que se puede considerar autofinanciación de mantenimiento. También se considera amortización la imputación a pérdidas y ganancias de los gastos de establecimiento, (tipos de depreciación).
La autofinanciación y la política de dividendos: Los fondos destinados a autofinanciación suponen un menor reparto de dividendos por parte de las compañías. Una política ambiciosa de autofinanciación de enriquecimiento puede producir un aumento o una disminución en el valor de las fracciones del capital social. Valor contable = Neto patrimonial/Nº de acciones. Una de las políticas más atractivas es el mantenimiento del dividendo.
Ventajas e inconvenientes de la autofinanciación:
Ventajas: -Permite gran autonomía a la empresa, que no depende de la concesión de créditos. Las pequeñas y medianas empresas tienen dificultades para obtener fondos a largo plazo por otros medios; para paliar dicho problema, se han creado sociedades de garantía recíproca.
-Es una fórmula financiera barata, ya que no es preciso remunerar los fondos obtenidos por este método. No obstante, es preciso tener en cuenta el coste de oportunidad del dinero dejado de percibir por los socios.
Inconvenientes: -Con frecuencia los fondos se invierten en proyectos poco rentables.
-Los proyectos prolongados suelen suponer la reducción del reparto de dividendos; esto puede hacer perder el interés de los inversores por las acciones, con la consecuente pérdida de su valor de cotización y la disminución de oportunidades para la financiación mediante ampliaciones de capital.
4. FUENTES DE FINANCIACIÓN AJENAS
Son las que suponen un dinero que la empresa tiene que devolver a 3as personas (pasivo exigible)
Dos bloques:
-Financiación por operaciones de tráfico
-Financiación por operaciones de tipo financiero
1. Financiación ajena por operaciones de tráfico.
En las operaciones de tráfico destaca la financiación que obtiene la empresa de sus proveedores y de sus acreedores por prestaciones de servicios.
Se consideran proveedores todas aquellas personas físicas o jurídicas que abastecen a la empresa de las mercancías que ésta precisa para su actividad.
La cuenta que recoge estas deudas que tiene la empresa es Proveedores.
Para garantizarse el cobro, los proveedores exigen a la empresa la aceptación de letras de cambio. Si acepta una letra se compromete formalmente al pago de la misma. Se refleja en la cuenta de Proveedores, efectos comerciales a pagar.
Así mismo, la empresa adquiere una gran cantidad de bienes y servicios necesarios para poder desarrollar su actividad normal.
La cuenta más habitual que recoge la deuda es la de Acreedores por prestaciones de servicios.
Los acreedores, para garantizarse el cobro, exigen a la empresa la aceptación de letras de cambio. Se reflejaría la deuda en la cuenta Acreedores, efectos comerciales a pagar.
La financiación ajena por operaciones de tráfico supone una financiación a corto plazo.
En general, todo lo que la empresa debe a terceras personas supone una fuente de financiación.
2. Financiación ajena por operaciones de tipo financiero.
Se recogen aquí las cantidades que recibe la empresa porque lo solicita a alguna entidad financiera o porque realiza la emisión de algún empréstito de obligaciones.
La empresa utiliza durante un tiempo un dinero que otro le deja
También se obtiene financiación ajena cuando se adquieren elementos de inmovilizado con pago aplazado.
Las fuentes de financiación más habituales por operaciones de tipo financiero son deudas con entidades de crédito. Cuando la empresa necesita dinero lo solicita a a1guna entidad financiera.
a) Deudas por efectos (a cobrar) descontados.
Son cantidades que la empresa debe al banco por descontar letras de cambio. Son deudas a corto plazo, por lo que su importe se recoge en la cuenta de Deudas a corto plazo con entidades de crédito.
El más habitual es la letra de cambio, que es un documento por el que una persona manda pagar a otra una de terminada cantidad a la orden de un tercero el lugar que se exprese y en una fecha determinada. Se establece en la cuenta Deudas a corto plazo con entidades de crédito.
El descuento simple comercial o bancario es un procedimiento para que una entidad financiera anticipe a la empresa el abono de los créditos que esta tiene sobre sus clientes documentados mediante letras de cambio. Es el que se aplica en la negociación de efectos Comerciales (letras, pagarés...), siendo su aplicación más habitual la negociación de letras de cambio.
Expresión: D= N i n, siendo N: nominal del efecto, i el tanto unitario anual y n el tiempo.
b) Deudas con proveedores de inmovilizado.
Cuando la empresa adquiere a crédito algún elemento de inmovilizado.
c) Deudas por créditos dispuestos.
Un crédito de un acuerdo entre una institución financiera y el beneficiario del crédito por la cual la institución pone a disposición de éste una cantidad de dinero de la que podrá usar lo que desee y de la que pagará intereses.
Dicho acuerdo viene determinado por una póliza de crédito, que es un documento que firman el beneficiario y la entidad estableciendo en él las condiciones, tales como tipo de interés, límite de crédito, comisión de apertura, fecha de liquidación...
En la línea de crédito la empresa sólo pagará intereses por las cantidades de las que haya dispuesto y no por el límite total que se le haya concedido.
Se suelen recogen en la cuenta de Deudas a corto plazo con entidades de crédito.
d) Deudas por préstamos recibidos.
Un préstamo es un acuerdo entre el prestamista y el prestatario, por la cual el prestamista entrega al prestatario una cantidad de dinero con la condición de que éste lo devuelva en el tiempo señalado y de que le pague el interés pactado. Puede ser a largo o a corto plazo.
El prestamista entrega todo el dinero al prestatario, y éste se verá obligado a pagar todos los intereses,
e) Deudas por empréstitos emitidos.
Cuando la empresa necesita grandes cantidades de dinero realiza una emisión de un empréstito, es decir, la empresa solicita un dinero prestado, pero rompiendo la deuda en múltiples trozos, representados cada uno de ellos en un título valor que es la obligación.
Como el interés pactado es fijo, se dice que las- obligaciones son títulos de renta fija.
OBLIGACIONES ACCIONES | ACCIONES |
Las obligaciones son títulos de deuda. Los obligacionistas son acreedores de la empresa. A las obligaciones se les debe pagar un interés. Las obligaciones normalmente tienen un vencimiento. | Las acciones son títulos de propiedad de la empresa. Los accionistas son socios de la empresa A las acciones se les puede pagar unos dividendos (si hay beneficios suficientes y así se acuerda). Las acciones no tienen vencimiento. |
CONCLUSIONES RESPECTO A LA FINACIACIÓN:
-Adecuación de la permanencia en el activo de los empleos, respecto a su fuente de financiación.
-Las fuentes de financiación a largo-piazo-han de ser mayores que los empleos a largo plazo.
-El fondo de maniobra debe ser positivo (activo- circulante mayor que exigible a corto plazo).
-Cuanto mayor sea el período medio de maduración, mayor deberá ser el fondo de maniobra.
CONCEPTOS:
3. IS, IVA, IAE.
IS
-Tributo de carácter directo, personal y proporcional que grava la renta de las sociedades y demás entidades jurídicas no sometidas al IRPF.
-Sujeto pasivo: Están sujetas al impuesto toda clase de entidades, cualquiera que sea su forma o denominación, siempre que tengan personalidad jurídica propia, excepto las sociedades civiles y comunidades de bienes.
Obligación personal de contribuir: Entidades con residencia en territorio nacional.
Obligación real de contribuir: Entidades que sin ser residentes en territorio español, obtengan rentas en el mismo.
Período impositivo: coincide con el ejercicio económico.
Domicilio fiscal: Será el de su domicilio social.
Hecho imponible: Obtención de renta por parte del sujeto pasivo (sociedades y entidades jurídicas). Renta compuesta por:
-Rendimientos de actividades empresariales y derivados de actividades profesionales o artísticas.
-Rendimientos atípicos de alguno de sus elementos patrimoniales.
-Incrementos y disminuciones patrimoniales.
Base imponible: Formada por la renta obtenida por el sujeto pasivo, corregida con aumento o disminución, consecuencia de las correcciones al resultado contable disminuida por la compensación de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores.
Tipo de gravamen: Con carácter general es del 35%. Hay muchas excepciones.
Deuda tributaria: Equivale a la cuota tributaria. La cuota íntegra (CI) es el resultado de multiplicar la base imponible (BI) por el tipo de gravamen.
Declaración liquidación: Las cuentas anuales serán aprobadas por el órgano competente dentro de los seis meses siguientes a la fecha de cierre del ejercicio. Desde 1999 el plazo finaliza el 25 de julio.
IAE
-Impuesto de naturaleza directa, real, municipal y de gestión compartida con el
Estado, que grava el mero ejercicio de una actividad empresarial, profesional o artística en territorio nacional.
-Hecho imponible: El mero ejercicio, en territorio nacional, de actividades empresariales, profesionales y artísticas realizadas por cualquier persona, se ejerzan o no en un local determinado.
-Sujeto Pasivo: Persona que realice la actividad gravada dentro del territorio nacional, tanto españoles como extranjeros.
-El período impositivo coincide con el año natural. Se devenga el primer día del período impositivo o de comienzo de actividad.
-Tres clases de cuotas: 1. Cuota municipal.2. Cuota provincial. 3. Cuota nacional
-En la cuota municipal se distinguen:
Cuota mínima municipal = Cuota directa o por elementos tributarios + Valor superficie de los locales.
Cuota incrementada = Cuota mínima x Coeficiente modificador
Cuota Ponderada = C. Incrementada + Índice de situación
Deuda tributaria = C. Ponderada + Recargo provincial s/cuota mínima municipal
-La cuantificación de la deuda tributaría en las cuotas provinciales y nacionales se deriva de las tarifas.
IVA
Es un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo y grava las siguientes operaciones:
1. Entregas de bienes y prestaciones de servicios
2. Adquisiciones intracomunitarias.
3. Importación de bienes.
-El IVA soportado es el que pagará la empresa a los proveedores, o a la Hacienda
Pública en las importaciones. El IVA repercutido es el que percibirá la empresa de sus clientes.
-Ámbito espacial: Se aplicará al territorio peninsular español e Islas Baleares, no extendiéndose a Canarias, Ceuta y Melilla.
-Hecho imponible: Sujetas al IV A las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas por empresarios o profesionales a título oneroso o gratuito, con carácter habitual u ocasional, en el desarrollo de su actividad empresarial o profesional, en el ámbito espacial del impuesto.
-El sujeto pasivo son las empresas y profesionales. En las importaciones, es el importador.
-El contribuyente es el consumidor final.
-Base imponib1e: El importe total de-las contraprestaciones de las operaciones sujetas al impuesto.
-Tipos impositivos: Son tres: -Tipo general del 16 %
-Tipo reducido del 7%
-Tipo superreducido del 4%
-Liquidación del IV A: IV A repercutido> IV A soportado = IVA a ingresar
IV A repercutido < IV A soportado = IVA a compensar o devolver
La declaración-liquidación se realiza de forma trimestral, con un plazo de 20 días después de vencer el trimestre.
-El recargo de equivalencia se aplica a los comerciantes minoristas individuales que no tendrán obligación de realizar la liquidación del IV A ni el pago del mismo a
Hacienda.
FACTORING. LEASING.
8
Descargar
Enviado por: | José Antonio R Salesianos Puer |
Idioma: | castellano |
País: | España |