Relaciones Laborales y Recursos Humanos


Equipos de trabajo


La importancia de esta unidad es fundamental. Si queremos trabajar de forma segura, debemos conocer lo que está a nuestra disposición y sus posibilidades.

Si se conocen los peligros, se puede conocer la forma de evitar los riesgos que tienen los equipos de trabajo.

1. DISPOSICIONES MÍNIMAS

Según el Real Decreto 1215/1997, un equipo de trabajo se define como cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizado en el trabajo.

A continuación se exponen las disposiciones mínimas sobre equipos de trabajo, su utilización y sobre las obligaciones del empresario.

  • Sobre los equipos de trabajo

  • Por ejemplo un taladro vertical deberá llevar el paro de emergencia

    Los órganos de accionamiento de un equipo de trabajo deberán ser claramente visibles, deberán ponerse fuera de las zonas peligrosas; los botones de accionamiento siguen un código de colores:

    • Los botones de puesta en marcha/tensión son de color blanco.

    • Los botones de parada/fuera de tensión son de color negro.

    • Los botones de parada de emergencia son de color rojo sobre fondo amarillo.

    • El botón de establecimiento de un ciclo automático interrumpido es de color amarillo.

    • El botón de rearme es azul.

    La puesta en marcha de un equipo de trabajo, solamente se podrá efectuar con una acción voluntaria sobre el órgano de accionamiento previsto al efecto.

    Se suelen colocar pulsadores, ya que, en caso de un golpe accidental el equipo de trabajo no continuaría funcionando.

    Cada equipo de trabajo debe tener un órgano de accionamiento que permita la parada total en condiciones de seguridad.

    Este órgano sirve para entrar de forma segura en una zona peligrosa.

    Este órgano de mando tendrá prioridad sobre los de puesta en marcha.

    Si se trata de un equipo complejo lo correcto es poner una llave de puesta en marcha.

    Cualquier equipo de trabajo que entrañe riesgo deberá estar provisto de dispositivos de protección.

    Cualquier equipo de trabajo que entrañe riesgo por emanación de gases, vapores o líquidos o por emisión de polvo debera estar provisto de dispositivos adecuados de captación o extracción.

    Si fuese necesario, los equipos de trabajo deberán estar estabilizados por fijación.

    En los casos en que exista riesgo de estallido o de rotura de elementos de un equipo de trabajo, deberán adoptarse las medidas de protección adecuadas.

    Cuando los elementos móviles de un equipo de trabajo puedan entrañar riesgo de accidente por contacto mecánico, deberán ir equipados con resguardos o dispositivos

    Los resguardos deberán ser:

  • De fabricación sólida y resistente.

  • No ocasionarán riesgos suplementarios.

  • Deberán ser difíciles de anular.

  • Estar situados a una distancia suficiente de las zonas peligrosas.

  • No deberán limitar el ciclo de trabajo.

  • Deberán permitir las intervenciones indispensables.

  • Las zonas y puntos de trabajo o de mantenimiento deben estar adecuadamente iluminadas.

    Un equipo de trabajo que alcance temperaturas elevadas o muy bajas deberán estar protegidas contra los riesgos de contacto de los currelas.

    Los dispositivos de alarma deberán ser perceptibles y fácilmente comprensibles y sin ambigüedades.

    Todo equipo de trabajo deberá estar provisto de dispositivos que permitan separarlos de cada una de sus fuentes de energía.

    Tanto el equipo de trabajo, como las sustancias producidas o almacenadas por este, deberán ser adecuados para prevenir el riesgo de que todos salten por los aires.

    También deberá ser adecuado para proteger contra el riesgo de contacto directo e indirecto con la electricidad .

    Todo equipo de trabajo que entrañe riesgo por ruido, vibraciones o radiaciones (las cuales te pueden dejar estéril, no sólo el tabaco lo hace) deberá disponer de protecciones para limitar la generación y propagación de estos agentes físicos.

    Se deben tomar medidas de protección frente al ruido.

    Las herramientas manuales: sus mangos o empuñaduras deben estar sin bordes agudos ni superficies resbaladizas, y aislantes en caso necesario.

  • Sobre la utilización de los equipos de trabajo

  • Se dispondrán con suficiente espacio libre para su instalación, desinstalación y manejo de forma segura.

    Los trabajadores podrán acceder en condiciones de seguridad en todos los lugares necesarios.

    No se podrán utilizar sin los elementos de protección previstos ni se deberán utilizar de forma y condiciones contraindicadas por el fabricante.

    Antes de su puesta en marcha, se comprobará que no existen riesgos para terceros.

    Utilizar equipos de protección individual cuando sea imposible reducir los riesgos al máximo.

    La limpieza, se realizará con los medios necesarios y de forma tal que se eliminen todos los riesgos.

    En los equipos de trabajo llevados o guiados manualmente los currantes deberán disponer de las condiciones adecuadas de control y visibilidad.

    Los equipos que puedan ser alcanzados por rayos deberán estar protegidos contra sus efectos.

    Las operaciones de mantenimiento se harán con toda fuente de energía desconectada, y sin energías residuales.

    Los que se retiren (como Guardiola) del servicio deberán permanecer con sus dispositivos de protección o deberán tomarse medidas necesarias para imposibilitar su uso.

    Las herramientas manuales no deberán implicar riesgos para los trabajadores. Están diseñadas para cumplir una misión, si variamos estas características, podemos generar un riesgo.

  • Sobre las obligaciones del empresario

  • El empresario deberá:

    Planificar la compra de los equipos de trabajo conforme a sus necesidades, de forma que los nuevos equipos:

      • No interfieran con otros equipos de trabajo.

      • Satisfagan la legalidad vigente.

      • Sean seguros para los trabajadores.

    Realizar las modificaciones necesarias para garantizar el cumplimiento de todos los puntos anteriores.

    Realizar un mantenimiento adecuado.

    Informar a los trabajadores, preferiblemente por escrito, de todo lo referente a los equipos de trabajo y su uso.

    Conocer las particularidades de los trabajadores y de los operadores de los equipos de trabajo.

    2. MARCADO CE

    El marcado CE de una máquina nos garantiza el cumplimiento de las leyes, normas, reglamentos y disposiciones que tienen que cumplir todos los estados miembros de la comunidad europea.

    El logotipo no debe ser inferior a 5 mm de altura.

    Deberá indicarse en el equipo lo siguiente:

    Nombre del fabricante

    Descripción del equipo.

    Organismo y número de certificación CE.

    En su caso, referencias a las normas armonizadas.

    En su caso, referencia las normas nacionales aplicadas.

    Razón social del importador, representante o apoderado del fabricante.

    Manual de instrucciones.

    En su caso, los límites de uso o sobreesfuerzos.

    2.1 Manual de instrucciones

    el fabricante es la persona ideal para indicar todos estos aspectos. El manual se convierte en un elemento de gran utilidad para todos: importador, montador, empresario y tabajador.

    Las informaciones que se deben suministrar para que este manual sea útil son:

    Ruido emitido cuando supere los 70 dB(A).

    Normas armonizadas.

    Vibraciones emitidas.

    Características de la máquina.

    Montaje y desmontaje.

    Modos y métodos seguros de utilización.

    Mantenimiento, conservación y reparación.

    Un manual en una lengua comunitaria y la lengua oficial del país donde se vende el equipo.

    Condiciones previstas de utilización.

    Puesta en servicio.




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    Enviado por:Eminem
    Idioma: castellano
    País: España

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