Economía
Formas y clases de empresas
TEMA 2
FORMAS Y CLASES DE EMPRESA
Clases de empresas:
* Actividad económica:
- Sector primario
- Sector secundario
- Sector terciario
- Sector cuaternario
* Forma jurídica:
- Individuales
- Sociedades:
· Personalistas.- Donde el socio importa por sus cualidades personales pues serán gestores natos de la sociedad y las participaciones sociales no pueden ser transmitidas libremente a terceros salvo con el consentimiento unánime del resto de socios. La RESPONSABILIDAD frente a los socios es ILIMITADA respondiendo pues con todo su patrimonio presente y futuro. Empresario individual, Colectiva, Comanditaria.
· Capitalistas.- El socio importa por el capital que aporta (dinero, bienes, derechos) no siendo relevantes sus cualidades personales pues no se encarga de la gestión de la sociedad. La RESPONSABILIDAD es LIMITADA al capital aportado. El patrimonio personal no está vinculado al pago de las deudas sociales. Pueden ser las SA y las SL.
· Mutualista.- Los socios pueden tener también la condición de trabajadores. Su objetivo ultimo es la pervivencia de la actividad de los participes y la obtención de ventajas económico-sociales en el desarrollo de la misma. Pueden ser laborales (SAL, SLL) o Cooperativas.
* Dimensión:
- Grande >250 trabajadores
- PYMES <250 trabajadores
- Mediana entre 50 y 250 trabajadores
- Pequeña <50 trabajadores
- Microempresa <10 trabajadores
*Ámbito:
- Locales
- Regionales
- Nacionales
- Multinacionales
* Titularidad o propiedad de su capital
EMPRESARIO INDIVIDUO
Persona física que ejerce por cuenta propia una actividad mercantil. Como dueño debe responder ilimitadamente ante las deudas de su negocio. Principal ventaja tomar las decisiones sobre como dirigir la empresa sin depender de nadie. Decidir con total autonomía sobre los beneficios. Para ello se debe ser mayor de edad y dedicarse habitualmente al comercio.
SOCIEDAD LIMITADA (SL)
Es una empresa de carácter capitalista mixto donde el capital es dividido en PARTICIPACIONES que son títulos NO negociables acumulables e indivisibles que no se cotizan en bolsa. Para crearse de debe disponer de un K MINIMO de 3005.06€ TOTALMENTE suscrito y desembolsado (no dividendo pasivo) y un MINIMO de SOCIOS de 1. La responsabilidad esta LIMITADA al capital aportado.
Órganos:
-
Junta General de Partícipes: órgano supremo que toma decisiones sobre la gestión de la empresa.
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Junta de Administración.
El nombre de la empresa más las siglas SL debe tener el certificado de no coincidencia en Madrid en el Registro Mercantil Central y obtener el acuerdo funcional de escrituras públicas ante notario.
SOCIEDAD ANONIMA (SA)
Empresa de carácter capitalista donde el capital es dividido en acciones que son una pequeña parte del K social en el que se divide. Para crearse se debe disponer de un K MINIMO de 60101.21€ TOTALMENTE suscrito y desembolsado COMO MINIMO un 25% (hay dividendo pasivo) y un MINIMO de SOCIOS de 1. La responsabilidad esta LIMITADA al capital aportado.
Órganos:
-
Junta General de Accionistas: órgano supremo que toma decisiones sobre la gestión de la empresa. Puede ser Ordinaria, Extraordinaria o Universal.
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Consejo de Administración.
El nombre de la empresa más las siglas SA debe tener el certificado de no coincidencia en Madrid en el Registro Mercantil Central y obtener el acuerdo funcional de escrituras públicas ante notario.
ACCION DE ORO
Instrumento de control que el estado se reservaba sobre las empresa privatizadas desde 1995. Fue derogada el 25 de Noviembre de 2005 para acatar una sentencia de Mayo del 2003 del Tribunal de Justicia de la UE que declaró ilegal la norma española. El argumento utilizado para usar este mecanismo es que algunas sociedades gestionan recursos escasos de interés nacional sobre los que el sector público debe continuar velando. Es el caso de TELEFONICA, IBERIA, RESPSOL.
Siendo la acción de oro una ventaja la SA tiene inconvenientes como son la no coincidencia en objetivos de directivos y accionistas o la no siempre información de los últimos.
DERECHOS
Los accionistas tienen tanto derechos económicos como políticos como es el caso del derecho a los beneficios, derecho al patrimonio resultante de la liquidación, derecho preferente de suscripción en emisión de nuevas acciones y derecho al voto en las decisiones sociales, derecho de información antes de las juntas generales y derecho de impugnación de acuerdos sociales.
SOCIEDAD COOPERATIVA (SCOP)
Se trata de una empresa de economía social y mutualista donde el capital esta dividido en acciones y del cual los SOCIOS no pueden tener más de un TERCIO del capital social. Para crearse NO es necesario un K MINIMO pero si un MINIMO de SOCIOS de 2-3. La RESPONSABILIDAD está LIMITADA al capital aportado.
Órganos:
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Asamblea General: órgano supremo de expresión de los socios.
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Consejo Rector: encargado de la gestión y representación
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Comité de Recursos: atiende y resuelve los problemas por las sanciones derivadas de la Asamblea.
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Interventores: su labor consiste en revisar las cuentas anuales.
Las cooperativas son sociedades de puertas abiertas por lo que su número de socios varía. El beneficio de denomina EXCEDENTE y no están obligadas a registrarse en el registro mercantil pero el nombre debe ser no coincidente en el registro de cooperativas más las siglas SCOP.
SOCIEDAD LABORAL (SLL - SAL)
Se trata de una empresa de economía social mutualista que puede ser anónima laboral (SAL) o limitada laboral (SLL). Para crearse debe haber un MINIMO de SOCIOS de 3 teniendo la obligación de pasar a una RESERVA ESPECIAL del 10% del beneficio obtenido. NINGUN socio puede tener MAS de un TERCIO del capital. Pueden acceder a la propiedad de la empresa mediante la aportación de dinero, bienes o derechos y su RESPONSABILIDAD ante terceros queda LIMITADA a la aportación realizada. Además MAS DEL 50% del K es de los trabajadores con contrato indefinido. El K MINIMO para crear una sociedad laboral depende del tipo:
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SLL: Capital mínimo de 3005.06€ y dividido en participaciones totalmente suscrito y desembolsado. No hay dividendo pasivo
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SAL: Capital mínimo de 60101.21€ dividido en acciones totalmente suscritas y desembolsado al menos un 25%.
Órganos:
* Si pertenece a una SAL:
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Junta General de Accionistas: órgano supremo que toma decisiones sobre la gestión de la empresa. Puede ser Ordinaria, Extraordinaria o Universal.
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Consejo de Administración.
*Si pertenece a una SLL:
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Junta General de Partícipes: órgano supremo que toma decisiones sobre la gestión de la empresa.
-
Junta de Administración.
Ventajas de la sociedad laboral serían, las mismas ventajas que las SA y SL. Sin embargo tiene inconvenientes como la limitación de la transmisión de acciones.
El nombre de la empresa debe ser no coincidente más las siglas SLL y SAL respectivamente.
SOCIEDAD LIMITADA NUEVA EMPRESA (SLNE)
Es una empresa de carácter capitalista de la modalidad de la SL donde el capital es dividido en PARTICIPACIONES que son títulos NO negociables acumulables e indivisibles que no se cotizan en bolsa. Para crearse de debe disponer de un K MINIMO de 3012€ TOTALMENTE suscrito y desembolsado (no dividendo pasivo) y un MAXIMO de 120202 así como un MINIMO de SOCIOS de 1 y MAXIMO de 5. La responsabilidad esta LIMITADA al capital aportado.
Órganos:
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Junta General de Partícipes: órgano supremo que toma decisiones sobre la gestión de la empresa.
-
Junta de Administración.
El nombre de la empresa más las siglas SLNE debe ser dos apellidos y nombre de uno de los socios así como un código alfanumérico y tener el certificado de no coincidencia en Madrid en el Registro Mercantil Central y obtener el acuerdo funcional de escrituras públicas ante notario. Esta empresa está pensada para hacerla con rapidez creando así nuevas secciones en el Registro mercantil. Tramites a través de Documento Único Electrónico.
Ventajas como contar con incentivos fiscales como el aplazamiento de 1 año del ITP o el IRPF en el primer año de constitución.
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Enviado por: | Soral |
Idioma: | castellano |
País: | España |