Derecho


Historia del Derecho mexicano


Historia del derecho mexicano.

“independencia y santanismo”

Independencia: Además de la debilidad de España, varios factores contribuyeron a la independencia de México, el poder absoluto en manos de peninsulares fue un factor que lleno de rencor a los criollos y despertó en ellos la ambición de ese poder, la Iluminación venida de Europa y la revolución francesa contribuyeron también a que los criollos se dieran cuenta de que la nueva España, estaría mejor si fuera independiente de la corona quien, según ellos, los discriminaba. Pero otros se sintieron inseguros y no apoyaban el movimiento recién iniciado y fracasa el plan del ayuntamiento.

La pugna por el poder entre peninsulares y criollos solamente abrió el camino para que los mestizos e indios se organizaran también y se levantaran en armas, bajo la dirección de Hidalgo. Al principio este movimiento tuvo éxito, pero fue perdiendo fuerza considerablemente. Pero los criollos querían independizarse no bajo una guerra de castas y decidieron apoyar a los españoles con los que se habían enfrentado antes, contra los insurrectos de la colonia, esto, con el afán de mas tarde lograr una independencia que no los afectara ni física ni económicamente.

Hidalgo y Allende fueron ejecutados con el paso de la guerra, Morelos entonces toma el mando y convoca a un primer congreso de Anáhuac, en Chilpancingo en 1813, queriendo preparar una constitución para la nueva nación. El 14 de septiembre del mismo año, Morelos publicó los Sentimientos de la Nación, con 22 artículos; donde se proclama la independencia de América, la religión católica como única, soberanía popular depositada en tres poderes, la concesión de empleos a americanos, moderación de indigencia y opulencia, ausencia de privilegios, abolición de la esclavitud, inviolabilidad del domicilio, abolición de tortura, impuesto del 5 % sobre ingresos totales, y el 12 de diciembre como día nacional. Los Sentimientos de la Nación están influidos directamente por los Elementos Constitucionales de Ignacio Rayón, en donde además de los artículos anteriormente mencionados, introduce el principio de la libertad de prensa, la introducción de un Congreso Nacional como protector nacional, incorporación de Habeas Corpus, que eran instituciones procésales destinadas a proteger la libertad individual contra violaciones del ejecutivo.

Lo que el Congreso de Chilpancingo decreta es la declaración de independencia de América, y la constitución de Apatzingan de 1814, la cual nunca estuvo vigente, conteniendo 242 artículos que fueron condenados por el Santo Oficio, llamándolo un código anarquista con influencia del tan odiado por ellos Rousseau, Spinoza, Hobbes y otros. En esta constitución se da énfasis a la soberanía popular permitiendo alterar la forma de gobierno si es que el pueblo no esta contento con él, igualdad de la ley para todos, establece la separación de los tres poderes, que la pena debe ser personal y no familiar, hace mención a las garantías individuales inexistentes en la constitución de Cádiz, declarando tiránicos a los actos ejercidos por el gobierno sobre el individuo sin apego a la ley, que todo ciudadano es inocente mientras no sea declarado culpable, contiene un principio de que la expropiación solamente puede hacerse por necesario bien publico y mediante justa compensación, la libertad de expresión y prensa mientras no se ataque el dogma. Además de que subsiste el juicio de residencia para los individuos del gobierno.

En el siglo Xi Castilla y otros reinos españoles desarrollaron cortes con representación de la nobleza, iglesia y municipios, fueron formadas de la Curia Regis, que el rey podía convocar para aconsejarle, fueron perdiendo importancia, renacían primeramente en 1810-1814 y promulgaron la constitución de Cádiz, pero para 1820 fueron nuevamente convocadas para llenar el hueco que había dejado Fernando VII.

La constitución de Cádiz es liberal sin abandonar la idea monárquica y la religión católica como única, defiende los territorios españole y no hace diferencia alguna entre la península y las indias. Establece la separación de poderes, reglas complicadas en materia electoral, guarda el fuero eclesiástico, con principios liberales de abolición de esclavitud, tortura, pena de confiscación, posibilidad de alcanzar libertad bajo fianza, la publicidad del proceso penal, proporcionalidad de los impuestos a las facultades de los contribuyentes, prohíbe excepciones y privilegios en materia fiscal y hace énfasis también en la libertad de imprenta y expresión, esta constitución es importante por que es la primera que formalmente rige la vida en México.

En leyes preconstitucionales y postconstitucionales, se mencionan la abolición del tributo indio, de los privilegios a los señoríos, normas sobre reparto de tierras, libertad de actividad económica, abolición de la pena de horca, la exclusión de eclesiásticos de oficios municipales, admisión de negros y mulatos a las universidades, formación de ayuntamientos municipales, nuevas formas procésales penales, delimitación de la jurisdicción eclesiástica, abolición del servicio personal, reducción de baldías y terrenos comunales a domicilio particular, servicio militar general, supresión de restricciones gremiales, normas sobre el derecho de autor, abolición de la inquisición y expropiación de sus bienes. A las cortes españolas México les mando unos 70 diputados a participar en elecciones y deliberar en Cádiz; sin embargo Fernando VII rechaza las legislaciones contenidas en la constitución, tranquilizando al clero y la nobleza de la Nueva España, pero la rebelión liberal de 1820 ordenó al rey acatar esta constitución promulgada en 1812 al igual que las primeras leyes liberales elaboradas por las primeras cortes. Se comenzó a crear una nacionalidad mexicana, en la que peninsulares, criollos, mestizos e indios gozarían de iguales derechos, declarando al catolicismo, religión oficial.

En cuanto a las fronteras, México respetó lo establecido por Madrid, los territorios del norte, reclamados por Inglaterra y Francia fueron regulados por diferentes tratados, al igual que no se pudo obtener Belice, con Guatemala se aceptó su separación de México en 1823.

El obispo liberal, Manuel Abad y Queipo, propone en 1799 la división gratuita de las tierras realengas entre los indios, y de las tierras de las comunidades de indios, convirtiendo así la propiedad colectiva en individual, once años mas tarde la Regencia ordenó la repartición de tierras entre indios y más tarde las ordenes harían lo propio. Los insurgentes también se ocuparon del problema de tenencia de la tierra, Hidalgo pidió que los campos de las comunidades ya no fueran rentados a terceros, Morelos en su proyecto de confiscación quería confiscar de las grandes haciendas todo excedente de dos leguas. Los liberales objetaban principalmente los siguientes puntos:

  • Muchas tierras eran propiedad colectiva mientras los liberales querían que estas tierras fueran repartidas individualmente entre los mismos indios.

  • Había muchos latifundios improductivos.

  • Los indios rentaban sus tierras a terceros lo que se prestaba a abusos.

  • Los pueblos habían crecido por lo que comenzaba a haber carencia de tierras necesarias para la manutención de todos.

  • Había terrenos improductivos que debían ser explotados mediante la colonización.

  • El santanismo: en esta etapa, el Reglamento Provisional Político del imperio mexicano derogó la constitución de Cádiz. La Junta Instituyente suprime al primer congreso y crea dicha preconstitución por orden de Santa Anna. El Plan de la Constitución Política prevé un sistema federal y un congreso bicameral. La victoria de la idea federal, es dada la aparente contrariedad al virreinato, además de que la realidad social de entonces y el nulo sentimiento nacional, separatismos y guerras civiles como en Yucatán, y el carácter centralista del virreinato en donde hubo rasgos descentralistas relacionados con la dificultad de comunicaciones y con el régimen municipal.

    Los federalistas argumentaban que, varias provincias se separarían de la nueva nación en caso de que se optara por un sistema centralista. El segundo congreso entonces optó por implantar el sistema federal, después expidió el Acta constitutiva de 36 artículos para confirmar el federalismo y el bicamerismo, expidiendo en 1824 la constitución, de espíritu meramente liberal. Una constitución que no pudo copiar de los EEUU, fue la libertad de religión, ya que la iglesia en México conservó su fuero y dominio económico.

    La constitución tenia un apego exagerado a la igualdad entre los individuos, lo malo de la constitución es que se inspira en modelos extranjeros y descuida las condiciones de vida de México. Otro defecto era que otorgaba la vicepresidencia a quien quedara en segundo lugar en las elecciones, quien en vez de apoyar al presidente, se convertía en un verdugo para él. También se deja ver la falta de un mecanismo que de eficacia a los derechos individuales.

    Mas tarde debido a enfrentamientos congresistas, comienzan a formarse los dos más grandes partidos políticos de México: los conservadores integrados por la nobleza y el alto clero, y los liberales quienes se apoyaban en las masas populares, formados por la clase media principalmente. De esta forma en 1829 un liberal Guerrero, asume la presidencia y un conservador, Bustamante, vicepresidente. Mientras España se niega a reconocer la independencia de México, e incluso pretende recuperarlo, se determina la expulsión de los españoles, medida que dañó a México mas que beneficiarlo; años después esta disposición encuentra una excepción gracias a Gómez Farias, para los españoles que se casen con mexicanas.

    En 1831 Bustamante elimina a Guerrero, y durante dos años impone en el país un régimen militar-clerical, a partir de entonces y en todo el santanismo, Lucas Alamán contribuye al equilibrio del presupuesto de la nueva nación, sin lograr mantenerlo, y es hasta el porfirismo cuando México logra orden en sus finanzas publicas. Algunas iniciativas de Alamán es la industrialización del país, establecimiento de una cátedra de economía política en el Colegio de San Juan de Letrán, un banco de avío, antecedente de la Nacional Financiera, aunque con vida breve.

    Después de Bustamante, los liberales llevan al poder a Santa Anna, y a Gómez Farias como vicepresidente, quienes inmediatamente entraron en discordia al momento de interpretar el Real Patronato. Gómez Ferias lanzó una legislación que es precursora de las leyes de reforma, decía que la nación mexicana había heredado el Patronato combatiendo la mano muerta, aboliendo diezmos, prohibiendo política desde el pupitre, y niega el paso a unas bulas, y limitó la jurisdicción de tribunales militares y eclesiásticos. Santa Anna impresionado y por la presión de levantamientos, elimina a Gómez Farias y revoca su legislación. A todo esto, al santanismo debe agregarse además:

  • Se quiso evitar la acumulación de bienes por parte del clero mediante dos propuestas: una de Lorenzo de Zavala quien propuso subastas publicas de los bienes, pero este proyecto hubiera sido aprovechado por pocos capitalistas y estimulaba la formación de grandes fortunas. Otro era de JML Mora, que propuso una entrega de bienes a los arrendatarios de ellos y su venta en pequeños lotes, lo que aparentemente daba lugar a una distribución más equitativa de los bienes y fue aprobado, pero Santa Anna lo revocó.

  • Bajo el régimen de Guadalupe Victoria se comenzó a formar la deuda exterior. En 1824 y 1826 se prestó a México unos 32 millones de dólares pero los intereses acumulados hicieron crecer la deuda a 100 millones, gran parte de este dinero se gasto en la milicia, por las luchas de conservadores y liberales.

  • El deseo de industrializar México hizo posible la inversión extranjera, pero con muy pocos frutos, lo que creó desconfianza de los inversionistas.

  • En 1826 México firma el tratado de Panamá, intentando que las naciones surgidas de la desintegración de la colonia española se unieran, mas el despotismo de algunos mexicanos, argumentando superioridad, hizo que el proyecto no-funcionaria como era debido.

  • La Universidad era considerada valuarte del conservadurismo, los anticlericales y liberales como Gómez Farias, la sustituyen por una escuela preparatoria y cinco escuelas superiores dependientes del Ministerio, pero Santa Anna revoca la legislación anticlerical y restaura la Universidad.

  • Las contradicciones entre el presidente y el vicepresidente dan lugar a la creación de una nueva constitución. De esta forma el tercer congreso da las bases para la constitución, incluyendo las siete leyes constitucionales en donde se habla de los derechos del hombre, establecen criterios centralistas como el plutocrático y de intolerancia religiosa, además de la creación de un poder supremo conservador, el cual tendrá que hacer guardar la constitución. Declarando la nulidad de leyes o decretos anticonstitucionales si lo pide el ejecutivo, la suprema corte o cuando menos 18 legisladores, cumple una enorme tarea sumida mas tarde por el juicio de amparo.

    Los estado fueron sustituidos por departamentos, y en vez de legislaturas locales había juntas departamentales, dependientes de la capital de la republica, las constituciones locales se sustituyeron por reglamentaciones departamentales. De aquí el conflicto con Texas. En 1821 las cortes españolas conceden autorización a Moisés Austin para colonizar Texas, quien impide la debida aculturación de la zona, y para 1830 Manuel Mier y Terán, se da cuenta de lo peligroso que es que Texas este excluida cultural, militar y económicamente de México, se intenta incluirla, pero la caída de Bustamante lo impide. El descontento creado por la pugna de liberales y conservadores en la población texana, aunado a la propagación de la idea de independizarse de México, logra que Santa Anna gane en el Álamo en 1836, ayudado por 150 texanos a quienes manda ejecutar, provocando que la indignación creciera y es tomado preso y obligado a reconocer la independencia de Texas. Entonces Bustamante regresa al poder.

    La independencia de México había sido reconocida por EU, Inglaterra, Francia y Prusia, en 1836 el Vaticano lo hace también y España establece relaciones diplomáticas, sin embargo un embajador francés exige el pago de una deuda de 1828, por unos pasteles, México se niega y bombardean Veracruz, perdiendo Santa Anna su pierna. Así en 1841 Santa Anna asume provisionalmente la presidencia dada la renuncia de Bustamante.

    No solo en Texas el centralismo provoca el separatismo, también en Yucatán en 1841 se declara independiente, pero en 1843 se logra una conciliación. Dada la incapacidad del gobierno central para proteger a la burguesía yucateca se provoca otro movimiento separatista. Ofreciéndose a extranjeros con tal de que ayudaran a la paz en Yucatán, España ayuda a Yucatán sin reclamar después lo ofrecido.

    Se crea el quinto congreso, produciendo las Bases Orgánicas de 1843 hechas para Santa Anna y centralistas. Es en donde se halla la idea de dar a la suprema corte la facultad de dictaminar sobre la constitucionalidad de ciertas leyes o actos de autoridades, idea que no prospero en la federación pero si en Yucatán.

    Por ineficaz y costoso Santa Anna pierde el trono en 1844. lo sucede Herrera, quien hereda el problema texano que no se había resuelto definitivamente desde 1838, primeramente el congreso de EU no quiso adoptar Texas por apoyar el esclavismo, pero la doctrina Monroe logra que EU acepte que Texas se les una en 1846. esto logra la destitución de Herrera y asume provisionalmente Gómez Farias, devolviendo al país la constitución de 1824. constitución que es modificada y agregada, por ejemplo el articulo 25 concede competencia a los tribunales federales para proteger a los habitantes de la republica, con esto las grandes líneas del amparo empezaban a alistarse. Sin embargo, las violaciones de los derechos constitucionales por el poder judicial, aun no quedan comprendidas en los casos en que se puede solicitar amparo.

    La defensa del país de la invasión de EU en 1846 se encargó a Santa Anna. La crisis financiera llevó a la necesidad de pedir dinero a la iglesia, quien se negó, lo que propició la confiscación de sus fondos. Por otra parte Santa Anna perdía torpe e inmoralmente Texas, Nuevo México, Arizona, California, Utah, Colorado, recibiendo a cambio 15 millones de dólares. La desorganización y dispersión del poder en México, eran extremas.

    En 1853 Santa Anna es llevado al poder por Alamán, y en abril de ese año publica Bases para la administración de la Republica, que debía regir hasta la promulgación de una nueva constitución. Las extravagancias de Santa Anna llevan a vender otra parte del país, sur de Nuevo México y Arizona por 10 millones de dólares. El santanismo se caracteriza por derrotas y desprestigio internacional de México. Por tal situación es poco vista la promulgación de buenas leyes.

    En cuanto a derecho privado el código de comercio es importante, fue elaborado por el ministro de justicia de Santa Anna, derogado en 1856. Normas Para La Organización De Los Tribunales Y Al Procedimiento De La Ley Para El Arreglo Provisional De La Administración De Justicia En Los Tribunales Y Juzgados Del Fuero Común, que mexicaniza las leyes que estuvieron aquí antes de 1824. además de diversas normas expedidas para la reglamentación de la formación y administración del fondo judicial. Sin dejar a un lado los intentos de organizar una justicia en materia administrativa, reglamento de la expropiación, de juzgados especiales de hacienda y justicia minera.

    En el santanismo hay una importante labor legislativa en lo que concierne a derecho administrativo. Aunque dicha legislación aparenta ser experimental y desorientada, para el gran problema de terrenos baldíos que el gobierno quería incorporar a la economía nacional mediante un sistema de colonización atribuida a nacionales o extranjeros interesados. Reglamentación muy federalizante en materia de baldíos que no logró adoptar soluciones definitivas. Además de este problema existía el de los latifundios, Francisco Severo en 1823 mediante su proyecto de leyes agrarias, proponiendo una distribución del agro en porciones que puedan mantener a una familia de 20 o 30 personas y que se den en arrendamiento vitalicio, no en propiedad.

    En la minería se abolió el tribunal minero en 1826, así los estado estaban facultados para legislar en materia minera, hasta la implantación del centralismo, en 1854 se establece el Tribunal General de Minería. La salubridad tampoco fue descuidada, la Junta Superior de Sanidad se dedico a propagar vacunas. El Bando de policía y buen gobierno de la ciudad de México es un buen ejemplo de la reglamentación en materia sanitaria.

    La instrucción publica era un grave problema pero se establecieron infinidad de escuelas de primeras letras, se decía que gracias al patriotismo local y al espíritu de competencia fomentados por el sistema federal. Sin embargo el aparato educativo no se pudo organizar en un principio, aunque los colegios eran someramente reglamentados por la Dirección General de Instrucción Publica. Finalmente en 1836, con la abolición del sistema federal se da paso a que en 1843 en materia educativa se logre un plan general de estudios, para toda la nación. La instrucción publica fue devuelta a los estados y en 1854 el centralismo regreso con un plan detallado para la instrucción nacional.

    En 1843 se creo la Escuela de Artes y Oficios, añadiéndose en el santanismo a la Escuela Nacional de Agricultura. Se reorganizo el archivo general en 1846, y se estableció la biblioteca nacional.

    Con relación a los extranjeros, en 1823 se autoriza al ejecutivo a expedir cartas de naturalización, y se permite a los extranjeros a adquirir derechos mineros, y se ofrece una generosa protección. En 1828 solo se permite la adquisición de bienes a mexicanos por nacimiento o naturalización, los extranjeros pueden adquirir solamente casados con una mexicana, asentado esto incluso en la constitución de 1836.para 1842 el comercio le es vedado a extranjeros y se les permite la adquisición de bienes, de esta forma en 1854 se promulga la ley sobre extranjería y nacionalidad. Además se reorganizo la profesión notarial, se luchó contra el comercio de esclavos, derecho fiscal y expropiación.

    Se organizo una milicia permanente y activa compuesta de las armas de infantería, caballería y artillería, además de un cuerpo de ingenieros. A su lado estaba la milicia local producto de la lucha política. Inicialmente era conservado el derecho militar novo hispano. Iturbide suprimió las milicias locales que regresaron en 1827 como milicia cívica o guardia nacional.

    En la constitución de 1854 en él articulo 154b se confirma el fuero militar. En 1833 y 1842 se publicaron nuevas ediciones de la ordenanza de 1768, adicionada y modificada. Era de gran importancia también lo reglamentado en Los Juzgados Militares de España y sus Indias y Santa Anna autorizó en 1834 que se utilizara una obra con múltiples formularios de derecho militar, El Catecismo Practico Criminal de Juicios Militares.

    En 1841 Santa Anna reorganizó el ejercito, creo las fuerzas rurales a cargo de pueblos y hacendados. Arista creador de la primera ordenanza general del ejercito mexicano, intento reestablecer la disciplina, reducir el volumen del ejercito y eliminar la leva. En 1853 Santa Anna cambia el sistema y refunde a los guardias de los estados con las fuerzas federales y crea un ejercito a su disposición personal. Ejercito que sin embargo no lo salvaría, pues en gran parte ese ejercito se le volteo en la próxima gran crisis del México independiente. Descontento, vejes de Santa Anna, la desaparición de Alamán en la escena nacional preparó el camino a un grupo de jóvenes liberales que derrocaron a Santa Anna en 1854.

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    Enviado por:Osmar
    Idioma: castellano
    País: México

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