Prevención de riesgos profesionales


Introducción a la Higiene Industrial


CAPÍTULO 2: INTRODUCCIÓN A LA HIGIENE INDUSTRIAL

CONCEPTO Y FUNCIONES DE LA HIGIENE DEL TRABAJO

Según la American Industrial Hygienist Assocciation (A.I.H.A.), la Higiene Industrial es la “Ciencia y arte dedicados al reconocimiento, evaluación y control de aquellos factores ambientales o tensiones emanados o provocados por el lugar de trabajo y que pueden ocasionar enfermedades, destruir la salud y el bienestar o crear algún malestar significativo entre los trabajadores o los ciudadanos de una comunidad”.

Suele definirse también como una técnica no médica de prevención, que actúa frente a los contaminantes ambientales derivados del trabajo, al objeto de prevenir las enfermedades profesionales de los individuos expuestos a ellos.

Para conseguir su objetivo la higiene basa sus actuaciones en:

Reconocimiento de los factores medioambientales que influyen sobre la salud de los trabajadores, basados en el conocimiento profundo sobre productos (contaminantes), métodos de trabajo procesos e instalaciones (análisis de condiciones de trabajo) y los efectos que producen sobre el hombre y su bienestar.

Evaluación de los riesgos a corto y largo plazo, por medio de la objetivación de las condiciones ambientales y su comparación con los valores límites, necesitando para ello aplicar técnicas de muestreo y/o medición directa y en su caso el análisis de muestras en el laboratorio, para que la mayoría de los trabajos expuestos no contraigan una enfermedad profesional.

Figura 2-1

Control de los riesgos en base a los datos obtenidos en etapas anteriores, así como de las condiciones no higiénicas utilizando los métodos adecuados para eliminar las causas de riesgo y reducir las concentraciones de los contaminantes a límites soportables


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para el hombre. Las medidas correctoras vendrán dadas, según los casos, mediante la actuación en el foco, trayecto o trabajador expuesto.

Unidades de medida

La concentración de materia contaminante en el aire de origen químico y susceptible de provocar un daño a la salud es extremadamente baja; quiere esto decir que debemos emplear unidades de medida capaces de ponderar esos bajos valores absolutos. Por otra parte, también es necesario emplear las unidades adecuadas para los

agentes físicos. Por todo ello existe cierta terminología que se debe conocer:

p.p.m. Partes por millón expresadas volumétricamente y medidas a 25ºC y

760 mm de Hg.

mg/m3 Miligramos por metro cúbico. Expresa la concentración en forma gravimétrica.

m.p.p.c.f. Millones de partículas por pie cúbico.

p.p.c.c Partículas por centímetro cúbico.

dB Decibelio (medida de nivel de presión acústica)

lux Intensidad de iluminación recibida

µm micra, millonésima parte del m.

µg microgramo, millonésima parte del gramo

µl microlitro, millonésima parte del litro

mg miligramo

m3 metro cúbico

atm Atmósfera = 760 mm. Hg

Factores de conversió n y equivalencia

mg/m3 = 0.041 x ppm x Pm

donde Pm = Peso molecular de una sustancia en g/mol medida a 25ºC y 760 mmHg de presión y supuesto comportamiento ideal.

(TLV en ppm) x (Pm de la sustancia en gramos) TLV en mg/m3 = ------------------------------------------

24.45

recíprocamente, la ecuación para convertir los valores TLV mg/m3 en ppm es:

(TLV en mg/m3) x (24.45) TLV en ppm = ----------------------------

(Pm de la sustancia en gramos)

donde 24.45 es el volumen molar en litros y Pm el peso molecular.

p.p.c.c = 35.5 x m.p.p.c.f.

p.p.m.= % x 104 (% en volumen de un gas o vapor contaminante del aire)

mg/m3 = 0.52 x p.p.c.c. x d x D3 (en sólidos, d=densidad y D=diámetro)


INTRODUCCIÓN A LA HIGIENE INDUSTRIAL

La higiene del trabajo para evaluar y corregir las condiciones medioambientales partiendo de criterios de validez general se desarrolla a través de:

- La Higiene Teó rica

- La Higiene de Campo

- La Higiene Analítica

- La Higiene Operativa

Higiene Operativa Ambiente de trabajo Hombre

Higiene Teórica Higiene de Campo Higiene Analítica

Como veremos por las funciones que competen a cada una será preciso la actuación conjunta de todas ellas ya que se encuentran íntimamente ligadas entre sí.

RAMAS DE LA HIGIENE INDUSTRIAL

Higiene teórica

Se encarga del estudio de los contaminantes y su relación con el hombre a través de estudios epidemiológicos y experimentación humana o animal, con el objeto de estudiar las relaciones dosis-respuesta o contaminante-tiempo, para establecer unos valores estándar de concentración de sustancias en el ambiente y unos periodos de exposición a los cuales la mayoría de los trabajadores pueden estar continuamente expuestos dentro de su jornada laboral sin que se produzcan efectos perjudiciales para la salud.

Figura 2-2

Para la fijación de los valores estándar se actúa a dos niveles:

1. A nivel de laboratorio: sometiendo a seres vivos a los efectos de contaminantes que se estudian y determinando las alteraciones funcionales que experimentan para posteriormente extrapolar estos resultados y aplicarlos al hombre.


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2. A nivel de campo: recogiendo información sobre los compuestos que se manipulan en los procesos industriales.

Figura 2-3

Criterios de valoración del riesgo higiénico

El conocimiento de la cantidad de contaminante o concentración existente en un medio laboral, unido al tiempo de exposición al mismo, permitirá al experto en Higiene del Trabajo, por comparación con los valores estándar suministrados por la higiene teórica, evaluar el riesgo existente en un determinado puesto de trabajo.


Figura 2-4

La determinación de los valores estándar depende de los criterios de valoración elegidos, siendo los más utilizados en los


distintos países aquellos que han tenido su origen en las investigaciones realizadas en este campo por los Estados Unidos y la antigua URSS.

La diferencia fundamental entre ambos criterios viene dada por su distinta concepción filosófica del riesgo higiénico y sus consecuencias para la salud:


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Tabla 2-1: TIPOS DE VALORES LIMITE EN DISTINTOS PAISES

- En la antigua URSS se siguió el criterio de no permitir ni tolerar la exposición ante cualquier sustancia que produzca algún cambio fisiológico en el hombre susceptible de ser medido, aunque sea reversible y con independencia de su viabilidad económica o cualquier otro factor.

- Estados Unidos, por el contrario, sigue el criterio de tolerar la exposición siempre que en la mayoría de las personas expuestas a determinadas concentraciones, día tras día, no se produzcan efectos perjudiciales para su salud, aunque lógicamente ello dependerá de la susceptibilidad de los trabajadores expuestos.

Los valores estándar según este último criterio están referidos a un individuo estadísticamente medio, para un ciclo de trabajo de 8 horas/día y cinco días a la semana y para un periodo de exposición de 30 a 40 años.

Los valores límites umbrales (TLV´s) se refieren a concentraciones de sustancias en el aire y representan condiciones bajo las cuales se puede confiar que la mayoría de trabajadores pueden estar expuestos repetidamente día tras día sin sufrir efectos adversos. No obstante, a causa de la gran variación que existe en la susceptibilidad individual, un pequeño porcentaje de trabajadores puede experimentar alteraciones frente a alguna


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substancia a concentraciones iguales o menores que los valores límite, y un porcentaje todavía menor puede ser afectado más seriamente por agravación de unas condiciones preexistentes o por el desarrollo de una enfermedad profesional.

Fumar tabaco es peligroso por varias razones; el fumar puede aumentar los efectos biológicos de los agentes químicos presentes en el lugar de trabajo y puede reducir los mecanismos de defensa del cuerpo frente a sustancias tóxicas.

Los individuos también pueden ser hipersusceptibles u otro tipo de respuestas inusuales a algunos agentes químicos industriales, debido a factores genéticos, edad, hábitos personales como fumar, medicación o exposiciones anteriores. Cada trabajador puede no estar adecuadamente protegido contra los efectos adversos para la salud de ciertos agentes químicos a concentraciones incluso por debajo del valor límite umbral. Un médico especialista en medicina del trabajo debería evaluar el número de trabajadores que requieren protección individual.

Los valores límite umbral TLV se basan en la mejor información disponible procedente de la experiencia industrial, experimentación con animales y experimentación humana, e incluso de una combinación de las tres fuentes. La base sobre la que se han establecido los valores puede variar de una sustancia a otra.

La entidad y naturaleza de la información disponible para establecer los valores TLV varía de una sustancia a otra; por tanto, la precisión de esos valores está sujeta a variación y debería consultarse la documentación más reciente para asesorarse sobre el contenido y extensión de los datos disponibles para una determinada sustancia.

Esos límites han sido elaborados para su uso en la práctica de la higiene industrial a título de recomendaciones sobre el control de peligros potenciales para la salud y no para otros usos como, por ejemplo, control de daños a la comunidad por contaminación del aire, estimación del potencial tóxico para exposiciones ininterrumpidas, como prueba o refutación de una condición física o enfermedad existente, etc.

Estos límites no son una frontera definida entre la concentración segura y la peligrosa, ni tampoco son un índice relativo de toxicidad y no deberán ser utilizados por personas sin preparación en la disciplina de la higiene industrial.

Los valores límite umbral (TLV) emitidos por la ACGIH son recomendaciones y deberán utilizarse como directrices para obtener buenos procedimientos. A pesar del hecho de que no es probable que lesiones graves sean consecuencia de exposiciones a concentraciones límite umbral, el mejor procedimiento es mantener las concentraciones de todos los contaminantes atmosféricos tan bajas como sea posible.

De acuerdo con los criterios expuestos los valores límites de referencia más utilizados en los diferentes países son:

Antigua URSS

Concentración máxima permitida (MAK). Concentraciones máximas permitidas que no pueden ser rebasadas en ningún momento. Son valores muy "seguros" desde el punto de vista preventivo, pero técnicamente difíciles de cumplir hoy día.

Estados Unidos y países occidentales

Entre los más conocidos criterios de valoración figuran los propuestos por la American Conference of Governmental Industrial Hygienist (ACGIH) y por el National Institute for Occupational Safety and Health (NIOSH)


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El criterio propuesto por la ACGIH se basa en los denominados TLV's (TLV-TWA, TLV-C y TLV-STEL) y BEIs

El criterio propuesto por el NIOSH se basa en los denominados valores REL (REL- TWA y REL-C)

Media ponderada en el tiempo (TLV-TWA) (Threshold Limit Value-Time Weighted Average). (La denominación de TLV-TWA de la ACGIH está registrada). Concentración media ponderada en el tiempo a que puede estar sometida una persona normal durante 8 horas al día o 40 horas semanales, a la cual la mayoría de los trabajadores pueden estar expuestos repetidamente día tras día sin sufrir efectos adversos. Se utiliza para todo tipo de contaminante.

Los valores TLV-TWA permiten desviaciones por encima siempre que sean compensadas durante la jornada de trabajo por otras equivalentes por debajo y siempre que no se sobrepasen los valores TLV-STEL

Límite de exposición para cortos periodos de tiempo (TLV-STEL) (Threshold Limit Value-Short Term Exposure Limit). Concentración máxima a la que pueden estar expuestos los trabajadores durante un período continuo de hasta 15 minutos sin sufrir trastornos irreversibles o intolerables, La exposición a esta concentración está limitada a

4 veces por día, espaciadas al menos en una hora, y sin rebasar en ningún caso el TLV- TWA diario.

Es la concentración máxima a la cual los trabajadores pueden estar expuestos por un corto período de tiempo sin sufrir a) irritación, b) cambios crónicos o irreversibles en tejidos orgánicos c) narcosis en grado suficiente para incrementar la propensión al accidente, impedir el propio rescate, o reducir materialmente la eficiencia en el trabajo. Para aquellas sustancias de las que no se disponen de datos relativos a valores

STEL, los niveles de exposición de los trabajadores no deben superar:

3 TLV-TWA durante 30 minutos en la jornada de trabajo

5 TLV-TWA bajo ningún concepto

Valor techo (TLV-C) (Threshold Limit Value-Ceiling). Corresponde a la concentra- ción que no debe ser rebasada en ningún momento. En la práctica convencional de la higiene industrial, si no es factible el control instantáneo, puede evaluarse efectuando muestras cada 15 minutos, excepto para aquellas sustancias que puedan causar irritación inmediata en exposiciones más breves. Coincide con el concepto MAK anteriormente aludido.

Para algunas substancias como, por ejemplo, gases irritantes solamente puede ser relevante una categoría: el TLV-C.

Índice biológico de exposición (BEI). Se utiliza para valorar la exposición a los compuestos químicos presentes en el puesto de trabajo a través de medidas apropiadas en las muestras biológicas tomadas al trabajador, pudiendo realizarse la medida en el aire exhalado, orina, sangre y otras muestras biológicas tomadas al trabajador expuesto.

Los valores fijados para los TLV son objeto de modificación a medida que existen nuevos conocimientos sobre los efectos que los contaminantes producen para la salud.


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Declaración de principios para el uso de los TLV´s y BEI´s

La ACGIH publica periódicamente la relación actualizada de sus TLV's, para todo tipo de contaminante, en la que se incluyen concentraciones y tiempos de exposición para más de 500 sustancias y contaminantes físicos que afectan la salud de los trabajadores. Las sustancias cancerígenas se indican específicamente con la letra A, seguida de los números 1 ó 2 según esté probado que resulta cancerígeno para las personas o sólo existan sospechas.

Los valores límite umbral (TLV's) y los índices biológicos de exposición (BEI´s) han sido desarrollados como guías para ayudar en el control de los riesgos para la salud y utilizarlas en la práctica de la higiene industrial.

Deben ser interpretadas y aplicadas solamente por personas expertas en esta disciplina.

No están pensadas para ser usadas como estándares legales.

A veces se utilizan en los programas de seguridad y salud laborales para contribuir a


mejorar la protección del trabajador, pero el

Figura 2-5


usuario debe conocer las restricciones y limitaciones para su utilización apropiada y asumir la responsabilidad por su uso.

La extensión del uso de TLV´s y BEI´s a otras aplicaciones, como el uso sin el juicio de un higienista industrial, aplicación a diferentes poblaciones, desarrollo de nuevos modelos de tiempo de exposición/recuperación, etc. puede condicionar su bondad.

No es apropiado que organizaciones o personas utilicen los TLV´s o BEI´s para bajo sus conceptos imponer un determinado valor de los mismos a para transferir estos valores a los requerimientos estándares legales.

Insistimos en que los valores listados en el manual "Lista de TLV´s" están destinados a utilizarse en la práctica de la Higiene Industrial como guías o recomendaciones para el control de riesgos potenciales para la salud y no para otro uso. Los valores no son líneas definidas de separación entre la concentración segura y la peligrosa y no deben

usarse por nadie no formado en la disciplina de higiene industrial. Es imperativo conocer la introducción a cada se- cción del manual antes de aplicar las recomen- daciones contenidas en


Figura 2-6

ellas.


Dado que puede ser que el cáncer sea un proceso de múltiples etapas influenciadas por diferentes causas, el concepto de concentración umbral permisible para una sustancia cancerígena es impreciso; cualquier contaminante o factor implicado que esté constatado como cancerígeno debe ser considerado, en el grado de conocimientos actuales, como peligroso.


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Otros parámetros utilizados:

Nivel de acción (NA). Es una fracción del VLE y se ha fijado arbitrariamente como un valor por debajo del cual no se considera riesgo alguno.

Límite inmediatamente peligroso para la vida y la salud (IPVS) (En inglés IDLM). Es la máxima concentración a que puede estar sometida una persona durante no más de

30 minutos sin que le cause trastornos irreversibles. Por encima de dicho valor la persona puede tener daños irreversibles, e incluso puede sobrevenirle la muerte.

Conviene recalcar que la utilización de los diferentes valores límites de referencia sólo deberán ser aplicados por personas que posean conocimientos suficientes y experiencia en este campo (higienistas o expertos en higiene del trabajo).

Los valores TLV's publicados por la ACGIH son ampliamente aceptados por la Occupational Safety and Health Administration (OSHA) como valores PEL (Límites de Exposición Permisible), ya que los TLV's son marca registrada.

Criterios vigentes en España

Hasta 1961 con la promulgación por Decreto de presidencia de Gobierno de 30 de noviembre del "Reglamento de actividades molestas, nocivas, insalubres y peligrosas" no aparece en la normativa legal española un texto normativo que recoja niveles tolerados de contaminantes en el ambiente.

Figuran más de 150 sustancias químicas y sus correspondientes valores de Concentración Máxima Permisible (CMP) basados en los TLV´s de la ACGIH existentes en aquel momento. Posteriormente la legislación incluyó diferentes aspectos higiénicos cuantificables, pero que no han sido actualizados o que carecen de la coherencia y precisión que esta temática requiere.

Se comprende entonces el escaso o nulo apoyo legal que el higienista encontró en esta materia, por lo que en general, se utilizaron como criterios de valoración los valores de los TLV's americanos para aquellas sustancias que los tenían establecido.


citar:

Como normas positivas con especificaciones concretas en Higiene Industrial cabe


Resolución de 15 de febrero de 1977 sobre el benceno. Empleo de disolvente y otros compuestos que lo contienen. (B.O.E. de 11 de marzo de 1977).

Real Decreto 1.316/89 de 27 de octubre sobre protección de los trabajadores frente a los riesgos derivados de la exposición al ruido durante el trabajo.

(B.O.E. de 2 de noviembre de 1989).

Orden de 31 de octubre de 1984 por la que se aprueba el Reglamento sobre trabajos con riesgo de amianto (B.O.E. de 7 de noviembre de 1984).

Orden de 9 de abril de 1986 por la que se aprueba el Reglamento para la prevención de riesgos y protección de la salud de los trabajadores en presencia


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de plomo metálico y sus compuestos iónicos en el ambiente de trabajo (B.O.E. de 24 de abril de 1986).

Orden de 9 de abril de 1986 por la que se aprueba el Reglamento para la prevención de riesgos y protección de la salud de los trabajadores en presencia de Cloruro de vinilo monómero en el ambiente de trabajo (B.O.E. de 6 de mayo de 1986).

Tabla 2-2: NORMATIVA PARA AMIANTO, PLOMO Y CLORURO DE VINILO

No obstante, desde mediados de 1999 el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo ha editado una publicación sobre los límites de exposición profesional para agentes químicos.

La Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo ha acordado recomendar:

Que se apliquen en los lugares de Trabajo los límites de exposición indicados en la guía del INSHT titulada "Documento sobre límites de exposición profesional para agentes químicos en España" y que su aplicación se realice con los criterios establecidos en dicho documento.

Además se ha recomendado la máxima difusión de este documento así como las revisiones anuales necesarias.

Límites de exposición profesional para agentes químicos en España

Introducción

Las disposiciones relativas a la evaluación de riesgos de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y del Real Decreto 39/19 de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios Prevención, implican la necesaria utilización de valores límite de exposición para poder valorar los riesgos específicos debidos a la exposición a agentes químicos

Como ya hemos visto, en la actualidad, la legislación española relativa a valores limite de exposición profesional se encuentra recogida en el Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas (RAMINP), aprobado por Decreto 2.414/1961, de


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30 noviembre, y en otras disposiciones específicas más recientes relativas al benceno, al plomo metálico y compuestos inorgánicos, al cloruro de vinilo y a las fibras de amianto.

No obstante, la disponibilidad de nuevos datos toxicológicos, la evolución de la técnica y las numerosas sustancias y preparados existentes en el mercado han creado una situación de desfase del RAMINP, siendo, por este motivo, práctica común en nuestro país la aplicación de otros valores limite de exposición, en general más exigentes; habitualmente los valores Threshold Limit Values (TLV) de la American Conference of Governmental Industrial Hygienists (ACGIH) de los EE.UU.

Paralelamente, la Directiva 98/24/CE del Consejo, de 7 de abril de 1998, que

Estados miembros han de trasponer a su ordenamiento jurídico antes del 5 mayo del

2001, relativa a la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo impone a los Estados miembros el establecimiento de valores límite nacionales exposición profesional para los agentes químicos que tengan fijado un valor límite indicativo de exposición a escala comunitaria. Esta disposición está dirigida a la actualización y progresiva armonización de los limites de exposición profesional europeos, a medida que se vayan fijando dichos valores limite indicativos, pero basándose en la existencia o el establecimiento de listas de valores legales nacionales en cada Estado miembro.

Ante esta situación y de acuerdo con las disposiciones del Articulo 5 del citado Real Decreto 39/1997, el I.N.S.H.T. ha adoptado los valores límite de exposición profesional y los valores limite biológicos contenidos en este documento, así como los criterios básicos para su utilización en la evaluación y control de los riesgos derivados de la exposición profesional a agentes químicos que exige la Ley Prevención de Riesgos Laborales.

Los valores adoptados tienen carácter de recomendación y constituyen solamente una referencia técnica. No son, por tanto, valores legales nacionales, que sólo pueden ser establecidos por las autoridades competentes.

Los conceptos y valores incluidos en esta recomendación son el resultado de una evaluación crítica de los valores limite de exposición establecidos por las entidades que se citan en la bibliografía, teniendo en cuenta, fundamentalmente, en el caso de los valores que son discrepantes en las listas de las distintas entidades, la fecha de su actualización, la fiabilidad de los datos utilizados para el establecimiento de cada uno de ellos y los criterios de la U.E. para la adopción de los limites de exposición comunitarios.

La lista de los valores limite adoptados será ampliada y revisada, al menos anualmente, en función de las necesidades que planteen los cambios en los procesos de producción y la introducción de nuevas sustancias, de los nuevos conocimientos técnicos y científicos, así como de la evolución del marco legal en el que se apliquen.

Objetivo y ámbito de aplicación

Los Limites de Exposición Profesional son valores de referencia para la evaluación y control de los riesgos inherentes a la exposición, principalmente por inhalación, a los agentes químicos presentes en los puestos de trabajo y, por lo tanto, para proteger la salud de los trabajadores y a su descendencia.


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No constituyen una barrera definida de separación entre situaciones seguras y peligrosas.

Los Límites de Exposición Profesional se establecen para su aplicación en la práctica de la Higiene Industrial y no para otras aplicaciones. Así, por ejemplo, no deben utilizarse para la evaluación de la contaminación medioambiental de una población, de la contaminación del agua o los alimentos, para la estimación de los índices relativos de toxicidad de los agentes químicos o como prueba del origen, laboral o no, de una enfermedad o estado físico existente.

En este documento se considerarán como Límites de Exposición Profesional los valores límite ambientales (VLA), contemplándose además, como complemento indicador de la exposición, los Valores Límite Biológicos (VLB).

Definiciones

A los efectos de este documento son de aplicación las siguientes definiciones:

Agente Químico: Todo elemento o compuesto químico, por si solo o mezclado, tal como se presenta en estado natural o es producido, utilizado o vertido, incluido el vertido como residuo, en una actividad laboral, se haya elaborado o no de modo intencional haya comercializado o no.

Puesto de trabajo: Con este término se hace referencia tanto al conjunto de actividades que están encomendadas a un trabajador concreto como al espacio físico en que éste desarrolla su trabajo. (Directiva 93/24/CE del Consejo de 7/4/98 DOL 131 de

5/5/98 p 11)

Zona de respiració n: El espacio alrededor de la cara del trabajador del que éste toma el aire que respira. Con fines técnicos, una definición más precisa es la siguiente: semiesfera de 0,3 m de radio que se extiende por delante de la cara del trabajador, cuyo centro se localiza en el punto medio del segmento imaginario que une ambos oídos y cuya base está constituida por el plano que contiene dicho segmento, la parte más de la cabeza y la laringe. (EN 1540 Workplace atmospheres Terminology)

Periodo de referencia: Periodo especificado de tiempo, establecido para el valor límite de un determinado agente químico. El período de referencia para el límite de larga duración habitualmente de 8 horas, y para el límite de corta duración, de 15 minutos.

(UNE-EN 689 Atmósferas en el lagar de trabajo Directrices para la evaluación de la exposición por Inhalación agentes químicos para la comparación con los valores límite y estrategia de la medición)

Exposició n: Cuando este término se emplea sin calificativos hace siempre referencia a la respiratoria, es decir, a la exposición por inhalación.

Se define como la presencia de un agente químico en el aire de la zona de respiración del trabajador.

Se cuantifica en términos de la concentración del agente obtenida de las mediciones de exposición, referida al mismo período de referencia que el utilizado para el valor límite aplicable. En consecuencia, pueden definirse dos tipos de exposición:


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Exposición diaria (ED).

Es la concentración media del agente químico en la zona de respiración trabajador medida, o calculada de forma ponderada con respecto al tiempo para la jornada laboral real y referida a una jornada estándar de 8 horas diario.

Referir la concentración media a dicha jornada estándar implica considerar el conjunto de las distintas exposiciones del trabajador a lo largo de la jornada real de trabajo, cada una con su correspondiente duración, como equivalente a una única exposición uniforme de 8 horas.

Así pues, la ED puede calcularse matemáticamente por la siguiente fórmula:

 Ci ti

ED = -----------

8

siendo Ci la concentración i-ésima

ti el tiempo de exposición, en horas, asociado a cada valor Ci

Nota: A efectos del cálculo de la ED de cualquier jornada laboral, la suma de los tiempos de exposición que se han de considerar en el numerador de la fórmula anterior será igual a la duración real de la jornada en cuestión, expresada en horas.

Exposición de corta duración (EC).

Es la concentración media del agente químico en la zona de respiración del trabajador, medida o calculada para cualquier periodo de 15 minutos a lo largo de la jornada laboral, excepto para aquellos agentes químicos para los que se especifique un período de referencia inferior, en la lista de Valores Limite.

Lo habitual es determinar las EC de interés, es decir, las del periodo o periodos de máxima exposición, tomando muestras de 15 minutos de duración en cada uno de ellos. De esta forma, las concentraciones muestrales obtenidas coincidirán con las EC buscadas.

No obstante, si el método de medición empleado, por ejemplo basado en un instrumento de lectura directa, proporciona varias concentraciones dentro de cada período de 15 minutos, la EC correspondiente se calculará aplicando la siguiente fórmula:

 Ci ti

EC = -----------

15


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siendo

Ci la concentración i-ésima dentro de cada período de 15 min. ti el tiempo de exposición, en minutos, asociado a cada valor Ci


Nota: La suma de los tiempos de exposición que se han de considerar en la fórmula anterior será igual a 15 minutos.

Indicador Biológico (IB).

A efectos de lo contemplado en este documento se entiende por indicador biológico un parámetro apropiado en un medio biológico del trabajador, que se mide en un momento determinado, y está asociado, directa o indirectamente, con exposición global, es decir, por todas las vías de entrada, a un agente químico.

Como medios biológicos se utilizan el aire exhalado, la orina, la sangre y otros. Según cuál sea el parámetro, el medio en que se mida y el momento de la toma

muestra, la medida puede indicar la intensidad de una exposición reciente, la exposición promedio diaria o la cantidad total del agente acumulada en el organismo, es decir, la carga corporal total.

En este documento se consideran dos tipos de indicadores biológicos:

IB de dosis. Es un parámetro que mide la concentración del agente químico de alguno de sus metabolitos en un medio biológico del trabajador expuesto

IB de efecto. Es un parámetro que puede identificar alteraciones bioquímicas reversibles, inducidas de modo característico por el agente químico al que está expuesto el trabajador.

Valores limite ambientales (VLA)

Son valores de referencia para las concentraciones de los agentes químicos en el aire, y representan condiciones a las cuales se cree, basándose en los conocimientos actuales, que la mayoría de los trabajadores pueden estar expuestos 8 horas diarias y

40 semanales, durante toda su vida laboral, sin sufrir efectos adversos para su salud.

Se habla de la mayoría y no de la totalidad puesto que, debido a la amplitud las diferencias de respuesta existentes entre los individuos, basadas tanto en factores genéticos como en hábitos de vida, un pequeño porcentaje de trabajador podría experimentar molestias a concentraciones inferiores a los VLA, e incluso resultar afectados más seriamente, sea por agravamiento de una condición previa o desarrollando una patología laboral.

Los VLA se establecen teniendo en cuenta la información disponible, procedente de la analogía físico-química de los agentes químicos, de los estudios experimentación animal y humana, de los estudios epidemiológicos y de la experiencia industrial.

Los VLA sirven exclusivamente para la evaluación y el control de los riesgos por inhalación de los agentes químicos incluidos en la lista de valores. Cuando uno de estos


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agentes se puede absorber por vía cutánea, sea por la manipulación directa del mismo, sea a través del contacto de los vapores con las partes desprotegidas de la piel, y esta aportación pueda resultar significativa para la dosis absorbida por el trabajador, el agente en cuestión aparece señalizado en la lista con la notación "vía dérmica". Esta llamada advierte, por una parte, de que la medición de la concentración ambiental puede no ser suficiente para cuantificar la exposición global y, por otra, de la necesidad de adoptar medidas para prevenir la absorción cutánea.

El valor límite para los gases y vapores se establece originalmente en ml/m3 (ppm), valor independiente de las variables de temperatura y presión atmosférica, pudiendo también expresarse en mg/m3 para una temperatura de 20 °C y una presión de 101,3 kPa, valor que depende de las citadas variables. La conversión de ppm a mg/m3 se efectúa utilizando la siguiente ecuación:

(VLA en ppm) (peso molecular del agente químico en gramos) VLA en mg/m3 = ----------------------------------------------------

24,04

siendo 24,04 el volumen molar en litros en tales condiciones estándar.

En la transformación de ppm a mg/m3 los valores resultantes se han aproximado a dos cifras significativas si el valor calculado es inferior a 100 y a tres cifras significativas si está por encima de 100.

El valor límite para la materia particulada no fibrosa se expresa en mg/m3 o submúltiplos y el de fibras, en fibras/m3 o fibras/cm3, en ambos casos para las condiciones reales de temperatura y presión atmosférica del puesto de trabajo. Esto significa que las concentraciones medidas en estas unidades, en cualesquiera de las condiciones de presión y temperatura, no requieren ninguna corrección para ser comparadas con los valores límite aplicables.

Tipos de Valores Límite Ambientales.

Se consideran las siguientes categorías de VLA:

Valor Límite Ambiental-Exposició n Diaria (VLA-ED).

Es el valor de referencia para la Exposición Diaria (ED), tal y como ésta ha sido definida anteriormente.

Valor Límite Ambiental-Exposició n de Corta Duració n (VLA-EC).

Es el valor de referencia para la Exposición de Corta Duración (EC), tal y; como ésta se ha definido anteriormente.

El VLA-EC no debe ser superado por ninguna EC a lo largo de la jornada laboral. Para aquellos agentes químicos que tienen efectos agudos reconocidos pero cuyos principales efectos tóxicos son de naturaleza crónica, el VLA-EC constituye un


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Complemento del VLA-ED y, por tanto, la exposición a estos agentes habrá de valorarse en relación con ambos límites.

En cambio, a los agentes químicos de efectos principalmente agudos como, por ejemplo, los gases irritantes, sólo se les asigna para su valoración un VLA-EC.

Límites de Desviación (LD).

Pueden utilizarse para controlar las exposiciones por encima del VLA-ED, dentro de una misma jornada de trabajo, de aquellos agentes químicos que lo tiene asignado. No son nunca límites independientes, sino complementarios de los VLA que se hayan establecido para el agente en cuestión, y tienen un fundamento estadístico.

Para los agentes químicos que tienen asignado VLA-ED pero no VLA-EC establece el producto de 3 x VLA-ED como valor que no deberá superarse durante más de 30 minutos en total a lo largo de la jornada de trabajo, no debiéndose sobrepasar en ningún momento el valor 5 x VLA-ED.

Lista de valores límite ambientales de exposición profesional.

A continuación se incluye una lista parcial de Valores Limite Ambientales de Exposición Profesional, considerando en dos columnas los de Exposición Diaria

(VLA-ED) los de Exposición de Corta Duración (VLA-EC) para los agentes químicos, identificados por sus números EINECS y CAS, indicándose además en la columna Notas las observaciones necesarias para mayor información.

LIMITES ADOPTADOS Notas

EINECS C.A.S. AGENTE QUIMICO VLA-ED VLA-EC

ppm mg/m3 ppm mg/m3

200-848-9 75-21-8 Oxido de etileno 1 1.8 C2, M2

231-959-5 7782-50-5 Cloro 0.5 1.5 1 3

211-128-3 630-08-0 Monó xido de carbono 25 29 TR1

204-696-9 124-38-9 Dió xido de carbono 5000 9150 15000 27400

231-977-3 7783-06-4 Sulfuro de hidró geno 10 14 15 21

231-195-2 7446-09-5 Dió xido de azufre 2 5.3 5 13

200-812-7 74-82-8 Metano (k)

231-634-3 7664-41-7 Amoníaco 25 18 35 25

233-032 10024-97-2 Oxido de dinitró geno 50 2

233-271-0 10102-43-9 Monó xido de nitró geno 25 31

233-272-6 10102-44-0 Dió xido de nitró geno 3 5.7 5 9.6

200-821-6 74-90-8 Cianuro de hidró geno 10 11 Vía dérmica

231-595-7 7647-01-0 Cloruro de hidró geno 5 7.6 10 15

Tabla 2-3: ALGUNOS VALORES LÍMITE AMBIENTALES DE EXPOSICIÓN PROFESIONAL (AÑO 1999)


INTRODUCCIÓN A LA HIGIENE INDUSTRIAL

Normativa derivada de Directivas CE

Como consecuencia de la transposición de determinadas Directivas a la legislación española se han incorporado nuevos criterios de referencia para algunos contaminantes específicos, que mencionamos de pasada pues es necesario estudiar la Directiva para obtener los valores que deben manejarse:

Exposición al amianto: 12 fibras-día por centímetro cúbico acumulados para un periodo continuado de tres meses.

Exposición al plomo: 40 microgramos metro cubico no más de 30 días al año. Exposición al cloruro de vinilo: 7 p.p.m.

Exposición al benceno: 3 p.p.m.

Higiene de campo

Esta rama de la higiene del trabajo que se ocupa del estudio y reconocimiento de los contaminantes y condiciones de trabajo, identificando los peligros para la salud, evaluando los riesgos higiénicos y sus posibles causas y adoptando las medidas necesarias para su control.

Para la realización de esta función el experto en higiene de campo se auxilia, como instrumento de trabajo, de la encuesta higiénica. En ella utiliza la información suministrada por la propia empresa y los trabajadores afectados, documentación apropiada, instrumental de campo previamente calibrado y una gran experiencia que le permita, a partir de sus conocimientos técnicos, poder aplicar con la debida precaución a los valores que se obtengan los criterios higiénicos.

El higienista industrial debe estar capacitado para:

• Reconocer los factores ambientales y comprender sus efectos sobre el hombre y la salud.

• Evaluar los riesgos derivados de los factores ambientales

• Controlar los riesgos adoptando los métodos adecuados para su eliminación o reducción.

Encuesta higiénica

En la encuesta higiénica se analizan los diferentes factores que intervienen en un problema higiénico permitiendo la aplicación de medidas técnicas o médicas de control y la reducción de las situaciones de riesgo.

Se pueden distinguir diferentes tipos de encuesta higiénica, y el proceso puede llegar a ser bastante complejo por lo que no deben adoptarse posturas simplistas que podrían conducir a un tratamiento totalmente erróneo del problema.


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Higiene analítica

Podemos definir la higiene analítica como la Química analítica aplicada a la Higiene del Trabajo. Se encarga de procesar muestras y determinar en ellas cualitativa y cuantitativamente los contaminantes químicos presentes en el ambiente de trabajo.

Son funciones de higiene analítica:

a) Análisis de materias primas u otros productos que puedan ser focos de contaminación.

b) Análisis de los componentes químicos presentes en el ambiente laboral

c) Análisis de los contaminantes presentes en fluidos biológicos de personas expuestas a ellos.

d) Investigación dirigida a mejorar los métodos analíticos ya existentes y a estudiar los efectos toxicológicos de diversos contaminantes químicos.

Las técnicas usadas en los análisis en esta rama de la higiene han de ser muy sensibles, operándose frecuentemente dentro de la escala "micro", ya que las cantidades de contaminantes presentes en los soportes del aparato de toma de muestras que se manejan son muy pequeñas.

Análisis preparatorio

La misión del análisis preparatorio es la preparación de las muestras, dirigida a aumentar la sensibilidad de las distintas técnicas que vayan a emplearse pues se manejan cantidades muy pequeñas de producto.

Análisis instrumental


La misión es la aplicación de las técnicas fisico-químicas al análisis de muestras, fundamentalmente técnicas cromatográficas, espectrométricas y microscópicas (óptica y electrónica)

El método analítico

Figura 2-7


En el campo de la Higiene Industrial o contaminación ambiental, cuando se hace referencia al método analítico, la tendencia más generalizada es asociarlo con análisis, pero prácticamente nunca con la toma de muestras

Para facilitar su clarificación, veamos el esquema de un método analítico:

Figura 2-8


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CONTAMINANTE MUESTRA ANÁLISIS

Aire 1.º Captación Soporte 2.º Preparación Técnica Analítica

Eficacia de Retenció n Recuperació n

ESQUEMA DEL MÉTODO ANALÍTICO

En este esquema simplificado de un método analítico, se observa que concurren en él dos transferencias de materia, que son normalmente los puntos clave:

1.º El contaminante presente en el aire es transferido mediante el correspondiente sistema de captación o toma de muestras a un soporte lo que origina la Muestra

(Esta transferencia tiene un rendimiento, conocido como Eficacia de Retención) y

2.º La muestra tras su preparación correspondiente, es analizada mediante Técnica Analítica apropiada (estableciéndose otro rendimiento, que se conoce como Coeficiente de Recuperación).

Ambos rendimientos, de retención y recuperación pueden calcularse parcialmente, o directamente de forma global. No obstante, es su valor global, quien realmente expresa la exactitud o error del método analítico y es el que deberá ser considerado cuando haya necesidad de corregir el resultado.

A la vista del esquema, cabe indicar que dentro del contexto del método analítico se deben incluir por igual toma de muestras y análisis. Lógicamente ambos bien diferenciados entre sí, tanto por sus problemáticas muy específicas, como por su diferente ejecución en el tiempo, pero también, a la vez, íntimamente relacionadas y dependientes entre sí.

Características del método análitico

Los métodos analíticos se preparan y son útiles para medir una substancia concreta bajo unas circunstancias determinadas. Estos datos, junto con varios aspectos de la calidad de su respuesta, determinada mediante pruebas oportunas, constituyen las denominadas características del método. Las principales características del Método Analítico son:

❖ ESPECIFICIDAD: Grado en que se determina un compuesto concreto y sólo éste.

❖ INTERFERENCIAS: N.º y Tipo de compuestos que interfieren positiva o negativamente en la respuesta del método, falseándola.

❖ LIMITE DE DETECCIÓN: Concentración Mínima capaz de detectar.

❖ MARGEN DE TRABAJO: Intervalo de Concentración del analito en la aplicación del método que da buenos resultados.

❖ PRECISIÓN Y EXACTITUD: Definir el grado de fiabilidad de los resultados.

Figura 2-9: CROMATÓGRAFO DE GASES Y ESPECTROFIOTÓMETRO DE ABSORCIÓN ATÓMICA. REPRESENTACIÓN GRÁFICA DE UNA MUESTRA CON TOLUENO.


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Evaluación del riesgo higiénico

Una vez se dispone de los datos recogidos en la primera etapa de la encuesta higiénica que han permitido la identificación del riesgo y determinar la magnitud del problema higiénico a partir del conocimiento de las concentraciones ambientales

(contaminantes químicos) y/o niveles de intensidad (agentes físicos), el número de trabajadores expuestos y el tiempo y periodicidad de las exposiciones, se procede a la evaluación de los riesgos detectados que deberá realizarse para cada puesto de trabajo.

En cuanto a la evaluación de los contaminantes químicos debemos disponer para cada uno de ellos los siguientes datos:

Concentración promedio permisible (CPP), VL o TLV-TWA de las sustancias que se manejen de conocidos efectos, irritantes, tóxicos, etc. para la salud del trabajador.

TLV-STEL en los lugares donde además, existan altas concentraciones de los contaminantes durante cortos períodos de tiempo

CMP (concentración máxima permitida) o TLV-C en aquellos casos en que sea necesario por tener ese valor.

Ci (concentración del contaminante en el ambiente)

t (tiempo de exposición al riesgo en h/día)

A partir de estos datos se procederá según se trate de un sólo contaminante o de varios contaminantes.

Caso de un contaminante

Se procede a determinar el porcentaje de "Dosis Máxima Permisible" (%DMP) a partir de la expresión:

%DMP = Ci / TLV-TWA x t / 8 x 100 = K

Si K > 100 Existe riesgo higiénico

Si K < 50 No existe riesgo higiénico

Si 50 < K < 100 Existen dudas sobre el riesgo higiénico. Debe completarse el estudio.

En la aplicación de este cálculo deben tenerse en cuenta que:

* Si el valor de la concentración de contaminantes alcanza el valor techo TLV-C, es este valor y no el %DMP el que determinará la existencia de riesgo, ya que aún con valores muy bajos de %DMP, para corta exposiciones, puede existir riesgo higiénico.

* Si los tiempos de exposición del trabajador son cortos y las concentraciones en el ambiente superan el TLV deberán tenerse en cuenta el TLV-STEL o el valor de la


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desviación del TLV-TWA (3 ó 5 TLV-TWA, en 30 minutos o bajo ningún concepto respectivamente, si no existe el TLV-STEL). Tener mucha prudencia al extrapolar los datos o los periodos de tiempo; en general, el resultado no suele ser correcto, debido a la gran variabilidad de concentración del contaminante.

Figura 2-10: VALORACIÓN Y TOMA DE DECISIONES

Caso de varios contaminantes

Pueden darse dos situaciones diferentes:

a) Los efectos son independientes para cada uno de los contaminantes

En este caso deberá cumplirse para todos ellos que: C1 < TLV-TWAl y C máxl < TLVl-C

C2 < TLV-TWA2 y C máx2 < TLV2-C C3 < TLV-TWA3 y C máx3 < TLV3-C

b) Los efectos son aditivos (o tóxicos sistémicos), pues no se tiene certeza de que sus efectos sean exclusivamente independientes.

En este caso se calculará el valor de K, resultando: C1 C2 C3 Ci

---- + ---- + ---- + … + ---- = K

TLVl TLV2 TLV3 TLVi

Si K > 1 Existe riesgo higiénico

Si K < 0.5 No existe riesgo higiénico

Si 0.5 < K < 1 Existen dudas sobre el riesgo higiénico. Se deben hacer

Evaluaciones Periódicas

Además deberá seguir cumpliéndose para cada contaminante independiente- mente las condiciones establecidas en el caso anterior. El valor del TLV de la mezcla se podrá determinar a partir de la expresión anterior en el que

i

 Ci /TLVi = Cmezcla/TLVmezcla, n=1


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siendo TLVmezcla = Cmezcla/ Ci /TLVi (de n=1 a i)

Un ejemplo típico de evaluación higiénica puede ser la evaluación higiénica de un proceso de soldadura. De la base del metal soldado puede generarse óxidos de Cr y Ni si se trata de acero inoxidable, óxidos de Fe y Mn si se trata de acero al carbono; si el metal esta galvanizado, niquelado, cromado, etc. pueden encontrarse en los humos de soldadura los respectivos óxidos. Si el metal está tratado con una imprimación de minio podemos encontrar óxidos de Pb, si está engrasado puede aparecer acroleina, si está desengrasado con tricloroetileno puede formarse fosgeno, etc. También pueden aparecer contaminantes del material de aporte o bien de reacciones con el aire, dando óxidos de nitrógeno y ozono.

Higiene operativa

Para poder conseguir la eliminación del riesgo higiénico o si no es posible, reducirlo hasta límites aceptables (no perjudiciales para la salud), la Higiene Operativa debe actuar sobre los diferentes factores que intervienen en el proceso en el orden que sigue:

1. Foco emisor del contaminante

2. Medio de Difusió n del contaminante

3. Trabajadores expuestos

De todas las medidas expuestas en el cuadro siguiente, las más eficaces desde el punto de vista de la Higiene del Trabajo son las que actúan sobre el foco emisor del contaminante, actuando sobre el medio difusor cuando no ha sido posible la eliminación del foco y, por último, sólo sobre los trabajadores expuestos cuando no ha sido posible actuar sobre los anteriores estados o como medida complementaria de otras medidas adoptadas.

RIESGO SISTEMA DE CONTROL HIGIÉ NICO


FOCO EMISOR DEL CONTAMINANTE

MEDIO DE

DIFUSIÓ N

TRABAJADORES EXPUESTOS

❑ Sustitución de productos

❑ Modificación de procesos

❑ Encerramiento o aislamiento del proceso

❑ Métodos Húmedos

❑ Mantenimiento

❑ Selección de equipos y diseños adecuados

❑ Limpieza

❑ Ventilación por difusión

❑ Extracción localizada

❑ Aumento distancia foco-receptor

❑ Sistema de alarma

❑ Mantenimiento

❑ Formación, información y adiestramiento

❑ Rotación del personal

❑ Encerramiento del trabajador

❑ Control y reconocimiento médico periódico de los trabajadores

❑ Protección personal.


Tabla 2-4: SISTEMA DE CONTROL DE RIESGO HIGIENICO


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EL INFORME TÉCNICO DE HIGIENE DEL TRABAJO

La última etapa del estudio higiénico concluye con la elaboración del informe técnico, el cual debe responder a una presentación lógica, sencilla y comprensible, utilizando la terminología correcta de forma que no pueda dar lugar a confusión.

En el mismo deben contemplarse al menos:

Antecedentes, Se incluirán los datos relativos a la identificación de la empresa y actividad, motivo del estudio, etc.

Metodología, Se incluirán los datos relativos a días y horas de presencia en la empresa para la realización, con indicación de las personas consultadas y datos recogidos, mediciones efectuadas con instrumentos de lectura directa, análisis de riesgos, etc.

Toma de muestras, Debe explicar todas las circunstancias del muestreo, características del local, descripción del proceso y los puestos analizados, haciendo referencia para cada uno de ellos a trabajadores expuestos, resultados de las mediciones técnicas de muestreo e instrumentos utilizados, tiempos de exposición, y concentración media ponderada para cada contaminante.

Conclusiones, Este apartado debe contener la valoración de los riesgos existentes por comparación de las concentraciones obtenidas con los valores de referencia legales o universalmente aceptados cuando la normativa legal no lo contemple y las recomendaciones sugeridas para su control, ya sean individuales o colectivas.

Sería conveniente el apoyo documental del informe con la inclusión de planos, esquemas, registro de datos, fotografías, etc.





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Enviado por:Patricia
Idioma: castellano
País: España

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