Sociología y Trabajo Social


Ética profesional


DEBERES del Asistente social

DERECHOS del Asistente Social

Legislatura de la Provincia de Entre Ríos

  • Realizar las actividades profesionales con solidaridad, cooperación y capacidad científica

  • Reconocer la dignidad de la persona

  • No enjuiciar la conducta de los individuos

  • Reconocer que cada individuo es único y reconocer sus derechos

  • Guardar el secreto profesional

  • Respetar los objetivos de la institución donde trabaja

  • Realizar el ejercicio profesional en libertad dentro del margen legal

  • Guardar el secreto profesional

Código de Ética del Colegio de Asistentes Sociales de la Provincia de Entre Ríos

Entre Asistente y Usuario

  • Reconocer la dignidad de las personas y facilitar su derecho a autodeterminarse

  • Respeto por el usuario

  • Proteger el derecho del usuario

  • Garantizar el derecho profesional

  • Respetar y proteger el bienestar e integridad del usuario

  • Abstenerse de realizar actividad profesional que pudiera provocar un desmejoramiento de sus servicios

  • Las acciones deben ser perseverantes y eficientes a pesar de dificultades que puedan presentarse

  • No podrá exigir retribuciones extras u honorarios privados a aquellos que tengan derecho a la prestación gratuita del mismo

  • Reconocer sus limitaciones

  • No podrá delegar tareas a terceras personas o auxiliares

  • Guardar el secreto profesional

  • Utilizar la metodología mas adecuada y aprobada

  • Abstenerse de realizar actividad profesional que pudiera provocar un desmejoramiento de sus servicios

  • Reconocer sus limitaciones

Entre Asistentes Sociales

  • No discriminar por ninguna razón

  • Respetar la posición personal de otros

  • Evitar interferencias en el desempeño profesional de los colegas

  • Brinda colaboración

  • No ser discriminado por ninguna razón

  • Que se respete su posición personal

  • Obtener colaboración de otros coleas

  • Aceptar el desempeño de cualquier cargo profesional en ámbito oficial o privado

  • Autorizar bajo su responsabilidad que personas legas en la profesión suplanten en tareas técnicas a Asistentes Sociales habilitados

Entre el Asistente Social y la Institución

  • Observar las normas vigentes

  • Conocer lo relativo a programas y sus políticas

  • Contribuir al desarrollo de la institución

  • Aportar a la dinámica intra-institucional

  • No burocratizar sus funciones

  • Ser honesto

  • En caso de que las normas o procedimientos de la institución no de acuerdo a los valores personales el Asistente Social deberá reflexionar si permanecer o no en el puesto

  • Cumplir la jornada de trabajo

  • Respetar la documentación

  • Conocer lo relativo a programas y sus políticas

  • En caso de que las normas o procedimientos de la institución no de acuerdo a los valores personales el Asistente Social podrá reflexionar si permanecer o no en el puesto

Entre el Asistente Social y la Comunidad

  • Interesarse en los problemas sociales

  • Contribuir solidariamente con recursos técnicos

  • Acompañar los movimientos sociales en busca de la dignificación humana

  • Contribuir a desarrollar un estilo de vida democrático

  • Estar alerta a la manifestación de problemas sociales

  • Fomentar la creación de programas e bienestar social

  • Prestar servicio voluntario en situaciones de emergencia social

  • Prestar servicio voluntario en caso de emergencia social

  • Expresar sus convicciones libremente

Entre el Asistente Social y la Profesión

  • Defender la profesión contra la crítica injusta

  • Estimular el desarrollo de nuevos enfoques y metodologías

  • Ejercer el ejercicio profesional en base a sus valores

  • Defender la profesión contra la crítica injusta

  • Compartir experiencias profesionales para el enriquecimiento de la profesión

Entre el Asistente Social y el Colegio Profesional

  • Contribuir al prestigio y a la cohesión de su entidad profesional

  • Sentir como suyo el prestigio publico

  • Aplicar el arancel de honorarios impuestos por el colegio de profesionales

  • Acatar las resoluciones del consejo directivo del colegio profesional

  • Considerarse participe de la prosperidad y crecimiento del prestigio público

  • Aplicar el arancel de honorarios impuestos por el colegio de profesionales




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Idioma: castellano
País: Argentina

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