Derecho
Historia del derecho
HISTORIA DEL DERECHO
CONCEPTO:
Todos los autores coinciden en dar una definición de historia y consideran que historia en general es el conocimiento del pasado se lo ha definido como la narración verídica e imparcial de los hechos del pasado.
Para Huising, es la forma intelectual en que una cultura se pide cuentas de si misma de su pasado; es decir que la historia es el conocimiento que tenemos del origen, evolución y transformación de las instituciones jurídicas.
Para Basadre, Tratadista peruano dice que la historia de derecho es el estudio de la naturaleza de cambio, variaciones sufridas del pasado jurídico.
Para Bascuñan La historia de derecho es una ciencia filial de la historia en general, de la ciencia jurídica y del arte que tiene por fines el conocimiento de la reconstrucción, valoración y explicación del derecho en los diversos procesos.
IMPORTANCIA DE LA HISTORIA DEL DERECHO
La historia del derecho tiene una inmensa importancia y que revisa la información de fuentes, normas y doctrinas, pues no se trata de detectar solamente los cambios sino su verdadero mecanismo de transformación.
La historia de derecho nos muestra su perspectiva y proceso gradual y constante de la cultura humana desde el hacinamiento indiscriminado y confuso de la horda primitiva hasta el estado moderno.
Nos da a conocer las diferentes etapas que ha transformado el hombre, el derecho y ordenamiento jurídico, yendo desde la hostilidad de los pueblos con etapas de acierto y aberraciones en otros, hasta llegar a la comunidad jurídica universal.
FUENTES DE LA HISTORIA DEL DERECHO
Las fuentes de la historia del derecho se dividen en: directas e indirectas.
Directas: Son aquellas que dan de un modo directo e inmediato, y concreto a conocer normas, instituciones, ordenamientos y sistemas vigentes de una época. Estas fuentes se dividen en:
Derecho Legislativo
Derecho Convencional
Derecho Judicial
Derecho Doctrinario.
DERECHO LEGISLATIVO
Comprende grandes textos tales como recopilaciones de leyes, decretos, reglamentos, ordenanzas, etc. (registro oficial)
DERECHO COMVENCIONAL
Es la aplicación práctica de la norma jurídica a casos concretos y determinados ejemplo: los contratos, testamentos, actas, que se encuentran en los archivos del registro de la propiedad, e instituciones laicas.
DERECHO JUDICIAL
Es el conjunto de normas de derecho que dimana (proviene) de los fallos de los tribunales de justicia o de las resoluciones de autoridades competentes.
Los jueces al aplicar la ley para la resolución de los conflictos tienen que interpretar y aplicarla, haciendo uso de los principios de equidad y sabiduría, para llegar a crear el derecho judicial o jurisprudencia. (Gaceta judicial)
DERECHO DOCTRINARIO
Constituye las teorías y doctrinas creadas por los jurisconsultos quienes, comentan textos legales, relatan tratados, componen diccionarios jurídicos.
Indirectas: Son aquellas que de un modo particular dan a conocer la aplicación de un derecho y son de menor importancia ejemplo: noticias policiales, hechos transmitidos de padres a hijos, testimonios de viajeros, literatura jurídica, etc.
CONSEPTO DE DERECHO
Todas las personas tenemos un concepto de lo que es el derecho; todos los seres humanos sabemos que dentro de las relaciones sociales necesariamente tenemos que aceptar y reconocer facultades que las personas tenemos frente a los demás. Axial podemos definir el derecho desde el punto de vista objetivo.
Que es el conjunto de normas, principios, y leyes que regulan las actividades humanas dentro de la sociedad.
Subjetivamente: Es la potestad moral que tienen las personas; la materialización de esta potestad o facultad moral del derecho objetivo.
Si la ley es el derecho objetivo, tenemos que conocer la etimología de lo que significa ley.
Para Cicerón: La palabra Ley se deriva del verbo eligere, que quiere decir elegir, puesto que la ley se elige para el buen manejo de esta.
Para San Isidro de Sevilla: Se deriva del verbo legere que significa leer ya que para el conocimiento de la ley se debe leer.
Los juristas contemporáneos señalan que la ley tiene un origen común tanto de elegir como de leer, por que la ley se la conoce leyéndola y se la hace en la legislatura que es producto de la elección popular.
DEFINICION ESCENSIAL DE LEY
En un sentido amplio ley es, la norma que establecida, que rija el modo de actuar del ser humano, para Cicerón Ley es la que sanciona por decreto, ordena o prohíbe. En un sentido estricto la ley es la ordenación de la razón dada para un bien constituido para quien tiene su autoridad o cuidado la comunidad la misma que debe ser promulgada.
Según el Art. 1 del código civil Ley es una declaración de voluntad soberana que manifestada, prescrita por la constitución manda prohíbe o permite.
CARACTERISTICAS DE LA LEY
1.-La ley debe ser posible; La ley debe ser física y moralmente posible a fin de que se pueda cumplir en el orden interno y externo moralmente posible cuando lo mandado no contradiga con el dictamen de una conciencia recta
2.- La ley debe ser honesta significa que no se debe oponer a los principios y normas de orden superior.
3.- La ley debe ser útil esto es que debe ser dictada para el bien común y no para el interés particular.
4.- La ley debe ser justa ósea que manda a dar a cada cual lo que es suyo.
5.- La ley debe ser estable o permanente es decir que la ley no debe cambiarse por cualquier simple circunstancia.
6.- La ley debe ser debidamente promulgada en el registro oficial.
DOCTRINAS JURIDICAS
CIVILIZACION EGIPCIA
Como todos los pueblos de la antigüedad, Egipto constituye uno de los pueblos cuya trascendencia y tradición cultural se ha desarrollado desde tiempos muy remotos, por eso se dice que Egipto es uno de los pueblos, en la historia más largo en oriente. Egipto está calificado entre los pueblos de cultura hidráulica, Ya que el rio Nilo constituye el fundamento económico, religioso, social en el que ha tenido si apogeo esta cultura.
Dicen los tratadistas que Egipto es el Nilo y el sol, haciendo alusión a un río , y el desierto tiene una extensión de 6671 km, siendo el rio más largo del mundo (670 km del Carchi al Macara) y sus inundaciones permiten fertilizar las áridas tierras del desierto, Por eso se dice que Egipto es la tierra del sol permanente, el Nilo antes de desembocar en el mar Mediterráneo se ensancha formando un extenso delta, de 2300 km2 lugar en el cual se desarrolla y tubo época de oro de la cultura mesopotámica.
SITUACION POLITICA
Egipto al igual que otros imperios orientales de la antigüedad tienen un régimen de monarquía teocrática, es decir que todos los poderes políticos fueron absorbidos por el monarca es decir el Faraón, quien para los egipcios era un ser divino, La monarquía era hereditaria, teocrática e intervencionista ya que el faraón controlaba desde el nacimiento poblacional hasta lo económico. El faraón como sacerdote realizaba los ritos religiosos, encabeza lo administrativo y defendía de los invasores, su principal ayudante se denominaba visir que hacia las veces de ministro.
La producción agrícola estaba organizada con el sistema de fincas que era sembrado por los ciervos que debían tributo al faraón.
SITUACION SOCIAL
La situación social de Egipto como todos los países de oriente antiguo se han caracterizado por tener un gobierno absolutista monárquico y teocrático es decir el monarca absorbía todos los poderes así como la riqueza, compartía estos privilegios con los integrantes de la familia real, la masa de la población tenia que trabajar para el monarca y por el monarca.
Los militares se encontraban en disposición del faraón en defensa de su régimen y las fronteras, los escribas (escribanos) permanentes y eternos estudiosos se convertían en consejeros del rey; mientras que los artesanos estaban en la obligación de abastecer los lujos de los faraones y de sus familiares;
Los sacerdotes eran los encargados de relazar los ritos religiosos y los escribas incluso interpretaban las inscripciones de las pirámides que luego se supo que tenía verdaderas imvocasiones a favor de los faraones fallecidos.
Después de la primera dinastía estas clases sociales se transformaron dando lugar a una explosión social en la que varios príncipes se adueñaron del poder formándose la décima segunda dinastía y tomando como capital a Tebas.
Los sucesores de estad dinastías condujeron a que Egipto disfrute de una edad de oro en la que se consolida la monarquía se extendió el comercio, se amplio el territorio, se multiplicaron los estados, y se convirtió Bebas en una verdadera metrópoli.
LA ESCRITURA EN EGIPTO
La escritura se desarrollo en una forma paulatina entre las que se destacaron:
primero los jeroglíficos que se cree que se origino en los círculos sacerdotales, escritos religiosos, en los estampados de los muros de las pirámides, pertenece a esta clase de escritura y se denomina texto de las pirámides que fue escrita por los escribas resaltando a los faraones a esta clase de escritura pertenece el famoso libro de los muertos que son rollos de papiro en los cuales consta conjuros, costumbre y consignas que ayudan al muerto a llegar al reino de dios esta es una prueba de que el hombre rendía cuentas de sus actos, esta escritura era de bajo relieve y netamente religiosa .
Dentro del pueblo egipcio se conocía a más de la escritura jeroglífica la escritura demótica que es la que mas se aplico en las transacciones mercantiles y sirvió para facilitar el comercio.
Esta escritura apareció tardíamente pero fue la que mas se aplico para la masa popular.
DERECHO DE FAMILIA
La organización familiar estaba representada por el padre de familia y todas las acciones de los miembros de los mismos estaban sujetos a la decisión del padre; El matrimonio se efectuaba por la estricta decisión del padre y era calificada como monogámica ya que la poligamia era reservada para el faraón y el padre de familia rica; en consecuencia había dos clases de hijos los de matrimonio y los de extramatrimonio; los hijos de matrimonio eran los únicos que heredaban mientras que los extramatrimoniales no lo hacían.
El deber esencial de los hijos es respetar a sus padres, sentencia esta que se la encuentra en las tumbas con leyendas como: “Ha respetado su padre “
El gran momento para el hombre fue el matrimonio, que tenia que tener un hogar para ser recién considerada la concepción familiar, es la clase de la moral egipcia.
El adulterio era sancionado con la pena de muerte, solo el hombre era autorizado para contraer segundas nupcias, pero su primera esposa tenia derecho sobre sus bienes, la esposa era bien considerada en lo afectivo y en lo que se refiere al hogar “Si tu eres sabio conserva tu casa ama a tu esposa sin reserva aliméntala de modo conveniente, vístela bien, acaríciala y cumple sus deseos. No la trates con dureza, pues obtendrás mas de ella por la consideración que por la fuerza; Si la rechazas tu hogar se desbarata “.
Si la mujer era tratada así tenemos como respuesta “ella será para el como un campo fértil, ella ara la prosperidad de la casa”.
Había prohibición para la mujer en cuanto a lo que estaba fuera de las labores de la casa, ella no tenia autoridad “Guárdate de que ella no tome autoridad y mantenla a distancia del mando, no te dejes dominar, ya que ella desencadenara la tempestad”.
En el imperio egipcio era aceptado el divorcio y cuando el padre quería contraer segundas nupcias, tenia que obtener autorización de los hijos del primer matrimonio, El padre debía repartir los bienes a los hijos que consistía en las dos terceras partes que era para ellos y el se quedaba con la tercera parte de los bienes para su segundo matrimonio, si los hijos estaban conformes con la repartición autorizaban el segundo matrimonio el divorcio se hacia por repudiación.
DERECHO PENAL
Es mucho más severo, el homicidio se castiga con la muerte; La conspiración contra el rey el robo y las violaciones son también sancionadas con la pena de muerte.
El mero hecho de no denunciar un crimen al que se ha asistido lleva consigo la misma pena que la del criminal (cómplice), Si se condena a muerte a una mujer en cinta la pena no se aplica sino hasta después de haber dado a luz.
Los funcionarios como jueces culpables de cohecho son incitados a suicidarse a fin de salvaguardar el honor de los cargos que desempeñaba.
El falso testimonio la concusión, con penados con severidad que implicaba la mutilación de nariz, orejas o a trabajos forzados en las minas.
Entre los crímenes mas comunes que se dieron en Egipto y sus sanciones tenemos:
1) Perjurio.- los testigos falsos o delito de concusión cuando este era comprobado había tres formas de sanción:
1.- Eran castigados mediante la mutilación de oreja, nariz, manos según la falta que cometían.
2.- Eran sancionados con trabajos forzados que realizaban en las minas.
3.- Eran expulsados a la frontera es decir desterrados.
2) Homicidio.- Era sancionado con la pena de muerte al igual el cómplice.
3) Conspiración.- Era considerado como conspiración el robo y la violación que tenia como pena la muerte.
PROSEDIMIENTO PENAL
Cuando se ha iniciado una denuncia esta es instruida por el Visir, asistido de un oficial y el gobernador de Tebas en su calidad de jefe de policía, los inculpados son encarcelados y sometidos a un interrogatorio acompañado de torturas que consistía en azotes en manos y pies, una vez obtenida la confesión se procede a la reconstrucción del crimen en el mismo lugar mientras son oídos los testigos , terminada esta instrucción , el Visir acude personalmente al lugar para asegurarse que la misma ha sido llevada a cabo con todo cuidado y equidad.
Una vez que se ha realizado este tramite, se efectuaba una audiencia la misma que era presidida por el Visir donde concurren los inculpados y si no se ha comprobado su responsabilidad se les pone en libertad y su absolución se pronuncia inmediatamente.
Esta audiencia esta compuesta por sacerdotes, funcionarios, magistrados y presidida por el Visir, asistido por un procurador y un escribano; la sentencia dilatada es registrada y se conserva en archivos judiciales, todo este procedimiento se lo hace por escrito, la declaración de testigos en materia civil se hace bajo jumento mas no en materia penal.
SUCESION EN EGIPTO
La sucesión era una forma individual tanto el padre como la madre tenían amplio poder para administrar o donar sus bienes a sus hijos, existía igual derecho para los hijos varones como para las hijas mujeres.
Existía una prohibición para los hijos que debían respetar los vienes de sus padres mientras estos vivan únicamente a la muerte de uno de ellos podían repartirse los vienes; a esto se le llama sucesión.
La familia estaba constituida por lasos sanguíneos , papa, mama e hijos, la familia era muy importante en Egipto y es así que la edad par contraer matrimonio era de 12 a 14 años en las mujeres y de 16 en los varones existían frases donde se daba importancia para que el egipcio respete a su familia y hogar “Funda un hogar y ama a tu mujer en tu casa como conviene, toma mujer mientras eres joven para que pueda darte hijos, puesto que un hombre es considerado en relación al numero de hijos.
DERECHO FISCAL
En Egipto encontramos ya la institución del impuesto progresivo, significando con esto que el que mas tiene paga mas asemejándose en la actualidad al impuesto a la renta en aquellas épocas ya se encuentra aunque en forma rudimentaria el Tesoro Nacional, con lo que fue posible la construcción de grandes obras.
DERECHO EN BABILONIA
En la actualidad Babilonia estaba situada en lo que hoy es Irak su gobierno fue teocrático. El rey mas ilustré de Babilonia fue Hammurabi, es famoso por que codifico las leyes y costumbres dispersas; dejo el código de leyes mas antiguo que lleva su nombre “El Código de Hammurabi” que fue escrito hace mas de 2000 años A.C. y fue encontrado en 1901, fue escrito en una piedra cilíndrica de 2 metros de altura. En este código hay preceptos en materia civil, penal, administrativa; sin que falten disposiciones de carácter mercantil. El comercio Babilónico donde quiera que llegara llevaba consigo sus leyes con la cual podía realizar sus negocios.
La cultura de este pueblo se fundamento en dos grandes factores que son la arquitectura y el comercio; de aquí nace la administración entre bienes muebles e in muebles que dio origen a los créditos.
DERECHO PENAL
El código de Hammurabi tiene preceptos (normas) de gran importancia jurídica entre ellos encontramos los siguientes:
1.- Si un hombre acusa a otro de un crimen capital y no puede probar lo que acusa será castigado con la muerte.
2.- Si un hombre ha robado algo del templo; morirá y al que compre lo robado tendrá la misma pena.
3.- Si una vendedora de vino tenia la medida corta la taberna se echaría al rió.
4.- En el aspecto penal hay disposiciones fundamentadas en la ley del taleón esto es si un hombre destruye el ojo de otro hombre, se le destruirá el ojo al otro.
5.- La muerte por ahogo o apedreamiento era muy común, las causas como la hechicería o falso testimonio se aplica las ordalías, que significa una sanción por la cual el acusado era lanzado a un rió caudaloso amarrado la pierna izquierda con el brazo derecho, y si se hundía era culpable y si nadaba era inocente.
DERECHO DE FAMILIA
Los derechos supremos dentro de la familia le pertenecen al padre, la patria potestad otorga derechos absolutos hasta el extremo que el padre de familia podía vender o arrojar de la casa del hogar a su mujer y a sus hijos; el matrimonio se arreglaba de forma contractual el padre otorga un hadote a su hija y el pretendiente correspondía haciéndoles regalos.
Como forma de terminación del matrimonio tenemos el divorcio y el repudio; se podía acordar sobre la tenencia de los hijos y cuando la mujer no tenía hijos, el marido puede divorciarse de ella entregándole los bienes.
El matrimonio se redactaba en una tablilla en la que quedaba constancia de la unión. La esposa inválida estaba pretejida por la disposición en donde se le prohíbe al marido echarla de la casa pero podía lícitamente tener una concubina.
ESCLAVITUD
El código de Hammurabi establecía que los esclavos debían ser marcados a fuego debiendo llevar un vestido especial que los distinguía de las personas libres; se imponían castigos severos si huían o si atacaban a un hombre libre, pero también tenían ciertas conseciones como otorgarles 3 días libres de descanso al mes, pueden poseer propiedades y comprar su libertad; el amo carece del derecho de quitar la vida a sus esclavos; y los esclavas concubinas gozaban de cierto derecho para una protección especial.
SUCESION
En el derecho sucesorio los hijos estaban en posición prominente respecto a la viuda que continúa siendo cabeza de familia, los hijos heredaban en partes iguales pero el padre puede favorecer a uno en especial.
HONORARIOS
En este código encontramos en forma detallada los salarios, honorarios y gratificaciones para el medico cirujano, veterinario y también par los jornaleros y peones.
Se hizo un listado del valor que debían cobrar los profesionales de la época, como los médicos, escribas, matemáticos y de la misma manera los salarios para los carpinteros, artesanos, fabricantes de ladrillos, obreros, etc.
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
La ley constaba por escrito en los atrios de los templos y cualquier súbdito podía ponerse en frente de ella para conocer sus normas, no existen personas dedicadas especialmente al derecho, los sacerdotes de mayor jerarquía tenían la calidad de jueces y administraban la justicia en los pueblos se da mucha importancia a la prueba escrita; funciona una cámara de apelaciones compuesta por jueces; y el rey se constituía en el ultimo recurso.
Los templos eran además lugares de negocios, donde se llevaba la banca y se registraban los contratos.
EL DERECHO EN LA INDIA
La civilización india tiene influencia directa de la religión BRAHANIANICA, la misma que esta controlada por el libro de los VEDAS.
LOS VEDAS
Es una antigua colección de textos sagrados considerados como producto de la revelación divina con el paso de los siglos se fueron agregando comentarios y doctrinas, de carácter etimológico y religioso, entre los que destacan.
LOS APANICHADAS.- estos contienen y recopilan la interpretación de la tradición aria
LOS SUSTRAS.- Conjunto de máximas y aforismos
LOS SATRAS.- o tratados sobre el DHARMA es decir sobre el sistema de normas que rigen la conducta jurídica moral y religiosa.
El mas famoso de estos últimos es el MANAVA-DHARMA-SASTRA, conocido con el nombre de código de leyes de MANU, que posiblemente se redacto en el siglo II Antes de cristo.
Lo más importante de este código es la división de la sociedad en castas y por lo mismo el derecho es un conjunto de concesiones y limitaciones, puesto que las castas constituyen formas cerradas y hereditarias de la vida social, a las que se les atribuye origen divino.
LAS CASTAS DE LA INDIA
La de los Brahmanes, que representa la cabeza de la divinidad, predomina sobre todas las castas restantes y tiene exclusividad sobre los asuntos religiosos, además del monopolio de las ciencias.
La de los Chatreas, que representan los brazos de la divinidad, ejerce el gobierno, la administración y además las funciones de carácter militar.
La de los Vaisyas, que representan el cuerpo y las piernas de Brama, y esta integrada por los agricultores y artesanos.
La de los Sudras, salidos del pie de la divinidad, constituye la clase servil a la que se reconoce pocas facultades jurídicas y ninguna función política.
Además de estas clases sociales existen los PATRIAS que son individuos nacidos en uniones extramatrimoniales entre integrantes de castas diferentes.
APORTES JURIDICOS
FAMILIA Y MATRIMONIO
En la india es admitida la poligamia aunque en la antigüedad fue monogámico el matrimonio. Tiene el principio de que el varón constituye una sola persona con su mujer pero es lícita la poligamia, de tal modo puede tomar a la primera mujer de su casta y luego descender por todas las mujeres de las castas inferiores por lo tanto el sudra debe tener una sola y de su casta. El varón de castas inferiores no puede poner los ojos en una mujer de casta superior, ya que se establecen sanciones severas y es relegado a la situación de los patrias (sin casta).
La conducta del marido respecto de la mujer debe ser digna: las mujeres según el código jamás son independientes, están bajo la protección de su padre en la infancia la protección del marido en su juventud y bajo la protección de sus hijos en la edad madura si enviuda.
Existían ocho formas de contraer matrimonio así tenemos que el primero de ellos era el de el brahama que se celebra cuando el padre viste a su hija para entregada a un hombre sabio y virtuoso. Otra forma de matrimonio es el que tiene lugar cuando el padre entrega a su hija después de haber recibido del novio un toro y una vaca.
La ley considera la procreación como esencial al matrimonio y al perfeccionamiento de la vida misma.
EL DIVORCIO
Se permite a las dos partes por diversas razones, se concedió importancia a la institución de la familia ya que en la ley encontramos: “Solo es perfecto el nombre cuando a pasado de uno a tres, el mismo su esposa y su hijo”
Si la mujer incurre en adulterio, el esposo puede divorciarse de inmediato si es bebedora enferma, rebelde, derrochadora, podía ser repudiada o reemplazada sin más tramite por otra.
Si la mujer de un Brama era infiel su próxima reencarnación de un chacal, ya que los hindúes creen que el alma debe purificarse antes de presentarse ante el dios BRAHAMA es decir debe tras migrar, pudiendo reencarnar en animales o plantas según la vida que ha llevado.
La felicidad de la mujer debe ser absoluta hasta el extremo de no mirar a otro hombre ni pronunciar otro nombre de varón.
La edad en la mujer para contraer matrimonio es en la pubertad es decir de los 14 a los 16 años.
Manu es quien coloca a la mujer en una situación de marcada inferioridad así tenemos que existía ciertas disposiciones en donde se refleja esta situación:" la fuente del deshonor es la mujer, la fuente de lucha es la mujer, la fuente de la existencia terrena es la mujer, evitad pues a la mujer. Y en otro pasaje dice:" la hembra es capaz de desviar del recto sendero de la vida no solo al simple, al sabio y lo puede hacer esclavo del deseo o de la ira". La ley lleva a la practica estas consideraciones de inferioridad de la mujer y es así como la mujer queda sometida a tutela de por vida.
El REY
El rey encuentra la facultad de castigar, es el supremo juez y debía dirimir todos los pleitos fuesen civiles o criminales pero siempre debe estar acompañado de brahmanes que colaboran en el juzgamiento.
LA PROPIEDAD EN LA INDIA
Considera la posición como base de la propiedad, el campo pertenece al primero que lo cultiva u ocupa.
LA SUCESION
A muerte del padre el primogénito se constituyen en su prolongación jurídica y los demás integrantes de la familia caen bajo su potestad, la viuda no era considerada heredera pero su manutención debía correr por cuanta de los hijos.
OBLIGACIONES
Conocieron los siguientes contratos: prestamos, hipoteca, prenda, fianza, depósito, compra, alquiler, arrendamiento, sociedad. El dolo y la coacción invalidan la convención, y no vale el contenido cuyo contenido contradice a las leyes y costumbres. Es nulo también el contrato celebrado por un ebrio, un demente, un menor, un anciano, o una persona que depende eternamente de otra.
En el préstamo es lícito si no se ha dado prenda, recibir interés pero esta prohibido el cobro de interés y estos no deben exceder una suma del capital Si el acreedor recibe prenda con el derecho de usarla no es lícito pagar interés alguno, quien vende una casa o cosa ajena se hace culpable de robo, el juego, la apuesta están prohibidos y se les considera como robo.
DERECHO PENAL
Existieron disposiciones detalladas sobre indemnizaciones por daños en el honor, la propiedad, en el cuerpo y por atentados a la vida, hay penas pecuniarias, de muerte, corporales, privación de la libertad, que también varían, según las castas así una brama jamás puede ser castigado con la muerte o pena corporal la pena máxima es ser desterrado del país, la defensa es licita aun si llega a producirse la muerte del agresor.
En la organización judicial no se da ninguna separación entre lo criminal y lo civil, el procedimiento es casi idéntico en los dos casos se admite las pruebas de testigos, raras veces con juramentos cuando la verdad no puede ser descubierta se procedía por ordalía (sentencia divina)
EL asesinato a una mujer, a un brahama, o a una criatura que esta por nacer la pena es la muerte. Si la victima era de menos importancia la pena podía llegar a la mutilación o limitarse a una indemnización cuyo monto es gradado.
El rey era el supremo juez y debía dirimir todos los pleitos ya fuesen civiles o criminales. Existen en el código de manu una parte llamada el Libro de los Jueces, el rey examina por si mismo los litigios pero acompañado de brahamanes y consejeros sabios quienes elaboran en la resolución aplicando normas jurídicas basadas en la equidad y la justicia.
Si el monarca no puede administrar la justicia ya sea por enfermedad o ausencia quienes administran son cuatro brahamanes quienes integran la "Asamblea de Brama"
En este juicio se acepta el juicio por ordalía de carácter netamente religioso. La prueba que mas importancia adquirió fue la testimonial a la que se le prestaba plena fe así: Si la palabra es sagrada ¿Quien puede mancillarle con la mentira? Todas las personas pueden ser testigos, siempre que se trate de pleitos de personas de su misma clase.
RESUMEN DEL CÓDIGO DE MANU
Manu 'hombre', en la creencia hindú los 14 progenitores de la humanidad, que gobiernan el mundo de forma individual durante un periodo de tiempo conocido como manvantara. La duración de un manvantara se estima en 4.320.000 años.
El primer Manu se llamó Svayambhuva, que significa 'hijo del que existe por si mismo o Brahama. Según el poema épico indio Mahabharata, este Manu fue el autor del Manu Smriti o Ley de Manu, un código renovado de leyes hindúes que contenía 100.000 versos según se decía (como se ordenó en la remota antigüedad) aunque en la actualidad consta de 2.685 versos, divididos en 12 libros. Los investigadores modernos han fechado el Manu Smriti entre el año 600 a.C. al 300 d.C. El objetivo principal del libro, que contiene normas para la celebración de rituales y ceremonias, así como instrucciones morales y sociales, parece haber sido el fortalecimiento del sistema de castas de la India y la posición suprema de los brahmanes. Los brahmanes han profesado una gran veneración por este libro.
El Manu de la época actual es el séptimo Manu, y se llama Vaivasvata (ya que es el hijo de Vaivasvat, el sol). La ley hindú, de la que se encuentran diferentes versiones en el Mahabharata y en los manualeroeológicos brahmánicos, describe a Vaivasvata como el héroe, el Noé, de la versión hindú de la historia del diluvio.
LIBRO I
El joven novicio debe pronunciar siempre el monosílabo sagrado al principio y al fin del estudio de la Santa Escritura; toda lectura que no se haya hecho preceder de AUM se borra poco a poco, así como la que no haya sido seguida de ese monosílabo.
La letra a, la letra u y la letra m, que reunidas forman el monosílabo sagrado, han sido sacadas por Brahma de los tres libros santos.
De los tres Vedas, el Señor de las criaturas ha extraído también, estrofa por estrofa, la invocación dirigida al Sol, y que comienza por la palabra Tad.
Repitiendo mil veces, en un sitio apartado, la triple invocación compuesta del monosílabo sagrado y de las tres palabras Bur, Buva y Suar; un Duidjá se descarga en un mes de un gran pecado, como una serpiente se despoja de su piel.
LIBRO II
El hombre que quiere casarse debe evitar unirse a una esposa que pertenezca a una de las familias siguientes aunque sean muy ricas:
La familia que descuide los sacramentos; la que no procree hijos varones; aquella cuyos individuos tengan el cuerpo cubierto de largos vellos o que padezca de hemorroides, de tisis, de dispepsia, de epilepsia, de lepra blanca o de elefantiasis.
Que tome por esposa una mujer bien formada, cuyo nombre sea agradable de pronunciar, que ande con la gracia de un cisne o de un elefante joven.
LIBRO III
Si un hombre despreciable fija los ojos en personas honorables convidadas a un banquete, el anfitrión no obtiene en el otro mundo recompensa alguna por la parte del festín correspondiente a los individuos sobre los cuales aquel hombre haya posado su mirada.
Un ciego que se haya encontrado en el sitio desde el cual un hombre despreciable hubiera podido ver a las personas honorables que toman parte en un banquete, anula para el anfitrión el mérito del servicio hecho por éste a 90 convidados honorables; un tuerto, el de 60; un leproso, el de 100; un tuberculoso, el de 1000. El brahmán, para cumplir las sagradas reglas, debe procurar que se hagan ofrendas en honor de los dioses; el que incurra en la menor trasgresión renacerá en otra existencia bajo la forma de un puerco.
LIBRO IV
Se prohíbe leer los libros santos: durante la noche, cuando el viento sopla; durante el día, cuando el viento levanta polvo; cuando relampaguea, truena, llueve, o sobrevienen grandes cataclismos del cielo o de otras partes. Si se produce un ruido sobrenatural, o un temblor de tierra, o un eclipse, la lectura debe aplazarse para la misma hora del día siguiente.
El brahmán no debe estudiar tendido en una cama, ni teniendo los pies sobre una silla, ni estando sentado y con las piernas cruzadas, ni estando vestido con traje que cubra sus rodillas y sus riñones, ni después de haber comido carne cocida o arroz.
LIBRO V
El hombre que consiente en la muerte de un animal, el que lo mata, el que lo corta en pedazos, el que lo compra, el que lo vende, el que prepara la comida con sus carnes, el que la sirve, y, en fin, el que la come son considerados como coautores de la muerte de aquel animal.
Habla sobre las corrientes que debían tener la mujer con respecto aun marido y debía respetar ciertas reglas y virtudes para que ella tenga honor en el cielo caso contrario ella no era expulsada del palacio celestial como era en cero de la traición a un marido aunque éste haya fallecido además otro punto importante de que si una mujer tenia comercio carnal con otro hombre distinto a su marido el hijo dado a luz no era legitimo de esa mujer lo mismo ocurrió con el hombre en ambos como no tenían derecho sobre aquel hijo.
LIBRO VI
En este libro habla sobre la purificación por medio del agua y de la tierra como ejemplos tenemos los siguientes:
El caso de un rió cuando se encuentra sucio o manchado, contaminando, este se purifica por su corriente. Las telas se purifican por medio de tierra mezclados con sal.
La hierba y a leña se purifican regándolas con agua
La mano de un artesano es siempre pura, mientras que trabaja; también lo es toda mercancía expuesta a la venta.
La boca de la mujer es siempre pura; un pájaro se paro en el momento en que hace caer un fruto y es así como ellos creían que las cosas, animales, e incluso las personas eran puras esto es como algo de supersticiones que tenían las de la India.
LIBRO VII
En este libro sobre los deberes y derechos que tienen el rey en caso de los deberes debían velar sobre la soberanía del reinado y sus derechos eran las de respaldo por los guardias y demás personas que estaban a su alrededor.
LIBRO VIII
La ley usaba palabras severas acerca del castigo, este era aplicado directamente para asegurar la felicidad de los pueblos.
La ley gobierna y protege al género humano, es la justicia que se implantaba para el bien de todo el pueblo.
La ley prohibía de golpear a un enemigo, ni debía maltratar aquel que juntaba las manos para pedirle caridad, ni aquel que le decía soy tu prisionero.
LIBRO IX
Nos da a conocer con la sanción de multa que eran implantados si comienzan algún acto como:
Aquel que pronunciaban falso testimonio con la esperanza de obtener algún beneficio debía ser condenado a pagar 1000 panas de multa, si mínimo por temor, 150 panas, si obedeció a la amistad de otra clase 1000 panas, si hablo contra la verdad por conveniencia 2500 panas por clera 1500 por ignorancia 200 panas, por aturdido 100 panas.
Las panas era una medida de valor utilizada en la india.
LIBRO X
La ley es severa para el adulterio
Una mujer enorgullecida por su familia y es infiel a su esposo el rey debía hacerla devorar por perros en una plaza publica.
Si el hombre era cómplice de la mujer que comienza adulterio era condenado a fuego, este sufría fundido en un lecho de fuego hecho en bambúes secos.
El rey debía abstenerse de matar a un brahmán.
El hombre cómplice de la mujer adúltera será condenado al fuego, que sufrirá tendido en un lecho de fuego calentado al rojo por lumbre hecha con bambúes secos.
Por adulterio con una mujer de la clase de los brahmanes, un vaisía será privado de sus bienes después de un año de detención; un chatria sufrirá la pena de 1 000 panas de multa, y su cabeza será rasurada y regada con orines de asno.
De matar a un brahmán, aunque éste haya cometido todos los crímenes imaginables; que lo destierre fuera del reino, pero dejándole todos sus bienes. O una esposa, un hijo, un esclavo, por efecto de la ley, no poseen nada por sí mismos; todo lo que puedan adquirir es de la propiedad exclusiva de aquel de quien dependan.
Un brahmán, al hallarse necesitado, puede con toda tranquilidad de conciencia apropiarse lo que pertenezca a su esclavo, sin que el rey pueda castigarlo.
LIBRO XI
Las mujeres aunque estén encerradas en su casa bajo la vigilancia de hombres fieles y devotos no quedan bien guardadas solamente puede haber seguridad cuando ellas mismas se guarden.
Una mujer estéril debe ser remplazada al cabo de ocho años por otra mujer cuyos hijos hayan muerto.
Cunado no se tenia hijos la progenitora que se puede lograr mediante la unión de la mujer convenientemente autoriza por el esposos, con un hermano, o con otro pariente.
LIBRO XII
Existían cualidades de:
Observación
Pasión
Bondad.
En la cualidad de observación se encontraban: Los vegetales, los insectos, las serpientes, los tigres, leones y todos los animales salvajes.
En la cualidad de pasión se encontraban: Los maestros de armas, los hombres entregados al juego y a, los licores encubridores, los consejeros espirituales.
En la cualidad de Bandad se encontraba: los brahmanes, los dioses, las divinidades y el BRAHMA creador del mundo.
DERECHO EN ISRRAEL
Israel como los demás pueblos de oriente en su derecho ha hecho constar instituciones de carácter universal; así tenemos la sinagoga que es un cuerpo colegiado que servia para la interpretación y difusión de la ley, por su intermedio los ciudadanos podían conocer y cumplir la ley, desde aquí se aplica aquel principio recogido por la legislación universal que dice: “El desconocimiento de la ley no excluye a persona alguna” es decir el conocimiento de la ley se considera general para todos buscando en su aplicación la imparcialidad de la ley. Se establecía la ley mosaica que es un derecho que se basa en conceptos religiosos y morales.
Esta ley mosaica estaba compuesta de 5 libros: Génesis, Éxodo, Levítico, Números, Deuteronomio.
La ley mosaica contiene preceptos sobre las costumbres, amor al prójimo, prohibición de la usura, pregona el amor al ser humano y prohíbe la explotación y esclavitud, solo admite un estado domestico como el del cielo y por propia voluntad se podía alcanzar la libertad en un año sabático o jubilar.
Esta ley de moisés debía servir de regla jurídica y moral para regular todas las relaciones tanto de carácter publico o privado, mas como no existía total claridad de esta ley se dio una recopilación de preceptos consuetudinarios, fallos, doctrinas que las encontramos en el libro llamado Talmud que fue respetado como la misma ley de Moisés que es la expresión de la ley jurídico moral y religiosa muy parecida a la Biblia; El Talmud comprende clases de tribunales
Tribunal Ordinario
El Pequeño Consejo de Ancianos de la Ciudad
El gran Sanedrín.
TRIBUNAL ORDINARIO
Estaba compuesto por 3 miembros; uno elegido por cada litigante y uno elegido por ambos, resolvía litigios de poca importancia económica, delitos leves, atentados contra las costumbres morales y aplicaba penas corporales de menor intensidad.
PEQUEÑO CONSEJO DE ANCIANOS DE LA CIUDAD
Existía en todo pueblo que tenia mas de 120 familias, conocía asuntos civiles y criminales y tenia la facultad al sancionar de inclusive de aplicar la pena capital.
EL GRAN SANEDRIN
Era la suprema autoridad judicial y no solo tenia facultades jurisancionales sino también legislativas, solucionaba cualquier conflicto planteado a los otros tribunales y desempeña la función de tribunal de ultima instancia esta compuesto por 71 magistrados pero también existieron sanciones menores.
Una característica importante de la organización judicial Hebrea es que aquella que ningún magistrado por elevado que fuera su función era remunerado, a pesar que solo deba concurrir dos veces por semana.
APORTES JURIDICOS
FAMILIA Y MATRIMONIO
La familia era numerosa el jefe de familia tiene bajo su amparo a su madre viuda, esposa, concubinas, a los hijos, hijos de sus concubinas, y de otras mujeres (el matrimonio forma la casa del patriarca).
Existen deberes y derechos que debe cumplir como miembro de la familia y eran:
Participar en el culto.
La venganza deber impostergable de la familia “La sangre no puede ser lavada sino que con sangre Éxodo.
Copropiedad del patrimonio
Derecho a llevar un nombre
El suelo y la Tierra pertenecen a la tribu o familia La Biblia prescribe que la tierra no debe ser transferida a otra tribu la tierra no es de nadie sino de Dios quien solo entrega en usufructo a los hombres.
CIVILIZACION GRIEGA
El derecho griego constituyo para Europa antigua una de las fuentes cuya influencia se hizo notoria en la mayor parte de Europa.
El pueblo Griego es racionalista por excelencia; que ama entrañablemente la libertad y la razón; este racionalismo lo conduce al hombre a crear instituciones tales como la ciudad-estado que es una organización política que lleva a un verdadero ordena torio a través de la autoridad respaldada por el conglomerado humano de aquí nace la ciudadanía y del hombre como ente político, los griegos expresaban con frecuencia que mientras mas políticos son los ciudadanos mas se desarrolla el derecho.
La civilización griega se desarrollo en la isla de creta y se formo bajo la conquista de los pueblos Eolios, Darios, Jonicos, y Aqueos. A esta civilización se la estudio a través de 2 ciudades Esparta y Atenas.
ESPARTA
Es una ciudad eminentemente militar que se dedicaron a la conquista de otros pueblos destruyendo los centros poblados adueñándose de sus tierras y convirtiendo a sus pobladores en esclavos, denominándolos ILOTAS
Se destaca Licurge a quien se le atribuye los siguientes aportes:
Crea un estado a través de la fusión de 3 tribus.
Crea el consejo de ancianos que son elegidos por la asamblea popular para que legislen y administren justicia.
Se crea leyes en donde se establece la igualdad de los espartanos, la misma que no llega a darse por que entre ellos existen diferencias políticas entre ricos y pobres.
ATENAS
También conocida como Ática vivieron en sus inicios bajo un régimen patriarcal es decir bajo el dominio del padre.
Se constituye un estado unitario guiados por un régimen de igualdad de derechos, que se conoce con el nombre de Senequismo en sus inicios su forma de gobierno era monárquico pero poco a poco va perdiendo su poder debido a la influencia de la nobleza Eupatrida, que son los dueños de mucho capital o dinero, por lo que no soportan la autoridad del rey y establecen una nueva organización quedando el poder distribuido de la siguiente manera:
Polemarco.- Que desempeña las funciones de jefe militar quien era elegido cada año.
El Arconte.; Quien se preocupa de la administración civil.
Tesmótetas.- Quien es el magistrado supremo encargado de la administración de justicia se da una contradicción en estos por cuanto aparece el abuso de poder, por lo que nuevamente se implanta la vergüenza en cuanto se aplica la sanción en quien es la victima y el victimario.
En Atenas se dio la presencia de 3 movimientos reformadores representados por:
Dracon, Solòn y Clistenes, quienes realizaron los siguientes aportes jurídicos.
PRIMER MOVIMIENTO DRACON
Elabora la primera codificación de leyes.
Extendió los derechos políticos a todos los atenienses, sean estos de la ciudad o del campo.
Permite el acceso a la administración pública a todo ateniense.
Recopila las leyes penales que fueron más severas que las del Talien.
Forma el consejo de los 400 quienes deben tener una edad mínima de 30 años y son elegidos por sorteo
SEGUNDO MOVIMIENTO SOLON
Este movimiento reformador estableció las siguientes causas:
Proclama un estado de equilibrio entre las clases sociales.
Declara extinguidos las deudas para los que eran esclavos por esta situación fueron liberados.
Reparte los impuestos entre las clases sociales así: Eupatridas o Nobles, Hipíes Caballeros, Seugitales o Aldeanos Tetes que no reciben nada por no ser propietarios de nada. Se da libertad a todos los hombres para que participen en la asamblea del estado y solo los arcontes pueden ocupar puestos de intendentes o tesoreros. Todas las personas tienen la obligación de denunciar los malos actos de estos funcionarios.
se organizo el consejo de los 400.
TERCER MOVIMIENTO CLISTENES
se establece la ley del Ostracismo que es el destierro cuando se atenta contra el estado.
Se reestablece la asamblea y los tribunales de jurado popular.
Se crea el consejo de los 500.
ORGANISMOS POLITICOS DE LA DEMOCRACIA ATENIENCE
1.- Asamblea es un organismo soberano donde participan todos los ciudadanos donde participan 304 veredictos al mes y tiene las siguientes funciones:
Designar los magistrados.
Tiene poder de legislativo para expedir leyes.
Decide asuntos de política exterior: paz guerra tratados, embajadores.
Ejerce el control de poder ejecutivo
2.- El consejo de los 500
Es el principal órgano administrativo y permanente.
Vigila el empleo de los fondos públicos.
Es un órgano ejecutivo que se encarga de hacer cumplir las decisiones de la asamblea.
Vela por la defensa nacional.
DERECHO DE FAMILIA
El matrimonio en Grecia constituyo la base y fundamento de la familia, fue monogámica pero se permitió la existencia de concubinas, es por eso que se ha podido encontrar hijos de matrimonio y fuera de matrimonio los mismos que tienen derecho en lo que hace relación a las herencias.
Una de las formas mas usuales para que se lleve a efecto el matrimonio era que se lo realizaba por compra-venta es decir que los padres de la novia pagaban el precio convenido al novio para que se lleve a efecto la unión matrimonial. De aquí surge la figura jurídica de la CAUSION que no es otra cosa que la garantía con la que se respondía por los gastos presentados antes de las nupcias y por cualquier circunstancia que no se lleve a efecto después de haberlo convenido.
Existió la Dote que era una ayuda económica que la daban los padres de la novia con la finalidad de mejorar económicamente la nueva familia.
El divorcio se da por parte del marido mediante la devolución de la mujer a su familia y por abandono de la mujer pudiendo esta reclamar la devolución de la dote.
El adulterio se pena con la muerte, cuando el novio encuentra en adulterio in fraganti; este puede matar.
La propiedad en la que hace relación al derecho de propiedad encontramos un principio jurídico de gran trascendencia que se lo identificaba a la propiedad con la familia por cuya razón no era posible la transferencia de una propiedad familiar (patrimonio familiar)
LA SUCESION
La sucesión es de dos tipos: Intestado, es decir sin testamento y testamentaria es decir con testamento, la herencia pertenece a los descendientes (hijos, nietos) y a los colaterales (tíos, sobrinos), los hijos recibían igual cuota hereditaria a excepción de la hijas que únicamente pueden pedir la dote y alimentos; en el caso de no existir hijos varones la herencia se la da al pariente mas próximo con quien deberá casarse con su hija.
DERECHO MERCANTIL
En el comercio se desarrollaron muchos actos mercantiles que dio lugar al aparecimiento de los contratos de gestión que equivalió a los actuales agentes vendedores; posteriormente apareció el contrato a la gruesa que consistía en dar mercadería a una persona para ser transportada por mares; si llegaba al puerto era pagada y si en el transcurso del viaje se deterioraba corría el riesgo del comerciante vendedor de no ser pagado por dicha mercadería; existieron otros contratos como compraventa, anticresis, arrendamiento, comodato, etc.
EL DERECHO HEBREO
El pueblo hebreo asomo por la tierra de Palestina en los años 1800 A.C. eran tribus nómadas que ante la amenaza de los Filisteos tuvieron que unirse, su característica especial fue su religión, circunstancia que lo ha dividido de los demás pueblos del mundo, sin su religión los judíos no hubieran sido advertidos en el mundo, su dios YAVE que es el primero en tomar carácter humano y personal, no tiene sexo ni origen ni esta relacionado con ninguna mitología es un dios que guía y se preocupa intensamente por el destino de su pueblo, por su parte este pueblo es elegido por dios para pregonar su y mantener sus principios, la relación del pueblo hebreo con su dios se fundamento en base legal ya que cuando Moisés reconoció a Yave como dios de los judíos se cerro un pacto que obligaba a los judíos a obedecer los mandamientos divinos.
En la Ley jurídica se debe diferenciar la ley Apodíctica y la ley Casuística; a la primera pertenecen los 10 mandamientos y constituye el primer código moral que existe en la Tierra. La segunda recoge la ley de la Alianza que es parecida a otros códigos de oriente.
La ley judía tiene mandatos respecto al comportamiento del hombre respecto a sus semejantes fue la primera ley que ordeno amar al prójimo como a uno mismo.
EL TALMUD
Es un cuerpo de leyes que representó la verdadera idiosincrasia del pueblo hebreo, estas leyes están formadas principalmente por la Tora que constituye la ley de la relación divina inspirada por dios y que se basa específicamente en la justicia y la paz, buscando el bienestar del pueblo.
La familia tenia como base sustancial el matrimonio, y el padre era el jefe que tenia bajo su amparo a su mujer, hijos, madre, y concubinas.
Los deberes con la familia era la participación del culto y la venganza, esta ultima era un deber impostergable del clan, de llevar a la practica este principio de que la sangre no puede ser lavada sino con sangre.
EL MATRIMONIO
Era un deber, el que no se casaba era repudiado, la soltería era rechazada y se consideraba como un crimen contra dios; en el matrimonio la situación de la mujer , no era igual a la del hombre, la familia era patriarcal y por lo mismo el padre era el poseedor de todos los bienes.
DIVORCIO
El matrimonio no era indivisible y existía 3 clases de divorcio:
1.- Muerte del Cónyuge, quedando la mujer viuda y libre para contraer nuevas nupcias con el hermano del decesado.
2.- Mandato Legal, Este es el divorcio que requería un tramite especial comenzando por la demanda y terminado por la sentencia.
3.- Por Repudio Era la forma mas antigua y que consistía en despido verbal que hace el marido a la mujer sin ninguna formalidad.
Además existía una forma especial para desintegrar el matrimonio cunado la conjugue haya trasgredido una norma prohibitiva del matrimonio como el incesto, traición que padezca de lujuria. El hecho de contraer matrimonio con el hermano del difunto se llamaba levirato.
También se disolvía el matrimonio por esterilidad de la mujer quien luego de 10 años de matrimonio no podía procrear hijos.
El hombre no era adultero sino cuando se unía a una mujer casada o a la prometida de otro hombre y era sancionado con la pena capital.
ESCLAVITUD
Como todos los pueblos de la antigüedad el pueblo judío acepto la situación de la esclavitud. El patriarca Abraham poseía numerosos esclavos y Moisés no abolió la esclavitud, pero si atenuó todos los rigores de la misma concediéndoles incluso la calidad de servidores en vez de esclavos. El código de la santa alianza dispone que un esclavo no podía servir mas de 6 años teniendo que quedar libre al 7° año.
El Talmud amplia mucho mas los privilegios de los esclavos a tal punto de que se hablaba de una especie de tutelaje ejercido sobre las personas débiles y desamparadas. El principio fundamental del Talmud sobre esta materia era que al comprar un esclavo se compraba su trabajo y no su persona física o espiritual, prohibiéndose realizar trabajos superiores a su fuerza.
DERECHO SUCESORIO
En el derecho sucesorio el padre era el dueño y solo el podía disponer en forma absoluta e incondicional de los bienes, la herencia correspondía a los hijos varones la mujer solo en ausencia de los varones; Al primogénito le correspondía una porción doble.
DERECHO PENAL
El derecho penal de acuerdo al Talmud se ha considerado como una de las fuentes que ha influenciado a las demás legislaciones del mundo; un hecho interesante es que en el derecho hebreo los delitos contra la propiedad no reciben pena corporal y se contenta únicamente con disponer la restauración de lo robado o la indemnización del daño provocado.
Otro rasgo importante constituye la igualdad de todos ante la ley. Entre los principales delitos encontramos:
1.- La blasfemia
2.- El perjurio
3.- La inobservancia de fiestas religiosas, especialmente la violación del día sábado.
A estos delitos se les denominaba crímenes monstruosos que merecían la pena capital:
Los delitos contra las personas se los consideraba como los mas graves al faltamiento a los padres, el homicidio, las lesiones corporales, y el infanticidio.
El adulterio fue considerado un delito grave, ya que faltaba al principio de no desear a la mujer del prójimo, figura jurídica que se tomo en cuenta solo en la mujer, quien podía ser sancionada con la lapidación, destrucción y quema de la casa de su propiedad.
La seducción en una doncella se castigaba con la pena pecuniaria.
El incesto se castigaba con la pena de muerte, mientras que el fraude que resultaba del producto del engaño era un delito grave con relación a pesas y medidas.
JUECES Y TRIBUNALES
En general el derecho hebreo contiene normas sobre el respeto y consideración que merecen los magistrados de justicia El Talmud dice: El juez debe ser sabio equitativo piadoso y modesto debe unir los fines de carácter a la bondad del alma, debe ser de edad madura y padre de familia “Las mujeres no podían ser juez por la ligereza de su juicio”, Pues la magistratura fue considerada un verdadero sacerdocio con el Sanedrín que era un cuerpo colegiado que tubo como finalidad interpretar la ley, la autoridad suprema estaba constituida por 71 magistrados, lo mismo había en las provincias y se constituía de 23 miembros que ejercían la jurisdicción penal. La prueba de 3 testigos era la mas importante ya que todo hecho debía ser probado con 2 o mas testigos y quienes faltaban a la verdad era considerado un delito muy grave.
CIVILIZACION CHINA
La cultura china ha sido considerada como una o quizás la mas antigua de la humanidad con una posible duración de 50 siglos que se caracterizo por su ingenio, imperio patriarcal y su fundamento consuetudinario en lo referente al derecho.
La constitución de la familia fue la base de la concepción jurídica tradicional y la existencia de derechos y libertades en los miembros de la sociedad en un principio fue de tipo patriarcal para luego volver a ser de carácter absolutista ya que el emperador ejercía el poder supremo del estado comenzando a integrar a sus administradores de entre los individuos mas inteligentes y de mayor capacidad ya que se les tomaba un examen para ver si están aptos para el cargo, como se usa en la actualidad como en los concursos de merecimiento y oposición .
DERECHO DE ESCLAVITUD
Se puede hablar no como esclavismo sino mas bien como una especie de tutela sobre las personas débiles, ya que cuando se compraba un esclavo se compraba su trabajo y no su persona física, no se la obligaba a realizar trabajos superiores a sus fuerzas ni a maltratos ni injuriarlo.
DERECHO SUCESORIO
En la antigüedad el padre es dueño y señor de la familia, podía disponer en forma absoluta e incondicional de todos sus bienes, esos derechos absolutos luego se restringieron y la herencia corresponde a los hijos varones excluyendo a las hijas mujeres que no recibían nada, mas tarde se les da una parte para su manutención. Al primogénito le corresponde una porcion doble de la herencia, los hijos, concubinas, y adoptivos eran como los demás hijos.
El marido no tiene la condición de heredero de su mujer y el padre no puede castigar a su hijo privándole de la herencia.
DERECHO CONTRACTUAL
Antes no existió formalidades, bastaba que las 2 partes declaren su voluntad ante testigos y en un paraje publico: posteriormente se exigió el cumplimiento de ciertas formalidades como el realizarlo por escrito. En la compra venta existió el derecho de la evicción (sanear) y los vicios redhibitorios (ocultos).
Conocían el préstamo de dinero, pero se prohibió el cobro de intereses, autorizados solo para los extranjeros, también existió el régimen de propiedad horizontal.
Por ultimo podemos citar otras formas de garantizar las obligaciones como la prenda, la hipoteca, y la fianza que sirve para proteger tanto al acreedor como el deudor.
APORTES JURIDICOS
Los funcionarios que desempeñaban el cargo de administradores se les conocían con el nombre de Mandarines quienes administraban justicia y son encargados de recaudar impuestos. Se dice que en el siglo VII A.C. en china existe una escuela de los legistas que crean la ley FAKIA posiblemente fundada por KUAN TSE quien viene a influenciar en la cultura jurídica de todo el país puesto que demuestra la necesidad de tener una ley escrita que reemplace al derecho consuetudinario.
Pero ocurrió que esta ley tiene como fuente suprema la voluntad del monarca y por lo mismo esta llena de arbitrariedades sin que esto aye sido la voluntad de los legistas, puesto que creían que esta ley era de aplicación y de carácter obligatorio para todos.
En cuanto a la propiedad pertenecía al emperador quien da la tierra a sus súbditos para que la trabajen y puedan pagar sus impuestos esto lo hacían hasta los 60 años a partir de esa edad regresa la mitad de la tierra y entrega al emperador y la otra parte puede heredar a sus hijos.
CIVILIZACION ROMANA
El pueblo romano tiene 2 orígenes en cuanto a su formación, así tenemos: el mitológico y el histórico.
Para nuestro estudio nos interesa el histórico, el mismo que relata que Roma estuvo conformada por 3 tribus que originaran a estos siendo ellas:
Los Ramneses de la raza Latina y cuyo jefe era Rómulo
Los Titienienses de raza Sabina cuyo jefe era Tatio.
Los Luceres de raza Etrusca Cuyo jefe era Lucuyo.
Dentro de su organización política, se encontraban agrupados en Comicios, así tenemos: Comicios por Curias, por Tribus, y por Centurias.
El derecho romano atravesó 3 fases que son:
Jus Civil
Jus Gentium
Jus Honorarium
En el Jus Civile, se da la formación de las Civitas (ciudad-estado), en esta etapa el derecho es únicamente para los romanos y su población esta conformada por pastores y labradores.
En el Jus Gentium, se aplica cuando roma se comienza a expandir territorialmente, rige el derecho tanto para romanos como para extranjeros.
En el Jus Honorarium, en esta etapa el derecho es mas completo, la jurisprudencia (Jus = Derecho y Prudentia = Ciencia es decir la ciencia del derecho) alcanza su mayor apogeo, aparecen las clases sociales las mismas que se clasifican en:
Los Patricios.- que pertenecen a la casa de los nobles.
Los Plebeyos.- aquí pertenece todo el pueblo romano.
Los Clientes o Peregrinos.- que son los extranjeros.
Los Esclavos.- que es la clase oprimida que no posee derechos sino cumple obligaciones, es considerado un animal, o un objeto.
INSTITUCIONES EN EL DERECHO ROMANO
LA COSTUMBRE
El derecho romano estuvo regido por la costumbre por mas de 300 años, dando origen al Derecho Consuetudinario, para mas tarde dar paso al derecho escrito o JUS NON SCRIPTUM, con el aparecimiento de la Ley de las XII tablas.
LA LEY
Es el derecho escrito también conocido como JUS ESCRIPTUM, en Roma se formo una delegación de tres Patricios, quienes viajaron a Grecia a estudiar el Derecho de Solon y Licurgo, por un año, mas tarde regresan a Roma y forman un Colegio llamado de los Decenviros en donde se formula o se crea la Ley de las XII tablas, las mismas que tratan sobre asuntos de familia, bienes, servidumbre derecho penal, derecho canónico, derecho agrario, prohibiciones de casarse entre patricios y plebeyos, etc.
EL PLEBICITO
También conocido como el CONCILIUM PLEBIS, que son las Asambleas de la Plebe, en donde se crean normas para ella, pero que debido a su importancia mas tarde rigieron a todos los romanos sean plebeyos o romanos, así tenemos: la Ley Hortensia, que es la mas importante por que estableció la igualdad entre Patricios y Plebeyos, la Ley Ciencia, Ley Falcidia, y la Ley Aquilia.
LOS SENADOS CONSULTOS
Que son las decisiones que toma el senado sobre algún asunto importante así tenemos conocimiento que existieron 8 Senados Consultos siendo ellos; Veleyanos, Neroyano, Caracalla, Macedoniano, Orficiano, Tertuliano, Flanciano, Pegaciano, etc. que regularon desde la forma de elaborar TESTAMENTOS, prohibiciones de ser garantes en el caso de la mujer así como otorgar prestamos a los menores de edad, las herencias de los bienes maternos, y donaciones entre marido y mujer,
LAS CONSTITUCIONES IMPERIALES
Son las ordenes dadas por el Emperador y son de 4 clases:
Edicta.- Son las normas dictadas por el Príncipe
Decreta.- Son las decisiones extraordinarias en procesos civiles o criminales de los que el Príncipe conoce en primera instancia o en apelación.
Rescripta.- Son las respuestas planteadas a magistrados funcionarios o particulares.
Mandata.- Son las instrucciones dadas por el Príncipe en materia administrativa a los funcionarios de la administración.
Edicto de los Magistrados.- Se llama UIS EDICERI, es la facultad que tiene todo magistrado para dirigirse al pueblo de palabra o por escrito, el Pretor es el encargado de dictar las normas y administrar la justicia en Roma, es el corrector del Jus Civile.
CIENCIA JURIDICA O JURISPRUDENCIA
Es la Ciencia del Derecho, en Roma fue ejercida en los primeros tiempos por los pontífices y sacerdotes, es decir estuvo enclaustrada reservada a los sacerdotes y patricios, para mas tarde aparece SEXTO AELIO, FLAVIO, quienes mas tarde crean el derecho JUS AELIANUM Y JUS FLAVIANUM, jurisprudencia que la practicaban en las plazas, parques, y en especial a los jóvenes que se les conocía como LEGOS.
En la actualidad la jurisprudencia es el conjunto de fallos y sentencias dictadas por la Corte Suprema de Justicia en casos de oscuridad, ausencia de la ley o en casos analógicos.
CODIFICASIONES
PREJUSTINIANO:
Código Gregoriano.- compilación privada, consta de 15 libros
Código Hermogeniano.- compilación privada y consta de un solo libro dividido en
Títulos, es un apéndice del Código Gregoriano.
Código Teodosiano.- compilación oficial y consta de 16 libros
CON JUSTINIANO
Tenemos las obras de Justiniano, quien realiza una compilación de las leyes de la época, la misma que se encuentra agrupados en el CORPUS JURIS CIVILE, el antecedente del Código Civil nuestro, el mismo que estuvo dividido en cuatro libros, el Digesta, Pandectas, Institutas y Novelas.
POST JUSTINIANO:
Conocieron los siguientes documentos:
Glosas
Porcheiron
Hexabiblos
CARACTERISTICAS Y APORTES JURIDICOS DEL DERECHO ROMANO
El derecho romano es eminentemente territorialista, es decir rige dentro de su territorio.
Es un derecho profano, mas que religioso, ya que se convierte en un instrumento practico de la vida social, mas no de tipo religioso.
En el derecho romano destaca mas el Derecho Civil que el Penal ya que dieron gran importancia a la persona
En el aspecto Sucesorio, en una primera etapa no se conoce la sucesión por muerte, ya que el muerto (pater familia) quien se sucede es el primogénito, mas tarde tenemos el aparecimiento del testamento militar que utilizaban las personas que se encontraban en el campo de batallas.
El matrimonio en la antigüedad únicamente estuvo reservado a los Patricios y Plebeyos, siendo el primero por unión solemne, los esclavos no pueden contraer matrimonio, mas adelante se conoce su unión como el contubernio.
Conocieron las siguientes clases de propiedad: Quiritaria: la obtienen los patricios, Peregrina: la conocen los extranjeros, Provincial, es la que esta fuera de Roma, y la Bonitaria es la que se realiza sin solemnidades.
La familia esta constituida por el Pater Familia, quien es la autoridad máxima, quien administra justicia en su grupo, tiene amplios poderes como es desde el nacimiento de sus hijos en su aceptación y rechazo y durante toda la vida, ejerce el derecho sobre la vida o muerte.
Ejerce poder sobre los Alieni Juris, tales como venderles, casarlos, emanciparlos, darles en adopción sin el consentimiento de ellos, El Pater Familia es el dueño de todos los bienes.
Para la celebración del matrimonio se necesita la capacidad y la edad:
Consentimiento: si son Alieni Juris los esponsales necesitan el consentimiento de los padres; los Sui Juris no por que son dueños de su propio derecho (hoy mayores de edad)
Edad: en sus inicios el padre decide la edad, mas tarde se establece la edad de 12 años en la mujer y 16 años en el hombre.
Se prohíbe el matrimonio entre ascendientes (padres, hijos, nietos, abuelos) y entre colaterales (tíos, sobrinos, primos).
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Enviado por: | Jorge Dávila |
Idioma: | castellano |
País: | Ecuador |