Derecho


Derecho Romano, cuestionario


UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MEXICO

FACULTAD DE DERECHO

SISTEMA DE UNIVERSIDAD ABIERTA

GUÍA DE ESTUDIO DE LA ASIGNATURA DE

DERECHO ROMANO I

PRIMER SEMESTRE

AGOSTO DE 2006-2007

UNIDAD I

CONCEPTOS GENERALES

 

Lecturas Sugeridas: Historia del derecho romano y de los derechos neorromanistas, págs. 22 a 31 de Beatriz Bernal y José de Jesús Ledezma.

1.- ¿Cuál es la diferencia que existe entre el derecho Objetivo y el derecho subjetivo?

Derecho Objetivo: Conjunto de normas jurídicas que regulan la convivencia social.

Derecho Subjetivo: Es el que resulta de la relación o sumisión del objeto al sujeto o lo que esté pueda hacer; o la cosa que el sujeto afirma que le pertenece mediante un hecho que viene a ser la causa de este derecho.

2.- Defina las principales fuentes de derecho escrito.

Ley de las XII Tablas, primera plasmación por escrito del derecho romano y es en su mayoría una recopilación de los mores maiorum.

3.- Explique los conceptos Iurisprudentia, Fas, Iustitia y Aequitas

Iurisprudentia: Jurisprudencia

Fas: Divino, sagrado

Iustitia: Justicia

Aequitas: Equidad

4.- Explique en que consiste la diferencia entre Ius Civile, Ius Honorarium y Ius Gentium

Ius Civile: Derecho civil, deriva de la costumbre y esta integrado por todas las disposiciones emitidas por los comicios y el concilio de la plebe.

Ius Honorarium: Derecho honorario o pretoriano, es el emitido por los Magistrados Juriscidentes en el ejercicio de su funciones y plasmado en edictos.

Ius Gentium: Derecho de gentes, conjunto de reglas aplicables a todos los pueblos sin distinción de nacionalidad.

5.- Señale algunos ejemplos que clarifiquen la diferencia entre Ius Publicum y Ius Privatum.

Ius Publicum

(derecho publico

Ius Privatum

(derecho privado)

Es aquel que trata del gobierno de los romanos. Ulpiano resume su objeto en tres términos:

I. Sacra. Es lo concerniente al culto de los dioses, a sus diversos ritos y sacrificios.

II. Sacerdotes. Es su organización, funciones y prerrogativas.

III Magistratus. Su número, naturaleza y atribuciones; la competencia y la organización de las asambleas populares y del senado (organización y funciones del Estado, a sus relaciones con los particulares y a las que pueda mantener con otros Estados)

Se refiere a los particulares, estos es, el que reglamenta sus diferentes relaciones y actividades.

6.- Señale la diferencia entre el Derecho consuetudinario y el Derecho escrito y lugares en donde actualmente se aplica.

Derecho consuetudinario

Derecho escrito

Decisiones de los tribunales reales de justicia en detrimento de las costumbres locales, y para corregir los excesos y rigores de este derecho unificado los particulares se dirigían al rey, quien a través de su confesor canciller suavizaba tales normas, aplicando los principios de la equidad.

Se aplica actualmente en pueblos anglosajones, que ha pasado de Inglaterra a todas sus colonias excolonias, gran parte de los Estados Unidos de Norte América y Canadá.

Es el formulado y promulgado por una autoridad constituida, y son las leyes, los plebiscitos, los senadoconsultos, las constituciones imperiales, los edictos de los magistrados y las respuestas de los prudentes.

Se aplica actualmente en casi todo el mundo

7.- ¿Cuál es la vigencia del Derecho en el Espacio y en el tiempo?

Dependiendo de la época y el lugar en que se encuentre, serán las bases para que las leyes o normas puedan ser aplicadas.

La vigencia es en qué época se encuentren (vigentes las leyes o normas)

El espacio en qué lugar

El tiempo en qué época

UNIDAD II

PERIODIZACIÓN POLÍTICO-JURÍDICA

Lecturas Sugeridas: Derecho Romano, Guillermo Floris Margadant S. págs.17 a 44 y Derecho Romano de Martha Morineau Iduarte y Román Iglesias González, págs. 5 a 24.

1.- ¿En cuantos periodos se divide la historia de Roma?

En 4

Período Arcaico (inicia con las XII tablas y termina en al segunda guerra punica)

Período Helenístico (inicia en la segunda guerra punica y termina en la Republica)

Período Clásico (inicia desde Augusto y termina dioclesiano)

Período Burocrático (inicia con Dioclesiano y termina con justiniano)

2.- Explique las etapas de la Monarquía en Roma

Fueron tres etapas:

La primera etapa fue la de los monarcas, fueron siete reyes, Romulo, Numa Pompilio, Tulio Hostilio, Anco Marcio, Tarquino el Antiguo, Servio Tulio y Tarquino el Sobervio que es con el que termina la época de la monarquía.

La segunda fueron los comicios, los cuales se dividían en comicios por curias (se denomina pueblo, populus, o sea la reunión de todos los ciudadanos, incluyendo este término a los patricios y los plebeyos), y comicios por centurias (era un censo económico de la población).

La tercera fue el senado (en un principio, constituía única y exclusivamente un cuerpo consultivo y de apoyo al rey, cuyos consejos, cobraban cada vez mayor ascendiente. Estaba integrado por 100 miembro que eran escogidos por el monarca.

3.- Explique las etapas de la República en Roma

a) El senado (en esta época ya está capacitado para decidir en asuntos relacionados con la guerra y los plebeyos finalmente son aceptados en él)

b) Los comicios (funcionaban de modo semejante al que vimos en la etapa anterior) surgen los comicios por tribus (los ciudadanos se agrupan en atendiendo a un criterio territorial basado en el domicilio, roma se divide en 4 sectores o tribus urbanas y 31 rusticas)

c) Los Magistrados (la figura del rey es sustituida por dos magistrados; esto es, altos funcionarios públicos, llamados consules, que eran los jefes civiles y militares del Estado).

4.- Explique las etapas del Imperio Romano

El Emperador (todos los poderes se contraen en manos de él, es una época de franca decadencia del imperio romano).

5.- Explique las etapas del Principado Romano

Durante este periodo el poder supremo es compartido por el senado y el príncipe o emperador y la labor de los comicios se torna nula prácticamente.

6.- Señale las fuentes formales del Derecho en los diversos periodos.

  • En la monarquía la única fuente es la costumbre de los antepasados.

  • En la república sigue existiendo la costumbre y surgen ya verdaderas fuentes formales del derecho, como la ley, los senadoconsultos, los edictos de los magistrados y la jurisprudencia.

  • En el principado, ya son raros los senadoconsultos que encontramos y, por el contrario, resultan cada vez son más frecuentes las constituciones imperiales (existe cuatro diferentes tipos edicta, mandata, decreta y rescripta).

  • En el imperio se dan ya las compilaciones jurídicas, los códigos (el Gregoriano, el Hermogeniano, el Teodosiano), nace el corpus iuris civiles que es la obra de Justinianeo (se compone de el Código, el Digesto, las Instituciones y las Novelas).

7.- Señale cuales son las colecciones de Ius y Leges

El Ius esta contenido formalmente en las Doce Tablas (leyes comiciales, senadoconsultos, edictos de los magistrados y constituciones imperiales de la primera época del Imperio) estas fuentes ya no se usaban directamente, sino que eran citadas las obras de los jurisconsultos que las contenían.

La leges son todas las constituciones imperiales de la época posterior, parte de las cuales estaban contenidas en el Código Tedosiano.

8.- Señale cuales son las colecciones Mixtas de Iura y Leges

Iura:

Leges Caducarias, compuesta por dos leyes de Augusto, la Lex Iulia de maritandis ordinibus y la Lex Papia Poppaea, de los años 18 y 9 a.C.

9.- Explique las características del Derecho Justiniano y las posteriores a él.

Todo el Imperio Absoluto corresponde a la fase posclásica y se subdivide, a su vez, en derecho vulgar y derecho Justinianeo. La etapa del derecho vulgar se inicia a partir del mandato de Diocleciano y termina antes de Justinianeo, se caracterizo por su falta de originalidad, ya no hay creación jurídica sino sólo el afán de adoptar el derecho anterior al tiempo presente. Este panorama cambia con Justiniano, cuyo carácter clasicista lo lleva a ordenar una gran recopilación. El emperador vuelve los ojos al pasado y da a conocer así el derecho clásico que de otra manera hubiésemos ignorado (la labor legislativa, tiene una importancia decisiva dentro de la historia del derecho, se ve con un doble ángulo: como una tarea de codificación, o sea de reunión y codificación de todo el material jurídico que había integrado el derecho de los romanos hasta su época y, a la vez, como una labor creativa no sólo en el sentido de que adoptó las normas jurídicas anteriores a las necesidades de su época, sino también a la serie de disposiciones dictadas de nueva cuenta durante su reinado.

La legislación Justinianea siguió rigiendo oficialmente en todo el Imperio de Oriente hasta su caída en poder de los turcos en 1453. En el Siglo VIII vuelven a iniciarse las compilaciones oficiales. Leon III, el Isáurico, publico una conocida con el nombre de Ecologa Legum (selección de leyes) en la que encontramos nuevas disposiciones en materia matrimonial. Este emperador trato de fusionar en una sola la obra de Justiniano, labor que llevo acabo su hijo león Filósofo y que se conoce como Basílicas (Drecho Imparial).en Italia siguieron estudiándose el Código, Las Instituciones y las Novelas.

UNIDAD III

PERSONAS

Lecturas Sugeridas: Derecho Romano, del Maestro Guillermo F. Margadant S. Págs. 115 a 137; Panorama del Derecho Romano, de Sara Bialostosky, pags. 51 a 61 y Derecho Romano, de Martha Morinueau Iduarte, págs. 35 a 50

1.- ¿Cuál es el concepto de persona?

Todo ente capaz de detentar derechos y obligaciones.

2.- ¿Cuántos tipos de persona existían en Roma?

Dos tipos:

  • Persona física para la cual había que reunir tres elementos:

    • Status libertatis; ser libre y no esclavo.

    • Status civitatis; ser ciudadano y no peregrino.

    • Status familiae; ser jefe de familia y no estar bajo ninguna potestad.

  • Persona moral reuniones de personas físicas interesadas en realizar determinado fin, tal es el caso de las asociaciones o corporaciones. Pueden ser de dos tipos:

    • Asociaciones

    • Fundaciones.

    3.- Explique cuales son los requisitos de la Personalidad.

    Un NOMBRE PROPIO a efecto de determinar quien era, un DOMICILIO y un PATRIMONIO.

    4.- Señale cuales son las fuentes de la Ciudadanía Romana

    Se adquiría por el nacimiento, en caso de iustae nuptiae, los hijos seguían la condición jurídica general y, por tanto, también la ciudadanía del padre.

    5.- Señale cuales son los privilegios de la Ciudadanía Romana

    El ciudadano romano gozaba de todas las prerrogativas establecidas en las distintas leyes del derecho civil, tanto en el orden privado como en el público.

    En lo concerniente al derecho privado gozaban de:

    • Conubium: contraer matrimonio civilmente Y consecuentemente la posibilidad de ejercer la patria potestad sobre los hijos nacidos dentro del matrimonio y que éstos siguiesen la condición del paterfamilias.

    • Commercium: derecho de adquirir y transmitir la propiedad, su patrimonio por sucesión testamentaria, ser heredero y realizar cualquier otro negocio jurídico.

    En lo referente al orden público, el ciudadano romano tenía el:

    • Ius suffragii o derecho de votar en los comicios y;

    • Ius honorum o derecho de desempeñar cualquier función pública o religiosa.

    • Impugnar la pena capital

    6.- Señale cuales es la diferencia entre Sui Iuris y Alieni Iuris

    SUI IURIS es una persona que tiene plena capacidad de goce en relación con su propio patrocinio y la ALIENI IURIS es la persona que se encuentra sujeta a cualesquiera de las autoridades, ejercidas por el sui iuris.

    7.- Señale cuales son los atributos de la personalidad

    a) capacidad de goce

    b) un patrimonio

    c) el domicilio y,

    d) el nombre

    8.- Explique la formación de la Persona Colectiva

    Origen de la Personalidad Jurídica.

    Estas personas surgen gradualmente en la práctica romana. En ellas podemos distinguir:

  • Corporaciones: personas colectivas compuestas de miembros asociados voluntariamente o por la fuerza de la tradición.

  • Fundaciones: afectaciones de patrimonios a un fin determinado.

  • 9.- Señale que son las Corporaciones

    Personas colectivas compuestas de miembros asociados voluntariamente o por la fuerza de la tradición. Su existencia pueden ser independiente de lo que pasa con sus miembros; su patrimonio no tiene nada que ver con sus miembros, y que los actos de los miembros no afectan la situación jurídica de esta persona colectiva, salvo en casos expresamente previstos por el derecho. También puede ser de carácter público, semipúblico y privado.

    • CARÁCTER PUBLICO: (Estado, Municipio) Es el estado quien tiene los bienes que no podían considerarse de los ciudadanos.

    • CARÁCTER SEMI-PUBLICO: Con autorización especial por el Senado y luego del Emperador (sindicatos, cofradías religiosas, cuerpo de bomberos). Tenía una personalidad jurídica diferente (Collegión), se formaba con un mínimo de tres miembros.

    • CARÁCTER PRIVADO: Eran organismos dedicados a la especulación comercial, recibían personalidad jurídica (arrendamiento de impuestos, explotación de minas y salinas). Las sociedades se formaban con fines económicos, son de carácter interno (repartición de pérdidas y ganancias). No tenían efectos sobre terceros. Las (societas) son el equivalente a la asociación en participación, cuyos efectos son de carácter interno.

    10.- Defina las Fundaciones

    Estas personas jurídicas son una creación de la fase imperial. Recibieron un poderoso impulso con la cristianización del mundo antiguo, que hacía surgir muchas piae causae, patrimonios afectados a fines religiosos o de beneficencia. Al crearse una fundación, se solía reglamentar su funcionamiento, el modo de nombrar a sus representantes, etc. Como una especie de fundación podemos considerar el fisco. Que era el patrimonio del emperador afectado a fines públicos. Este se trasmitía a su sucesor público.

    UNIDAD IV

    FAMILIA

    Lecturas Sugeridas: Derecho Romano, del Maestro Guillermo F. Margadant S. Págs. 194 a 227; Panorama del derecho romano, de Sara Bialostosky, pags. 63 a 70 y 70 a 74; Derecho Romano, de Martha Morineau Iduarte, págs. 79 a 100 e Historia del Derecho Romano y de los derechos neoromanistas, de Beatriz Bernal y José de Jesús Ledezma, págs. 64 a 70.

    1.- ¿Cuál es el concepto de familia?

    Varios son las acepciones que se dan al término familia. Nosotros aceptaremos la de Ulpiniano que la considera como el conjunto de personas libres unidas bajo la potestad del pater familias.

    2.- ¿En que consiste el parentesco?

    Son los lazos que unen a los distintos miembros de una familia, estos lazos pueden ser de carácter natural o civil.

    3.- ¿Qué es la Patria Potestas?

    Es el poder general que el pater familias ejerce sobre personas y cosas de la domus.

    Se conoce en una época histórica como manus posteriormente esa potestad recibió diferentes denominaciones según a quien se dirigía:

  • Sobre sus hijos y nietos -patria potestad

  • Sobre su esposa y nueras -manus

  • Sobre algunas personas libres -mancipium

  • Sobre sus esclavos dominica potestas

  • Sobre sus libertos-iura patronatus

  • 4.- ¿Cuáles son las facultades para la Patria Potestas sobre el patrimonio?

    Un poder ilimitado.

    5.- Mencione las fuentes de la Patria Potestas.

    -El matrimonio

    -La adopción y adrogación

    -La Legitimación.

    6.- ¿Qué es el Concubinato?

    Es una unión marital de orden inferior al iustum matrimonium, pero al igual que éste es de carácter monogámico y duradero de igual modo reconocido por la ley, siendo totalmente diferente de cualquier relación de carácter pasajero, las cuales eran consideradas ilicitas.

    7.- Explique en qué momento se extingue la Patria Potestas.

    Con la muerte o disminución de la capacidad jurídica del padre o del hijo (capitis deminutio), también se extinguía por causas que se dividen en dos grupos:

    • Por causas fortuitas o ajenas a las personas que intervienen en la relación (muerte, esclavitud o perdida de la ciudadanía de cualquiera de los dos sujetos que integran esta figura).

    • Por actos solemnes (adopción y emancipación, adrogación).

    8.- Señale la Diferencia que existe entre Tutela y Curatela

    Se ha pretendido que la tutela estaba ideada para situaciones normales, como la infancia, impubertad, sexo femenino, mientras que la curatela servía para remediar situaciones excepcionales como la prodigalidad, la locura o la inexperiencia en algunos púberes menores de veinticinco años.

    9.- ¿En qué consiste la tutela de mujeres?

    En cuanto a la mujer, el antiguo derecho la coloca bajo tutela testamentaria, legitima o dativa, con la particularidad de que su padre podría permitirle, por testamento, que eligiera a su propio tutor, en mujeres su iuris que había llegado a la pubertad, la principal función del tutor era dar su autorización a los negocios más importantes realizados por la mujer, como la aceptación de una herencia, la confección de un testamento, la constitución de la dote, la manumisión de esclavos, asumir obligaciones y efectuar ventas.

    10.- Mencione los tipos de tutela a las que estaban sujetas las mujeres.

    -Testamentaria

    -Legitima

    -Dativa

    11.- Mencione cuales son los casos de Curatela

    -Furiosi.

    -Pródigos.

    -Menores de veinticinco años.

    -Pupilos.

    12.- Diga en qué consiste la protección del pupilo

    En tiempos de las XII tablas, el tutor deshonrado tenía que contar con el riesgo de ser acusado del crimen suspecti tutoris, acusación infamante que cualquier ciudadano podía presentar, si sospechaba un fraude cometido por un tutor en perjuicio de su pupilo. Además de esta sanción, al expupilo mismo le correspondía una actio de rationubus distrahendis para obtener una indemnización del doble del daño sufrido por culpa del tutor.

    13.- Explique brevemente que es el Actio Tutelae.

    La acción directa que el pupilo tiene para exigir los deberes del tutor y esté a su vez puede exigir los gastos que hubiera efectuado en el desempeño de su función.

    UNIDAD V

    DERECHO PROCESAL CIVIL

    Lecturas Sugeridas: Derecho Romano, del Maestro Guillermo F. Margadant S. Págs. 138 a 193 y Derecho Romano, de Martha Morineau Iduarte, Págs. 54 a 73.

    1.- ¿Cuáles son las fases Históricas del Sistema Procesal Romano?

    Monarquía Sistema de Acciones de Ley

    República (Legis Acciones)

    República El Formulario

    Principado

    Imperio Absoluto El Procedimiento Extraordinario

    Derecho Postclásico (Extraordinaria Cognitio)

    (Extra Ordinem) Fuera del Orden

    2.- ¿En qué consiste el proceso Extra Ordimen?

    Se aplicaba en casos de excepción, esto es de forma extraordinaria, para resolver controversias que se suscitaran en relación con instituciones de nueva creación, y también se introdujo y fue aceptado en la práctica judicial de las provincias.

    3.- ¿Qué es la Legis Acciones y en cuantas se divide?

    Las legis acciones estaban reservadas exclusivamente para los ciudadanos romanos; consistían en declaraciones solemnes del derecho que aducían las partes o por lo menos una de ellas ante el magistrado, para pedir se les reconociera un derecho que se les discute, o bien para solicitar que se les ejecutara uno previamente reconocido por el ius civile.

    Se dividían en cinco:

  • Por apuesta -sacramentum-

  • Por petición de un juez o de un árbitro, -postulatio iudicis-

  • Por requerimiento -condictio-

  • Por aprehensión corporal -manus inectio-

  • Por la toma de prenda o embargo -pignoris capio-.

  • 4.- Mencione en qué consiste el sistema formulatorio

    El pretor peregrino ayudaba a los litigantes a redactar un pequeño texto, llamado fórmula en el cual se reunían los antecedentes y pretensiones de las partes y que serviría para que el juez tuviese una visión completa del problema.

    5.- Diga en que consisten los elementos principales de la Fórmula.

    • La demostratio: E una exposición de los hechos y señala la causa por la cual se lleva acabo el litigio.

    • La intentio: Se indica la pretensión del demandante o actor; esto es la cuetión misma en la que se basa el proceso; la intentio puede ser certa o incerta; sera certa cuando el objeto del litigio esté perfectamente determinado, e incierta cuando éste es indeterminado y su determinación se deja a criterio del juez.

    • La condemnatio: La formula le confiere al juez la facultad de absolver o condenar al demandado).

    • La audicatio: Faculta al juez a adjudicar total o parcialmente el objeto del litigio, esta parte de la fórmula sólo existirá en aquellos casos en los que se ejerce un acción divisoria.

    6.- Diga cuales son los Accesorios de la Fórmula.

    La exceptio, repiclatio, duplicatio y las prescriptiones.

    Estos elementos se añadían a la formula a instancias de las partes.

    7.- Diga en qué consiste el procedimiento In Iure.

    Es mediante la aceptación de este documento redactado por las partes, que se le confiere al juez la facultad de poder condenar o absolver al demandado

    8.- Diga que es la Litis Constestatio

    Es el último acto ante el magistrado, consistía en la invitación a los testigos presentes en el Tribunal de que retuvieran en su memoria los detalles sucedidos in iure.

    9.- Mencione el procedimiento Apud Iudicium

    Es la segunda fase del proceso, que se desarrolla ante el juez. Fundamentalmente siguió siendo igual que en la etapa de las acciones de la ley: pero el juez se basa primero en la formula y en las pruebas y alegatos de las partes, como es lógico suponer, el uso de la escritura permite la aportación de documentos como medios probatorios.

    10.- Diga en qué consiste la Cognitio Extra Ordimen (Procedimiento Extraordinario)

    Se aplicaba en casos de excepción, esto es en forma extraordinaria, para resolver controversias que se suscitaran en relación con instituciones de nueva creación, y también se introdujo y fue aceptado en la práctica judicial de las provincias.

    11.- Mencione las características de la Cognitio Extra Ordimen

  • El proceso es monofásico.

  • Se produce un viraje de lo privado a lo público.

  • El procedimiento es escrito, pero la formula desaparece.

  • Desaparecen también los efectos de la litis contestatio, que surgían de la aceptación de la fórmula.

  • La latis contestatio del procedimiento extraordinario sólo señalaba un momento procesal determinado: aquel en que las partes sostenían el primer debate contradictorio en el que el actor exponía sus pretensiones y el demandado su defensa.

  • Se admite la contra demanda o reconvención, en virtud de la cual la sentencia puede contener también la condena del actor.

  • La condena ya no es forzosamente pecuniaria, pudiendo recaer sobre una cosa determinada.

  • Aparece la aplicación como recurso en contra de la sentencia.

  • 12.- Defina el recurso y los tipos que existen.

    Apelación: es el recurso para impugnar una sentencia de un juez inferior ante un juez superior. Este recurso fue introducido por el último sistema de procedimiento y con Justiniano se conviertió en el recurso por excelencia, aplicable en cualquier caso.

    Y existe:

  • Notificación (litis denuntiatio)

  • Contestación del demandado ( liberllus contradictionis

  • Litis Contestatio

  • Procedimiento Probatorio

  • Sentencia

  • 13.- Mencione en qué consisten los interdictos.

    El interdicto consistía en una orden del magistrado, de carácter administrativo, por lo que se procura poner remedio a una controversia entre dos personas, ordenando que se haga o que no se haga una cosa.

    UNIDAD VI

    DERECHOS REALES

    Lecturas Sugeridas: Derecho Romano, del Maestro Guillermo F. Margadant S. Págs. 228 a 303; Derecho Romano, del maestro Raúl Lemus García, págs. 149 a 152 y Derecho Romano, de Martha Morinueau Iduarte, págs. 103 a 132.

    1.- Mencione la definición de Derecho Real.

    Es un derecho oponible a cualquier tercero, que faculta a su titular para que saque provecho de una cosa, sea en la forma máxima que permite el derecho (en cuyo caso hablamos de derecho de propiedad) o en forma reducida, como sucede con los diversos”desmenbramientos de la propiedad” (en cuyo caso hablamos de iura in re aliena, como por ejemplo, el derecho de hipoteca o el usufructo).

    2.- Mencione cuales son los Derechos Reales

    Se clasifican en derechos reales de propiedad (quiritaria o bonitaria) y de iura in re aliena (de goce o de garantía).

    3.- Diga la diferencia entre Derecho Real y Derecho Personal

    El derecho real se aplica sobre las cosas, el personal se aplica sobre las persona; en el primero uno reclama lo que le pertenece, mientras que en segundo se exige lo que otra persona le debe.

    4.- ¿Qué es la Posesión?

    La palabra possidere, de donde possessio se deriva, contiene a su vez la palabra sedere osentarse, sentarse o asentarse en una cosa, de ahí la definición de posesión como el poder de hecho que una persona ejerce sobre una cosa, con la intención de retenerla y disponer de ella como si fuera propietario.

    5.- ¿En qué consiste la protección de la Posesión?

    El poseedor cuenta con los interdictos para demandar el reconocimiento o protección de su posesión frente al despojo.

    6.- Diga que es la Propiedad.

    Es el derecho de obtener de un objeto toda la satisfacción que esté pueda proporcionar.

    7.- Mencione los tipos de propiedad

    Propiedad Quiritaria

    Propiedad Bonitaria

    8.- ¿En qué consisten los modos originarios de adquirir la propiedad?

    a) La traditio.- Una de las acepciones de la palabra tradición -traditio- es la de “entregar”, y este modo adquisitivo de la propiedad se realizaba precisamente mediante la entrega de una cosa, aunada a la intención de trasmitir y adquirir.

    b) La ocupación.- Adquirimos por ocupación, esto es apropiándolas, aquellas cosas que están en el comercio y que carecen de dueño, bien por que nunca lo tuvieron -res nullius-, o por que su dueño las abandono -res derelictae-.

    c) La accesión.- Hay ascensión cuando una cosa se adhiere a otra de forma inseparable, en cuyo caso será dueño del conjunto el dueño de la cosa principal, la adquisición es definitiva, aunque indemnizando al propietario de la cosa accesoria (unión de una cosa mueble a otra cosa mueble, unión de cosa mueble a cosa inmueble, unión de de una cosa inmueble a otra cosa inmueble).

    9.- Diga en qué consiste la defensa de la propiedad quiritaria y bonitaria

    La protección procesal de la propiedad quiritaria se lograba a través de la acción reivindicatoria (reivindicatio), que era una acción real que tenía el propietario en contra de cualquier tercero, para pedir que se le reconociera su derecho y, en su caso, que se le retribuyera el objeto; en el caso de la propiedad bonitaria, para evitar una injusticia, el pretor otorgaba una excepción al adquiriente, la exceptio rei venditae et traditae, que paralizaba los efectos de la acción reivindicatoria.

    10.- ¿Qué es una servidumbre real y cuando se extingue?

    Las servidumbres son derechos reales de goce limitados en su contenido, y se pueden constituir para aumentar el valor de un inmueble o sólo con miras a favorecer a un sujeto determinado; se extinguen:

    1) Por la perdida de cualquiera de los inmuebles.

    2) Por confusión o consolidación; (que se reunieran en la misma persona la titularidad del derecho de propiedad y de la servidumbre).

    3) Por renuncia del titular.

    4) Por el no uso.

    11.- Diga qué es la defensa de las servidumbres reales.

    Es la actio confessoria, creada a imagen de la Reivindicatio.

    12.- Diga qué es la servidumbre personal.

    Es un derecho de goce, real, en beneficio de una persona, sobre bienes pertenecientes a otra (el derecho de usar y disfrutar una cosa ajena).

    Hay cuatro formas de servidumbres personales:

    1.- Usufructo (no consumible sea mueble o inmueble, sin otra limitación que la de conservarla en el mismo estado en que se encuentra al momento de construirse el usufructo).

    2.- Uso (en la medida necesaria para satisfacer los requerimientos propios de usuario).

    3.- Derecho de habitación (se concreta a la utilización de una habitación específica).

    4.- Operae servforum (una persona se podía beneficiar de los servicios de un esclavo ajeno, bien fuese de forma directa a alquilándolo a su vez)

    DERECHO ROMANO I

    TERESA LÓPEZ DE LA LUZ

    DERECHO ROMANO I

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    Enviado por:Teresa López
    Idioma: castellano
    País: México

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