Economía


Derecho


1. ¿qué es la usucapión?

- La usucapión es una forma de adquirir una propiedad por medio de la posesión pública y pacifica. Dentro de ella se pueden distinguir entre:

· Usucapión de vienes muebles: el dominio de los vienes muebles se prescribe por la posesión no interrumpida de tres años con buena fe. También se prescribe el dominio de las cosas mueble por la posesión no interrumpida de seis años, sin necesidad de otra condición. Las cosas muebles hurtadas o robadas no podrán ser preescritas por los que las hurtaron o robaron, ni por los cómplices ni encubridores, al no haber preescrito el delito o falta, o su pena, y la acción para exigir la responsabilidad civil, nacida del delito o falta.

· Usucapión de vienes inmuebles: el dominio y de mas derechos reales sobre vienes inmuebles se prescriben por la posesión durante diez años entre presentes y veinte años entre ausentes, con buena fe y justo título. La buena fe del poseedor consiste en la creencia de que la persona de quien recibió la cosa era dueño de ella y podría transmitir su dominio. Entendiéndose por justo título el que legalmente baste para transferir el dominio o derecho real de cuya prescripción se trate. Se prescriben también el dominio y demás derechos reales sobre los vienes inmuebles por su posesión no interrumpida durante treinta años sin necesidad de título y sin necesidad de buena fe, y sin distinción entres presentes y ausentes.

2. ¿Qué derechos y obligaciones tienes un co-propietario respecto de la cosa en común?

-Todo copropietario tendrá derecho para obligar a los participes a contribuir a los gastos de conservación de la cosa o derecho común. Solo podrá excluirse de esta obligación el que renuncie a la parte que le pertenece en el dominio. Ninguno de los copropietarios podrá hacer alteraciones en la cosa común, aunque pudieran resultar ventajosas para todos, sin consentimiento de los demás.

Para la administración y mejor disfrute de la cosa común serán obligatorios los acuerdos de la mayoría de los participes, no habrá mayoría si no cuando el acuerdo este tomado por los participes que representen la mayor cantidad de los intereses que constituyan el objeto de la comunidad.

Si no hubiera mayoría, o el acuerdo fuera perjudicial a los interesados en la cosa común, el juez dictará lo que corresponda, e incluso nombrar a un administrador. Cuando parte de la cosa pertenece privadamente a un participe o a alguno de ellos y otra fuere común, solo a esta será aplicable la disposición anterior. Ningún copropietario estar obligado a permanecer en la comunidad, cada uno de ellos podrá pedir en cualquier momento que se divida la cosa común.

3. ¿Qué tipos de propiedades se dan en la propiedad horizontal?

-La propiedad horizontal se aplica a las comunidades de propietarios de edificas. En este régimen de propiedad corresponde a cada piso o local:

El derecho singular y exclusivo de propiedad sobre un espacio delimitado y susceptible de aprovechamiento independiente, con los elementos e instalaciones de todas clases, aparentes o no, que estén comprendidos dentro de sus limites y sirvan exclusivamente a su propietario.

La copropiedad, con los demás dueños de pisos o locales, de los restantes elementos, pertenencias y servicios comunes.

A cada piso o local se atribuirá una cuota de participación con relación al valor total de inmueble. Esta cuota servirá para determinar la participación en las cargas y beneficios por razón de la comunidad. La cuota solo podrá variarse por acuerdo unánime. El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquel mientras que con ello no se altere la seguridad del edifico, su estructura general, su configuración, o perjudique los derechos de otro propietario, teniendo que dar cuenta de las obras previamente a quien represente a la propiedad.

4. ¿Que es un interdicto y cuantas clases hay?

-Todo poseedor tiene derecho a ser respetado en su posesión, y si fuere inquietado de ella, deberá ser amparado o restituido en dicha posesión por los medios que las leyes de procedimiento establecen. Estos procedimientos son los interdictos que pueden ser de recobrar (si la posesión ya ha sido perturbada) o de retener (si existen sospechas de que en el futuro se vaya a perturbar la posesión). Este es un procedimiento judicial especial y sumario que tiende a decidir quien debe poseer la cosa en litigio.

La posesión tiene los siguientes efectos: a) Presunción de titularidad de la cosa y b) Adquisición de los frutos que pueda producir la cosa poseída.

5. ¿Qué es una servidumbre y cuantas clases hay?

-La servidumbre es un gravamen impuesto sobre un predio en beneficio de perteneciente a distinto dueño. El inmueble a cuyo favor esté constituida la servidumbre se llama predio dominante; el que la sufre, predio sirviente.

Dentro de las servidumbres se distinguen: -Servidumbres de aguas: Los predios inferiores están sujetos a recibir las aguas que naturalmente descienden de los predios superiores, así como la tierra o piedra que arrastran en su curso. Ni el dueño del predio inferior puede hacer obras que impidan esta servidumbre, ni el del superior obras que lo agraven. Todo el que quiera servirse del agua de que puede disponer para un a finca suya, tiene derecho a hacerla pasar por los predios intermedios, con obligación de indemnizar a sus dueños, como también a los de los predios inferiores sobre los que se filtren o caigan las aguas. -Servidumbres de paso: El propietario de una finca o heredad, enclavada entre otras ajenas y sin salida a camino público, tiene derecho a exigir paso por heredades vecinas, previa la correspondiente indemnización. -Servidumbres de luces y vistas: Ningún medianero puede sin consentimiento del otro abrir en pared medianera ventana ni hueco alguno.

6. ¿Qué es el derecho de tanteo y retracto y cuantas clases hay?

-El retracto legal es el derecho de subrogarse, con las mismas condiciones estipuladas en el contrato, en lugar del que adquiere una cosa por compra o dación en pago. Se distingue: 1) El copropietario de una cosa común podrá usar el retracto en el caso de enajenarse a un extraño la parte de todos los demás condueños o de alguno de ellos. Cuando dos o más copropietarios quieran usar el retracto, sólo podrán hacerlo a prorrata de la porción que tengan en la cosa común. 2) También tendrán el derecho de retracto los propietarios de las tierras colindantes cuando se trate de la venta de una finca rústica cuya cabida no exceda de una hectárea. 3) También el inquilino de un inmueble.

7. ¿Cómo pueden nacer las obligaciones?

-Las obligaciones pueden nacer: De la ley: Las obligaciones derivadas de la ley no se presumen. Sólo son exigibles las expresamente determinadas en el código civil o en las leyes especiales. De los contratos: Las obligaciones que nacen de los contratos tienen fuerza de ley entre las partes contratantes, y deben cumplirse al tenor de los mismos. De los actos y omisiones ilícitos o en que intervenga cualquier género de culpa o negligencia.

8. ¿En qué se diferencia una deuda mancomunada de una solidaria?

-La diferencia esta en que en la deuda mancomunada existe un acreedor y varios deudores, de tal manera que el acreedor puede exigir a cada uno de los deudores su parte proporcional de la deuda, en cambio en la deuda solidaria aunque existe un acreedor y varios deudores también en este caso el acreedor solo podrá exigir a uno de los deudores la totalidad de la deuda.

9. ¿Qué comprende la indemnización de daños y perjuicios?

-La indemnización de daños y perjuicios comprende el valor de la pérdida que hayan sufrido y el valor de la ganancia que haya dejado de obtener el acreedor, salvas las disposiciones contenidas en los artículos siguientes.

10. ¿Qué es una acción subrogatoria? ¿Y la acción revocatoria?

La acción subrogatoria en un supuesto donde existen tres personas por ejemplo a, b y c. Donde a ``a´´ se le debe una de deuda, y al mismo tiempo ``c´´ tiene una deuda con ``b´´, entonces ``a´´ puede pedir una autorización para reclamar en nombre de ``b´´ la deuda de ``c´´ y así poder cobrar su parte. Y la acción revocatoria en el mismo supuesto anterior ``a´´ tiene una deuda que no paga, y se entera de que ``b´´ quiere venderle a ``c´´ su patrimonio, en este caso el juez puede dictaminar que ``b´´ no venda su patrimonio a ``c´´.

· Revocación: dejar sin efecto una concesión, un mandato una resolución.

11. ¿Qué significa la característica de unidad de ordenamiento jurídico?

12. ¿Qué criterios hay para solucionar las contradicciones entre normas? ¿En qué consisten?

13. ¿Qué criterios hay para solucionar los vacíos normativos? ¿En qué consisten?

14. ¿Qué significa que un estado sea social?

Significa dos cosas, la primera, que el estado esta obligado a intervenir en la economía para intentar corregir las desigualdades sociales, y en segundo lugar, que el estado reconoce y garantiza los denominados derechos sociales.

15. ¿Qué significa que un estado pueda clasificarse de estado de derecho?

En un estado de derecho concurren las siguientes notas:

-en primer lugar se aplican las normas jurídicas a los supuestos de hecho, en segundo lugar, existe una separación de poderes, que son: el ejecutivo, formado por el gobierno, legislativo, por el parlamento, y judicial por juzgados y tribunales; en tercer lugar es un estado cuyo parlamento controla políticamente al gobierno y por ultimo es un estado que garantiza y reconoce los derechos fundamentales del ciudadano

16. ¿De qué trata el derecho financiero?

Atendiendo a la necesidad del Estado (recaudación de tributos y ordenación del gasto público), se vienen distinguiendo en el seno del derecho financiero dos sectores:

-El derecho tributario, que se refiere al estudio de los ingresos públicos y a la relación entre la hacienda pública y los contribuyentes.

-El derecho presupuestario, que estudia desde una perspectiva jurídica la distribución, ejecución y control del destino de los recursos públicos.

17. ¿De qué trata el derecho laboral?

El derecho laboral regula dos cosas, en primer lugar, las relaciones entre el trabajador y el empresario, y en segundo lugar las relaciones entre el ciudadano y la seguridad social.

Tiene por objeto de estudio, además del contrato de trabajo, materias de derecho público como el derecho de la seguridad social, o el derecho sindical y de conflictos colectivos, de difícil adscripción a uno u otro sector.

18. ¿Ante qué juzgado se enjuiciara una falta penal?

Ante los juzgados de lo penal

19. ¿Ante qué juzgado se enjuiciará una estimación de pensión por invalidez?

Ante los juzgados de lo social, de primera estancia o de instrucción.

20. ¿De qué se encarga el orden contencioso administrativo?

El orden contenciosos administrativo resuelve los indicios regulados tanto por el derecho tributario como del administrativo.

21. ¿En qué se diferencia la capacidad jurídica de la capacidad de obrar?

22. ¿Cuántos tipos de nacionalidades hay y cuantos criterios para su adjudicación?

Existen dos tipos de nacionalidades: nacionalidad de origen y nacionalidad derivada. En la nacionalidad de origen por ejemplo, España ,serían españoles de origen los nacidos de padre o madre españoles , los nacidos en España de padres extranjeros si, al menos, uno de ellos hubiera nacido también en España exceptuando hijos de funcionario diplomático o consular acreditado en España, los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecieren de nacionalidad o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad, y los nacidos en España cuya filiación no resulte determinada, se presumen nacidos en el territorio español los menores de edad cuyo primer lugar conocido de estancia sea territorio español. En la nacionalidad derivada pueden haber tres criterios para su adjudicación: Por opción, teniendo derecho a optar por la nacionalidad española personas que estén o hayan estado sujetas a la patria potestad de un español o aquellas cuyo padre o madre hubiera sido originariamente español y nacido en España. Por carta de Naturaleza siendo otorgada mediante Real Decreto por el Gobierno, cuando en el interesado concurran circunstancias excepcionales. Y por Residencia exigiéndose unos tiempos determinados de residencia.

23. Una persona nacida en los realejos de padre canadiense nacido en la Coruña y madre china, ¿puede tener nacionalidad española? ¿De que tipo?

Si, podría tener nacionalidad española, y de origen ya que al menos su padre es nacido en España.

24. ¿qué requisitos existen para poder tener la nacionalidad española derivativa por residencia?

Para poder tener nacionalidad española derivativa por residencia se exigen los siguientes tiempos de residencia: 1º. Que la persona haya residido en España durante diez años. 2º. Serían cinco años para los que hayan obtenido la condición de refugiado y dos años cuando se trate de nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal. 3º.Bastará el tiempo de residencia de un año para el que haya nacido en territorio español; el que haya estado sujeto legalmente a la tutela o acogimiento de un ciudadano durante dos años consecutivos, incluso si continuara en esta situación en el momento de la solicitud; el que al tiempo de la solicitud llevara un año casado con español o española y no estuviere separado legalmente o de hecho; el viudo o viuda de española o español, si a la muerte del cónyuge no existiera separación legal o de hecho; el nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles.

25. ¿Qué requisitos existen para presentar una demanda de separación de común acuerdo?

Los requisitos necesarios para presentar una demanda de común acuerdo son las siguientes: a) La determinación de la persona cuyo cuidado hayan de quedar los hijos sujetos a la patria potestad de ambos, el ejercicio de ésta y el régimen de visitas, comunicación y estancia de los hijos con el progenitor que no viva con ellos.

b) si se considera necesario, el régimen de visitas y comunicación de los nietos con sus abuelos, teniendo en cuenta, siempre, el interés de aquellos.

c) La atribución del uso de la vivienda y ajuar familiar.

d) La contribución a las cargas del matrimonio y alimentos, así como sus bases de actualización y garantías, en su caso.

e) La liquidación, cuando proceda, del régimen económico del matrimonio.

f) La pensión que correspondiere satisfacer, en su caso, a uno de los cónyuges.

Los acuerdos de los cónyuges, adoptados para regular las consecuencias de la nulidad, separación o divorcio serán aprobados por el juez, salvo si son dañosos para los hijos o gravemente perjudiciales para uno de los cónyuges.

26. ¿Qué requisitos existen para que una resolución dictada por un tribunal eclesiástico tenga validez en España?

Las resoluciones dictadas por un tribunal tendrán eficacia para cualquiera de las partes, si se han declarado ajustados al derecho del Estado. (Juzgado religioso)

27. ¿Qué operaciones se deben hacer para liquidar una sociedad de gananciales?

La sociedad de gananciales concluirá de pleno derecho: Cuando se disuelva el matrimonio, cuando sea declarado nulo, cuando judicialmente se decrete la separación de los cónyuges y cuando los cónyuges convengan un régimen económico distinto en la forma prevenida en este código. Disuelta la sociedad se procederá a su liquidación, que comenzará por un inventario del activo y pasivo de la sociedad.

28. ¿Qué límites debe respetar una persona que quiera dar testamento a la hora de distribuir su herencia si tiene cuatro hijos, cónyuge y un ascendiente vivo?

Deberá distribuir sus bienes en este caso entre los hijos, descendientes respecto de sus padres y ascendientes en las dos terceras partes del haber hereditario del padre, sin embargo, podrán éstos disponer de una parte de las dos que forman la legítima, para aplicarla como mejora a sus hijos o descendientes. El viudo o viuda en la forma de usufructo, constituye su legítima la mitad de la herencia al concurrir con un ascendiente vivo.

29. ¿Cómo se debe distribuir la herencia de una persona que fallece sin testamento y tiene como familiares más cercanos a su tía Elena, y su sobrina Marta y sus primos Juan y Carlos?

Se deberá distribuir en primer lugar a su tía Elena que dista solo tres grados de la persona que fallece, luego heredarán los primos y por último su sobrina que es la que dista más grados del fallecido.

30. Una persona fallece dejando un patrimonio de 600.000 €. Tiene cuatro hijos:

Alberto, Carlos, Patricia y Agustín, además de su cónyuge. En el testamento se dice que deja 50.000 €. a Alberto, 80.000 €. Para Carlos, y otros 80.000 €. Para patricia, y 200.000 €. a Agustín. Además le deja a su cónyuge el usufructo de los 50.000 €. Que le ha dejado a Alberto. Además, deja a su amigo David el resto de su herencia. ¿El testamento es válido?




Descargar
Enviado por:El remitente no desea revelar su nombre
Idioma: castellano
País: España

Te va a interesar